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ENSAYO DE “LA AMENAZA EN LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES DE
INTERNET” – PERÚ
CURSO : DERECHO INFORMÁTICO
DOCENTE : MAG. CARLOS ALBERTO PAJUELO BELTRÁN
ALUMNA : MYRIAM ELENA CCALLI JINEZ
I. INTRODUCCIÓN
El presente ensayo esta realizado con la finalidad de realizar un análisis al tema de Derechos
fundamentales en internet y la incidencia de dichas reflexiones en el ámbito internacional y cuál
es la importancia que se la ha dado dentro del territorio peruano. Es decir; en tratar de temas en
general sobre los Derechos fundamentales en Internet amenazados, sobre el Internet como
libertad de expresión, de cómo afecta sus políticas de manejo de estas herramientas, y que hace
el estado al respecto para que sea usada adecuadamente.
Como sabemos el Internet es una herramienta muy interesante e importante para la sociedad
en general. Es una garantía al servicio universal, una política Informática que se traduce en una
norma.
Es evidente que la intensidad con la que Internet está modificando muchos hábitos sociales
puede llevar a la obligación de modular muchas de las categorías jurídicas que se han ido
construyendo como protección de los derechos fundamentales de las personas.
II. MARCO TEÓRICO
Es importante mencionar también que el acceso a internet es también un derecho o es considerado como una garantía. En
donde, Internet es un concepto que revolucionó por completo la comunicación y al mundo entero. Una vez que las personas
acceden a ella, se rompe la barrera de espacio y tiempo. Internet se ha convertido en una condición para el desarrollo
económico y social, y en una herramienta esencial para difundir y garantizar la democracia y la difusión del conocimiento,
rompe barreras y facilita la toma de decisiones así como la ejecución de las mismas. Es por ello que se necesita salvaguardar los
intereses y derechos que se puedan ver expuestos cuando accedamos a la red es por ello que vemos necesaria la implementación
de algunas reglas o leyes de carácter jurídico que nos brinde protección ante cualquier riesgo cuando accedamos al ciberespacio.
Así, aunque la protección de datos personales muestre un avance de modo significativo desde el siglo pasado, mediados de los
años ochenta, lo cierto es que los derecho consolidados a su protección, es decir, derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición, no necesitan ser trasladados a realidades actuales, denominada también sociedad del conocimiento, producto de la
transnacionalización de empresas, o bien, la globalización.
La vinculación más evidente e inmediata de Internet con los Derechos fundamentales se produce con la liberta de expresión,
entendida esta en sentido amplio. En efecto, como medio de comunicación, Internet posibilita la trasmisión de opiniones ideas,
informaciones, creaciones de todo tipo, a un número potencialmente ilimitado de receptores, aunque también, según los casos,
aun numero restringido de personas, o incluso a una sola. Sin embargo, conviene destacar las radicales diferencias entre
Internet y cualquier otro medio de comunicación, con el estado actual de desarrollo de la red.
III. DESARROLLO
El ejercicio de derechos en Internet ha surgido como un asunto de cierta relevancia
últimamente para los sistemas jurídicos nacionales, incluso al margen de la mayor o menor
tasa de conectividad existente en cada país. La prueba fehaciente de la importancia de este
fenómeno está dada por la existencia de una serie de casos a raíz de los que se discute sobre
el ejercicio de derechos en Internet, o la imposibilidad de ejercer tales derechos apunta a
generar una mayor cooperación internacional en cuestión de delitos informáticos y
protección de privacidad y datos personales.
Otro tema delicado es el de la vigilancia, en particular la interceptación de comunicaciones,
incluidas aquellas que tienen lugar en Internet. Ejemplos de ello son la retención de
correspondencia, inspeccionar y devolver correspondencia, interceptar comunicaciones que
transiten por cualquier medio, retener y aprehender dispositivos para recuperar información
dejada al navegar por Internet u otros medios tecnológicos y hacer búsquedas selectivas en
bases de datos.
III. DESARROLLO
En los países estudiados se ha verificado la existencia de regímenes que regulan
el derecho de autor y su protección. Tal derecho ha quedado claramente
desactualizado y todavía no se ha producido el cambio de paradigma requerido
para su adaptación, lo que amenaza derechos fundamentales.
Derechos fundamentales: son los derechos humanos constitucionales, las
constituciones modernas de todos los países, nuevos a desintegrarse la unión
soviética o los países que están en la borda, está dividido unas hablan de
derechos fundamentales y otras de derechos humanos, en américa latina hablan
de derecho humanos, los derechos humanos son ideas abstractas con contenido
axiológico.
Es bueno que el acceso a Internet sea considerado un derecho fundamental,
pero indispensable es que se dé un marco legal que garantice su disfrute en
libertad y equidad.
III. DESARROLLO
El tema es sumamente importante y es una lástima que no se
discuta con mayor profundidad. Creo que el proyecto no era
ideal pero podía ajustarse para plantear la necesidad de que el
Estado garantice el acceso a Internet como un mecanismo de
protección del ejercicio de derechos que cada día dependen
más de ese acceso. Sino también a facilitar mecanismos de
acceso, especialmente para poblaciones más vulnerables.
Acceso a Internet como derecho no es solo conexión en casa,
sino garantizar que exista a través de bibliotecas, casas de
cultura, museos, etcétera. Este derecho supone enfrentar las
deficiencias tecnológicas y las humanas. La superación de la
brecha digital exige acompañamiento integral.
III. DESARROLLO
Hay países que han adoptado una legislación específica para regular los términos y condiciones
que pueda resultar su regulación, así como algunas figuras más significativas de aquello que bien
podríamos conceptuar como Derecho Clásico, como es el caso de la vía civil( entiéndase
también mercantil) o penal frente al problema de la protección jurídica de los programas,
incursionando posteriormente en la figuras derivadas del derecho de la propiedad intelectual,
como es el caso de la propiedad industrial y la propiedad literaria y artística, para finalizar con
un institución jurídica sui generis, del mismo género, acorde a las circunstancias detallas con
más ahondo por el jurista mexicano Julio TÉLLEZ VALDÉS.
En ese entorno tecnológico, podemos resaltar que la sociedad experimenta la informatización a
planos donde por el momento se procura pensar que pueda llegar a alcanzar, mientras en tanto
un papel importante juega la libertad, como esencia propia de la conducta humana, inherente al
hombre, pero sobretodo, respaldada, garantizada, protegida e incentivada por el ordenamiento
jurídico. Por ello su crecimiento en volumen, velocidad y ubicuidad de los flujos de la
información que han posible las nuevas tecnologías de la información y la comunicación ha
modificado radicalmente las exigencias y expectativas que deben responder los gobiernos,
empresas, sociedad civil y el individuo. Comprendiendo así, el desarrollo de la sociedad en una
nueva forma de relación: ciudadano-Estado, las organizaciones entre otros importantes rubros.
III. DESARROLLO
El Perú no es ajeno a esta problemática; es por eso que es indiscutible que la
aparición de las nuevas tecnologías a promovido un cambio en todos los
estados incluyendo al estado Peruano, el cual implica que sea reconocido o
que al menos se garantice la llegada y alcance a toda la población y no exista
ninguna brecha que lo impida, o al menos promover que todos los integrantes
de una población pueda tener acceso a la red.
Y lo podemos comprobar mediante el proyecto de Ley que incorpora como
derecho el acceso al internet de banda ancha y servicios de
telecomunicaciones de calidad esta propuesta establece, además, de necesidad
pública la masificación y llegada a todos los rincones del país de los servicios
de telecomunicaciones de banda ancha.
III. DESARROLLO
Actualmente en nuestra sociedad se está debatiendo un tema controversial que se basa en el uso de
Internet a través de una posible regulación por parte del Estado. Pues como sabemos durante
mucho tiempo hemos sido un mundo que se desenvuelve globalizada mente por el Internet, ya que
esta herramienta de exploración es una red informática de nivel mundial que utiliza la línea telefónica
para transmitir la información, sin embargo la diferencia que se hace al uso del Internet depende de
las condiciones que establecen los países. Con ello no nos referimos a un asunto metódico o de
medios, sino que se enfoca en las normas y la limitación de entradas por algunos u otras
conveniencias sociales y políticas.
La aplicación de la informática en el derecho es importante ya que se encarga de velar los propósitos
de ámbitos adjetivos, ya que se considera como objeto e instrumento fundamental para la vida social
y es necesaria una regulación en el marco legal.
El derecho es una garantía o servicio universal. Garantía es el instrumento procesal que sirve para
resarcir un derecho cuando este ha sido violado. Principalmente debemos comprender que es
política informática y legislación informática. Política Informática es el acceso libre o gratuito como
político no como derecho ciudadano. Legislación Informática es un conjunto de ordenamientos
jurídicos creados para regular el tratamiento de la información.
III. DESARROLLO
En lo internacional, los países han ido adhiriendo progresivamente a la
regulación existente. Si bien la principal crítica a este fenómeno es su ya
mencionado carácter no vinculante, denota un esfuerzo para aunar criterios y
marca una tendencia orientadora en cuanto a reglas y principios.
Como parte de este mismo proceso de integración legislativa ha de considerarse
la invitación a formar parte del Convenio de Ciberseguridad (Convenio de
Budapest) que recibieron Costa Rica y Paraguay. Dicho convenio apunta a
generar una mayor cooperación internacional en cuestión de delitos
informáticos y protección de privacidad y datos personales, pero cuenta también
con contenidos polémicos en materia de retención de datos, neutralidad de la
red, interceptación de comunicaciones, la protección de menores ante la
pornografía infantil, entre otros.
III. DESARROLLO
Es una iniciativa de la Fundación Libertis, sin fines de lucro, profesional e
independiente, integrada por expertos e investigadores de la comunicación
comprometida con la protección y la promoción de la democracia, la
diversidad cultural, los derechos humanos y la libertad de expresión en la
región.
Según los derechos fundamentales en Internet amenazados, éste vendría a ser
un nuevo estudio de regulación se ha generado por motivos de la violación a la
libertad de expresión al realizar hechos delictivos a través de este medio
informático. Como consecuencia, han surgido proyectos de ley que plantean
riesgos para los derechos fundamentales en internet y que, si bien pueden
tener objetivos atendibles, desconocen los reales usos y potencialidades de la
red. Así, se terminan afectando derechos ciudadanos.
¿CUÁL ES LA SITUACIÓN EN LA
REGIÓN?
En nuestra región podemos encontrar proyectos para estimular el uso de
internet, entre ellos encontramos la aplicación de las TIC a los procesos de
enseñanza de aprendizajes que deben ser aplicadas a los estudiantes para
mejorar la practica escolar formando alumnos competentes para que
desarrollen habilidades creativas, principios éticos y morales; aptitudes y valores
y conocimientos escolares integrados a su vida diaria. Recordando también que
el Estado está apoyando a la mejora de equipos informáticos para el uso de un
mejor aprendizaje para los alumnos en las escuelas públicas.
¿CUÁL ES LA SITUACIÓN DEL PERÚ?
En nuestro país peruano se realizó una alianza por un internet asequible el cual se centra en
crear condiciones para tener mercados de banda ancha abierta, que sean eficientes y
competitivos a través de las políticas públicas y de reformas regulatorias. Para el gobierno de
Perú, la mejora de calidad de la Internet peruano es tan importante como la mejora del acceso a
través de fibra óptica y el desarrollo de infraestructuras de banda ancha móvil.
También se han presentado proyectos de la regulación de delitos cometidos por medio de
Internet en relación a esta nueva forma delictiva, en el Perú se ha emitido una Ley penal
especial cuya finalidad es prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y
datas informáticos, así como los secreto de comunicaciones, y los demás bienes jurídicos que
resulte afectado con esta modalidad delictiva como son el patrimonio, la fe pública y la libertad
sexual. Ley que modifica la Ley 30096, Ley de delitos informativos”, promulgada el 9 y
publicada el 10 de marzo del 2014.
¿EL ACCESO A INTERNET ES UN DERECHO
HUMANO O UN DERECHO FUNDAMENTAL?
El acceso a internet es un DERECHO HUMANO, que tiene toda persona,
permitiendo a ésta ejercer su derecho de opinión y expresión, además el acceso
a internet permite el ejercicio de las libertades de forma mucho más asequible, a
través de múltiples sistemas de comunicación que coexisten en su seno, las
redes sociales, los blogs, los foros facilita la libertad de expresión y de
asociación.
III. DESARROLLO
Para así también, algo esencial es saber que el Internet ofrece
oportunidades sin precedentes para desarrollar los Derechos Humanos y
desempeña un papel cada vez más importante en nuestras vidas. Por lo
tanto, es esencial que todos los agentes, tanto públicos como privados,
respeten y protejan los derechos humanos en Internet.
También se deben tomar medidas que garanticen que Internet funcione y
evolucione de manera que cumpla con los derechos humanos en la mayor
medida de lo posible.
Para hacer realidad esta visión de derechos como base del desarrollo de
Internet, desde esta asociación proponen los siguientes 10 derechos y
principios
IV. CONCLUSIONES
Es importante dar a conocer a la sociedad en general sobre el derecho a la información
que tienen mediante el Internet, que son necesarias para el desarrollo de la sociedad y
estas se normen en la constitución para ser respetadas. El mundo moderno y
contemporáneo de hoy ha hecho que el internet se vuelva una herramienta necesaria
en la vida de las personas, esto se debe a la globalización y el manejo de las tecnologías
en la información. En donde el acceso al internet si bien es cierto es muy beneficioso
en varios aspectos porque nos permite llegar a comunicarnos con todo el mundo y
acceder a nuevas oportunidades; así como manifestar nuestras opiniones de manera
libre y espontánea y crear o compartir información, pero hay que tener en cuenta
también que pueden contraerse ciertos riesgos que atenten principalmente con
nuestros derechos, así garantizando el efectivo cumplimiento del respeto a nuestros
derechos fundamentales.
BIBLIOGRAFÍA Y LINKOGRAFÍAS
 GIL ALBARRÁN, Guillermo (007), Derecho informático. Primera edición. Lima-Perú.
 https://www.youtube.com/watch?v=uJsqgDBnRZE
 https://www.servindi.org/actualidad-opinion/11/08/2016/los-derechos-fundamentales-en-internet-amenazados-en-america-latina
 http://www.yumpu.com/en/document/view/52960788/derechos-fundamentales-en-internet-y-su-defensa-ante-el-sistema-interamericano-de-derechos-humanos
 https://es.slideshare.net/anthoanaguilar/derecho-informatico-julio-tellez-valdez
 https://www.derechosdigitales.org/wp-content/uploads/Derechos-fundamentales-en-Internet-y-su-defensa-ante-el-Sistema-Interamericano-de-Derechos-
Humanos.pdf
 https://es.wikipedia.org/wiki/Manifiesto_%C2%ABEn_defensa_de_los_derechos_fundamentales_en_internet%C2%BB
 http://pdba.georgetown.edu/Parties/Peru/Leyes/constitucion.pdf
 http://www.elmundo.es/navegante/2005/11/18/esociedad/1132344796.html
 http://www.codesi.gob.pe/docs/AgendaDigital20_28octubre_2011.pdf
 http://www.ugr.es/~redce/REDCE18/articulos/10_ORZA.htm
 http://www.periodismociudadano.com/2012/01/21/el-acceso-a-internet-como-derecho-fundamental/
 https://www.apc.org/es/system/files/EXLILA%20Informe%20consolidado%20de%20investigaci%C3%B3n.pdf

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Derechos fundamentales en internet

  • 1. ENSAYO DE “LA AMENAZA EN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE INTERNET” – PERÚ CURSO : DERECHO INFORMÁTICO DOCENTE : MAG. CARLOS ALBERTO PAJUELO BELTRÁN ALUMNA : MYRIAM ELENA CCALLI JINEZ
  • 2. I. INTRODUCCIÓN El presente ensayo esta realizado con la finalidad de realizar un análisis al tema de Derechos fundamentales en internet y la incidencia de dichas reflexiones en el ámbito internacional y cuál es la importancia que se la ha dado dentro del territorio peruano. Es decir; en tratar de temas en general sobre los Derechos fundamentales en Internet amenazados, sobre el Internet como libertad de expresión, de cómo afecta sus políticas de manejo de estas herramientas, y que hace el estado al respecto para que sea usada adecuadamente. Como sabemos el Internet es una herramienta muy interesante e importante para la sociedad en general. Es una garantía al servicio universal, una política Informática que se traduce en una norma. Es evidente que la intensidad con la que Internet está modificando muchos hábitos sociales puede llevar a la obligación de modular muchas de las categorías jurídicas que se han ido construyendo como protección de los derechos fundamentales de las personas.
  • 3. II. MARCO TEÓRICO Es importante mencionar también que el acceso a internet es también un derecho o es considerado como una garantía. En donde, Internet es un concepto que revolucionó por completo la comunicación y al mundo entero. Una vez que las personas acceden a ella, se rompe la barrera de espacio y tiempo. Internet se ha convertido en una condición para el desarrollo económico y social, y en una herramienta esencial para difundir y garantizar la democracia y la difusión del conocimiento, rompe barreras y facilita la toma de decisiones así como la ejecución de las mismas. Es por ello que se necesita salvaguardar los intereses y derechos que se puedan ver expuestos cuando accedamos a la red es por ello que vemos necesaria la implementación de algunas reglas o leyes de carácter jurídico que nos brinde protección ante cualquier riesgo cuando accedamos al ciberespacio. Así, aunque la protección de datos personales muestre un avance de modo significativo desde el siglo pasado, mediados de los años ochenta, lo cierto es que los derecho consolidados a su protección, es decir, derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, no necesitan ser trasladados a realidades actuales, denominada también sociedad del conocimiento, producto de la transnacionalización de empresas, o bien, la globalización. La vinculación más evidente e inmediata de Internet con los Derechos fundamentales se produce con la liberta de expresión, entendida esta en sentido amplio. En efecto, como medio de comunicación, Internet posibilita la trasmisión de opiniones ideas, informaciones, creaciones de todo tipo, a un número potencialmente ilimitado de receptores, aunque también, según los casos, aun numero restringido de personas, o incluso a una sola. Sin embargo, conviene destacar las radicales diferencias entre Internet y cualquier otro medio de comunicación, con el estado actual de desarrollo de la red.
  • 4. III. DESARROLLO El ejercicio de derechos en Internet ha surgido como un asunto de cierta relevancia últimamente para los sistemas jurídicos nacionales, incluso al margen de la mayor o menor tasa de conectividad existente en cada país. La prueba fehaciente de la importancia de este fenómeno está dada por la existencia de una serie de casos a raíz de los que se discute sobre el ejercicio de derechos en Internet, o la imposibilidad de ejercer tales derechos apunta a generar una mayor cooperación internacional en cuestión de delitos informáticos y protección de privacidad y datos personales. Otro tema delicado es el de la vigilancia, en particular la interceptación de comunicaciones, incluidas aquellas que tienen lugar en Internet. Ejemplos de ello son la retención de correspondencia, inspeccionar y devolver correspondencia, interceptar comunicaciones que transiten por cualquier medio, retener y aprehender dispositivos para recuperar información dejada al navegar por Internet u otros medios tecnológicos y hacer búsquedas selectivas en bases de datos.
  • 5. III. DESARROLLO En los países estudiados se ha verificado la existencia de regímenes que regulan el derecho de autor y su protección. Tal derecho ha quedado claramente desactualizado y todavía no se ha producido el cambio de paradigma requerido para su adaptación, lo que amenaza derechos fundamentales. Derechos fundamentales: son los derechos humanos constitucionales, las constituciones modernas de todos los países, nuevos a desintegrarse la unión soviética o los países que están en la borda, está dividido unas hablan de derechos fundamentales y otras de derechos humanos, en américa latina hablan de derecho humanos, los derechos humanos son ideas abstractas con contenido axiológico. Es bueno que el acceso a Internet sea considerado un derecho fundamental, pero indispensable es que se dé un marco legal que garantice su disfrute en libertad y equidad.
  • 6. III. DESARROLLO El tema es sumamente importante y es una lástima que no se discuta con mayor profundidad. Creo que el proyecto no era ideal pero podía ajustarse para plantear la necesidad de que el Estado garantice el acceso a Internet como un mecanismo de protección del ejercicio de derechos que cada día dependen más de ese acceso. Sino también a facilitar mecanismos de acceso, especialmente para poblaciones más vulnerables. Acceso a Internet como derecho no es solo conexión en casa, sino garantizar que exista a través de bibliotecas, casas de cultura, museos, etcétera. Este derecho supone enfrentar las deficiencias tecnológicas y las humanas. La superación de la brecha digital exige acompañamiento integral.
  • 7. III. DESARROLLO Hay países que han adoptado una legislación específica para regular los términos y condiciones que pueda resultar su regulación, así como algunas figuras más significativas de aquello que bien podríamos conceptuar como Derecho Clásico, como es el caso de la vía civil( entiéndase también mercantil) o penal frente al problema de la protección jurídica de los programas, incursionando posteriormente en la figuras derivadas del derecho de la propiedad intelectual, como es el caso de la propiedad industrial y la propiedad literaria y artística, para finalizar con un institución jurídica sui generis, del mismo género, acorde a las circunstancias detallas con más ahondo por el jurista mexicano Julio TÉLLEZ VALDÉS. En ese entorno tecnológico, podemos resaltar que la sociedad experimenta la informatización a planos donde por el momento se procura pensar que pueda llegar a alcanzar, mientras en tanto un papel importante juega la libertad, como esencia propia de la conducta humana, inherente al hombre, pero sobretodo, respaldada, garantizada, protegida e incentivada por el ordenamiento jurídico. Por ello su crecimiento en volumen, velocidad y ubicuidad de los flujos de la información que han posible las nuevas tecnologías de la información y la comunicación ha modificado radicalmente las exigencias y expectativas que deben responder los gobiernos, empresas, sociedad civil y el individuo. Comprendiendo así, el desarrollo de la sociedad en una nueva forma de relación: ciudadano-Estado, las organizaciones entre otros importantes rubros.
  • 8. III. DESARROLLO El Perú no es ajeno a esta problemática; es por eso que es indiscutible que la aparición de las nuevas tecnologías a promovido un cambio en todos los estados incluyendo al estado Peruano, el cual implica que sea reconocido o que al menos se garantice la llegada y alcance a toda la población y no exista ninguna brecha que lo impida, o al menos promover que todos los integrantes de una población pueda tener acceso a la red. Y lo podemos comprobar mediante el proyecto de Ley que incorpora como derecho el acceso al internet de banda ancha y servicios de telecomunicaciones de calidad esta propuesta establece, además, de necesidad pública la masificación y llegada a todos los rincones del país de los servicios de telecomunicaciones de banda ancha.
  • 9. III. DESARROLLO Actualmente en nuestra sociedad se está debatiendo un tema controversial que se basa en el uso de Internet a través de una posible regulación por parte del Estado. Pues como sabemos durante mucho tiempo hemos sido un mundo que se desenvuelve globalizada mente por el Internet, ya que esta herramienta de exploración es una red informática de nivel mundial que utiliza la línea telefónica para transmitir la información, sin embargo la diferencia que se hace al uso del Internet depende de las condiciones que establecen los países. Con ello no nos referimos a un asunto metódico o de medios, sino que se enfoca en las normas y la limitación de entradas por algunos u otras conveniencias sociales y políticas. La aplicación de la informática en el derecho es importante ya que se encarga de velar los propósitos de ámbitos adjetivos, ya que se considera como objeto e instrumento fundamental para la vida social y es necesaria una regulación en el marco legal. El derecho es una garantía o servicio universal. Garantía es el instrumento procesal que sirve para resarcir un derecho cuando este ha sido violado. Principalmente debemos comprender que es política informática y legislación informática. Política Informática es el acceso libre o gratuito como político no como derecho ciudadano. Legislación Informática es un conjunto de ordenamientos jurídicos creados para regular el tratamiento de la información.
  • 10. III. DESARROLLO En lo internacional, los países han ido adhiriendo progresivamente a la regulación existente. Si bien la principal crítica a este fenómeno es su ya mencionado carácter no vinculante, denota un esfuerzo para aunar criterios y marca una tendencia orientadora en cuanto a reglas y principios. Como parte de este mismo proceso de integración legislativa ha de considerarse la invitación a formar parte del Convenio de Ciberseguridad (Convenio de Budapest) que recibieron Costa Rica y Paraguay. Dicho convenio apunta a generar una mayor cooperación internacional en cuestión de delitos informáticos y protección de privacidad y datos personales, pero cuenta también con contenidos polémicos en materia de retención de datos, neutralidad de la red, interceptación de comunicaciones, la protección de menores ante la pornografía infantil, entre otros.
  • 11. III. DESARROLLO Es una iniciativa de la Fundación Libertis, sin fines de lucro, profesional e independiente, integrada por expertos e investigadores de la comunicación comprometida con la protección y la promoción de la democracia, la diversidad cultural, los derechos humanos y la libertad de expresión en la región. Según los derechos fundamentales en Internet amenazados, éste vendría a ser un nuevo estudio de regulación se ha generado por motivos de la violación a la libertad de expresión al realizar hechos delictivos a través de este medio informático. Como consecuencia, han surgido proyectos de ley que plantean riesgos para los derechos fundamentales en internet y que, si bien pueden tener objetivos atendibles, desconocen los reales usos y potencialidades de la red. Así, se terminan afectando derechos ciudadanos.
  • 12. ¿CUÁL ES LA SITUACIÓN EN LA REGIÓN? En nuestra región podemos encontrar proyectos para estimular el uso de internet, entre ellos encontramos la aplicación de las TIC a los procesos de enseñanza de aprendizajes que deben ser aplicadas a los estudiantes para mejorar la practica escolar formando alumnos competentes para que desarrollen habilidades creativas, principios éticos y morales; aptitudes y valores y conocimientos escolares integrados a su vida diaria. Recordando también que el Estado está apoyando a la mejora de equipos informáticos para el uso de un mejor aprendizaje para los alumnos en las escuelas públicas.
  • 13. ¿CUÁL ES LA SITUACIÓN DEL PERÚ? En nuestro país peruano se realizó una alianza por un internet asequible el cual se centra en crear condiciones para tener mercados de banda ancha abierta, que sean eficientes y competitivos a través de las políticas públicas y de reformas regulatorias. Para el gobierno de Perú, la mejora de calidad de la Internet peruano es tan importante como la mejora del acceso a través de fibra óptica y el desarrollo de infraestructuras de banda ancha móvil. También se han presentado proyectos de la regulación de delitos cometidos por medio de Internet en relación a esta nueva forma delictiva, en el Perú se ha emitido una Ley penal especial cuya finalidad es prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datas informáticos, así como los secreto de comunicaciones, y los demás bienes jurídicos que resulte afectado con esta modalidad delictiva como son el patrimonio, la fe pública y la libertad sexual. Ley que modifica la Ley 30096, Ley de delitos informativos”, promulgada el 9 y publicada el 10 de marzo del 2014.
  • 14. ¿EL ACCESO A INTERNET ES UN DERECHO HUMANO O UN DERECHO FUNDAMENTAL? El acceso a internet es un DERECHO HUMANO, que tiene toda persona, permitiendo a ésta ejercer su derecho de opinión y expresión, además el acceso a internet permite el ejercicio de las libertades de forma mucho más asequible, a través de múltiples sistemas de comunicación que coexisten en su seno, las redes sociales, los blogs, los foros facilita la libertad de expresión y de asociación.
  • 15. III. DESARROLLO Para así también, algo esencial es saber que el Internet ofrece oportunidades sin precedentes para desarrollar los Derechos Humanos y desempeña un papel cada vez más importante en nuestras vidas. Por lo tanto, es esencial que todos los agentes, tanto públicos como privados, respeten y protejan los derechos humanos en Internet. También se deben tomar medidas que garanticen que Internet funcione y evolucione de manera que cumpla con los derechos humanos en la mayor medida de lo posible. Para hacer realidad esta visión de derechos como base del desarrollo de Internet, desde esta asociación proponen los siguientes 10 derechos y principios
  • 16. IV. CONCLUSIONES Es importante dar a conocer a la sociedad en general sobre el derecho a la información que tienen mediante el Internet, que son necesarias para el desarrollo de la sociedad y estas se normen en la constitución para ser respetadas. El mundo moderno y contemporáneo de hoy ha hecho que el internet se vuelva una herramienta necesaria en la vida de las personas, esto se debe a la globalización y el manejo de las tecnologías en la información. En donde el acceso al internet si bien es cierto es muy beneficioso en varios aspectos porque nos permite llegar a comunicarnos con todo el mundo y acceder a nuevas oportunidades; así como manifestar nuestras opiniones de manera libre y espontánea y crear o compartir información, pero hay que tener en cuenta también que pueden contraerse ciertos riesgos que atenten principalmente con nuestros derechos, así garantizando el efectivo cumplimiento del respeto a nuestros derechos fundamentales.
  • 17. BIBLIOGRAFÍA Y LINKOGRAFÍAS  GIL ALBARRÁN, Guillermo (007), Derecho informático. Primera edición. Lima-Perú.  https://www.youtube.com/watch?v=uJsqgDBnRZE  https://www.servindi.org/actualidad-opinion/11/08/2016/los-derechos-fundamentales-en-internet-amenazados-en-america-latina  http://www.yumpu.com/en/document/view/52960788/derechos-fundamentales-en-internet-y-su-defensa-ante-el-sistema-interamericano-de-derechos-humanos  https://es.slideshare.net/anthoanaguilar/derecho-informatico-julio-tellez-valdez  https://www.derechosdigitales.org/wp-content/uploads/Derechos-fundamentales-en-Internet-y-su-defensa-ante-el-Sistema-Interamericano-de-Derechos- Humanos.pdf  https://es.wikipedia.org/wiki/Manifiesto_%C2%ABEn_defensa_de_los_derechos_fundamentales_en_internet%C2%BB  http://pdba.georgetown.edu/Parties/Peru/Leyes/constitucion.pdf  http://www.elmundo.es/navegante/2005/11/18/esociedad/1132344796.html  http://www.codesi.gob.pe/docs/AgendaDigital20_28octubre_2011.pdf  http://www.ugr.es/~redce/REDCE18/articulos/10_ORZA.htm  http://www.periodismociudadano.com/2012/01/21/el-acceso-a-internet-como-derecho-fundamental/  https://www.apc.org/es/system/files/EXLILA%20Informe%20consolidado%20de%20investigaci%C3%B3n.pdf