UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda
Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata
MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR
SENASAG
“Conoce lo que tienes, y entiende por qué lo tienes”
- Peter Lynch
1. Introducción
LEY Nº 2061
LEY DE 16 DE MARZO DE 2000
JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable CongresoNacional, hasancionadolasiguienteLey:
EL HONORABLE CONGRESONACIONAL, DECRETA:
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA
“SENASAG”
CAPITULO UNICO
REGIMEN ESPECIFICO DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA
ARTICULO 1º.- Crease el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e
inocuidad alimentaria – SENASAG, como estructura operativa del Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, encargado de administrar el Régimen de
Sanidad Agropecuaria e inocuidad alimentaria;en el marco de los establecido en el Artículo9
de la Ley de Organización del Poder ejecutivo.
ARTICULO 2º.- Las competencias del SENASAG son:
a) La protección sanitaria del patrimonio agropecuario y forestal.
b) La certificación de la sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria de productos de
consumo, de exportación e importación.
c) La acreditación a personas, naturales o jurídica, idóneas para la prestación de servicios de
sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria.
d) El control, prevención y erradicación de plagas y enfermedades en animales y vegetales.
e) El control y garantía de la inocuidad de los alimentos, en los tramos productivos y de
procesamientos que correspondan al sector agropecuario.
f) El control de insumos utilizados para la producción agropecuaria, agroindustrial y
forestal.
g) Declarar emergencia pública en asuntos de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria.
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda
Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata
MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR
h) Establecer mecanismos de financiamiento para el desarrollo de las
competencias de SENASAG, así como convenios interinstitucionales, con entidades públicas
y privadas,nacionalese internacionales,de conformidadalosdispuestosenlaConstituciónPolítica
del Estado.
ARTICULO 3º.- Las fuentes de financiamiento del SENASAG son las siguientes:
a) Ingresos propios provenientes de la prestación de servicios en base a tasas aprobadas
anualmente, mediante Decreto Supremo.;
b) Asignación Presupuestaria del Tesoro General de la Nación;
c) La imposiciónde multasysancionesporincumplimientode lasnormasde sanidadagropecuaria
e inocuidad alimentaria, sin perjuicio de constituirse en parte civil para el juzgamiento de actos
punibles, que determinen el resarcimiento del daño civil;
d) Otros recursos provenientes de donaciones, legales, empréstitos o convenios
específicos firmados con entidades públicas, privadas,
nacionales o internacionales, de acuerdo a las normas básicas de crédito público.
ARTICULO 4º.- El Poder Ejecutivo, mediante los Decretos Supremos respectivos,
reglamentará la estructura organizativa y operativa del
SENASAGynormarátantoel cobrode losserviciosque prestecomolassancionesypenalidadespor
incumplimiento de las normas de sanidad agropecuaria e industrial alimentaria, los mismos que
seránemitidosenunplazono mayor a los 60 días, a partir de la promulgación de la presente Ley.
Remítase al poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del
mes de febrero de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García
Suárez, Félix Sánchez Veizaga, Verónica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgopara que se tengay cumplacomo Ley de la República.Palaciode Gobierno
de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil años.1
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
La Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria está contemplada en los preceptos de la
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en los siguientes acápites:
Titulo 2. Derechos Fundamentales.
Art. 16. El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una
alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.
Derechos de las usuarias y los usuarios y de las consumidoras y consumidores.
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda
Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata
MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR
Art. 75. Los consumidores y las consumidoras gozan de los siguientes derechos:
1.- Al suministro de alimentos, fármacos y productos en condiciones de inocuidad , calidad y
cantidad disponible adecuada y suficiente.
Distribución de competencias
Art. 298. Acápite II. Son competencias privativas del nivel central del Estado:
21. Sanidad e inocuidad agropecuaria.
35. Políticas generales de desarrollo productivo.
Art. 300. I. Son competencias exclusivas de los gobiernos departamentales autónomos, en su
jurisdicción:
11. Estadísticas departamentales.
14. Servicio de sanidad e inocuidad agropecuaria.
21.Proyectos de infraestructura departamental para el apoyo a la producción.
Art.302. I.Soncompetencias exclusivas delosgobiernos municipales autónomos,ensujurisdicción:
5. Preservar, conservarycontribuira laprotección del medioambienteyrecursos naturales, fauna
silvestre y animales domésticos.
9. Estadísticas municipales.
13. Controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos alimenticios
para el consumo humano y animal.
21. Proyectos de infraestructura productiva.
37. Políticas que garanticen la defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito municipal.
Capítulo Primero- Medio Ambiente
Art. 344. II. El Estado regulará la internación, producción, comercialización y empleo de técnicas,
métodos, insumos y sustancias que afecten a la salud y al medio ambiente.
Desarrollo Rural Integral Sustentable.
Art. 407. Sonobjetivos de lapolíticade desarrollo rural integral del Estado, encoordinación conlas
entidades territoriales autónomas y descentralizadas:
1. Garantizar lasoberaníay seguridad alimentaria, priorizando laproducción yel consumo
de alimentos de origenagropecuario producidosenel territorioboliviano.
2. Establecermecanismos de protección alaproducción agropecuariaboliviana.
3. Promoverlaproducción ycomercialización de productos agroecológicos.
4. Protegerlaproducción agropecuariayagroindustrial ante desastresnaturales e
inclemencias climáticas, geológicasysiniestras. Laley preverálacreación del seguro
agrario.
11. Controlar la salida y entrada al país de recursos biológicos y genéticos.
12. Establecer políticas y programas para garantizar la sanidad agropecuaria y la inocuidad
alimentaria.
La Ley Marco de Autonomías.
La Ley Marco de Autonomías establece enmateriade sanidadagropecuariae inocuidad alimentaria
lo siguiente:
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda
Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata
MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR
Art.91. ParágrafoII. De acuerdoa lacompetenciaexclusivadelNumeral 21, ParágrafoIIdel Artículo
298 de la Constitución Políticadel Estado, el nivelcentral del Estadotiene lacompetenciaexclusiva
de establecer políticas, normas y estrategias nacionales para garantizar la sanidad agropecuaria e
inocuidad alimentaria que involucren la participación de los gobiernos departamentales,
municipales, pueblos indígena originario campesinos y el sector productivo.
Art.91. ParágrafoIV. De acuerdoalacompetenciaexclusivadelNumeral 14, ParágrafoIdel Artículo
300 de la Constitución Política del Estado, los gobiernos departamentales tienen la competencia
exclusiva de implementar y ejecutar planes, programas y proyectos de sanidad agropecuaria e
inocuidad alimentaria en el marco de las políticas, estrategias y normas definidas por autoridad
nacional competente.2
2. Desarrollo
2.1 Aspectospositivos
Administrarel régimende sanidadagropecuariayla inocuidad alimentariaenlostramos
productivos yde procesamiento.
Mantenerla situaciónsanitariade lasplagasyenfermedades exóticasdel paísymejorarla
situación sanitariade aquellas plagasyenfermedades de importanciaeconómica
presentes enBolivia3.
2.2 Alcances
- La protección sanitariadel patrimonio agropecuarioyforestal,
- La certificación de lasanidadagropecuariae inocuidad alimentariaparaproductos de consumo
nacional, de importación yexportación,
- La acreditación de personas, naturalesyjurídicas, idóneasparalaprestación de servicios de
sanidadagropecuariae inocuidad alimentaria,
- El control, prevención yerradicaciónde plagasyenfermedades enanimalesyvegetales,
- El control y garantía de la inocuidad de losalimentos, enlostramosproductivos yde
procesamiento que correspondan al sectoragropecuario,
- El control de insumos utilizados paralaproducción agropecuaria, agroindustrial yforestal,
- La declaratoriade emergenciapúblicaenasuntosde sanidadagropecuariae inocuidad
alimentaria, y
- El establecimiento de mecanismos de financiamientoparael desarrollo de lascompetencias del
SENASAG, así como lasuscripción de convenios interinstitucionales conentidades públicas y
privadas, nacionales e internacionales4.
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda
Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata
MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR
3. Conclusión
Mejorar y protegerlacondición sanitariadel patrimonioproductivo agropecuario yforestal yla
inocuidad alimentaria, paracontribuiral desarrollo sustentableysostenibledel sector
agropecuario consoberaníay seguridad alimentaria.
Referencias
1. http://www.senasag.gob.bo/institucional/marco-normativo
2. http://www.senasag.gob.bo/institucional/base-legal
3. http://www.senasag.gob.bo/institucional/misionvision
4. http://www.senasag.gob.bo/institucional/misionvision
Videos
Control de Infeccionespara el Serviciode Alimentosde Salud: Parte 1
Este videode 11 minutoscubre lasprácticas básicaspara prevenirlapropagaciónde
enfermedadestransmitidasporalimentos,incluyendolahigiene personal adecuadaycómo
almacenar,preparary serviralimentossincontaminacióncruzada.
Asegúrese de vertambién"Controlde infeccionesparael Serviciode Alimentosde Salud:
Parte 2", que cubre la prevenciónde infeccionesenlasáreasde autoserviciodel cliente,los
requisitosde temperaturaenel serviciode alimentose informaciónadicional sobre
procedimientosde limpiezaydesinfección.
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda
Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata
MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR
Este videofue posible graciasalacolaboraciónentre el OregonPatientSafetyCommissionyel
OregonHealthcare-AssociatedInfectionProgramde laOregonHealthAuthority,con
financiado(enparte) porlosCentros parael Control y Prevenciónde Enfermedades.Las
opinionesexpresadasnoreflejannecesariamente laspolíticasoficialesdel Departamentode
Saludy ServiciosHumanosni tampocolamenciónde nombrescomerciales,prácticas
comercialesuorganizacionesimplicanrespaldoporparte del Gobiernode losEstadosUnidos.
Englishtranslationsforthe InfectionPreventionEducationvideoseriesare all available onthe
OregonPatientSafetyCommissionYouTube Channel:www.bitly.com/IPTrainingVideos

Senasag

  • 1.
    UNIVERSIDAD MAYOR DESAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR SENASAG “Conoce lo que tienes, y entiende por qué lo tienes” - Peter Lynch 1. Introducción LEY Nº 2061 LEY DE 16 DE MARZO DE 2000 JORGE QUIROGA RAMIREZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable CongresoNacional, hasancionadolasiguienteLey: EL HONORABLE CONGRESONACIONAL, DECRETA: SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA “SENASAG” CAPITULO UNICO REGIMEN ESPECIFICO DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA ARTICULO 1º.- Crease el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e inocuidad alimentaria – SENASAG, como estructura operativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, encargado de administrar el Régimen de Sanidad Agropecuaria e inocuidad alimentaria;en el marco de los establecido en el Artículo9 de la Ley de Organización del Poder ejecutivo. ARTICULO 2º.- Las competencias del SENASAG son: a) La protección sanitaria del patrimonio agropecuario y forestal. b) La certificación de la sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria de productos de consumo, de exportación e importación. c) La acreditación a personas, naturales o jurídica, idóneas para la prestación de servicios de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria. d) El control, prevención y erradicación de plagas y enfermedades en animales y vegetales. e) El control y garantía de la inocuidad de los alimentos, en los tramos productivos y de procesamientos que correspondan al sector agropecuario. f) El control de insumos utilizados para la producción agropecuaria, agroindustrial y forestal. g) Declarar emergencia pública en asuntos de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria.
  • 2.
    UNIVERSIDAD MAYOR DESAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR h) Establecer mecanismos de financiamiento para el desarrollo de las competencias de SENASAG, así como convenios interinstitucionales, con entidades públicas y privadas,nacionalese internacionales,de conformidadalosdispuestosenlaConstituciónPolítica del Estado. ARTICULO 3º.- Las fuentes de financiamiento del SENASAG son las siguientes: a) Ingresos propios provenientes de la prestación de servicios en base a tasas aprobadas anualmente, mediante Decreto Supremo.; b) Asignación Presupuestaria del Tesoro General de la Nación; c) La imposiciónde multasysancionesporincumplimientode lasnormasde sanidadagropecuaria e inocuidad alimentaria, sin perjuicio de constituirse en parte civil para el juzgamiento de actos punibles, que determinen el resarcimiento del daño civil; d) Otros recursos provenientes de donaciones, legales, empréstitos o convenios específicos firmados con entidades públicas, privadas, nacionales o internacionales, de acuerdo a las normas básicas de crédito público. ARTICULO 4º.- El Poder Ejecutivo, mediante los Decretos Supremos respectivos, reglamentará la estructura organizativa y operativa del SENASAGynormarátantoel cobrode losserviciosque prestecomolassancionesypenalidadespor incumplimiento de las normas de sanidad agropecuaria e industrial alimentaria, los mismos que seránemitidosenunplazono mayor a los 60 días, a partir de la promulgación de la presente Ley. Remítase al poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil años. Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Félix Sánchez Veizaga, Verónica Palenque Yanguas. Por tanto, la promulgopara que se tengay cumplacomo Ley de la República.Palaciode Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil años.1 CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA La Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria está contemplada en los preceptos de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en los siguientes acápites: Titulo 2. Derechos Fundamentales. Art. 16. El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población. Derechos de las usuarias y los usuarios y de las consumidoras y consumidores.
  • 3.
    UNIVERSIDAD MAYOR DESAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR Art. 75. Los consumidores y las consumidoras gozan de los siguientes derechos: 1.- Al suministro de alimentos, fármacos y productos en condiciones de inocuidad , calidad y cantidad disponible adecuada y suficiente. Distribución de competencias Art. 298. Acápite II. Son competencias privativas del nivel central del Estado: 21. Sanidad e inocuidad agropecuaria. 35. Políticas generales de desarrollo productivo. Art. 300. I. Son competencias exclusivas de los gobiernos departamentales autónomos, en su jurisdicción: 11. Estadísticas departamentales. 14. Servicio de sanidad e inocuidad agropecuaria. 21.Proyectos de infraestructura departamental para el apoyo a la producción. Art.302. I.Soncompetencias exclusivas delosgobiernos municipales autónomos,ensujurisdicción: 5. Preservar, conservarycontribuira laprotección del medioambienteyrecursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos. 9. Estadísticas municipales. 13. Controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para el consumo humano y animal. 21. Proyectos de infraestructura productiva. 37. Políticas que garanticen la defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito municipal. Capítulo Primero- Medio Ambiente Art. 344. II. El Estado regulará la internación, producción, comercialización y empleo de técnicas, métodos, insumos y sustancias que afecten a la salud y al medio ambiente. Desarrollo Rural Integral Sustentable. Art. 407. Sonobjetivos de lapolíticade desarrollo rural integral del Estado, encoordinación conlas entidades territoriales autónomas y descentralizadas: 1. Garantizar lasoberaníay seguridad alimentaria, priorizando laproducción yel consumo de alimentos de origenagropecuario producidosenel territorioboliviano. 2. Establecermecanismos de protección alaproducción agropecuariaboliviana. 3. Promoverlaproducción ycomercialización de productos agroecológicos. 4. Protegerlaproducción agropecuariayagroindustrial ante desastresnaturales e inclemencias climáticas, geológicasysiniestras. Laley preverálacreación del seguro agrario. 11. Controlar la salida y entrada al país de recursos biológicos y genéticos. 12. Establecer políticas y programas para garantizar la sanidad agropecuaria y la inocuidad alimentaria. La Ley Marco de Autonomías. La Ley Marco de Autonomías establece enmateriade sanidadagropecuariae inocuidad alimentaria lo siguiente:
  • 4.
    UNIVERSIDAD MAYOR DESAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR Art.91. ParágrafoII. De acuerdoa lacompetenciaexclusivadelNumeral 21, ParágrafoIIdel Artículo 298 de la Constitución Políticadel Estado, el nivelcentral del Estadotiene lacompetenciaexclusiva de establecer políticas, normas y estrategias nacionales para garantizar la sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria que involucren la participación de los gobiernos departamentales, municipales, pueblos indígena originario campesinos y el sector productivo. Art.91. ParágrafoIV. De acuerdoalacompetenciaexclusivadelNumeral 14, ParágrafoIdel Artículo 300 de la Constitución Política del Estado, los gobiernos departamentales tienen la competencia exclusiva de implementar y ejecutar planes, programas y proyectos de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria en el marco de las políticas, estrategias y normas definidas por autoridad nacional competente.2 2. Desarrollo 2.1 Aspectospositivos Administrarel régimende sanidadagropecuariayla inocuidad alimentariaenlostramos productivos yde procesamiento. Mantenerla situaciónsanitariade lasplagasyenfermedades exóticasdel paísymejorarla situación sanitariade aquellas plagasyenfermedades de importanciaeconómica presentes enBolivia3. 2.2 Alcances - La protección sanitariadel patrimonio agropecuarioyforestal, - La certificación de lasanidadagropecuariae inocuidad alimentariaparaproductos de consumo nacional, de importación yexportación, - La acreditación de personas, naturalesyjurídicas, idóneasparalaprestación de servicios de sanidadagropecuariae inocuidad alimentaria, - El control, prevención yerradicaciónde plagasyenfermedades enanimalesyvegetales, - El control y garantía de la inocuidad de losalimentos, enlostramosproductivos yde procesamiento que correspondan al sectoragropecuario, - El control de insumos utilizados paralaproducción agropecuaria, agroindustrial yforestal, - La declaratoriade emergenciapúblicaenasuntosde sanidadagropecuariae inocuidad alimentaria, y - El establecimiento de mecanismos de financiamientoparael desarrollo de lascompetencias del SENASAG, así como lasuscripción de convenios interinstitucionales conentidades públicas y privadas, nacionales e internacionales4.
  • 5.
    UNIVERSIDAD MAYOR DESAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR 3. Conclusión Mejorar y protegerlacondición sanitariadel patrimonioproductivo agropecuario yforestal yla inocuidad alimentaria, paracontribuiral desarrollo sustentableysostenibledel sector agropecuario consoberaníay seguridad alimentaria. Referencias 1. http://www.senasag.gob.bo/institucional/marco-normativo 2. http://www.senasag.gob.bo/institucional/base-legal 3. http://www.senasag.gob.bo/institucional/misionvision 4. http://www.senasag.gob.bo/institucional/misionvision Videos Control de Infeccionespara el Serviciode Alimentosde Salud: Parte 1 Este videode 11 minutoscubre lasprácticas básicaspara prevenirlapropagaciónde enfermedadestransmitidasporalimentos,incluyendolahigiene personal adecuadaycómo almacenar,preparary serviralimentossincontaminacióncruzada. Asegúrese de vertambién"Controlde infeccionesparael Serviciode Alimentosde Salud: Parte 2", que cubre la prevenciónde infeccionesenlasáreasde autoserviciodel cliente,los requisitosde temperaturaenel serviciode alimentose informaciónadicional sobre procedimientosde limpiezaydesinfección.
  • 6.
    UNIVERSIDAD MAYOR DESAN SIMON Alex Fabio SilesMiranda Producción 1 G-20 1 – 2021 Mgr. RamiroZapata MORIR ANTES QUE ESCLAVOS VIVIR Este videofue posible graciasalacolaboraciónentre el OregonPatientSafetyCommissionyel OregonHealthcare-AssociatedInfectionProgramde laOregonHealthAuthority,con financiado(enparte) porlosCentros parael Control y Prevenciónde Enfermedades.Las opinionesexpresadasnoreflejannecesariamente laspolíticasoficialesdel Departamentode Saludy ServiciosHumanosni tampocolamenciónde nombrescomerciales,prácticas comercialesuorganizacionesimplicanrespaldoporparte del Gobiernode losEstadosUnidos. Englishtranslationsforthe InfectionPreventionEducationvideoseriesare all available onthe OregonPatientSafetyCommissionYouTube Channel:www.bitly.com/IPTrainingVideos