3. Introducción
Para que los mercados operen y sean estables,
asegurando un crecimiento a largo plazo es necesario
un marco regulatorio donde los privados puedan
desarrollar sus actividades con certeza, las
instituciones cumplan con su rol y de esta forma no
distorsionar el modelo económico.
4. Empalmes
Un empalme lo podemos definir como un conjunto de
elementos que conectan la instalación eléctrica con la
red de distribución eléctrica, además de permitir la
medición de la energía eléctrica que esta instalación
consume
5. Empalmes
Toda instalación de consumo se conectará a una red
pública de distribución a través de un empalme
ejecutado de acuerdo a las normas correspondientes,
solo se otorgará empalme a aquellas instalaciones
construidas de acuerdo a normas y que cuenten con la
certificación o sello establecido en la Ley N°18.410
La capacidad del empalme se determinará en función
de la potencia instalada, en la comunicación de
energización de la instalación de consumo efectuada
ante la Superintendencia, ajustando a los valores
normalizados en conformidad a lo indicado
8. Leyesdelsector
electrico
SEC : es una institución dependiente del ministerio de
Energía, cuya estructura actual se crea en 1985 por
medio de la Ley N°18.410, consiste en un servicio
funcionalmente descentralizado, cuyo objetivo es
fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias y de las normas
técnicas sobre electricidad y combustibles
CNE : “La Comisión será un organismo técnico
encargado de analizar precios, tarifas y normas
técnicas a las que deben ceñirse las empresas de
producción, generación, transporte y distribución de
energía, con el objeto de disponer de un servicio
suficiente, seguro y de calidad, compatible con la
operación más económica”.
9. Leyesdelsector
eléctrico
LGSE : Ley General de servicios eléctricos, Eléctricos
regula la toma de decisiones y el desarrollo de la
distribución de la energía eléctrica en Chile.
Importante recordar que la primera Ley General de
Servicios Eléctricos se creó en el año 1925 por medio
del decreto de Ley N° 252
De este modo, los concesionarios adquieren el derecho a
utilizar bienes nacionales de uso público, como calles,
plazas y puentes, para instalar cableado eléctrico aéreo
y subterráneo y así permitir la distribución de
electricidad a las zonas de concesión
10. Normasy
pliegosTécnicos
Norma Exenta N° 78, dicta norma técnica aprobada
por la Comisión Nacional de Energía sobre "Sistema de
Información Público" de los Centros de Despacho
Económico de Carga del Sistema Interconectado
Central y del Sistema Interconectado del Norte Grande
Pliego técnico RIC N°16 El objetivo del presente pliego
técnico es establecer los requisitos de seguridad y de
operación de los subsistemas de distribución de energía
eléctrica del país. Este pliego aplica a todas las
instalaciones de consumo de energía eléctrica
ejecutadas bajo la modalidad de subsistema de
distribución.
11. Conclusiones
En el área de la electricidad tenemos normativas
específicas para cada área, entendamos estas normas
como condiciones mínimas para lograr una
transversalidad en los proyectos, es decir nos permite
seguir y respetar una línea de diseño de nuestro
proyecto