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GOBIERNO REGIONAL CUSCO
OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS
AUXILIARES
FECHA
04/09/2020
AÑO
2020
SOLICITUD DE COTIZACIÓN N° 2573
RAZON SOCIAL: RUC:
DIRECCION: TELEFONO: EMAIL:
REFERENCIA IOARR : REQUERIMIENTO SERVICIO 911
N° META: 258
Por medio de la presente sírvase cotizar los siguientes items correspondientes al cuadro de contrataciones Nro. 3622 de fecha
04/09/2020 .
ITEM CANT UND DESCRIPCION MARCA MODELO P.U SUBTOTAL
1 1.00 SERVICIO
SERVICIO DE INSTALACIÓN MECÁNICA DE SISTEMA DE OXÍGENO Y
SISTEMA DE VACÍO
GLOSA :
Sírvase completar los siguientes campos :
LUGAR DE ENTREGA
El servicio sera Prestado en el Hospital Antonio Lorena
(Contingencia)- SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB.
PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO,
DEPARTAMENTO CUSCO
DIRECCIÓN DE ENTREGA
FECHA DE COTIZACIÓN ____/_____/_____
TIEMPO DE VÁLIDEZ DE
LA OFERTA
______________
PLAZO DE EJECUCIÓN
DIAS CALENDARIO
______________
TIEMPO DE GARANTÍA
COMERCIAL
______________
PROVEEDOR DEDICADO
AL OBJETO DE LA
CONTRATACIÓN
SI (___) NO (___)
CUENTA CON RNP SI (___) NO (___)
CUENTA CON CCI
SI (___) NO (___)
N°________________________________
BANCO : ________________________
CUENTA DE DETRACCIÓN N°________________________________
CUMPLE CON EL TDR/ET SI (___) NO (___)
Mediante la presente autorizo ser notificado vía correo electrónico :
_____________________________________________
Doy Conformidad a la lectura de las especificaciones técnicas y/o términos
de referencia anexados a la solicitud de cotización.
NOTA :
1.- NO SE TOMARÁ EN CONSIDERACIÓN LAS COTIZACIONES QUE TENGAN BORRONES, ENMENDADURAS O
CORRECCIONES.
2.- SÍRVASE INDICAR TODA LAS CONDICIONES REQUERIDAS.
3.- DE CONSIDERAR ALGUNA OBSERVACIÓN DEBERÁ DETALLARLO.
4.- ADJUNTO DECLARACIÓN JURADA ANEXO 6 - A.
5.- EL PRECIO TOTAL DE LA OFERTA Y LOS SUBTOTALES QUE LO COMPONEN SON EXPRESADOS SOLO CON 02
DECIMALES. LOS PRECIOS UNITARIOS PUEDEN SER EXPRESADOS CON MAS DE 02 DECIMALES.
RESPONSABLE DE GESTIÓN DE
ACTUACIONES PREPARATORIAS
ESPECIALISTA EN INDAGACIÓN DE
MERCADO
FIRMA Y SELLO DEL PROVEEDOR
GOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGO
Version del Sistema: Willaq 2020
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Impreso por:
Elaborado por: LUZ MARINA PARILLO
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GRUPO BETTER WORLD
AV. ESPAÑA N° 147 INT.10-01 ETAPA 959075718
20600114396
administraccion@gbw.com.pe
QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 SOLES INCLUIDO I.G.V.
23 09 2020
90 DÍAS
1.5 AÑOS
X
011 900 0002002446683 85
BBVA
00-741-442000
administraccion@gbw.com.pe
30 DÍAS
GOBIERNO REGIONAL CUSCO
OFICINA REGIONAL DE ABASTECIMIENTO Y
SERVICIOS AUXILIARES
FECHA
04/09/2020
AÑO
2020
SOLICITUD DE COTIZACIÓN N° 2573
ANEXO N° 6 - A
DECLARACIÓN JURADA
Señores :
OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES
GOBIERNO REGIONAL CUSCO
Presente.-
El que suscribe .........................................................................................................................................
identificado con DNI N° ........................................... y RUC N° ...................................... N° Tel.Cel
................................. DECLARO BAJO JURAMENTO, lo siguiente:
1.- No haber incurrido, en actos de corrupción, así como a respetar el principio de integridad.
2.- No tengo impedimento para contratar con el Estado.
3.- No tengo impedimento por vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguineidad, ni segundo
grado de afinidad, con los funcionarios de la entidad o intervinientes, según lo previsto en el articulo 11° de la
Ley de Contrataciones del Estado.
4.- Cuento y acepto con las condiciones necesarias para cumplir cabalmente con las características técnicas,
requisitos y condiciones establecidas en los Términos de Referencia y/o Especificaciones Ténicas de la
presente contratación.
5.- De ser seleccionado para la contratación, me comprometo a mantener mi oferta en sus integridad hasta el
pago.
6.- Me someto a las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado, Ley 30225 y su
Reglamento, así como la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, cuando corresponde.
7.- En caso de incumplimiento injustificado, acepto de manera supletoria; la aplicación de penalidad de
acuerdo a la fórmula establecida en el articulo 133° del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado mediante D.S N° 350-2015-EF., y de acuerdo a la Directiva interna de compras menores o iguales a
8 UIT.
8.- De ser seleccionado para efectuar la presente contratación, autorizo al Gobierno Regional del Cusco a
efectos de que me pueda notificar al correo electrónico .................................................................................. o a
mi domicilio sito en ....... .......................................
9.- No ser propietario, socio, representante legal, gerente general o tener cualquier vínculo con otra empresa
que cotiza por el mismo objeto de termino de referencia al que me presento.
FIRMA Y SELLO DEL PROVEEDOR
GOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGO
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GOBIERNO REGIONAL CUSCO
OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS
AUXILIARES
FECHA
11/08/2020
TIPO
SERVICIO
AÑO
2020
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
REQUERIMIENTO N° 911
DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y OPERATIVIDAD DE LAS INSTALACIONES MECANICAS SISTEMA DE
OXIGENO Y VACIO de los ambientes de la IOARR“SALA DE CUIDADOS INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS INTERMEDIOS Y SALA DE
HOSPITALIZACION; CONSTRUCCION DE PLANTA DE VALORIZACIÓN; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS ANTONIO LORENA DEL
CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO”.
FINALIDAD PÚBLICA
La realización del servicio tiene por finalidad mejorar las condiciones de la infraestructura de las diferentes unidades prestadoras de servicio COVID 19
a nivel regional e incidirá en los servicios que presta el hospital dado que nos encontramos en emergencia nacional por las graves consecuencias que
causa el COVID 19, cuya misión es garantizar la continuidad de la atención a fin de disminuir el riesgo elevado que afecta la salud y la vida de las
personas siendo necesario la adecuación y mejoramiento de las Salas COVID. Cubrir la necesidad de atención de la población de la Región Cusco,
para atender los casos de COVID 19 en vista de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional declarada mediante DECRETO SUPREMO
N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA y Pandemia Mundial declarada por la OMS, que permitirá mejorar la
capacidad del servicio de salud del Hospital Antonio Lorena del Cusco. Según la Ley Nº 26842, Ley General de Salud y sus modificatorias, el Estado
Peruano es responsable de promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población en términos
socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad
OBJETIVOS Y UTILIDAD DE LA CONTRATACIÓN
Contratación de una persona natural o jurídica para ejecutar la prestación de servicio de adecuación y mejoramiento de salas COVID 19 del Hospital
Antonio Lorena del Cusco ubicado en el Distrito Santiago, Provincia de Cusco y Departamento del Cusco, en el marco de lo dispuesto en el
DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA
ALCANCES Y DESCRIPCION DEL SERVICIO
Se colocará una central de oxígeno que constará de una doble bancada, que alternará su uso, también considerándose cilindros de
repuestos para garantizar la dotación continua del oxígeno, cabe recalcar que también se colocó un sistema de vacío (principalmente para
aspiración de secreciones), y se realiza la distribución por medio de la instalación de redes de distribución desde las centrales hasta las
cabeceras de todas las camas, cabe recalcar que debido a que es una adecuación de estructuras existentes no existe el espacio para
colocar doble salida de oxígeno y doble de vacío, por lo que se considera en el diseño tener botellas de reemplazo que podrían ser usadas
en caso extremo, ya que cada ambiente intervenido cuenta con más de 4 salidas, siendo sala de parto que tiene una sola cama que se le
considero 2 salidas de cada uno.
Para esto se plantea la implementación del sistema de aire acondicionado, calefacción y ventilación (Presión negativa) en las áreas de:
• Unidad de Cuidados Intensivos UCI 1
• Unidad de Cuidados Intensivos UCI 2
• Unidad de Cuidados Intermedios
• Sala de parto
• Sala de dilatación y puerperio.
• Hospitalización adultos y pediatría.
Implementación del sistema de gases medicinales oxígeno (cilindros, manifold y redes) y vacío (bomba de vacío y redes de distribución) en
los 6 ambientes citados las cuales den cumplir con las normas establecidas Deberá cumplir con la norma Americana NFPA 99-1999, CGA,
UL, CE de componentes específicos.
SEGUROS
AREA USUARIA SUPERVISOR
OBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIER
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Elaborado por: 238350800|DIANA EDELMIRA LEON PINO MENA
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Para el inicio del servicio el CONTRATISTA deberá presentar a la Residencia de Obra, el recibo de pago por adquisición de la Póliza de Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) de todo el personal, que realizará la ejecución del servicio. La cual deberá estar vigente durante toda la
ejecución del servicio, debiendo renovarse en caso de ampliaciones
• El Contratista está obligado a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar peligros contra la integridad, la vida y la propiedad
de las personas, instituciones o firmas durante la realización del proyecto. En este sentido deberá dotar a su personal, de los equipos y
herramientas pertinentes para la realización de todos los trabajos, quedando terminantemente prohibido la realización de trabajos en circuitos
energizados.
• El incidente o accidente resultante de la inobservancia de esta obligación, correrá únicamente por cuenta del Contratista.
• El Contratista está obligado a hacer notar a la ENTIDAD, por escrito e inmediatamente, cuando se haya dado una orden que va contra las
medidas de seguridad, a fin de tomar conocimiento, lo cual no lo exime de asumir la responsabilidad exclusiva por cualquier daño.
• SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN
• Complementando las actividades programadas, EL CONTRATISTA es responsable de gestionar la Seguridad y Salud en el Trabajo, se tomarán
las medidas de seguridad durante la ejecución de la obra, siguiendo para ello lo estipulado en la Norma G.050 del RNE, la misma que deberá
implementarse de tal manera que se den todas las condiciones necesarias para evitar accidentes. Las medidas de seguridad deben abarcar
desde las labores de difusión de los desvíos hasta los avisos preventivos en el sitio de la obra.
• EL CONTRATISTA deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios, y a las Instrucciones
complementarias que se dicten por el Supervisor de obra.
• EL CONTRATISTA está obligado a realizar las visitas técnicas, mediciones y cualquier actividad, en estricta conformidad a las normas de
Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001: 2007.
• EL CONTRATISTA deberá cumplir con la normatividad legal, sobre Seguridad y Salud
Ocupacional; de aplicación en su actividad; al respecto deberá dar estricto cumplimiento, bajo su responsabilidad en caso de inobservancia, de la
normatividad referencial y sus modificaciones seguidamente detalladas:
• RM. N° 366-2001-EMNME Código Nacional de Electricidad
• Ley Nª 26842 Ley General de Salud
• D.S. N° 033-2001-MTC Reglamento Nacional de Tránsito
• SI 5-02-1 Orden y Limpieza.
• ISI 8-01-1 Manejo e Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo
• Reglamento Nacional de Edificaciones
• Resolución Ministerial N 087-2020-VIVIENDA
• Resoluciones Ministeriales Nos 239-2020-MINSA, 265-2020-MINSA y 283- 2020-MINSA
• EL CONTRATISTA deberá desarrollar las medidas adecuadas de seguridad y salud ocupacional a fin de garantizar la seguridad y salud del
personal que intervenga en la actividad y preservar los bienes propios.
• Durante las diversas etapas de la construcción, la obra se mantendrá, en todo momento, en perfectas condiciones de orden y limpieza.
REQUISITOS DEL PROVEEDOR Y/O PERSONAL
Debe tener la inscripción en RNP
LUGAR
El servicio sera Prestado en el Hospital Antonio Lorena (Contingencia)- SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE
SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO
PLAZO
El plazo establecido para la ejecución del servicio será de 90 días calendario, a partir del día siguiente de la notificación de la orden de servicio. a)
Entrega de equipos en obra: 80 días calendarios a partir del día siguiente de notificado la orden de compra. b) Instalación y montaje: 07 días calendario
después de la entrega de los equipos en obra. c) Puesta en funcionamiento y pruebas: 03 días calendario después de la fase de instalación y montaje.
El lugar de entrega e instalación será en: ALMACÉN DE OBRA: Hospital de Contingencia Antonio Lorena S/N
ENTREGABLES
CONFORMIDAD
La conformidad sera otorgada por la Residente de obra con el visto biueno del Inspector de la obra y previo informe de conformidad tanto del Residente
como del Inspector de Especialidad
FORMA DE PAGO
AREA USUARIA SUPERVISOR
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Periodico
CONDICIONES DE PAGO
El pago se realizará de acuerdo al cronograma de trabajo contenido en el plan de trabajo, el cual se realizará en tres partes.
• El primer pago a los 30 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados ejecutados.
• El segundo pago a los 60 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados ejecutados. De este periodo
• El tercer pago se realizará a la culminación del trabajo. De este periodo
Cabe señalar que, para el trámite de cada pago, el mismo debe contar con la conformidad del servicio emitida por el residente de obra con
el visto bueno del supervisor de obra.El pago se efectuará mediante el respectivo abono a la cuenta bancaria del contratista sea en el
banco de la nación o cualquier otra institución bancaria del sistema financiero nacional, para cuyo efecto el CONTRATISTA notificará a la
Entidad de Cuenta Interbancario (CCI).
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al CONTRATISTA, conforme con los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son
inherentes al objeto de contrato, se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente aspectos:
ASPECTOS GENERALES ? Para el inicio de la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá haber elaborado e implementado el PROTOCOLO
SANITARIO DEL SECTOR VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO PARA EL INICIO GRADUAL E INCREMENTAL DE LAS ACTIVIDADES EN
LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES, así como los LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGOS
DE EXPOSICIÓN AL COVID 19, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución Ministerial N° 239 -2020/MINSA y sus modificatorias"
? EL CONTRATISTA es responsable por la correcta instalación del servicio, en observancia del contrato y los documentos que forman parte del mismo,
los cuales deberán ser de estricto conocimiento y exigencia de La Residencia. ? EL CONTRATISTA tendrá pleno conocimiento de las condiciones y
lugar donde se realizara el servicio, tomando en cuenta los accesos, situaciones del transporte de personal y materiales, manejo, almacenamiento,
disposición, fuentes de materiales, disponibilidad de mano de obra, agua, energía y comunicaciones, y en general todos los elementos y condiciones
que puedan incidir de manera directa e indirecta en ésta; identificará las dificultades, contingencias y posibles riesgos, y garantizará la ejecución de la
totalidad de los trabajos conforme al expediente técnico aprobado. ? En caso de existir divergencias entre este documento y leyes, normas o
reglamentos, es obligación del Contratista poner en conocimiento del Residente esta situación previa a la realización de los trabajos a fin de que éste
determine la acción a seguir.
ASPECTOS TECNICO- ADMINISTRATIVOS ? El contratista, para el inicio de los trabajos deberá contar con la documentación requerida, previamente
aprobada por el Residente. Dicha documentación, será planos, memorias de cálculo, planillas, solicitudes de autorización, etc. ? El Contratista ejecutará
el trazo topográfico y replanteo del lugar donde se realizará el servicio y presentará a la Residencia para su aprobación, procediendo a la ejecución y
control de los trabajos topográficos consistentes en el replanteo del eje de diseño, nivelación y levantamiento de secciones transversales, lo que será
sometido a la aprobación de la Supervisión. ? EL CONTRATISTA planeará, garantizará y será responsable por los métodos de trabajo y eficiencia de
los equipos empleados en la ejecución del servicio, los que deben asegurar un ritmo apropiado de trabajo y calidad satisfactoria. ? Suministrar e instalar
el equipamiento, realizar protocolos de prueba y puesta en funcionamiento.
PERSONAL ? El Contratista deberá indicar los nombres de los profesionales que serán los responsables de la dirección de los servicios, la que deberá
estar siempre a cargo de una persona responsable. ? El Contratista empleará obligatoriamente a los Profesionales propuestos para la ejecución del
servicio, salvo que la Residencia solicite su sustitución. ? El Contratista deberá emplear personal técnico calificado, obreros especializados y demás
personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos. ? El Contratista tiene la obligación de reemplazar el personal no competente o no
satisfactorio, de acuerdo a las órdenes del Residente. ? El Contratista tiene la obligación de Prevenir los Daños y el Deterioro de la Salud de los
Trabajadores, Mejorando sus Condiciones de Trabajo con la finalidad de Elevar el Nivel de Protección de su Seguridad y Salud, con el propósito de
garantizar la integridad física del trabajador en el desarrollo de las obras donde se ejecuta, dando cumplimiento a las disposiciones legales vigentes
según lo dispuesto en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamente D.S. N° 005-2012-TR, Ley 30222, modificatoria de la
Ley 29783 y su reglamento por DS N° 006-2014-TR. ? El Contratista tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores durante la
ejecución de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario para tal efecto. ? En función a la situación de salud actual el
contratista debe implementar las acciones necesarias para evitar riesgos de salud del personal de obra a causa del ? Se deberá presentar un cuadro de
actividades programadas para la correcta ejecución de la obra, autorizada por el residente. ? Cualquier reposición o reparaciones debido a daño a
terceros producto de la ejecución de la obra y la no previsión por parte del contratista será de su responsabilidad. ? EL CONTRATISTA tomará las
previsiones relativas a la contratación, alojamiento, transporte, alimentación, pago de salarios y beneficios sociales de sus trabajadores, de acuerdo a las
disposiciones legales vigentes. ? EL CONTRATISTA deberá respetar las disposiciones vigentes de la legislación del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo de todo el personal a su cargo para la ejecución de la Obra. La Residencia verificará su cumplimiento.
PENALIDAD
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En caso de atraso por causas imputables a EL CONTRATISTA se aplicarán penalidades por mora según lo dispuesto en el Artículo 162º del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El monto máximo de la penalidad equivale al Diez Por Ciento (10%) del monto contractual vigente1
, y en caso de superar este tope, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato según lo establecido en el artículo 165º del mencionado Reglamento.
Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente F x plazo vigente en días Donde F tiene los siguientes valores: a) Para plazos menores o iguales a sesenta
(60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras: F 0.40. b) Para plazos mayores a sesenta (60) días: b.1) Para bienes,
servicios en general y consultorías: F = 0.25 b.2) Para obras: F = 0.15
OTRAS PENALIDADES
No aplica
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE INSTALACIONES MECANICAS
SISTEMA DE OXIGENO Y VACIO PARA LA REMODELACIÓN DE “SALA DE CUIDADOS
INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS INTERMEDIOS Y SALA DE HOSPITALIZACION;
CONSTRUCCION DE PLANTA DE VALORIZACIÓN; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL
(LA) EESS ANTONIO LORENA DEL CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB.
PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO”
CAPITULO I
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA IOARR
1.1 DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y OPERATIVIDAD DE LAS
INSTALACIONES MECANICAS SISTEMA DE OXIGENO Y VACIO de los ambientes de la IOARR
“SALA DE CUIDADOS INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS INTERMEDIOS Y SALA DE
HOSPITALIZACION; CONSTRUCCION DE PLANTA DE VALORIZACIÓN; ADEMÁS DE OTROS
ACTIVOS EN EL (LA) EESS ANTONIO LORENA DEL CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N
URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO”.
1.2 OBJETO DE LA CONTRATACION
Contratación de una persona natural o jurídica para ejecutar la prestación de servicio de adecuación y
mejoramiento de salas COVID 19 del Hospital Antonio Lorena del Cusco ubicado en el Distrito Santiago,
Provincia de Cusco y Departamento del Cusco, en el marco de lo dispuesto en el DECRETO SUPREMO
N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA
1.3 FINALIDAD PÚBLICA DE LA CONTRATACIÓN
La realización del servicio tiene por finalidad mejorar las condiciones de la infraestructura de las diferentes
unidades prestadoras de servicio COVID 19 a nivel regional e incidirá en los servicios que presta el hospital
dado que nos encontramos en emergencia nacional por las graves consecuencias que causa el COVID 19,
cuya misión es garantizar la continuidad de la atención a fin de disminuir el riesgo elevado que afecta la
salud y la vida de las personas siendo necesario la adecuación y mejoramiento de las Salas COVID.
Cubrir la necesidad de atención de la población de la Región Cusco, para atender los casos de COVID 19
en vista de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional declarada mediante DECRETO
SUPREMO N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA y Pandemia
Mundial declarada por la OMS, que permitirá mejorar la capacidad del servicio de salud del Hospital Antonio
Lorena del Cusco.
Según la Ley Nº 26842, Ley General de Salud y sus modificatorias, el Estado Peruano es responsable de
promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población
en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad
1.4 ENTIDAD CONTRATANTE
La Entidad Contratante es el GOBIERNO REGIONAL CUSCO a través de la Gerencia Regional de
Infraestructura-Sede Central.
1.5 SISTEMA Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento de selección se convoca bajo el Sistema de Contratación a Suma Alzada.
Asimismo, el postor formula su propuesta por un monto fijo, considerando los trabajos que resulten
necesarios para el cumplimiento de las metas objeto de las prestaciones requeridas según las
especificaciones técnicas y los contenidos de los presente términos de Referencia.
1.6.1 ANTECEDENTES
1.6.1 DESCRIPCION DEL PROYECTO
Se propone el desarrollo de un proyecto de ampliación del servicio de UCI, UCI INTERMEDIOS,
HOSPITALIZACION Y OTROS del Hospital Antonio Lorena del Cusco para atender la emergencia
del COVID-19, esta ampliación está localizada dentro del Hospital Antonio Lorena del Cusco de la
provincia de Cusco en el departamento del Cusco.
SISTEMA DE OXIGENO Y VACIO
Se colocará una central de oxígeno que constará de una doble bancada, que alternará su uso,
también considerándose cilindros de repuestos para garantizar la dotación continua del oxígeno,
cabe recalcar que también se colocó un sistema de vacío (principalmente para aspiración de
secreciones), y se realiza la distribución por medio de la instalación de redes de distribución desde
las centrales hasta las cabeceras de todas las camas, cabe recalcar que debido a que es una
adecuación de estructuras existentes no existe el espacio para colocar doble salida de oxígeno y
doble de vacío, por lo que se considera en el diseño tener botellas de reemplazo que podrían ser
usadas en caso extremo, ya que cada ambiente intervenido cuenta con más de 4 salidas, siendo
sala de parto que tiene una sola cama que se le considero 2 salidas de cada uno.
Para esto se plantea la implementación del sistema de aire acondicionado, calefacción y ventilación
(Presión negativa) en las áreas de:
- Unidad de Cuidados Intensivos UCI 1
- Unidad de Cuidados Intensivos UCI 2
- Unidad de Cuidados Intermedios
- Sala de parto
- Sala de dilatación y puerperio.
- Hospitalización adultos y pediatría.
Implementación del sistema de gases medicinales oxígeno (cilindros, manifold y redes) y vacío
(bomba de vacío y redes de distribución) en los 6 ambientes citados las cuales den cumplir con las
normas establecidas Deberá cumplir con la norma Americana NFPA 99-1999, CGA, UL, CE de
componentes específicos.
En las áreas a ser implementadas se tiene las siguientes áreas:
N° Ambiente Puntos
1 UCI 01 5
2 UCI 02 5
3 Cuidados intermedios 5
4 Sala de parto: 1
5 Sala de dilatación y puerperio 4
6 Hospitalización Adultos + Pediatría
5
3
La ejecución de este componente debe estar en base al Expediente Aprobado del IOARR tomando en
consideración especial las especificaciones técnicas detalladas de cada partida, memoria Descriptiva,
planos, etc.
1.6.2 NOMBRE DE LA IOARR
Se denomina: REMODELACION DE SALA DE CUIDADOS INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS
INTERMEDIOS Y SALA DE HOSPITALIZACION; CONSTRUCCION DE PLANTA DE
VALORIZACION; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS ANTONIO LORENA DEL
CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO,
PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO”
1.6.3 UBICACIÓN
El Hospital Antonio Lorena del Cusco (Contingencia), se encuentra en el distrito de Santiago,
Provincia y Departamento del Cusco. Lugar designado para la adecuación de sus ambientes para
la atención de pacientes críticos diagnosticados con el virus del Covid 19.
En respuesta al DECRETO DE URGENCIA Nº 026-2020, decreto de urgencia que establece
diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus
(COVID-19) en el territorio nacional.
Departamento : Cusco
Provincia : Cusco
Distrito : Santiago
Localidad : Urbanización Primavera
1.6.4 AREA Y PERIMETRO
Área Total intervención GORE-CUSCO : 18,250.00 m2
Perímetro Total Del terreno : 547.00 ml
1.6.5 ACCESO A LA ZONA
El acceso al Hospital Antonio Lorena Contingencia, es por medio vehicular, ubicándose en la misma
ciudad desplazándose por la Av. Carlos Ugarte S/N del distrito de Santiago.
1.6.6 ALCANCES
Los suministros y trabajos a ejecutarse incluyen lo siguiente:
Suministro, instalación y transporte al lugar de todos los materiales y accesorios que aparecen en
los planos y presupuesto, completos, con todos los elementos que sean requeridos para su correcta
y normal operación según expediente técnico descrito.
1.7 BASE LEGAL
✓ Constitución Política del Perú.
✓ Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
✓ Ley Nº 26842, Ley General de Salud y sus modificatorias.
✓ Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Salud.
✓ Decreto Supremo N° 035-2014-SA - Crean el Programa Nacional de Inversiones en Salud
✓ Decreto Supremo N° 020-2014-SA, Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de
Aseguramiento Universal en Salud.
✓ Decreto Legislativo N° 1157, que aprueba la Modernización de la Gestión de la Inversión Pública
en Salud, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 024-2016-SA.
✓ Decreto Supremo Nº 242-2018-EF - Aprueban Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº
1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de
Inversiones.
✓ Resolución Directoral N° 005-2017-EF-63.01 - Aprueba la Directiva Nº 003-2017-EF-63.01,
Directiva para la ejecución de inversiones públicas en el marco del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
✓ Resolución Directoral N° 005-2017-EF/63.01 Directiva N° 003-2017-EF/63.01 - Directiva para la
Ejecución de Inversiones Públicas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual
de Gestión de Inversiones.
✓ Decreto Supremo N° 082-2019-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley
de Contrataciones del Estado
✓ Decreto Supremo N° 344-2018-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225 modificado por
el Decreto Supremo N° 377-2019-EF.
✓ Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y
que deroga la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
✓ Decreto de Urgencia N° 014-2019 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
✓ Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General.
✓ Decreto Supremo Nº 103-2020-EF que establece disposiciones reglamentarias para la tramitación
de los procedimientos de selección que se reinicien en el marco del Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 30225
✓ Otras normas legales aplicables y vigentes.
✓ En general todo el Compendio de Normas emitidas por el Estado Peruano, para afrontar la
Propagación del COVID-19 que han sido publicadas antes de la elaboración del Presente TDR.
1.8 FINALIDAD DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Es finalidad de los Términos de Referencia, lo siguiente:
Establecer los parámetros de orden técnico y legal que permita llevar una adecuada ejecución
contractual, así como las pautas de organización, requerimientos, lineamientos generales,
procedimientos, limitaciones, exigencias y requisitos mínimos para el cumplimiento de la prestación
objeto de contrato con calidad, eficiencia y eficacia.
Estos Términos de Referencia son considerados como generales, no siendo excluyentes ni limitativos,
debiendo EL CONTRATISTA suscriba el contrato y ejecute la obra, efectuar los aportes necesarios
para la correcta implementación y prestación del objeto del contrato en concordancia con la normativa
aplicable al presente; asimismo, debemos aclarar que los presentes Términos de Referencia formaran
parte integrante del Contrato .
Su cumplimiento constituye una obligación esencial de EL CONTRATISTA, según el Artículo 40.2 de
la Ley de Contrataciones del Estado, y del Artículo 138° de su Reglamento.
CAPITULO II
CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE
SUMINISTRO, INSTALACION Y OPERATIVIDAD DE LAS INSTALACIONES MECANICAS
2.1 REQUERIMIENTOS MINIMOS DEL CONTRATISTA
Debe tener la inscripción en el RNP y las constancias de no estar inhabilitado para contratar con el
Estado
2.2 PLAZO DE EJECUCION DE OBRA.
El plazo establecido para la ejecución del servicio será de 90 días calendario, a partir del día
siguiente de la notificación de la orden de servicio.
a) Entrega de equipos en obra: 80 días calendarios a partir del día siguiente de notificado la orden
de compra.
b) Instalación y montaje: 07 días calendario después de la entrega de los equipos en obra.
c) Puesta en funcionamiento y pruebas: 03 días calendario después de la fase de instalación y
montaje.
El lugar de entrega e instalación será en:
ALMACÉN DE OBRA: Hospital de Contingencia Antonio Lorena S/N
2.3 FORMA DE PAGO
El pago se realizará de acuerdo al cronograma de trabajo contenido en el plan de trabajo, el cual
se realizará en tres partes.
• El primer pago a los 30 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados ejecutados.
• El segundo pago a los 60 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados
ejecutados. De este periodo
• El tercer pago se realizará a la culminación del trabajo. De este periodo
Cabe señalar que, para el trámite de cada pago, el mismo debe contar con la conformidad del
servicio emitida por el residente de obra con el visto bueno del supervisor de obra.}
El pago se efectuará mediante el respectivo abono a la cuenta bancaria del contratista sea en el
banco de la nación o cualquier otra institución bancaria del sistema financiero nacional, para cuyo
efecto el CONTRATISTA notificará a la Entidad de Cuenta Interbancario (CCI).
2.4 PENALIDADES APLICABLES
La penalidad es un castigo pecuniario aplicable a EL CONTRATISTA por el incumplimiento de sus
obligaciones contractuales. Se aplicará todas las veces que sea necesaria, hasta los topes
máximos establecidos en la Ley y en el Reglamento.
2.4.1 PENALIDAD POR MORA
En caso de atraso por causas imputables a EL CONTRATISTA se aplicarán penalidades por mora
según lo dispuesto en el Artículo 162º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El
monto máximo de la penalidad equivale al Diez Por Ciento (10%) del monto contractual vigente1
,
y en caso de superar este tope, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato según lo establecido en el
artículo 165º del mencionado Reglamento.
Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente
F x plazo vigente en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general,
consultorías y ejecución de obras: F 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:
b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25
b.2) Para obras: F = 0.15
2.4.2 OTRAS PENALIDADES APLICABLES
No aplica
2.5 CONFORMIDAD
La conformidad será otorgada por el Residente de obra con el visto bueno del Inspector de la obra y previo
informe de conformidad tanto del Residente como del Inspector de Especialidad.
2.6 GARANTIA COMERCIAL
La garantía comercial del servicio deberá ser de 1.5 años como mínimo a partir de la fecha de otorgamiento
de la conformidad.
El Antonio Lorena del Cusco notificará a El Proveedor cualquier defecto o mal funcionamiento del producto,
inmediatamente después de haberlo descubierto, e indicará la naturaleza del mismo, junto con toda la
evidencia disponible. El Proveedor tendrá la oportunidad para inspeccionar el defecto o mal funcionamiento.
Una vez recibida tal notificación, El Proveedor reparará o reemplazará con prontitud la totalidad de los
equipos, dispositivos y/o partes defectuosas, sin costo alguno para El centro de salud o la unidad ejecutora
encargado de la administración del contrato.
El cambio de equipos dentro del plazo de garantía deberá ser previsto por El Proveedor, con el objetivo de
reemplazar por uno igual o de características técnicas superiores.
El proveedor queda obligado a extender el plazo de vigencia de la garantía del equipo, cuantas veces sea
necesario, por un plazo similar al que el equipo se encuentre inoperativo por causas atribuibles al
proveedor.
El periodo de GARANTIA será contado desde la conformidad de la prestación principal.
2.7 PROPIEDAD INTELECTUAL
LA ENTIDAD tendrá los derechos de propiedad de toda la documentación inherente a la ejecución de obra
y documentos contractuales, así como cada uno de los productos elaborados y proporcionados por EL
CONTRATISTA. Esto incluye todos los documentos, productos, diseños, cálculos, estudios, imágenes,
videos, informes u otros materiales que guarden relación directa con la ejecución de obra. De ser el caso,
1 Contrato actualizado o vigente: El contrato original afectado por las variaciones realizadas por los reajustes, prestaciones
adicionales, reducción de prestaciones, o por ampliación o reducción del plazo, u otras modificaciones del contrato.
LA ENTIDAD tiene las facultades de tomar todas las acciones necesarias a fin de obtener los derechos de
autor y patentes.
En virtud de lo indicado, EL CONTRATISTA no podrá transferir o negociar dicha documentación, ni aplicarla
con fines ajenos a los del presente Contrato, pudiendo ser objeto de acciones de orden administrativa, civil
y/o penal según corresponda.
2.8 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con el Artículo 36° de la Ley de Contrataciones del Estado, las partes podrán resolver el
contrato por causa fortuita o fuerza mayor, que imposibilite la continuidad del contrato.
Las causales de resolución contractual por incumplimiento se precisan en el Artículo 164° del Reglamento
de la Ley de Contrataciones del Estado.
El procedimiento a seguir para formalizar la resolución contractual se establece en el Artículo 165° del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y los efectos de dicha resolución se precisan en el
Artículo 166° del mismo Reglamento.
2.9 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR VICIOS OCULTOS
Se aplica lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley de Contrataciones del Estado. Sobre la
base de ello, queda expresamente establecido que la garantía de contratos de bienes y servicios, el cual
dice EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes o
servicios ofertados por un plazo no menor de un (01) año, contados a partir de la conformidad otorgada por
la entidad. El contrato podrá establecer excepciones para bienes fungibles y/o perecibles, siempre que la
naturaleza de estos bienes no se adecue a estos plazos.
Entendiéndose como vicio oculto a la existencia de deterioros, anomalías y defectos no susceptibles de ser
apreciados a simple vista y que de alguna manera afecten el derecho del adquiriente a su adecuada
utilización.
2.10 FRAUDE Y CORRUPCIÓN
En concordancia al numeral 138.4 del Artículo 138 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
y conforme a lo establecido en los Artículos 32.3 y 40.6 de la Ley, todos los contratos deben incorporar
cláusulas anticorrupción, bajo sanción de nulidad. Dichas cláusulas deben tener el siguiente contenido
mínimo:
La declaración y garantía del contratista de no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona
jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes
legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7, ofrecido, negociado
o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
La obligación del contratista de conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con
honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o
indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacioncitas, integrantes de los órganos de
administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las
que se refiere el artículo 7.
El compromiso del contratista de: (i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y
oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y (ii) adoptar medidas
técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas cláusulas, durante la ejecución contractual, da
el derecho a La Entidad correspondiente a resolver automáticamente y de pleno derecho el contrato,
bastando para tal efecto que La Entidad remita una comunicación informando que se ha producido dicha
resolución, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y administrativas a que hubiera lugar.
Por lo tanto:
Se rechazará cualquier propuesta presentada por los Postores, si se determina que han participado en
prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas.
La práctica corrupta significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente,
de cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de LA ENTIDAD contratante en el proceso de
selección o durante la ejecución del contrato.
La práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluyendo una tergiversación, que engaña a sabiendas
o imprudentemente, o intenten engañar, a LA ENTIDAD en el proceso de selección o durante la ejecución
del contrato, para obtener un beneficio financiero u otro beneficio, o para evadir una obligación.
La práctica colusoria es un acuerdo no revelado entre dos o más postores diseñado para alterar
artificialmente los resultados de la licitación para obtener un beneficio financiero u otro beneficio.
La práctica coercitiva consiste en perjudicar o dañar, o amenazar con dañar o perjudicar, directa o
indirectamente, a cualquier participante en el proceso de selección para influir indebidamente en sus
actividades, o para afectar la ejecución de un contrato.
Si se determina que cualquiera de estas acciones ha sido cometido por una empresa/individuo, LA
ENTIDAD no se comprometerá a ninguna actividad con esa empresa/individuo; procediendo, por el
contrario, a formular la denuncia correspondiente contra los responsables.
EL CONTRATISTA se compromete a no ofrecer, solicitar, ni a consentir y/o insinuar el ofrecimiento, a
terceros, ni a ningún servidor público, directa o indirectamente, ninguna donación, promesa, pago,
auspicio, entrega de cualquier bien, suma de dinero, ventaja de cualquier índole u objeto con algún valor
pecuniario, para lograr una ventaja inapropiada, o incurrir en actos que puedan ser considerados como una
práctica ilegal o de corrupción a criterio de LA ENTIDAD con relación a la elaboración del estudio y/o
ejecución de la obra.
Todo acto de esta naturaleza constituirá una causal de resolución inmediata y automática del contrato, sin
perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios que el incumplimiento de esta cláusula pudiera
ocasionar a LA ENTIDAD o sus funcionarios y/o directivos, tomándose las medidas correctivas necesarias
de acuerdo a las políticas anticorrupción de la normativa vigente2.
Es nulo el contrato en cuyo procedimiento de selección se ha incurrido en prácticas corruptas, fraudulentas,
colusorias o ilícitas, en concordancia con lo previsto en el Artículo 44 de la Ley.3
En virtud del inciso r)4 del numeral 11.1 del Artículo. 11° de la Ley de Contrataciones del Estado cualquiera
sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes, postores, contratistas
y/o subcontratistas, las personas jurídicas nacionales o extranjeras que hubiesen efectuado aportes a
organizaciones políticas durante un proceso electoral, por todo el período de gobierno representativo y
dentro de la circunscripción en la cual la organización política beneficiada con el aporte ganó el proceso
electoral que corresponda
2.11 PROCEDIMIENTOS NO DESCRITOS
Para todo procedimiento contractual no descrito expresamente en el presente documento, aplica lo
establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y en su Reglamento vigente a la fecha; así como lo
indicado en las Bases, propuesta técnica presentada por EL CONTRATISTA y en el Contrato
correspondiente. Supletoriamente, es de aplicación el Código Civil y la Ley del Procedimiento Administrativo
General.
2.12 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
2
Ley N° 30650 - Ley de reforma del Artículo 41° de la Constitución Política del Perú, que a la letra dice:
“Artículo 41°.- Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos
sostenidos por éste deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los
mismos. La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley.
Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la Nación, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial.
La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como el plazo de su inhabilitación para la función pública. El
plazo de prescripción de la acción penal se duplica en caso de los delitos cometidos contra la Administración Pública o el patrimonio del
Estado, tanto para los funcionarios o servidores públicos como para los particulares. La acción penal es imprescriptible en los supuestos más
graves, conforme al principio de legalidad”.
3
Según el Art° 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
4
Inciso r), incorporado al texto del Art. 11° de la Ley de Contrataciones del Estado mediante el Art° 3 de la Ley N° 30689.
Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al CONTRATISTA, conforme con los dispositivos
legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al objeto de contrato, se obliga y compromete a
cumplir con lo siguiente aspectos:
2.12.1 ASPECTOS GENERALES
▪ Para el inicio de la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá haber elaborado e
implementado el PROTOCOLO SANITARIO DEL SECTOR VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN
Y SANEAMIENTO PARA EL INICIO GRADUAL E INCREMENTAL DE LAS ACTIVIDADES
EN LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES, así como los LINEAMIENTOS PARA LA
VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGOS DE EXPOSICIÓN
AL COVID 19, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución Ministerial
N° 239 -2020/MINSA y sus modificatorias"
▪ EL CONTRATISTA es responsable por la correcta instalación del servicio, en observancia
del contrato y los documentos que forman parte del mismo, los cuales deberán ser de
estricto conocimiento y exigencia de La Residencia.
▪ EL CONTRATISTA tendrá pleno conocimiento de las condiciones y lugar donde se
realizara el servicio, tomando en cuenta los accesos, situaciones del transporte de
personal y materiales, manejo, almacenamiento, disposición, fuentes de materiales,
disponibilidad de mano de obra, agua, energía y comunicaciones, y en general todos los
elementos y condiciones que puedan incidir de manera directa e indirecta en ésta;
identificará las dificultades, contingencias y posibles riesgos, y garantizará la ejecución de
la totalidad de los trabajos conforme al expediente técnico aprobado.
▪ En caso de existir divergencias entre este documento y leyes, normas o reglamentos, es
obligación del Contratista poner en conocimiento del Residente esta situación previa a la
realización de los trabajos a fin de que éste determine la acción a seguir.
2.12.2 ASPECTOS TECNICO- ADMINISTRATIVOS
▪ El contratista, para el inicio de los trabajos deberá contar con la documentación requerida,
previamente aprobada por el Residente. Dicha documentación, será planos, memorias de
cálculo, planillas, solicitudes de autorización, etc.
▪ El Contratista ejecutará el trazo topográfico y replanteo del lugar donde se realizará el
servicio y presentará a la Residencia para su aprobación, procediendo a la ejecución y
control de los trabajos topográficos consistentes en el replanteo del eje de diseño,
nivelación y levantamiento de secciones transversales, lo que será sometido a la
aprobación de la Supervisión.
▪ EL CONTRATISTA planeará, garantizará y será responsable por los métodos de trabajo y
eficiencia de los equipos empleados en la ejecución del servicio, los que deben asegurar
un ritmo apropiado de trabajo y calidad satisfactoria.
▪ Suministrar e instalar el equipamiento, realizar protocolos de prueba y puesta en
funcionamiento.
2.12.3 PERSONAL
▪ El Contratista deberá indicar los nombres de los profesionales que serán los responsables
de la dirección de los servicios, la que deberá estar siempre a cargo de una persona
responsable.
▪ El Contratista empleará obligatoriamente a los Profesionales propuestos para la ejecución
del servicio, salvo que la Residencia solicite su sustitución.
▪ El Contratista deberá emplear personal técnico calificado, obreros especializados y demás
personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos.
▪ El Contratista tiene la obligación de reemplazar el personal no competente o no
satisfactorio, de acuerdo a las órdenes del Residente.
▪ El Contratista tiene la obligación de Prevenir los Daños y el Deterioro de la Salud de los
Trabajadores, Mejorando sus Condiciones de Trabajo con la finalidad de Elevar el Nivel de
Protección de su Seguridad y Salud, con el propósito de garantizar la integridad física del
trabajador en el desarrollo de las obras donde se ejecuta, dando cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes según lo dispuesto en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y
Salud en el Trabajo y su reglamente D.S. N° 005-2012-TR, Ley 30222, modificatoria de la
Ley 29783 y su reglamento por DS N° 006-2014-TR.
▪ El Contratista tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores durante la
ejecución de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario
para tal efecto.
▪ En función a la situación de salud actual el contratista debe implementar las acciones
necesarias para evitar riesgos de salud del personal de obra a causa del
▪ Se deberá presentar un cuadro de actividades programadas para la correcta ejecución de
la obra, autorizada por el residente.
▪ Cualquier reposición o reparaciones debido a daño a terceros producto de la ejecución de
la obra y la no previsión por parte del contratista será de su responsabilidad.
▪ EL CONTRATISTA tomará las previsiones relativas a la contratación, alojamiento,
transporte, alimentación, pago de salarios y beneficios sociales de sus trabajadores, de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
▪ EL CONTRATISTA deberá respetar las disposiciones vigentes de la legislación del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de todo el personal a su cargo para la
ejecución de la Obra. La Residencia verificará su cumplimiento.
2.12.4 SEGUROS:
▪ Para el inicio del servicio el CONTRATISTA deberá presentar a la Residencia de Obra, el
recibo de pago por adquisición de la Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de
Riesgo (SCTR) de todo el personal, que realizará la ejecución del servicio. La cual deberá
estar vigente durante toda la ejecución del servicio, debiendo renovarse en caso de
ampliaciones
2.12.5 SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCION
▪ El Contratista está obligado a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para
evitar peligros contra la integridad, la vida y la propiedad de las personas, instituciones
o firmas durante la realización del proyecto. En este sentido deberá dotar a su
personal, de los equipos y herramientas pertinentes para la realización de todos los
trabajos, quedando terminantemente prohibido la realización de trabajos en circuitos
energizados.
▪ El incidente o accidente resultante de la inobservancia de esta obligación, correrá
únicamente por cuenta del Contratista.
▪ El Contratista está obligado a hacer notar a la ENTIDAD, por escrito e
inmediatamente, cuando se haya dado una orden que va contra las medidas de
seguridad, a fin de tomar conocimiento, lo cual no lo exime de asumir la
responsabilidad exclusiva por cualquier daño.
▪ SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN
▪ Complementando las actividades programadas, EL CONTRATISTA es responsable
de gestionar la Seguridad y Salud en el Trabajo, se tomarán las medidas de seguridad
durante la ejecución de la obra, siguiendo para ello lo estipulado en la Norma G.050
del RNE, la misma que deberá implementarse de tal manera que se den todas las
condiciones necesarias para evitar accidentes. Las medidas de seguridad deben
abarcar desde las labores de difusión de los desvíos hasta los avisos preventivos en
el sitio de la obra.
▪ EL CONTRATISTA deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención
y control de incendios, y a las Instrucciones complementarias que se dicten por el
Supervisor de obra.
▪ EL CONTRATISTA está obligado a realizar las visitas técnicas, mediciones y
cualquier actividad, en estricta conformidad a las normas de Seguridad y Salud
Ocupacional OHSAS 18001: 2007.
▪ EL CONTRATISTA deberá cumplir con la normatividad legal, sobre Seguridad y Salud
Ocupacional; de aplicación en su actividad; al respecto deberá dar estricto
cumplimiento, bajo su responsabilidad en caso de inobservancia, de la normatividad
referencial y sus modificaciones seguidamente detalladas:
✓ RM. N° 366-2001-EMNME Código Nacional de Electricidad
✓ Ley Nª 26842 Ley General de Salud
✓ D.S. N° 033-2001-MTC Reglamento Nacional de Tránsito
✓ SI 5-02-1 Orden y Limpieza.
✓ ISI 8-01-1 Manejo e Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo
✓ Reglamento Nacional de Edificaciones
✓ Resolución Ministerial N 087-2020-VIVIENDA
✓ Resoluciones Ministeriales Nos 239-2020-MINSA, 265-2020-MINSA y 283-
2020-MINSA
▪ EL CONTRATISTA deberá desarrollar las medidas adecuadas de seguridad y salud
ocupacional a fin de garantizar la seguridad y salud del personal que intervenga en la
actividad y preservar los bienes propios.
▪ Durante las diversas etapas de la construcción, la obra se mantendrá, en todo
momento, en perfectas condiciones de orden y limpieza.
2.12.6 MATERIALES Y EQUIPOS
▪ Todos los materiales y equipos destinados a la ejecución del servicio, deberán cumplir con
las características técnicas exigidas en las Bases y se deberán someter a los ensayos
necesarios para verificar sus características.
▪ Se podrán aceptar otras propiedades o calidades especificadas y/o normas indicadas en
las Bases que sean similares o equivalentes mientras que se ajusten a especificaciones
y/o normas reconocidas, que aseguren una calidad igual o superior a la indicada y siempre
que el Contratista aporte la documentación y demás elementos de juicio que permitan
evaluar el cumplimiento de las exigencias establecidas en las Bases y que los cambios
propuestos no alteren las especificaciones técnicas de la obra, siempre que este represente
una ventaja técnica y económica que lo justifique.
▪ La ENTIDAD se reserva el derecho de rechazar la lista de materiales propuesta por el
Contratista, si éstos no concuerdan con lo estipulado en las Especificaciones Técnicas.
▪ Correrán por cuenta del Contratista las muestras de materiales requeridos por el Residente.
▪ Asimismo, correrán por cuenta del Contratista los ensayos necesarios para verificar la
calidad de los materiales y las pruebas de los equipos.
▪ La aprobación de los materiales y/o de los equipos por el Residente no libera al Contratista
de su responsabilidad sobre la calidad de los materiales y/o equipos.
2.12.7 ERRORES O CONTRADICCIONES
El Contratista debe hacer notar a la ENTIDAD cualquier error o contradicción en los documentos,
poniéndolo de inmediato en conocimiento del Supervisor
2.13 OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
2.13.1 ENTREGA DEL TERRENO
La Entidad comunicara al Contratista la Entrega de terreno dentro de los plazos establecidos en el
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, siendo este un requisito para el inicio del plazo
de ejecución del servicio.
2.13.2 DOCUMENTOS PARA LA EJECUCIÓN
La Entidad pondrá a disposición del Contratista una copia del Expediente de la IOARR en físico,
así como los demás documentos necesarios para la ejecución del servicio, además alcanzará
también la Información en formato digital (CDs). Sin embargo, el Contratista podrá obtener copias
adicionales contra el pago respectivo.
2.14 ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DEL SERVICIO
2.14.1 LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIALES
● EL CONTRATISTA evaluará si se realizaron los ensayos de laboratorio suficientes, caracterización
geotécnica de la cimentación, estabilidad de taludes análisis y determinación de la profundidad y
tipo de la cimentación y planos necesarios. Los cuales complementará a detalle de ser necesarios
para utilizarlos en la verificación y la elaboración de los cálculos respectivos.
2.14.2 PRUEBAS DE RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS EJECUTADOS
● Para la recepción del servicio EL CONTRATISTA deberá considerar, entre otros, los Protocolos de
Pruebas realizados durante la ejecución del servicio en todas las especialidades que se mencionan
en el expediente técnico de la IOARR aprobada.
● Los protocolos de prueba deben ser suscritos por el CONTRATISTA y LA RESIDENCIA.
2.14.3 LIMPIEZA DEL SITIO DURANTE Y AL TÉRMINO DEL SERVICIO
● Los interiores de las instalaciones deberán estar permanentemente limpios de materiales
excedentes de obra y en lo que respecta a pisos acabados deberán tener protección temporal de
sus superficies, bajo la vigilancia de La Residencia
● Antes de la recepción final, EL CONTRATISTA deberá remover todas las instalaciones
provisionales incluyendo, galpones, edificaciones, etc., y entregar el sitio a LA ENTIDAD en buenas
condiciones y con la aprobación de La Supervisión.
● Todos los elementos que resulten del desmontaje de edificaciones e instalaciones, equipos y
materiales existentes del servicio, pagadas por LA ENTIDAD, y que se encuentren en condiciones
aceptables y que a juicio de La Residencia sean rescatables, deberán ser puestos a disposición de
LA ENTIDAD y coordinar con la misma el traslado hacia el depósito o mantenidas en el sitio de
obra, con apoyo del CONTRATISTA.
2.14.4 MANTENIMIENTO Y SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS
● EL CONTRATISTA está obligado no sólo a la correcta ejecución de los servicios contratados, sino
también al mantenimiento de ésta, a su costo, hasta la finalización de dicha ejecución.
● Asimismo, queda obligado a señalizar los ambientes objeto del contrato, con arreglo a lo dispuesto
en la normativa vigente.
● EL CONTRATISTA cumplirá las órdenes que reciba de la residencia acerca de la instalación de
señales complementarias o modificación de las ya instaladas. Será directamente responsable de
los perjuicios que la inobservancia de las citadas normas y órdenes pudiera causar.
2.15 OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sin exclusión de las obligaciones que corresponden a EL CONTRATISTA, conforme a los
dispositivos legales y que son inherentes como tal para los servicios de ejecución de Obra, EL
CONTRATISTA, tiene otras obligaciones según el siguiente detalle:
Será responsabilidad del CONTRATISTA que cualquier descubrimiento de interés histórico o de
otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de
inmediato a La Residencia, tomando las acciones que corresponda ante la Dirección
Desconcentrada del Ministerio de Cultura Cusco, procediendo de acuerdo a las disposiciones
vigentes sobre el particular.
EL CONTRATISTA deberá culminar en su totalidad los servicios de ejecución de cada item en un
plazo de 90 días, el cual será verificado por el Residente de Obra, caso contrario se le aplicará la
penalidad que le corresponda.
2.15.1 DAÑOS A LA OBRA, A PERSONAS Y A PROPIETARIOS
EL CONTRATISTA es responsable y tiene la obligación de proteger los trabajos ejecutados contra
daños, pérdida de materiales y perjuicios ocasionados a la obra, que se pudieran presentar contra
las personas, propiedades de terceros (incluyendo entre los terceros LA ENTIDAD y a cualquier
persona contratada por ella en relación o no con la ejecución de la Obra), y a los empleados u
obreros suyos, y que sean debido a actos, omisiones, accidentes de cualquier naturaleza
(incluyendo las causas de fuerza mayor o fortuitas), que se verifiquen durante la ejecución del
servicio y hasta la recepción de la misma. La responsabilidad del Contratista es acorde a lo
establecido en la Ley, Reglamento y el Código Civil.
De producirse daños, pérdida de materiales y perjuicios ocasionados a la ejecución del servicio,
serán de cuenta y riesgo del CONTRATISTA ya sea que provengan de actos u omisiones de él
mismo o de otras causas imputables a él. En cualquier caso, EL CONTRATISTA debe
inmediatamente reparar o reemplazar lo dañado o perdido. El tiempo que demande la reparación
o reposición del daño sufrido no será motivo de prórroga en el plazo de ejecución.
Correrá por cuenta del CONTRATISTA y de acuerdo a Ley, las lesiones o muerte del personal del
CONTRATISTA y las pérdidas o daños que sufran los bienes materiales y que se produzcan
durante el periodo de cumplimiento del Contrato o como consecuencia del mismo por falta de
previsión.
Además, EL CONTRATISTA deberá proveer por su cuenta y costo, la solución de los
inconvenientes, y la reparación de los daños mencionados y deberá mantener indemne a LA
ENTIDAD de todo reclamo por daños y perjuicios que sean consecuencia del desplazamiento de
sus Equipos o de Obras Provisionales, dentro y fuera de la zona de la obra; así como, de los
reclamos, acciones y demandas que se interpongan o se promuevan, en relación a la ejecución de
la obra.
2.15.2 EQUIPOS, MATERIALES Y OBRAS TEMPORALES
2.15.2.1 INSTALACIONES Y EQUIPOS DE CONSTRUCCIÓN
EL CONTRATISTA entregará antes del inicio de los trabajos, para aprobación de La Residencia,
un Cronograma de Utilización de los Equipos ofertados y/u otros que fueran necesarios, a criterio
de La Residencia, para cumplir con el cronograma de ejecución del servicio, en el que deberá estar
claramente indicado el tipo, la cantidad y plazos de los diferentes equipos a ser utilizados en la
ejecución del servicio. EL CONTRATISTA se compromete a mantener en el sitio de los trabajos,
de acuerdo con los requerimientos de la Obra y al cronograma de utilización de equipos, el equipo
de construcción adecuado y suficiente, el que deberá ser mantenido todo el tiempo en condiciones
eficientes de trabajo, tener capacidad para realizar con eficacia y seguridad la Obra determinada
en los documentos contractuales, dentro de los términos y condiciones especificadas en ellos,
estando sujeto en todo momento, su disponibilidad, a las inspecciones y pruebas que considera
conveniente realizar La Supervisión.
La aprobación de los equipos del CONTRATISTA por parte de La Residencia no lo releva de su
obligación de ejecutar el servicio de acuerdo con los documentos contractuales. EL CONTRATISTA
no podrá hacer ningún cambio o modificación en el equipo e instalaciones aprobadas por La
Supervisión, ni remover del sitio de la obra ningún equipo sin expresa autorización de La
Supervisión en cada caso.
La Residencia tendrá derecho a exigir al CONTRATISTA un aumento o cambio total o parcial del
equipo, si en el curso de la ejecución de los trabajos se pone de manifiesto a juicio de La
Supervisión, que uno u otro equipo o ambos resultan total o parcialmente defectuosos, inadecuados
o insuficientes.
2.15.2.2 REMOCIÓN DE MATERIALES PARA INSPECCIÓN
EL CONTRATISTA deberá descubrir cualquier parte o parte de la ejecución del servicio o hacer
sondeos o perforaciones en ella o a través de ella, si La Residencia lo solicitara, debiendo reponer
y reparar aquella parte o partes removidas o perforadas, a satisfacción de La Supervisión.
2.15.2.3 REMOCIÓN DE MATERIALES Y RE-EJECUCIÓN DE SERVICIOS INADECUADOS
Corresponde a La Residencia durante la realización de la ejecución del servicio, la facultad de
determinar por escrito las siguientes providencias, sin costo para LA ENTIDAD:
La remoción del sitio, en el plazo que se especifique mediante notificación, de cualquier material
que comprobadamente no esté de acuerdo con lo especificado en el Expediente Técnico del
Contrato.
La sustitución de los materiales arriba referidos por los apropiados y adecuados.
La demolición y apropiada re-ejecución, independientemente de cualquier prueba previa o pago
intermedio, de cualquier trabajo que al parecer de La Supervisión no esté de acuerdo con el
Expediente Técnico del Contrato en cuanto a los materiales o a la calidad de servicio y trabajo.
En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla en un plazo de cinco (05) días una orden de la índole
de este ítem, La residencia podrá mandar a ejecutar dichas órdenes y todos los gastos que esta
medida origine, serán de cargo del CONTRATISTA.
2.15.2.4 PRUEBAS Y CERTIFICADOS DE CALIDAD
❖ El costo de pruebas y controles de calidad, de materiales y ejecución de trabajos, será por
cuenta exclusiva del CONTRATISTA, las cuales se efectuarán en su propio laboratorio o en
laboratorios externos de Universidades y/o instituciones, debidamente inscritos en el INACAL,
de tal manera que los resultados puedan compararse con los que obtenga el Residente.
❖ El tipo y cantidad de las Pruebas y Análisis serán indicados en el Expediente Técnico, de
conformidad al Reglamento Nacional de Edificaciones y otras normas conexas, así como
aquellas que el supervisor considere necesarias, para alcanzar una ejecución con calidad y la
eficiencia requerida.
❖ EL CONTRATISTA está obligado a presentar ante La Supervisión, los certificados de calidad
expedidos por los organismos competentes, de los materiales e insumos empleados en la
construcción de la obra, teniendo en cuenta la siguiente consideración: Materiales e Insumos
Nacionales, Certificación de Calidad expedida por laboratorio dando cuenta de la Norma
Técnica Nacional INDECOPI vigente o su análoga extranjera autorizada por INDECOPI, en el
caso de Materiales e Insumos Importados, que deberá ser informado a LA ENTIDAD, el
cumplimiento de dicha obligación.
❖ Durante la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA realizará las pruebas y ensayos necesarios
de los trabajos realizados, de conformidad a lo dispuesto en las normas técnicas peruanas e
internacionales de ser aplicables, las mismas que serán comparadas con los resultados de los
ensayos obtenidos por el Supervisor de obra, quien informará a LA ENTIDAD sus
recomendaciones y conclusiones obtenidas. No se admitirán pruebas realizadas en forma
conjunta, tampoco cuando EL CONTRATISTA y el Supervisor contraten un mismo laboratorio.
❖ EL CONTRATISTA no se podrá pasar de una partida a otra de la obra, mientras no se cuente
con la respectiva conformidad de los resultados de los ensayos por parte del Supervisor de
Obra.
2.15.3 SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS
Todo incumplimiento del Contrato por parte del CONTRATISTA tendrá una penalidad de
acuerdo a los Artículos 162° y 163° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Queda también establecido que LA ENTIDAD podrá autorizar la retención del total o parte del
importe de los pagos mensuales por ejecutar el servicio, para protegerse contra posibles
perjuicios por trabajos defectuosos y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones de
La Supervisión.
Desaparecida la causal anterior LA ENTIDAD instruirá para que se proceda con el pago de las
sumas retenidas, previo descuento de los importes que pudieran corresponder en concepto de
mora.
2.15.4 TRABAJO NOCTURNO Y EN FERIADO
A menos que lo prohíba La Residencia por causa justificada, EL CONTRATISTA podrá trabajar
en turnos de noche, tiempo extra y en días domingo y feriados.
En estos casos EL CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna compensación adicional,
debiendo EL CONTRATISTA adecuarse a los reglamentos y legislaciones laborales vigentes.
EL CONTRATISTA deberá notificar a La Supervisión por escrito, con no menos de 24 horas de
anticipación, sobre su intención de ejecutar trabajos en horas nocturnas, tiempo extra o en
Domingo y feriados, indicando las zonas donde se realizarán los trabajos, la medida de
seguridad adoptadas y los profesionales responsables que estarán a cargo.
Al trabajar en horas nocturnas, EL CONTRATISTA deberá de brindar a su personal de las
condiciones necesarias, para realizar los trabajos con la calidad requerida y las medidas de
seguridad necesaria, dotando de la iluminación necesaria para la zona de trabajo y para las
zonas de circulación del personal, todo esto bajo la verificación y autorización de La Supervisión.
2.16 REQUISITOS DE CALIFICACION:
PERSONAL CLAVE
B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
B.3 CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE
B.3.1 FORMACIÓN ACADÉMICA
Requisitos:
01 ingeniero Mecánico o Electromecánico, colegiado y habilitado
Debe acreditar 05 años de experiencia en la ejecución y/o supervisión de obras
de sistemas de oxígeno y sistemas de vacio para empresas privadas y/o
públicas. (Hospitales, Clínicas y/o Centros de Salud).
CUATRO (04) TECNICO EN INSTALACIONES DE SISTEMAS ESPECIALES Y
SISTEMAS DE OXIGENO Y SISTEMAS DE VACIO
Deberán acreditar 2 años de experiencia en instalaciones de sistemas de
oxígeno y sistemas de vacio en Hospitales, Clínicas y/o Centros de Salud.
Acreditación:
El Ingeniero Mecánico o Electromecánico presentara título profesional y
certificado de habilidad vigente, será verificado por el órgano encargado de las
contrataciones o comité de selección, según corresponda, en el Registro
Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales en el portal web de la
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU a
través del siguiente link: https://enlinea.sunedu.gob.pe// o en el Registro
Nacional de Certificados, Grados y Títulos a cargo del Ministerio de Educación
a través del siguiente link : http://www.titulosinstitutos.pe/, según corresponda.
La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes
documentos: (I) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (II)
constancias o (III) certificados (IV) cualquier otra documentación de qué
manera fehacientemente demuestre la experiencia del personal propuesto.
2.17 DESCRIPCION, CARACTERISTICAS TECNICAS
2.17.1 OE.05.06 INSTALACIONES MECANICAS.
OE.05.06.01 SISTEMA DE OXIGENO
1.0 CARACTERISTICAS TECNICAS DE LOS BIENES A CONTRATAR
• Los equipos deberán ser nuevos, año de fabricación 2020.
• Los equipos deberán funcionar a 3500 msnm.
• Los equipos deberán ser entregados en el almacén de obra e instalado en el ambiente de
emplazamiento final del equipo en obra. (Hospital Regional del Cusco); posterior a la
instalación, se iniciarán las pruebas y puesta en marcha.
• La capacitación en operación y mantenimiento del personal asistencial y técnico
indicado por el centro de salud se realizará en obra, previa coordinación. La
capacitación será como mínimo para 4 personas y máximo para 8 personas, la
duración de la capacitación deberá ser mayor a 8 horas lectivas.
• El postor deberá entregar una ficha técnica y/o catálogo del producto a ofertar;
procedencia y marca para ser admitida su propuesta.
2.0 RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
• El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes
entregados por un plazo de un (1) año contados a partir de la conformidad otorgada por la
Entidad. Donde su atención no debe de exceder de las 24 horas una vez se les comunique,
para la atención del equipo.
3.0 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
• El contratista deberá estudiar todos los planos correspondientes a la obra, incluyendo de las
otras especialidades, para verificar las condiciones de la obra y determinar posibles
interferencias o necesidades de modificaciones. No se aceptará ningún reclamo posterior por
mal entendido de tipos de materiales, metrados y otros a ser utilizados o trabajos realizados.
• Antes de comenzar los trabajos relacionados con su contrato, el Contratista debe de verificar
las condiciones existentes en la obra, debiendo informar a la identidad de cualquier condición
que no permita realizar un trabajo de primera categoría. No se aceptará ningún reclamo
posterior a menos que se informe por escrito antes de
comenzar los trabajos.
• Asumir los gastos del empleo de energía eléctrica o combustible durante la ejecución de la
obra.
• Presentar los seguros SCTR y EPPs de su personal asignado a la Obra, los cuales se
presentarán al personal responsable de seguridad e higiene ocupacional de la obra; al inicio
de la instalación de sistema en la obra.
• Decreto Supremo N°117-2020-PCM
• Presentar un dossier de calidad de los equipos, accesorios y demás utilizados en las
instalaciones indicadas, los cuales serán verificados en obra.
• Presentar los planos As built (2D y 3D) del proyecto entregado (mecánicas y eléctricas) en
forma física y digital.
• Presentar el manual de partes de los equipos instalados (debe constar: número de
parte, cantidad necesaria, frecuencia de cambio).
• Presentar el plan de mantenimiento de los sistemas instalados.
• Para la conformidad de los trabajos de suministro, instalación y pruebas, el
contratista deberá realizar y presentar el protocolo de pruebas de funcionamiento
del sistema eléctrico, mecánico de los equipos instalados en presencia de la residencia e
inspección de obra.
• El contratista deberá presentar un (1) plan de capacitación en operación y
mantenimiento de los equipos instalados, a la parte usuaria y presentar constancias
y certificaciones a los participantes de dichas capacitaciones.
• El contratista se encargará del primer año de mantenimiento de los equipos según
plan de mantenimiento ofertado por él.
• Presentar manual de operación y mantenimiento del sistema de ventilación mecánica en idioma
español 03 copias (digital y físico).
• Los riesgos daños y/o perjuicios durante la ejecución contractual (entregara e instalación) serán
asumidos por el contratista, debiendo tomar las previsiones del
caso para proteger al personal involucrado, durante la instalación y puesta en funcionamiento.
• Al terminar los trabajos diario s el contratista deberá dejar las áreas de trabajo limpias.
4.0 EXPERIENCIA DEL POSTOR
Se considera bienes similares al suministro, instalación y mantenimiento de equipos y sistemas
de oxígeno y sistemas de vacio en Hospitales, Clínicas, Centros de Salud, etc.
APROBADA
05.06.01.01 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominación del bien : OE.05.06.01 SISTEMA DE OXIGENO Y SISTEMA DE VACIO
Denominación técnica : SISTEMA DE OXIGENO Y SISTEMA DE VACIO
Unidad de medida : GLOBAL
Descripción general : INSTALACIONES MECANICAS ESPECIALES.
05.06.01. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL BIEN
OE.05.06.01. SISTEMA DE OXIGENO
A. CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DEL SISTEMA DE OXIGENO
El suministro e instalación del Sistema de Oxigeno es para la dotación de los ambientes de Hospital Antonio
Lorena del Cusco.
N° Ambiente Puntos
1 UCI 01 5
2 UCI 02 5
3 Cuidados intermedios 5
4 Sala de parto: 2
5 Sala de dilatación y puerperio 4
6 Hospitalización Adultos + Pediatría
5
3
Revisar el plano donde se encuentra el recorrido de la línea desde el inicio al final.
OE.5.6.1.1.1. TUBERÍA DE COBRE “TIPO K” DE 1/2”
Esta partida se refiere a instalación de las líneas de distribución desde la central de hasta los puntos de
consumo de oxígeno, dispuestos en los ambientes indicados.
MATERIALES
➢ La tubería será de cobre tipo “K” de ½” que cumpla con la norma ASTM B88. Toda la tubería deberá
ser de cobre sin costura según normas internacionales NFPA 99 Y CGA para la conducción de
gases medicinales obedece a tener en cuenta factores como: presión, corrosión, temperatura,
presencia de humedad o impurezas, riesgos de incendio. Corresponderá al tipo “K” para armado
con accesorios del tipo y de la denominación, conocida como “rígida”.
➢ La tubería debe estar pintada con color amarillo según la NTP, antes de pintar la tubería deberá ser
lijada y limpiar residuos de grasa o suciedad. La distribución de salidas será con placa para empotrar
junto con las líneas de vacío con su respectiva señalización.
MÉTODO DE EJECUCIÓN
➢ Previo a su instalación cada tubo debe ser biselado “escareado” con una herramienta libre de grasa
o aceite según norma (NFPA 99 5.1.10.5.3).
➢ Es importante utilizar corta tubo afilado para evitar deformaciones y que las partículas de los cortes
ingresen al interior del tubo, estas herramientas deben estar libre de grasa, aceite u otro
componente que no sea compatible con el aire comprimido medicinal según norma (NFPA 99
5.1.10.5.2.1).
➢ La tubería para la red principal deberá instalarse adosada a muro y una parte será de forma
suspendida o colgada. Y en las líneas finales deberá ser empotrada hacia la pared con una cubierta
metálica unida conjuntamente con las líneas de vacío y oxígeno.
➢ Toda la red de tubería debe ser soldada con una composición química de AG 45%, Cu 30%, Zn
25%, libre de Cadmio y buena fluidez, utilizando pasta fundente para mejorar las condiciones de
capilaridad en la unión soldada.
OE.5.6.1.2. ACCESORIOS DE TUBERÍA
OE.5.6.1.2.1. CODO DE COBRE
La presente partida corresponde al suministro e instalación de accesorios (codos, tees, reducciones,
adaptadores, etc.) de cobre tipo K para soldar, los cuales forman parte del sistema de tuberías de
distribución de aire comprimido medicinal.
MATERIALES
Los accesorios de cobre deben cumplir con la norma ASTM B16.22. Los accesorios deben ser de cobre sin
costura en concordancia con la NFPA 99 Y CGA para la conducción de gases medicinales obedece a tener
en cuenta factores como: presión, corrosión, temperatura, presencia de humedad o impurezas, riesgos de
incendio.
MÉTODO DE EJECUCIÓN
Las superficies de los accesorios deben ser preparadas antes de su soldeo, se debe evitar la
presencia de partículas de polvo y grasa. Los procesos de limpieza según (NFPA 99).
Las uniones soldadas se realizarán con soldadura con una composición química de AG 45%, Cu
30%, Zn 25%, libre de Cadmio y buena fluidez, utilizando pasta fundente para mejorar las
condiciones de capilaridad en la unión soldada, previa limpieza de las tuberías y accesorios con
solución no toxica.
OE.5.6.1.3.1. VÁLVULA DE BOLA DE TRES PIEZAS
DESCRIPCIÓN
La partida corresponde al suministro e instalación de válvulas con asiento y sellos reforzados
con PTFE y VITON capaces de soportar presiones de hasta 600 psig. Las válvulas incluyen
manija para apertura/cierre de suministro de un cuarto de vuelta y cuenta con extensiones de
tubería de cobre tipo “k” para facilitar la instalación. Las válvulas deberán ser probadas y tratadas
para aplicación de oxígeno. Todas las válvulas satisfacen los lineamientos de la NFPA99 V2018.
MATERIALES
Las válvulas incluyen manija para apertura/cierre de suministro de un cuarto de vuelta y cuenta
con extensiones de tubería de cobre tipo “k” para facilitar la instalación
MÉTODO DE EJECUCIÓN
Cada válvula se instalará acompañada de una unión universal de cobre, tipo solder. Esta partida
también incluye el suministro de todos materiales de soportes, elementos de unión, etc., y todos
los equipos necesarios para su montaje: andamios, escalera telescópica, cintas de aluminio,
taladros, etc.
El trabajo se ejecutará utilizando materiales de calidad, mano de obra calificada y las
herramientas y los equipos adecuados.
Finalmente, esta partida se deberá realizar de acuerdo a los planos y en concordancia con las
especificaciones técnicas generales del expediente técnico.
OE.5.6.1.4.1. COLGADOR PARA TUBERÍA SEGÚN PLANO
DESCRIPCIÓN
Es la partida que corresponde a los elementos de sujeción de tuberías horizontales, que están
suspendidas sobre el falso cielo raso, consisten en una barra horizontal anclado al techo
mediante elementos roscados.
MATERIALES
Consiste en un miembro horizontal de 0.20 m de fierro angular de 1 ¼” x 1/8” con perforaciones
de 10mm x 15mm tipo ojo chino cada 25mm, o riel tipo Strut de 2.5 mm de espesor sostenido en
los extremos por dos varillas roscadas de 3/8” de diámetro, mediante tuercas y arandelas
Las especificaciones técnicas de los elementos del colgador son: Barra horizontal:
➢ Acero ASTM A36 de 1 ¼” x 1/8” o riel strut de 2.5 mm de espesor.
➢ Acabado en pintura anticorrosiva o galvanizado.
Elementos roscados:
➢ Varilla roscada de M10x (3/8”) rosca métrica acabado cincado.
➢ Tuerca hexagonal M10 (3/8”) rosca métrica acabado cincado.
➢ Taco de expansión M10 (3/8”) rosca métrica acabado cincado.
➢ Arandela plana M10 (3/8”) rosca métrica acabado cincado.
Cada colgador incluye 2 varillas roscadas métricas, 4 tuercas métricas y 4 arandelas M10.
MÉTODO DE EJECUCIÓN
Estos colgadores estarán empernados al techo - pared con dos varillas roscadas que estarán
sujetas a un riel metálico y las tuberías sujetas con abrazaderas. Las varillas roscadas estarán
fijadas a la losa aligerada o estructura superior mediante tacos de expansión galvanizados o
elementos de sujeción que garanticen la fijación correcta y segura ya que este soportará el peso
de las tuberías de gases medicinales, las que estarán fijadas al colgador mediante abrazaderas
tipo U BOLT o abrazaderas tipo grapa galvanizadas.
OE.5.6.1.4.2. SOPORTE DE TUBERÍA DE PARED SEGÚN
PLANO
DESCRIPCIÓN
Corresponde al suministro e instalación de soportes de pared, para tuberías verticales de gases
medicinales según los diseños presentados en los planos de detalles.
MATERIALES
Soporte de pared:
➢ Barras de soporte de canal strut galvanizado de 0.20 m de largo por 1.5 mm de espesor
fijado con abrazaderas tipo grapa.
➢ Ó barras de soporte de perfil Z de 0.20 m de largo por 1.5 mm de espesor; fijación de
tuberías mediante abrazaderas tipo U-Bolt.
➢ Estarán fijados con tarugos de 6 mm de PVC y tornillos de la misma medida.
MÉTODO DE EJECUCIÓN
El soporte de pared se fijará a las paredes de los ductos de instalaciones mediante los accesorios
de fijación como son tarugos de PVC o pernos de expansión, las tuberías se fijarán con
abrazaderas estandarizadas (U bolts o Grapas).
OE.5.6.1.4.3. MANIFOLD REGULADOR DE SUMINISTRO DE OXIGENO ELECTRÓNICO
Manifold duplex de cambio automático para oxígeno sin interrupción del servicio o cambio de
presión de línea, compuesto por dos bancos para 14 cilindros (10m3 cada uno) cada bancada.
Dos reguladores de presión primario y dos reguladores de presión de línea. Según norma
NFPA99,
➢ Regulador Primario: Presión de ingreso 3000 psig, Presión regulada: 150 psig.
➢ Regulador Secundario: Presión de ingreso 600 psig, Presión regulada: 55 psig
➢ Deberá cumplir con la norma Americana NFPA 99-1999, CGA, UL, CE de componentes
específicos.
➢ Alimentación 220V/ 60 hertz / 1 Ph – Contactos secos para la función de alarma.
➢ Indicadores de presión en forma digital (display) en unidades de PSIG, Kpa, bar.
➢ Luces indicadoras (LED) de modo de operación de bancadas
➢ Calibrada y sellada en caja metálica.
➢ Manifold para montar en pared.
➢ Presión de entrega: 30 a 6’ psig
➢ Manómetro en cada Bancada.
➢ Deberá contar con una Alarma audio/visual digital, indicadora de cambio de cilindro.
Debe contener los siguientes elementos:
➢ Lectura análoga en psig.
➢ Sistema de alarma (hasta 3 amps, 30 VDC o 2 amps 250 VAC), audio-visual conectada
a 1 manifold para cada cambio de bancada.
➢ Presión máxima de ingreso 3,000 psig. con pitones y tuercas CGA 540 para Oxigeno con
válvulas de retención.
➢ Todos los cilindros llevaran mangueras flexibles para 3000 psig
➢ Reguladores para reducir la presión de cada banco a la presión intermedia de 200 psi y
flujo de hasta 56m3/hr.
➢ Regulador de presión en la línea de distribución de 60+/- 5 psi con válvula de bypass.
➢ Válvula de purga para auxiliar el ajuste de los reguladores de presión.
➢ Válvula de traspaso con indicador visual de la posición y palanca de cambio
➢ Válvula de seguridad intermedia para abrir a la atmosfera a 250 psi.
➢ Válvula de seguridad en la salida de la línea de distribución para abrir a 75 psi.
➢ Salida del manifold ½¨NPT-DISS con válvula de purga.
➢ Caja de poder en 220/24 VAC.
El manifold o cabecero, deberá estar conformado por dos secciones, una para cada banco de
cilindros.
➢ Válvula de control de alta presión.
➢ El cabecero es de 14x14 con salidas individualmente al cilindro horizontal.
➢ Válvula Check de alta presión de tipo bola.
➢ Conexión flexible (pigtail) de cobre con conexión CGA 540 para cada uno de los 28
cilindros (14 por bancada).
➢ Mangueras flexibles de alta presión, interior de teflón revestido de malla de acero
inoxidable con terminales CGA-540 y válvulas anti retorno.
➢ Soportes de pared con cadenas de sujeción, tanto para los cilindros en uso como para
los cilindros de reserva.
➢ Incluye el suministro de 42 balones nuevos de oxígenos y llenos de 10 m3 llenos, con
prueba hidrostática actual.
➢ Un carro de transporte ergonómico para balones de oxígeno de 10 m3, el modelo se
coordinará con el postor ganará.
➢ Señalética según normativa vigente de instalaciones de oxígeno.
Soportes de pared con cadenas de sujeción, tanto para los cilindros en uso como para los
cilindros de reserva.
B. INSTALACION DEL SISTEMA DE OXIGENO.
➢ Instalación de junta de dilatación en redes según plano.
➢ Lavado interno de las tuberías con solución no toxica.
➢ Los cilindros de oxígeno estarán dentro de una jaula de protección y con cadenas para
evitar movimientos para ambas bancadas.
➢ Instalación en cada punto de 01 toma de oxígeno empotrado, válvulas check diss, placa
de identificación en caja soporte.
➢ Instalación en cada punto de 01 humificadores con niple de conexión, Tapón para
medicación y abertura con traba para conectar un termo calefactor, con un frasco
graduado de policarbonato transparente y atoxico.
➢ Instalación en cada punto de 01 medidores de flujo en cada toma con una escala de
acrílica graduada de 0 a 15 lts/min, posee una bolilla y llave micrométrica de cierre y
regulación, salida DISS.
➢ Las válvulas de cortes serán de 3 cuerpos, soldables y bridados de 1000 psi.
➢ Barrido interno en tuberías con aire comprimido para eliminar impurezas y partículas de
soldadura.
➢ Soportado de tuberías con rieles y abrazaderas tipo STRUT de fierro galvanizado con
aislamiento de material plástico en zona de contacto de la tubería con el soporte
metálico.
➢ Prueba de hermeticidad de acuerdo a normas, de la red de tuberías de cobre.
➢ Pintado y señalización de tuberías, válvulas de acuerdo a colores normatizados
➢ Presentar copias de hojas técnicas de fabricante de equipos propuestos de ambos
sistemas.
OE.5.6.1.4.5. SALIDA PARA OXIGENO MEDICINAL DE 3/8”
DESCRIPCIÓN
Sera de tipo pared, que recibirá la tubería que ira adosada al muro termo acústico o similar. Esta
partida se refiere al suministro e instalación de las salidas de oxígeno medicinal con Válvula Diss
en las líneas finales de gases medicinales respectivamente, mediante sus conectores y válvulas
necesarias según la Norma Técnica Peruana.
MATERIALES
➢ Diseño modular
➢ Listada UL
➢ Conexión DISS de 3/8” NPT específica para cada gas.
➢ Placa acrílica con canoplas cromadas.
➢ Identificación con código de colores.
➢ Salida para empotrar.
➢ Flujometro para oxigeno 0-50 lpm de uso medicinal
➢ Frasco humedecedor para toma de oxígeno de plástico no toxico – para uso en medicina.
➢ Instalación de 29 tomas de oxigeno empotrado, válvulas check diss, placa de
identificación en caja soporte.
➢ Instalación de 29 humificadores con niple de conexión, Tapón para medicación y
abertura con traba para conectar un termo calefactor, con un frasco graduado de
policarbonato transparente y atoxico.
➢ Las válvulas de cortes serán de 3 cuerpos, soldables y bridados de 1000 psi.
La Toma de gas (Válvula Diss), debe estar empotrado cumpliendo las normas NFPA y CGA con
un caudal que exceda los requisitos de la NFPA, con una placa de color de acuerdo al tipo de
gas. Debe ser fabricada de 7-3/4” de longitud tipo “K” ½” de diámetro exterior y 3/8” de diámetro
nominal interior, el cual debe ser soldado con soldadura de plata al 45%. El cuerpo está
construido de una sola pieza de cobre amarillo de 1-5/16” de diámetro. Para los servicios de
presión positiva de gas, la toma cuenta con una válvula check primaria y una válvula check
secundaria y esta graduada a un mínimo de 200 psi, las tomas de vacío no cuentan con válvula
check secundaria. Los colores serán de acuerdo a la NTP.
MÉTODO DE EJECUCIÓN
Se realizará la instalación que deberá ser ubicado de acuerdo a lo indicado en el plano y a una
altura 1.50 m sobre el nivel piso terminado. La toma debe estar cubierta en una caja metálica de
soporte.
OE.5.6.1.4.7. PASE AÉREO PARA RED DE OXIGENO Y VACÍO
DESCRIPCIÓN
Esta partida se refiere al suministro e instalación (Suministro y montaje de estructura de acero)
así como las obras civiles realizadas según los detalles en los planos.
Correspondiente a la estructura metálica:
➢ Pintura anticorrosiva.
➢ Epóxica y granallado.
MÉTODO DE EJECUCIÓN
Se realizará el suministro y montaje que deberá ser realizado de acuerdo a lo indicado en el
plano. (incluye obras civiles – cimentaciones, así como de obras mecánicas – estructura de
acero).
C. DIAGRAMAS DEL SISTEMA DE OXIGENO
Se presenta los diagramas/planos del sistema de Oxígeno al final de realizar el trabajo:
a. Plano de Sistema de Gases Medicinales en 2D y 3D.
b. Diagramas de Principio de Sistemas de Gases Medicinales.
D. PLANOS DE DISTRIBUCION (ver adjunto)
FICHA TÉCNICA
APROBADA
05.02.03 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominación del bien : OE.05.06.03 SISTEMA DE VACIO
Denominación técnica : SISTEMA DE VACIO
Unidad de medida : GLOBAL
Descripción general : INSTALACIONES MECANICAS ESPECIALES.
05.06.03. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL BIEN
05.06.03. SISTEMA DE VACIO (INCLUYE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN
FUNCIONAMIENTO)
El suministro e instalación del Sistema de Vacío es para la dotación de los ambientes del Hospital
Antonio Lorena del Cusco.
N° Ambiente Puntos
1 UCI 01 5
2 UCI 02 5
3 Cuidados intermedios 5
4 Sala de parto: 2
5 Sala de dilatación y puerperio 4
6 Hospitalización Adultos + Pediatría
5
3
Se debe de aclarar el tema, que las instalaciones son las mismas en característica técnica de los
materiales a ser utilizados dentro de este sistema, es mas las líneas donde van a pasar los
sistemas son compartidos en los mismos puntos de trabajo y recorrido.
A.1. INSTALACION DE VACIO MEDICO
➢ La Toma de gas (Válvula Diss), debe estar empotrado cumpliendo las normas NFPA y
CGA con un caudal que exceda los requisitos de la NFPA, con una placa de color de
acuerdo al tipo de gas. Debe ser fabricada de 7-3/4” de longitud tipo “K” ½” de diámetro
exterior y 3/8” de diámetro nominal interior, el cual debe ser soldado con soldadura de
plata al 45%. El cuerpo está construido de una sola pieza de cobre amarillo de 1-5/16”
de diámetro. Para los servicios de presión positiva de gas, la toma cuenta con una válvula
check primaria y una válvula check secundaria y esta graduada a un mínimo de 200 psi
➢ Instalación de tuberías de cobre tipo K de ¾¨, 1 ¼”, 1 ½”, 2” y 2 ½”.
➢ Instalación de junta de dilatación en redes según plano.
➢ Lavado interno de las tuberías con solución no toxica.
➢ Instalación, empleando soldadura de aleación con plata al 45%, 30% de cobre y 20%
zinc, previa limpieza de las tuberías y accesorios con solución no toxica.
➢ Barrido interno en tuberías con aire comprimido para eliminar impurezas y partículas de
soldadura.
➢ Soportado de tuberías con rieles y abrazaderas tipo STRUT de fierro galvanizado con
aislamiento de material plástico en zona de contacto de la tubería con el soporte
metálico.
➢ Prueba de hermeticidad de acuerdo a normas, de la red de tuberías de cobre.
OE.5.6.3.4.3. CENTRAL DE VACÍO 5 HP@ 200 GLNS
DESCRIPCIÓN
La presente partida se refiere al suministro e instalación del sistema – gases medicinales,
garantizando las condiciones de funcionamiento optimas del equipo.
MATERIALES
➢ Sistema duplex de vacío.
➢ Capacidad mínima de 30 CFM @ 19 HG
➢ 02 bombas de vacío del tipo paleta de fibra sello de aceite para trabajo pesado de
conexión de ½”.
➢ Motor eléctrico 5 HP 220V/3/60HZ, 1750 RPM,
➢ Vacío de operación regulable de 14” a 29” de Hg.
➢ Tanque de vacío de 200 galones fabricado según norma ASME, presión de prueba 150
PSI, incluye vacuometro de 0-30¨” de Hg. De 3.5” de diámetro de dial. Servicio de entrada
y salida de 1” NPT.
➢ Control dual de arranque y parada. - Arranque automático.
➢ Filtro de 0.01 micra para aerosoles de aceite, smog.
➢ Válvulas para aislar el sistema y para salida de tanque de bronce.
➢ 02 Vacuostatos para operar cada bomba en forma manual y automática.
➢ Horómetro para cada bomba.
➢ Vacuometro de vacío en línea.
OE.5.6.3.4.4. SALIDA DE VACÍO DE 3/8" TIPO PARED
DESCRIPCIÓN
Esta partida se refiere al suministro e instalación de las salidas de vacío medicinal con Válvula
Diss en las líneas finales de gases medicinales respectivamente, mediante sus conectores y
válvulas necesarias según la Norma Técnica Peruana.
MATERIALES
➢ Diseño modular
➢ Listada UL
➢ Conexión DISS de 3/8” NPT específica para cada gas.
➢ Placa acrílica con canoplas cromadas.
➢ Identificación con código de colores.
➢ Salida para empotrar.
MÉTODO DE EJECUCIÓN
Se realizará la instalación que deberá ser ubicado de acuerdo a lo indicado en el plano y a una
altura 1.50 m sobre el nivel piso terminado. La toma debe estar cubierta en una caja metálica de
soporte.
A.2 COMPRESORES DE VACIO TIPO DUPLEX PARA USO MEDICAL, QUE CONSISTE EN
LO SIGUIENTE:
TABLERO DE CONTROL AUTOMATICO TRIFASICO PARA DOS COMPRESORES DE
VACIO (PARA ADOSAR) CON LOS SIGUIENTES COMPONENTES.
El tablero deberá de ser de FºGº pesado, pintado al horno con puerta y chapa de acuerdo a las
normas técnicas eléctricas, las dimensiones deberán estar de acuerdo a los componentes
internos de control y con espacio adecuado para el cableado interno y su bornera a tierra.
Dentro del tablero deberá estar instalado un sistema completo de control automático (alternado),
manual y parada, los cuales deberán estar gobernados por un selector el que estará ubicado en
la puerta del tablero y con luces indicadoras de funcionamiento (verde) de cada compresor y de
parada (rojo).
Incluir el diagrama unifilar del sistema de control del tablero. alarma audiovisual compuesta por
sensor de baja presión, regulable de 10” hg a 29” hg con desconexión automática de 0-30
segundos, lampara y bocina indicadora de falta de presión de succión.
Todos los componentes del sistema de control deberán de ser calidad garantizada, para lo cual
deberán presentar el certificado ISO 2000 como mínimo.
INSTALACION DEL SISTEMA DE VACIO.
➢ Instalación y anclado de los compresores de vacío en la ubicación indicadas.
➢ Instalación del tablero de control y del circuito a los compresores de vacío con Tubería
flexible tipo Conduit con sus respectivas abrazaderas.
➢ Instalación de la red de vacío de los compresores de vacío al tanque de almacenamiento
con tubería de cobre tipo “k”
➢ El vacío deberá tener un dispositivo de regulación de 15” a 29” hgv
➢ Instalación del tanque de almacenamiento de 200 galones con todos su accesorios y
listos para ser conectados a red principal.
B. DIAGRAMAS DEL SISTEMA DE VACIO
Se presenta los diagramas/planos del sistema de vacío al final de realizar el trabajo:
• Plano de Sistema de Vacio en 2D y 3D.
• Diagramas de Principio de Sistemas de Vacio
• Diagrama eléctrico de tablero.
• Cada tablero eléctrico deberá tener el respectivo diagrame eléctrico.
• El tablero tendrá su llave de seguridad y será entregada la obra.
C. PLANOS DE DISTRIBUCION (ver adjuntos)
05.06.01. LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION
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Solicitud cotizacion 2573 lorena

  • 1. GOBIERNO REGIONAL CUSCO OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES FECHA 04/09/2020 AÑO 2020 SOLICITUD DE COTIZACIÓN N° 2573 RAZON SOCIAL: RUC: DIRECCION: TELEFONO: EMAIL: REFERENCIA IOARR : REQUERIMIENTO SERVICIO 911 N° META: 258 Por medio de la presente sírvase cotizar los siguientes items correspondientes al cuadro de contrataciones Nro. 3622 de fecha 04/09/2020 . ITEM CANT UND DESCRIPCION MARCA MODELO P.U SUBTOTAL 1 1.00 SERVICIO SERVICIO DE INSTALACIÓN MECÁNICA DE SISTEMA DE OXÍGENO Y SISTEMA DE VACÍO GLOSA : Sírvase completar los siguientes campos : LUGAR DE ENTREGA El servicio sera Prestado en el Hospital Antonio Lorena (Contingencia)- SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO DIRECCIÓN DE ENTREGA FECHA DE COTIZACIÓN ____/_____/_____ TIEMPO DE VÁLIDEZ DE LA OFERTA ______________ PLAZO DE EJECUCIÓN DIAS CALENDARIO ______________ TIEMPO DE GARANTÍA COMERCIAL ______________ PROVEEDOR DEDICADO AL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN SI (___) NO (___) CUENTA CON RNP SI (___) NO (___) CUENTA CON CCI SI (___) NO (___) N°________________________________ BANCO : ________________________ CUENTA DE DETRACCIÓN N°________________________________ CUMPLE CON EL TDR/ET SI (___) NO (___) Mediante la presente autorizo ser notificado vía correo electrónico : _____________________________________________ Doy Conformidad a la lectura de las especificaciones técnicas y/o términos de referencia anexados a la solicitud de cotización. NOTA : 1.- NO SE TOMARÁ EN CONSIDERACIÓN LAS COTIZACIONES QUE TENGAN BORRONES, ENMENDADURAS O CORRECCIONES. 2.- SÍRVASE INDICAR TODA LAS CONDICIONES REQUERIDAS. 3.- DE CONSIDERAR ALGUNA OBSERVACIÓN DEBERÁ DETALLARLO. 4.- ADJUNTO DECLARACIÓN JURADA ANEXO 6 - A. 5.- EL PRECIO TOTAL DE LA OFERTA Y LOS SUBTOTALES QUE LO COMPONEN SON EXPRESADOS SOLO CON 02 DECIMALES. LOS PRECIOS UNITARIOS PUEDEN SER EXPRESADOS CON MAS DE 02 DECIMALES. RESPONSABLE DE GESTIÓN DE ACTUACIONES PREPARATORIAS ESPECIALISTA EN INDAGACIÓN DE MERCADO FIRMA Y SELLO DEL PROVEEDOR GOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGO Version del Sistema: Willaq 2020 Usuario del Sistema: Impreso por: Elaborado por: LUZ MARINA PARILLO HASH: 000000028676|833f8de76a219c452a5641bbdc29df9e Página 1 / 1 GRUPO BETTER WORLD AV. ESPAÑA N° 147 INT.10-01 ETAPA 959075718 20600114396 administraccion@gbw.com.pe QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 SOLES INCLUIDO I.G.V. 23 09 2020 90 DÍAS 1.5 AÑOS X 011 900 0002002446683 85 BBVA 00-741-442000 administraccion@gbw.com.pe 30 DÍAS
  • 2. GOBIERNO REGIONAL CUSCO OFICINA REGIONAL DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES FECHA 04/09/2020 AÑO 2020 SOLICITUD DE COTIZACIÓN N° 2573 ANEXO N° 6 - A DECLARACIÓN JURADA Señores : OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES GOBIERNO REGIONAL CUSCO Presente.- El que suscribe ......................................................................................................................................... identificado con DNI N° ........................................... y RUC N° ...................................... N° Tel.Cel ................................. DECLARO BAJO JURAMENTO, lo siguiente: 1.- No haber incurrido, en actos de corrupción, así como a respetar el principio de integridad. 2.- No tengo impedimento para contratar con el Estado. 3.- No tengo impedimento por vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguineidad, ni segundo grado de afinidad, con los funcionarios de la entidad o intervinientes, según lo previsto en el articulo 11° de la Ley de Contrataciones del Estado. 4.- Cuento y acepto con las condiciones necesarias para cumplir cabalmente con las características técnicas, requisitos y condiciones establecidas en los Términos de Referencia y/o Especificaciones Ténicas de la presente contratación. 5.- De ser seleccionado para la contratación, me comprometo a mantener mi oferta en sus integridad hasta el pago. 6.- Me someto a las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado, Ley 30225 y su Reglamento, así como la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, cuando corresponde. 7.- En caso de incumplimiento injustificado, acepto de manera supletoria; la aplicación de penalidad de acuerdo a la fórmula establecida en el articulo 133° del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S N° 350-2015-EF., y de acuerdo a la Directiva interna de compras menores o iguales a 8 UIT. 8.- De ser seleccionado para efectuar la presente contratación, autorizo al Gobierno Regional del Cusco a efectos de que me pueda notificar al correo electrónico .................................................................................. o a mi domicilio sito en ....... ....................................... 9.- No ser propietario, socio, representante legal, gerente general o tener cualquier vínculo con otra empresa que cotiza por el mismo objeto de termino de referencia al que me presento. FIRMA Y SELLO DEL PROVEEDOR GOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGO Version del Sistema: Willaq 2020 Usuario del Sistema: Impreso por: Elaborado por: LUZ MARINA PARILLO HASH: 000000028676|833f8de76a219c452a5641bbdc29df9e Página 1 / 1
  • 3. GOBIERNO REGIONAL CUSCO OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES FECHA 11/08/2020 TIPO SERVICIO AÑO 2020 TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS REQUERIMIENTO N° 911 DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y OPERATIVIDAD DE LAS INSTALACIONES MECANICAS SISTEMA DE OXIGENO Y VACIO de los ambientes de la IOARR“SALA DE CUIDADOS INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS INTERMEDIOS Y SALA DE HOSPITALIZACION; CONSTRUCCION DE PLANTA DE VALORIZACIÓN; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS ANTONIO LORENA DEL CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO”. FINALIDAD PÚBLICA La realización del servicio tiene por finalidad mejorar las condiciones de la infraestructura de las diferentes unidades prestadoras de servicio COVID 19 a nivel regional e incidirá en los servicios que presta el hospital dado que nos encontramos en emergencia nacional por las graves consecuencias que causa el COVID 19, cuya misión es garantizar la continuidad de la atención a fin de disminuir el riesgo elevado que afecta la salud y la vida de las personas siendo necesario la adecuación y mejoramiento de las Salas COVID. Cubrir la necesidad de atención de la población de la Región Cusco, para atender los casos de COVID 19 en vista de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional declarada mediante DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA y Pandemia Mundial declarada por la OMS, que permitirá mejorar la capacidad del servicio de salud del Hospital Antonio Lorena del Cusco. Según la Ley Nº 26842, Ley General de Salud y sus modificatorias, el Estado Peruano es responsable de promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad OBJETIVOS Y UTILIDAD DE LA CONTRATACIÓN Contratación de una persona natural o jurídica para ejecutar la prestación de servicio de adecuación y mejoramiento de salas COVID 19 del Hospital Antonio Lorena del Cusco ubicado en el Distrito Santiago, Provincia de Cusco y Departamento del Cusco, en el marco de lo dispuesto en el DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA ALCANCES Y DESCRIPCION DEL SERVICIO Se colocará una central de oxígeno que constará de una doble bancada, que alternará su uso, también considerándose cilindros de repuestos para garantizar la dotación continua del oxígeno, cabe recalcar que también se colocó un sistema de vacío (principalmente para aspiración de secreciones), y se realiza la distribución por medio de la instalación de redes de distribución desde las centrales hasta las cabeceras de todas las camas, cabe recalcar que debido a que es una adecuación de estructuras existentes no existe el espacio para colocar doble salida de oxígeno y doble de vacío, por lo que se considera en el diseño tener botellas de reemplazo que podrían ser usadas en caso extremo, ya que cada ambiente intervenido cuenta con más de 4 salidas, siendo sala de parto que tiene una sola cama que se le considero 2 salidas de cada uno. Para esto se plantea la implementación del sistema de aire acondicionado, calefacción y ventilación (Presión negativa) en las áreas de: • Unidad de Cuidados Intensivos UCI 1 • Unidad de Cuidados Intensivos UCI 2 • Unidad de Cuidados Intermedios • Sala de parto • Sala de dilatación y puerperio. • Hospitalización adultos y pediatría. Implementación del sistema de gases medicinales oxígeno (cilindros, manifold y redes) y vacío (bomba de vacío y redes de distribución) en los 6 ambientes citados las cuales den cumplir con las normas establecidas Deberá cumplir con la norma Americana NFPA 99-1999, CGA, UL, CE de componentes específicos. SEGUROS AREA USUARIA SUPERVISOR OBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIER Version del Sistema: Willaq 2020 Usuario del Sistema: Impreso por: Elaborado por: 238350800|DIANA EDELMIRA LEON PINO MENA HASH: 000000032923|bafd7c02e41a9d0e558deb4aa25a0cf5 Página 1 / 4
  • 4. Para el inicio del servicio el CONTRATISTA deberá presentar a la Residencia de Obra, el recibo de pago por adquisición de la Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) de todo el personal, que realizará la ejecución del servicio. La cual deberá estar vigente durante toda la ejecución del servicio, debiendo renovarse en caso de ampliaciones • El Contratista está obligado a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar peligros contra la integridad, la vida y la propiedad de las personas, instituciones o firmas durante la realización del proyecto. En este sentido deberá dotar a su personal, de los equipos y herramientas pertinentes para la realización de todos los trabajos, quedando terminantemente prohibido la realización de trabajos en circuitos energizados. • El incidente o accidente resultante de la inobservancia de esta obligación, correrá únicamente por cuenta del Contratista. • El Contratista está obligado a hacer notar a la ENTIDAD, por escrito e inmediatamente, cuando se haya dado una orden que va contra las medidas de seguridad, a fin de tomar conocimiento, lo cual no lo exime de asumir la responsabilidad exclusiva por cualquier daño. • SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN • Complementando las actividades programadas, EL CONTRATISTA es responsable de gestionar la Seguridad y Salud en el Trabajo, se tomarán las medidas de seguridad durante la ejecución de la obra, siguiendo para ello lo estipulado en la Norma G.050 del RNE, la misma que deberá implementarse de tal manera que se den todas las condiciones necesarias para evitar accidentes. Las medidas de seguridad deben abarcar desde las labores de difusión de los desvíos hasta los avisos preventivos en el sitio de la obra. • EL CONTRATISTA deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios, y a las Instrucciones complementarias que se dicten por el Supervisor de obra. • EL CONTRATISTA está obligado a realizar las visitas técnicas, mediciones y cualquier actividad, en estricta conformidad a las normas de Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001: 2007. • EL CONTRATISTA deberá cumplir con la normatividad legal, sobre Seguridad y Salud Ocupacional; de aplicación en su actividad; al respecto deberá dar estricto cumplimiento, bajo su responsabilidad en caso de inobservancia, de la normatividad referencial y sus modificaciones seguidamente detalladas: • RM. N° 366-2001-EMNME Código Nacional de Electricidad • Ley Nª 26842 Ley General de Salud • D.S. N° 033-2001-MTC Reglamento Nacional de Tránsito • SI 5-02-1 Orden y Limpieza. • ISI 8-01-1 Manejo e Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo • Reglamento Nacional de Edificaciones • Resolución Ministerial N 087-2020-VIVIENDA • Resoluciones Ministeriales Nos 239-2020-MINSA, 265-2020-MINSA y 283- 2020-MINSA • EL CONTRATISTA deberá desarrollar las medidas adecuadas de seguridad y salud ocupacional a fin de garantizar la seguridad y salud del personal que intervenga en la actividad y preservar los bienes propios. • Durante las diversas etapas de la construcción, la obra se mantendrá, en todo momento, en perfectas condiciones de orden y limpieza. REQUISITOS DEL PROVEEDOR Y/O PERSONAL Debe tener la inscripción en RNP LUGAR El servicio sera Prestado en el Hospital Antonio Lorena (Contingencia)- SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO PLAZO El plazo establecido para la ejecución del servicio será de 90 días calendario, a partir del día siguiente de la notificación de la orden de servicio. a) Entrega de equipos en obra: 80 días calendarios a partir del día siguiente de notificado la orden de compra. b) Instalación y montaje: 07 días calendario después de la entrega de los equipos en obra. c) Puesta en funcionamiento y pruebas: 03 días calendario después de la fase de instalación y montaje. El lugar de entrega e instalación será en: ALMACÉN DE OBRA: Hospital de Contingencia Antonio Lorena S/N ENTREGABLES CONFORMIDAD La conformidad sera otorgada por la Residente de obra con el visto biueno del Inspector de la obra y previo informe de conformidad tanto del Residente como del Inspector de Especialidad FORMA DE PAGO AREA USUARIA SUPERVISOR OBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIER Version del Sistema: Willaq 2020 Usuario del Sistema: Impreso por: Elaborado por: 238350800|DIANA EDELMIRA LEON PINO MENA HASH: 000000032923|bafd7c02e41a9d0e558deb4aa25a0cf5 Página 2 / 4
  • 5. Periodico CONDICIONES DE PAGO El pago se realizará de acuerdo al cronograma de trabajo contenido en el plan de trabajo, el cual se realizará en tres partes. • El primer pago a los 30 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados ejecutados. • El segundo pago a los 60 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados ejecutados. De este periodo • El tercer pago se realizará a la culminación del trabajo. De este periodo Cabe señalar que, para el trámite de cada pago, el mismo debe contar con la conformidad del servicio emitida por el residente de obra con el visto bueno del supervisor de obra.El pago se efectuará mediante el respectivo abono a la cuenta bancaria del contratista sea en el banco de la nación o cualquier otra institución bancaria del sistema financiero nacional, para cuyo efecto el CONTRATISTA notificará a la Entidad de Cuenta Interbancario (CCI). RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al CONTRATISTA, conforme con los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al objeto de contrato, se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente aspectos: ASPECTOS GENERALES ? Para el inicio de la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá haber elaborado e implementado el PROTOCOLO SANITARIO DEL SECTOR VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO PARA EL INICIO GRADUAL E INCREMENTAL DE LAS ACTIVIDADES EN LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES, así como los LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGOS DE EXPOSICIÓN AL COVID 19, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución Ministerial N° 239 -2020/MINSA y sus modificatorias" ? EL CONTRATISTA es responsable por la correcta instalación del servicio, en observancia del contrato y los documentos que forman parte del mismo, los cuales deberán ser de estricto conocimiento y exigencia de La Residencia. ? EL CONTRATISTA tendrá pleno conocimiento de las condiciones y lugar donde se realizara el servicio, tomando en cuenta los accesos, situaciones del transporte de personal y materiales, manejo, almacenamiento, disposición, fuentes de materiales, disponibilidad de mano de obra, agua, energía y comunicaciones, y en general todos los elementos y condiciones que puedan incidir de manera directa e indirecta en ésta; identificará las dificultades, contingencias y posibles riesgos, y garantizará la ejecución de la totalidad de los trabajos conforme al expediente técnico aprobado. ? En caso de existir divergencias entre este documento y leyes, normas o reglamentos, es obligación del Contratista poner en conocimiento del Residente esta situación previa a la realización de los trabajos a fin de que éste determine la acción a seguir. ASPECTOS TECNICO- ADMINISTRATIVOS ? El contratista, para el inicio de los trabajos deberá contar con la documentación requerida, previamente aprobada por el Residente. Dicha documentación, será planos, memorias de cálculo, planillas, solicitudes de autorización, etc. ? El Contratista ejecutará el trazo topográfico y replanteo del lugar donde se realizará el servicio y presentará a la Residencia para su aprobación, procediendo a la ejecución y control de los trabajos topográficos consistentes en el replanteo del eje de diseño, nivelación y levantamiento de secciones transversales, lo que será sometido a la aprobación de la Supervisión. ? EL CONTRATISTA planeará, garantizará y será responsable por los métodos de trabajo y eficiencia de los equipos empleados en la ejecución del servicio, los que deben asegurar un ritmo apropiado de trabajo y calidad satisfactoria. ? Suministrar e instalar el equipamiento, realizar protocolos de prueba y puesta en funcionamiento. PERSONAL ? El Contratista deberá indicar los nombres de los profesionales que serán los responsables de la dirección de los servicios, la que deberá estar siempre a cargo de una persona responsable. ? El Contratista empleará obligatoriamente a los Profesionales propuestos para la ejecución del servicio, salvo que la Residencia solicite su sustitución. ? El Contratista deberá emplear personal técnico calificado, obreros especializados y demás personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos. ? El Contratista tiene la obligación de reemplazar el personal no competente o no satisfactorio, de acuerdo a las órdenes del Residente. ? El Contratista tiene la obligación de Prevenir los Daños y el Deterioro de la Salud de los Trabajadores, Mejorando sus Condiciones de Trabajo con la finalidad de Elevar el Nivel de Protección de su Seguridad y Salud, con el propósito de garantizar la integridad física del trabajador en el desarrollo de las obras donde se ejecuta, dando cumplimiento a las disposiciones legales vigentes según lo dispuesto en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamente D.S. N° 005-2012-TR, Ley 30222, modificatoria de la Ley 29783 y su reglamento por DS N° 006-2014-TR. ? El Contratista tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores durante la ejecución de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario para tal efecto. ? En función a la situación de salud actual el contratista debe implementar las acciones necesarias para evitar riesgos de salud del personal de obra a causa del ? Se deberá presentar un cuadro de actividades programadas para la correcta ejecución de la obra, autorizada por el residente. ? Cualquier reposición o reparaciones debido a daño a terceros producto de la ejecución de la obra y la no previsión por parte del contratista será de su responsabilidad. ? EL CONTRATISTA tomará las previsiones relativas a la contratación, alojamiento, transporte, alimentación, pago de salarios y beneficios sociales de sus trabajadores, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. ? EL CONTRATISTA deberá respetar las disposiciones vigentes de la legislación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de todo el personal a su cargo para la ejecución de la Obra. La Residencia verificará su cumplimiento. PENALIDAD AREA USUARIA SUPERVISOR OBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIER Version del Sistema: Willaq 2020 Usuario del Sistema: Impreso por: Elaborado por: 238350800|DIANA EDELMIRA LEON PINO MENA HASH: 000000032923|bafd7c02e41a9d0e558deb4aa25a0cf5 Página 3 / 4
  • 6. En caso de atraso por causas imputables a EL CONTRATISTA se aplicarán penalidades por mora según lo dispuesto en el Artículo 162º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El monto máximo de la penalidad equivale al Diez Por Ciento (10%) del monto contractual vigente1 , y en caso de superar este tope, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato según lo establecido en el artículo 165º del mencionado Reglamento. Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente F x plazo vigente en días Donde F tiene los siguientes valores: a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras: F 0.40. b) Para plazos mayores a sesenta (60) días: b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25 b.2) Para obras: F = 0.15 OTRAS PENALIDADES No aplica AREA USUARIA SUPERVISOR OBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIERNOREGIONALCUSCOGOBIER Version del Sistema: Willaq 2020 Usuario del Sistema: Impreso por: Elaborado por: 238350800|DIANA EDELMIRA LEON PINO MENA HASH: 000000032923|bafd7c02e41a9d0e558deb4aa25a0cf5 Página 4 / 4
  • 7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE INSTALACIONES MECANICAS SISTEMA DE OXIGENO Y VACIO PARA LA REMODELACIÓN DE “SALA DE CUIDADOS INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS INTERMEDIOS Y SALA DE HOSPITALIZACION; CONSTRUCCION DE PLANTA DE VALORIZACIÓN; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS ANTONIO LORENA DEL CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO” CAPITULO I CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA IOARR 1.1 DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y OPERATIVIDAD DE LAS INSTALACIONES MECANICAS SISTEMA DE OXIGENO Y VACIO de los ambientes de la IOARR “SALA DE CUIDADOS INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS INTERMEDIOS Y SALA DE HOSPITALIZACION; CONSTRUCCION DE PLANTA DE VALORIZACIÓN; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS ANTONIO LORENA DEL CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO”. 1.2 OBJETO DE LA CONTRATACION Contratación de una persona natural o jurídica para ejecutar la prestación de servicio de adecuación y mejoramiento de salas COVID 19 del Hospital Antonio Lorena del Cusco ubicado en el Distrito Santiago, Provincia de Cusco y Departamento del Cusco, en el marco de lo dispuesto en el DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA 1.3 FINALIDAD PÚBLICA DE LA CONTRATACIÓN La realización del servicio tiene por finalidad mejorar las condiciones de la infraestructura de las diferentes unidades prestadoras de servicio COVID 19 a nivel regional e incidirá en los servicios que presta el hospital dado que nos encontramos en emergencia nacional por las graves consecuencias que causa el COVID 19, cuya misión es garantizar la continuidad de la atención a fin de disminuir el riesgo elevado que afecta la salud y la vida de las personas siendo necesario la adecuación y mejoramiento de las Salas COVID. Cubrir la necesidad de atención de la población de la Región Cusco, para atender los casos de COVID 19 en vista de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional declarada mediante DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA y subsecuente prorroga DECRETO SUPREMO N° 020-2020-SA y Pandemia Mundial declarada por la OMS, que permitirá mejorar la capacidad del servicio de salud del Hospital Antonio Lorena del Cusco. Según la Ley Nº 26842, Ley General de Salud y sus modificatorias, el Estado Peruano es responsable de promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad 1.4 ENTIDAD CONTRATANTE La Entidad Contratante es el GOBIERNO REGIONAL CUSCO a través de la Gerencia Regional de Infraestructura-Sede Central. 1.5 SISTEMA Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN El presente procedimiento de selección se convoca bajo el Sistema de Contratación a Suma Alzada.
  • 8. Asimismo, el postor formula su propuesta por un monto fijo, considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de las metas objeto de las prestaciones requeridas según las especificaciones técnicas y los contenidos de los presente términos de Referencia. 1.6.1 ANTECEDENTES 1.6.1 DESCRIPCION DEL PROYECTO Se propone el desarrollo de un proyecto de ampliación del servicio de UCI, UCI INTERMEDIOS, HOSPITALIZACION Y OTROS del Hospital Antonio Lorena del Cusco para atender la emergencia del COVID-19, esta ampliación está localizada dentro del Hospital Antonio Lorena del Cusco de la provincia de Cusco en el departamento del Cusco. SISTEMA DE OXIGENO Y VACIO Se colocará una central de oxígeno que constará de una doble bancada, que alternará su uso, también considerándose cilindros de repuestos para garantizar la dotación continua del oxígeno, cabe recalcar que también se colocó un sistema de vacío (principalmente para aspiración de secreciones), y se realiza la distribución por medio de la instalación de redes de distribución desde las centrales hasta las cabeceras de todas las camas, cabe recalcar que debido a que es una adecuación de estructuras existentes no existe el espacio para colocar doble salida de oxígeno y doble de vacío, por lo que se considera en el diseño tener botellas de reemplazo que podrían ser usadas en caso extremo, ya que cada ambiente intervenido cuenta con más de 4 salidas, siendo sala de parto que tiene una sola cama que se le considero 2 salidas de cada uno. Para esto se plantea la implementación del sistema de aire acondicionado, calefacción y ventilación (Presión negativa) en las áreas de: - Unidad de Cuidados Intensivos UCI 1 - Unidad de Cuidados Intensivos UCI 2 - Unidad de Cuidados Intermedios - Sala de parto - Sala de dilatación y puerperio. - Hospitalización adultos y pediatría. Implementación del sistema de gases medicinales oxígeno (cilindros, manifold y redes) y vacío (bomba de vacío y redes de distribución) en los 6 ambientes citados las cuales den cumplir con las normas establecidas Deberá cumplir con la norma Americana NFPA 99-1999, CGA, UL, CE de componentes específicos. En las áreas a ser implementadas se tiene las siguientes áreas: N° Ambiente Puntos 1 UCI 01 5 2 UCI 02 5 3 Cuidados intermedios 5 4 Sala de parto: 1 5 Sala de dilatación y puerperio 4 6 Hospitalización Adultos + Pediatría 5 3
  • 9. La ejecución de este componente debe estar en base al Expediente Aprobado del IOARR tomando en consideración especial las especificaciones técnicas detalladas de cada partida, memoria Descriptiva, planos, etc. 1.6.2 NOMBRE DE LA IOARR Se denomina: REMODELACION DE SALA DE CUIDADOS INTENSIVOS, SALA DE CUIDADOS INTERMEDIOS Y SALA DE HOSPITALIZACION; CONSTRUCCION DE PLANTA DE VALORIZACION; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) EESS ANTONIO LORENA DEL CUSCO – SANTIAGO AV. CARLOS UGARTE S/N URB. PRIMAVERA, DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO” 1.6.3 UBICACIÓN El Hospital Antonio Lorena del Cusco (Contingencia), se encuentra en el distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco. Lugar designado para la adecuación de sus ambientes para la atención de pacientes críticos diagnosticados con el virus del Covid 19. En respuesta al DECRETO DE URGENCIA Nº 026-2020, decreto de urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional. Departamento : Cusco Provincia : Cusco Distrito : Santiago Localidad : Urbanización Primavera 1.6.4 AREA Y PERIMETRO Área Total intervención GORE-CUSCO : 18,250.00 m2 Perímetro Total Del terreno : 547.00 ml
  • 10. 1.6.5 ACCESO A LA ZONA El acceso al Hospital Antonio Lorena Contingencia, es por medio vehicular, ubicándose en la misma ciudad desplazándose por la Av. Carlos Ugarte S/N del distrito de Santiago. 1.6.6 ALCANCES Los suministros y trabajos a ejecutarse incluyen lo siguiente: Suministro, instalación y transporte al lugar de todos los materiales y accesorios que aparecen en los planos y presupuesto, completos, con todos los elementos que sean requeridos para su correcta y normal operación según expediente técnico descrito. 1.7 BASE LEGAL ✓ Constitución Política del Perú. ✓ Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. ✓ Ley Nº 26842, Ley General de Salud y sus modificatorias. ✓ Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. ✓ Decreto Supremo N° 035-2014-SA - Crean el Programa Nacional de Inversiones en Salud ✓ Decreto Supremo N° 020-2014-SA, Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. ✓ Decreto Legislativo N° 1157, que aprueba la Modernización de la Gestión de la Inversión Pública en Salud, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 024-2016-SA. ✓ Decreto Supremo Nº 242-2018-EF - Aprueban Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. ✓ Resolución Directoral N° 005-2017-EF-63.01 - Aprueba la Directiva Nº 003-2017-EF-63.01, Directiva para la ejecución de inversiones públicas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. ✓ Resolución Directoral N° 005-2017-EF/63.01 Directiva N° 003-2017-EF/63.01 - Directiva para la Ejecución de Inversiones Públicas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual de Gestión de Inversiones. ✓ Decreto Supremo N° 082-2019-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado ✓ Decreto Supremo N° 344-2018-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225 modificado por el Decreto Supremo N° 377-2019-EF. ✓ Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y que deroga la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. ✓ Decreto de Urgencia N° 014-2019 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. ✓ Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. ✓ Decreto Supremo Nº 103-2020-EF que establece disposiciones reglamentarias para la tramitación de los procedimientos de selección que se reinicien en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225 ✓ Otras normas legales aplicables y vigentes. ✓ En general todo el Compendio de Normas emitidas por el Estado Peruano, para afrontar la Propagación del COVID-19 que han sido publicadas antes de la elaboración del Presente TDR. 1.8 FINALIDAD DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Es finalidad de los Términos de Referencia, lo siguiente: Establecer los parámetros de orden técnico y legal que permita llevar una adecuada ejecución contractual, así como las pautas de organización, requerimientos, lineamientos generales, procedimientos, limitaciones, exigencias y requisitos mínimos para el cumplimiento de la prestación objeto de contrato con calidad, eficiencia y eficacia.
  • 11. Estos Términos de Referencia son considerados como generales, no siendo excluyentes ni limitativos, debiendo EL CONTRATISTA suscriba el contrato y ejecute la obra, efectuar los aportes necesarios para la correcta implementación y prestación del objeto del contrato en concordancia con la normativa aplicable al presente; asimismo, debemos aclarar que los presentes Términos de Referencia formaran parte integrante del Contrato . Su cumplimiento constituye una obligación esencial de EL CONTRATISTA, según el Artículo 40.2 de la Ley de Contrataciones del Estado, y del Artículo 138° de su Reglamento. CAPITULO II CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE SUMINISTRO, INSTALACION Y OPERATIVIDAD DE LAS INSTALACIONES MECANICAS 2.1 REQUERIMIENTOS MINIMOS DEL CONTRATISTA Debe tener la inscripción en el RNP y las constancias de no estar inhabilitado para contratar con el Estado 2.2 PLAZO DE EJECUCION DE OBRA. El plazo establecido para la ejecución del servicio será de 90 días calendario, a partir del día siguiente de la notificación de la orden de servicio. a) Entrega de equipos en obra: 80 días calendarios a partir del día siguiente de notificado la orden de compra. b) Instalación y montaje: 07 días calendario después de la entrega de los equipos en obra. c) Puesta en funcionamiento y pruebas: 03 días calendario después de la fase de instalación y montaje. El lugar de entrega e instalación será en: ALMACÉN DE OBRA: Hospital de Contingencia Antonio Lorena S/N 2.3 FORMA DE PAGO El pago se realizará de acuerdo al cronograma de trabajo contenido en el plan de trabajo, el cual se realizará en tres partes. • El primer pago a los 30 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados ejecutados. • El segundo pago a los 60 días de iniciado el servicio, de acuerdo a los metrados ejecutados. De este periodo • El tercer pago se realizará a la culminación del trabajo. De este periodo Cabe señalar que, para el trámite de cada pago, el mismo debe contar con la conformidad del servicio emitida por el residente de obra con el visto bueno del supervisor de obra.} El pago se efectuará mediante el respectivo abono a la cuenta bancaria del contratista sea en el banco de la nación o cualquier otra institución bancaria del sistema financiero nacional, para cuyo efecto el CONTRATISTA notificará a la Entidad de Cuenta Interbancario (CCI). 2.4 PENALIDADES APLICABLES La penalidad es un castigo pecuniario aplicable a EL CONTRATISTA por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Se aplicará todas las veces que sea necesaria, hasta los topes máximos establecidos en la Ley y en el Reglamento.
  • 12. 2.4.1 PENALIDAD POR MORA En caso de atraso por causas imputables a EL CONTRATISTA se aplicarán penalidades por mora según lo dispuesto en el Artículo 162º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El monto máximo de la penalidad equivale al Diez Por Ciento (10%) del monto contractual vigente1 , y en caso de superar este tope, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato según lo establecido en el artículo 165º del mencionado Reglamento. Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente F x plazo vigente en días Donde F tiene los siguientes valores: a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras: F 0.40. b) Para plazos mayores a sesenta (60) días: b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25 b.2) Para obras: F = 0.15 2.4.2 OTRAS PENALIDADES APLICABLES No aplica 2.5 CONFORMIDAD La conformidad será otorgada por el Residente de obra con el visto bueno del Inspector de la obra y previo informe de conformidad tanto del Residente como del Inspector de Especialidad. 2.6 GARANTIA COMERCIAL La garantía comercial del servicio deberá ser de 1.5 años como mínimo a partir de la fecha de otorgamiento de la conformidad. El Antonio Lorena del Cusco notificará a El Proveedor cualquier defecto o mal funcionamiento del producto, inmediatamente después de haberlo descubierto, e indicará la naturaleza del mismo, junto con toda la evidencia disponible. El Proveedor tendrá la oportunidad para inspeccionar el defecto o mal funcionamiento. Una vez recibida tal notificación, El Proveedor reparará o reemplazará con prontitud la totalidad de los equipos, dispositivos y/o partes defectuosas, sin costo alguno para El centro de salud o la unidad ejecutora encargado de la administración del contrato. El cambio de equipos dentro del plazo de garantía deberá ser previsto por El Proveedor, con el objetivo de reemplazar por uno igual o de características técnicas superiores. El proveedor queda obligado a extender el plazo de vigencia de la garantía del equipo, cuantas veces sea necesario, por un plazo similar al que el equipo se encuentre inoperativo por causas atribuibles al proveedor. El periodo de GARANTIA será contado desde la conformidad de la prestación principal. 2.7 PROPIEDAD INTELECTUAL LA ENTIDAD tendrá los derechos de propiedad de toda la documentación inherente a la ejecución de obra y documentos contractuales, así como cada uno de los productos elaborados y proporcionados por EL CONTRATISTA. Esto incluye todos los documentos, productos, diseños, cálculos, estudios, imágenes, videos, informes u otros materiales que guarden relación directa con la ejecución de obra. De ser el caso, 1 Contrato actualizado o vigente: El contrato original afectado por las variaciones realizadas por los reajustes, prestaciones adicionales, reducción de prestaciones, o por ampliación o reducción del plazo, u otras modificaciones del contrato.
  • 13. LA ENTIDAD tiene las facultades de tomar todas las acciones necesarias a fin de obtener los derechos de autor y patentes. En virtud de lo indicado, EL CONTRATISTA no podrá transferir o negociar dicha documentación, ni aplicarla con fines ajenos a los del presente Contrato, pudiendo ser objeto de acciones de orden administrativa, civil y/o penal según corresponda. 2.8 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO De conformidad con el Artículo 36° de la Ley de Contrataciones del Estado, las partes podrán resolver el contrato por causa fortuita o fuerza mayor, que imposibilite la continuidad del contrato. Las causales de resolución contractual por incumplimiento se precisan en el Artículo 164° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El procedimiento a seguir para formalizar la resolución contractual se establece en el Artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y los efectos de dicha resolución se precisan en el Artículo 166° del mismo Reglamento. 2.9 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR VICIOS OCULTOS Se aplica lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley de Contrataciones del Estado. Sobre la base de ello, queda expresamente establecido que la garantía de contratos de bienes y servicios, el cual dice EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes o servicios ofertados por un plazo no menor de un (01) año, contados a partir de la conformidad otorgada por la entidad. El contrato podrá establecer excepciones para bienes fungibles y/o perecibles, siempre que la naturaleza de estos bienes no se adecue a estos plazos. Entendiéndose como vicio oculto a la existencia de deterioros, anomalías y defectos no susceptibles de ser apreciados a simple vista y que de alguna manera afecten el derecho del adquiriente a su adecuada utilización. 2.10 FRAUDE Y CORRUPCIÓN En concordancia al numeral 138.4 del Artículo 138 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y conforme a lo establecido en los Artículos 32.3 y 40.6 de la Ley, todos los contratos deben incorporar cláusulas anticorrupción, bajo sanción de nulidad. Dichas cláusulas deben tener el siguiente contenido mínimo: La declaración y garantía del contratista de no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato. La obligación del contratista de conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacioncitas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7. El compromiso del contratista de: (i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y (ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas cláusulas, durante la ejecución contractual, da el derecho a La Entidad correspondiente a resolver automáticamente y de pleno derecho el contrato, bastando para tal efecto que La Entidad remita una comunicación informando que se ha producido dicha resolución, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y administrativas a que hubiera lugar. Por lo tanto: Se rechazará cualquier propuesta presentada por los Postores, si se determina que han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas. La práctica corrupta significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud, directa o indirectamente,
  • 14. de cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de LA ENTIDAD contratante en el proceso de selección o durante la ejecución del contrato. La práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluyendo una tergiversación, que engaña a sabiendas o imprudentemente, o intenten engañar, a LA ENTIDAD en el proceso de selección o durante la ejecución del contrato, para obtener un beneficio financiero u otro beneficio, o para evadir una obligación. La práctica colusoria es un acuerdo no revelado entre dos o más postores diseñado para alterar artificialmente los resultados de la licitación para obtener un beneficio financiero u otro beneficio. La práctica coercitiva consiste en perjudicar o dañar, o amenazar con dañar o perjudicar, directa o indirectamente, a cualquier participante en el proceso de selección para influir indebidamente en sus actividades, o para afectar la ejecución de un contrato. Si se determina que cualquiera de estas acciones ha sido cometido por una empresa/individuo, LA ENTIDAD no se comprometerá a ninguna actividad con esa empresa/individuo; procediendo, por el contrario, a formular la denuncia correspondiente contra los responsables. EL CONTRATISTA se compromete a no ofrecer, solicitar, ni a consentir y/o insinuar el ofrecimiento, a terceros, ni a ningún servidor público, directa o indirectamente, ninguna donación, promesa, pago, auspicio, entrega de cualquier bien, suma de dinero, ventaja de cualquier índole u objeto con algún valor pecuniario, para lograr una ventaja inapropiada, o incurrir en actos que puedan ser considerados como una práctica ilegal o de corrupción a criterio de LA ENTIDAD con relación a la elaboración del estudio y/o ejecución de la obra. Todo acto de esta naturaleza constituirá una causal de resolución inmediata y automática del contrato, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios que el incumplimiento de esta cláusula pudiera ocasionar a LA ENTIDAD o sus funcionarios y/o directivos, tomándose las medidas correctivas necesarias de acuerdo a las políticas anticorrupción de la normativa vigente2. Es nulo el contrato en cuyo procedimiento de selección se ha incurrido en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o ilícitas, en concordancia con lo previsto en el Artículo 44 de la Ley.3 En virtud del inciso r)4 del numeral 11.1 del Artículo. 11° de la Ley de Contrataciones del Estado cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas, las personas jurídicas nacionales o extranjeras que hubiesen efectuado aportes a organizaciones políticas durante un proceso electoral, por todo el período de gobierno representativo y dentro de la circunscripción en la cual la organización política beneficiada con el aporte ganó el proceso electoral que corresponda 2.11 PROCEDIMIENTOS NO DESCRITOS Para todo procedimiento contractual no descrito expresamente en el presente documento, aplica lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y en su Reglamento vigente a la fecha; así como lo indicado en las Bases, propuesta técnica presentada por EL CONTRATISTA y en el Contrato correspondiente. Supletoriamente, es de aplicación el Código Civil y la Ley del Procedimiento Administrativo General. 2.12 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA 2 Ley N° 30650 - Ley de reforma del Artículo 41° de la Constitución Política del Perú, que a la letra dice: “Artículo 41°.- Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos. La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley. Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la Nación, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial. La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como el plazo de su inhabilitación para la función pública. El plazo de prescripción de la acción penal se duplica en caso de los delitos cometidos contra la Administración Pública o el patrimonio del Estado, tanto para los funcionarios o servidores públicos como para los particulares. La acción penal es imprescriptible en los supuestos más graves, conforme al principio de legalidad”. 3 Según el Art° 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 4 Inciso r), incorporado al texto del Art. 11° de la Ley de Contrataciones del Estado mediante el Art° 3 de la Ley N° 30689.
  • 15. Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al CONTRATISTA, conforme con los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al objeto de contrato, se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente aspectos: 2.12.1 ASPECTOS GENERALES ▪ Para el inicio de la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá haber elaborado e implementado el PROTOCOLO SANITARIO DEL SECTOR VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO PARA EL INICIO GRADUAL E INCREMENTAL DE LAS ACTIVIDADES EN LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES, así como los LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGOS DE EXPOSICIÓN AL COVID 19, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución Ministerial N° 239 -2020/MINSA y sus modificatorias" ▪ EL CONTRATISTA es responsable por la correcta instalación del servicio, en observancia del contrato y los documentos que forman parte del mismo, los cuales deberán ser de estricto conocimiento y exigencia de La Residencia. ▪ EL CONTRATISTA tendrá pleno conocimiento de las condiciones y lugar donde se realizara el servicio, tomando en cuenta los accesos, situaciones del transporte de personal y materiales, manejo, almacenamiento, disposición, fuentes de materiales, disponibilidad de mano de obra, agua, energía y comunicaciones, y en general todos los elementos y condiciones que puedan incidir de manera directa e indirecta en ésta; identificará las dificultades, contingencias y posibles riesgos, y garantizará la ejecución de la totalidad de los trabajos conforme al expediente técnico aprobado. ▪ En caso de existir divergencias entre este documento y leyes, normas o reglamentos, es obligación del Contratista poner en conocimiento del Residente esta situación previa a la realización de los trabajos a fin de que éste determine la acción a seguir. 2.12.2 ASPECTOS TECNICO- ADMINISTRATIVOS ▪ El contratista, para el inicio de los trabajos deberá contar con la documentación requerida, previamente aprobada por el Residente. Dicha documentación, será planos, memorias de cálculo, planillas, solicitudes de autorización, etc. ▪ El Contratista ejecutará el trazo topográfico y replanteo del lugar donde se realizará el servicio y presentará a la Residencia para su aprobación, procediendo a la ejecución y control de los trabajos topográficos consistentes en el replanteo del eje de diseño, nivelación y levantamiento de secciones transversales, lo que será sometido a la aprobación de la Supervisión. ▪ EL CONTRATISTA planeará, garantizará y será responsable por los métodos de trabajo y eficiencia de los equipos empleados en la ejecución del servicio, los que deben asegurar un ritmo apropiado de trabajo y calidad satisfactoria. ▪ Suministrar e instalar el equipamiento, realizar protocolos de prueba y puesta en funcionamiento. 2.12.3 PERSONAL ▪ El Contratista deberá indicar los nombres de los profesionales que serán los responsables de la dirección de los servicios, la que deberá estar siempre a cargo de una persona responsable. ▪ El Contratista empleará obligatoriamente a los Profesionales propuestos para la ejecución del servicio, salvo que la Residencia solicite su sustitución. ▪ El Contratista deberá emplear personal técnico calificado, obreros especializados y demás personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos. ▪ El Contratista tiene la obligación de reemplazar el personal no competente o no satisfactorio, de acuerdo a las órdenes del Residente. ▪ El Contratista tiene la obligación de Prevenir los Daños y el Deterioro de la Salud de los Trabajadores, Mejorando sus Condiciones de Trabajo con la finalidad de Elevar el Nivel de
  • 16. Protección de su Seguridad y Salud, con el propósito de garantizar la integridad física del trabajador en el desarrollo de las obras donde se ejecuta, dando cumplimiento a las disposiciones legales vigentes según lo dispuesto en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamente D.S. N° 005-2012-TR, Ley 30222, modificatoria de la Ley 29783 y su reglamento por DS N° 006-2014-TR. ▪ El Contratista tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores durante la ejecución de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario para tal efecto. ▪ En función a la situación de salud actual el contratista debe implementar las acciones necesarias para evitar riesgos de salud del personal de obra a causa del ▪ Se deberá presentar un cuadro de actividades programadas para la correcta ejecución de la obra, autorizada por el residente. ▪ Cualquier reposición o reparaciones debido a daño a terceros producto de la ejecución de la obra y la no previsión por parte del contratista será de su responsabilidad. ▪ EL CONTRATISTA tomará las previsiones relativas a la contratación, alojamiento, transporte, alimentación, pago de salarios y beneficios sociales de sus trabajadores, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. ▪ EL CONTRATISTA deberá respetar las disposiciones vigentes de la legislación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de todo el personal a su cargo para la ejecución de la Obra. La Residencia verificará su cumplimiento. 2.12.4 SEGUROS: ▪ Para el inicio del servicio el CONTRATISTA deberá presentar a la Residencia de Obra, el recibo de pago por adquisición de la Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) de todo el personal, que realizará la ejecución del servicio. La cual deberá estar vigente durante toda la ejecución del servicio, debiendo renovarse en caso de ampliaciones 2.12.5 SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCION ▪ El Contratista está obligado a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar peligros contra la integridad, la vida y la propiedad de las personas, instituciones o firmas durante la realización del proyecto. En este sentido deberá dotar a su personal, de los equipos y herramientas pertinentes para la realización de todos los trabajos, quedando terminantemente prohibido la realización de trabajos en circuitos energizados. ▪ El incidente o accidente resultante de la inobservancia de esta obligación, correrá únicamente por cuenta del Contratista. ▪ El Contratista está obligado a hacer notar a la ENTIDAD, por escrito e inmediatamente, cuando se haya dado una orden que va contra las medidas de seguridad, a fin de tomar conocimiento, lo cual no lo exime de asumir la responsabilidad exclusiva por cualquier daño. ▪ SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN ▪ Complementando las actividades programadas, EL CONTRATISTA es responsable de gestionar la Seguridad y Salud en el Trabajo, se tomarán las medidas de seguridad durante la ejecución de la obra, siguiendo para ello lo estipulado en la Norma G.050 del RNE, la misma que deberá implementarse de tal manera que se den todas las condiciones necesarias para evitar accidentes. Las medidas de seguridad deben abarcar desde las labores de difusión de los desvíos hasta los avisos preventivos en el sitio de la obra. ▪ EL CONTRATISTA deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios, y a las Instrucciones complementarias que se dicten por el Supervisor de obra. ▪ EL CONTRATISTA está obligado a realizar las visitas técnicas, mediciones y cualquier actividad, en estricta conformidad a las normas de Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001: 2007. ▪ EL CONTRATISTA deberá cumplir con la normatividad legal, sobre Seguridad y Salud
  • 17. Ocupacional; de aplicación en su actividad; al respecto deberá dar estricto cumplimiento, bajo su responsabilidad en caso de inobservancia, de la normatividad referencial y sus modificaciones seguidamente detalladas: ✓ RM. N° 366-2001-EMNME Código Nacional de Electricidad ✓ Ley Nª 26842 Ley General de Salud ✓ D.S. N° 033-2001-MTC Reglamento Nacional de Tránsito ✓ SI 5-02-1 Orden y Limpieza. ✓ ISI 8-01-1 Manejo e Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo ✓ Reglamento Nacional de Edificaciones ✓ Resolución Ministerial N 087-2020-VIVIENDA ✓ Resoluciones Ministeriales Nos 239-2020-MINSA, 265-2020-MINSA y 283- 2020-MINSA ▪ EL CONTRATISTA deberá desarrollar las medidas adecuadas de seguridad y salud ocupacional a fin de garantizar la seguridad y salud del personal que intervenga en la actividad y preservar los bienes propios. ▪ Durante las diversas etapas de la construcción, la obra se mantendrá, en todo momento, en perfectas condiciones de orden y limpieza. 2.12.6 MATERIALES Y EQUIPOS ▪ Todos los materiales y equipos destinados a la ejecución del servicio, deberán cumplir con las características técnicas exigidas en las Bases y se deberán someter a los ensayos necesarios para verificar sus características. ▪ Se podrán aceptar otras propiedades o calidades especificadas y/o normas indicadas en las Bases que sean similares o equivalentes mientras que se ajusten a especificaciones y/o normas reconocidas, que aseguren una calidad igual o superior a la indicada y siempre que el Contratista aporte la documentación y demás elementos de juicio que permitan evaluar el cumplimiento de las exigencias establecidas en las Bases y que los cambios propuestos no alteren las especificaciones técnicas de la obra, siempre que este represente una ventaja técnica y económica que lo justifique. ▪ La ENTIDAD se reserva el derecho de rechazar la lista de materiales propuesta por el Contratista, si éstos no concuerdan con lo estipulado en las Especificaciones Técnicas. ▪ Correrán por cuenta del Contratista las muestras de materiales requeridos por el Residente. ▪ Asimismo, correrán por cuenta del Contratista los ensayos necesarios para verificar la calidad de los materiales y las pruebas de los equipos. ▪ La aprobación de los materiales y/o de los equipos por el Residente no libera al Contratista de su responsabilidad sobre la calidad de los materiales y/o equipos. 2.12.7 ERRORES O CONTRADICCIONES El Contratista debe hacer notar a la ENTIDAD cualquier error o contradicción en los documentos, poniéndolo de inmediato en conocimiento del Supervisor 2.13 OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE 2.13.1 ENTREGA DEL TERRENO La Entidad comunicara al Contratista la Entrega de terreno dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, siendo este un requisito para el inicio del plazo de ejecución del servicio. 2.13.2 DOCUMENTOS PARA LA EJECUCIÓN La Entidad pondrá a disposición del Contratista una copia del Expediente de la IOARR en físico, así como los demás documentos necesarios para la ejecución del servicio, además alcanzará también la Información en formato digital (CDs). Sin embargo, el Contratista podrá obtener copias adicionales contra el pago respectivo.
  • 18. 2.14 ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DEL SERVICIO 2.14.1 LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIALES ● EL CONTRATISTA evaluará si se realizaron los ensayos de laboratorio suficientes, caracterización geotécnica de la cimentación, estabilidad de taludes análisis y determinación de la profundidad y tipo de la cimentación y planos necesarios. Los cuales complementará a detalle de ser necesarios para utilizarlos en la verificación y la elaboración de los cálculos respectivos. 2.14.2 PRUEBAS DE RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS EJECUTADOS ● Para la recepción del servicio EL CONTRATISTA deberá considerar, entre otros, los Protocolos de Pruebas realizados durante la ejecución del servicio en todas las especialidades que se mencionan en el expediente técnico de la IOARR aprobada. ● Los protocolos de prueba deben ser suscritos por el CONTRATISTA y LA RESIDENCIA. 2.14.3 LIMPIEZA DEL SITIO DURANTE Y AL TÉRMINO DEL SERVICIO ● Los interiores de las instalaciones deberán estar permanentemente limpios de materiales excedentes de obra y en lo que respecta a pisos acabados deberán tener protección temporal de sus superficies, bajo la vigilancia de La Residencia ● Antes de la recepción final, EL CONTRATISTA deberá remover todas las instalaciones provisionales incluyendo, galpones, edificaciones, etc., y entregar el sitio a LA ENTIDAD en buenas condiciones y con la aprobación de La Supervisión. ● Todos los elementos que resulten del desmontaje de edificaciones e instalaciones, equipos y materiales existentes del servicio, pagadas por LA ENTIDAD, y que se encuentren en condiciones aceptables y que a juicio de La Residencia sean rescatables, deberán ser puestos a disposición de LA ENTIDAD y coordinar con la misma el traslado hacia el depósito o mantenidas en el sitio de obra, con apoyo del CONTRATISTA. 2.14.4 MANTENIMIENTO Y SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS ● EL CONTRATISTA está obligado no sólo a la correcta ejecución de los servicios contratados, sino también al mantenimiento de ésta, a su costo, hasta la finalización de dicha ejecución. ● Asimismo, queda obligado a señalizar los ambientes objeto del contrato, con arreglo a lo dispuesto en la normativa vigente. ● EL CONTRATISTA cumplirá las órdenes que reciba de la residencia acerca de la instalación de señales complementarias o modificación de las ya instaladas. Será directamente responsable de los perjuicios que la inobservancia de las citadas normas y órdenes pudiera causar. 2.15 OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Sin exclusión de las obligaciones que corresponden a EL CONTRATISTA, conforme a los dispositivos legales y que son inherentes como tal para los servicios de ejecución de Obra, EL CONTRATISTA, tiene otras obligaciones según el siguiente detalle: Será responsabilidad del CONTRATISTA que cualquier descubrimiento de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a La Residencia, tomando las acciones que corresponda ante la Dirección Desconcentrada del Ministerio de Cultura Cusco, procediendo de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular.
  • 19. EL CONTRATISTA deberá culminar en su totalidad los servicios de ejecución de cada item en un plazo de 90 días, el cual será verificado por el Residente de Obra, caso contrario se le aplicará la penalidad que le corresponda. 2.15.1 DAÑOS A LA OBRA, A PERSONAS Y A PROPIETARIOS EL CONTRATISTA es responsable y tiene la obligación de proteger los trabajos ejecutados contra daños, pérdida de materiales y perjuicios ocasionados a la obra, que se pudieran presentar contra las personas, propiedades de terceros (incluyendo entre los terceros LA ENTIDAD y a cualquier persona contratada por ella en relación o no con la ejecución de la Obra), y a los empleados u obreros suyos, y que sean debido a actos, omisiones, accidentes de cualquier naturaleza (incluyendo las causas de fuerza mayor o fortuitas), que se verifiquen durante la ejecución del servicio y hasta la recepción de la misma. La responsabilidad del Contratista es acorde a lo establecido en la Ley, Reglamento y el Código Civil. De producirse daños, pérdida de materiales y perjuicios ocasionados a la ejecución del servicio, serán de cuenta y riesgo del CONTRATISTA ya sea que provengan de actos u omisiones de él mismo o de otras causas imputables a él. En cualquier caso, EL CONTRATISTA debe inmediatamente reparar o reemplazar lo dañado o perdido. El tiempo que demande la reparación o reposición del daño sufrido no será motivo de prórroga en el plazo de ejecución. Correrá por cuenta del CONTRATISTA y de acuerdo a Ley, las lesiones o muerte del personal del CONTRATISTA y las pérdidas o daños que sufran los bienes materiales y que se produzcan durante el periodo de cumplimiento del Contrato o como consecuencia del mismo por falta de previsión. Además, EL CONTRATISTA deberá proveer por su cuenta y costo, la solución de los inconvenientes, y la reparación de los daños mencionados y deberá mantener indemne a LA ENTIDAD de todo reclamo por daños y perjuicios que sean consecuencia del desplazamiento de sus Equipos o de Obras Provisionales, dentro y fuera de la zona de la obra; así como, de los reclamos, acciones y demandas que se interpongan o se promuevan, en relación a la ejecución de la obra. 2.15.2 EQUIPOS, MATERIALES Y OBRAS TEMPORALES 2.15.2.1 INSTALACIONES Y EQUIPOS DE CONSTRUCCIÓN EL CONTRATISTA entregará antes del inicio de los trabajos, para aprobación de La Residencia, un Cronograma de Utilización de los Equipos ofertados y/u otros que fueran necesarios, a criterio de La Residencia, para cumplir con el cronograma de ejecución del servicio, en el que deberá estar claramente indicado el tipo, la cantidad y plazos de los diferentes equipos a ser utilizados en la ejecución del servicio. EL CONTRATISTA se compromete a mantener en el sitio de los trabajos, de acuerdo con los requerimientos de la Obra y al cronograma de utilización de equipos, el equipo de construcción adecuado y suficiente, el que deberá ser mantenido todo el tiempo en condiciones eficientes de trabajo, tener capacidad para realizar con eficacia y seguridad la Obra determinada en los documentos contractuales, dentro de los términos y condiciones especificadas en ellos, estando sujeto en todo momento, su disponibilidad, a las inspecciones y pruebas que considera conveniente realizar La Supervisión. La aprobación de los equipos del CONTRATISTA por parte de La Residencia no lo releva de su obligación de ejecutar el servicio de acuerdo con los documentos contractuales. EL CONTRATISTA no podrá hacer ningún cambio o modificación en el equipo e instalaciones aprobadas por La Supervisión, ni remover del sitio de la obra ningún equipo sin expresa autorización de La Supervisión en cada caso.
  • 20. La Residencia tendrá derecho a exigir al CONTRATISTA un aumento o cambio total o parcial del equipo, si en el curso de la ejecución de los trabajos se pone de manifiesto a juicio de La Supervisión, que uno u otro equipo o ambos resultan total o parcialmente defectuosos, inadecuados o insuficientes. 2.15.2.2 REMOCIÓN DE MATERIALES PARA INSPECCIÓN EL CONTRATISTA deberá descubrir cualquier parte o parte de la ejecución del servicio o hacer sondeos o perforaciones en ella o a través de ella, si La Residencia lo solicitara, debiendo reponer y reparar aquella parte o partes removidas o perforadas, a satisfacción de La Supervisión. 2.15.2.3 REMOCIÓN DE MATERIALES Y RE-EJECUCIÓN DE SERVICIOS INADECUADOS Corresponde a La Residencia durante la realización de la ejecución del servicio, la facultad de determinar por escrito las siguientes providencias, sin costo para LA ENTIDAD: La remoción del sitio, en el plazo que se especifique mediante notificación, de cualquier material que comprobadamente no esté de acuerdo con lo especificado en el Expediente Técnico del Contrato. La sustitución de los materiales arriba referidos por los apropiados y adecuados. La demolición y apropiada re-ejecución, independientemente de cualquier prueba previa o pago intermedio, de cualquier trabajo que al parecer de La Supervisión no esté de acuerdo con el Expediente Técnico del Contrato en cuanto a los materiales o a la calidad de servicio y trabajo. En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla en un plazo de cinco (05) días una orden de la índole de este ítem, La residencia podrá mandar a ejecutar dichas órdenes y todos los gastos que esta medida origine, serán de cargo del CONTRATISTA. 2.15.2.4 PRUEBAS Y CERTIFICADOS DE CALIDAD ❖ El costo de pruebas y controles de calidad, de materiales y ejecución de trabajos, será por cuenta exclusiva del CONTRATISTA, las cuales se efectuarán en su propio laboratorio o en laboratorios externos de Universidades y/o instituciones, debidamente inscritos en el INACAL, de tal manera que los resultados puedan compararse con los que obtenga el Residente. ❖ El tipo y cantidad de las Pruebas y Análisis serán indicados en el Expediente Técnico, de conformidad al Reglamento Nacional de Edificaciones y otras normas conexas, así como aquellas que el supervisor considere necesarias, para alcanzar una ejecución con calidad y la eficiencia requerida. ❖ EL CONTRATISTA está obligado a presentar ante La Supervisión, los certificados de calidad expedidos por los organismos competentes, de los materiales e insumos empleados en la construcción de la obra, teniendo en cuenta la siguiente consideración: Materiales e Insumos Nacionales, Certificación de Calidad expedida por laboratorio dando cuenta de la Norma Técnica Nacional INDECOPI vigente o su análoga extranjera autorizada por INDECOPI, en el caso de Materiales e Insumos Importados, que deberá ser informado a LA ENTIDAD, el cumplimiento de dicha obligación. ❖ Durante la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA realizará las pruebas y ensayos necesarios de los trabajos realizados, de conformidad a lo dispuesto en las normas técnicas peruanas e internacionales de ser aplicables, las mismas que serán comparadas con los resultados de los ensayos obtenidos por el Supervisor de obra, quien informará a LA ENTIDAD sus recomendaciones y conclusiones obtenidas. No se admitirán pruebas realizadas en forma conjunta, tampoco cuando EL CONTRATISTA y el Supervisor contraten un mismo laboratorio. ❖ EL CONTRATISTA no se podrá pasar de una partida a otra de la obra, mientras no se cuente con la respectiva conformidad de los resultados de los ensayos por parte del Supervisor de Obra.
  • 21. 2.15.3 SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS Todo incumplimiento del Contrato por parte del CONTRATISTA tendrá una penalidad de acuerdo a los Artículos 162° y 163° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Queda también establecido que LA ENTIDAD podrá autorizar la retención del total o parte del importe de los pagos mensuales por ejecutar el servicio, para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones de La Supervisión. Desaparecida la causal anterior LA ENTIDAD instruirá para que se proceda con el pago de las sumas retenidas, previo descuento de los importes que pudieran corresponder en concepto de mora. 2.15.4 TRABAJO NOCTURNO Y EN FERIADO A menos que lo prohíba La Residencia por causa justificada, EL CONTRATISTA podrá trabajar en turnos de noche, tiempo extra y en días domingo y feriados. En estos casos EL CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna compensación adicional, debiendo EL CONTRATISTA adecuarse a los reglamentos y legislaciones laborales vigentes. EL CONTRATISTA deberá notificar a La Supervisión por escrito, con no menos de 24 horas de anticipación, sobre su intención de ejecutar trabajos en horas nocturnas, tiempo extra o en Domingo y feriados, indicando las zonas donde se realizarán los trabajos, la medida de seguridad adoptadas y los profesionales responsables que estarán a cargo. Al trabajar en horas nocturnas, EL CONTRATISTA deberá de brindar a su personal de las condiciones necesarias, para realizar los trabajos con la calidad requerida y las medidas de seguridad necesaria, dotando de la iluminación necesaria para la zona de trabajo y para las zonas de circulación del personal, todo esto bajo la verificación y autorización de La Supervisión. 2.16 REQUISITOS DE CALIFICACION: PERSONAL CLAVE B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL B.3 CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE B.3.1 FORMACIÓN ACADÉMICA Requisitos: 01 ingeniero Mecánico o Electromecánico, colegiado y habilitado Debe acreditar 05 años de experiencia en la ejecución y/o supervisión de obras de sistemas de oxígeno y sistemas de vacio para empresas privadas y/o públicas. (Hospitales, Clínicas y/o Centros de Salud). CUATRO (04) TECNICO EN INSTALACIONES DE SISTEMAS ESPECIALES Y SISTEMAS DE OXIGENO Y SISTEMAS DE VACIO Deberán acreditar 2 años de experiencia en instalaciones de sistemas de oxígeno y sistemas de vacio en Hospitales, Clínicas y/o Centros de Salud. Acreditación: El Ingeniero Mecánico o Electromecánico presentara título profesional y certificado de habilidad vigente, será verificado por el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, en el Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales en el portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU a través del siguiente link: https://enlinea.sunedu.gob.pe// o en el Registro Nacional de Certificados, Grados y Títulos a cargo del Ministerio de Educación a través del siguiente link : http://www.titulosinstitutos.pe/, según corresponda.
  • 22. La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (I) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (II) constancias o (III) certificados (IV) cualquier otra documentación de qué manera fehacientemente demuestre la experiencia del personal propuesto. 2.17 DESCRIPCION, CARACTERISTICAS TECNICAS 2.17.1 OE.05.06 INSTALACIONES MECANICAS. OE.05.06.01 SISTEMA DE OXIGENO 1.0 CARACTERISTICAS TECNICAS DE LOS BIENES A CONTRATAR • Los equipos deberán ser nuevos, año de fabricación 2020. • Los equipos deberán funcionar a 3500 msnm. • Los equipos deberán ser entregados en el almacén de obra e instalado en el ambiente de emplazamiento final del equipo en obra. (Hospital Regional del Cusco); posterior a la instalación, se iniciarán las pruebas y puesta en marcha. • La capacitación en operación y mantenimiento del personal asistencial y técnico indicado por el centro de salud se realizará en obra, previa coordinación. La capacitación será como mínimo para 4 personas y máximo para 8 personas, la duración de la capacitación deberá ser mayor a 8 horas lectivas. • El postor deberá entregar una ficha técnica y/o catálogo del producto a ofertar; procedencia y marca para ser admitida su propuesta. 2.0 RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS • El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes entregados por un plazo de un (1) año contados a partir de la conformidad otorgada por la Entidad. Donde su atención no debe de exceder de las 24 horas una vez se les comunique, para la atención del equipo. 3.0 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA • El contratista deberá estudiar todos los planos correspondientes a la obra, incluyendo de las otras especialidades, para verificar las condiciones de la obra y determinar posibles interferencias o necesidades de modificaciones. No se aceptará ningún reclamo posterior por mal entendido de tipos de materiales, metrados y otros a ser utilizados o trabajos realizados. • Antes de comenzar los trabajos relacionados con su contrato, el Contratista debe de verificar las condiciones existentes en la obra, debiendo informar a la identidad de cualquier condición que no permita realizar un trabajo de primera categoría. No se aceptará ningún reclamo posterior a menos que se informe por escrito antes de comenzar los trabajos. • Asumir los gastos del empleo de energía eléctrica o combustible durante la ejecución de la obra. • Presentar los seguros SCTR y EPPs de su personal asignado a la Obra, los cuales se presentarán al personal responsable de seguridad e higiene ocupacional de la obra; al inicio de la instalación de sistema en la obra. • Decreto Supremo N°117-2020-PCM • Presentar un dossier de calidad de los equipos, accesorios y demás utilizados en las instalaciones indicadas, los cuales serán verificados en obra. • Presentar los planos As built (2D y 3D) del proyecto entregado (mecánicas y eléctricas) en forma física y digital.
  • 23. • Presentar el manual de partes de los equipos instalados (debe constar: número de parte, cantidad necesaria, frecuencia de cambio). • Presentar el plan de mantenimiento de los sistemas instalados. • Para la conformidad de los trabajos de suministro, instalación y pruebas, el contratista deberá realizar y presentar el protocolo de pruebas de funcionamiento del sistema eléctrico, mecánico de los equipos instalados en presencia de la residencia e inspección de obra. • El contratista deberá presentar un (1) plan de capacitación en operación y mantenimiento de los equipos instalados, a la parte usuaria y presentar constancias y certificaciones a los participantes de dichas capacitaciones. • El contratista se encargará del primer año de mantenimiento de los equipos según plan de mantenimiento ofertado por él. • Presentar manual de operación y mantenimiento del sistema de ventilación mecánica en idioma español 03 copias (digital y físico). • Los riesgos daños y/o perjuicios durante la ejecución contractual (entregara e instalación) serán asumidos por el contratista, debiendo tomar las previsiones del caso para proteger al personal involucrado, durante la instalación y puesta en funcionamiento. • Al terminar los trabajos diario s el contratista deberá dejar las áreas de trabajo limpias. 4.0 EXPERIENCIA DEL POSTOR Se considera bienes similares al suministro, instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de oxígeno y sistemas de vacio en Hospitales, Clínicas, Centros de Salud, etc.
  • 24. APROBADA 05.06.01.01 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN Denominación del bien : OE.05.06.01 SISTEMA DE OXIGENO Y SISTEMA DE VACIO Denominación técnica : SISTEMA DE OXIGENO Y SISTEMA DE VACIO Unidad de medida : GLOBAL Descripción general : INSTALACIONES MECANICAS ESPECIALES. 05.06.01. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL BIEN OE.05.06.01. SISTEMA DE OXIGENO A. CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DEL SISTEMA DE OXIGENO El suministro e instalación del Sistema de Oxigeno es para la dotación de los ambientes de Hospital Antonio Lorena del Cusco. N° Ambiente Puntos 1 UCI 01 5 2 UCI 02 5 3 Cuidados intermedios 5 4 Sala de parto: 2 5 Sala de dilatación y puerperio 4 6 Hospitalización Adultos + Pediatría 5 3 Revisar el plano donde se encuentra el recorrido de la línea desde el inicio al final. OE.5.6.1.1.1. TUBERÍA DE COBRE “TIPO K” DE 1/2” Esta partida se refiere a instalación de las líneas de distribución desde la central de hasta los puntos de consumo de oxígeno, dispuestos en los ambientes indicados. MATERIALES ➢ La tubería será de cobre tipo “K” de ½” que cumpla con la norma ASTM B88. Toda la tubería deberá ser de cobre sin costura según normas internacionales NFPA 99 Y CGA para la conducción de gases medicinales obedece a tener en cuenta factores como: presión, corrosión, temperatura, presencia de humedad o impurezas, riesgos de incendio. Corresponderá al tipo “K” para armado con accesorios del tipo y de la denominación, conocida como “rígida”.
  • 25. ➢ La tubería debe estar pintada con color amarillo según la NTP, antes de pintar la tubería deberá ser lijada y limpiar residuos de grasa o suciedad. La distribución de salidas será con placa para empotrar junto con las líneas de vacío con su respectiva señalización. MÉTODO DE EJECUCIÓN ➢ Previo a su instalación cada tubo debe ser biselado “escareado” con una herramienta libre de grasa o aceite según norma (NFPA 99 5.1.10.5.3). ➢ Es importante utilizar corta tubo afilado para evitar deformaciones y que las partículas de los cortes ingresen al interior del tubo, estas herramientas deben estar libre de grasa, aceite u otro componente que no sea compatible con el aire comprimido medicinal según norma (NFPA 99 5.1.10.5.2.1). ➢ La tubería para la red principal deberá instalarse adosada a muro y una parte será de forma suspendida o colgada. Y en las líneas finales deberá ser empotrada hacia la pared con una cubierta metálica unida conjuntamente con las líneas de vacío y oxígeno. ➢ Toda la red de tubería debe ser soldada con una composición química de AG 45%, Cu 30%, Zn 25%, libre de Cadmio y buena fluidez, utilizando pasta fundente para mejorar las condiciones de capilaridad en la unión soldada. OE.5.6.1.2. ACCESORIOS DE TUBERÍA OE.5.6.1.2.1. CODO DE COBRE
  • 26. La presente partida corresponde al suministro e instalación de accesorios (codos, tees, reducciones, adaptadores, etc.) de cobre tipo K para soldar, los cuales forman parte del sistema de tuberías de distribución de aire comprimido medicinal. MATERIALES Los accesorios de cobre deben cumplir con la norma ASTM B16.22. Los accesorios deben ser de cobre sin costura en concordancia con la NFPA 99 Y CGA para la conducción de gases medicinales obedece a tener en cuenta factores como: presión, corrosión, temperatura, presencia de humedad o impurezas, riesgos de incendio.
  • 27.
  • 28. MÉTODO DE EJECUCIÓN Las superficies de los accesorios deben ser preparadas antes de su soldeo, se debe evitar la presencia de partículas de polvo y grasa. Los procesos de limpieza según (NFPA 99). Las uniones soldadas se realizarán con soldadura con una composición química de AG 45%, Cu 30%, Zn 25%, libre de Cadmio y buena fluidez, utilizando pasta fundente para mejorar las condiciones de capilaridad en la unión soldada, previa limpieza de las tuberías y accesorios con solución no toxica. OE.5.6.1.3.1. VÁLVULA DE BOLA DE TRES PIEZAS DESCRIPCIÓN La partida corresponde al suministro e instalación de válvulas con asiento y sellos reforzados con PTFE y VITON capaces de soportar presiones de hasta 600 psig. Las válvulas incluyen manija para apertura/cierre de suministro de un cuarto de vuelta y cuenta con extensiones de tubería de cobre tipo “k” para facilitar la instalación. Las válvulas deberán ser probadas y tratadas para aplicación de oxígeno. Todas las válvulas satisfacen los lineamientos de la NFPA99 V2018. MATERIALES Las válvulas incluyen manija para apertura/cierre de suministro de un cuarto de vuelta y cuenta con extensiones de tubería de cobre tipo “k” para facilitar la instalación MÉTODO DE EJECUCIÓN Cada válvula se instalará acompañada de una unión universal de cobre, tipo solder. Esta partida también incluye el suministro de todos materiales de soportes, elementos de unión, etc., y todos los equipos necesarios para su montaje: andamios, escalera telescópica, cintas de aluminio, taladros, etc. El trabajo se ejecutará utilizando materiales de calidad, mano de obra calificada y las herramientas y los equipos adecuados. Finalmente, esta partida se deberá realizar de acuerdo a los planos y en concordancia con las especificaciones técnicas generales del expediente técnico. OE.5.6.1.4.1. COLGADOR PARA TUBERÍA SEGÚN PLANO DESCRIPCIÓN Es la partida que corresponde a los elementos de sujeción de tuberías horizontales, que están suspendidas sobre el falso cielo raso, consisten en una barra horizontal anclado al techo mediante elementos roscados. MATERIALES
  • 29. Consiste en un miembro horizontal de 0.20 m de fierro angular de 1 ¼” x 1/8” con perforaciones de 10mm x 15mm tipo ojo chino cada 25mm, o riel tipo Strut de 2.5 mm de espesor sostenido en los extremos por dos varillas roscadas de 3/8” de diámetro, mediante tuercas y arandelas Las especificaciones técnicas de los elementos del colgador son: Barra horizontal: ➢ Acero ASTM A36 de 1 ¼” x 1/8” o riel strut de 2.5 mm de espesor. ➢ Acabado en pintura anticorrosiva o galvanizado. Elementos roscados: ➢ Varilla roscada de M10x (3/8”) rosca métrica acabado cincado. ➢ Tuerca hexagonal M10 (3/8”) rosca métrica acabado cincado. ➢ Taco de expansión M10 (3/8”) rosca métrica acabado cincado. ➢ Arandela plana M10 (3/8”) rosca métrica acabado cincado. Cada colgador incluye 2 varillas roscadas métricas, 4 tuercas métricas y 4 arandelas M10. MÉTODO DE EJECUCIÓN Estos colgadores estarán empernados al techo - pared con dos varillas roscadas que estarán sujetas a un riel metálico y las tuberías sujetas con abrazaderas. Las varillas roscadas estarán fijadas a la losa aligerada o estructura superior mediante tacos de expansión galvanizados o elementos de sujeción que garanticen la fijación correcta y segura ya que este soportará el peso de las tuberías de gases medicinales, las que estarán fijadas al colgador mediante abrazaderas tipo U BOLT o abrazaderas tipo grapa galvanizadas. OE.5.6.1.4.2. SOPORTE DE TUBERÍA DE PARED SEGÚN PLANO DESCRIPCIÓN Corresponde al suministro e instalación de soportes de pared, para tuberías verticales de gases medicinales según los diseños presentados en los planos de detalles. MATERIALES Soporte de pared: ➢ Barras de soporte de canal strut galvanizado de 0.20 m de largo por 1.5 mm de espesor fijado con abrazaderas tipo grapa.
  • 30. ➢ Ó barras de soporte de perfil Z de 0.20 m de largo por 1.5 mm de espesor; fijación de tuberías mediante abrazaderas tipo U-Bolt. ➢ Estarán fijados con tarugos de 6 mm de PVC y tornillos de la misma medida. MÉTODO DE EJECUCIÓN El soporte de pared se fijará a las paredes de los ductos de instalaciones mediante los accesorios de fijación como son tarugos de PVC o pernos de expansión, las tuberías se fijarán con abrazaderas estandarizadas (U bolts o Grapas). OE.5.6.1.4.3. MANIFOLD REGULADOR DE SUMINISTRO DE OXIGENO ELECTRÓNICO Manifold duplex de cambio automático para oxígeno sin interrupción del servicio o cambio de presión de línea, compuesto por dos bancos para 14 cilindros (10m3 cada uno) cada bancada. Dos reguladores de presión primario y dos reguladores de presión de línea. Según norma NFPA99, ➢ Regulador Primario: Presión de ingreso 3000 psig, Presión regulada: 150 psig. ➢ Regulador Secundario: Presión de ingreso 600 psig, Presión regulada: 55 psig ➢ Deberá cumplir con la norma Americana NFPA 99-1999, CGA, UL, CE de componentes específicos. ➢ Alimentación 220V/ 60 hertz / 1 Ph – Contactos secos para la función de alarma. ➢ Indicadores de presión en forma digital (display) en unidades de PSIG, Kpa, bar. ➢ Luces indicadoras (LED) de modo de operación de bancadas ➢ Calibrada y sellada en caja metálica. ➢ Manifold para montar en pared. ➢ Presión de entrega: 30 a 6’ psig ➢ Manómetro en cada Bancada. ➢ Deberá contar con una Alarma audio/visual digital, indicadora de cambio de cilindro. Debe contener los siguientes elementos: ➢ Lectura análoga en psig. ➢ Sistema de alarma (hasta 3 amps, 30 VDC o 2 amps 250 VAC), audio-visual conectada a 1 manifold para cada cambio de bancada.
  • 31. ➢ Presión máxima de ingreso 3,000 psig. con pitones y tuercas CGA 540 para Oxigeno con válvulas de retención. ➢ Todos los cilindros llevaran mangueras flexibles para 3000 psig ➢ Reguladores para reducir la presión de cada banco a la presión intermedia de 200 psi y flujo de hasta 56m3/hr. ➢ Regulador de presión en la línea de distribución de 60+/- 5 psi con válvula de bypass. ➢ Válvula de purga para auxiliar el ajuste de los reguladores de presión. ➢ Válvula de traspaso con indicador visual de la posición y palanca de cambio ➢ Válvula de seguridad intermedia para abrir a la atmosfera a 250 psi. ➢ Válvula de seguridad en la salida de la línea de distribución para abrir a 75 psi. ➢ Salida del manifold ½¨NPT-DISS con válvula de purga. ➢ Caja de poder en 220/24 VAC. El manifold o cabecero, deberá estar conformado por dos secciones, una para cada banco de cilindros. ➢ Válvula de control de alta presión. ➢ El cabecero es de 14x14 con salidas individualmente al cilindro horizontal. ➢ Válvula Check de alta presión de tipo bola. ➢ Conexión flexible (pigtail) de cobre con conexión CGA 540 para cada uno de los 28 cilindros (14 por bancada). ➢ Mangueras flexibles de alta presión, interior de teflón revestido de malla de acero inoxidable con terminales CGA-540 y válvulas anti retorno. ➢ Soportes de pared con cadenas de sujeción, tanto para los cilindros en uso como para los cilindros de reserva. ➢ Incluye el suministro de 42 balones nuevos de oxígenos y llenos de 10 m3 llenos, con prueba hidrostática actual. ➢ Un carro de transporte ergonómico para balones de oxígeno de 10 m3, el modelo se coordinará con el postor ganará. ➢ Señalética según normativa vigente de instalaciones de oxígeno. Soportes de pared con cadenas de sujeción, tanto para los cilindros en uso como para los cilindros de reserva. B. INSTALACION DEL SISTEMA DE OXIGENO. ➢ Instalación de junta de dilatación en redes según plano. ➢ Lavado interno de las tuberías con solución no toxica. ➢ Los cilindros de oxígeno estarán dentro de una jaula de protección y con cadenas para evitar movimientos para ambas bancadas. ➢ Instalación en cada punto de 01 toma de oxígeno empotrado, válvulas check diss, placa de identificación en caja soporte. ➢ Instalación en cada punto de 01 humificadores con niple de conexión, Tapón para medicación y abertura con traba para conectar un termo calefactor, con un frasco graduado de policarbonato transparente y atoxico. ➢ Instalación en cada punto de 01 medidores de flujo en cada toma con una escala de acrílica graduada de 0 a 15 lts/min, posee una bolilla y llave micrométrica de cierre y regulación, salida DISS. ➢ Las válvulas de cortes serán de 3 cuerpos, soldables y bridados de 1000 psi. ➢ Barrido interno en tuberías con aire comprimido para eliminar impurezas y partículas de soldadura. ➢ Soportado de tuberías con rieles y abrazaderas tipo STRUT de fierro galvanizado con aislamiento de material plástico en zona de contacto de la tubería con el soporte metálico. ➢ Prueba de hermeticidad de acuerdo a normas, de la red de tuberías de cobre.
  • 32. ➢ Pintado y señalización de tuberías, válvulas de acuerdo a colores normatizados ➢ Presentar copias de hojas técnicas de fabricante de equipos propuestos de ambos sistemas. OE.5.6.1.4.5. SALIDA PARA OXIGENO MEDICINAL DE 3/8” DESCRIPCIÓN Sera de tipo pared, que recibirá la tubería que ira adosada al muro termo acústico o similar. Esta partida se refiere al suministro e instalación de las salidas de oxígeno medicinal con Válvula Diss en las líneas finales de gases medicinales respectivamente, mediante sus conectores y válvulas necesarias según la Norma Técnica Peruana. MATERIALES ➢ Diseño modular ➢ Listada UL ➢ Conexión DISS de 3/8” NPT específica para cada gas. ➢ Placa acrílica con canoplas cromadas. ➢ Identificación con código de colores. ➢ Salida para empotrar. ➢ Flujometro para oxigeno 0-50 lpm de uso medicinal ➢ Frasco humedecedor para toma de oxígeno de plástico no toxico – para uso en medicina. ➢ Instalación de 29 tomas de oxigeno empotrado, válvulas check diss, placa de identificación en caja soporte. ➢ Instalación de 29 humificadores con niple de conexión, Tapón para medicación y abertura con traba para conectar un termo calefactor, con un frasco graduado de policarbonato transparente y atoxico. ➢ Las válvulas de cortes serán de 3 cuerpos, soldables y bridados de 1000 psi. La Toma de gas (Válvula Diss), debe estar empotrado cumpliendo las normas NFPA y CGA con un caudal que exceda los requisitos de la NFPA, con una placa de color de acuerdo al tipo de gas. Debe ser fabricada de 7-3/4” de longitud tipo “K” ½” de diámetro exterior y 3/8” de diámetro nominal interior, el cual debe ser soldado con soldadura de plata al 45%. El cuerpo está construido de una sola pieza de cobre amarillo de 1-5/16” de diámetro. Para los servicios de presión positiva de gas, la toma cuenta con una válvula check primaria y una válvula check secundaria y esta graduada a un mínimo de 200 psi, las tomas de vacío no cuentan con válvula check secundaria. Los colores serán de acuerdo a la NTP. MÉTODO DE EJECUCIÓN
  • 33. Se realizará la instalación que deberá ser ubicado de acuerdo a lo indicado en el plano y a una altura 1.50 m sobre el nivel piso terminado. La toma debe estar cubierta en una caja metálica de soporte. OE.5.6.1.4.7. PASE AÉREO PARA RED DE OXIGENO Y VACÍO DESCRIPCIÓN Esta partida se refiere al suministro e instalación (Suministro y montaje de estructura de acero) así como las obras civiles realizadas según los detalles en los planos. Correspondiente a la estructura metálica: ➢ Pintura anticorrosiva. ➢ Epóxica y granallado. MÉTODO DE EJECUCIÓN Se realizará el suministro y montaje que deberá ser realizado de acuerdo a lo indicado en el plano. (incluye obras civiles – cimentaciones, así como de obras mecánicas – estructura de acero). C. DIAGRAMAS DEL SISTEMA DE OXIGENO Se presenta los diagramas/planos del sistema de Oxígeno al final de realizar el trabajo: a. Plano de Sistema de Gases Medicinales en 2D y 3D. b. Diagramas de Principio de Sistemas de Gases Medicinales. D. PLANOS DE DISTRIBUCION (ver adjunto)
  • 34. FICHA TÉCNICA APROBADA 05.02.03 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN Denominación del bien : OE.05.06.03 SISTEMA DE VACIO Denominación técnica : SISTEMA DE VACIO Unidad de medida : GLOBAL Descripción general : INSTALACIONES MECANICAS ESPECIALES. 05.06.03. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL BIEN 05.06.03. SISTEMA DE VACIO (INCLUYE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO) El suministro e instalación del Sistema de Vacío es para la dotación de los ambientes del Hospital Antonio Lorena del Cusco. N° Ambiente Puntos 1 UCI 01 5 2 UCI 02 5 3 Cuidados intermedios 5 4 Sala de parto: 2 5 Sala de dilatación y puerperio 4 6 Hospitalización Adultos + Pediatría 5 3 Se debe de aclarar el tema, que las instalaciones son las mismas en característica técnica de los materiales a ser utilizados dentro de este sistema, es mas las líneas donde van a pasar los sistemas son compartidos en los mismos puntos de trabajo y recorrido. A.1. INSTALACION DE VACIO MEDICO ➢ La Toma de gas (Válvula Diss), debe estar empotrado cumpliendo las normas NFPA y CGA con un caudal que exceda los requisitos de la NFPA, con una placa de color de acuerdo al tipo de gas. Debe ser fabricada de 7-3/4” de longitud tipo “K” ½” de diámetro exterior y 3/8” de diámetro nominal interior, el cual debe ser soldado con soldadura de plata al 45%. El cuerpo está construido de una sola pieza de cobre amarillo de 1-5/16” de diámetro. Para los servicios de presión positiva de gas, la toma cuenta con una válvula check primaria y una válvula check secundaria y esta graduada a un mínimo de 200 psi ➢ Instalación de tuberías de cobre tipo K de ¾¨, 1 ¼”, 1 ½”, 2” y 2 ½”. ➢ Instalación de junta de dilatación en redes según plano. ➢ Lavado interno de las tuberías con solución no toxica. ➢ Instalación, empleando soldadura de aleación con plata al 45%, 30% de cobre y 20% zinc, previa limpieza de las tuberías y accesorios con solución no toxica. ➢ Barrido interno en tuberías con aire comprimido para eliminar impurezas y partículas de soldadura. ➢ Soportado de tuberías con rieles y abrazaderas tipo STRUT de fierro galvanizado con aislamiento de material plástico en zona de contacto de la tubería con el soporte metálico. ➢ Prueba de hermeticidad de acuerdo a normas, de la red de tuberías de cobre.
  • 35. OE.5.6.3.4.3. CENTRAL DE VACÍO 5 HP@ 200 GLNS DESCRIPCIÓN La presente partida se refiere al suministro e instalación del sistema – gases medicinales, garantizando las condiciones de funcionamiento optimas del equipo. MATERIALES ➢ Sistema duplex de vacío. ➢ Capacidad mínima de 30 CFM @ 19 HG ➢ 02 bombas de vacío del tipo paleta de fibra sello de aceite para trabajo pesado de conexión de ½”. ➢ Motor eléctrico 5 HP 220V/3/60HZ, 1750 RPM, ➢ Vacío de operación regulable de 14” a 29” de Hg. ➢ Tanque de vacío de 200 galones fabricado según norma ASME, presión de prueba 150 PSI, incluye vacuometro de 0-30¨” de Hg. De 3.5” de diámetro de dial. Servicio de entrada y salida de 1” NPT. ➢ Control dual de arranque y parada. - Arranque automático. ➢ Filtro de 0.01 micra para aerosoles de aceite, smog. ➢ Válvulas para aislar el sistema y para salida de tanque de bronce. ➢ 02 Vacuostatos para operar cada bomba en forma manual y automática. ➢ Horómetro para cada bomba. ➢ Vacuometro de vacío en línea. OE.5.6.3.4.4. SALIDA DE VACÍO DE 3/8" TIPO PARED DESCRIPCIÓN Esta partida se refiere al suministro e instalación de las salidas de vacío medicinal con Válvula Diss en las líneas finales de gases medicinales respectivamente, mediante sus conectores y válvulas necesarias según la Norma Técnica Peruana. MATERIALES ➢ Diseño modular ➢ Listada UL ➢ Conexión DISS de 3/8” NPT específica para cada gas. ➢ Placa acrílica con canoplas cromadas. ➢ Identificación con código de colores. ➢ Salida para empotrar.
  • 36. MÉTODO DE EJECUCIÓN Se realizará la instalación que deberá ser ubicado de acuerdo a lo indicado en el plano y a una altura 1.50 m sobre el nivel piso terminado. La toma debe estar cubierta en una caja metálica de soporte. A.2 COMPRESORES DE VACIO TIPO DUPLEX PARA USO MEDICAL, QUE CONSISTE EN LO SIGUIENTE: TABLERO DE CONTROL AUTOMATICO TRIFASICO PARA DOS COMPRESORES DE VACIO (PARA ADOSAR) CON LOS SIGUIENTES COMPONENTES. El tablero deberá de ser de FºGº pesado, pintado al horno con puerta y chapa de acuerdo a las normas técnicas eléctricas, las dimensiones deberán estar de acuerdo a los componentes internos de control y con espacio adecuado para el cableado interno y su bornera a tierra. Dentro del tablero deberá estar instalado un sistema completo de control automático (alternado), manual y parada, los cuales deberán estar gobernados por un selector el que estará ubicado en la puerta del tablero y con luces indicadoras de funcionamiento (verde) de cada compresor y de parada (rojo). Incluir el diagrama unifilar del sistema de control del tablero. alarma audiovisual compuesta por sensor de baja presión, regulable de 10” hg a 29” hg con desconexión automática de 0-30 segundos, lampara y bocina indicadora de falta de presión de succión. Todos los componentes del sistema de control deberán de ser calidad garantizada, para lo cual deberán presentar el certificado ISO 2000 como mínimo. INSTALACION DEL SISTEMA DE VACIO. ➢ Instalación y anclado de los compresores de vacío en la ubicación indicadas. ➢ Instalación del tablero de control y del circuito a los compresores de vacío con Tubería flexible tipo Conduit con sus respectivas abrazaderas. ➢ Instalación de la red de vacío de los compresores de vacío al tanque de almacenamiento con tubería de cobre tipo “k” ➢ El vacío deberá tener un dispositivo de regulación de 15” a 29” hgv ➢ Instalación del tanque de almacenamiento de 200 galones con todos su accesorios y listos para ser conectados a red principal. B. DIAGRAMAS DEL SISTEMA DE VACIO Se presenta los diagramas/planos del sistema de vacío al final de realizar el trabajo: • Plano de Sistema de Vacio en 2D y 3D. • Diagramas de Principio de Sistemas de Vacio • Diagrama eléctrico de tablero. • Cada tablero eléctrico deberá tener el respectivo diagrame eléctrico. • El tablero tendrá su llave de seguridad y será entregada la obra. C. PLANOS DE DISTRIBUCION (ver adjuntos) 05.06.01. LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION