Le Corbusier y Mies van der Rohe: Aportes a la Arquitectura Moderna
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1. Mg. Zoila Margarita Viteri Vargas
DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE HUMANIDADES
Ciudadanía y
Derechos Humanos
2023 - 20
Semana 12:
La Juventud y los
Derechos Humanos
2. CIUDADANÍA Y DERECHOS HUMANOS
Semana 12
La Juventud y los Derechos Humanos
Segunda Unidad
PRÁCTICA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL UNIVERSALISMO COMO
PROBLEMÁTICA SOCIAL
Resultado de aprendizaje:
Explica las condiciones y dimensiones sobre
el papel de la juventud y los derechos
humanos, empleando casos y socializando a
través de historietas.
3. RUTA DE TRABAJO
Versión final del Proyecto de
Participación Ciudadana.
Verificamos
01
En el contenido de la semana:
Juventud y DDHH.
Profundizamos
02
Trabajamos en equipo una
Historieta sobre el tema.
Aplicamos
03
Preparamos en equipo la
presentación y exposición del
Proyecto de P. Ciudadana.
El “después”
04
ESCÚCHENNOS
5. Profundizamos
Igualdad ante la Ley
Derecho a la dignidad personal.
Derechos humanos universitarios
(Defensoría Universitaria).
Cultura de inclusión y grupos
vulnerables Pesimismo, racismo.
Nacionalismo
02
JUSTICIA
IGUALDAD
6. Derechos Humanos y
Juventud: Antecedentes,
actualidad y perspectiva
❑De los tres aspectos desarrollados en el texto,
señala dos ideas principales que llamaron tu
atención por su importancia.
IGUALDAD!
DERECHOS!
Leo el texto de apoyo y
respondo:
❑ ¿Qué relación encuentras entre los
Derechos Humanos y la Juventud?
7. 1. IGUALDAD ANTE LA LEY
Juventud: La Juventud es la quinta etapa del
desarrollo de la vida del ser humano y viene después
de la adolescencia y precede a la adultez. Como
norma general se establece su inicio a los 20 años y
se extiende hasta los 25 años de edad.
En general, la persona dentro de la etapa de la
juventud se halla más tranquilo consigo mismo y con
respecto a lo que había sido y sentido en su
adolescencia, y aunque no ha llegado todavía al
equilibrio que es característico de la adultez, ya se va
avanzando en el autoconocimiento y autoaceptación.
STOP
Igualdad: principio propio de la democracia. Hay un
viejo dicho que dice "todos son iguales ante la ley", El
autor Anatole France dijo en 1894: "En su majestuosa
igualdad, la ley prohíbe a los ricos y pobres dormir bajo
puentes, mendigar en las calles y robar panes “.
8. ¿QUÉ ES LA POLÍTICA NACIONAL
DE JUVENTUD?
Es la respuesta del Estado que orienta las
acciones e intervenciones públicas en materia
de juventud a fin de promover el desarrollo
integral para la efectiva participación de las y
los jóvenes en la sociedad.
ATENCIÓN
9. “los jóvenes conforman un sector social que tienen
características singulares en razón de factores psico-
sociales, físicos y de identidad que requieren una
atención especial por tratarse de un periodo de la vida
donde se forma y consolida la personalidad, la
adquisición de conocimientos, la seguridad personal y
la proyección al futuro” (Preámbulo DIDJ)
● La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, es
el único tratado Internacional centrado específicamente en los
derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de
las personas jóvenes.
● Firmado en la ciudad de Badajoz, España en Octubre del 2005,
entró en vigor el 1 de marzo del 2008.
● El OIJ impulsó en 2016 su actualización a través de un Protocolo
adicional, firmado en la ciudad de Cartagena de Indias -
Colombia.
● La CID de los jóvenes se ha convertido en la norma legal interna
de obligatorio cumplimiento para los estados firmantes para el
diseño y la implementación de políticas, programas,
proyectos e iniciativas en materia de juventud.
10. Aspectos relevantes de la CIDJ
CAPÍTULO I:
Derecho a la paz, principio de no
discriminación, derecho a la igualdad
de género.
CAPITULO 2:
Derechos civiles y políticos.
CAPÍTULO 3:
Derechos económicos, sociales y
culturales.
11. Declaración de Nuevo León de la Cumbre Extraordinaria de las
Américas (2004):
“el empoderamiento de la mujer, su plena e igualitaria participación en el desarrollo
de nuestras sociedades y su igualdad de oportunidades para ejercer liderazgo son
fundamentales para la reducción de la pobreza, la promoción de la prosperidad
económica y social y el desarrollo sostenible centrado en el ser humano”
Empoderamiento
Se hace necesaria una clara voluntad de los estados que permita adoptar políticas
públicas, estrategias y programas, que promuevan la integración en igualdad de las
mujeres, y en especial de las mujeres jóvenes, en unas sociedades en las que (debido a sus
diferencias biológicas, así como a las construidas social y culturalmente) existen
diferencias en el tratamiento laboral, continúan teniendo serias dificultades en el acceso a
la educación, y su presencia en la toma de decisiones es muy escasa.
El Estado
12. Declaración de San Salvador
II CONFERENCIA IBEROAMERICANA DE GÉNERO, JUVENTUD Y DESARROLLO
XVIII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno
1. Alentar la formulación, aplicación y evaluación de políticas públicas, planes y programas con perspectiva
de género, que contribuyan a disminuir las brechas de género entre las y los jóvenes, prevenir problemas
sociales que afectan a la juventud, tales como: embarazo en adolescentes, infecciones de transmisión
sexual incluido el VIH/SIDA, explotación sexual y prácticas de riesgo.
2. Promover políticas públicas, especialmente de carácter educativo, en materia de salud sexual y
reproductiva acorde a las necesidades e intereses de las personas jóvenes.
3. Apoyar firmemente todas aquellas acciones orientadas a fortalecer la participación y la ciudadanía plena
de las y los jóvenes, promoviendo su organización, siguiendo los principios de igualdad y equidad de
género, con el fin de facilitar su aporte a la formulación y ejecución de políticas públicas vinculadas a su
desarrollo integral.
4. Impulsar planes y programas con perspectiva de género, que consideren las necesidades y expectativas
de las jóvenes, que viven en condiciones de discriminación y vulnerabilidad por razones de raza o etnia,
residencia rural-urbana, discapacidad, migración o refugio, orientación sexual, embarazo y jefatura de
familia.
13. Límites de los Derechos Humanos
No abusar de los
propios derechos.
Primero
Respeto de los
derechos ajenos.
Segundo
No alterar el justo
orden público.
Tercero
RESPETAR
15. — Constitución Política del Perú
“El niño, la niña y el adolescente son
personas dignas, sujetos de derechos. Por
ello el artículo 1° de la Constitución Política
del Perú señala que
“La defensa de la persona humana y el
respeto de su dignidad son el fin supremo
de la sociedad y del Estado”.
RESPETO!
16. 2. DERECHOS HUMANOS UNIVERSITARIOS
a) Recibir formación académica de calidad
b) Gratuidad de enseñanza en universidad pública,
c) Participar en proceso de evaluación a docentes,
d) Expresar libremente sus ideas,
e) Participar en el gobierno y fiscalización universitaria,
f) Ejercer el derecho de asociación para fines universitarios,
g) Acceder en universidades privadas a escalas de pago
diferenciado,
h) Contar con ambientes, instalaciones, mobiliario y equipos
accesibles,
i) Ingresar libremente a instalaciones académicas,
j) Utilizar los servicios académicos y de bienestar
universitario,
k) Solicitar reserva de matrícula por razones de trabajo,
l) Asesoramiento gratuito en elaboración de tesis a los
alumnos, etc.
LEY UNIVERSITARIA No. 30220
17. REGLAMENTO DE ESTUDIANTES - UPAO
CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS - ARTÍCULO N.º 6 Son derechos de los estudiantes:
1. Recibir formación académica de calidad, que les permita desarrollar competencias generales y específicas de su
carrera, para el desempeño profesional y la investigación.
2. Participar en el proceso de evaluación de los docentes.
3. Expresar libre y pacíficamente sus ideas, con respeto a las de los demás y a los fines de la institución.
4. Ejercer el derecho de asociación con fines estrictamente vinculados a los de la Universidad; las asociaciones deben
ser formalmente reconocidas por el Consejo Directivo.
5. Contar con ambientes, instalaciones, mobiliario y equipos accesibles para las personas con discapacidad.
6. Utilizar los servicios complementarios como son los servicios de salud, sociales, actividades extracurriculares,
centros de información y referencia, y otros similares que ofrezca la Universidad.
7. Participar en los órganos de gobierno de la Universidad, de conformidad con lo establecido en el Estatuto y los
reglamentos institucionales.
8. Participar de los beneficios que por norma legal o reglamentaria otorga la Universidad, tales como premiaciones por
participar en concursos, entre otros. 9. Recibir tutoría y orientación en su formación profesional y/o académica.
9. Recibir tutoría y orientación en su formación profesional y/o académica.
18. “Instancia encargada de la tutela de los
derechos de los miembros de la comunidad
universitaria, que vela por el mantenimiento del
principio de autoridad responsable”.
Las actuaciones de la Defensoría se sujetan a
las disposiciones de la Ley Universitaria, el
Estatuto UPAO y las normas del Reglamento de
Defensoría Universitaria aprobado por el
Consejo Universitario.
¿QUÉ ES LA
DEFENSORÍA?
DEFENSORÍA
UNIVERSITARIA
UPAO
19. FUNCIONES DE LA
ODU
Atiende a los miembros de la
comunidad universitaria, alumnos,
administrativos y docentes de las
unidades académicas y centros de la
Universidad.
Atiende casos ,actos u omisiones que
afectan sus derechos humanos y
universitarios, y cuyos responsables
sean funcionarios o autoridades de la
Universidad.
Sus actuaciones van encaminadas a la
mejora de la convivencia entre sus
miembros y a contribuir, por tanto, a la
mejora de la calidad universitaria.
Investiga, ya sea de oficio o a instancia
de parte, las reclamaciones, quejas y
consultas que se les haga llegar por
parte de la comunidad universitaria.
Así mismo es competencia, siempre
que así lo acepten las partes, actuar
como mediador para dirimir los
desacuerdos que se produzcan, sobre
temas universitarios.
20. ¿QUÉ ES LA
DEFENSORÍA?
Infracción (transgresión
de derechos individuales
universitarios)
HOSTIGAMIENTO SEXUAL
ART.N.° 13 (RPICHS-UPAO)
Lentitud en los procesos administrativos
(más de 5 días hábiles).
Profesores que no evalúan en base
vigesimal.
Casos de agresiones verbales o físicas
de miembros de la comunidad
universitaria
Negociaciones Académicas
Incompatibles. Promesa implícita o expresa a la víctima de un trato
preferente o beneficioso respecto a su situación
actual o futura a cambio de favores sexuales.
DISCRIMINACIÓN
C
A
S
O
S
Amenazas mediante las cuales se exija en forma implícita o explícita
una conducta no deseada por la víctima que atente o agravie su
dignidad..
Uso de términos de naturaleza o connotación sexual (escritos o
verbales),.
21. Casos. ¿En qué situaciones se
vulneran tus derechos?
cuando hay afectación
individual de tu condición de
alumno y ciudadano.
Para ello, es conveniente
atestiguar la naturaleza de
esa vulneración con los
medios probatorios
necesarios.
Segunda
instancia
Tercera
instancia
Para presentar un reclamo en el
aula es el docente.
Si no se encuentra
satisfacción en la solución
que de él demande, se
procede a elevar el mismo a
la escuela correspondiente.
Si no encontramos eco a
nuestro reclamo ante estas
autoridades, recién se puede
recurrir a la oficina de
Defensoría Universitaria.
La primera
instancia:
¿Qué instancias tengo para
plantear un reclamo?
22. PARA REALIZAR TU QUEJA,
RECLAMO O DENUNCIA
Nombres y
Apellidos
completos
ESCUELA/PRO
GRAMA DE
ESTUDIOS
ID
ASUNTO O
MOTIVO
ADJUNTAR
PRUEBAS O
EVIDENCIAS
(CAPTURA DE
PANTALLA,
WHATSAPP,
AUDIOS, TESTIGOS,
ETC.)
Correo electrónico: defensoria_universitaria@upao.edu.pe
23. 3. CULTURA DE INCLUSIÓN Y GRUPOS VULNERABLES
Afecta a ciertos grupos sociales en
circunstancias o contextos
específicos a través del tiempo ha
posibilitado ampliar la discusión de
sus alcances y efectos, e identificar
estos grupos.
EXCLUSIÓN
Definida a partir de la interacción entre
diversos elementos: acoge a todos los
niños, niñas y jóvenes, con especial
consideración a aquellos en situación de
vulnerabilidad, para garantizar el acceso a
una educación de calidad con igualdad
(Echeita y Duk, 2008).
INCLUSIÓN
Personas con discapacidad, personas adultas
mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres,
migrantes, personas LGTBI.
Grupos vulnerables
24. Beneficiar a todas las personas
sin perjuicio de sus
características, es decir, sin
etiquetar ni excluir.
Proporcionar un acceso
equitativo, revisando procesos
constantemente y valorando el
aporte de cada persona a la
sociedad.(OMS)
Cultura de
inclusión
GRUPOS
VULNERABLES.
Mujeres
Migrantes
Personas adultas mayores Niñas, niños y adolescentes
Personas con discapacidad
Los grupos en situación de vulnerabilidad son aquellos que
debido al menosprecio generalizado de alguna condición específica
que comparten, a un prejuicio social erigido en torno a ellos o por
una situación histórica de opresión o injusticia, se ven afectados
sistemáticamente en el disfrute y ejercicio de sus
derechos fundamentales.
Los grupos vulnerables contemplados en la Ley 30364, su Reglamento y el Plan Nacional Contra la
Violencia de Género 2016-2021
Personas LGTBI
VIH
Privadas de
libertad
Migrantes
Con
discapacidad
AGRAVANTES CONTEXTOS
Pobreza
Discriminación
Violencia
25. 4. PESIMISMO, RACISMO Y NACIONALISMO
Como consecuencia de las
circunstancias en las que viven se
incrementa la vulnerabilidad emocional
.."uno de los más importantes
mediadores psicológicos que conduce
a la perpetuación de la desigualdad de
oportunidades (entre hombres y
mujeres, ricos y pobres,…”
PESIMISMO
Es todo trato diferenciado, excluyente o restrictivo
hacia una persona o grupo, motivado por las
características físicas (como el color y tipo de piel o
cabello, facciones, estatura, entre otros) y étnico-
culturales (lengua materna, acento o dejo,
costumbres, indumentaria, símbolos, creencias y
otras prácticas culturales o formas de vida,
identificación y pertenencia a un grupo étnico o
cultural) que tiene como resultado el limitar sus
derechos y/o libertades fundamentales.
RACISMO
La tendencia al aumento del nacionalismo estrecho y extremo. La
estigmatización y el uso de los supuestos extranjeros como chivos
expiatorios han hecho que algunas personas quedasen excluidas
del amparo de la ley",
NACIONALISMO
26. Aplicamos
Trabajo en equipo
Papel de la juventud y los
derechos humanos, empleando
casos y socializando a través
de historietas.
03
JUSTICIA
IGUALDAD
27. El “después”
Preparamos en equipo la
presentación y exposición de mi
Proyecto de Participación
Ciudadana.
04
JUSTICIA
IGUALDAD
28. Anónimo (2015). Importancia de conocer los límites de los Derechos Humanos. Toluca, México. Publicado
en: https://www.milenio.com/opinion/varios-autores/derechos-humanos/importancia-de-conocer-
los-limites-de-los-derechos-humanos
El Comercio (2020). “La joven peruana de 18 años que obtuvo una beca en Stanford y en otras 11
universidades de EE.UU”. Revista SOMOS.
Gairín S., J. et al (2016) Inclusión y Grupos En Situación de Vulnerabilidad: Orientaciones para repensar el
Rol de las Universidades. Barcelona, España. Artículo publicado en
https://www.redalyc.org/journal/998/99843455009/html/
Ley N° 30220 – Ley Universitaria.
Reglamento de Defensoría Universitaria UPAO.
Unfra Perú (2018). Voceros Juveniles para Fortalecer los Derechos Humanos y el Desarrollo Sostenible.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
29. Credits: This presentation template was created by Slidesgo,
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Gracias!
Mg. Zoila Viteri Vargas
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