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“2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
Senado de la Nación
Secretaria Parlamentaria
Dirección General de Publicaciones
VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ
CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO
(S-3244/13)
PROYECTO DE LEY
El Senado y la Cámara de Diputados,…
Artículo 1°: Créase la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y
Diseño en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, que estará sujeta al régimen jurídico aplicable a las
Universidades Nacionales, según lo establece el artículo 48 de la Ley
24.521 - Ley de Educación Superior -.
Artículo 2°: La sede de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales
y Diseño surgirá por acuerdo entre los municipios y el gobierno
provincial, en concordancia con las normativas legales y
reglamentarias vigentes prescriptas en la Ley de Educación Superior.
Dicha sede se constituirá dentro del territorio de la provincia,
conforme al Estudio de Factibilidad vinculante que sustente la
creación establecida en el Artículo 1º.
Artículo 3°: El Estudio de Factibilidad surgirá de un relevamiento
regional y de campo, y acompañará la presentación de la propuesta de
creación, objeto de la presente normativa.
Artículo 4°: Será objetivo de la presente ley la propuesta de una oferta
académica relacionada con el arte y sus múltiples disciplinas, con una
visión integral de las artes visuales en el campo cultural
contemporáneo y que abarque distintas áreas: Cine, Teatro,
Escenografía, Danza, Ilustración, Música, Animación, Producciones
Publicitarias, Diseño Gráfico, Industrial y Artesanal.
Artículo 5°: La creación de la Universidad Nacional de Artes
Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida
e Islas del Atlántico Sur, pretende instalar un espacio académico en
torno a disciplinas específicas relacionadas con el arte, que contemple
una amplia oferta académica, partiendo de las disciplinas más
tradicionales como el dibujo, la pintura, la escultura y el grabado, a las
disciplinas no ortodoxas con un alto dominio de parámetros técnicos y
estilísticos que promuevan la trascendencia de la obra.
Artículo 6°: El Poder Ejecutivo Nacional quedará facultado para
gestionar con el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego,
“2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
Antártida e Islas del Atlántico Sur, municipios e instituciones públicas y
privadas, la cesión de bienes muebles e inmuebles que constituirán el
patrimonio de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y
Diseño.
Artículo 7°: El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la
Nación dispondrá la designación de un Rector-Organizador que tendrá
las atribuciones conferidas por el artículo 49 de la Ley de Educación
Superior N° 24.521, propias del cargo y las correspondientes al
Consejo Superior. Permanecerá en su cargo hasta tanto sean
elegidas las autoridades que redacten el futuro Estatuto de la
Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 8°: El Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio
de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, designará una
Comisión Especial integrada por:
• Un representante del Ministerio
• Un representante del Gobierno Provincial
• Dos representantes designados por el Rector-Organizador
La citada Comisión asistirá y asesorará al Rector-Organizador en la
formulación del Proyecto Institucional.
Artículo 9°: El Rector-Organizador y la Comisión Asesora conducirán
el proceso de formulación del Proyecto Institucional y del Estatuto
Provisorio y los pondrá a consideración del Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología de la Nación, para su análisis y remisión a la
Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria
(CONEAU), a los fines de su aprobación definitiva.
El plazo para la normalización no podrá superar los 2 (dos) años a
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Artículo 10°: La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación
Universitaria (CONEAU) evaluará la implementación de las siguientes
Carreras de Grado:
• Licenciatura en Peritaje y Valuación de Obras de Arte
• Licenciatura en Artes Visuales
• Licenciatura en Curaduría e Historia de las Artes
• Licenciatura en Conservación y Restauración de Bienes
Culturales
• Licenciatura en Museología
• Licenciatura en Gestión del Patrimonio Cultural
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• Licenciatura en Artes Audiovisuales
• Licenciatura en Artes Multimediales
“2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
• Licenciatura en Artes Musicales
• Licenciatura en Composición Coreográfica
• Licenciatura en Dirección Escénica
• Licenciatura en Diseño de Iluminación de Espectáculos
• Licenciatura en Escenografía
• Licenciatura en Folklore
• Profesorado de Arte
Artículo 11°: El Proyecto Institucional deberá responder a las
necesidades regionales, sociales, económicas, culturales y
demográficas de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, debiendo contemplar un proceso de diseño que se
ajuste a un plan viable de crecimiento, con una oferta académica
sustantiva y equilibrada en los principales centros urbanos del territorio
provincial.
La presente ley priorizará la implementación de carreras con
capacitación práctica e inserción en el mercado laboral regional,
fomentando el desarrollo de actividades académicas y de
investigación, relacionadas con una visión integral de las artes
visuales y su vinculación con el medio, que faciliten la divulgación y
exhibición del arte en museos, galerías, ferias y centros de
investigación artística.
Artículo 12: Dentro del plazo de normalización que establece el
artículo 9° de la presente ley, el Rector-Organizador y la Comisión
Especial Asesora del Proyecto Institucional convocarán a la primera
Asamblea Universitaria, a los fines de dictar el Estatuto definitivo que
regirá los destinos de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y
Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, creada por el artículo 1°.
Artículo 13: Será prioridad de la presente ley, compatibilizar y articular
el plan de estudios y las carreras a crearse, con las ya existentes en
otras universidades de la región.
Artículo 14: La Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño
de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
quedará facultada a suscribir convenios destinados al funcionamiento
de sus actividades académicas y de investigación, que posibiliten el
intercambio curricular, cultural, la práctica profesional pautada y los
sistemas de pasantías rentadas.
Artículo 15: El presupuesto nacional asignará anualmente las partidas
correspondientes para el funcionamiento de la Universidad Nacional
creada por el artículo 1 de la presente ley.
Artículo 16: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mario J. Colazo.-
“2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente Proyecto de Ley de Creación de la Universidad Nacional
de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur, pretende con su aprobación e
implementación, dar respuesta a un anhelado sueño de toda la
comunidad fueguina.
La Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño apunta a la
formación de realizadores, profesionales, científicos y docentes en el
campo del arte y sus disciplinas afines, con solidez profesional,
espíritu crítico, mentalidad creadora y sentido ético y social, en un
marco universitario contemporáneo.
Se busca la jerarquización de la enseñanza artística reconociendo el
arte como generador de conocimiento, a través de la incorporación de
nuevos lenguajes artísticos, además de la formación específica de
docentes y críticos especializados en las distintas disciplinas: Artes
Audiovisuales, Artes Multimediales, Artes Musicales y Sonoras, Artes
Dramáticas y Crítica de Arte.
La propuesta absolutamente innovadora, no sólo en la Argentina sino
en Latinoamérica y hasta en el mundo, busca adecuar la enseñanza
artística a las necesidades del nuevo siglo. Tiene como objetivo
facilitar la interrelación entre las distintas artes, respetando las
diferencias de cada área pero potenciando los infinitos cruces de
fronteras entre uno y otro lenguaje.
En este sentido, la posibilidad de que convivan en una misma
institución estudiantes de Música, Teatro, Cine, Artes Visuales, Danza,
Multimedia, etc., pretende favorecer y promover un intercambio que el
genuino desarrollo de cada una de las disciplinas luego traerá
inevitablemente aparejado.
La firma de convenios con universidades y entidades del ámbito
público y privado, en el orden nacional e internacional, apunta a
impulsar y desarrollar las actividades de la Universidad en conexión
con otras universidades y entidades del medio, tanto sea en el orden
privado como en el orden municipal, provincial, nacional o
internacional. Asimismo, se busca elaborar y poner en práctica
actividades de extensión como eventos, seminarios, coloquios,
reuniones y otras actividades. Por otra parte, se promueve el
desarrollo de programas destinados a la comunidad universitaria en
los que se fomenta la organización de trabajos sobre la realidad
nacional e internacional.
“2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
Se procura mediante estos convenios establecer un programa de
Colaboración Institucional que sirva de marco para el desarrollo y
dictado de programas académicos, realización de trabajos de
investigación conjuntos, intercambio de información artística, científica
y tecnológica, emprendimiento de proyectos de interés común en el
área de formación y capacitación integral en materia educativa y de
producción artística.
Basada en criterios contemporáneos en referencia al arte, la
Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, dispone de
Unidades Académicas que permiten un amplio abanico del arte,
comenzando por el objeto artístico desde su producción hasta sus
consecuencias con respecto al paso del tiempo y su movimiento en el
espacio.
Por ello, la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño
presenta una vasta oferta académica en relación a las obras de arte
desde las múltiples disciplinas que las abarcan:
• Licenciatura en Peritaje y Valuación de Obras de Arte
• Licenciatura en Artes Visuales
• Licenciatura en Curaduría e Historia de las Artes
• Licenciatura en Conservación y Restauración de Bienes
Culturales
• Licenciatura en Museología
• Licenciatura en Gestión del Patrimonio Cultural
• Licenciatura en Actuación
• Licenciatura en Artes Audiovisuales
• Licenciatura en Artes Multimediales
• Licenciatura en Artes Musicales
• Licenciatura en Composición Coreográfica
• Licenciatura en Dirección Escénica
• Licenciatura en Diseño de Iluminación de Espectáculos
• Licenciatura en Escenografía
• Licenciatura en Folklore
• Profesorado de Arte
Para la mayoría de los habitantes de la provincia, la problemática
generada por el desarraigo y el desmembramiento familiar constituye
un denominador común.
Son las mismas familias, actuales motores de la sociedad fueguina,
que ven partir a sus hijos a capacitarse y completar sus estudios
superiores en centros urbanos alejados, como consecuencia de la
imposibilidad de poder realizarlo en su lugar de origen.
“2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
El fenómeno del desarraigo se vuelve a producir, potenciado por el
contexto de la situación socioeconómica imperante, que tiende a
producir un fracaso irreparable en la primera etapa de la juventud.
El concepto de una Universidad Nacional en cada provincia argentina
garantiza la organización territorial de estudios universitarios en toda la
Nación. Constituye una garantía de respuesta a los intereses sociales,
regionales y de integración institucional en redes académicas.
Desde que asumí mi banca en el Senado de la Nación, he dirigido mis
esfuerzos a garantizar y mejorar la calidad de la educación en mi
querida provincia. Soy autor del Proyecto de Ley que posibilitó la
creación de la Universidad de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, que evita el desarraigo y la migración de los jóvenes
fueguinos. Asimismo, he presentado en el transcurso del presente año
el Proyecto de Ley sobre creación de la Universidad Nacional del Mar,
vinculada al desarrollo sustentable de la región y cuya oferta
académica cuenta con carreras afines a las actividades y riquezas que
ofrece el mar
Hoy, reafirmo mi compromiso de continuar trabajando para contar con
una nueva Universidad Nacional en la provincia: Artes AudioVisuales y
Diseño, que pretende dar respuesta a las necesidades básicas de
aquellos jóvenes interesados en capacitarse en las distintas disciplinas
artísticas existentes.
El presente proyecto de creación de la Universidad Nacional de Artes
Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida
e Islas del Atlántico Sur, pretende contribuir en la construcción social
del territorio provincial, a través de cada una de las prácticas
vinculadas al arte y la cultura.
Se busca garantizar que los profesionales formados en ella puedan
alcanzar un nivel que les permita competir con profesionales formados
en otras Universidades Nacionales, lo que evitaría la migración de
hijos dilectos de la provincia a otras regiones del país.
Sr. Presidente, por todo lo expuesto, solicito a mis pares me
acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Mario J. Colazo.-

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Ley Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño

  • 1. “2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-3244/13) PROYECTO DE LEY El Senado y la Cámara de Diputados,… Artículo 1°: Créase la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que estará sujeta al régimen jurídico aplicable a las Universidades Nacionales, según lo establece el artículo 48 de la Ley 24.521 - Ley de Educación Superior -. Artículo 2°: La sede de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño surgirá por acuerdo entre los municipios y el gobierno provincial, en concordancia con las normativas legales y reglamentarias vigentes prescriptas en la Ley de Educación Superior. Dicha sede se constituirá dentro del territorio de la provincia, conforme al Estudio de Factibilidad vinculante que sustente la creación establecida en el Artículo 1º. Artículo 3°: El Estudio de Factibilidad surgirá de un relevamiento regional y de campo, y acompañará la presentación de la propuesta de creación, objeto de la presente normativa. Artículo 4°: Será objetivo de la presente ley la propuesta de una oferta académica relacionada con el arte y sus múltiples disciplinas, con una visión integral de las artes visuales en el campo cultural contemporáneo y que abarque distintas áreas: Cine, Teatro, Escenografía, Danza, Ilustración, Música, Animación, Producciones Publicitarias, Diseño Gráfico, Industrial y Artesanal. Artículo 5°: La creación de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, pretende instalar un espacio académico en torno a disciplinas específicas relacionadas con el arte, que contemple una amplia oferta académica, partiendo de las disciplinas más tradicionales como el dibujo, la pintura, la escultura y el grabado, a las disciplinas no ortodoxas con un alto dominio de parámetros técnicos y estilísticos que promuevan la trascendencia de la obra. Artículo 6°: El Poder Ejecutivo Nacional quedará facultado para gestionar con el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego,
  • 2. “2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” Antártida e Islas del Atlántico Sur, municipios e instituciones públicas y privadas, la cesión de bienes muebles e inmuebles que constituirán el patrimonio de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño. Artículo 7°: El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación dispondrá la designación de un Rector-Organizador que tendrá las atribuciones conferidas por el artículo 49 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, propias del cargo y las correspondientes al Consejo Superior. Permanecerá en su cargo hasta tanto sean elegidas las autoridades que redacten el futuro Estatuto de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Artículo 8°: El Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, designará una Comisión Especial integrada por: • Un representante del Ministerio • Un representante del Gobierno Provincial • Dos representantes designados por el Rector-Organizador La citada Comisión asistirá y asesorará al Rector-Organizador en la formulación del Proyecto Institucional. Artículo 9°: El Rector-Organizador y la Comisión Asesora conducirán el proceso de formulación del Proyecto Institucional y del Estatuto Provisorio y los pondrá a consideración del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, para su análisis y remisión a la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), a los fines de su aprobación definitiva. El plazo para la normalización no podrá superar los 2 (dos) años a partir de su creación. Artículo 10°: La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) evaluará la implementación de las siguientes Carreras de Grado: • Licenciatura en Peritaje y Valuación de Obras de Arte • Licenciatura en Artes Visuales • Licenciatura en Curaduría e Historia de las Artes • Licenciatura en Conservación y Restauración de Bienes Culturales • Licenciatura en Museología • Licenciatura en Gestión del Patrimonio Cultural • Licenciatura en Actuación • Licenciatura en Artes Audiovisuales • Licenciatura en Artes Multimediales
  • 3. “2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” • Licenciatura en Artes Musicales • Licenciatura en Composición Coreográfica • Licenciatura en Dirección Escénica • Licenciatura en Diseño de Iluminación de Espectáculos • Licenciatura en Escenografía • Licenciatura en Folklore • Profesorado de Arte Artículo 11°: El Proyecto Institucional deberá responder a las necesidades regionales, sociales, económicas, culturales y demográficas de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, debiendo contemplar un proceso de diseño que se ajuste a un plan viable de crecimiento, con una oferta académica sustantiva y equilibrada en los principales centros urbanos del territorio provincial. La presente ley priorizará la implementación de carreras con capacitación práctica e inserción en el mercado laboral regional, fomentando el desarrollo de actividades académicas y de investigación, relacionadas con una visión integral de las artes visuales y su vinculación con el medio, que faciliten la divulgación y exhibición del arte en museos, galerías, ferias y centros de investigación artística. Artículo 12: Dentro del plazo de normalización que establece el artículo 9° de la presente ley, el Rector-Organizador y la Comisión Especial Asesora del Proyecto Institucional convocarán a la primera Asamblea Universitaria, a los fines de dictar el Estatuto definitivo que regirá los destinos de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, creada por el artículo 1°. Artículo 13: Será prioridad de la presente ley, compatibilizar y articular el plan de estudios y las carreras a crearse, con las ya existentes en otras universidades de la región. Artículo 14: La Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur quedará facultada a suscribir convenios destinados al funcionamiento de sus actividades académicas y de investigación, que posibiliten el intercambio curricular, cultural, la práctica profesional pautada y los sistemas de pasantías rentadas. Artículo 15: El presupuesto nacional asignará anualmente las partidas correspondientes para el funcionamiento de la Universidad Nacional creada por el artículo 1 de la presente ley. Artículo 16: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mario J. Colazo.-
  • 4. “2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” FUNDAMENTOS Sr. Presidente: El presente Proyecto de Ley de Creación de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, pretende con su aprobación e implementación, dar respuesta a un anhelado sueño de toda la comunidad fueguina. La Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño apunta a la formación de realizadores, profesionales, científicos y docentes en el campo del arte y sus disciplinas afines, con solidez profesional, espíritu crítico, mentalidad creadora y sentido ético y social, en un marco universitario contemporáneo. Se busca la jerarquización de la enseñanza artística reconociendo el arte como generador de conocimiento, a través de la incorporación de nuevos lenguajes artísticos, además de la formación específica de docentes y críticos especializados en las distintas disciplinas: Artes Audiovisuales, Artes Multimediales, Artes Musicales y Sonoras, Artes Dramáticas y Crítica de Arte. La propuesta absolutamente innovadora, no sólo en la Argentina sino en Latinoamérica y hasta en el mundo, busca adecuar la enseñanza artística a las necesidades del nuevo siglo. Tiene como objetivo facilitar la interrelación entre las distintas artes, respetando las diferencias de cada área pero potenciando los infinitos cruces de fronteras entre uno y otro lenguaje. En este sentido, la posibilidad de que convivan en una misma institución estudiantes de Música, Teatro, Cine, Artes Visuales, Danza, Multimedia, etc., pretende favorecer y promover un intercambio que el genuino desarrollo de cada una de las disciplinas luego traerá inevitablemente aparejado. La firma de convenios con universidades y entidades del ámbito público y privado, en el orden nacional e internacional, apunta a impulsar y desarrollar las actividades de la Universidad en conexión con otras universidades y entidades del medio, tanto sea en el orden privado como en el orden municipal, provincial, nacional o internacional. Asimismo, se busca elaborar y poner en práctica actividades de extensión como eventos, seminarios, coloquios, reuniones y otras actividades. Por otra parte, se promueve el desarrollo de programas destinados a la comunidad universitaria en los que se fomenta la organización de trabajos sobre la realidad nacional e internacional.
  • 5. “2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” Se procura mediante estos convenios establecer un programa de Colaboración Institucional que sirva de marco para el desarrollo y dictado de programas académicos, realización de trabajos de investigación conjuntos, intercambio de información artística, científica y tecnológica, emprendimiento de proyectos de interés común en el área de formación y capacitación integral en materia educativa y de producción artística. Basada en criterios contemporáneos en referencia al arte, la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, dispone de Unidades Académicas que permiten un amplio abanico del arte, comenzando por el objeto artístico desde su producción hasta sus consecuencias con respecto al paso del tiempo y su movimiento en el espacio. Por ello, la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño presenta una vasta oferta académica en relación a las obras de arte desde las múltiples disciplinas que las abarcan: • Licenciatura en Peritaje y Valuación de Obras de Arte • Licenciatura en Artes Visuales • Licenciatura en Curaduría e Historia de las Artes • Licenciatura en Conservación y Restauración de Bienes Culturales • Licenciatura en Museología • Licenciatura en Gestión del Patrimonio Cultural • Licenciatura en Actuación • Licenciatura en Artes Audiovisuales • Licenciatura en Artes Multimediales • Licenciatura en Artes Musicales • Licenciatura en Composición Coreográfica • Licenciatura en Dirección Escénica • Licenciatura en Diseño de Iluminación de Espectáculos • Licenciatura en Escenografía • Licenciatura en Folklore • Profesorado de Arte Para la mayoría de los habitantes de la provincia, la problemática generada por el desarraigo y el desmembramiento familiar constituye un denominador común. Son las mismas familias, actuales motores de la sociedad fueguina, que ven partir a sus hijos a capacitarse y completar sus estudios superiores en centros urbanos alejados, como consecuencia de la imposibilidad de poder realizarlo en su lugar de origen.
  • 6. “2013‐ AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” El fenómeno del desarraigo se vuelve a producir, potenciado por el contexto de la situación socioeconómica imperante, que tiende a producir un fracaso irreparable en la primera etapa de la juventud. El concepto de una Universidad Nacional en cada provincia argentina garantiza la organización territorial de estudios universitarios en toda la Nación. Constituye una garantía de respuesta a los intereses sociales, regionales y de integración institucional en redes académicas. Desde que asumí mi banca en el Senado de la Nación, he dirigido mis esfuerzos a garantizar y mejorar la calidad de la educación en mi querida provincia. Soy autor del Proyecto de Ley que posibilitó la creación de la Universidad de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que evita el desarraigo y la migración de los jóvenes fueguinos. Asimismo, he presentado en el transcurso del presente año el Proyecto de Ley sobre creación de la Universidad Nacional del Mar, vinculada al desarrollo sustentable de la región y cuya oferta académica cuenta con carreras afines a las actividades y riquezas que ofrece el mar Hoy, reafirmo mi compromiso de continuar trabajando para contar con una nueva Universidad Nacional en la provincia: Artes AudioVisuales y Diseño, que pretende dar respuesta a las necesidades básicas de aquellos jóvenes interesados en capacitarse en las distintas disciplinas artísticas existentes. El presente proyecto de creación de la Universidad Nacional de Artes Audiovisuales y Diseño de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, pretende contribuir en la construcción social del territorio provincial, a través de cada una de las prácticas vinculadas al arte y la cultura. Se busca garantizar que los profesionales formados en ella puedan alcanzar un nivel que les permita competir con profesionales formados en otras Universidades Nacionales, lo que evitaría la migración de hijos dilectos de la provincia a otras regiones del país. Sr. Presidente, por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley. Mario J. Colazo.-