El stalking o acoso persistente implica que una persona persigue obsesivamente a una víctima de forma continua a pesar de sus negativas. Esto puede causar ansiedad y miedo en la víctima, quien a veces se ve obligada a cambiar sus hábitos y domicilio. Cualquier persona puede ser víctima del stalking, el cual puede ser motivado por sentimientos como el resentimiento, deseos sexuales o la venganza. El Código Penal español ahora reconoce al stalking como un delito.
Acoso Escolar en el internet : CyberbullyingRobert Sasuke
Charla impartida por Robert Sasuke a un colegio privado, tratando el tema del acoso escolar en el internet (cyberbullying), para la concientización de los padres. Más presentaciones como estas en: www.robertsasuke.com/descargas
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Presentación de la conferencia sobre la basílica de San Pedro en el Vaticano realizada en el Ateneo Cultural y Mercantil de Onda el jueves 2 de mayo de 2024.
2. ¿Qué es ?
Aunque aún no existe una definición establecida científicamente para este fenómeno, sí
pueden encontrarse una serie de características que los autores coinciden en mencionar.
Según éstos, este síndrome describe un patrón en el que el afectado (stalker), que puede ser
tanto hombre como mujer, persigue de forma obsesiva y persistente a una víctima, sin que
las negativas de ésta le hagan cambiar de opinión.
El stalker se sirve de todo tipo de medios para acercarse a la víctima, llamadas de teléfono,
mensajes de texto, e-mails, cartas, escribe su nombre en lugares públicos, le hace llegar
regalos, la espía en su hogar, la sigue y hostiga por la calle o en su lugar de trabajo, en
espacios públicos, etc. En los casos más graves, la víctima puede llegar a recibir amenazas,
ver hackeadas sus cuentas en internet (tanto perfiles públicos como correos electrónicos) y/o
sufrir algún tipo de delito violento.
3. Efectos del stalking
Los efectos del stalking en la persona acosada
No es de extrañar por ello, que la persona que sufre este acoso continuo presente cuadros de
ansiedad, inseguridad y miedo, además, de un continuo temor por su integridad física y
sentimientos de persecución y desestabilización.
Por estos motivos, en muchas ocasiones se ven obligadas a modificar sus hábitos cotidianos,
su número de teléfono y, a veces, hasta su trabajo y su domicili
4. Víctima
¿Quién puede convertirse en víctima del síndrome de acoso persistente? La respuesta a esta
pregunta no deja de ser inquietante, ya que cualquier persona puede verse afectada y ser
víctima de este tipo de acoso. Sería lógico pensar que este tipo de conductas sólo se dan en
personas que previamente han mantenido algún tipo de relación sentimental, pero la realidad
es que también pueden ocurrir con amigos, vecinos, compañeros de trabajo o, incluso, con un
desconocido. Por lo que, al parecer, no es necesario que haya existido previamente un grado
de intimidad de la víctima con el stalker.
Desde la psicología se intenta dar una explicación a las causas que motivan la conducta de
los stalkers. Algunos autores afirman que tras sus conductas existen sentimientos de enfado,
hostilidad, obsesión, sentimientos de culpa o celos y malicia. Estos sentimientos son los que
han propiciado que se realice una clasificación atendiendo a cuál es el sentimiento que
predomina en cada acosador.
5. Tipos de stalkers
● Stalker resentido: Su principal motivación es asustar y contrariar a la víctima por la
que siente rencor y resentimiento.
● Stalker depredador: Este tipo de acosador acecha a la víctima por motivos sexuales
hasta que encuentra el momento de atacarla.
● Stalker rechazado: En este caso, acecha a la víctima con intenciones vengativas o
para retomar una relación que la víctima ha roto.
● Stalker pretendiente ineficaz: Suele ser una persona con pocas habilidades
comunicativas y con escasas relaciones sociales, por lo que puede llegar a
obsesionarse con alguien con quien se identifica.
● Stalker deseoso de intimidad: La principal motivación de este acosador es un deseo
irresistible por una relación amorosa con la víctima, a la que considera su alma
gemela.
6. El acoso extremo en el Código Penal Español
A pesar de las graves repercusiones que puede tener para la víctima este tipo de
conductas, hasta hace relativamente poco tiempo, en España no existía una ley que
regulara este tipo de acoso.
No es hasta la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2015 del 30 de marzo que modifica
la anterior Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, que se comienza a valorar el Stalking
como un delito que atenta contra la libertad de obrar de la persona y que puede conllevar
pena de prisión de entre tres meses y dos años o multas que van de seis a veinticuatro
meses, “aumentando la pena si la víctima es especialmente vulnerable por su edad,
enfermedad o situación