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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
TEMAS 8 Y 10
Mayo 2015
Educando:
Jesús A,
Mendoza M.
24797483
1. Ante la necesidad de:
Organizar a la población para que esta sea capaz de:
Asumir responsabilidades de gestión referente a:
Proyectos integrales y específicos dirigidos a diferentes áreas
cumpliendo con la participación ciudadana de manera idónea .
2. Surge como consecuencia de la necesidad expuesta anteriormente la figura
de consejo comunal.
Enmarcada de manera tacita su formación a nivel constitucional en el
articulo 184 CN y enmarcada de mane explicita en la ley orgánica de consejos
comunales siendo esta ultima donde se establece:
El proceso de formación de un consejo comunal donde los
requerimientos mas importantes son:
a) cantidad de familias y sector al cual comprenderá la jurisdicción de
dicho consejo
b) presencia de autoridades fundamentales tales como el presidente de
la junta parroquial, sindico municipal, defensor del pueblo , circuitos Bolivarianos
entre otros autoridades.
3. luego de esta reunión de formación y establecimiento del consejo comunal se
debe:
a) nombrar a los voceros y voceras representantes de vocerías
principales y secundarias como habitad y vivienda, deporte salud entre muchas
otras.
b) establecer cual será la casa comunal.
4. esto da inicia al poder comunal enmarcado en el articulo 44 de la LOCC.
Donde procederán una serie de fases:
a)diagnostica participativa
b) planificación participativa
c) presupuestaria
d) ejecutoria
e) contralora
siendo la fase contralora la mas resaltante ya que esta des la que se
encarga de supervisar, desde la fase de planificación hasta la ejecutoria donde
velara por que los recursos destinados sean utilizados verdaderamente para lo
cual fueron asignados.
todos estos están sometidos a la proceso electoral, que será nombrado
por una comisión que se encargara de realizar dichos comicios electorales,
teniendo vigencia por dos años.
Debido a la necesidad de los consejos comunales de desarrollar las
actividades por la cual fueron creados estos fomenta el desarrollo de cooperativa
que produzcan:
A) Bienes o
B) Servicios
Dichas cooperativas se dividen en:
Productivas industriales
Lácteas
Carpinteras
Agrícolas
Pesquera
Productora de servicios
Ahorro y Crédito
Consumo
Mixtas siendo esta ultima la que se desenvuelve en la sentencia que
seleccionamos como fuente jurisprudencial exigida por la docencia.
Las Cooperativas, son la expresión organizada, en el ámbito de una
economía alternativa, popular y solidaria
BASES JURISPRUDENCIALES
 SALA CONSTITUCIONAL
 Exp. Nº 12-1116
 Magistrado-Ponente: Marcos Tulio Dugarte Padrón
 http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/octubre/157993-1489-291013-2013-12-
1116.HTML
 Mediante Sentencia Nº RI.000133 de fecha 11 de mayo de 2010, la Sala de Casación
Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Isbelia Pérez
Velásquez, - See more at:
http://www.badellgrau.com/?pag=70&ct=267#sthash.LLOifICC.dpuf
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 SALA CONSTITUCIONAL
 Magistrada Ponente: LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
 Expediente N° 09-1369
 http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/1676-31209-2009-09-1369.html

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  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO TEMAS 8 Y 10 Mayo 2015 Educando: Jesús A, Mendoza M. 24797483
  • 2. 1. Ante la necesidad de: Organizar a la población para que esta sea capaz de: Asumir responsabilidades de gestión referente a: Proyectos integrales y específicos dirigidos a diferentes áreas cumpliendo con la participación ciudadana de manera idónea . 2. Surge como consecuencia de la necesidad expuesta anteriormente la figura de consejo comunal. Enmarcada de manera tacita su formación a nivel constitucional en el articulo 184 CN y enmarcada de mane explicita en la ley orgánica de consejos comunales siendo esta ultima donde se establece: El proceso de formación de un consejo comunal donde los requerimientos mas importantes son: a) cantidad de familias y sector al cual comprenderá la jurisdicción de dicho consejo
  • 3. b) presencia de autoridades fundamentales tales como el presidente de la junta parroquial, sindico municipal, defensor del pueblo , circuitos Bolivarianos entre otros autoridades. 3. luego de esta reunión de formación y establecimiento del consejo comunal se debe: a) nombrar a los voceros y voceras representantes de vocerías principales y secundarias como habitad y vivienda, deporte salud entre muchas otras. b) establecer cual será la casa comunal. 4. esto da inicia al poder comunal enmarcado en el articulo 44 de la LOCC. Donde procederán una serie de fases: a)diagnostica participativa b) planificación participativa c) presupuestaria d) ejecutoria e) contralora
  • 4. siendo la fase contralora la mas resaltante ya que esta des la que se encarga de supervisar, desde la fase de planificación hasta la ejecutoria donde velara por que los recursos destinados sean utilizados verdaderamente para lo cual fueron asignados. todos estos están sometidos a la proceso electoral, que será nombrado por una comisión que se encargara de realizar dichos comicios electorales, teniendo vigencia por dos años.
  • 5. Debido a la necesidad de los consejos comunales de desarrollar las actividades por la cual fueron creados estos fomenta el desarrollo de cooperativa que produzcan: A) Bienes o B) Servicios Dichas cooperativas se dividen en: Productivas industriales Lácteas Carpinteras Agrícolas Pesquera Productora de servicios Ahorro y Crédito Consumo Mixtas siendo esta ultima la que se desenvuelve en la sentencia que seleccionamos como fuente jurisprudencial exigida por la docencia. Las Cooperativas, son la expresión organizada, en el ámbito de una economía alternativa, popular y solidaria
  • 6. BASES JURISPRUDENCIALES  SALA CONSTITUCIONAL  Exp. Nº 12-1116  Magistrado-Ponente: Marcos Tulio Dugarte Padrón  http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/octubre/157993-1489-291013-2013-12- 1116.HTML  Mediante Sentencia Nº RI.000133 de fecha 11 de mayo de 2010, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Isbelia Pérez Velásquez, - See more at: http://www.badellgrau.com/?pag=70&ct=267#sthash.LLOifICC.dpuf  http://www.badellgrau.com/?pag=70&ct=267  SALA CONSTITUCIONAL  Magistrada Ponente: LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO  Expediente N° 09-1369  http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/1676-31209-2009-09-1369.html