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¿Por qué la legislación chilena no
                               contempla tan
                   profundamente el cibercrimen o delitos
                                informáticos
                         como si lo hace con otros
                           aspectos del derecho?

Ricardo R. Ormazábal Nader
Gestión de la Información Digital
Profesor: Sr. Pablo Coronado
Derecho
Universidad Mayor
Temuco
INTRODUCCIÓN
                       En Chile y en el ámbito jurídico,
                       nos hemos encontrado frente a
                       un      constante     desarrollo,
                       naciendo día a día nuevas y más
                       leyes específicas sobre los
                       distintos temas que han sido
                       tema y han estado en boga en el
                       acontecer nacional, es por eso
                       que, según estudiosos, nace la
                       siguiente pregunta:

   ¿Por qué la legislación chilena no contempla tan
profundamente el ciber crimen o delitos informáticos
              como si lo hace con otros
                aspectos del derecho?
Esta pregunta ha sido difícil de
• Esta pregunta haasido difícil de responder,
     responder, debido que Chile se
 debido a que Chile se encuentra posicionado
    encuentra posicionado como uno de
 como uno de los países latinoamericanos más
      los países latinoamericanos más
   desarrollados en cuanto a a tecnología se
         desarrollados en
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      tecnología se refiere. A raíz de
   refiere. A raíz de nacionalla la
    esto, la jurisprudencia esto, y jurisprudencia
 nacional y la doctrina han definido los delitos
     doctrina han definido los delitos
        informáticos de la siguiente
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•   “Todas aquellas acciones y omisiones típicas,
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    realizadas     uso de un
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                                      de tratamiento
                                  naturales         o
    realizadaslaen uso ade un sistema dea tratamiento
    perjuicio en    víctima través de atentados
    de sana técnica informática, lo cual,producir un
    la    información y destinadas a
    perjuicio enproducirá de manera colateral atentados a
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    la     sana distintos valores jurídicos, lo
    lesiones    a     técnica       informática,       cual,
    generalmente, producirá de manera colateral
    reportándose, muchas veces, un beneficio ilícito
    lesiones sea o no de carácter patrimonial, jurídicos,
    en el agente a        distintos        valores
    reportándose, muchas veces, un beneficio ilícito
    actúe con o sin ánimo de lucro”
    en el agente sea o no de carácter patrimonial,
    actúe con o sin ánimo de lucro”
Este trabajo y exposición tiene por fin dar
a conocer y desarrollar latamente los
delitos informáticos en Chile, explicando
su significado y surgiendo distintas
preguntas y desarrollándolas
para explicar de mejor
manera de qué se trata
este desconocido
tema.
Desarrollo:
          ¿Cómo se definen los delitos
                   informáticos?
          Esta es, considerada por
          muchos, la primera pregunta
          que surge frente a este tema,
          y de la cual se han encontrado
          muchos      significados   que
          tratan de responder esta
          interrogante,      siendo   las
          principales definiciones:
Definición 1:

  Los delitos informáticos
   son los actos dirigidos
           contra la
     confidencialidad, la
        integridad y la
    disponibilidad de los
   sistemas informáticos,
         redes y datos
 informáticos, así como el
       abuso de dichos
  sistemas, redes y datos
Definición 2:
• Otra definición no menos acertada se
  encuentra en la página “alegsa.com”
  dedicada a este tema: “El delito informático
  implica cualquier actividad ilegal que
  encuadra en figuras tradicionales ya
  conocidas como robo, hurto, fraude,
  falsificación, perjuicio, estafa y sabotaje, pero
  siempre que involucre la informática de por
  medio para cometer la ilegalidad”.
• También se encontró, en
  una de las páginas más
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  estudiantes, otra
  definición, ésta página
  es “Wikipedia” que
  define los delitos
  informáticos de la
  siguiente manera:
Definición 2:
• “El delito informático, o crimen electrónico, o bien
  ilícito digital es el término genérico para aquellas
  operaciones ilícitas realizadas por medio de
  Internet o que tienen como objetivo destruir y
  dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de
  Internet. Sin embargo, las categorías que definen
  un delito informático son aún mayores y complejas y
  pueden incluir delitos tradicionales como el fraude,
  el robo, chantaje, falsificación y la malversación de
  caudales públicos en los cuales ordenadores y redes
  han sido utilizados. Con el desarrollo de la
  programación      y    de   Internet,    los  delitos
  informáticos se han vuelto más frecuentes y
  sofisticados”, entre otras definiciones.
Entregado esto, ahora podemos tener un
concepto más amplio de los delitos
informáticos, lo que aún no respondemos
es sobre el:

¿Cómo se configuran los delitos
informáticos en cuanto a sus tipos?.

Esta pregunta ha sido respondida, entre
otros, por la empresa Microsoft a través
de su página web, especificando que
dentro de los delitos informáticos en
cuanto a sus tipos se clasifican en:
Tipos de Delitos
•   a-. Las amenazas.
•   b-. Los delitos de exhibicionismo y
    provocación sexual.
•   c-. Los delitos relativos a la prostitución y
    corrupción de menores.
•   d-. Delitos contra la intimidad, el derecho
    a la propia imagen y la inviolabilidad de
    domicilio: El descubrimiento y revelación de
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    carácter personal.
•   e-. Delitos contra el honor: Calumnias e
    injurias,
•   f-. Las estafas.
•   g-. Las defraudaciones de fluido eléctrico.
•   h-. Los daños.
•   i-. Los delitos relativos a la propiedad
    intelectual
•   j-. Los delitos relativos a la propiedad
    industrial
•   k-. Los delitos relativos al mercado y a los
    consumidores. La publicidad engañosa que
    se publique o difunda por Internet.
¿Qué pasa en Chile?
En Chile, el legislador trató sobre el tema, dictando el 7 de
junio de 1993, la ley N° 19.223, esta ley es relativamente
nueva y, considerada por expertos, como una ley precaria en
cuanto a su contenido y sanciones, debido a que Chile ha
avanzado, hasta el día de hoy, enormemente en cuanto a la
tecnología y a la forma en cómo personas más avezadas,
llamadas “hackers”, vulneran fácilmente bases de datos y
sistemas operativos, muchas veces por querer delinquir y
otras sólo por diversión.
Es por eso que llegamos a pensar,
según la tipología de los delitos
informáticos,     que     éstos    se
configuran dependiendo de la
legislación aplicable en cada país,
En Chile es un tema no abarcado en
profundidad por lo que contiene
vacíos en cuanto a su interpretación
faltando los medios y recursos para
su fiscalización. En Chile a pesar de
que la ley de delitos informáticos
es acotada, existen ya hoy en día
departamentos         especializados
encargados, según un criterio pre
establecido, de encasillar los
delitos informáticos en cuanto a su
naturaleza, poniendo a disposición
de la justicia, en caso de ser
necesario, para su debida sanción.
Por último, nos podemos plantear lo
siguiente: “¿Existe legislación en Chile
aplicable a los delitos informáticos?, la
respuesta, según la legislación nacional,
la encontramos un poco más arriba, en
la ley 19.223, que como vemos no
responde del todo esta problemática
debido     a,     como      lo   dijimos
anteriormente, la falta de legislación,
que se traduce en una ley que día a día
va quedando más obsoleta.

                                        Debido a lo expuesto y como no
                                        podemos apoyarnos a la ley, vamos a
                                        hacer referencia a un trabajo
                                        publicado por la Universidad de
                                        Concepción, la que trata el tema un
                                        poco más detallado y la que hace una
                                        interpretación doctrinal de la Ley
                                        19.223 haciéndose las siguientes
                                        interrogantes:
¿Cuáles son?
a-. ¿Qué es lo que se protege en la ley de
delitos informáticos?
b-. ¿Qué es un delito informático?
c-. ¿Cuáles son las conductas sancionadas
en la ley?
d-. ¿En qué consiste el sabotaje
informático?
e-. ¿En qué consiste el espionaje
informático?
f-.    ¿Cuáles son las penas de estos
delitos?
g-. ¿Quiénes pueden querellarse contra
estas conductas?
Conclusión
Podemos,        en      consecuencia,
establecer que la legislación Chilena
no ha tratado a fondo este tema
debido a distintos motivos, de los
cuales están la prioridad que le han
dado a otras materias, como lo son
derecho de propiedad, educación,
salud, minería, etc. considerando que
el ciber-crimen aún no logra ocupar
una posición importante en la
jurisprudencia chilena siendo ese el
motivo principal por el cuál se
considera a Chile como un país
atrasado en esa materia según
estudios de derecho comparado con
países como EE.UU, Inglaterra,
Alemania, China, Japón, entre otros.
Conclusión
Chile y sus legisladores, consideran
un tema no trascendental, esto se
puede observar en que aún existen
registros escritos de documentos e
información importante, como por
ejemplo el registro civil, la
biblioteca nacional, entre otros,
haciendo poco a poco respaldos en
formato digital. Es por eso que
Chile aún no se dedica 100% a
invertir recursos en seguridad
informática, considerándose, por
muchos, que Chile estará en un
futuro no muy lejano, trabajando
más en este tema.
Ricardo ormazábal nader, delitos informáticos

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Ricardo ormazábal nader, delitos informáticos

  • 1. ¿Por qué la legislación chilena no contempla tan profundamente el cibercrimen o delitos informáticos como si lo hace con otros aspectos del derecho? Ricardo R. Ormazábal Nader Gestión de la Información Digital Profesor: Sr. Pablo Coronado Derecho Universidad Mayor Temuco
  • 2. INTRODUCCIÓN En Chile y en el ámbito jurídico, nos hemos encontrado frente a un constante desarrollo, naciendo día a día nuevas y más leyes específicas sobre los distintos temas que han sido tema y han estado en boga en el acontecer nacional, es por eso que, según estudiosos, nace la siguiente pregunta: ¿Por qué la legislación chilena no contempla tan profundamente el ciber crimen o delitos informáticos como si lo hace con otros aspectos del derecho?
  • 3. Esta pregunta ha sido difícil de • Esta pregunta haasido difícil de responder, responder, debido que Chile se debido a que Chile se encuentra posicionado encuentra posicionado como uno de como uno de los países latinoamericanos más los países latinoamericanos más desarrollados en cuanto a a tecnología se desarrollados en cuanto tecnología se refiere. A raíz de refiere. A raíz de nacionalla la esto, la jurisprudencia esto, y jurisprudencia nacional y la doctrina han definido los delitos doctrina han definido los delitos informáticos de la siguiente informáticos de la siguiente manera: manera: Concepto Aquí
  • 4. Concepto: “Todas aquellas acciones y omisiones típicas, • “Todas aquellas acciones y omisiones típicas, antijurídicas y dolosas, trátese de hechos antijurídicas yserie de ellos, trátese de hechos aislados o de una dolosas, cometidos aislados o de una serieo de ellos, cometidos contra personas naturales jurídicas, contra enpersonassistema a producir un jurídicas, realizadas uso de un de información y destinadas de tratamiento naturales o realizadaslaen uso ade un sistema dea tratamiento perjuicio en víctima través de atentados de sana técnica informática, lo cual,producir un la información y destinadas a perjuicio enproducirá de manera colateral atentados a generalmente, la víctima a través de la sana distintos valores jurídicos, lo lesiones a técnica informática, cual, generalmente, producirá de manera colateral reportándose, muchas veces, un beneficio ilícito lesiones sea o no de carácter patrimonial, jurídicos, en el agente a distintos valores reportándose, muchas veces, un beneficio ilícito actúe con o sin ánimo de lucro” en el agente sea o no de carácter patrimonial, actúe con o sin ánimo de lucro”
  • 5. Este trabajo y exposición tiene por fin dar a conocer y desarrollar latamente los delitos informáticos en Chile, explicando su significado y surgiendo distintas preguntas y desarrollándolas para explicar de mejor manera de qué se trata este desconocido tema.
  • 6. Desarrollo: ¿Cómo se definen los delitos informáticos? Esta es, considerada por muchos, la primera pregunta que surge frente a este tema, y de la cual se han encontrado muchos significados que tratan de responder esta interrogante, siendo las principales definiciones:
  • 7. Definición 1: Los delitos informáticos son los actos dirigidos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas informáticos, redes y datos informáticos, así como el abuso de dichos sistemas, redes y datos
  • 8. Definición 2: • Otra definición no menos acertada se encuentra en la página “alegsa.com” dedicada a este tema: “El delito informático implica cualquier actividad ilegal que encuadra en figuras tradicionales ya conocidas como robo, hurto, fraude, falsificación, perjuicio, estafa y sabotaje, pero siempre que involucre la informática de por medio para cometer la ilegalidad”.
  • 9. • También se encontró, en una de las páginas más frecuentadas por estudiantes, otra definición, ésta página es “Wikipedia” que define los delitos informáticos de la siguiente manera:
  • 10. Definición 2: • “El delito informático, o crimen electrónico, o bien ilícito digital es el término genérico para aquellas operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados”, entre otras definiciones.
  • 11. Entregado esto, ahora podemos tener un concepto más amplio de los delitos informáticos, lo que aún no respondemos es sobre el: ¿Cómo se configuran los delitos informáticos en cuanto a sus tipos?. Esta pregunta ha sido respondida, entre otros, por la empresa Microsoft a través de su página web, especificando que dentro de los delitos informáticos en cuanto a sus tipos se clasifican en:
  • 12. Tipos de Delitos • a-. Las amenazas. • b-. Los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. • c-. Los delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores. • d-. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad de domicilio: El descubrimiento y revelación de secretos, La interceptación de correo, la usurpación y cesión de datos reservados de carácter personal. • e-. Delitos contra el honor: Calumnias e injurias, • f-. Las estafas. • g-. Las defraudaciones de fluido eléctrico. • h-. Los daños. • i-. Los delitos relativos a la propiedad intelectual • j-. Los delitos relativos a la propiedad industrial • k-. Los delitos relativos al mercado y a los consumidores. La publicidad engañosa que se publique o difunda por Internet.
  • 13. ¿Qué pasa en Chile? En Chile, el legislador trató sobre el tema, dictando el 7 de junio de 1993, la ley N° 19.223, esta ley es relativamente nueva y, considerada por expertos, como una ley precaria en cuanto a su contenido y sanciones, debido a que Chile ha avanzado, hasta el día de hoy, enormemente en cuanto a la tecnología y a la forma en cómo personas más avezadas, llamadas “hackers”, vulneran fácilmente bases de datos y sistemas operativos, muchas veces por querer delinquir y otras sólo por diversión.
  • 14. Es por eso que llegamos a pensar, según la tipología de los delitos informáticos, que éstos se configuran dependiendo de la legislación aplicable en cada país, En Chile es un tema no abarcado en profundidad por lo que contiene vacíos en cuanto a su interpretación faltando los medios y recursos para su fiscalización. En Chile a pesar de que la ley de delitos informáticos es acotada, existen ya hoy en día departamentos especializados encargados, según un criterio pre establecido, de encasillar los delitos informáticos en cuanto a su naturaleza, poniendo a disposición de la justicia, en caso de ser necesario, para su debida sanción.
  • 15. Por último, nos podemos plantear lo siguiente: “¿Existe legislación en Chile aplicable a los delitos informáticos?, la respuesta, según la legislación nacional, la encontramos un poco más arriba, en la ley 19.223, que como vemos no responde del todo esta problemática debido a, como lo dijimos anteriormente, la falta de legislación, que se traduce en una ley que día a día va quedando más obsoleta. Debido a lo expuesto y como no podemos apoyarnos a la ley, vamos a hacer referencia a un trabajo publicado por la Universidad de Concepción, la que trata el tema un poco más detallado y la que hace una interpretación doctrinal de la Ley 19.223 haciéndose las siguientes interrogantes:
  • 16. ¿Cuáles son? a-. ¿Qué es lo que se protege en la ley de delitos informáticos? b-. ¿Qué es un delito informático? c-. ¿Cuáles son las conductas sancionadas en la ley? d-. ¿En qué consiste el sabotaje informático? e-. ¿En qué consiste el espionaje informático? f-. ¿Cuáles son las penas de estos delitos? g-. ¿Quiénes pueden querellarse contra estas conductas?
  • 17. Conclusión Podemos, en consecuencia, establecer que la legislación Chilena no ha tratado a fondo este tema debido a distintos motivos, de los cuales están la prioridad que le han dado a otras materias, como lo son derecho de propiedad, educación, salud, minería, etc. considerando que el ciber-crimen aún no logra ocupar una posición importante en la jurisprudencia chilena siendo ese el motivo principal por el cuál se considera a Chile como un país atrasado en esa materia según estudios de derecho comparado con países como EE.UU, Inglaterra, Alemania, China, Japón, entre otros.
  • 18. Conclusión Chile y sus legisladores, consideran un tema no trascendental, esto se puede observar en que aún existen registros escritos de documentos e información importante, como por ejemplo el registro civil, la biblioteca nacional, entre otros, haciendo poco a poco respaldos en formato digital. Es por eso que Chile aún no se dedica 100% a invertir recursos en seguridad informática, considerándose, por muchos, que Chile estará en un futuro no muy lejano, trabajando más en este tema.