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SISTEMA DE UNIVERSIDAD
ABIERTA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Escuela Profesional de Administración
Ciclo VI
DOCENTE : Lic. María Irene Dioses Navarrete
E-MAIL : midiosesn@hotmail.com
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ÍNDICE GENERAL
Presentación
UNIDAD I
EL ESTADO PERUANO
CAPÍTULO I
I. EL PRESUPUESTO
1.1 Definición del Estado Peruano
1.2 Elementos
1.3 Función Pública
1.4. Gestión Pública
1.5. Servicios Públicos
II. El Proceso Administrativo en la Administración Pública
2.1. Generalidades
2.2. La Planificación Estratégica en la Administración Pública
2.3. El Plan Operativo en la Administración Pública
2.4. El Sistema de Presupuesto
2.5. El Sistema de Abastecimiento
2.6. El Sistema de Personal
CAPÍTULO III
III. Procedimientos Administrativos
3.1. La Autoridad Nacional del Servicio Civil
3.2. El Control en la Administración Pública
3.3. El Procedimiento Administrativo
3.4. Ley del Silencio Administrativo
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El propósito fundamental del curso es proporcionar un mecanismo que facilite
tanto la labor docente como la de los alumnos en el proceso enseñanza
aprendizaje del Curso de Administración Pública,
A través del presente curso los estudiantes conocerán el proceso administrativo en
las diferentes entidades que conforman el Poder Ejecutivo tales como: los
ministerios, los gobiernos regionales y locales, asimismo en los Organismos
Públicos Descentralizados, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los Organismos
que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía, así como
también las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios
públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o
autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia.
PRESENTACIÓN
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PRIMERA PARTE
(UNIDAD I):
EL ESTADO PERUANO
El Estado Peruano – Función Pública y el Acto Administrativo en el Perú
1.1. Definición:
Se denomina estado al cuerpo político de una nación es decir, a lo que
también se afirma que ―es la nación jurídicamente organizada‖. El estado
aparece como la institución más elevada del orden social de la trilogía
evolutiva de: Familia-Sociedad-Estado. A esto se llega cuando las personas,
en sus interrelaciones dentro de la sociedad creen necesario organizarse en
base a un cuerpo jurídico de leyes, determinan a los gobernantes y trabajan
por el progreso y desarrollo del territorio que ocupan. Así, se concluye que el
estado peruano es la nación que política y jurídicamente ocupa y se ha
organizado sobre el territorio nacional y sobre el cual ejerce soberanía.
Según el politólogo David Held, los estados modernos se desarrollaron como
estados-nación: ―aparatos políticos distintos de los gobernantes como de los
gobernados, con suprema jurisdicción sobre un área territorial delimitada,
basados en el monopolio del poder coercitivo, y dotados de legitimidad como
resultado de un nivel mínimo de apoyo o lealtad de sus ciudadanos‖.
Desde esta perspectiva, el estado moderno posee los siguientes elementos:
1. Territorio: Es el espacio geográfico o superficie terrestre en la cual el
Estado ejerce su poder y autoridad. Este espacio se encuentra delimitado
por las fronteras que separan la zona de jurisdicción entre estados
soberanos. El espacio sobre el cual un estado ejerce su autoridad
comprende el suelo, el subsuelo, el espacio aéreo y el mar territorial.
2. Población: Es el conjunto de personas que habitan el territorio del Estado y
que aceptan su autoridad. Estas personas pueden ser nacionales o
extranjeras. Al respecto, la actual constitución, en su art. 52, establece:
―Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la Republica.
También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos,
inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad.
3. Gobierno: Es la forma como se organiza jurídicamente el Estado para
ordenar, mandar y ejecutar procurando el bienestar de la población. El
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gobierno se ejerce a través de los poderes del estado y las autoridades
libremente elegidas. Existe, pues, una delegación de facultades de la
población hacia los que van a gobernar.
La organización jurídica es el conjunto de leyes que organizan la vida de la
colectividad, desde la constitución o Ley fundamental hasta las leyes o
reglamentos de menor jerarquía.
4. Soberanía: Es la capacidad de ejercer poder dentro de un determinado
territorio, sin aceptar subordinación a otros.
1.2. Estructura del estado peruano
La estructura del estado peruano es el orden en que están distribuidas sus
diversas partes o funciones, denominadas Poderes del Estado. Nuestra
constitución reconoce tres poderes: el Poder Legislativo, que aprueba leyes o
normas que regirán el desenvolvimiento de la nación. El Poder Ejecutivo, que
ejecuta las leyes aprobadas por el legislativo y las resoluciones del poder
judicial y proporciona los servicios que la sociedad requiere. Y el Poder
Judicial, que administra justicia, resolviendo los conflictos de derecho y
determinando las violaciones de orden social.
Aunque la constitución no lo denomine poder, el jurado nacional de
elecciones (JNE), forma parte de esta estructura ya que es el encargado de
los procesos electorales para renovar los Poderes Legislativo y Ejecutivo.
1.2.1. El poder legislativo
El Poder Legislativo está compuesto por el Congreso de la Republica.
Entre las principales atribuciones del Congreso están: aprobar leyes; velar
por el respeto de la Constitución y de las leyes; aprobar los tratados y
convenios internacionales; aprobar el presupuesto y la cuenta general que
reflejan la administración de los recursos del estado; autorizar empréstitos;
y aprobar la demarcación territorial que proponga el Ejecutivo.
El Congreso puede interpelar, censurar o quitar la confianza al consejo de
ministros o a cualquiera de los ministros. A su vez, ratifica los
nombramientos de los Embajadores y Ministros Plenipotenciarios así
como los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema.
1.2.2. El Poder Ejecutivo
El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la
nación. Es elegido por sufragio directo y por más de la mitad de votos
validos emitidos. Junto con él se elige a un primer ministro y un segundo
vicepresidentes.
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Entre las obligaciones del Presidente de la Republica, están: Cumplir la
Constitución, tratados y leyes; dirigir la política general del gobierno; velar
por el orden interno y la seguridad externa; convocar a elecciones y
legislatura extraordinaria del Congreso; dictar decretos legislativos con
fuerza de ley, por delegación del Congreso; reglamentar las leyes y
resoluciones legislativas.
Los Ministros tienen a su cargo la dirección y gestión de los servicios
públicos de su Ministerio. Los Ministros reunidos forman el ―consejo de
ministros‖, al que corresponde aprobar los proyectos de ley que el
presidente someta al Congreso y los decretos legislativos que dicta el
Presidente, y deliberar sobre asuntos de interés público.
El Consejo de Ministros tiene un presidente. El Consejo es dirigido por el
Presidente de la Republica cuando lo convoca o asiste a sus sesiones. El
Presidente del Consejo es nombrado y removido por el Presidente de la
Republica, quien nombra y remueve a los ministros, a propuesta y con
acuerdo del Presidente del Consejo.
1.2.2.1. Ministerios que Integran el Poder Ejecutivo(1)
Lo integran los siguientes Ministerios:
1. Ministerio Relaciones exteriores: encargado de la política exterior,
realiza la función diplomática y gesta los asuntos internacionales.
Negocia y suscribe tratados internacionales. Participa en asuntos de
integración y en las políticas y asuntos económicos y financieros.
2. Ministerio de Defensa: (2)
encargado de formular, ejecutar y
supervisar la Política de Defensa Nacional en el campo militar; así
como de diseñar, planificar y coordinar la Política de Defensa
Nacional en los campos del desarrollo. Asimismo, formular y difundir
la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional, y asesorar, planificar y
coordinar las acciones que en esta materia realicen los órganos que
integran el Consejo de Defensa Nacional.
http://www.mindef.gob.pe/menu/libroblanco/pdf/Capitulo_V.pdf
Libro blanco de La Defensa Nacional
3. Ministerio de Economía y Finanzas: encargado de los asuntos,
relativos a la tributación, política aduanera, financiación,
endeudamiento, presupuesto, tesorería y contabilidad y de armonizar
la actividad económica nacional.
4. Ministerio del Interior: encargado de las actividades de gobierno
interior, seguridad interna, orden público y movimiento migratorio.
Tiene a su cargo el funcionamiento de las fuerzas policiales.
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5. Ministerio de Justicia: encargado de promover la administración de
justicia, de la política de readaptación social en los establecimientos
plenipotenciarios y de la política de bienestar familiar. Coordina con
la Iglesia Católica y con sus otras confesiones. Se vincula con el
Poder Judicial, el consejo Nacional de la Magistratura y el Ministerio
Publico.
6. Ministerio de Educación: encargado de las políticas de educación,
cultura, recreación y deportes y sus servicios correspondientes, con
participación de la comunidad.
7. Ministerio de Salud: encargado de la política nacional de salud y de
asistencia social.
8. Ministerio de Agricultura: encargado de las políticas agrarias,
incremento de las áreas agropecuarias, faunas y forestales,
conservación y utilización de aguas, suelos forestales y fauna
silvestre y, de producción y comercialización de productos agrícolas,
pecuarios, forestales y de fauna silvestre y de desarrollo agro
industrial.
9. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: encargado de las
políticas de relaciones laborales y cooperativas, de higiene y
seguridad ocupacional. Promueve el empleo, impulsa la concertación
social y fomenta el bienestar laboral. Participa en la seguridad social
y norma las migraciones laborales.
10. Ministerio de la Producción: encargado de formular, aprobar,
ejecutar y supervisar todos los niveles de producción, industria,
manufacturera y pesquera.
11. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: encargado de los
temas de comercio exterior del Estado Peruano y la promoción del
turismo en el Perú.
12. Ministerio de Energía y Minas: encargado de las actividades
energéticas y mineras, cuidando la preservación del medio ambiente.
13. Ministerio de Transportes y Comunicaciones: encargado de las
actividades de construcción, conservación y mejoramiento de las vías
de transporte y sus instalaciones y de la regulación de su empleo, de
las actividades de comunicación postal y telecomunicaciones, y de
todo lo relacionado con el transporte aéreo, marítimo, terrestre, fluvial
o lacustre
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14. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento: encargado
de las actividades vinculadas con el desarrollo urbano, el medio
ambiente y la edificación, comprendiendo la construcción de
viviendas, obras de infraestructura sanitaria y servicios
complementarios.
15. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social: es el órgano del Estado
dedicado a la mujer y al desarrollo en la sociedad de los peruanos.
16. Ministerio del Ambiente: es un ente ministerial creado el 13 de
mayo de 2008 creado por el decreto legislativo N 1013. Su función es
la de ser rector del sector ambiental, con la función de diseñar,
establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial
ambiental
17. Ministerio de Cultura: Su función es la de ser rector del sector
cultural, con la función de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la
política nacional y del sectorial cultural mediante dos vice-ministerios:
Interculturalidad y Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.
18. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (3)
organismo
encargado del desarrollo social, superación de la pobreza, promoción
de la inclusión y equidad social; además de la protección social de
poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono.
Wikipedia
http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_de_Desarrollo_e_Inclusi%C3%B3n_S
ocial_del_Per%C3%BA
El Presidente del Consejo de Ministros, también denominado Primer
Ministro, tiene a su cargo uno de los Ministerios y una oficina de la que
dependen el Instituto Nacional de Fomento Municipal y el Consejo
Nacional de Población.
1.2.3. El Poder Judicial
Es el organismo que administra justicia por intermedio de la Corte
Suprema de Justicia, las Cortes Superiores, los juzgados civiles, penales y
especiales, los juzgados de paz letrados y los juzgados de paz.
La Corte Suprema de Justicia tiene sede en Lima y jurisdicción en todo el
territorio nacional. Formula, sustenta y participa en la discusión del
proyecto de presupuesto del Poder Judicial. Puede participar en la
discusión de los proyectos de ley, que presente ante el Congreso. La
Corte Suprema investiga la conducta funcional de los jueces en forma
permanente y obligatoria y aplica las sanciones necesarias.
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La Corte Suprema podrá fallar en última instancia, resolviendo los casos
vistos por las Cortes Superiores o simplemente disponiendo su nulidad
para que vuelvan a ser juzgados en el nivel que corresponda, según
disponga la ley.
Las Cortes Supremas tienen du sede en las capitales del distrito Judicial
1.3. Tipos de Estados Modernos
1.3.1. Estado Constitucional: Surgió en Inglaterra a mediados del siglo
XVII. Nació del intento de poner límites a las decisiones políticas de
los monarcas absolutos. Sus propulsores consideraban que el
alcance del Estado debía restringirse con el objetivo de asegurar a
cada ciudadano al máximo grado de libertad posible, y esto se
lograba con el establecimiento de una constitución.
1.3.2. Estado Liberal: Fue surgiendo a lo largo del siglo XIX como parte
del intento de crear una esfera privada independiente del Estado.
Sus pilares más importantes son: el constitucionalismo, la propiedad
privada y la economía de mercado competitiva, junto con un modelo
de familia específicamente patriarcal. En el mundo occidental, los
Estados fueron primero liberales y tardíamente democrático-liberales
1.3.3. Democracia Liberal o Representativa: Su rasgo más importante es
que las decisiones que afectan a la comunidad no las toman todos
sus miembros sino un subgrupo de representantes elegidos. Se
constituye en la forma dominante del Estado moderno en el siglo XX.
1.3.4. Partido Único o Uní partidista: su principio subyacente es que solo
un único partido puede ser la legítima expresión de la voluntad
general de la comunidad. Es el caso de los sistemas comunistas.
1.4. Características del Estado Peruano actual
Estas características están determinadas por la Constitución Política de 1993
vigente hasta hoy, que en su art. 43 dice que el Estado Peruano es:
1.4.1. Republica Democrática, ya que en ella se ejerce un gobierno
representativo, elegido por el pueblo mediante sufragio universal.
1.4.2. Social, porque es una democracia que debe beneficiar a toda y no
solo algunos individuos.
1.4.3. Independiente, porque no tiene relaciones de subordinación ante
ningún otro Estado.
1.4.4. Soberana, porque el Estado peruano no tienen restricciones para
ejerce su poder dentro de los límites de su territorio; Constituyente un
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Gobierno Unitario, es decir, posee un solo gobierno central y una
sola Constitución que tiene vigencia para todos los peruanos. Los
departamentos o provincias no tienen, por lo tanto, autonomía
política.
Plantea una Administración Descentralizada, ya que paralelamente al
gobierno central existen gobiernos regionales y locales responsables
de sus respectivas jurisdicciones.
1.5. Deberes del Estado Peruano
Los Deberes del Estado Peruano están determinados por la Constitución
Política de 1993 vigente hasta hoy, que en su art. 44 dice Deberes del
Estado:
Son deberes primordiales: Defender la soberanía nacional; garantizar la
plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las
amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se
fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la nación.
Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y
promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el
desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la
política exterior.
1.6. De los Derechos
La Identidad Étnica y Cultural es un Derecho Fundamental reconocido
formalmente por la Constitución vigente (art. 2.19). Se trata de una novedad,
pues al respecto no existe antecedente constitucional sobre él, afirma Gorki
Gonzales Mantilla, quien acota que la tradición constitucional se ha
mantenido de espaldas al reconocimiento de esta realidad. La Nación
peruana se define materialmente como una pluralidad étnica y cultural; sin
embargo, casi siempre se obvió esta realidad sociocultural, pese a que el
discurso oficial o el de los operadores estatales reclaman la integración del
indio a la vida nacional, sin preguntarse si la llamada vida nacional
corresponde a las categorías socioculturales del indio o de sus comunidades.
La historia de los peruanos demuestra una constante discriminación de las
comunidades quechuas, aymaras y selvícolas. Por ello el Estado y la Nación
deben asumir una actitud diferente frente a la realidad pluriétnica del país,
permitiendo una auténtica integración nacional.
Cabe relevar algunos derechos políticos previstos en la nueva Constitución
que facultan una participación más directa de los ciudadanos en algunos
asuntos de la administración del Estado. El art. 31° otorga el derecho a los
ciudadanos de participar en los asuntos públicos mediante referéndum,
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iniciativa legislativa, remoción o revocación de autoridades y demanda de
rendición de cuentas.
Debemos mencionar también a instituciones como la Defensoría del Pueblo
(arts. 161° y 162°), cuya función es la defensa de los derechos
fundamentales de las personas o de la Nación y supervisar el cumplimiento
de los deberes de la administración estatal.
Es importante destacar las nuevas Acciones de Garantía previstas en la
Constitución de 1993, como la Acción de Hábeas Data y la de Cumplimiento
(arts. 200.3 y 200.6) y la Acción de Competencia (art. 202.3), que sin duda
permiten un mejor control del orden constitucional.
1.7. Ejercicio del Poder
La Constitución Nacional en su art. 45° determina que el poder emana del
pueblo. Se trata de uno de los principios fundamentales del liberalismo
clásico, y cuyo significado es que el pueblo mediante su voluntad social
funda el Estado y le otorga potestades y facultades para administrar y
gobernar, en el marco de un sistema jurídico y por medio de órganos
estatales denominados instituciones Políticas del Estado. Este acto
fundacional supone, también, la elección de las personas depositarias del
poder, o representantes de la voluntad social, todo lo cual configura el
principio más importante del Estado moderno, el de ser democrático, por
cuanto nuestro Estado Republicano se basa en la soberanía popular -como
se ha expresado- y es representativo.
Conformado el Estado, el poder es manejado por los operadores políticos
dentro de los límites del orden constitucional y legal. En este entorno, el
poder se entiende como la facultad de operar otorgada a los representantes
del pueblo, con el propósito de alcanzar los fines propuestos dentro del
modelo social. Esta facultad de operar, se le asigna a los representantes de
la voluntad popular mediante los repartos consignados en la Constitución o la
Ley; por lo tanto, este poder no es ilimitado, y mucho menos aún permite el
libre albedrío en el manejo constitucional por más alto nivel de función
asignable.
En este sentido debe entenderse la fórmula de art. 45° de nuestra
Constitución; en otras palabras, se trata de reconocer en el pueblo la fuente
originaria del poder, poder que también debe ser reconocido como la fuerza
social encaminada a dar forma político-jurídica y estructura económica a ese
grupo social, para lo cual se desarrolla el proceso que supone: 1. la
instalación o nombramiento de los depositarios del Poder; 2. el reparto de las
funciones entre los redistribuidores del poder, o diseño del orden político; y 3.
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la Regulación y limitación apropiada del ejercicio del poder o formulación del
orden jurídico (principio en el cual reposa el Estado de Derecho).
En gran medida, el cumplimiento de estos principios y supuestos depende de
la estructura socioeconómica, que determina en última instancia la
organización política. Sin embargo, nuestra Constitución -en el capítulo I del
Título III dedicado al Régimen Económico- prescribe que la iniciativa privada
es libre y que se ejerce en una economía social de mercado, aunque prohíbe
la participación empresarial del Estado. Este diseño económico dificulta las
funciones sociales que deben asumir los órganos estatúales.
Bajo este régimen, el Estado estimula la creación de la riqueza, y garantiza la
libertad de empresa, comercio e industria; su participación en la producción
es subsidiaria, ya que la Constitución ordena que toda actividad empresarial
del Estado, sea ésta directa o indirecta, debe ser autorizada expresamente
por la ley y sólo por el alto interés público o de manifiesta conveniencia
nacional. Este modelo revela grandes contradicciones no sólo en el orden
formal (la economía social de mercado prescrita en el art. 58° de la
Constitución vigente), sino también en el orden material, pues estos
principios violentan los derechos e intereses de las grandes mayorías de la
Nación, además de dejar de lado al elemento fundamental e integrador del
sistema, esto es, la participación activa de los ciudadanos a través de sus
organizaciones sociales, políticas y laborales, etc., en la estructura política y
económica donde se toma las decisiones que afectan a las grandes
mayorías o al orden jurídico-político.
Este modelo implica también un conjunto de Derechos Fundamentales que
se encuentran formalizados en nuestra Carta Política, en el Capítulo I del
Título I, cuya trascendencia se define a partir del art. 1°, que considera la
defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin
supremo de la Sociedad y del Estado; sin embargo, nuestra Carta, como se
ha visto, no garantiza a la mayoría de la Nación la posibilidad de un real
ejercicio de los Derechos Fundamentales.
1.8. El Modelo Social Peruano
El modelo social de un Estado, es el objetivo o meta que se pretende
alcanzar para conseguir la plena realización de la Nación; es la estructura
societal donde no sólo se garantiza en forma efectiva la vida humana, sino
que además rige totalmente la justicia social. En otras palabras, es el "deber
ser" del Estado.
El elemento más importante en el diseño del Modelo Social es el Modelo
Económico que asume el Estado. En nuestro caso, la Constitución Nacional
vigente, como bien precisa Marcial Rubio, define un régimen económico
ortodoxamente liberal y de mercado, dentro del cual el derecho de la
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propiedad privada ha sido elevado a rango constitucional y en el cual el
Estado debe garantizarlo, Ha desaparecido el rol social que debe jugar la
propiedad, la expropiación se limita a las causales de seguridad nacional o
necesidad pública (art. 70°). La privatización es el signo de nuestra
economía, el Estado no puede realizar actividad empresarial, o en todo caso
requiere autorización expresa mediante ley para tal fin (art. 60°).
El régimen económico nacional, se sustenta en la iniciativa privada y en la
libertad de empresa, especialmente en la libertad de contratación (art. 62°);
ahora las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al
tiempo del contrato. Los términos del contrato no pueden ser modificados por
leyes u otras disposiciones de cualquier clase. Los conflictos derivados de la
relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial,
según los mecanismos de protección previstos en los contratos o
contemplados en la ley.
1.9. Funciones Básicas del Estado (5)
Constitución
Según la Constitución Política del Perú de 1993, el Estado y el Gobierno de
la Nación, se organiza según el principio de la separación de poderes,
tomando como base la teoría de Montesquieu sobre la ―División de
Poderes‖, teoría actualmente superada por las nuevas concepciones
políticas y jurídicas acerca del poder político, que consideran a éste como
una unidad, como uno solo – el Poder del Estado. En este sentido, la
Constitución debió hablar no de la separación de poderes, sino más bien de
los ―Órganos de Poder del Estado‖ y/o del principio de división y funciones,
para referirnos a aquellos que cumplen a nivel nacional con la función
legislativa, ejecutiva y judicial, como pilares básicos de la organización y
estructura del poder político del Estado, además de los órganos
―constitucionales‖ y descentralizados, cuyas funciones especiales integran
la función jurisdiccional, controlan la renovación de los representantes a los
órganos del Estado o en su caso, controlan la constitucionalidad, la
legalidad y el respeto de los derechos fundamentales, cuyos entes con
autonomía e independencia completan la estructura política del Estado y de
alguna forma garantizan un verdadero Estado Constitucional de Derecho.
1.10. La Función Pública según la Constitución Política del Perú
Articulo 39º.-
Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la
Nación. El Presidente de la Republica tiene la mas alta jerarquía en el
servicio a la Nación y, en ese orden, los representantes al Congreso,
ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de
la Magistratura, los magistrados supremos, el Fiscal de la Nación y el
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Defensor del Pueblo, en igual categoría; y los representantes de
organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley.
Articulo 40º.-
La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes
y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en
dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de
confianza.
Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo
o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función
docente. No están comprendidos en la función pública los trabajadores de
las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta. Es obligatoria
la publicación periódica en el diario oficial de los ingresos que, por todo
concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que
señala la ley, en razón de sus cargos.
Articulo 41º.-
Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o
manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por este deben
hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus
cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos. La respectiva
publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que
señala la ley. Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la
Nación, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder
Judicial. La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores
públicos, así como el plazo de su inhabilitación para la función pública. El
plazo de prescripción se duplica en caso de delitos cometidos contra el
patrimonio del Estado.
Articulo 42º.-
Se reconocen los derechos de sindicación y huelga de los servidores
públicos. No están comprendidos los funcionarios del Estado con poder de
decisión y los que desempeñan cargos de confianza o de dirección, así
como los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
1.11.. Función Pública, Funcionarios y Servidores Públicos
Si bien la Función Pública, es la actividad que realiza el Estado a través de
sus diferentes órganos, cabe enfatizar que esta función estadual implica
actos soberanos de poder relacionados a función política, función legislativa,
función jurisdiccional, función administrativa y funciones especiales,
tendientes todas a la realización de sus propios fines.
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Los funcionarios y servidores públicos, que refieren los artículos antes
mencionados, son los agentes al servicio del Estado, unos cuyo título emana
de elección popular, son los funcionarios gobernantes, que puede ser de
primer grado, cuando la elección es directa, Presidente de la República,
Congresistas, Presidentes de Gobiernos Regionales, Alcaldes y Concejales;
de segundo grado, como es el caso de los Vocales Supremos o Ministros de
Estado y titulares de los Órganos Constitucionales que son designados y de
tercer grado, cuando el ingreso es por concurso público y/o por contrato,
infiriéndose del texto de dichos dispositivos, no solamente discriminaciones
entre los funcionarios y trabajadores públicos que prestan servicios en los
diferentes órganos del Estado, sino confusiones normativas, como
consecuencia de los errores conceptuales acotados y del propio texto
constitucional.
El ingreso a la Carrera Administrativa que refiere el Art. 40°, está instituido
por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del
Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que alcanza a un sector de
servidores básicamente del Poder Ejecutivo, cuyo comentario obviamos por
ahora.
1.12.La Ética en el Perú
El 3 de agosto de 2002 se promulgó la Ley No. 27815, Ley de Código de
Ética de la Función Pública, que se aplica en toda la Administración Pública,
sin ningún distingo en cuanto el régimen en el que ingresa a laborar el
funcionario o servidor público, incluso se aplicará a aquellos que prestan
servicios ad-honorem. La ley precisa que el fin de la función pública es el
bien común y que los funcionarios deben lealtad a la Constitución y a las
leyes, y a los principios éticos por encima de los intereses personales;
incluye además un artículo acerca de las sanciones, haciendo una remisión a
las normas referidas a la carrera pública.
El objetivo principal de este Código de Ética es imprimir a la acción de los
agentes del Estado el sentido de respeto por la cosa pública, de compromiso
con la sociedad y comportamientos básicos de eficiencia y eficacia,
valorizando y dignificando el ejercicio de la función pública. No obstante, si
bien los códigos de ética prescriben deberes y funciones expresas de los
servidores públicos con el fin de hacer más eficiente, transparente y
democrático su desempeño, su efectividad no depende, en opinión de
especialistas, solamente de consideraciones jurídicas y de mecanismos de
seguimiento y auditoria para asegurar su cumplimiento. Se reconoce que
este código deberá ser acompañado, además, por condicionantes
sociocultural que contribuyan a desarrollar nuevas formas de vinculación y de
corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad, que redunden en mayores
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niveles de confianza y gobernabilidad democrática, logrando un Estado al
servicio del ciudadano que es el gran objetivo que nos hemos planteado.
Se señaló que mediante Ley No. 27588, de fecha 13 de diciembre de 2001,
que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y
servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al
Estado bajo cualquier modalidad contractual, se establece que los directores,
titulares, altos funcionarios, miembros de Consejos Consultivos, Tribunales
Administrativos, Comisiones y otros órganos colegiados que cumplen una
función pública o encargo del Estado, los directores de empresas del Estado
o representantes de éste en directorios, así como los asesores, funcionarios
o servidores con encargos específicos que, por el carácter o naturaleza de su
función o de los servicios que brindan, han accedido a información
privilegiada o relevante, o cuya opinión haya sido determinante en la toma de
decisiones, están obligados a guardar secreto o reserva respecto a los
asuntos o información que por ley expresa tengan dicho carácter. Tampoco
podrán divulgar ni utilizar información que, sin tener reserva legal expresa,
pudiera resultar privilegiada por su contenido relevante, empleándola en su
beneficio o de terceros y en su perjuicio o desmedro del Estado o de
terceros.
Mediante Ley No. 27482 que Regula la Publicación de la Declaración Jurada
de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos
del Estado, se establece la obligatoriedad de la publicación periódica en el
diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos
funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus
cargos.
Por último, se destacó que mediante Ley No. 27658, Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado peruano en
proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias,
entidades organizaciones y procedimientos.
1.13.Definición de Carrera Administrativa
Es un sistema técnico de administración de personal, sustentado en el mérito
como causa para ingresar, permanecer y ascender en los cargos públicos,
en orden a garantizar el derecho de todo ciudadano a acceder al desempeño
de empleos públicos y lograr la eficiencia y pulcritud de la gestión pública. El
proceso de selección de personal para la incorporación a la carrera
administrativa o la promoción dentro de ella compete a cada organismo o
entidad
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1.13.1. Antecedentes
a) Decreto Ley 11377, la carrera administrativa era secuencia de
ascensos desde niveles más bajos hacia más altos de las categorías
de personal. Clasificaba 3 categorías: Oficiales, Auxiliares y
Ayudantes, con 9 niveles remunerativos.
Este Decreto Ley consideraba dos tipos de trabajadores:
 En Escalafón o carrera administrativa, con prerrogativas
especiales en materia de ascensos, igualdad de remuneraciones y
estabilidad.
 Fuera carrera administrativa: contratados cargos o funciones
temporales, los ―adscritos‖ desempeñan cargos confianza como
asesores o altos funcionarios, ―personal de servicios‖ como
porteros, portapliegos y otros, pero podían ingresar si reunían
calificaciones necesarias
b) Constitución Política de 1979 Cap.VI Tít I: art. 58º - 63º:
Los trabajadores ingresaban al servicio a la Nación, con no más de
un cargo público remunerado salvo docente, ingreso regulado por
ley, sistema único con remuneraciones y pensiones homologada, el
Presidente de la República es el de más alta jerarquía.
La Constitución de 1979, por primera vez reconoce el derecho de
sindicalización y huelga de los servidores públicos, lo que estaba
prohibido en anteriores cartas políticas. Según el artículo 17º de las
disposiciones transitorias de la carta de 79, se ratifica el Convenio
151 de la OIT sobre protección del derecho de sindicalización y
procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la
Administración Pública.
c) Constitución Política de 1993, Artículo 40.- Carrera
Administrativa
La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos,
deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están
comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan
cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público
puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado,
con excepción de uno más por función docente.
No están comprendidos en la función pública los trabajadores de las
empresas del Estado o de sociedades de economía mixta.
18
Es obligatoria la publicación periódica en el diario oficial de los
ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y
otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos.
d) Decreto Legislativo 276 Reglamento: D.S. 018-85-PCM (inicial) y
DS Nº005-90-PCM.
Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del
Sector Público.
Dictada en uso de facultades delegadas a Poder Ejecutivo mediante
artículo 56 de la Ley Nº 23724 y de conformidad con artículos 59º y
60º Constitución 1979.
En términos generales las disposiciones contenidas en el DL 276 son
bastante similares a las establecidas por el DL 11377 en lo que
respecta al ingreso por el nivel más bajo del grupo ocupacional, los
principios de estabilidad, orden de méritos e igualdad de
oportunidades. Una diferencia importante es el tratamiento de los
trabajadores contratados que se encontraban fuera de la carrera. El
DL 276 permite el contratado de labores permanentes hasta por 3
años, pudiendo ingresar a la carrera si se declara plaza vacante, en
cuyo caso, se le reconoce todo el tiempo de servicios.
1.13.2. Concepto de Carrera Administrativa, según el D.L. 276
Conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los
derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos
que, con carácter estable prestan servicios de naturaleza
permanente en la Administración Pública.
Objeto:
Permitir la incorporación de personal idóneo, garantizar su
permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realización
personal en el desempeño del servicio público.
Expresión
Se expresa en una estructura que permite la ubicación de los
servidores públicos según calificaciones y méritos.
19
1.13.3. Ámbito de la Carrera Administrativa Dl 276
Comprende a los servidores públicos que con carácter estable
prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración
Pública; con excepción de los trabajadores de las Empresas del
Estado cualquiera sea su forma jurídica, así como de los miembros
de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, a quienes en
ningún caso les será de aplicación las normas del Decreto Legislativo
276 y su reglamentación.
1.13.4. DL 276 NO COMPRENDE A:
 Servidores públicos contratados
 Funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza,
pero sí en las disposiciones de la presente Ley en lo que les sea
aplicable.
 Miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, ni
trabajadores de empresas Estado o de sociedades de economía
mixta, cualquiera sea su forma jurídica.
1.13.5. Principios de la Carrera Administrativa Dl276
a) Igualdad de oportunidades
b) Estabilidad
c) Garantía del nivel adquirido
d) Retribución justa y equitativa, regulada por un sistema único
homologado
1.13.6. Principios del Sistema Único de Remuneraciones D L 276
a) Universidad
b) Base técnica
c) Relación directa con la Carrera Administrativa
d) Adecuada compensación económica
1.13.7. Ingreso a la Carrera Administrativa D L 276
a) Ingreso a Administración Pública en la condición de servidor de
carrera obligatoriamente mediante concurso.
b) Incorporación a Carrera Administrativa por nivel inicial grupo
ocupacional al cual postuló. Es nulo todo acto administrativo que
la contravenga.
c) Las entidades públicas planifican necesidades de personal en
función al servicio y posibilidades presupuestales.
d) Anualmente, cada entidad puede realizar hasta 2 concursos para
ascenso, siempre que existan plazas vacantes.
20
1.13.8. Ingreso A Carrera Administrativa Dl 276
Requisitos:
a) Ser ciudadano peruano en ejercicio
b) Acreditar buena conducta y salud comprobada
c) Reunir los atributos propios del respectivo grupo ocupacional
d) Presentarse y ser aprobado en el concurso de admisión
e) Los demás que señale la Ley.
1.13.9. Concurso de ingreso a la Administración Pública 2 fases:
a) Fase de convocatoria: Requerimiento personal formulado ante
los órganos correspondientes, con conformidad presupuestal,
publicación aviso convocatoria, divulgación de bases concurso,
verificación documentaria, inscripción del postulante.
b) Fase de selección: Calificación curricular, prueba de aptitud y/o
conocimiento, entrevista personal, publicación cuadro de méritos y
nombramiento o contratación correspondiente.
1.13.10. Nombramiento D L 276
a) Los ganadores del Concurso son incorporados a la carrera
mediante resolución de nombramiento e inscritos en el Escalafón
respectivo.
b) Al servidor que se incorpora a la Carrera se le proporciona,
previamente al desempeño de sus funciones, la orientación e
información pertinente.
c) Mediante la asignación el servidor es destinado a un cargo
compatible con su nivel de Carrera.
d) La estabilidad laboral se adquiere a partir del nombramiento. No
existe período de prueba.
1.13.11. Contratos DL 276
Entidades Administración Pública sólo pueden contratar personal
para funciones temporales o accidentales:
a)Trabajos para obra o actividad determinada
b) Labores en proyectos de inversión y proyectos especiales,
cualquiera sea su duración, o
21
c)Labores de reemplazo de personal permanente impedido de
prestar servicios, siempre y cuando sea de duración determinada.
d) Esta forma de contratación no requiere necesariamente de
concurso y la relación contractual concluye al término del mismo.
Los servicios prestados en esta condición no generan derecho de
ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa.
1.14. Estructura de la Carrera Administrativa Dl 276
a) Por grupos ocupacionales y niveles.
b) A cada nivel le corresponde conjunto de cargos
c) Los atributos de cada nivel son inherentes al servidor que lo alcanza.
d) Cada Nivel de Carrera tiene como atributos los siguientes:
- un nivel de remuneraciones
- Reconocimiento formal del nivel alcanzado
- Desempeño de cargos compatibles con el nivel y oportunidades de
capacitación.
e) El nivel de carrera alcanzado por el servidor se garantiza mediante su
reconocimiento formal, la incorporación nominal en el Escalafón de la
Administración Pública y el desempeño de funciones asignadas por la
entidad
f) Los grupos ocupacionales de la Carrera Administrativa son
Profesional, Técnico y Auxiliar:
 Grupo Profesional: Servidores con título profesional o grado
académico reconocido por la Ley Universitaria.
 Grupo Técnico: Servidores con formación superior o universitaria
incompleta o capacitación tecnológica o experiencia técnica
reconocida.
 Grupo Auxiliar: Servidores tienen instrucción secundaria y
experiencia o calificación para realizar labores de apoyo.
g) Tenencia de título, capacitación o experiencia no implica pertenencia
al Grupo Profesional o Técnico.
h) Para la progresión sucesiva en los niveles se tomarán en cuenta los
factores siguientes:
 Estudios de formación general y de capacitación específica o
experiencia reconocida
 Méritos individuales, adecuadamente evaluados, y
 Tiempo de permanencia en el nivel.
22
Gestión Pública
Principales Herramientas de Gestión para la Organización y Dirección de las
Entidades del Estado
2.1. Definición de Gestión Pública:
Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro de
sus fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas
gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo.(Decreto Ley Nº 26162, Ley
del Sistema Nacional de Control, Disposiciones Finales
La Secretaría de Gestión Pública es el órgano de línea que depende
jerárquicamente de la Secretaría General, encargado de coordinar y dirigir el
proceso de modernización de la gestión pública.
La Secretaría de Gestión Pública es competente en materia de funcionamiento y
organización del Estado, simplificación administrativa, ética y transparencia en
concordancia con las normas de modernización, racionalización, descentralización
del Estado, control interno, así como el código de ética de la función pública.‖
2.2. Funciones de la Secretaría de Gestión Pública
Conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la PCM aprobado por
Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM articulo 36º y 37º modificado por el Decreto
Supremo Nº 057-2008-PCM las funciones de la Secretaria de Gestión Pública son
las siguientes:
 Coordinar y dirigir el proceso de modernización de la gestión pública, así
como formular y evaluar las propuestas para su mejora;
 Emitir opinión sobre autógrafas y proyectos normativos referidos a
funcionamiento y organización del Estado, como es la creación de
ministerios, entidades, instituciones, organismos públicos, autoridades
autónomas, corporaciones, fondos o de cualquier otra entidad del Estado; así
como, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del
Consejo de Ministros, de los Ministerios y de los organismos públicos para
fines de su aprobación;
 Proponer normas y aprobar directivas en materia de funcionamiento y
organización del Estado, ética y transparencia;
 Detectar los casos de duplicidad de funciones o de procedimientos
administrativos en las distintas entidades de la Administración Pública y
proponer las medidas necesarias para su corrección;
 Emitir informe sobre los proyectos o normas que propongan la fusión de
direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos públicos,
23
comisiones y en general toda instancia de la Administración Pública Central,
así como la modificación respecto de la adscripción sectorial de un organismo
público o de otras entidades;
 Asesorar a las entidades en materia de simplificación administrativa y evaluar
los procesos de simplificación administrativa en relación con el Texto Único
de Procedimientos Administrativos - TUPA de las entidades del Poder
Ejecutivo, para lo cual está facultada a solicitar la información que requiera, y
emitir directivas y/o lineamientos;
 Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de simplificación
administrativa contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General y detectar los incumplimientos para lo cual deberá
otorgar a las entidades un plazo perentorio para la subsanación. De no
producirse la subsanación, deberá realizar las gestiones conducentes a hacer
efectiva la responsabilidad de los funcionarios involucrados;
 Formular, coordinar, supervisar y evaluar las políticas de acceso a la
información pública, fomento de la ética en la función pública, la
transparencia y la vigilancia ciudadana.
 Coordinar con la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de la
Competitividad;
 Emitir opinión respecto a los conflictos de competencia entre autoridades del
Poder Ejecutivo que son puestos en consideración de la Presidencia del
Consejo de Ministros;
 Emitir opinión técnica en materia de su competencia;
2.3. Modernización del Estado
La Secretaría de Gestión Pública formula propuestas normativas para la
modernización, la transparencia de la gestión pública y demás temas materia de
su competencia. Asimismo, coordina y conduce el proceso de modernización del
Estado, formulando propuestas de acción para la modernización de la gestión
pública, en el ámbito de su competencia.
También detecta los casos de duplicidad de funciones o de procedimientos
administrativos en las distintas entidades públicas y propone las medidas
necesarias para su corrección.
Asimismo, emite opinión técnica con relación a toda propuesta para la creación,
modificación, escisión, fusión o eliminación de ministerios, entidades, organismos
públicos descentralizados, órganos de línea, direcciones generales, autoridades
autónomas, corporaciones, fondos y, en general, cualquier entidad, órgano u
organismo perteneciente al Estado.
24
2.4. Evaluación de Instrumentos de Gestión (ROF, CAP y TUPA)
La Secretaría de Gestión Pública tiene a su cargo la evaluación preliminar de tres
importantes instrumentos de gestión: el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF), el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Texto Único de
Procedimiento Administrativo (TUPA), únicamente en el caso de los Ministerios y
sus Organismos Públicos Descentralizados. No obstante, en el caso del CAP,
todas las entidades estatales deben seguir los lineamientos aprobados por el
Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM.
La revisión o aprobación del Manual de Organización y Funciones (MOF) y del
Presupuesto Analítico del Personal (PAP) no son competencia de esta Secretaría.
2.5. Gestión Pública por Resultados
La importancia del control de gestión sobre los programas y una permanente
búsqueda por incrementar la productividad en el uso de los recursos públicos, no
sólo se sustenta en la escasez de los mismos, sino también en el reconocimiento
del derecho que poseen los ciudadanos, como contribuyentes y usuarios de los
servicios públicos a conocer el destino e impacto de dichos recursos y a ser
tratados como ―clientes‖ cuya satisfacción es de particular importancia.
2.6. La administración Pública y el Desempeño
Los esfuerzos realizados durante la presente década por el Estado han estado
marcados ampliamente por la importancia de la estabilidad macroeconómica y
equilibrio de las cuentas fiscales. Sin embargo, la aplicación de políticas que
hayan incidido sobre la Gestión no han avanzado al mismo ritmo. Como señala la
CEPAL (1998), en los procesos de reforma latinoamericanos, si bien se han
seguido recomendaciones de carácter técnico respecto a la mejora de la
administración pública, existe una gran distancia entre la formulación, diseño y
ejecución de las políticas y los resultados que se obtienen de ellas.
Al interior de esta distancia se encuentran los organismos y personas (motivadas o
incentivadas por diferentes mecanismos) que son finalmente los que determinan si
se logran o no los objetivos definidos en las etapas de programación del gasto.
En el plano internacional, existen experiencias de reformas hacia una
administración pública orientada a los resultados, con el establecimiento de
responsabilidades de gestión y un mayor énfasis a la satisfacción de la población
antes que a la satisfacción de esquemas procedimentales, muchas veces rígidos.
Estas experiencias, dentro de las cuales se encuentran algunas latinoamericanas,
han alimentado la literatura respecto del tema y sirven de ejemplo sobre errores y
aciertos de estos procesos.
25
2.7. Administración por resultados
La administración por resultados implica la priorización del logro de los objetivos
estratégicos generales y específicos en el proceso de gestión de los recursos
públicos.
N
La evaluación de los resultados se guía, en general, siguiendo criterios de eficacia,
eficiencia, economía y calidad de la intervención del Estado. El seguimiento de
estos criterios resulta de vital importancia puesto que están determinados
básicamente por el accionar de los responsables de las diferentes áreas de la
acción pública. Además, estos criterios forman parte de los aspectos a considerar
en un proceso de cambio de la cultura organizacional del sector público que
contemple la sustitución de un modelo de administración pública burocrática
(enfatizada en los procesos y procedimientos) por otra gerencial, con prevalencia
de los resultados.
Las principales características del nuevo paradigma de gestión pública serían:
a) Adopción del principio del ciudadano-cliente o usuario, con derechos
claramente especificados y respetados.
b) Definición de un nuevo perfil de administrador, ejecutivo o gerente público,
guiado por la búsqueda de resultados y evaluado en consecuencia, sujeto a la
rendición de cuentas y a la competencia no sólo al momento de la contratación.
c) Establecimiento de contratos de gestión, que permiten explicitar la visión, misión
y objetivos de las entidades ejecutoras y, a su vez, sirven de base para la
evaluación de éstas, a través de la definición de indicadores de desempeño.
2.8. Ventajas de la Administración por Resultados
a) Separación de las actividades de financiamiento y prestación de servicios,
como también de formulación y diseño de políticas públicas, incluidas las de
regulación y normatividad (de carácter centralizado), respecto de las
actividades de ejecución o administración (de carácter descentralizado).
b) Reingeniería de procesos, con miras a simplificar los procedimientos y reducir
la burocracia, minimizando los costos que entraña el cumplimiento de las
obligaciones del ciudadano (por ejemplo, en materias tributarias) y los
tiempos requeridos para completar sus trámites y recibir atención (por
ejemplo, radical simplificación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos-TUPA- de cada organismo).
c) Delegación de responsabilidades, derechos y obligaciones hacia los niveles
de gestión intermedios e inferiores; se aplica al campo laboral (donde las
estructuras tienden a ser menos jerárquicas y más horizontales), así como
al fiscal (caracterizado por procesos de descentralización de recursos y
26
competencias desde el centro hacia las instancias subnacionales de
gobierno).
Esto implicaría la delegación de responsabilidades operativas acompañada de una
mayor flexibilidad en las políticas del personal público. De esta manera, el
personal directivo adquiere mayores responsabilidades en la formación de sus
propios equipos de trabajo, lo que conlleva a una gestión más dinámica de los
recursos humanos, privilegiando los procesos de capacitación y entrenamiento e
introduciendo nuevos sistemas de incentivos según resultados con miras a formar
y motivar administradores y equipos capaces de alcanzar los objetivos propuestos
2.9. Indicadores para la Medición de Desempeño
a) Indicador de insumo
Cuantifica los recursos físicos, humanos y financieros utilizados en el
desarrollo de las acciones. Usualmente están expresados en montos de
gasto asignado, cantidad de miembros del equipo de trabajo, cantidad de
horas o días laborados. Son importantes para efectuar un seguimiento
sistemático de las acciones que se vienen desarrollando. Por sí mismos, no
indican la extensión del progreso respecto al cumplimiento de los objetivos.
Un ejemplo de indicador de insumo puede ser el número de Capacitadores,
las horas de clase impartidas o los kits de materiales distribuidos, en un
programa de mejora de recursos humanos.
b) Indicador de producto
Refleja los bienes y servicios cuantificables, producidos y/o provistos por una
determinada intervención, y en consecuencia, por una determinada
institución. Es resultado de la combinación y uso de los insumos señalados
anteriormente por lo que es de esperar que estén claramente asociados con
ellos. Son importantes para efectuar un seguimiento sistemático de las
acciones que se vienen desarrollando. Por sí mismos, no indican la extensión
del progreso respecto al cumplimiento de los objetivos.
Siguiendo el mismo caso anterior de un programa de capacitación de
recursos humanos, un ejemplo de indicador de producto sería el número de
charlas de capacitación impartidas.
c) Indicador de resultado
Indican el progreso en el logro de los propósitos de las acciones. Los
indicadores de resultado reflejan los objetivos (generales y específicos)
definidos de los organismos del Estado.
Por lo general, el resultado de las acciones no puede ser medido sino hasta
el final de las tareas que la componen (en el caso de tratarse de proyectos,
27
que por definición tienen un tiempo definido) o hasta que las tareas hayan
alcanzado un nivel de maduración necesario en actividades de carácter
permanente.
d) Indicador de Impacto
Muestra los efectos (directos o indirectos) producidos como consecuencia de
los resultados y logros de las acciones sobre un determinado grupo de
clientes o población. Usualmente medidos de manera rigurosa, requiere de
una definición precisa del tiempo de la evaluación (ya que existen
intervenciones cuyo impacto sólo es verificable en el mediano y largo plazo) y
de una identificación y aislamiento adecuados de los factores externos que
pueden influenciarlo.
Para concluir con el ejemplo de una familia de indicadores de desempeño
para un programa de mejora de recursos humanos, podríamos identificar
como indicador de impacto el diferencial salarial que los participantes
obtuvieron a consecuencia del incremento de su productividad marginal como
resultado de los conocimientos y habilidades aprendidas en el curso de
capacitación
2.10. Principales Herramientas de Gestión para la Organización Y Dirección
de las Entidades del Estado
Dentro del manejo de la gestión pública institucional, es común hacer
referencia a la utilización de ―herramientas de gestión‖; en todo caso, lo
importante es definir y puntualizar en que momento de la gestión se deben
tomar en cuenta estas herramientas.
Entendemos que en una entidad del Estado para mejorar su gestión, es
necesario diferenciar y armonizar los citados instrumentos, este orden va
permitir tener una mejor visión del funcionamiento de la institución, que va
incidir positivamente en la toma de decisiones.
Es posible establecer que existen ―herramientas para el nivel de
organización‖, que incluye instrumentos que en la práctica tienen que ser
elaboradas en forma obligatoria y otras ―herramientas para el nivel de
gestión‖ que desde un punto de vista de ―dirección‖, se elaboran como
producto de las acciones de gestión que se realizan.
Con respecto a las herramientas para el nivel de dirección o normativo, se
mencionan a:
 Normas generales dictadas por los organismos sectoriales y/o rectores
(externas).
28
 Normas específicas dictadas por la propia institución (internas).
En este último caso, se estima que las normas van dirigidas principalmente
para el funcionamiento de los Sistemas Administrativos (Presupuesto,
Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Personal e Informática) y
Funcionales (Operativos) (unidades orgánicas conformadas teniendo en
cuenta la naturaleza de la creación de la entidad (Misión). Ejemplo: Área de
Obras Públicas, Área de Gestión Ambiental, Áreas de Salud (Ministerios),
Área de Catastro (Municipios), etc.
Asimismo las entidades de la Administración Pública, además de elaborar el
PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI), tienen que formular el
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF y el CUADRO
PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP. Asimismo, el MANUAL DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - MOF y el TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA.
2.11. Descripción de las herramientas de gestión
De una manera general, a continuación se definen las principales
herramientas de gestión:
2.11.1. NIVEL DE ORGANIZACIÓN
a) El Reglamento de Organización y Funciones – ROF
Es el documento técnico normativo de gestión institucional que
formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al
esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos.
Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones
específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo
sus relaciones y responsabilidades.
b) El Manual de Organización y Funciones – MOF
El Manual de Organización y Funciones, es un documento
normativo que describe las funciones específicas a nivel de cargo
o puesto de trabajo desarrollándolas a partir de la estructura
orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento
de Organización y Funciones - ROF, así como en base a los
requerimientos de cargos considerados en el Cuadro de
Asignación de Personal.
29
c) El Cuadro para Asignación de Personal – CAP
El CAP es un documento de gestión que contiene los cargos
clasificados en base a la estructura orgánica prevista en su
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y a los
Objetivos y metas establecidos en su Plan Estratégico.
d) El Manual de Procedimientos – MAPRO
El Manual de Procedimientos es un documento descriptivo y
de sistematización normativa, teniendo también un carácter
instructivo e informativo. Contiene en forma detallada, las
acciones que se siguen en la ejecución de los procesos
generados para el cumplimiento de las funciones y deberá
guardar coherencia con los respectivos dispositivos legales y/o
administrativos, que regulan el funcionamiento de la entidad
e) El Presupuesto Analítico de Personal – PAP
Documento de gestión que considera las plazas y el
presupuesto para los servicios específicos del personal
permanente y eventual en función de la disponibilidad
presupuestal.
Refleja la provisión remunerativa de cada uno de los cargos
definidos en el CAP.
f) El Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA.
Es el documento unificado de cada entidad de la
Administración Pública que contiene toda la información
relativa a la tramitación de los procedimientos administrativos
que se realicen ante las distintas dependencias
g) Código de Ética.
La aplicación y observancia de las disposiciones del Código de
Ética de la Función Pública contribuyen a fortalecer la
confianza en la Administración Pública y la buena imagen de
aquellos que la integran;
El Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función
Pública, coadyuva a la transparencia en el ejercicio de la
30
función pública así como a la mejora de la gestión y de la
relación con los usuarios de los servicios;
Como se aprecia, se torna imperativo la necesidad de que
dichas normas, aparte de las otras aprobadas y que se
estiman herramientas de gestión, actúen en forma
correlacionada, tratando de establecer una estructura idónea
desde el punto de vista organizacional y funcional.
2.11.2. NIVEL DE GESTIÓN
a) Plan Estratégico
Es el instrumento orientador de la gestión institucional,
formulado desde una perspectiva temporal mayor al corto
plazo, que enuncia la MISIÖN, la VISIÖN, los OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS, las ESTRATEGIAS, los INDICADORES DE
DESEMPEÑO y las METAS de una entidad.
b) El presupuesto Institucional.
Es un instrumento de Gestión Económica y Financiera,
elaborado para un periodo económico, en el cual se estiman,
los INGRESOS que deben obtenerse y los GASTOS que
deben ejecutarse
c) El Plan Operativo Institucional – POI.
El Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión
que contiene la información relacionada al análisis y
diagnóstico institucional, objetivos generales, las actividades
programadas, las metas de cada programa y el presupuesto
para cada una de ellas
d) Los estados financieros
Productos del proceso contable, que en cumplimiento de fines
financieros, económicos y sociales, están orientados a revelar
la situación, actividad y flujos de recursos, físicos y monetarios
de una entidad pública, a una fecha y período determinados.
e) Los estados presupuestarios
31
Los estados presupuestarios, contemplan los ingresos y
egresos que determinan el resultado presupuestario del
ejercicio, así como su aplicación en las cuentas del balance.
f) Informes sobre evaluaciones del Presupuesto y del POI
Corresponde a la medición de los resultados obtenidos y el
análisis de las variaciones físicas y financieras observadas, en
relación a lo aprobado en los presupuestos del Sector Público
g) Informes periódicos de gestión
Son los reportes que se emiten como resultado de una
actividad de gestión realizada
2.11.3 NIVEL DE DIRECCIÓN O NORMATIVO
EXTERNAS
Normas generales dictadas por los organismos sectoriales
y/o rectores
Son las normas aprobadas por lo organismos sectoriales como:
Ministerios; y/u Organismos rectores como: la Contraloría General
de la República, Superintendencias, entre otras.
INTERNAS
Normas específicas dictadas por la propia institución (internas).
Directivas internas dictadas por las áreas responsables de la
entidad, que regulan las normas generales y que van dirigidas
principalmente para el funcionamiento de los sistemas
administrativos y operativos
2.11.4. Otras herramientas de gestión
Al margen de lo señalado anteriormente, se pueden incluir como
herramientas de gestión a:
2.12. Indicadores
Son instrumentos de la gerencia pública moderna, que permiten hacer
seguimiento y evaluación, del desempeño de la institución; en este sentido,
32
evalúa el impacto logrado por la entidad, como resultado de las operaciones
realizadas y buscando si se lograron los efectos logrados.
2.13. Tipo de indicadores
Al respecto, tomando en cuenta las directivas aprobadas por el Ministerio
de Economía y Finanzas, se definen los siguientes tipos de indicadores:
a) Indicadores para la medición de desempeño
 Indicador de Insumo.-
Especifica los recursos utilizados en el desarrollo de las acciones
de las entidades.
 Indicador de Producto.-
Especifica los bienes y servicios provistos por las entidades como
resultado de la combinación y uso de los recursos.
 Indicador de Resultado.-
Es una medida del cumplimiento de los objetivos de la
entidad y de su misión.
b) Indicadores para la evaluación del desempeño
 Indicador de Economía.-
Evalúa el nivel de ahorro de recursos.
 Indicador de Eficiencia.-
Evalúa la relación entre la utilización de recursos y los bienes y
servicios previstos.
 Indicador de Eficacia.-
Evalúa el nivel de cumplimiento de los objetivos y resultados
trazados en el Plan estratégico Institucional.
 Indicador de Calidad.-
Evalúa la manera en que se proveen los bienes y/o servicios por
parte de la entidad. Se mide en términos de rapidez y oportunidad
33
del servicio, accesibilidad, precisión de la distribución, comodidad o
cortesía reflejada a través del nivel de satisfacción del usuario.
2.14. Los Servicios Públicos en el Perú
Esta expresión, tiene un doble alcance. Se refiere en primer lugar, a la acción
permanente y eficaz de atender las necesidades de la población.
También se refiere a las entidades que se constituyen y funcionan para encarar y
resolver los problemas en su más amplio aspecto, que atañen y afectan a los
grupos humanos integrantes de una nación.
Lo cierto es a juicio nuestro, que en la actualidad su campo de acción es cada vez
más extenso, dada la injerencia y participación que día a día va adquiriendo
necesariamente el estado y la sociedad organizada en la complejidad de la vida,
quehaceres cotidianos y problemas del pueblo.
La defensa nacional, el servicio policial, los ferrocarriles, el registro civil, son
servicios Públicos. También lo son el desenvolvimiento de la justicia y el deporte,
museos, difusión de bibliotecas, transportes y comunicaciones, el alumbrado y baja
policía, agua, etc.
En síntesis el Estado se debe a la colectividad y tiene que velar permanentemente
por el bien común.
2.15. Elementos Constitutivos
Los elementos constitutivos del servicio público son:
1. Una actividad, acción o prestación.
2. Una necesidad de carácter colectivo.
34
3. Un sistema jurídico normativo.
4. Un organismo estatal encargado de actuar como función permanente.
La prestación se pone de manifiesto en dos formas: en el caso de una acción
sanitaria por ejemplo, cuando se trata de prevenir una epidemia, en base a
estudios técnicos y de laboratorio; Tiene un carácter general. Si se procede a
vacunar a un sector de la población, ya es una acción específica.
.
La necesidad de carácter colectivo, se refiere a los problemas que atañen a la
colectividad y que el estado está obligado a encarar y resolver directa o indirecta.
El sistema jurídico normativo es la base legal, para que, en cada caso, la
Administración
Pública pueda tomar las acciones que fueran
pertinentes.
El organismo estatal, es quien tiene la competencia y la obligación de realizar los
servicios públicos que le conciernen.
2.16. Características
Los Servicios Públicos responden a las características
siguientes:
a) Es prestado por el Estado o por una entidad oficial de la Administración
Pública, directa o indirectamente.
b) Es permanente, no falta jamás. Ejemplo: Servicio de Agua.
c) Los usuarios tengan igual tratamiento, evitando grupos privilegiados. Hacer
llegar el servicio a todos los que lo necesitan.
d) Responde a un interés colectivo y no
individual.
e) Que no sea costoso. Tal es el caso del servicio de Instrucción
35
Pública.
2.17. Clasificación:
De su propio contenido y alcance, se desprende que a los Servicios Públicos
podríamos agruparlos en tres áreas de acción. Servicios Públicos Puros, Propios e
Impropios.
a) Servicios Públicos Puros:
Son aquellos que la población recibe sin tener que abonar suma alguna, son
absolutamente gratuitos, porque están financiados con los ingresos del Estado,
con fondos propios. Por ejemplo, los antiguos hospitales estatales, los caminos
y carreteras, etc.
Lamentablemente, con el correr del tiempo y a causa de las crisis económicas y
las dificultades presupuestales esta clase de servicios sin pago alguno tienden
a desaparecer. En todos los hospitales del Estado tienen que abonarse algunas
sumas por sus servicios. En la mayoría de las carreteras, se paga peaje.
También en las Escuelas y Universidades del Estado donde, conforme a la
Constitución, la educación debe ser gratuita, siempre hay que pagar algo por
concepto de matrícula, Asociación de Padres de Familia, exámenes, varios, etc.
b) Servicios Públicos Propios
Son aquellas que directamente asume el Estado a través de sus
dependencias.
Ninguno es totalmente gratuito pues se paga algunos derechos o tarifas, por
ejemplo, los servicios de correo; o se paga un impuesto directo, como ocurre en
las Municipalidades con los servicios de alumbrado publico, jardines y limpieza
pública. El servicio de SERENAZGO es también un servicio Público Propio.
36
Lo censurable es que no obstante el alza siempre creciente de los tributos, los
servicios que se prestan son muy deficientes y/o a veces escasos.
Por ello es problema de organización y de idoneidad del personal que los sirve,
en el marco de una política inapropiada.
c) Servicios Públicos Impropios
Son los que prestan las entidades particulares, pero que interesan y atienden
ciertas necesidades de la colectividad.
Por ejemplo. Una panadería, los servicios de transporte colectivo de los
particulares (colectivos, micros, ómnibus, etc.), una farmacia, restaurantes,
servicio de vigilancia particular, entre otras.
Todas las normas contenidas en la constitución, en cada uno de los Títulos y
Capítulos en que se divide, hacen referencia a los organismos y Entidades que
la integran, así como las actividades y funciones que le competen a cada uno
de ellos, aplicándose dichas normas a los respectivos organismos, encargados
cada uno de ellos, de cumplir y hacer cumplir a cabalidad los servicios públicos
en su más amplio campo de acción.
2.18. Interés Colectivo y Público
Interés es la pretensión del particular, no protegida por la norma jurídica,
contrariamente al Derecho que es una pretensión fundamentada en una norma
jurídica previa. Distinguiese el "interés" del "derecho", como la especie del genero.
37
1. Interés Colectivo
Al lado del interés propio de cada individuo, considerado en si mismo, surgen
intereses que se refieren a un grupo de individuos. A esos intereses se les da el
nombre de intereses colectivos.
2. Interés Público:
Para que se pueda hablar de interés público es necesario sus propios fines. Es
claro que en todo interés público se encuentra un interés colectivo; pero el
interés colectivo no es por si mismo público; para elevarlo a tal categoría es
necesario su inclusión dentro de los fines del Estado.
Es el mismo interés colectivo colocado por el Estado entre sus propios
intereses, asumiéndolos bajo un régimen de Derecho Público.
Recordemos que la finalidad de toda Administración es el Interés Público. Esas
necesidades, que la iniciativa privada no puede satisfacer, son vitales para toda
la comunidad y para cada uno de sus miembros. El Estado no puede tener más
que intereses públicos.
PRINCIPALES HERRAMIENTAS DE GESTIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y
DIRECCIÓN DE LAS ENTIDADES DEL ESTADO
Dentro del manejo de la gestión pública institucional, es común hacer
referencia a la utilización de ―herramientas de gestión‖; en todo caso, lo
importante es definir y puntualizar en que momento de la gestión se deben
tomar en cuenta estas herramientas.
Entendemos que en una entidad del Estado para mejorar su gestión, es
necesario diferenciar y armonizar los citados instrumentos, este orden va
permitir tener una mejor visión del funcionamiento de la institución, que va
incidir positivamente en la toma de decisiones.
38
Es posible establecer que existen ―herramientas para el nivel de
organización‖, que incluye instrumentos que en la práctica tienen que ser
elaboradas en forma obligatoria y otras ―herramientas para el nivel de
gestión‖ que desde un punto de vista de ―dirección‖, se elaboran como
producto de las acciones de gestión que se realizan.
Con respecto a las herramientas para el nivel de dirección o normativo, se
mencionan a:
 Normas generales dictadas por los organismos sectoriales y/o rectores
(externas).
 Normas específicas dictadas por la propia institución (internas).
En este último caso, se estima que las normas van dirigidas principalmente
para el funcionamiento de los Sistemas Administrativos (Presupuesto,
Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Personal e Informática) y
Funcionales (Operativos) (unidades orgánicas conformadas teniendo en
cuenta la naturaleza de la creación de la entidad (Misión). Ejemplo: Área de
Obras Públicas, Área de Gestión Ambiental, Áreas de Salud (Ministerios),
Área de Catastro (Municipios), etc.
Asimismo las entidades de la Administración Pública, además de elaborar el
PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI), tienen que formular el
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF y el CUADRO
PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP. Asimismo, el MANUAL DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - MOF y el TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA.
7.2 Descripción de las herramientas de gestión
De una manera general, a continuación se definen las principales
herramientas de gestión:
7.2.1. NIVEL DE ORGANIZACIÓN
h) El Reglamento de Organización y Funciones – ROF
Es el documento técnico normativo de gestión institucional que
formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al
esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos.
Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones
específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo
sus relaciones y responsabilidades.
39
i) El Manual de Organización y Funciones – MOF
El Manual de Organización y Funciones, es un documento
normativo que describe las funciones específicas a nivel de cargo
o puesto de trabajo desarrollándolas a partir de la estructura
orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento
de Organización y Funciones - ROF, así como en base a los
requerimientos de cargos considerados en el Cuadro de
Asignación de Personal.
j) El Cuadro para Asignación de Personal – CAP
El CAP es un documento de gestión que contiene los cargos
clasificados en base a la estructura orgánica prevista en su
Reglamento de Organización y Funcione (ROF) y a los objetivos
y metas establecidos en su Plan Estratégico.
k) El Manual de Procedimientos – MAPRO
El Manual de Procedimientos es un documento descriptivo y
de sistematización normativa, teniendo también un carácter
instructivo e informativo. Contiene en forma detallada, las
acciones que se siguen en la ejecución de los procesos
generados para el cumplimiento de las funciones y deberá
guardar coherencia con los respectivos dispositivos legales y/o
administrativos, que regulan el funcionamiento de la entidad
l) El Presupuesto Analítico de Personal – PAP
Documento de gestión que considera las plazas y el
presupuesto para los servicios específicos del personal
permanente y eventual en función de la disponibilidad
presupuestal.
Refleja la provisión remunerativa de cada uno de los cargos
definidos en el CAP.
m) El Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA.
Es el documento unificado de cada entidad de la
Administración Pública que contiene toda la información
40
relativa a la tramitación de los procedimientos administrativos
que se realicen ante las distintas dependencias
n) Código de Ética.
La aplicación y observancia de las disposiciones del Código de
Ética de la Función Pública contribuyen a fortalecer la
confianza en la Administración Pública y la buena imagen de
aquellos que la integran;
El Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función
Pública, coadyuva a la transparencia en el ejercicio de la
función pública así como a la mejora de la gestión y de la
relación con los usuarios de los servicios;
Como se aprecia, se torna imperativo la necesidad de que
dichas normas, aparte de las otras aprobadas y que se
estiman herramientas de gestión, actúen en forma
correlacionada, tratando de establecer una estructura idónea
desde el punto de vista organizacional y funcional.
7.2.2. NIVEL DE GESTIÓN
h) Plan Estratégico
Es el instrumento orientador de la gestión institucional,
formulado desde una perspectiva temporal mayor al corto
plazo, que enuncia la MISIÖN, la VISIÖN, los OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS, las ESTRATEGIAS, los INDICADORES DE
DESEMPEÑO y las METAS de una entidad.
i) El presupuesto Institucional.
Es un instrumento de Gestión Económica y Financiera,
elaborado para un periodo económico, en el cual se estiman,
los INGRESOS que deben obtenerse y los GASTOS que
deben ejecutarse
j) El Plan Operativo Institucional – POI.
El Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión
que contiene la información relacionada al análisis y
diagnóstico institucional, objetivos generales, las actividades
programadas, las metas de cada programa y el presupuesto
para cada una de ellas
41
k) Los estados financieros
Productos del proceso contable, que en cumplimiento de fines
financieros, económicos y sociales, están orientados a revelar
la situación, actividad y flujos de recursos, físicos y monetarios
de una entidad pública, a una fecha y período determinados.
l) Los estados presupuestarios
Los estados presupuestarios, contemplan los ingresos y
egresos que determinan el resultado presupuestario del
ejercicio, así como su aplicación en las cuentas del balance.
m) Informes sobre evaluaciones del Presupuesto y del POI
Corresponde a la medición de los resultados obtenidos y el
análisis de las variaciones físicas y financieras observadas, en
relación a lo aprobado en los presupuestos del Sector Público
n) Informes periódicos de gestión
Son los reportes que se emiten como resultado de una
actividad de gestión realizada
7.2.3 NIVEL DE DIRECCIÓN O NORMATIVO
EXTERNAS
Normas generales dictadas por los organismos sectoriales
y/o rectores
Son las normas aprobadas por lo organismos sectoriales como:
Ministerios; y/u Organismos rectores como: la Contraloría General
de la República, Superintendencias, entre otras.
INTERNAS
Normas específicas dictadas por la propia institución (internas).
Directivas internas dictadas por las áreas responsables de la
entidad, que regulan las normas generales y que van dirigidas
principalmente para el funcionamiento de los sistemas
administrativos y operativos
42
7.2,4. Otras herramientas de gestión
Al margen de lo señalado anteriormente, se pueden incluir como
herramientas de gestión a:
INDICADORES
Son instrumentos de la gerencia pública moderna, que permiten
hacer seguimiento y evaluación, del desempeño de la institución;
en este sentido, evalúa el impacto logrado por la entidad, como
resultado de las operaciones realizadas y buscando si se lograron
los efectos logrados.
Tipo de indicadores
Al respecto, tomando en cuenta las directivas aprobadas por el
Ministerio de Economía y Finanzas, se definen los siguientes tipos
de indicadores:
c) Indicadores para la medición de desempeño
 Indicador de Insumo.-
Especifica los recursos utilizados en el desarrollo de las
acciones de las entidades.
 Indicador de Producto.-
Especifica los bienes y servicios provistos por las entidades
como resultado de la combinación y uso de los recursos.
 Indicador de Resultado.-
Es una medida del cumplimiento de los objetivos de la
entidad y de su misión.
d) Indicadores para la evaluación del desempeño
 Indicador de Economía.-
Evalúa el nivel de ahorro de recursos.
43
 Indicador de Eficiencia.-
Evalúa la relación entre la utilización de recursos y los
bienes y servicios previstos.
 Indicador de Eficacia.-
Evalúa el nivel de cumplimiento de los objetivos y
resultados trazados en el Plan estratégico Institucional.
 Indicador de Calidad.-
Evalúa la manera en que se proveen los bienes y/o
servicios por parte de la entidad. Se mide en términos de
rapidez y oportunidad del servicio, accesibilidad, precisión
de la distribución, comodidad o cortesía reflejada a través
del nivel de satisfacción del usuario.
BALOTARIO
1. ¿Qué entiendo por Estado Peruano?
2. ¿Cuáles son los elementos del Estado Peruano?
3. ¿Cómo está estructurado el Estado Peruano?
4. ¿Qué entiende por Función Pública?
5. ¿Qué artículos de la Constitución Política del Estado sustentan la función
pública en el Perú?
6. ¿Qué es Gestión Pública?
7. ¿Cuáles son las principales funciones de la Secretaría de Gestión Pública?
8. ¿Qué entiende por modernidad del Estado Peruano?
9. ¿Cuáles son los principales documentos de gestión de la administración
pública peruana?
10.¿Qué entiende por Administración por Resultados?
11.¿Cuáles son las principales características del nuevo paradigma de gestión
pública?.
12.¿Cuáles son los elementos constitutivos de los servicios públicos?
13.¿Qué características tienen los servicios públicos?
14.¿Qué documentos de gestión utiliza la Administración Pública?
15.¿Qué es el Reglamento de Organización y Funciones?
16.¿Qué entiende por Manual de Organización y Funciones?
17.¿Qué es el Cuadro de Asignación de Personal?
18.¿Qué es el Manual de Procedimientos Administrativos?
19.¿Cuáles son los documentos de Gestión a nivel de Gestión?
20.¿Qué documentos de gestión utiliza la Administración Pública a nivel de
Dirección
44
SEGUNDA PARTE
(UNIDAD II):
El Proceso Administrativo
El Proceso administrativo es una actividad compuesta de ciertas sub-actividades
que constituyen el proceso administrativo único. Este proceso administrativo
formado por 4 funciones fundamentales, planeación, organización, ejecución y
control. Constituyen el proceso de la administración.
Planeación
Para un gerente y para un grupo de empleados es importante decidir o estar
identificado con los objetivos que se van a alcanzar. El siguiente paso es
alcanzarlos. Esto origina las preguntas que trabajo necesita hacerse? ¿Cuándo y
cómo se hará? Cuáles serán los recursos necesarios componentes del trabajo, las
contribuciones y como lograrlos. En esencia, se formula un plan o un patrón
integrando predeterminando de las futuras actividades, esto requiere la facultad de
prever, de visualizar, del propósito de ver hacia delante.
Actividades importantes de planeación
a. Aclarar, amplificar y determinar los objetivos.
b. Pronosticar.
c. Establecer las condiciones y suposiciones bajo las cuales se hará el
trabajo.
d. Seleccionar y declarar las tareas para lograr los objetivos.
e. Establecer un plan general de logros enfatizando la creatividad para
encontrar medios nuevos y mejores de desempeñar el trabajo.
f. Establecer políticas, procedimientos y métodos de desempeño..
g. Anticipar los posibles problemas futuros.
h. Modificar los planes a la luz de los resultados del control.
Organización
Después de las acciones futuras ya hayan sido determinadas, el paso siguiente
para cumplir con el trabajo, será distribuir o señalar las necesarias actividades de
trabajo entre los miembros del grupo e indicar la participación de cada miembro
del grupo.
45
Actividades importantes de organización.
a. Subdividir el trabajo en unidades operativas (departamentos )
b. Agrupar las obligaciones operativas en puestos (puestos reg. X depto.)
c. Reunir los puestos operativos en unidades manejables y relacionadas.
d. Aclarar los requisitos del puesto.
e. Seleccionar y colocar a los individuos en el puesto adecuado.
Dirección
Para llevar a cabo físicamente las actividades que resulten de los pasos de
planeación y organización, es necesario que el gerente tome medidas que inicien
y continúen las acciones requeridas para que los miembros del grupo ejecuten la
tarea. Entre las medidas comunes utilizadas por el gerente para poner el grupo en
acción están dirigir, desarrollar a los gerentes, instruir, ayudar a los miembros a
mejorarse lo mismo que su trabajo mediante su propia creatividad y la
compensación a esto se le llama ejecución.
Actividades importantes de la ejecución.
a. Poner en práctica la filosofía de participación por todos los afectados por la
decisión.
b. Conducir y retar a otros para que hagan su mejor esfuerzo.
c. Motivar a los miembros.
d. Comunicar con efectividad.
e. Desarrollar a los miembros para que realicen todo su potencial.
f. Recompensar con reconocimiento y buena paga por un trabajo bien hecho.
g. Satisfacer las necesidades de los empleados a través de esfuerzos en el
trabajo.
h. Revisar los esfuerzos de la ejecución a la luz de los resultados del control.
Control.
Los gerentes siempre han encontrado conveniente comprobar o vigilar lo que sé
está haciendo para asegurar que el trabajo de otros está progresando en forma
satisfactoria hacia el objetivo predeterminado. Establecer un buen plan, distribuir
las actividades componentes requeridas para ese plan y la ejecución exitosa de
cada miembro no asegura que la empresa será un éxito. Pueden presentarse
discrepancias, malas interpretaciones y obstáculos inesperados y habrán de ser
comunicados con rapidez al gerente para que se emprenda una acción correctiva.
Actividades importantes de control
a. Comparar los resultados con los planes generales.
46
b. Evaluar los resultados contra los estándares de desempeño.
c. Idear los medios efectivos para medir las operaciones.
d. Comunicar cuales son los medios de medición.
e. Transferir datos detallados de manera que muestren las comparaciones y
las variaciones.
f. Sugerir las acciones correctivas cuando sean necesarias.
g. Informar a los miembros responsables de las interpretaciones.
h. Ajustar el control a la luz de los resultados del control.
Planeamiento Estratégico
La planificación estratégica es un proceso sistémico y sistemático de definición de
objetivos y metas de alcance a largo plazo. Dicho proceso es utilizado en
organizaciones, ya sea empresas, instituciones u otras asociaciones cuando se
tiene (o debería tener) una visión compartida. El Estado, visto bajo un enfoque
organizacional, también debería articular acciones que trasciendan gobiernos y
que busquen en un horizonte de ocho, diez, quince o veinte años (como se desee)
alcanzar tales objetivos.
1. Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN)
Es la entidad responsable de las labores de planificación y difusión de la
cultura planificadora en el Estado. El miércoles 10 de enero, dicha institución
hizo la presentación pública del proyecto del Plan Estratégico de Desarrollo
Nacional 2010 -2021 (un horizonte de 11 años que culmina con la
celebración del bicentenario de nuestra ―independencia‖).
2. Un plan estratégico debe contar con la participación de todos los
miembros de la organización.
¿Quiénes son los miembros del Estado? ¿Las instituciones? ¿Los
ciudadanos? ¿Los partidos políticos? ¿Qué es lo que persiguen las
instituciones? ¿Qué aspiramos los ciudadanos con este país? ¿Qué objetivos
desinteresados persiguen los partidos políticos? ¿Qué consensos pueden
existir entre los diversos poderes del Estado? ¿Qué consensos pueden existir
entre todos los ciudadanos del país? ¿Cuál sido el grado de participación de
cada uno de estos actores en el proceso de planificación estratégica?
3. La planificación estratégica debe ser liderada por los niveles más altos
de la organización.
¿El CEPLAN lidera la planificación o debería ser un facilitador de tal proceso?
¿El CPELAN se encuentra en el nivel más alto del Estado? ¿La planificación
estratégica tiene rango ministerial? ¿El Presidente de la República, sus
ministros y los congresistas están comprometidos con la planificación
47
estratégica del país? ¿La planificación estratégica debería gozar de un rango
ministerial como ocurre en el Brasil?? ¿Con cuántos recursos cuenta el
CEPLAN para cumplir su misión institucional?
4. La planificación estratégica persigue objetivos alcanzables.
¿Qué queremos lograr como país? ¿En cuánto tiempo pensamos cumplirlo?
¿Pueden ser realizables? ¿Qué iniciativas estratégicas deberán primar?
¿Qué limitaciones tenemos? ¿Hemos identificado la relación causa-efecto de
nuestros objetivos? Creo yo que aquí la palabra consenso es clave para que
todos los interesados tengamos metas comunes por trabajar.
5. Un plan estratégico no es la panacea.
Efectivamente, un plan estratégico no es más que un documento
estructurado de buenas intenciones. El plan estratégico no es el fin, es un
medio. Las metas e indicadores definidos en el plan deben ser controlados a
través del tiempo, ahí radica la importancia del compromiso de todos los
actores políticos. ¿Los siguientes gobiernos respetarán un plan estratégico
del gobierno antecesor? ¿Evitarán mezquindades para darle continuidad al
proceso estratégico? ¿Qué influencia tendrá el CEPLAN durante la ejecución
del plan en las acciones del gobierno y sus ministerios?
6. La Gestión Pública en el marco del Plan Estratégico
La administración pública tiene nuevos desafíos en un mundo global que se
construye en base a sociedades de la información, del conocimiento y de la
innovación. Requiere por tanto, un nuevo tipo de gestión. El Estado debe ser
un facilitador, no es solamente el que impone las ―reglas de juego‖, el que
aplica medidas coercitivas. Su función es generar ―valor agregado‖ en los
individuos (desarrollo humano) y en sus organizaciones (capacidad de
emprendimiento y de innovación). Su gran responsabilidad es que el ‖capital
social‖ se reproduzca constantemente.
Todo ello requiere de planificación estratégica y de planificación operativa,
sobre la base de un esquema de gestión por objetivos y resultados.
La administración pública moderna es polivalente, multidimensional. Supone
que la existencia o adecuación de un estilo particular de gestión, depende
siempre de las relaciones recíprocas entre varios factores, que incluyen los
geográficos, culturales, políticos, económicos, sociales y tecnológicos. La
conducta del administrador, su capacidad y eficiencia, es sólo uno más de los
factores aunque es verdad que el liderazgo es muy importante. El liderazgo
es una relación más bien que una función, unifica a un jefe simbólico con sus
seguidores. El nuevo líder no sólo adopta decisiones sino que maneja un
aparato que las toma.
48
El ―sueño del buen gobierno‖ puede convertirse en realidad, si es que se
valora las planificaciones estratégica y operativa; si se fijan objetivos y metas
posibles; si se gerencia el interés público por objetivos y resultados; si
siempre se busca más pero utilizando bien lo que se tiene; y si se manejan
bien las ―bonanzas‖ para tener capacidad de respuesta frente a las crisis
7. La gestión de los asuntos de interés público
El Estado se constituye a partir de una formulación programática, que
corresponde a un pacto o contrato social entre los ciudadanos, que se
expresa en una constitución política. Dicha constitución establece los
diversos derechos de los ciudadanos, el diseño del Estado, la consecuente
división de poderes y sus atribuciones; un conjunto de postulados para
promover el progreso de la sociedad y distribuir equitativamente sus
beneficios; y las bases que normarán los contratos y las actividades
económicas de los ciudadanos y sus organizaciones.
La gestión de los asuntos de interés público es ejercida por las autoridades
libremente elegidas y designadas, para poner en operación las atribuciones
otorgadas al Poder Ejecutivo, que actúa en función de los mandatos que los
ciudadanos le otorgan, a través de sus representantes en el Poder
Legislativo. La conducta de los funcionarios elegidos y designados puede ser
sancionada por el Poder Judicial, por decisión expresa de los órganos de
control y fiscalización del propio Poder Ejecutivo; y por decisión del Poder
Legislativo
8. La construcción del interés público
La gestión pública es la razón de ser del Poder Ejecutivo y no es otra cosa
que la gestión de los asuntos de interés público que los ciudadanos
reconocen como propios. Por tanto un asunto de interés público no puede ser
impuesto a la voluntad mayoritaria en un régimen democrático. Si así
sucediera el Poder Ejecutivo se excede en sus atribuciones y debe dar
cuenta ante los poderes Legislativo y Judicial, según la magnitud de la
perturbación causada en el interés de los Ciudadanos
Consecuentemente cuando se trata del progreso o del desarrollo de la
sociedad se pueden invocar muchas y diversas formas de interpretar el
interés público general establecido en las cartas constitucionales. Esto es lo
que hace compleja la gestión del interés público ya que dependiendo de
cómo se la conciba, interprete, enfoque y ejecute puede tener importantes
repercusiones en aspectos tales como los siguientes:
 El diseño y funciones de las instituciones públicas. La gerencia del
interés público específico y la validez de los contenidos valóricos que se
invocan.
49
 La continuidad de las razones de interés público.
 Los costos de transacción en que debe incurrirse para solicitar una
autorización pública.
 Los efectos de la regulación respecto del interés de las personas y el
planeamiento empresarial.
 La disponibilidad de información adecuada y oportuna para que los
ciudadanos tengan un juicio integral de la gestión pública, que implica el
reconocimiento no sólo de los logros o fracasos sino también de las
restricciones y problemas que enfrentaron los gestores del interés
público.
9. Gestión Pública por Objetivos
Para poder ser eficiente en dicha administración ─tal como entiende Peter
Drucker, la función específica del gerente y del ―management‖─ debe
―convertir la información en conocimiento y el conocimiento en acción
eficaz‖.8 Para ello se requiere acumular y realizar la gestión del
conocimiento, entendido como la adecuada comprensión de la relación
existente entre la misión de la institución y los problemas que debe afrontar y
la sistematización de las mejores prácticas que surgen de la propia
experiencia y de otras que pueden ser asimilables o adaptables, lo cual
supone incorporar el aprendizaje como base del ―management público‖
La gestión pública debe ante todo garantizar la gobernabilidad de la
sociedad, lo que implica que una buena parte de las aspiraciones que
cohesionan a sus miembros deben ser alcanzadas o en caso contrario,
generar la confianza y aceptación relacionados con las razones que explican
su no cumplimiento. En última instancia, las instituciones públicas tienen una
vigencia efectiva en función de la conducta y decisiones de sus gerentes.
10. Bases conceptuales de la gestión pública por objetivos
La planificación estratégica y operacional. Tiene que ser concebida bajo lo
que se denomina la ―Planificación del Sector Público‖, que en la mayoría de
las constituciones de los países de América Latina se considera obligatoria y
está muy relacionada con el diseño y gestión del presupuesto público.
Su aplicación en la administración de los asuntos de interés público es
mucho más compleja que en la actividad privada ya que está muy
influenciada por la conformación de la estructura de poder; la correlación de
fuerzas sociales; una diversidad de factores endógenos y exógenos, a veces
difíciles de manejar o controlar; y porque las razones de interés público
aparecen en tiempos-¿Qué puede aportar la ―gestión por objetivos‖ a la
administración pública?. La respuesta es muy simple, muchísimo, ya que
estimularía a los funcionarios al análisis y evaluación de principios
tradicionales y procedimientos rutinarios, aceptados sin mayor discusión. Es
50
una verdad compartida por muchos empleados públicos, que abundan las
organizaciones que operan bajo el imperativo de ―siempre lo hicimos así‖. Lo
más importante es que ayuda a que las autoridades y los funcionarios se
compenetren, a fondo, con las razones de interés público que justifican la
existencia de sus instituciones. Entenderán porque están allí y bajo que
criterios fueron reclutados. Infunde en la organización y en las unidades de
gestión un espíritu nuevo, dinámico, constructivo, previsor, de sincera
comprensión y colaboración, orientado hacia el futuro.
La gestión de los asuntos de interés público es ejercida por las autoridades
libremente elegidas y designadas, para poner en operación las atribuciones
otorgadas al Poder Ejecutivo, que actúa en función de los mandatos que los
ciudadanos le otorgan, a través de sus representantes en el Poder
Legislativo. La conducta de los funcionarios elegidos y designados puede ser
sancionada por el Poder Judicial, por decisión expresa de los órganos de
control y fiscalización del propio Poder Ejecutivo; y por decisión del Poder
Legislativo
11. La construcción del interés público
La gestión pública es la razón de ser del Poder Ejecutivo y no es otra cosa
que la gestión de los asuntos de interés público que los ciudadanos
reconocen como propios. Por tanto un asunto de interés público no puede ser
impuesto a la voluntad mayoritaria en un régimen democrático. Si así
sucediera el Poder Ejecutivo se excede en sus atribuciones y debe dar
cuenta ante los poderes Legislativo y Judicial, según la magnitud de la
perturbación causada en el interés de los Ciudadanos
Consecuentemente cuando se trata del progreso o del desarrollo de la
sociedad se pueden invocar muchas y diversas formas de interpretar el
interés público general establecido en las cartas constitucionales. Esto es lo
que hace compleja la gestión del interés público ya que dependiendo de
cómo se la conciba, interprete, enfoque y ejecute puede tener importantes
repercusiones en aspectos tales como los siguientes:
 El diseño y funciones de las instituciones públicas. La gerencia del
interés público específico y la validez de los contenidos valóricos que se
invocan.
 La continuidad de las razones de interés público.
 Los costos de transacción en que debe incurrirse para solicitar una
autorización pública.
 Los efectos de la regulación respecto del interés de las personas y el
planeamiento empresarial.
 La disponibilidad de información adecuada y oportuna para que los
ciudadanos tengan un juicio integral de la gestión pública, que implica el
reconocimiento no sólo de los logros o fracasos sino también de las
51
restricciones y problemas que enfrentaron los gestores del interés
público.
12. Gestión Pública por Objetivos
Para poder ser eficiente en dicha administración ─tal como entiende Peter
Drucker, la función específica del gerente y del ―management‖─ debe
―convertir la información en conocimiento y el conocimiento en acción
eficaz‖.8 Para ello se requiere acumular y realizar la gestión del
conocimiento, entendido como la adecuada comprensión de la relación
existente entre la misión de la institución y los problemas que debe afrontar y
la sistematización de las mejores prácticas que surgen de la propia
experiencia y de otras que pueden ser asimilables o adaptables, lo cual
supone incorporar el aprendizaje como base del ―management público‖
La gestión pública debe ante todo garantizar la gobernabilidad de la
sociedad, lo que implica que una buena parte de las aspiraciones que
cohesionan a sus miembros deben ser alcanzadas o en caso contrario,
generar la confianza y aceptación relacionados con las razones que explican
su no cumplimiento. En última instancia, las instituciones públicas tienen una
vigencia efectiva en función de la conducta y decisiones de sus gerentes.
13. Bases conceptuales de la gestión pública por objetivos
La planificación estratégica y operacional. Tiene que ser concebida bajo lo
que se denomina la ―Planificación del Sector Público‖, que en la mayoría de
las constituciones de los países de América Latina se considera obligatoria y
está muy relacionada con el diseño y gestión del presupuesto público.
Su aplicación en la administración de los asuntos de interés público es
mucho más compleja que en la actividad privada ya que está muy
influenciada por la conformación de la estructura de poder; la correlación de
fuerzas sociales; una diversidad de factores endógenos y exógenos, a veces
difíciles de manejar o controlar; y porque las razones de interés público
aparecen en tiempos-¿Qué puede aportar la ―gestión por objetivos‖ a la
administración pública?. La respuesta es muy simple, muchísimo, ya que
estimularía a los funcionarios al análisis y evaluación de principios
tradicionales y procedimientos rutinarios, aceptados sin mayor discusión. Es
una verdad compartida por muchos empleados públicos, que abundan las
organizaciones que operan bajo el imperativo de ―siempre lo hicimos así‖. Lo
más importante es que ayuda a que las autoridades y los funcionarios se
compenetren, a fondo, con las razones de interés público que justifican la
existencia de sus instituciones. Entenderán porque están allí y bajo que
criterios fueron reclutados. Infunde en la organización y en las unidades de
gestión un espíritu nuevo, dinámico, constructivo, previsor, de sincera
comprensión y colaboración, orientado hacia el futuro.
52
Plan Operativo Institucional
Documento de gestión institucional de corto plazo, que permite orientar el
desarrollo de las actividades y tareas, así como el uso de recursos, para el
cumplimiento de objetivos y metas institucionales programados para el año fiscal,
a partir de la articulación de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico
Institucional, lineamientos de política regional y otros, enmarcados en el Plan de
Desarrollo Regional Concertado.
El POI es la base para la asignación de los recursos públicos (Presupuesto
Institucional) enmarcado en el proceso de la Modernización del Estado, lo que
implica y exige una adecuada gerencia en la gestión y uso racional de los recursos
disponibles. Esto implica que deben elaborarse con la participación de todos los
servidores vinculados a la programación, ejecución, seguimiento y evaluación de
las actividades que se desarrollan en cada una de las dependencias del Gobierno
Regional, generando mecanismos de concertación y coordinación que contribuyan
los propósitos propuestos.
Características del POI
a. Globalidad e Integridad.- Comprende todas las Unidades Orgánicas y
Dependencias de la organización.
b. Flexibilidad.- Susceptibilidad de admitir cambios justificados en las diferentes
etapas de ejecución por efecto de situaciones imprevistas debidamente
justificadas.
c. Racionalidad.- Orientada a los procesos de cambios que se viene
experimentando en la gestión administrativa regional, a fin de lograr las metas al
menor costo posible, con oportunidad y máxima eficiencia.
d. Coordinación.- Debe ser formulado en estrecha relación con las instancias
respectivas, en sus diferentes etapas.
53
Directiva de Formulación del POI 2013
“LINEAMIENTOS METODOLÓGICOS PARA LA FORMULACIÓN,
APLICACIÓN, MONITOREO Y EVALUACIÓN DEL PLAN OPERATIVO
INSTITUCIONAL 2012 -DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH”
Definiciones
1. OBJETIVOS: Son los cambios, resultados, fin o fines que se desean lograr
con las acciones a emprender.
2. INDICADORES: Constituye una medida para comparar los avances o
resultados cuantitativos y cualitativos obtenidos con relación a un
determinado objetivo. Se construyen como respuesta a preguntas que se
deben formular sobre las ideas fuerzas contenidas en el objetivo. Entre los
tipos de indicadores de resultado y de producto, que en conjunto permiten
medir la evolución del desempeño de la institución.
3.
a) Indicadores de Resultado: Se vinculan a los Objetivos Estratégicos
Específicos y se relacionan con las distintas dimensiones que abarca el
propósito del objetivo.
b) Indicadores de Producto: Se vinculan a las actividades operativas, y
miden los cambios que se van a producir durante su ejecución. Refleja los
Cuantificables previstos para determinada intervención y en consecuencia,
por una determinada institución.
c) Indicadores de Impacto: Se vinculan a los lineamientos de Política y
miden los cambios que se espera lograr a mediano y largo plazo. Muestra
los efectos (directos o indirectos) producidos como consecuencia de los
resultados y logros de las acciones sobre un determinado grupo de
beneficiarios o población.
3. LINEA BASE : Son los cambios, resultados, fin o fines que logrados sirven
como punto de partida a los logros por obtener con las acciones a ejecutar.
4. LINEAMIENTOS DE POLITICA REGIONAL : Enmarcados en el Plan de
Desarrollo Regional Concertado, son disposiciones priorizadas que sirven de
guía en la gestión institucional, que deben ser tomadas en cuenta para
orientar el curso de los planes operativos y del presupuesto institucional.
Constituyen ejes del Planeamiento Estratégico sectorial e Institucional de
Gobierno Regional de Ancash.
5. SERVICIO POBLACIÓN: Es la población beneficiaria (usuarios), a ser
atendida por las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional de
54
Ancash, para el cumplimiento de los objetivos institucionales a corto plazo
(incluye instituciones, unidades orgánicas, personal, administrados, población
en general, etc.).
6. ESTRATEGIA: Es el conjunto de políticas y planes de acción que, partiendo
de lo que la organización es hoy, muestran lo que se propone ser en un
mañana concreto. Es la voluntad de tomar un conjunto de decisiones
concretas y de comprometer a las personas miembros de una organización.
Mecánica Operativa
1. Acopio de información. ( Planes Operativos anteriores, normas, documentos
de gestión).
2. Diagnóstico.
3. Plan de Desarrollo Concertado y Plan Estratégico. Articulación de objetivos.
4. Lineamientos de Política.
5. Presupuesto.
6. Determinación de objetivos: Generales y Específicos.
7. Determinación de actividades, metas y tareas.
8. Formulación del Plan Operativo - Matrices.
9. Aprobación.
10. Aplicación.
11. Evaluación.
55
ESQUEMA Y MATRICES PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN OPERATIVO”
ESQUEMA DEL CONTENIDO DEL PLAN OPERATIVO
UNIDADES ORGANICAS Y DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO REGIONAL
PRESENTACION
INDICE
a. GENERALIDADES
I. VISIÓN
II. MISIÓN
III. OBJETIVOS ESTRATEGICOS, OBJETIVOS GENERALES Y
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
IV. POLITICA INSTITUCIONAL/LINEAMIENTOS DE POLITICA
SECTORIAL
V. FUNCIONES GENERALES DE LA UNIDAD ORGANICA O
DEPENDENCIA
b. DIAGNOSTICO SITUACIONAL
c. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL
a. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE
APERTURA (PIA 2011)
b. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE
APERTURA POR GRUPO GENÉRICO Y TIPO
DE GASTO.
c. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE
APERTURA POR FUENTE DE
FINANCIAMIENTO POR CATEGORÍA DE
GASTO:
d. CAPACIDAD OPERATIVA (INDICANDO: NOMBRE DE LA UNIDAD
ORGÁNICA O DEPENDENCIA, CARGOS ESTRUCTURALES,
CÓDIGOS, NUMERO TOTAL NECESARIO SEGÚN CAP. Y POR
OPERATIVIDAD.
e. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES (Desarrollar el contenido del
plan operativo de acuerdo a los formatos y matrices contenidas en la
presente directiva.
ANEXO Nº 01
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María Irene Dioses Navarrete Administración Pública
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“PROCESO DE EVALUACIÓN DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL”
REFLEXIONES
Si no se miden los resultados las organizaciones van a la deriva, NO APRENDEN
y tampoco permiten o exigen que los individuos que pertenecen a ellas lo hagan.
―Lo que no se mide, no se conoce, lo que no se conoce no se administra; lo que
no se administra no se mejora‖
―Lo que midas es lo que obtienes‖
Monitoreo
El monitoreo consiste en el seguimiento periódico de las actividades y proyectos
del Plan Operativo; busca hacer correcciones y ajustes a tiempo, utiliza
indicadores de insumo, proceso y producto principalmente.
Es una herramienta para la recolección de datos en diferentes momentos de un
proceso.
Su función es medir la eficiencia de los objetivos planteados, las metas de las
actividades planteadas y los resultados esperados, a partir de los indicadores
formulados. Se realiza sobre la base de instrumentos específicos.
Los avances obtenidos del monitoreo, van a permitir comparar las actividades y
metas programadas versus las ejecutadas a la fecha de corte, con el fin de
analizar el grado de cumplimiento de los objetivos planteados y realizar los ajustes
correspondientes de ser el caso.
María Irene Dioses Navarrete Administración Pública
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Diferencias entre Monitoreo y Evaluación
Monitoreo Evaluación
 Permanente
 Afecta las decisiones
operativas
 Mide tendencias de las
actividades
 Reporta información constante
y de corta extensión
 Sus objetivos son las
actividades, metas, medios,
recursos y resultados
 Puntual y por etapas
 Afecta decisiones
programáticas
 Mide los avances hacia el
logro de objetivos
 Refleja el estado situacional
de un determinado momento
del POI
 Reporta información periódica
y de gran extensión
 Sus objetivos son los efectos
y los impactos
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Sistema de Presupuesto Público
El Presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado que permite a las
entidades lograr sus objetivos y metas contenidas en su Plan Operativo
Institucional (POI). Asimismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática
de los gastos a atender durante el año fiscal, por cada una de las Entidades que
forman parte del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos.
Diferencias entre Presupuesto Público y Presupuesto Privado
PRESUPUESTO PUBLICO PRESUPUESTO PRIVADO
 Cumplimiento de las metas de
desarrollo económico, social del
país.
 Se reinvierte en la
sociedad.
 El presupuesto es de conocimiento
público.
 Es rígido (se ciñe a lo establecido
en la ley.
 La acción de control es más
rigurosa.
 Afectan la política fiscal, económica
y cambiaria.
 Se formula con equilibrio
 Presupuesto por proyectos
 Alcanzar la mayor rentabilidad
sobre la inversión
 Incrementar el patrimonio de la
empresa
 El presupuesto es de conocimiento
privado.
 Es flexible
 La acción de control es menos
rigurosa.
 Afectan a la empresa y su entorno
 Se obtiene para determinar el nivel
mínimo de actividad cualquiera
 Cualquiera
Similitudes con el Presupuesto Privado
1. Se elaboran para buscar eficiencia y economía
2. En su ejecución deben permitir la flexibilidad
3. Se debe ejercer una acción de control
4. Son elaborados con base en un proyecto
5. Se realizan generalmente para un periodo de un año
6. Están expresados en términos físicos y financieros
María Irene Dioses Navarrete Administración Pública
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Alcance Conceptual del Presupuesto Público
2. Alcance político
Políticas de producción de bienes y servicios (política económica, social,
fiscal)
Políticas de administración presupuestaria (política salarial, inversión pública,
crédito público)
3. Alcance administrativo
Planear, dirigir, coordinar, informar, supervisar, evaluar y presupuestar las
actividades a cargo de la entidad pública
 Alcance económico y financiero
Efecto económico: El ingreso público tributario tiene una función de
contracción de la demanda y un efecto de redistribución de los recursos.
Efecto financiero: el presupuesto significa origen y destino de flujos
financieros
 Alcance jurídico
Se establecen normas que regulan la ejecución y evaluación y fijan
responsabilidades por el manejo del presupuesto
Características
Incluye una programación detallada.
Requiere de un proyecto y está contenido en un plan.
El periodo presupuestario es de duración anual.
Se formula, ejecuta y controla bajo la técnica de presupuesto por proyectos.
Tiene carácter de ley
Cuenta con clasificadores de ingresos y gastos enlazados y consolidados.
Como algo inherente a su naturaleza, deben ser flexible
Sus datos deben estar fundamentados en estudios, análisis e
investigaciones.
Permite la determinación de responsabilidades públicas
María Irene Dioses Navarrete Administración Pública
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Se comporta como un elemento operativo dinámico
Objetivos del Presupuesto Público
a. Prever ingresos y gastos futuros para anticiparse a las necesidades del ente.
b. Trasformar las políticas del gobierno en programas de acción por medio de la
asignación de recursos
c. Proveer la estructura para las cuentas públicas y la contabilidad fiscal.
d. Permitir la evaluación periódica de la gestión gubernamental.
e. Facilitar el proceso administrativo.
f. Proveer la base legal para la realización del gasto público.
g. Cumplir con los planes de la nación a largo, mediano y corto plazo.
h. Coordinar las decisiones políticas, económicas y sociales.
i. Coordinar las actividades de organismos gubernamentales
j. Establecer una relación entre los fines por cumplir y los medios con que
alcanzarlos.
k. Minimizar costos, al darle el mejor uso a los recursos.
l. Facilitar el control.
m. Facilitar la delegación de autoridad y fijar la responsabilidad financiera.
n. Permitir que el público conozca los programas de gobierno.
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PROGRAMACION
 Establecer los objetivos Institucionales a lograr durante el Año Fiscal dentro
del marco del Plan Estratégico Sectorial Multianual y en función al Plan
Estratégico Institucional.
 Determinar la demanda global de los gastos que implicará la prestación del
servicio que desarrolla el pliego.
 Estimación de ingresos por fuentes de financiamiento distintas de Recursos
Ordinarios.
 Análisis y comparación de cifras presupuestarias asignadas al Pliego
FORMULACION
 Definición, consistencia y revisión del proyecto de Estructura Funcional
Programática del Pliego.
 Elaboración del anteproyecto de presupuesto del Pliego para el próximo
ejercicio.
VV
CCOONNTTRROOLL
VVII
EEVVAALLUUAACCIIOONN
IIIIII
AAPPRROOBBAACCIIOONN
II
PPRROOGGRRAAMMAACCIIOONN
IIII
FFOORRMMUULLAACCIIOONN
CCIICCLLOO
PPRREESSUUPPUUEESSTTAARRIIOO
IIVV
EEJJEECCUUCCIIOONN
Fases del Proceso Presupuestario Público
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 Sustentación ante el Ministerio de Economía y Finanzas.
 Elaboración del proyecto de presupuesto anual del Sector.
 Sustentación ante el Congreso de la República.
 Programación mensual de gastos
APROBACION
 Consistencia y revisión del proyecto de Resolución Ministerial y Anexos
sustentatorios para aprobar el presupuesto Institucional de Apertura, sobre
la base de lo aprobado en la Ley Anual de Presupuesto.
EJECUCION
a. Programación Trimestral de gastos
b. Autorización de calendarios de compromisos
c. Afectación de compromisos en función a la autorización de Calendario de
Compromisos.
d. Formulación y consistencia de la información trimestral de ejecución de
ingresos y egresos para ser remitido al Ministerio de Economía y Finanzas.
CONTROL
a. En esta fase se observa y vigila la ejecución del Presupuesto.
b. Se comparan cifras reales con las cifras presupuestales y se determinan las
variaciones, localizándose las áreas problemas para determinar la forma de
corregirlas.
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EVALUACION
 Preparación de requerimiento de información para la evaluación.
 Organización y procesamiento de la información
 Formulación del documento de Evaluación.
CIERRE
a. Consistencia y organización de la información de cierre presupuestal.
b. Conciliación de información presupuestaria y financiera de ingresos, gastos
y marco legal a nivel Institucional.
c. Conciliación de cierre presupuestal con el MEF y la Contaduría Pública de
la Nación.
Sistemas Administrativos en la Administración Pública
Sistema de Abastecimientos
Los sistemas administrativos. Es el conjunto de principios, normas,
procedimientos, técnicas e instrumentos que regulan la utilización de recursos en
las entidades de la administración pública y promueven la eficiencia en el uso de
dichos recursos. Los sistemas administrativos nacionales son sistemas de gestión
que actúan como normas de calidad.
Entre los principales sistemas de la administración Pública peruana figuran los
siguientes:
- Abastecimiento, personal, inversión pública, presupuesto, contabilidad,
Tesorería
EL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO
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1. Definición
El Sistema de Abastecimiento es el conjunto interrelacionado de política,
objetivos, normas, atribuciones, procedimientos y procesos técnicos
orientados al racional flujo, dotación o suministro, empleo y conservación y
conservación de medios materiales; así como acciones especializadas,
trabajo o resultado para asegurar la continuidad de los procesos productivos
que desarrollan las entidades integrantes de la administración pública.
Este sistema se instituyó a través del Decreto Ley 22056, en el marco de
actividad de la Dirección Nacional de Abastecimiento del Instituto Nacional de
Administración Pública. Actualmente el Sistema de Abastecimiento tiene
diversas instancias.
2. Finalidad
La finalidad del Sistema de Abastecimiento es asegurar la unidad,
racionalidad, eficiencia y eficacia de los procesos de abastecimiento de
bienes y servicios en la administración pública.
3. Ámbito de aplicación
El sistema de abastecimiento en la Administración Pública es de aplicación
tanto a los bienes materiales, constituidos por elementos materiales
individualizables mesurables, intercambiables y útiles o necesarios para el
desarrollo de procesos productivos, como a los servicios en general, excepto
los personales que son competencia del sistema de personal, que para el
efecto, cuenta con sus propias normas.
4. Normas que rigen el Sistema de Abastecimiento
Las normas que rigen el Sistema de Abastecimiento en la Administración
Pública peruana son las siguientes:
4.1. Constitución Política de 1993: Art. 58º, 76º
Artículo 58º.
La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de
mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y
actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud,
educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.
.
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Artículo 76º
"Las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos o
recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación
pública, así como también la adquisición o la enajenación de bienes.
La contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo
monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. La
ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas
responsabilidades."
4.2. Decreto Ley Nº 22056: Ley del Sistema Administrativo de
Abastecimiento.
4.3. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
4.4. Ley Nº 29142: Ley Anual de Presupuesto.
4.5. Ley Nº 26850: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
4.6. Texto Único Ordenado de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del
Estado. D.S. Nº 083-2004-PCM.
4.7. Reglamento del T.U.O de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado. D.S. Nº 084-2004-PCM, modificado mediante D.S. 063-2006-
EF.
5. Términos Utilizados En El sistema De Abastecimiento y Adquisición:
La acción orientada a obtener la propiedad o cualquiera de sus atributos
sobre un bien.
Bases:
Los documentos que contienen los aspectos administrativos, las
especificaciones técnicas y los términos de referencia o expediente técnico,
según corresponda, que con el conjunto de condiciones, procedimientos
establecidos por la Entidad y, cuando corresponda, la proforma del contrato,
rigen un proceso de selección específico en el marco de la Ley y el presente
Reglamento.
Calendario del proceso de selección:
El documento elaborado por la Entidad que convoca a un proceso de
selección, en el cual se fijan los plazos para cada una de sus etapas.
Contratación:
Es el acuerdo para regular, modificar o extinguir una relación jurídica dentro
de los alcances de la Ley y del Reglamento
Especificaciones Técnicas:
Descripciones, elaboradas por la Entidad, de las características
fundamentales de las obras, consultorías, servicios, bienes o suministros a
ejecutar, contratar o adquirir, respectivamente.
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Postor:
La persona natural o jurídica legalmente capacitada que participa en un
proceso de selección desde el momento en que presenta su propuesta
Proveedor:
La persona natural o jurídica que vende o arrienda bienes, presta servicios o
ejecuta obras.
Obra:
Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y
habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras,
excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren
dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
6. Organismo Regulador
El organismo regulador del Sistema de Abastecimiento es el Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (OSCE ), el cual es
un órgano público descentralizado perteneciente a la Presidencia del Consejo
de Ministros, con personería jurídica de derecho público que goza de
autonomía tanto administrativa, funcional, financiera, económica, así como
jurídica.
Entre sus funciones están:
- Velar por el cumplimiento y difusión de la ley de contrataciones y
adquisiciones del Estado, así como proponer las modificaciones que
sean necesarias.
- Aprobar directivas que fijen criterios de interpretación o de integración de
dicha Ley.
- Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su
competencia.
- Desarrollar, administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores.
- Desarrollar, administrar y operar el Sistema Electrónico de adquisiciones y
contrataciones del Estado (SEACE).
- Organizar y administrar conciliaciones y arbitrajes.
- Absolver consultas sobre la materia de su competencia.
- Imponer sanciones a los proveedores, participante, postores y contratistas
que contravengan las disposiciones establecidas.
- Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República los
casos en que se aprecie indicios de incompetencia, negligencia,
corrupción o inmoralidad detectados en el ejercicio de su función pública.
- Supervisar todo proceso de contratación de bienes, servicios u obras
cualquiera sea el régimen de contratación.
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7. Procesos Técnico
Los procesos técnicos son los instrumentos de gestión o herramientas del
sistema de abastecimiento en sí, establecidos con la finalidad de hacer más
dinámicos funcional y operativo.
Los Procesos técnicos son 11, los que para una mayor operatividad y
funcionamiento han sido agrupados en Sub sistemas.
7.1 Sub Sistema de Información
Llamado así porque mediante los procesos técnicos que comprende,
se capta, procesa, clasifica, actualiza, proporciona y conserva la
información sobre los bienes servicios en general y ejecución de
obras, proveedores que lo suministran, precio de mercado y
condiciones de venta ofrecidas por estos, seguridad, garantía que
ofrecen, acciones de seguimiento y control a realizar, etc.; necesarios
por las entidades públicas para tomar la decisión más conveniente en
condiciones óptimas para el Estado.
Está constituido por los siguientes procesos técnicos:
a. Catalogación.-
Proceso que permite la depuración, ordenamiento,
estandarización, codificación, obtención, actualización y
proporciona la información referida a los bienes, servicios, obras
y/o consultoría requeridos por las entidades públicas, con el fin de
incluirlos en el catálogo institucional el cual constituye un
documento de valiosa información.
b. Registro De Proveedores.-
Proceso a través del cual se obtiene, procesa, utiliza y se evalúa
la información comercial relacionada con los proveedores
(contratista y consultores) de la entidad, y también los bienes,
servicios, obras y consultoría que estos suministran, prestan,
ejecutan, etc.
c. Registro Y Control.-
Es un proceso referido a las acciones de "control previo",
verificación y conformidad, a cada una de las fases de cada uno
de los procesos técnicos, a fin de detectar oportunamente
desviaciones y adoptar las medidas necesarias.
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Así como también referido al seguimiento de los documentos
administrativos generados en los diversos niveles de la entidad,
para evitar demoras o establecimiento en el trámite de los
mismos, hecho que perjudicaría a la oficina de abastecimiento y a
la institución.
d. Programación.-
Proceso mediante el cual se prevé en forma racional y
sistemática, la satisfacción conveniente y oportuna de los bienes
y servicios, obras, consultoría, etc. que son requeridas por las
dependencias de las entidades públicas, previa determinación en
base a las respectivas metas institucionales, a la disponibilidad
presupuestaria, aplicando criterios de austeridad y prioridad.
7.2 Sub Sistema de Negociación/Obtención
Llamado así porque mediante los procesos técnicos que comprende
presenta opciones y condiciones para negociar bienes y/o servicios o,
para rescatar derechos en caso de haberlos perdido, por causas
imprevistas o hechos fortuitos comprobados.
a) Adquisición
Proceso técnico a través del cual se formaliza de la manera más
conveniente, adecuada y oportuna para el Estado, la adquisición,
obtención, contratación de bienes, servicios, obras, consultoría,
siguiendo un conjunto de acciones técnicas administrativas y
jurídicas, requeridas por las dependencias integrantes, para el
logro de sus objetivos y alcance de sus metas, por medio de la
oficina de abastecimiento, teniendo en cuenta el presupuesto
asignado.
b) Recuperación de Bienes
Es un proceso que comprende actividades orientadas para volver
a tener dominio o disposición de bienes (para uso, consumo) o
de servicios que anteriormente se tenía derecho sobre su
propiedad o uso, luego de haberlos perdido por diversas causas
como:
- Descuido o negligencia de los trabajadores usuarios.
- Abandono irresponsable de bienes en lugares ajenos a la
propia entidad.
- Bienes distribuidos sin criterios, sin antes haber sido
utilizados, es decir que permanecieron en stock o sin
rotación, por haber sido adquiridos sin rotación, por haber
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sido adquiridos sin programación en exceso o en forma
indiscriminada.
7.3 Subsistema de Utilización/Preservación.
Llamado así porque orienta y coordina la movilización, el uso,
conservación y custodia de los bienes, servicios y obras ejecutadas
para una adecuada utilización y preservación.
Comprende los siguientes procesos:
a) Almacenamiento
Actividad técnica, administrativa y jurídica relacionada con la
ubicación física temporal de los bienes materiales adquiridos por
las entidades públicas a través de las modalidades de adquisición
establecidas, en un espacio físico apropiado denominado
almacén, con fines de custodia, antes de entregarlos, previa firma
de la PECOSA o PIA, a las dependencias solicitantes, con
destino a los usuarios de los mismos.
b) Mantenimiento.-
Es una etapa del sistema de abastecimiento, donde la oficina de
abastecimiento por medio de la unidad de servicios o de terceras
personas idóneas, proporciona adecuada y oportunamente el
servicio de mantenimiento, que puede ser de tipo predictivo,
preventivo, correctivo de la maquinaria, equipos, enseres,
edificaciones, etc. con el propósito de estar en óptimo estado de
conservación y de operación de los mismos.
c) Seguridad.-
Es una etapa del sistema, donde la oficina de abastecimiento por
medio de la unidad de seguridad, utilizando su propio personal o
de registros, brindan un eficiente servicio de seguridad
integral.
d) Distribución.-
Es un proceso, que a través del almacén institucional,
proporciona adecuada y oportunamente los bienes requeridos
para las dependencias solicitantes, para el logro se sus objetivos
y alcance de metas institucionales.
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e) Disposición Final.-
Es una etapa del sistema de abastecimiento relacionada con la
situación técnica, administrativa y jurídica de los bienes
asignados en uso, la cual tiene como finalidad evitar la
acumulación improductiva de bienes y/o servicios innecesarios
para la entidad.
Por lo que será pertinente tramitar su baja y posterior venta,
incineración o destrucción, según su estado.
8. Normas Generales Del Sistema De Abastecimiento
8.1. Aplicación De Criterio De Eficiencia Y Eficacia
Se refiere al uso óptimo de los pocos recursos disponibles
(eficiencia); así como lograr los objetivos y alcanzar las metas fijadas
(eficacia) a través de la gestión adecuada de estos recursos.
Para ello se debe aplicar criterios técnicos:
- Cantidad: Que el proveedor tenga en spot la cantidad requerida
por la entidad.
- Calidad: Cualidades o propiedades de los que se va adquirir,
obtener o contratar.
- Oportunidad: Que el proveedor seleccionado entregue en la
fecha oportuna la totalidad de lo adquirido por la entidad o realice
en su integridad el servicio contratado.
- Lugar: Los bienes adquiridos por la entidad deben ser
entregados por el proveedor seleccionado en el almacén de la
entidad y no al revés.
- Costo: Sólo en igualdad de características y condiciones de lo
ofertado por el proveedor, se preferirá la oferta más baja
presentada.
8.2. Integridad de Administración de Abastecimiento
El abastecimiento es una función de apoyo al funcionamiento interno
de una organización. Esta norma busca dar un adecuado concepto de
unidad a la función de abastecimiento a través del desarrollo de
actividades únicas en campos especializados denominados procesos
técnicos, los cuales conforman el sistema de abastecimiento.
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8.3. Actualización y Utilización de Información para el Abastecimiento
El sistema de abastecimiento ser vale de la información para orientar,
organizar y racionalizar el desarrollo de los procesos técnicos,
información que debe ser actualizada de modo tal que refleje la
situación actual y permita tomar decisiones.
8.4. Unidad de Adquisición de Bienes y Servicios
La adquisición constituye un conjunto de actividades técnico
administrativas-jurídicas orientadas a lograr que una entidad pública
en representación del estado logre la propiedad, disponibilidad o
facultad de utilización de bienes o servicios en forma permanente o
temporal, derivándose o no en una obligación de pago.
8.5. Unidad en el Ingreso Físico y Custodia Temporal De Bienes
Esta norma garantiza acciones racionales y facilita el control ya que
solo por el almacén del órgano de abastecimiento se realiza el ingreso
físico de bienes adquiridos y/o recuperados.
El ingreso físico de bienes es un acto formal de incorporación a la
entidad, pasando desde afuera hacia dentro de ella a través de un
lugar establecido (almacén).
La custodia temporal se inicia en la adquisición y la recuperación de
bienes.
8.6. Austeridad del Abastecimiento
Austeridad es la equilibrada estimación de bienes y servicios, el
empleo mesurado de los limitados recursos y su adecuada
combinación para obtener mejore resultados.
Su objetivo es determinar criterios para hacer más racional el empleo
de los recursos de que dispone una entidad.
8.7. Verificación del Estado y Utilización de Bienes y Servicios
Las instituciones públicas formularan y aplicaran normas para
comprobar la existencia, estado de conservación y condiciones de
utilización de los bienes y/o servicios de que dispone la entidad; es
decir la constatación física en relación con las unidades físicas.
Es decir es acto de constatación física que en un determinado
momento o en forma permanente realizan un grupo de personas
idóneas, a fin de establecer el uso, estado de conservación, usuario,
lugar de ubicación física, medidas, etc.
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9. Funcionamiento del Sistema de Abastecimiento
El sistema de abastecimiento funciona con los siguientes procesos o pasos.
 Programación de necesidades
Es la determinación de éstas en función a los objetivos y metas
institucionales, concordantes con el PIA. En esta fase se utilizará el Cuadro
de Necesidades.
 Elaboración del Presupuesto Valorado
Esta fase consiste en la consolidación de las necesidades de bienes,
servicios y obras, sustentatorias del Presupuesto Institucional de Apertura -
PIA.
 Elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC
Esta fase se desarrolla dentro de los treinta (30) días siguientes a la
aprobación del PIA, es decir, a más tardar el 31 de enero de cada año. No
se podrá ejecutar ningún proceso de selección que previamente no haya
sido incluido en el PAAC, siendo nulo todo proceso que contravenga a esta
disposición.
 Ejecución de los procesos de selección
Consiste en la realización de los procesos de selección de acuerdo al objeto
del proceso.
 Ingreso al Almacén Institucional
Es el ingreso de los bienes materiales adquiridos a través de los diversos
procesos de selección.
 Valorización de las existencias de almacén
Se realiza en función a los documentos - fuentes o tasación, aplicando el
Costo Promedio o el PEPS (Primeras entradas, primeras salidas).
 Inventario Físico
En el proceso se aplican las normas legales vigentes del Sistema de
Abastecimiento, SBN, etc.
 Ajuste del valor monetario
Aplicando lo establecido en las normas legales vigentes.
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 Presentación a la Oficina de Contabilidad
Esta actividad es clave para la sustentación del Balance.
10. Ley de contrataciones y adquisiciones del estado
1. Alcances
La presente Ley establece las normas básicas que contienen los
lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público, dentro
de criterios de racionalidad y transparencia, en los procesos de
adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las
obligaciones y derechos que se derivan de los mismos.
2. Ámbito de aplicación
2.1. Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente
Ley, bajo el término genérico de Entidad:
a. El Gobierno Nacional, sus dependencias y reparticiones, así como
sus instituciones y organismos públicos descentralizados;
b. Los Gobiernos Regionales, sus dependencias y reparticiones;
c. Los Gobiernos Locales, sus dependencias y reparticiones;
d. Los Organismos Constitucionales Autónomos;
e. Las Universidades Públicas;
f. Las Sociedades de Beneficencia y las Juntas de Participación
Social;
g. Los Institutos Armados y la Policía Nacional del Perú;
h. Los Fondos de Salud, de Vivienda, de Bienestar y demás de
naturaleza análoga de las Fuerzas Armadas y de la Policía
Nacional del Perú;
i. Las empresas del Estado de Derecho público o privado, ya sean de
propiedad del Gobierno Nacional, Regional o Local; las empresas
mixtas en las cuales el control de las decisiones de los órganos de
gestión esté en manos del Estado;
j. Los proyectos, programas, órganos desconcentrados y demás
unidades orgánicas, funcionales, ejecutoras y/u operativas de los
Poderes del Estado y los organismos públicos descentralizados; y,
k. Todas las dependencias como organismos públicos
descentralizados, unidades orgánicas, proyectos, programas,
empresas, fondos pertenecientes o adscritos a los niveles de
gobierno central, regional o local, así como los organismos a los
que alude la Constitución Política y demás que son creados y
reconocidos por el ordenamiento jurídico nacional.
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2.2. Las adquisiciones y contrataciones cuyos procesos de selección
regula la presente Ley comprenden todos los contratos mediante los
cuales el Estado requiere ser provisto de bienes, servicios u obras
necesarios para el cumplimiento de sus funciones, asumiendo el pago
del precio o de la retribución correspondiente y las demás obligaciones
derivadas de la calidad de contratante.
2.3. La presente Ley no es de aplicación para:
a. La contratación de trabajadores, servidores o funcionarios públicos
sujetos a los regímenes de la carrera administrativa o laboral de la
actividad privada;
b. La contratación de auditorías externas en o para las entidades del
Sector Público, la misma que se sujeta específicamente a las
normas que rigen el Sistema Nacional de Control. Todas las demás
adquisiciones y contrataciones que efectúe la Contraloría General
de la República se sujetan a lo dispuesto en la presente Ley y su
Reglamento;
c. Las operaciones de endeudamiento interno o externo;
d. Los contratos bancarios y financieros celebrados por las entidades;
e. Los contratos de locación de servicios que se celebren con los
presidentes de Directorio o Consejo Directivo, que desempeñen
funciones a tiempo completo en las entidades o empresas del
Estado;
f. Los actos de disposición y de administración y gestión de los
bienes de propiedad estatal;
g. Las adquisiciones y contrataciones cuyos montos, en cada caso,
sea igual o inferior a una Unidad Impositiva Tributaria vigente al
momento de la transacción;
h. La contratación de notarios públicos para que ejerzan las funciones
previstas en la presente Ley y su Reglamento;
i. Los servicios brindados por conciliadores, árbitros, centros de
conciliación, instituciones arbitrales y demás derivados de la
función conciliatoria y arbitral;
j. Las publicaciones oficiales que deban hacerse en el Diario Oficial
El Peruano por mandato expreso de Ley o de norma reglamentaria;
k. La concesión de recursos naturales y obras públicas de
infraestructura, bienes y servicios públicos;
l. La transferencia al sector privado de acciones y activos de
propiedad del Estado, en el marco del proceso de privatización;
m. Las modalidades de ejecución presupuestal distintas al contrato y
contempladas en la normativa de la materia, salvo las
contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios que se
requieran para ello;
n. Los contratos internacionales, los cuales se regulan por los
tratados en que el Perú sea parte o, en su defecto, por la
costumbre y las prácticas del comercio internacional; y
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o. Las contrataciones y adquisiciones que realicen las Misiones del
Servicio Exterior de la República, exclusivamente para su
funcionamiento y gestión.
11. Principios que rigen las contrataciones y adquisiciones
 Moralidad: Los actos referidos a contrataciones y adquisiciones deben
caracterizarse por la honradez, veracidad, probidad y justicia por parte
de los trabajadores públicos intervinientes.
 Libre Competencia: Todos los proveedores, contratistas o consultores
deben participar libremente en los actos convocados por las entidades
públicas, excepto cuando hayan sido sancionados, pues la Constitución
y otras normas prohíben las prácticas monopólicas, controlistas y
restrictivas en la libre competencia.
 Imparcialidad: Los trabajadores, asesores públicos y privados que
intervienen en los actos públicos de adquisición de bienes, obtención de
servicios, contratación de obras o consultoría, deben actuar con total y
probada imparcialidad en la toma de decisiones, no favoreciendo ni
perjudicando a ningún postor o contratista.
 Eficiencia: Los bienes, servicios o ejecución de obras que se adquieran
o contraten deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de
ejecución y entrega.
 Transparencia: Todos los procesos realizados antes, durante y
después de todo acto público convocado por una entidad pública, debe
ser completamente claro por parte de todos los intervinientes.
 Economía: Las entidades deben adoptar políticas propias para evitar
gastos innecesarios, ahorro de tiempo, celeridad en los trámites propios
de cada modalidad o proceso de selección.
 Vigencia Tecnológica: Se deben adquirir bienes, obtener servicios o
contratación de obras o consultoría que se caractericen por
corresponder a la más avanzada tecnología.
 Trato justo e igualitario a los contratistas: No debe haber ningún tipo
de preferencia, y se debe prestar todas las facilidades necesarias a los
postores o contratistas.
12. Procesos de selección
Los procesos de selección son:
Licitación Pública.- Se convoca para la contratación de obras y para la
adquisición de bienes y suministros dentro de los márgenes que establecen
las normas presupuestarias. Se puede ejecutar de dos formas:
 Licitación Pública Nacional, para la ejecución de obras por empresas
constituidas y con instalaciones en el país.
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 Licitación Pública Internacional, cuando las características técnicas de
las obras requieren de participación internacional.
Concurso Público.- Se convoca para la contratación de servicios de toda
naturaleza, de consultoría y arrendamiento, dentro de los márgenes que
establecen las normas presupuestarias.
Este tipo de selección se aplicará, por ejemplo, para el arrendamiento de un
local de propiedad de una asociación civil por un valor de doscientos
cincuenta mil nuevos soles anuales o la contratación del servicio de
vigilancia y seguridad por un valor de doscientos diez mil nuevos soles
anuales.
Adjudicación Directa.- se aplica para las adquisiciones y contrataciones
que realice la entidad, dentro de los márgenes que establece la Ley Anual
de Presupuesto. Puede ser Pública o Selectiva.
Adjudicación Directa Pública: Se convoca cuando el monto de la
adquisición o contratación es mayor al 50% del límite máximo establecido
para la Adjudicación Directa.
Adjudicación Pública Selectiva: Se convoca cuando el monto de la
adquisición o contratación es igual o menor al 50% del límite máximo
establecido para la Adjudicación Directa. Esta modalidad no requiere de
publicación, se efectúa por invitación, debiéndose convocar a por lo menos
a tres proveedores.
Adjudicación de Menor Cuantía.- Se aplica para las adquisiciones o
contrataciones que realice la Entidad, cuyo monto sea inferior a la décima
parte del límite mínimo establecido por la Ley Anual de Presupuesto para la
Licitación o Concurso Público, según corresponda. En este caso, para el
otorgamiento de la Buena Pro, basta la evaluación favorable del proveedor
o postor seleccionado, cuya propuesta deberá cumplir con las
especificaciones técnicas y términos requeridos.
13. Montos para la determinación de los procesos de selección
La determinación de los Procesos de. Selección para efectuar las
Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas, en
todas las Entidades del Sector Público incluidas los Gobiernos locales, se
sujetan a los montos estipulados en la Ley de Presupuesto de cada Año
Fiscal, así tenemos los montos siguientes, de acuerdo al artículo 18 de
la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley
Nº 29626:
a) Contratación de obras, de acuerdo a:
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- Licitación pública, si el valor referencial es igual o superior a UN
MILLÓN OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 800
000,00).
- Adjudicación directa, si el valor referencial es inferior a UN MILLÓN
OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 800 000,00).
Cuando el monto del valor referencial de una obra pública sea igual o
mayor a CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 4 300 000,00), el organismo ejecutor debe
contratar, obligatoriamente, la supervisión y control de obras.
b) Contratación de bienes, de acuerdo a:
- Licitación pública, si el valor referencial es igual o superior a
CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00).
- Adjudicación directa, si el valor referencial es inferior a
CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00).
c) Contratación de servicios, tales como prestaciones de empresas de
servicios, compañías de seguros y contratos de arrendamiento no
financieros, así como investigaciones, proyectos, estudios, diseños,
supervisiones, inspecciones, gerencias, gestiones, auditorías, asesorías
y peritajes, de acuerdo a:
- Concurso público, si el valor referencial es igual o superior a
CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00).
- Adjudicación directa, si el valor referencial es inferior a
CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00).
14. Modalidades de compra
Los procesos de selección son:
Compras Corporativas
Mediante las compras corporativas las Entidades se agrupan para adquirir o
contratar bienes y servicios de manera conjunta, realizando un único
proceso de selección, con el objetivo de reducir los costos de transacción y
aprovechar las ventajas de la economía de escala, obteniendo bienes y
servicios con valor agregado, produciéndose de esta manera un mejor
aprovechamiento de los recursos del Estado y facilitando la estandarización
de bienes y servicios.
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Convenio Marco
El Convenio Marco es la modalidad por la cual CONSUCODE selecciona a
los proveedores cuyos bienes y servicios serán ofertados en el Catálogo a
fin de ser adquiridos o contratados de manera directa por las Entidades.
 Subasta Inversa
La Subasta Inversa es la modalidad de selección por la cual una
Entidad realiza la adquisición de bienes comunes y la contratación de
servicios comunes a través de una oferta pública y en la cual, el postor
ganador será aquel que ofrezca el menor precio o costo en igualdad de
circunstancias comerciales y de servicio. Esta modalidad de selección
puede realizarse de manera presencial o electrónica.
 Subasta Inversa Presencial
La Subasta Inversa Presencial se realiza en acto público por medio de
propuestas de precios o de costos escritos y lances verbales.
 Subasta Inversa Electrónica
La Subasta Inversa Electrónica o Virtual se realiza a través de la
utilización de recursos de tecnología de la información, de acuerdo a los
procedimientos que establezca la reglamentación específica.
15. Exoneración del proceso de selección
Están exoneradas de los procesos de selección de adquisiciones y
contrataciones que se realicen:
 Entre entidades del sector público
 Para contratar servicios públicos sujetos a tarifas únicas
 En situación de emergencia o desabastecimiento inminente
 Con carácter de secreto militar o de orden interno
 Cuando exista proveedor único
16. Situación de desabastecimiento inminente.-
Se considera así a aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que
la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma
directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u
operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera
esencial.
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La Contraloría General de la República participa de oficio en las
contrataciones y adquisiciones de los bienes, servicios u obras en situación
de desabastecimiento inminente.
16.2 Situación de Emergencia
Es aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera
inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones
que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa
nacional. En este caso la entidad quedará exonera de la tramitación
de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo
estrictamente necesario para remediar el evento producido y
satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos
formales de la ley.
17. Proceso de selección desierto.-
El proceso de selección será declarado desierto cuando no quede válida
ninguna oferta. La declaración de desierto de un proceso obliga a la entidad
a formular un informe que evalúe las causas que motivaron dicha
declaratoria, debiéndose adoptar las medidas correctivas, antes de
convocar nuevamente bajo responsabilidad.
En el caso de que una licitación pública, concurso público o adjudicación
directa sean declarados desiertos por la ausencia de postores hasta en dos
oportunidades, se convocará a un proceso de adjudicación de menor
cuantía.
La declaratoria de desierto de un proceso de selección deberá registrarse
en el SEACE, dentro de los dos (02) días de producida.
18. Cancelación del proceso de selección.-
En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes de la
adjudicación, la entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de
fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar
o adquirir o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado
tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados
expresamente. En ese caso la entidad deberá reintegrar el costo de las
bases a quienes la hayan adquirido; dicho plazo no podrá exceder a los 5
días posteriores a la comunicación.
La entidad deberá comunicar su decisión dentro del día siguiente y por
escrito al comité especial, debiendo registrar la resolución cancelatoria en el
SEACE en el mismo plazo.
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19. Evaluación y calificación de propuestas.-
La evaluación de las propuestas es integral, realizándose en dos (2) etapas.
La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de
la propuesta, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es
calificar el monto de la propuesta.
20. Presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro
En los casos de licitación o concurso público, se realizarán en acto público
en una o más fechas señaladas en la convocatoria, con presencia de
Notario Público o Juez de Paz cuando en la localidad donde se efectúe no
hubiera el primero.
En todos los procesos de selección sólo se considerarán como ofertas
válidas aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases.
Los resultados correspondientes en los casos de Licitación o Concurso
Público se publican, y en los demás se hacen de conocimiento por lo menos
de los interesados.
21. Sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones del estado
(SEACE).-
Es el sistema electrónico que permite el intercambio de información y
difusión sobre las adquisiciones y contrataciones del Estado, así como la
realización de transacciones electrónicas; su uso es obligatorio para las
entidades del Estado que se encuentren en proceso de adquisición de
obras, suministros o servicios.
El CONSUCODE desarrollará, administrará y operará el SEACE. Los actos
realizados por medio de este sistema, que cumplan con las disposiciones
jurídicas vigentes poseen la misma validez y eficacia jurídica que los actos
realizados por medios manuales pudiéndolos sustituir para todos los efectos
legales.
El Sistema de Personal en la Administración Pública
1. Definición
La Administración de Recursos Humanos es proceso administrativo aplicado al
acrecentamiento y conservación del esfuerzo, las experiencias, la salud, los
conocimientos, las habilidades, etc, de los miembros de las diferentes
organizaciones públicas en beneficios de ellos mismos y de la sociedad
peruana.
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Es la conducción técnico – legal de una organización o institución, que encierra
acciones y procesos dictadas por la autoridad superior, encaminadas a dotar
del personal adecuado para el cumplimiento de sus objetivos y metas, bajo un
conjunto de medidas sobre derechos y obligaciones que enmarcan su
estabilidad y desarrollo, conducentes además, a asegurar su eficiencia y
eficacia de su gestión.
La administración de personal o de recursos humanos en el estado peruano,
está contemplada en leyes y normas específicas sancionadas desde 1950 con
la creación de la Carrera Administrativa o Pública, según el enunciado y
considerando el D.L. 11377, Estatuto y Escalafón del Servicio Civil y artículo
7º, y en su reglamento D.S. 522-JC-1950, así como el D.Leg. 276 Ley de
bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su
Reglamento D.S. 005-90-PCM.
2. Nuevo Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos
Creado por Ley Nº 29158, art. 46º Orgánica del Poder Ejecutivo del 14-12-
2007, y cuyo ente rector la Autoridad Autónoma del Servicio Civil, creado por
D.L. Nº 1023, del 20.06.2008, trata de dos procesos: el de capacitación y
evaluación del desempeño. El D.L. Nº 1025 y su reglamento D.S. 009-2010-
PCM, del 17-01.2010, aprueba y reglamenta las normas de capacitación y
rendimiento para el sector público.
El D.S. 007-2010-PCM, del 14-01-2010, que aprueba el Texto Único Ordenado
de la Normatividad del Servicio Civil, no hace más que ratificar procesos de las
leyes Nº 276 y 28175, y acciones de los D.L. Nº 1023, 1025 y 1026.
3. Ingreso de Personal
Es el proceso por el cual el postulante después de haber superado los
requisitos del Concurso de Selección y según orden de méritos alcanzados, es
nombrado o contratado, por resolución de la autoridad competente, en el nivel
y línea correspondiente. El Cuadro de Méritos contenido en el proceso de
selección tiene una vigencia de seis (06), meses, considerándose como
candidatos aptos para ocupar cualquier otra vacante igual o similar a la cual
concursaron cuando no hayan alcanzado plaza vacante.
3.1. Acciones que se realizan:
 Requerimiento de personal por los Órganos que necesitan cubrir
plazas.
 Designación de la Comisión de Concurso.
 Elaboración y aprobación de las Bases para el Concurso.
 Convocatoria Pública de postulantes al Concurso.
 Inscripción de postulantes y recepción de documentos
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 Estudio y verificación de las solicitudes e información sutentatoria,
para determinar quienes reúnen los requisitos mínimos exigidos.
 Calificación del Currículo Vital; Pruebas de conocimientos;
Psicológicas; experiencia y entrevista personal.
 Elaboración del cuadro de méritos;
 Publicación de los resultados parciales y finales del Concurso;
 Nombramiento o contrato del postulante y/o postulantes, según orden
de mérito.
 Posesión del Cargo e Integración del ambiente laboral.
 Evaluación del periodo de prueba.
3.2. Mecanismo de Control
Hoja de verificación sobre:
 Concurso de ingreso
 Nombramiento de personal
 Contrato de personal
 Evaluación de personal
4. Control de Asistencia y Permanencia de Personal
4.1. Definición
Es la acción administrativa de personal mediante la cual se regula la
asistencia y permanencia de los trabajadores en su centro de trabajo, de
acuerdo con la jornada y horario establecido, y el control de cumplimiento
correspondiente.
4.2. Objetivo y Finalidad
Garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de labor de cada
servicio, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas vigentes.
4.3. Acciones a Realizar
 Las oficinas de personal elaboran la Reglamentación interna sobre
Asistencia y Permanencia de los Trabajadores.
 Las Oficinas de Personal mantienen actualizado los Registros de
Control de Asistencia y Permanencia.
 Los Jefes de la Unidades Orgánicas o funcionales de las Entidades
participan en el proceso de control de la asistencia y permanencia de
los Servidores a su cargo.
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4.4. Mecanismos de Control
 Hoja de verificación sobre Control de Asistencia y Permanencia.
5. Registro de Personal
5.1. Definición
Es la acción administrativa de personal mediante la cual y a través de un
conjunto de procedimientos se registran datos de los trabajadores que
ingresan al Sector Público archivando la documentación sustentatoria
correspondiente.
5.2. Objetivo
Contar con la información administrativa de cada servidor y posibilitar su
desarrollo, el cumplimiento de sus deberes y el goce de sus derechos en
forma oportuna.
5.3. Acciones a realizar
 La oficina de personal registran los datos de los servidores de su
entidad y los conservan en forma ordenada y de fácil identificación a
fin de utilizarlos adecuadamente en las diferentes acciones de
personal y de proporcionar la información que se requiera.
 La oficina de personal elaboran las estadísticas correspondientes y
mantienen actualizadas las fichas y los legajos personales.
 La oficina de personal lleva el registro general de los trabajadores de
la administración pública.
5.4. Mecanismos de Control
 Hoja de verificación sobre Registro de Personal.
6. Desplazamiento de Personal
6.1. Definición
Es la acción administrativa de personal, mediante la cual se autoriza a un
trabajador permanente de la administración pública a desempeñar otras
funciones compatibles con el cargo que tenía o del cual es titulado, según
sea el caso.
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6.2. Objetivo
Elevar y ampliar los conocimientos y experiencia del servidor público para
una administración eficiente y eficaz, en base a un mayor desarrollo
personal.
6.3. Acciones a realizar
 En cada entidad, se analizan las evaluaciones del cumplimiento de
metas cuya realización es de responsabilidad de los trabajadores,
asimismo se analizan la calificación y evaluación del comportamiento
laboral de los mismos, así como, las recomendaciones de sus jefes
inmediatos, para cuando corresponda, determinar su desplazamiento,
por resolución del nivel pertinente.
 El desplazamiento de personal debe realizarse periódicamente y en
función de los requerimientos de cargos compatibles con la
especialidad y con el nivel de carrera del trabajador.
 Los trabajadores que se desplazan, reciben oportunamente las
especificaciones de su nuevo cargo, si fuera el caso, a fin de que se
vayan familiarizando con las funciones que van a desempeñar.
 El trabajador que se desplaza hace entrega de cargo.
6.4. Mecanismo de Control
Hoja de verificación sobre Desplazamiento de Personal.
7. Evaluación del Comportamiento Laboral
7.1. Definición
Es el proceso técnico de personal a través del cual en forma integral
sistemática y continua por parte de los jefes inmediatos, se valora el
conjunto de actitudes, aptitudes rendimiento y comportamiento social del
trabajador de la Administración Pública en el cumplimiento de sus
funciones, en términos de oportunidad, calidad y cantidad de los bienes,
servicios producidos y de armonía laboral.
7.2. Objetivo
Valorar con la mayor objetividad posible en el comportamiento laboral del
trabajador, para lograr un mejor desarrollo personal e institucional en la
administración pública.
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7.3. Acciones
 Elaboración de normas y métodos para efectuar la evaluación del
comportamiento laboral de los trabajadores de la Administración
Pública.
 Formalización periódica de la Evaluación de comportamiento laboral
de los trabajadores de la Administración Pública.
 Desarrollo de planes de capacitación, incentivos, desplazamiento y
otras acciones de personal que coadyuvan al mejor desarrollo
personal en la función pública.
7.4. Mecanismos de Control
 Hoja de Evaluación sobre comportamiento laboral.
8. Capacitación de Personal
8.1. Definición
Es el proceso sistemático de perfeccionamiento y/o adquisición de
conocimientos, habilidades y actitudes para una mayor calificación y un
mejor ejercicio de la función pública.
8.2. Objetivos
Incrementar y ampliar los conocimientos de los trabajadores de la
Administración Pública para un mayor desarrollo del trabajador y un
mejor ejercicio de la función pública.
8.3. Acciones
 Establecimiento de políticas institucionales de capacitación.
 Establecimiento de normas y métodos para efectuar la capacitación
de los trabajadores de la Administración Pública.
 Participación en la elaboración del Plan institucional de acciones de
capacitación a corto y mediano plazo.
 Participación en la elaboración del Plan institucional de capacitación
previa las coordinaciones con los centros de capacitación estatales y
no estatales.
 Informe final de cada una de las acciones de capacitación.
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 Evaluación del cumplimiento del Plan de Capacitación.
8.4. Mecanismos de Control
 Hoja de verificación sobre capacitación de personal.
9. Reglamento Interno de Personal
9.1. Definición
Es el conjunto de disposiciones que definen y regulan las relaciones
laborales dentro de la Entidad, los deberes y derechos correspondientes,
así como las competencias jerárquicas organizacionales, para la normal
marcha administrativa.
9.2. Objetivos
Lograr comportamientos laborales adecuados al cumplimiento de los
objetivos de la Entidad.
9.3. Acciones
 Las Oficinas de Personal elaboran los Reglamentos Internos de
Personal, que son aprobados por Resolución del Titular de la
Entidad.
 El Reglamento se adecua a la normatividad legal y administrativa
vigente, de acuerdo a la naturaleza y complejidad de la organización.
 Las Oficinas de Personal difunden los RIP a todos los servidores de
la entidad para su adecuado cumplimiento.
 Las Oficinas de Personal evalúan periódicamente, el grado de
cumplimiento e introducen las adecuaciones pertinentes.
9.4. Mecanismos de Control
 Hoja de verificación sobre Reglamento Interno de Personal.
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BALOTARIO
1. ¿Cuáles son las actividades más importantes de la planeación?
2. ¿Qué actividades importantes tienen la organización?
3. ¿Cuáles son las actividades importantes del Control?
4. ¿Qué entiende por Gestión Pública por Objetivos?
5. ¿Qué es el Plan Estratégico?
6. ¿Qué es el Plan Operativo Institucional?
7. ¿Cuáles son las características del Plan Operativo Institucional?
8. ¿Qué es el Sistema de Presupuesto Público?
9. ¿Cuáles son las diferencias entre Presupuesto Público y Presupuesto
Privado?
10.¿Cuál es el alcance Conceptual del Presupuesto Público?
11.¿Cuáles son las características del Presupuesto Público?
12.¿Cómo define el Sistema de Abastecimientos en la Administración Pública?
13.¿Cuáles son las normas que rigen Sistema de Abastecimientos en la
Administración Pública?
14.¿Cuáles son los términos más usados en el Sistema de Abastecimientos en
la Administración Pública?
15.¿Qué es el Sistema de Personal en la Administración Pública?
16.¿Qué acciones se realizan en el proceso de ingreso de personal en la
Administración Pública?
17.¿Qué entiende por Control de Asistencia y Permanencia?
18.¿Qué es el Registro de Personal?
19.¿Qué entiende por Desplazamiento de Personal?
20.¿Qué entiende por Evaluación del Comportamiento Laboral?
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TERCERA PARTE
(UNIDAD III):
La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR
La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR es una entidad pública* adscrita
a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como finalidad la gestión de
las personas al servicio del Estado. Se podría decir que es la gerencia de recursos
humanos de la administración pública.
SERVIR nació en junio del 2008 para modernizar la función pública. Busca un
servicio civil meritocrático, flexible y con altos niveles de eficiencia que sirva mejor
a todos los peruanos. Para ello debe implementar la Reforma del Servicio Civil.
¿Por qué necesitamos una reforma del Servicio Civil? Porque el Estado peruano
necesita modernizar sus instituciones públicas (sean del Gobierno Nacional, de los
gobiernos regionales o de las municipalidades), profesionalizar la función pública y
fortalecer las oficinas de recursos humanos para pasar de una ―administración de
planilla‖ a la ―gestión de personas‖, así como desarrollar una mayor capacidad
gerencial.
En ese sentido, los principios de la reforma que lidera SERVIR buscan que el
Estado cuente con personas (Servicio Civil) con una clara orientación de servicio
al ciudadano, que se rigen por principios de mérito, que su ingreso se da mediante
procesos transparentes, que son evaluadas por el logro de objetivos concretos y
que reciben incentivos en base al rendimiento.
El rol de SERVIR consiste, entonces, en formular las políticas nacionales, emitir
opinión técnica vinculante, dictar normas, supervisar su cumplimiento y resolver
conflictos sobre los recursos humanos del Estado. Esta reforma, cuyos resultados
están planificados para el mediano y largo plazo, encuentra sus cimientos en las
Políticas de Estado suscritas en el Acuerdo Nacional, específicamente las
referidas a contar con un Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado.
Políticas de Estado
PRIMER OBJETIVO: DEMOCRACIA Y ESTADO DE DERECHO
1.- Fortalecimiento del Régimen Democrático y del Estado de Derecho
Nos comprometemos a consolidar el régimen democrático y el Estado de derecho
para asegurar un clima de estabilidad y cooperación política, promover la
competencia democrática y garantizar elecciones libres y transparentes, el
pluralismo y la alternancia en el poder. Declaramos que la democracia
representativa es la base de la organización del Estado de derecho, que se
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refuerza y profundiza con la participación ciudadana permanente, ética y
responsable, en el marco de la constitucionalidad.
2.- Democratización de la vida política y fortalecimiento del sistema de
partidos
Nos comprometemos a promover la participación ciudadana para la toma de
decisiones públicas, mediante los mecanismos constitucionales de participación y
las organizaciones de la sociedad civil, con especial énfasis en la función que
cumplen los partidos políticos.
3.- Afirmación de la identidad nacional
Nos comprometemos a consolidar una nación peruana integrada, respetuosa de
sus valores, de su patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural,
vinculada al mundo y proyectada hacia el futuro.
.
4.- Institucionalización del diálogo y la concertación
Nos comprometemos a fomentar el diálogo y la concertación entre todas las
organizaciones, tanto políticas como de la sociedad civil, en base a la tolerancia, la
afirmación de las coincidencias y el respeto a las diferencias de identidad,
garantizando las libertades de pensamiento y de propuesta.
5.-Gobierno en función de objetivos con planeamiento estratégico,
prospectiva nacional y procedimientos transparentes
Nos comprometemos a impulsar las acciones del Estado sobre la base de un
planeamiento estratégico que oriente los recursos y concierte las acciones
necesarias para alcanzar los objetivos nacionales de desarrollo, crecimiento y
adecuada integración a la economía global.
6.- Política exterior para la paz, la democracia, el desarrollo y la integración
Nos comprometemos a llevar a cabo una política exterior al servicio de la paz, la
democracia y el desarrollo, que promueva una adecuada inserción del país en el
mundo y en los mercados internacionales, a través de una estrecha vinculación
entre la acción externa y las prioridades nacionales de desarrollo. Consolidaremos
la firme adhesión del Perú a las normas y principios del Derecho Internacional, con
especial énfasis en los Derechos Humanos, la Carta de las Naciones Unidas y la
del Sistema Interamericano. Asimismo, garantizaremos una política basada en el
diálogo entre las instituciones del Estado, las organizaciones políticas y las demás
organizaciones de la sociedad.
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7.- Erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la
seguridad ciudadana
Nos comprometemos a normar y fomentar las acciones destinadas a fortalecer el
orden público y el respeto al libre ejercicio de los derechos y al cumplimiento de
los deberes individuales.
8.- Descentralización política, económica y administrativa para propiciar el
desarrollo integral, armónico y sostenido del Perú.
Nos comprometemos a desarrollar una integral descentralización política,
económica y administrativa, transfiriendo progresivamente competencias y
recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales con el fin de
eliminar el centralismo. Construiremos un sistema de autonomías políticas,
económicas y administrativas, basado en la aplicación del principio de
subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional,
regional y local del Estado, con el fin de fortalecer éstos últimos y propiciar el
crecimiento de sus economías.
9.- Política de Seguridad Nacional
Nos comprometemos a mantener una política de seguridad nacional que garantice
la independencia, soberanía, integridad territorial y la salvaguarda de los intereses
nacionales. Consideramos que ésta es una tarea que involucra a la sociedad en
su conjunto, a los organismos de conducción del Estado, en especial a las
Fuerzas Armadas, en el marco de la Constitución y las leyes. En tal sentido, nos
comprometemos a prevenir y afrontar cualquier amenaza externa o interna que
ponga en peligro la paz social, la seguridad integral y el bienestar general.
SEGUNDO OBJETIVO: EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL
10.- Reducción de la pobreza
Nos comprometemos a dar prioridad efectiva a la lucha contra la pobreza y a la
reducción de la desigualdad social, aplicando políticas integrales y mecanismos
orientados a garantizar la igualdad de oportunidades económicas, sociales y
políticas. Asimismo, nos comprometemos a combatir la discriminación por razones
de inequidad entre hombres y mujeres, origen étnico, raza, edad, credo o
discapacidad. En tal sentido, privilegiaremos la asistencia a los grupos en extrema
pobreza, excluidos y vulnerables.
11.- Promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación
Nos comprometemos a dar prioridad efectiva a la promoción de la igualdad de
oportunidades, reconociendo que en nuestro país existen diversas expresiones de
discriminación e inequidad social, en particular contra la mujer, la infancia, los
adultos mayores, las personas integrantes de comunidades étnicas, los
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discapacitados y las personas desprovistas de sustento, entre otras. La reducción
y posterior erradicación de estas expresiones de desigualdad requieren
temporalmente de acciones afirmativas del Estado y de la sociedad, aplicando
políticas y estableciendo mecanismos orientados a garantizar la igualdad de
oportunidades económicas, sociales y políticas para toda la población.
12.- Acceso universal a una educación pública gratuita y de calidad y
promoción y defensa de la cultura y del deporte
Nos comprometemos a garantizar el acceso universal e irrestricto a una educación
integral, pública, gratuita y de calidad que promueva la equidad entre hombres y
mujeres, afiance los valores democráticos y prepare ciudadanos y ciudadanas
para su incorporación activa a la vida social. Reconoceremos la autonomía en la
gestión de cada escuela, en el marco de un modelo educativo nacional y
descentralizado, inclusivo y de salidas múltiples. La educación peruana pondrá
énfasis en valores éticos, sociales y culturales, en el desarrollo de una conciencia
ecológica y en la incorporación de las personas con discapacidad.
13.- Acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad social
Nos comprometemos a asegurar las condiciones para un acceso universal a la
salud en forma gratuita, continua, oportuna y de calidad, con prioridad en las
zonas de concentración de pobreza y en las poblaciones más vulnerables. Nos
comprometemos también a promover la participación ciudadana en la gestión y
evaluación de los servicios públicos de salud.
14.- Acceso al empleo pleno, digno y productivo
Nos comprometemos a promover y propiciar, en el marco de una economía social
de mercado, la creación descentralizada de nuevos puestos de trabajo, en
concordancia con los planes de desarrollo nacional, regional y local. Asimismo,
nos comprometemos a mejorar la calidad del empleo, con ingresos y condiciones
adecuadas, y acceso a la seguridad social para permitir una vida digna. Nos
comprometemos además a fomentar el ahorro, así como la inversión privada y
pública responsables, especialmente en sectores generadores de empleo
sostenible.
15.- Promoción de la seguridad alimentaria y nutrición
Nos comprometemos a establecer una política de seguridad alimentaria que
permita la disponibilidad y el acceso de la población a alimentos suficientes y de
calidad, para garantizar una vida activa y saludable dentro de una concepción de
desarrollo humano integral.
16.- Fortalecimiento de la familia, protección y promoción de la niñez, la
adolescencia y la juventud.
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Nos comprometemos a fortalecer la familia como espacio fundamental del
desarrollo integral de las personas, promoviendo el matrimonio y una comunidad
familiar respetuosa de la dignidad y de los derechos de todos sus integrantes. Es
política de Estado prevenir, sancionar y erradicar las diversas manifestaciones de
violencia que se producen en las relaciones familiares. Nos proponemos,
asimismo, garantizar el bienestar, el desarrollo integral y una vida digna para los
niños, niñas, adolescentes y jóvenes, en especial de aquellos que se encuentran
en situación de riesgo, pobreza y exclusión. Promoveremos espacios
institucionales y entornos barriales que permitan la convivencia pacífica y la
seguridad personal, así como una cultura de respeto a los valores morales,
culturales y sociales.
TERCER OBJETIVO: COMPETITIVIDAD DEL PAÍS
17.- Afirmación de la economía social de mercado
Nos comprometemos a sostener la política económica del país sobre los principios
de la economía social de mercado, que es de libre mercado pero conlleva el papel
insustituible de un Estado responsable, promotor, regulador, transparente y
subsidiario, que busca lograr el desarrollo humano y solidario del país mediante un
crecimiento económico sostenido con equidad social y empleo.
18.- Búsqueda de la competitividad, productividad y formalización de la
actividad económica
Nos comprometemos a incrementar la competitividad del país con el objeto de
alcanzar un crecimiento económico sostenido que genere empleos de calidad e
integre exitosamente al Perú en la economía global. La mejora en la
competitividad de todas las formas empresariales, incluyendo la de la pequeña y
micro empresa, corresponde a un esfuerzo de toda la sociedad y en particular de
los empresarios, los trabajadores y el Estado, para promover el acceso a una
educación de calidad, un clima político y jurídico favorable y estable para la
inversión privada así como para la gestión pública y privada. Asimismo, nos
comprometemos a promover y lograr la formalización de las actividades y
relaciones económicas en todos los niveles.
19.- Desarrollo sostenible y gestión ambiental
Nos comprometemos a integrar la política nacional ambiental con las políticas
económicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a
superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del Perú. Nos comprometemos
también a institucionalizar la gestión ambiental, pública y privada, para proteger la
diversidad biológica, facilitar el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, asegurar la protección ambiental y promover centros poblados y
ciudades sostenibles; lo cual ayudará a mejorar la calidad de vida, especialmente
de la población más vulnerable del país.
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20.- Desarrollo de la ciencia y la tecnología
Nos comprometemos a fortalecer la capacidad del país para generar y utilizar
conocimientos científicos y tecnológicos, para desarrollar los recursos humanos y
para mejorar la gestión de los recursos naturales y la competitividad de las
empresas. De igual manera, nos comprometemos a incrementar las actividades de
investigación y el control de los resultados obtenidos, evaluándolos debida y
puntualmente. Nos comprometemos también a asignar mayores recursos
financieros mediante concursos públicos de méritos que conduzcan a la selección
de los mejores investigadores y proyectos, así como a proteger la propiedad
intelectual.
.
21.- Desarrollo en infraestructura y vivienda
Nos comprometemos a desarrollar la infraestructura y la vivienda con el fin de
eliminar su déficit, hacer al país más competitivo, permitir su desarrollo sostenible
y proporcionar a cada familia las condiciones necesarias para un desarrollo
saludable en un entorno adecuado. El Estado, en sus niveles nacional, regional y
local, será el facilitador y regulador de estas actividades y fomentará la
transferencia de su diseño, construcción, promoción, mantenimiento u operación,
según el caso, al sector privado.
22.- Política de comercio exterior para la ampliación de mercados con
reciprocidad
Nos comprometemos a desarrollar una política de comercio exterior basada en el
esfuerzo conjunto del Estado y el sector privado para lograr la inserción
competitiva del país en los mercados internacionales.
23.- Política de desarrollo agrario y rural
Nos comprometemos a impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a
la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal
sostenible, para fomentar el desarrollo económico y social del sector. Dentro del
rol subsidiario y regulador del Estado señalado en la Constitución, promoveremos
la rentabilidad y la expansión del mercado de las actividades agrarias, impulsando
su competitividad con vocación exportadora y buscando la mejora social de la
población rural.
CUARTO OBJETIVO: ESTADO EFICIENTE, TRANSPARENTE Y
DESCENTRALIZADO
24.- Afirmación de un Estado eficiente y transparente
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Nos comprometemos a construir y mantener un Estado eficiente, eficaz, moderno
y transparente al servicio de las personas y de sus derechos, y que promueva el
desarrollo y buen funcionamiento del mercado y de los servicios públicos. Nos
comprometemos también a que el Estado atienda las demandas de la población y
asegure su participación en la gestión de políticas públicas y sociales, así como en
la regulación de los servicios públicos en los tres niveles de gobierno.
Garantizaremos una adecuada representación y defensa de los usuarios de estos
servicios, la protección a los consumidores y la autonomía de los organismos
reguladores.
25.- Cautela de la institucionalidad de las Fuerzas Armadas y su servicio a la
democracia
Nos comprometemos a optimizar el servicio que prestan las Fuerzas Armadas
para el mantenimiento de la paz y la integridad territorial, dentro del irrestricto
respeto a los preceptos constitucionales, al ordenamiento legal y a los derechos
humanos.
26.- Promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción,
el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus
formas
Nos comprometemos a afirmar, en la sociedad y el Estado, principios éticos y
valores sociales que promuevan la vigilancia ciudadana y que produzcan niveles
crecientes de paz, transparencia, confianza y efectiva solidaridad.
27.- Erradicación de la producción, el tráfico y el consumo ilegal de drogas
Nos comprometemos a adoptar una política integral contra las drogas que, sobre
la base de principios éticos y valores sociales, esté compuesta por elementos
educacionales, económicos, comerciales, punitivos, de salud pública y de control.
Nos comprometemos también a generar y apoyar programas eficientes de cultivo
alternativo de productos rentables y los que estén destinados al uso benéfico de la
hoja de coca, sistemas de interdicción para eliminar el tráfico ilegal de drogas y
campañas destinadas a erradicar su consumo. Atenderemos además la situación
y las necesidades de las poblaciones más afectadas por el narcotráfico y la salud
de las personas afectadas por su consumo.
28.- Plena vigencia de la Constitución y de los derechos humanos y acceso a
la justicia e independencia judicial
Nos comprometemos a garantizar el acceso universal a la justicia, la promoción de
la justicia de paz y la autonomía, independencia y el presupuesto del Poder
Judicial así como regular la complementariedad entre éste y la justicia comunal.
Asimismo, nos comprometemos a adoptar políticas que garanticen el goce y la
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vigencia de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los
tratados internacionales sobre la materia.
29.- Acceso a la información, libertad de expresión y libertad de prensa
Nos comprometemos a garantizar el derecho de los ciudadanos a solicitar y recibir
información, la obligación de brindarla por parte del Estado, y la transparencia y
difusión de los actos de gobierno. Nos comprometemos también a resguardar la
libertad de expresión y erradicar toda práctica que la limite, así como a asegurar el
derecho ciudadano a una información veraz, objetiva y de calidad. Del mismo
modo, nos comprometemos a promover el ejercicio pleno y responsable de la más
amplia libertad de prensa, permitir la libre creación de todo tipo de medios de
comunicación y la difusión libre de ideas e información.
30.- Eliminación del Terrorismo y afirmación de la Reconciliación Nacional
Nos comprometemos a eliminar el terrorismo con una estrategia integral para su
erradicación, observando la plena vigencia de los derechos humanos y el debido
proceso, al mismo tiempo, continuar con la reconciliación nacional bajo el
convencimiento que sólo en un clima de paz y concordia el Perú derrotará la
pobreza y alcanzará el bienestar.
31.- Sostenibilidad fiscal y reducción del peso de la deuda
Nos comprometemos a asegurar las condiciones que permitan contar con un
presupuesto sostenible y acorde a las prioridades nacionales, así como a llevar la
Deuda Pública externa e interna a niveles sostenibles y compatibles tanto con la
recuperación de la inversión pública como con la mejora en la clasificación del
riesgo país.
32.- Gestión del Riesgo de Desastres
Nos comprometemos a promover una política de gestión del riesgo de desastres,
con la finalidad de proteger la vida, la salud y la integridad de las personas; así
como el patrimonio público y privado, promoviendo y velando por la ubicación de
la población y sus equipamientos en las zonas de mayor seguridad, reduciendo las
vulnerabilidades con equidad e inclusión, bajo un enfoque de procesos que
comprenda: la estimación y reducción del riesgo, la respuesta ante emergencias y
desastres y la reconstrucción.
Las principales funciones de SERVIR son:
 Desarrollar oficinas de recursos humanos, que actúan como socios
estratégicos cercanos a la gente.
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 Apoyar a la modernización facultativa de los gobiernos regionales y locales.
 Implementar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos a ser destacados a
entidades de los tres niveles de gobierno.
 Emitir opinión técnica vinculante en las materias de su competencia.
 Establecer los lineamientos para la capacitación y mejora del rendimiento de
los servidores públicos y la eficiencia de los servicios que brinda el Estado.
 Desarrollar un sistema de evaluación e información.
 Desarrollar programas piloto de evaluación, para asegurar los métodos a usar
según los distintos tipos de entidades y, sobre todo, los tipos de tareas
específicas que desempeña cada servidor.
 Proponer la política remunerativa, que incluye la aplicación de incentivos
monetarios y no monetarios vinculados al rendimiento.
 Resolver de forma progresiva conflictos individuales en materias relativas al
acceso al servicio civil, pago de retribuciones, evaluación y progresión en la
carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación laboral, a través del
Tribunal del Servicio Civil, que constituye la última instancia de la vía
administrativa
Tribunal del Servicio Civil
El Tribunal del Servicio Civil (TSC) forma parte de SERVIR pero cuenta con
independencia funcional. Su misión es garantizar la adecuada aplicación del
marco legal y la protección de los derechos de los trabajadores.
El TSC conoce en última instancia administrativa los recursos de apelación
derivados de los conflictos entre el Estado y sus empleados en temas referidos a
acceso al servicio civil, pago de retribuciones, evaluación y progresión en la
carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación de trabajo.
El TSC cuenta con una Secretaría Técnica cuya función principal es dirigir el
proceso que siguen los expedientes que serán sometidos a decisión de los
vocales, así como brindar soporte técnico y administrativo para el adecuado
funcionamiento del TSC.
.
EL CONTROL
Fundamentos
El Control puede ser definido como el PROCESO de diversificar las actividades
para asegurarse de que se están llevando a cabo como se PLANEARON y así
corregir cualquier desviación importante.
Un Sistema de Control efectivo asegura que, al término de las actividades, se
logran las metas organizacionales.
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0
El criterio que determina la efectividad de un sistema de control es la forma en que
éste facilita el logro de las metas.
Importancia
El control es importante debido a su vínculo final en la cadena funcional de la
administración. Sin embargo, el valor de la función de control radica en su relación
con la planeación y la delegación de actividades.
Proceso de Control
Consiste en tres pasos distintos e independientes:
* Medir el desempeño real.
* Comparar el desempeño real con un estándar.
* Tomar la acción correctiva (en caso de desviaciones).
Antes de que consideremos cada paso en detalle, se debe tomar en cuenta que el
proceso de control supone que ya existen los estándares de desempeño.
Estos estándares son los objetivos específicos contra los cuales se puede medir el
progreso.
¿Qué es Medir?
Para determinar cuál es el desempeño real, un administrador debe obtener
información sobre esto.
El primer paso en el control, entonces, es medir.
Cada una de estas fuentes tiene fortalezas y debilidades específicas, sin embargo,
una combinación de éstas aumenta la cantidad de fuentes de información y la
probabilidad de recibir información confiable.
Fuente de
Información
comunes
Observación
personal
Informes estadísticos
Informes orales
Informes escritos
1
2
3
4
Fuente de
Información
comunes
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1
Lo que medimos es con seguridad más importante para el proceso de control que
cómo medimos
Seleccionar el criterio equivocado puede dar como resultado serias consecuencias
disfuncionales. Además lo que medimos determina en gran medida lo que las
personas en la organización estructuran superar.
Los controles se dirigen a una de las siguientes áreas: información, operación,
finanzas, o las personas. Sin embargo, algunos criterios de control son aplicables
a cualquier situación administrativa.
¿Cómo determinan los administradores las variaciones entre desempeño
real y metas planeadas?
Los administradores determinan la variación entre desempeño real y los
estándares mediante un proceso llamado comparación. La etapa de comparación
determina el grado de variación entre desempeño real y el estándar.
En toda actividad se puede esperar alguna variación en el desempeño; por tanto
es crítico determinar el rango de variación aceptable.
Las desviaciones que superan este rango se vuelven importantes y reciben
atención del administrador.
En esta etapa de comparación, los administradores están particularmente
interesados en el tamaño y la dirección de la variación.
¿Qué acción puede tomar la Administración?
La tercera etapa y final en el proceso de control es tomar la acción administrativa.
Los gerentes pueden elegir entre tres alternativas:
 No hacer nada
 Corregir el desempeño real
 Revisar el estándar
Si el origen de la variación ha sido un desempeño deficiente, el administrador
querrá tomar una acción correctiva. Ejemplo:
 Cambios en la Estrategia
 Cambios en la Estructura
 Prácticas de Compensación
 Programas de Capacitación, etc.
Otra decisión a tomar en el caso de tomar medidas correctivas
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¿Se debe tomar una acción correctiva inmediata o básica?
También es posible que la variación fuera el resultado de un estándar no realista
(El objetivo demasiado elevado o bajo).
En estos casos, el estándar es el que necesita acción correctiva, no el desempeño
Tipos de Control
La administración puede implementar controles antes de que comience la
actividad (1), mientras la actividad se lleva a cabo (2) o después de que la
actividad ha sido terminada (3)
1er. Tipo ------> control para fomentar el avance
2do. Tipo -----> control concurrente
3er. Tipo ------> control de retroalimentación.
ACCIÓN
CORRECTI
VA
Plantea las preguntas el
¿Cómo? y ¿Porqué se
ha desviado el
desempeño? Y luego
procede a corregir el
origen de la desviación
Corrige los
problemas
enseguida y regresa
el desempeño a su
rumbo
Inmediata
Básica
Insumo Proceso Resultado
Control de
fomento del
avance
Control
concurrente
Control de
realimenta-
ción
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¿Por qué es tan conocido el Control de Retroalimentación?
El tipo más común del control depende de la retroalimentación.
En este caso el control se lleva a cabo después de la acción.
El principal inconveniente de este tipo de control es que, en el momento que el
administrador tiene la información, el daño ya está hecho.
No obstante, para muchas actividades, la retroalimentación es sólo un tipo variable
de control disponible.
Ventajas del control de retroalimentación:
a) Ofrece a los administradores información significativa sobre la
efectividad de su esfuerzo de planeación.
b) Puede mejorar la motivación de los empleados
Cualidades de un Sistema de Control Eficiente:
1. Precisión
2. Oportunidad
3. Economía
4. Flexibilidad
5. Comprensión
6. Criterio razonable
7. Ubicación estratégica
8. Haga énfasis en la excepción
9. Criterio múltiple
10. Acción correctiva
Corrige los
problemas
conforme
se
presentan
Corrige los
problemas
después de
que
suceden
Se anticipa
a los
problemas
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FACTORES DE CONTINGENCIA EN EL DISEÑO DE LOS SISTEMAS DE
CONTROL
Tamaño de la
Organización
Posición y
Nivel
Grado de
Descentralizació
n
Pequeña
Grande
Alto
Bajo
Bajo
Alto
Administración personal informal, el
administrador hace un recorrido por los
alrededores
Formal, impersonal, reglas, leyes amplias
,
Diferentes criterios
Criterios fáciles de entender
Cantidad y extensión de controles cada vez más
grandes
Número de controles reducidos
Cultura
Organizacional
Importancia de
la Actividad
Abierta y
sustentadora
Amenazador
a
Alta
Baja
Informal - Autocontrol
Formal, controles impuestos y desde afuera
Controles amplios y elaborados
Controles informales y no rígidos
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Deberes, Derechos y Responsabilidades del Servidor Público
2. Deberes y Obligaciones del Servidor Público 276
a) Cumplir personal y con diligencia deberes
b) Salvaguardar intereses Estado, austeridad uso de recursos públicos
c) Concurrir puntualmente y observar horario
d) Conocer labores cargo y capacitarse para mejor desempeño
e) Observar buen trato y lealtad hacia el público, superiores y compañeros
f) Absoluta reserva, aún después cese en cargo
g) Informar a superioridad actos delictivos o inmorales en ejercicio de la
función pública;
h) Declaración jurada bienes y rentas quienes administran fondos públicos y
casos previstos ley
i) Las demás que le señalen las leyes o el reglamento.
3. Prohibiciones del Servidor Público 276
a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de
trabajo, salvo labor docente universitaria
b) Percibir retribución 3º para realizar u omitir actos servicio
c) Realizar actividad política partidaria durante cumplimiento de las labores
d) Emitir opinión en medios de comunicación social sobre asuntos Estado,
salvo autorización expresa de autoridad competente
e) Celebrar por sí o 3º personas, directa o indirectamente, en contratos con
su entidad que tenga interés, o cónyuge o parientes hasta 4º grado de
consanguinidad o 2º segundo afinidad
f) Realizar actos de hostigamiento sexual, conforme a la ley sobre la materia
g) Los demás que señale la Ley
4. Derechos Servidor Público 276
a) Hacer carrera pública base mérito, sin discriminación de ninguna índole
b) Gozar de estabilidad. No cese ni destitución sino por causa y
procedimiento previsto en Ley
c) Percibir remuneración y beneficios que corresponde a su nivel
d) Gozar anualmente 30 días vacaciones remuneradas, salvo acumulación
convencional hasta de 02 períodos;
e) Hacer uso de permisos o licencias por causas justificadas o motivos
personales, conforme a reglamento
f) Obtener préstamos administrativos, de acuerdo a las normas pertinentes
g) Reincorporarse carrera pública término desempeño de cargos electivos en
los casos previstos en Ley
h) Ejercer docencia universitaria, sin ausentarse más de 6 horas semanales
i) Recibir menciones, distinciones y condecoraciones méritos
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j) Reclamar decisiones que afecten sus derechos
k) Acumular a su tiempo de servicios hasta 4 años de estudios universitarios
a los profesionales con título reconocido por la Ley Universitaria, después
15 años de servicios efectivos, siempre que no sean simultáneos
l) No ser trasladado a entidad distinta sin su consentimiento
m) Constituir sindicatos con arreglo a ley, hacer uso de la huelga, en forma
que ley determine
n) Gozar término carrera de pensión dentro del régimen que le corresponde
ñ) Los demás que señalen las leyes o el reglamento.
Los derechos reconocidos por la Ley a los servidores públicos son
irrenunciables. Toda estipulación en contrario es nula
5. Derechos del Servidor Público 276
a) Asignación 25 y 30 años servicios: 2 remuneraciones al cumplir 25
años y 3 remuneraciones al cumplir 30 años, por única vez cada caso.
b) Aguinaldos: En Fiestas Patrias y Navidad por el monto que se fije por
Decreto Supremo cada año.
c) Compensación por Tiempo de Servicios: Se otorga al personal
nombrado al momento del cese por el importe del 50% de su
remuneración principal para servidores con menos de 20 años de
servicios o de una remuneración principal para los servidores con 20 o
más años de servicios por cada año completo o fracción mayor de 6
meses y hasta por un máximo de 30 años de servicios.
En caso de cese y posterior reingreso, la cantidad pagada surte efecto
cancelatorio del tiempo de servicios anterior para este beneficio".
6. Permisos
a) En casos excepcionales fundamentados, para ausentarse por horas
durante jornada de trabajo.
b) Docencia universitaria hasta 6 horas semanales, que debe compensarse-
Similar derecho a servidores para estudios superiores con éxito.
c) En período post-natal 1 hora diaria por lactancia hasta que hijo cumpla 1
año de edad
d) El uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y está
condicionado a la conformidad institucional. La licencia se formaliza con la
resolución correspondiente
7. Licencias
a) Con goce de remuneraciones:
Por enfermedad
Por gravidez
Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos
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Por capacitación oficializada
Por citación expresa: judicial, militar o policial
Por función edil
b) Sin goce de Remuneraciones:
Por motivos particulares
Por capacitación no oficializada
c) A cuenta del período vacacional:
Por matrimonio
Por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos.
8. Responsabilidades
a) Los servidores públicos son responsables civil, penal y
administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y
administrativas en el ejercicio del servicio público, sin perjuicio de las
sanciones de carácter disciplinario por las faltas que cometan.
b) El servidor público que incurra en falta de carácter disciplinario, cuya
gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitución, será
sometido a proceso administrativo disciplinario escrito y sumario, a
cargo de una Comisión de carácter permanente y cuyos integrantes
son designados por resolución del titular de la entidad. Derecho a la
defensa y debido proceso.
c) Las sanciones por faltas disciplinarias pueden ser:
 Amonestación verbal o escrita
 Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por 30 días
 Cese temporal sin goce de remuneraciones hasta por 12 meses
 Destitución.
d) Los grados de sanción corresponde a la magnitud de las faltas, según
su menor o mayor gravedad
e) Sin embargo, su aplicación no será necesariamente correlativa ni
automática, debe contemplar en cada caso, no sólo naturaleza
infracción sino también antecedentes del servidor, constituyendo la
reincidencia serio agravante.
f) Una falta será tanto más grave cuanto más elevado sea el nivel del
servidor que la ha cometido.
9. Termino de la Carrera
a) Fallecimiento
b) Renuncia
c) Cese definitivo
d) Destitución.
10. Causas justificadas para cese definitivo de un servidor:
a) Límite de 70 años de edad
b) Pérdida de la Nacionalidad
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c) Incapacidad permanente física o menta
d) Ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.
11. Decreto Legislativo 276 como Modelo Cerrado
Nuestra tradición administrativa (Ley 11377 y DL 276) se orientó hacia el
modelo cerrado de carrera administrativa, que consideraba absolutamente a
todos quienes se relacionaban con la administración de manera permanente
a su servicio, de modo que quien ingresaba a la Administración Pública lo
hacía para toda la vida, dentro de una carrera que le programaba su
progresión futura.
Ventajas
 Propicia en todo el personal a servicio del Estado una vocación de
servicio hacia el cumplimiento de la labor encomendada
 Favorece la promoción social y superación académica de quienes no
tuvieron la oportunidad de capacitarse por sí mismos
 (Juan Carlos Morón)
12. Inconvenientes para la Gestión Pública:
 Complicación del sistema de administración de recurso humanos ya que
debe realizar actividades de gestión de recursos humanos como
formulación de documentos técnicos: CAP, PAP, etc para todo el
personal de la Administración Pública).
 Sobrecostos que implican realización de procesos técnicos de personal
y de inversión para todo el personal al servicio de la organización
administrativa.
 Tendencia a la burocratización ya que la estructura cerrada, y
estabilidad que implica propició en los funcionarios ausencia de
competitividad, aislacionismo respecto del público usuario y surgimiento
del sentimiento de corporativismo (Juan Carlos Morón)
13. Situación de la Carrera Administrativa
 En el período 1985-1990 el empleo en el sector público creció
nuevamente, pero a través de la figura de trabajadores contratados y
funcionarios de confianza, mecanismos utilizados para prescindir de la
obligación de convocar a concurso público. Paralelamente, los
preceptos del DL 276, referidos al ingreso de la carrera administrativa y
ascensos, aspectos claves de todo régimen de carrera administrativa,
fueron suspendidos por normas con fines de austeridad fiscal. Sin
embargo, luego eran objeto de contradicciones por normas que
establecían excepciones, permitiendo la ilimitada contratación de
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empleados públicos prescindiendo de los concursos públicos (Jorge
Danós Ordoñez)
 La Constitución de 1993, a diferencia de la Constitución de 1979, no
considera un Sistema Único que Homologue las remuneraciones,
―piedra angular de la estructura de la llamada función pública cerrada o
carrera administrativa‖. Así, desde la dación de la Ley 11377 y el DL
276, se optó por un régimen administrativo-laboral basado en la
trayectoria sustentada en el sistema de méritos con ingreso y ascensos
por concurso en función a niveles de carrera, de cargos y
remuneraciones, todos ellos sistematizados y compatibles con el
Presupuesto del Estado (Pedro Patrón Faura y Pedro Patrón Bedoya).
 En definitiva, la carrera administrativa propiamente dicha, tal como fue
concebida y aplicada en más de 40 años ha perdido vigor, debiendo dar
paso a un sistema de trabajo más flexible, que priorice la productividad y
el servicio a la comunidad con criterio gerencial y moderno en tecnología
y procedimientos, sin menoscabo de los derechos laborales y con
énfasis en las relaciones colectivas que hagan posible una participación
más activa y dinámica en la gestión pública. (Pedro Patrón Faura y
Pedro Patrón Bedoya)
El Procedimiento Administrativo en el
Perú
14.1. Antecedentes
Durante muchos años, en la administración pública, los expedientes
administrativos se tramitaban en forma desordenada y empírica. Como no existía
una norma procesal de carácter general, en cada Repartición Pública quedaba
librado el criterio a la voluntad y a veces al capricho del funcionario respectivo.
No había uniformidad en la manera de proceder con los expedientes. A
excepción, por supuesto, de algunas dependencias que tenían establecido
procedimientos especiales.
Esta situación duró hasta el año 1967, ya que fue promulgado el 11 de
noviembre de ese año el Decreto Supremo Nº 006-SC por el ministerio de
Justicia, aprobando el Reglamento de Normas Generales de
Procedimientos Administrativos, elaborado por una Comisión constituida por
un brillante grupo de funcionarios y profesores con experiencia
administrativa y que estuvo presidida por el Dr. Gilberto Chirinos Rodríguez.
Este reglamento era excelente y vino a llenar el tremendo vació que
existía en la
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Administración Pública.
Mediante decreto Ley 2611 del 28 de diciembre de 1992, se ha modificado y
elevado a jerarquía de Ley el reglamento de Normas Generales de
Procedimientos Administrativos, aprobado por el D.S. 006-67 SC, por la de ―Ley
de Normas Generales de procedimientos Administrativos, reformando
asimismo, algunos artículos que serán analizados y comentados
posteriormente. En enero de 1194 se expide el D.S. 02-94-JUS que
aprueba el ―Texto Único Ordenado de la Ley de Normas generales de
procedimientos Administrativos.
14.2. El proceso y el procedimiento
administrativo
Concepto
Según hemos comentado antes, el medio legal de desenvolvimiento de la
actividad administrativa lo constituyen los actos administrativos en su variada
gama y jerarquía. Pero cuando se presenta un reclamo, surge un problema
administrativo, se da comienzo a una sucesión de actos cuyo encadenamiento
coherente y cronológico, con distinto alcance y contenido, conducen al último
escalafón de esa cadena, el acto definitivo, que es la resolución. Esa
sucesión de actos recibe el nombre de procedimiento administrativo.
Precisando conceptos se puede definir al proceso
administrativo así:
Es la situación jurídica-legal que se plantea ante una autoridad oficial
competente, cuando se ha iniciado un reclamo o petición en una oficina o
dependencia del estado, sea por una persona particular o jurídica o,
también, por un servidor público o un pensionista, con el objeto de lograr el
reconocimiento de un derecho o cualquier cuestión administrativa, el cual
necesariamente, debe definirse o resolverse, en su caso, después de una serie
de trámites procedí mentales.
El Procedimiento Administrativo, es el conjunto o secuencia de trámites y de
actos administrativos que deben realizarse para que el proceso antes referido se
desarrolle normal y eficazmente hasta alcanzar su conclusión
mediante una resolución administrativa.
Hay, pues, diferencia muy sutil, entre proceso y procedimiento. Algunos
tratadistas afirman que el proceso se desarrolla en el campo judicial y el
procedimiento en el área administrativa.
Pero en la práctica, dentro de nuestra normatividad procesal vigente, en
líneas generales, ambos vocablos se confunden y se utilizan
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indistintamente en el campo judicial y en el campo administrativo.
Relación con el derecho civil y el penal
El procedimiento administrativo tiene sus propias reglas aunque, en líneas
generales, se nutre de los principios doctrinarios de la teoría del proceso y, aún,
en algunos aspectos usa la terminología de los procedimientos judiciales, según
las circunstancias.
En la relación procesal administrativa, el reclamante puede ser una persona
natural o jurídica; un particular o un servidor público. El demandado es siempre
el estado, representado por el funcionario, es decir que solamente hay dos
protagonistas, siendo el estado a la vez juez y parte.
Acción procedimental administrativa
Es el reclamo., solicitud o recurso (demanda en la vía civil) que formula una
persona (natural o jurídica) ante la autoridad competente en alguna
repartición estatal, para obtener el reconocimiento de un derecho o la
solución de un problema, o una impugnación relacionada con sus propios
intereses. Los recurso, sean de simple petición o impugnativos, tienen que
reunir determinados requisitos de fondo y de forma señalados en el D.S.
02-94-JUS.
Las acciones pueden ser patrimoniales y económicas, y no patrimoniales o de
reconocimiento de derechos.
Los patrimoniales se refieren a cuestiones económicas o de propiedad. Los
no patrimoniales se refieren a reconocimientos de derechos o asuntos de
cualquier otra índole no económica.
Las personas que intervienen en el proceso administrativo son: los
Administrados y los
Adminis
tradores
.
Los Administrados, son aquellos que pueden recurrir a la Administración Pública
para iniciarlo mediante un reclamo y/o petición.
Los Administradores, son las autoridades administrativas y/o gobernantes,
que de acuerdo con el artículo 3º de la acotada ley, pueden promover de oficio
el procedimiento administrativo.
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Intervinientes
a) En el
proceso Judicial
J
U
E
Z
ACTOR DEMANDADO
b) En el procedimiento Administrativo
RECLAMANTE ESTADO
En el procedimiento administrativo, el funcionario competente tiene constante
responsabilidad, respecto a sus decisiones y resoluciones, porque está obligado,
como servidor público, -vale decir del pueblo-, a atender los reclamos de los
ciudadanos y de reconocerle imparcialmente sus derechos si son justos y
arreglados a ley. Por otra parte, está obligado a cuidar los intereses y patrimonio
del estado, que también son del pueblo.
Solicitud, Recurso y Expediente
La Ley de normas Generales de procedimientos Administrativos, en su Artículo
61º, establece que el procedimiento se inicia de oficio por acuerdo del órgano
competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior o
a petición del interesado
Cuando se trata a petición del interesado‖ el administrado o particulares inicia el
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procedimiento presentando una ―solicitud de reclamo o pidiendo algo ante
cualquier entidad de la Administración Pública.
La solicitud o Petición administrativa es la materialización escrita de cualquier
reclamo o petición administrativa.
Se trata del documento que puede presentar cualquier persona natural o
jurídica, o un servidor público o pensionista en su caso, ante la autoridad
administrativa competente, planteando una reclamación o formulando una
petición al amparo de la constitución
Articulo 2(20), D.S. 02—Jus artículo 5º, la Ley 25035 y el D.S. 070-89 artículo
24º Ley y
Reglamento de Simplificación Administrativa,
respectivamente.
Todo escrito que presente el interesado debe contener los siguientes datos y
requisitos
(Artículo 62 D.S.
021-JUS).
a) Nombre, apellido y número de D.N.I o carné de extranjería del
interesado o en su caso, los de la persona que lo represente.
b) La petición concretamente expresada y los fundamentos de hecho y
derecho en que se apoya.
c) Lugar, fecha y firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar
impedido. d) Dependencia o autoridad a la que se dirige.
El recurso administrativo, es el documento o ―escrito que se presenta ante la
autoridad competente, impugnando una resolución que le a sido desfavorable.
En la práctica suele confundirse los términos solicitud y
recurso.
Los recursos administrativos, según el artículo 97º de la Ley de Normas
generales de Procedimientos Administrativos son: Reconsideración, Apelación
y Revisión, normados por los artículos siguientes:
Artículo 98º. ―El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo
órgano que dicto la primera resolución impugnada, debiendo necesariamente
sustentarse con nueva prueba instrumental. Este recurso es opcional y su no
interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación.
Artículo 99ª. ―El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación
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se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando
se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad
que expidió la resolución para que eleve lo actuado al superior jerárquico.
Artículo 100º. ―La vía administrativa queda agotada con la resolución
expedida en segunda instancia. Sin embargo, hay lugar a recurso de
revisión ante una tercera instancia si las dos instancias anteriores fueron
resueltas por autoridades que no son de competencia nacional.
Todos estos recursos se interpondrán en el término de quince días útiles
y serán resueltos en el plazo máximo de treinta (30) días. Asimismo, se
ejercitarán por una sola vez en cada proceso y nunca simultáneamente.
El escrito de interposición del recurso deberá
expresar:
● Funcionario o dependencia a quienes se dirige.
● Nombre y domicilio del recurrente para el efecto de las notificaciones.
● El acto del que se recurre y la razón de su impugnación.
● Lugar, fecha y firma.
● Firma del letrado en los lugares en que la defensa sea cautiva.
● Los demás particularmente exigidas en su caso por disposiciones
especiales
(Artículo 62° D.S. 02-94-JUS).
Asimismo; el contenido debe ser claro y conciso, ponderado pero con
firmeza, buena redacción gramatical y buena presentación, así como se
requiere la intervención del abogado cuando sea exigible y siempre cuando el
interesado lo estime necesario en uso de su legítimo derecho de defensa.
El expediente Administrativo es el conjunto ordenado de documentos de
trámites y probatorios, informes, providencias, etc.; los cuales, forman un
legajo, debidamente foliado hasta culminar con el acto administrativo
resolutorio, llamado también Resolución; el cual da término a esa
tramitación, aceptando o denegando la petición o reclamo.
Tenemos las siguientes clases y categorías de Resoluciones
Administrativas:
● Resolución probatoria.
● Resolución denegatoria
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● Resolución de aceptación de la apelación.
● Resolución declarando el agotamiento de la vía administrativa.
● Resolución individual.
● Resolución colectiva.
● Resolución declarando el abandono.
● Resolución aclaratoria, etc.
El contenido de un expediente administrativo es intangible, y se inicia con
el primer escrito que presenta el interesado, o con la orden del funcionario
competente.
14.3. Expresión Gráfica de un Procedimiento Administrativo
Motivo: Reclamo sobre pago de remuneraciones.
3
RESOL.
R
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Reclamante
a) Oficina de Trámite Documentario
b) Oficina Administrativa.
c) Contabilidad.
d) Oficina Legal.
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e) Sub - Dirección.
f) Dirección (con Facultad de decisión para expedir Resolución).
Explicación
El servidor público presenta una solicitud en este caso de reclamo sobre pago
de remuneraciones, a la Oficina de Trámite Documentario, la misma que
después de ser registrada en el libro respectivo es remitida a la Oficina
Administrativa.
El jefe de la Oficina Administrativa, solicita primero informe a Contabilidad y
luego el dictamen correspondiente a la Oficina Legal.
Con la información indicada, el Jefe de la Oficina Administrativa, formula
una ―Hoja Informativa‖ y con el proyecto de resolución, el expediente es
elevado por conducto regular a la Sub – Dirección, para su opinión, y a la
Dirección para su decisión.
Posteriormente, el expediente es devuelto, por el mismo conducto, para el
conocimiento de la parte interesada.
14.4. Importancia y responsabilidad del funcionario que interviene en el
proceso a nombre del estado.
Siendo su actuación de doble significación, como autoridad responsable de los
intereses del Estado y a la vez Juez del proceso, se requiere que esos
funcionarios estén dotados de alta calidad moral, preparación y experiencia,
capaces de resolver, cada caso, con objetividad, espíritu de justicia y
probidad, a veces aun contra el propio Estado; fundándose
exclusivamente en el principio elemental y universal: ―darle la razón a quien la
tenga. Sin complacencia de cualquier consideración política, ideológica,
familiar o personal.
Se trata de lograr la eficacia administrativa, la garantía y la confianza de
los administrados.
14.5. Extinción de la acción administrativa
La Acción Administrativa se
extingue por:
1. Resolución expresa o táctica
(silencio).
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2. Desistimiento (con firma legalizada).
3. Renuncia.
4. Abandono (por parte del interesado, considerando el impulso de oficio).
5. Prescripción o Caducidad.
6. Fallecimiento del reclamante (para él pero no para sus sobrevivientes de
acuerdo a Ley).
14.6. Principios del procedimiento administrativo
El procedimiento administrativo se rige por los principios de simplicidad,
celeridad y eficacia.
Simplicidad, significa sencillo, no duplicar, facilitar la tramitación, rectificar
el procedimiento en cualquier estado de trámite.
Celeridad, expresa que el expediente debe avanzar de oficio a fin de
que el procedimiento concluya cuanto antes, sin festinaciones, para
lograr los objetivos sin complicaciones.
Eficacia, consiste en superar cualquier obstáculo sin necesidad de
petición de parte. Significa también actividad de poder obrar y lograr el
propósito o intento, para llegar a la decisión final en salvaguarda del
principio de servicio a la Nación.
Estos principios servirán también de criterio interpretativo para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las
normas de procedimientos (artículo 34° de la Ley 26111).
14.7.Características fundamentales del procedimiento administrativo
Es Gratuito
No se aplica el Arancel Judicial, ni menos se acompañan tasas, salvo las
expresamente previstas por la ley, en los recursos.
Es un servicio prestado por el Estado y son los mismos administrados los
que contribuyen con sus impuestos a su funcionamiento.
Es Escrito
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El pedido o reclamo se presenta en papel simple, acompañado de una
copia que le es devuelta al interesado con el correspondiente sello y firma
de recepción (cargo). Se exige buena presentación en la confección de
los documentos.
Su base legal se encuentra en la Constitución Política del Estado (artículo
2°) cuando señala que ―Toda persona tiene derecho a formular
peticiones, individuales o colectivamente, por escrito, ante la autoridad
competente.
Es necesaria la intervención del abogado, salvo el escrito de
interposición de recurso, en los lugares en que la defensa sea cautiva.
Importancia de la Verdad Material que consiste en tratar de
investigar la verdad de los hechos ocurridos, en relación con el
reclamo, llegando al fondo y/o a cada intención de lo ocurrido.
Sin embargo, no es preciso probar la existencia de las normas legales
que se invocan en la petición o reclamación.
Basta que ellas existan para lo cual es útil adjuntar al ―escrito‖ copia de
dichas normas. Tampoco e necesario probar hechos que son
notoriamente públicos. En todo caso, depende del criterio y de la
experiencia del funcionario que conoce del expediente y que ha de
resolverlo.
Hay iniciativa de parte o de oficio (artículo 3°).
El impulso procesal debe ser de oficio en todos sus trámites.
Tiene carácter tuitivo porque protege y orienta al reclamante o
peticionario.
No hay cosa juzgada, sino cosa resuelta o decidida, que puede
impugnarse posteriormente ante el Poder Judicial, mediante una
acción contencioso administrativa.
La presentación de pruebas es limitada (instrumental, pericial e
inspección).
Es de carácter público. Los expedientes deben estar al alcance de los
interesados, salvo excepciones por razones de seguridad nacional.
Puede recurrirse, por lo menos, a dos instancias administrativas,
antes de acudir a la vía judicial (artículo 103°).
Se funda en la simplificación, en la celeridad, en la eficacia, en la
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objetividad y en la sencillez de sus trámites.
Prevalecer el interés público, sobre el interés
particular.
Hay responsabilidad personal y administrativa de todos los funcionarios
que intervienen en el procedimiento (artículos 29° y 30°).
Debe respetarse el conducto regular y el orden jerárquico, sin festinar ni
demorar trámites, porque puede acarrear nulidad y sanciones.
Procurar, en lo posible, la economía procesal, pero sin prescindir de
trámites, documentos o actos administrativos que son esenciales para
lograr la justa y oportuna solución del reclamo o petición.
Existe el derecho de defensa en todas las instancias administrativas,
bajo responsabilidad y pena de nulidad.
14.8. Actores o elementos del procedimiento administrativo
Los principales factores o elementos que deben considerarse en
el procedimiento administrativo son:
a) La Jurisdicción y Competencia.
b) El Tiempo Jurídico – Administrativo.
c) El Silencio Administrativo.
14.9. Situaciones especiales
1. Abstención o inhibición
Cuando el funcionario se aparta del caso que se encuentra conociendo o
por conocer, por las razones contempladas en los artículos 18° al 21° de
la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos,
señalando el primero que aquella autoridad o funcionario que tenga
facultad resolutiva o cuyas opiniones sobre el fondo de la petición o
reclamo pueden influir en el sentido de la resolución, deberá
abstenerse de resolver o intervenir en los siguientes casos: Parentesco,
hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Si ha
tenido intervención como abogado, perito o testigo en el mismo proceso;
y si la resolución o decisión a adoptarse pudiera favorecerle.
Sobre el particular, coincidimos con el Dr. José Bartra Cavero, quien
expresa que
las causas establecidas están sólidamente sustentadas o
fundamentadas en principios legales y morales, cuyo objetivo
fundamental de las mismas es garantizar la imparcialidad en el
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desempeño del cargo público en beneficio de los administrados‖.
Abstención es sinónimo de inhibirse.
2. Avocación
Cuando el superior, por razón de su nivel jerárquico, reemplaza a un
subalterno del conocimiento y/o resolución de un determinado asunto,
quien por su rango no debe conocerlo o decidir.
3. Delegación
Mediante la delegación un órgano superior encarga a otro inferior el
cumplimiento de funciones que el ordenamiento jurídico le ha conferido
como propias de dicho órgano superior. Es sinónimo de Desconcentración
Administrativa.
4. Conflicto de Competencia
Cuando dos o más funcionarios reclaman el conocimiento de un
expediente (Positivo).
El conflicto es negativo cuando una o más autoridades consideran que no
le es pertinente intervenir en el asunto o problema. En este caso, se
elevará el expediente al órgano inmediato superior para que resuelva la
competencia. Esta decisión es irrecurrible.
14.10. El tiempo jurídico – administrativo
a) Concepto
Es la duración de un hecho
administrativo.
El tiempo en el proceso administrativo posee decidida importancia, por ser
éste, precisamente, una secuencia de actos que tienen que realizarse en
lapsos determinados. Por ello, se desprende que tienen triple acción:
a) Marco de la actividad
procesal. b) En su
ordenamiento.
c) En su condición formal.
En el proceso administrativo peruano se toman en cuenta los días
hábiles, salvo que expresamente se señale meses o años calendarios.
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b) Factores el tiempo
b.1. Plazo
Es el período de tiempo en que se puede realizar un acto o
presentar un documento o recurso. En otras palabras, son los días,
meses o años fijados para un trámite o acto administrativo.
Los días computables en el sistema procesal, se cuentan, en
general como hábiles, o sea un promedio de veinte (320) días por
cada mes, sin los feriados. Sin embargo, en las normas expedidas sobre
simplificación administrativa, se ha establecido, para algunos trámites, los
días calendario. En este sentido, el Plazo
es una ―modalidad por el cual se fija una fecha para que el acto
produzca sus efectos o para que ellos cesen‖.
Los plazos pueden ser: prorrogables o simples, perentorios o
improrrogables, y, suspensivos o definitivos.
b.2. Término
Son los extremos del plazo, primer y último día. Con frecuencia se
confunde
Término con plazo.
A veces, se consideran sinónimos plazos y términos desde el punto
técnico jurídico. No obstante la expresión plazo se destina para
referirse exclusivamente al período de duración y término para el inicio y
fin del plazo.
SALVAT establece una diferencia, sosteniendo que debería llamarse
―plazo al lapso que va desde la conclusión del acto hasta la llegada
del ―término, reservando esta palabra para denominar ―el día cierto o
incierto, pero necesario, en el cual los efectos de la relación jurídica
comienzan o concluyen.
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Ley Nº 29060: Ley del silencio administrativo positivo
15.1. Finalidad de la Ley
 Prioriza el Silencio Administrativo Positivo, de allí la denominación que
le damos. En tal sentido el Silencio Administrativo Negativo por mandato de
la Ley se vuelve excepcional, pero no se lo elimina (Art. 1; en concordancia
con la 1era. Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la
Ley). La norma en referencia, también señala, que en materia tributaria y
aduanera, el Silencio Administrativo, se rige por sus propias leyes y normas
especiales.
 Busca limitar la arbitrariedad del Poder Público y de sus agentes. En
este sentido, la Ley Nº 29060, y sus normas complementarias, busca poner
freno a la lentitud, discrecionalidad, y al abuso que los distintos agentes de
la administración pública, realizamos frente a una petición de los
administrados, imponiendo que frente a la inacción, en los supuestos que la
Ley señala, la petición del administrado, se da por aceptada, dentro de los
límites de su solicitud y más aún crea la figura de la declaración jurada,
para convalidar la declaración ficta, de su solicitud y hacerla valer no sólo
ante la misma administración, sino también ante otros entes públicos
administrativos.
15.2. El Silencio Administrativo - Clases.
La Ley Nº 29060, nos lleva a la temática del Silencio Administrativo, al respecto,
existe una infinidad de conceptos, pero diremos que es, "la inacción procedimental
en que incurre la administración pública, frente a una petición y/o recurso
administrativo, formulado por el administrado ante la cual tiene la obligación
ineludible de pronunciarse, dentro del plazo previsto en la Ley".
El valor estimativo o desestimativo del Silencio Administrativo, está determinado
por la Ley. En el primer caso, estamos ante el Silencio Positivo, y en el segundo,
ante el Silencio Negativo.
15.3. Silencio Administrativo Positivo.
 Cuando la inacción o el no actuar de la administración púbica, en los
supuestos señalados por la Ley, hace que la petición del administrado sea
aprobada. Art. 1 de la Ley.
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 En esta hipótesis, se presume, por mandato de la Ley, que la
administración pública, ha respondido afirmativamente, a la petición
planteada, con todas sus consecuencias jurídicas.
15.4. Silencio Administrativo Negativo.
Cuando la inacción de la administración pública determina que, vencido el
plazo para resolver la petición del administrado, debe tenerse por denegada
su petición. Los supuestos normativos, del Silencio Administrativo Negativo,
están contenidos, en la Primera Disposición Transitorias Complementarias
y Finales, de la Ley Nº 29060.
15.5. Efectivización del Silencio Administrativo Positivo a través de la LEY
29060,
Ampliando los procedimientos de evaluación previa, sujetos a Silencio
Administrativo Positivo, y en tal sentido, deroga los Art. 33 y 34 de la Ley Nº
27444, así como, la Disposiciones Sectoriales, que establecen el Silencio
Administrativo Negativo, contraviniendo el Art. 1, inciso a), de la Ley Nº 29060
(Novena Disposiciones Transitorias Complementarias y Finales).
Los procedimientos administrativos, previstos en la Ley 27444, pueden agruparse
en dos niveles:
 Procedimientos Generales: De aprobación automática (Art. 31: Ley Nº
27444), y de evaluación previa, estos últimos, sujetos a Silencio Positivo y
Silencio Negativo (Ley Nº 29060).
 Procedimientos Especiales: Trilateral (Art. 219: Ley Nº 27444),
Sancionador (Art. 229: Ley Nº 27444), de Consulta y Graciable (Art. 111y
112: Ley Nº 27444, respectivamente).
La Ley Nº 29060, en su Art. 1, se refiere, a los procedimientos administrativos
generales de evaluación previa, que se caracterizan, porque antes, de que la
administración, emita su decisión, la petición o recurso del administrado, está
sujeta a una substanciación, probanza y pronunciamientos previos, de los órganos
de la entidad; actividad procedimental, que no se da, en los procedimientos de
evaluación automática. Los procedimientos de evaluación previa, han sido
ampliado por el inciso a), del Art. 1, de la Ley en cometario, cuando señala, que se
beneficia del Silencio Positivo, las "actividades económicas que requieran
autorización previa del Estado, y siempre que no se encuentren contempladas en
la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final" - se refiere al Silencia
Administrativo Negativo.
La Ley citada, con esta modificación, busca dinamizar la economía y la iniciativa
privada, combatir la informalidad en el país, que como todos sabemos, deviene en
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un lastre, más que por voluntad de los administrados, debido a la ineficiencia del
aparato burocrático del país que retarda innecesariamente, las peticiones de
contenido económico empresarial de los ciudadanos.
Están sujetos a Silencio Administrativo Positivo, los procedimientos de evaluación
previa, que estén en los siguientes supuestos normativos, previstos en el Art. 1, de
la Ley 29060.
a) Solicitudes cuya estimación habilite para el ejercicio de derechos preexistentes
o para el desarrollo de actividades económicas que requieran autorización previa
del Estado, y siempre que no se encuentren contempladas en la Primera
Disposición Transitoria, Complementaria y Final.
b) Recursos destinados a cuestionar la desestimación de una solicitud o actos
administrativos anteriores.
c) Procedimientos en los cuales la trascendencia de la decisión final no pueda
repercutir directamente en administrados distintos del peticionario, mediante la
limitación, perjuicio o afectación a sus intereses o derechos legítimos.
15.6. Establecimiento del Procedimiento de Evaluación Automática.
Ha sido creado por la Ley Nº 29060, y emerge en los procedimientos
administrados, de evaluación previa, sujetos a Silencio Administrativo Positivo,
cuando por inacción procedimental, la administración pública, no ha resuelto la
petición y/o recurso del administrado, al vencimiento del plazo: 30 días hábiles,
Art. 35, del la Ley Nº 27444; 15 días para la licencia de funcionamiento, Art. 8, de
la Ley Nº 28976.
15.7. Establecimiento de la Declaración Jurada y la Vía Notarial.
De La Declaración Jurada.- Que emerge: por la necesidad que tiene el
administrado, de acreditar el derecho obtenido, dentro del contenido de su
petición, ante la propia administración u otras, de la Declaración ficta, por
inactividad procedimental incurrida por la administración. En este sentido, el cargo
de recepción de la Declaración Jurada, deviene en pruebas suficientes de la
resolución aprobatoria ficta, para ejercer los derechos obtenidos, dentro del ámbito
de la petición formulada.
El Art. 3 de la Ley Nº 29060, señala, que la Declaración Jurada, reemplaza al
documento, previsto el en el Art. 31, párrafo 31.2, de la Ley 27444, que se refiere,
al documento que requiere el administrado para ejercer sus derechos, en los
procedimientos de aprobación automática.
La Vía Notarial.- Aparece cuando el trabajador público, se niega a recibir la
Declaración Jurada. La vía notarial, se convierte así, en vía alterna, cerrando el
círculo de discrecionalidad de la administración pública y vigencia del Silencio
Administrativo Positivo, prevista en la Ley Nº 29060. En tal sentido, si los agentes
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públicos, no quieren recepcionar la Declaración Jurada, hay que recurrir a la vía
notarial, para hacer valer el acto administrativo presunto obtenido y/o aprobación
ficta, como señala la Ley.
15.8. Responsabilidad del Funcionario y del Servidor Público.
La temática de la responsabilidad, con algunas imprecisiones conceptuales, ha
sido regulada por la Ley Nº 29060, para la totalidad de los agentes públicos:
funcionarios y empleados; así aparece del Art. 4 de la Ley, y esta emerge, cuando
los mismos, se nieguen a reconocer, la eficacia del derecho conferido al
administrado, al haber operado a su favor, el Silencio Administrativo Positivo,
dentro del procedimiento administrativo, que se sigue en la misma entidad.
Y como el derecho obtenido, de acuerdo al primer parágrafo, in fine del Art. 3, de
la Ley en cometario, se puede hacer valer en otras entidades públicas
administrativas; la responsabilidad del agente público, no es sólo, para los
funcionarios y empleados públicos de la entidad, donde se originó la declaración
ficta, sino también, para los funcionarios y empleados de otras entidades, en que
el administrado busca hacer valer sus derechos y se pretende desconocerlos.
La responsabilidad que se prevé, es de carácter administrativo: Art. 239, de la Ley
Nº 27444; así como también de carácter civil y penal de acuerdo a la naturaleza
de la materia.
¿Cómo se determina la responsabilidad administrativa de los agentes de la
administración pública (funcionario y empleado)?
 Mediante la interposición de la Reclamación en Queja. La Ley Nº 29060,
en uno de sus errores conceptuales, designa a la Queja como Recurso,
cuando la doctrina administrativa es unánime al señalar que la Queja no es
contra un acto definitivo sino contra un acto en trámite, ante la conducta
activa o misiva del funcionario o empelado público encargado de la
tramitación del expediente, que afecte derechos subjetivos o intereses
legítimos del administrado.
 Mediante la interposición de denuncia al órgano de control interno de
la entidad respectiva. Quien deberá iniciar la investigación pertinente para
determinar si ha habido de parte de los agentes públicos una "injustificada
negación" de reconocer la aprobación ficta, obtenida por la inacción de la
administración. El O.C.I. pondrá en conocimiento de este hecho al público
en general a través de la página web de la entidad o en el Diario Oficial "El
Peruano"; siempre que la resolución que pone fin al procedimiento
disciplinario quede consentida.
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15.9. Ampliación de Funciones del Órgano de Control Interno dentro de la
Problemática de la Vigencia de la Ley Nº 29060.
Supervisar el cumplimiento de los plazos, requisitos y procedimientos,
establecidos por la entidad, a fin de que sean tramitados conforme al TUPA.
 Elevar un informe mensual, al Titular del Pliego, sobre:
a) El Estado de los Procedimientos Administrativos iniciados.
b) Sobre las responsabilidades en que hubieran incurrido los funcionarios o
empleados públicos, en el cumplimiento de la Ley Nº 27444, Ley Nº 29060.
c) Sobre los funcionarios y empleados públicos que han sido denunciados por los
administrados.
15.10 Prohibición y Reducción de Pagos a que están obligados los
Administrados.
El D. S. 079-97-PCM, en su Art. 14, prohíbe que las entidades de la administración
pública, cobren tasa alguna, como condición o requisito previo, para la
impugnación de un acto administrativo, emitido por la entidad.
Esta prohibición, hace hoy inaplicable, dentro de la temática de los recursos
impugnativos administrativos: Reconsideración, Apelación y Revisión, la figura del
solve et repete (paga primero y reclama después), que se había enseñoreado en
nuestra administración pública, haciendo intranscendente, el derecho de defensa
de los administrados. La orientación, que sigue el D. S. en comentario, guarda
relación, con la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional Nº 3741-2004-
AA/TC, que ha señalado, que el establecimiento de una tasa o derecho, como
condición para impugnar la propia decisión de la administración vulnera el debido
proceso, previsto en el Art. 139.3, de la Constitución del 93.
El Art. 13 del D. S. ya citado, también establece limitaciones a la administración
pública, en lo referente al costo de los derechos que por tramitación, debe
cancelar el administrado, precisando que los mismos, deben guardar relación con
el costo real del servicio. Se promueve la proporcionalidad y racionalidad entre el
servicio prestado y el costo que ha generado el mismo.
15.11. Creación de la Central de Riesgo Administrativo.
El Art. 8 del D. S 096-2007-PCM, que regula la fiscalización posterior aleatoria, en
los procedimientos administrativos, por parte del Estado, crea en su Art. 8, la
Central de Riesgo Administrativo, dentro del PCM, en donde se registrará el
nombre, documento de identidad o RUC, y domicilio de aquellos administrados
que hayan presentado declaraciones, información o documentación falsa o
fraudulenta, al amparo de los procedimientos de aprobación automática o de
evaluación previa.
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Es importante precisar, que al efectuar la fiscalización aleatoria, prevista en el Art.
2, de la Ley Nº 29060, y en el Art. 32 de la Ley Nº 27444, las entidades públicas
deberán independientemente de la selección aleatoria de los expedientes, que
realicen, efectuar fiscalización obligatoria, a los administrados que se encuentren
en la Central de Riesgo Administrativo.
En síntesis se puede decir que el término es el período de tiempo durante el
cual se prescribe o prohíbe practicar determinados casos. El término de lo
que existe o dura.
El Término de la Distancia es el plazo que se agrega al plazo común, en
razón de la distancia geográfica. La Corte Suprema, periódicamente, formula
un Cuadro de Términos de la Distancia para todo el país. Esta tabla es fijada
cada cinco años y se publica a lo menos, dos meses antes de su vigencia,
en el diario oficial El peruano.
b.3.
Caducidad.
Es la extinción del derecho por haber transcurrido el tiempo otorgado para
ejercitarlo. Extingue la acción y el derecho (Artículo 2003° Código Civil).
b.4.
Prescripción
Extinción de un derecho u obligación por el transcurso del tiempo durante el
que fue posible ejercitarlo o exigirlo. Extingue la acción pero no el derecho a
reclamar (artículo 1989° Código Civil).
BALOTARIO
1. ¿Qué entiende por SERVIR?
2. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo
Democracia y Estado de Derecho?
3. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo
Equidad y Justicia Social?
4. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo
Competitividad del país?
5. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo
Estado eficiente, transparente y descentralizado?
6. ¿Qué importancia tiene el control en la administración pública?
7. ¿Cuáles son las cualidades de un sistema de control eficiente?
8. ¿Cuáles son los tipos de control?
9. ¿Cuáles son los deberes y obligaciones del servidor público, según el
D.Leg. 276?
10.¿Cuáles son las prohibiciones del servidor público, según el D.Leg. 276?
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11.¿Qué deberes tiene el servidor público según el D. Leg. 276?
12.¿Qué entiende por proceso y procedimiento administrativo?
13.¿Qué relación tiene el procedimiento administrativo con el derecho civil y
penal?
14.¿Cuáles son los principios del procedimiento administrativo?
15.¿Cuáles son las características fundamentales del procedimiento
administrativo?
16.¿Cuáles son los elementos del procedimiento administrativo?
17.¿Cuáles son las situaciones especiales del procedimiento administrativo?
18.¿Cuál es la ley que estipula el Silencio administrativo positivo?
19.¿Cuáles son las clases del silencio administrativo?
20.¿Cuál es la responsabilidad del funcionario y servidor público?
Bibliografía
• Patrón P. ―Derechos Administrativos‖. Editorial Mc Graw Hill. Perú 2002.
• Betancourt J.; ―Derecho Procesal Administrativo‖. Editorial Pearson.
Bogota 1999.
• AlthausM.; ―Derecho Administrativo Peruano‖.
Pontificia Universidad Católica del Perú
• D.Leg. 276 Ley de la Carrera Pública y de Remuneraciones del Sector Público.
• Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo.

Texto administración pública

  • 1.
    1 SISTEMA DE UNIVERSIDAD ABIERTA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA Escuela Profesional de Administración Ciclo VI DOCENTE : Lic. María Irene Dioses Navarrete E-MAIL : midiosesn@hotmail.com
  • 2.
    2 ÍNDICE GENERAL Presentación UNIDAD I ELESTADO PERUANO CAPÍTULO I I. EL PRESUPUESTO 1.1 Definición del Estado Peruano 1.2 Elementos 1.3 Función Pública 1.4. Gestión Pública 1.5. Servicios Públicos II. El Proceso Administrativo en la Administración Pública 2.1. Generalidades 2.2. La Planificación Estratégica en la Administración Pública 2.3. El Plan Operativo en la Administración Pública 2.4. El Sistema de Presupuesto 2.5. El Sistema de Abastecimiento 2.6. El Sistema de Personal CAPÍTULO III III. Procedimientos Administrativos 3.1. La Autoridad Nacional del Servicio Civil 3.2. El Control en la Administración Pública 3.3. El Procedimiento Administrativo 3.4. Ley del Silencio Administrativo
  • 3.
    3 El propósito fundamentaldel curso es proporcionar un mecanismo que facilite tanto la labor docente como la de los alumnos en el proceso enseñanza aprendizaje del Curso de Administración Pública, A través del presente curso los estudiantes conocerán el proceso administrativo en las diferentes entidades que conforman el Poder Ejecutivo tales como: los ministerios, los gobiernos regionales y locales, asimismo en los Organismos Públicos Descentralizados, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los Organismos que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía, así como también las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia. PRESENTACIÓN
  • 4.
    4 PRIMERA PARTE (UNIDAD I): ELESTADO PERUANO El Estado Peruano – Función Pública y el Acto Administrativo en el Perú 1.1. Definición: Se denomina estado al cuerpo político de una nación es decir, a lo que también se afirma que ―es la nación jurídicamente organizada‖. El estado aparece como la institución más elevada del orden social de la trilogía evolutiva de: Familia-Sociedad-Estado. A esto se llega cuando las personas, en sus interrelaciones dentro de la sociedad creen necesario organizarse en base a un cuerpo jurídico de leyes, determinan a los gobernantes y trabajan por el progreso y desarrollo del territorio que ocupan. Así, se concluye que el estado peruano es la nación que política y jurídicamente ocupa y se ha organizado sobre el territorio nacional y sobre el cual ejerce soberanía. Según el politólogo David Held, los estados modernos se desarrollaron como estados-nación: ―aparatos políticos distintos de los gobernantes como de los gobernados, con suprema jurisdicción sobre un área territorial delimitada, basados en el monopolio del poder coercitivo, y dotados de legitimidad como resultado de un nivel mínimo de apoyo o lealtad de sus ciudadanos‖. Desde esta perspectiva, el estado moderno posee los siguientes elementos: 1. Territorio: Es el espacio geográfico o superficie terrestre en la cual el Estado ejerce su poder y autoridad. Este espacio se encuentra delimitado por las fronteras que separan la zona de jurisdicción entre estados soberanos. El espacio sobre el cual un estado ejerce su autoridad comprende el suelo, el subsuelo, el espacio aéreo y el mar territorial. 2. Población: Es el conjunto de personas que habitan el territorio del Estado y que aceptan su autoridad. Estas personas pueden ser nacionales o extranjeras. Al respecto, la actual constitución, en su art. 52, establece: ―Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la Republica. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad. 3. Gobierno: Es la forma como se organiza jurídicamente el Estado para ordenar, mandar y ejecutar procurando el bienestar de la población. El
  • 5.
    5 gobierno se ejercea través de los poderes del estado y las autoridades libremente elegidas. Existe, pues, una delegación de facultades de la población hacia los que van a gobernar. La organización jurídica es el conjunto de leyes que organizan la vida de la colectividad, desde la constitución o Ley fundamental hasta las leyes o reglamentos de menor jerarquía. 4. Soberanía: Es la capacidad de ejercer poder dentro de un determinado territorio, sin aceptar subordinación a otros. 1.2. Estructura del estado peruano La estructura del estado peruano es el orden en que están distribuidas sus diversas partes o funciones, denominadas Poderes del Estado. Nuestra constitución reconoce tres poderes: el Poder Legislativo, que aprueba leyes o normas que regirán el desenvolvimiento de la nación. El Poder Ejecutivo, que ejecuta las leyes aprobadas por el legislativo y las resoluciones del poder judicial y proporciona los servicios que la sociedad requiere. Y el Poder Judicial, que administra justicia, resolviendo los conflictos de derecho y determinando las violaciones de orden social. Aunque la constitución no lo denomine poder, el jurado nacional de elecciones (JNE), forma parte de esta estructura ya que es el encargado de los procesos electorales para renovar los Poderes Legislativo y Ejecutivo. 1.2.1. El poder legislativo El Poder Legislativo está compuesto por el Congreso de la Republica. Entre las principales atribuciones del Congreso están: aprobar leyes; velar por el respeto de la Constitución y de las leyes; aprobar los tratados y convenios internacionales; aprobar el presupuesto y la cuenta general que reflejan la administración de los recursos del estado; autorizar empréstitos; y aprobar la demarcación territorial que proponga el Ejecutivo. El Congreso puede interpelar, censurar o quitar la confianza al consejo de ministros o a cualquiera de los ministros. A su vez, ratifica los nombramientos de los Embajadores y Ministros Plenipotenciarios así como los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema. 1.2.2. El Poder Ejecutivo El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la nación. Es elegido por sufragio directo y por más de la mitad de votos validos emitidos. Junto con él se elige a un primer ministro y un segundo vicepresidentes.
  • 6.
    6 Entre las obligacionesdel Presidente de la Republica, están: Cumplir la Constitución, tratados y leyes; dirigir la política general del gobierno; velar por el orden interno y la seguridad externa; convocar a elecciones y legislatura extraordinaria del Congreso; dictar decretos legislativos con fuerza de ley, por delegación del Congreso; reglamentar las leyes y resoluciones legislativas. Los Ministros tienen a su cargo la dirección y gestión de los servicios públicos de su Ministerio. Los Ministros reunidos forman el ―consejo de ministros‖, al que corresponde aprobar los proyectos de ley que el presidente someta al Congreso y los decretos legislativos que dicta el Presidente, y deliberar sobre asuntos de interés público. El Consejo de Ministros tiene un presidente. El Consejo es dirigido por el Presidente de la Republica cuando lo convoca o asiste a sus sesiones. El Presidente del Consejo es nombrado y removido por el Presidente de la Republica, quien nombra y remueve a los ministros, a propuesta y con acuerdo del Presidente del Consejo. 1.2.2.1. Ministerios que Integran el Poder Ejecutivo(1) Lo integran los siguientes Ministerios: 1. Ministerio Relaciones exteriores: encargado de la política exterior, realiza la función diplomática y gesta los asuntos internacionales. Negocia y suscribe tratados internacionales. Participa en asuntos de integración y en las políticas y asuntos económicos y financieros. 2. Ministerio de Defensa: (2) encargado de formular, ejecutar y supervisar la Política de Defensa Nacional en el campo militar; así como de diseñar, planificar y coordinar la Política de Defensa Nacional en los campos del desarrollo. Asimismo, formular y difundir la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional, y asesorar, planificar y coordinar las acciones que en esta materia realicen los órganos que integran el Consejo de Defensa Nacional. http://www.mindef.gob.pe/menu/libroblanco/pdf/Capitulo_V.pdf Libro blanco de La Defensa Nacional 3. Ministerio de Economía y Finanzas: encargado de los asuntos, relativos a la tributación, política aduanera, financiación, endeudamiento, presupuesto, tesorería y contabilidad y de armonizar la actividad económica nacional. 4. Ministerio del Interior: encargado de las actividades de gobierno interior, seguridad interna, orden público y movimiento migratorio. Tiene a su cargo el funcionamiento de las fuerzas policiales.
  • 7.
    7 5. Ministerio deJusticia: encargado de promover la administración de justicia, de la política de readaptación social en los establecimientos plenipotenciarios y de la política de bienestar familiar. Coordina con la Iglesia Católica y con sus otras confesiones. Se vincula con el Poder Judicial, el consejo Nacional de la Magistratura y el Ministerio Publico. 6. Ministerio de Educación: encargado de las políticas de educación, cultura, recreación y deportes y sus servicios correspondientes, con participación de la comunidad. 7. Ministerio de Salud: encargado de la política nacional de salud y de asistencia social. 8. Ministerio de Agricultura: encargado de las políticas agrarias, incremento de las áreas agropecuarias, faunas y forestales, conservación y utilización de aguas, suelos forestales y fauna silvestre y, de producción y comercialización de productos agrícolas, pecuarios, forestales y de fauna silvestre y de desarrollo agro industrial. 9. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: encargado de las políticas de relaciones laborales y cooperativas, de higiene y seguridad ocupacional. Promueve el empleo, impulsa la concertación social y fomenta el bienestar laboral. Participa en la seguridad social y norma las migraciones laborales. 10. Ministerio de la Producción: encargado de formular, aprobar, ejecutar y supervisar todos los niveles de producción, industria, manufacturera y pesquera. 11. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: encargado de los temas de comercio exterior del Estado Peruano y la promoción del turismo en el Perú. 12. Ministerio de Energía y Minas: encargado de las actividades energéticas y mineras, cuidando la preservación del medio ambiente. 13. Ministerio de Transportes y Comunicaciones: encargado de las actividades de construcción, conservación y mejoramiento de las vías de transporte y sus instalaciones y de la regulación de su empleo, de las actividades de comunicación postal y telecomunicaciones, y de todo lo relacionado con el transporte aéreo, marítimo, terrestre, fluvial o lacustre
  • 8.
    8 14. Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento: encargado de las actividades vinculadas con el desarrollo urbano, el medio ambiente y la edificación, comprendiendo la construcción de viviendas, obras de infraestructura sanitaria y servicios complementarios. 15. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social: es el órgano del Estado dedicado a la mujer y al desarrollo en la sociedad de los peruanos. 16. Ministerio del Ambiente: es un ente ministerial creado el 13 de mayo de 2008 creado por el decreto legislativo N 1013. Su función es la de ser rector del sector ambiental, con la función de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental 17. Ministerio de Cultura: Su función es la de ser rector del sector cultural, con la función de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y del sectorial cultural mediante dos vice-ministerios: Interculturalidad y Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. 18. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (3) organismo encargado del desarrollo social, superación de la pobreza, promoción de la inclusión y equidad social; además de la protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono. Wikipedia http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_de_Desarrollo_e_Inclusi%C3%B3n_S ocial_del_Per%C3%BA El Presidente del Consejo de Ministros, también denominado Primer Ministro, tiene a su cargo uno de los Ministerios y una oficina de la que dependen el Instituto Nacional de Fomento Municipal y el Consejo Nacional de Población. 1.2.3. El Poder Judicial Es el organismo que administra justicia por intermedio de la Corte Suprema de Justicia, las Cortes Superiores, los juzgados civiles, penales y especiales, los juzgados de paz letrados y los juzgados de paz. La Corte Suprema de Justicia tiene sede en Lima y jurisdicción en todo el territorio nacional. Formula, sustenta y participa en la discusión del proyecto de presupuesto del Poder Judicial. Puede participar en la discusión de los proyectos de ley, que presente ante el Congreso. La Corte Suprema investiga la conducta funcional de los jueces en forma permanente y obligatoria y aplica las sanciones necesarias.
  • 9.
    9 La Corte Supremapodrá fallar en última instancia, resolviendo los casos vistos por las Cortes Superiores o simplemente disponiendo su nulidad para que vuelvan a ser juzgados en el nivel que corresponda, según disponga la ley. Las Cortes Supremas tienen du sede en las capitales del distrito Judicial 1.3. Tipos de Estados Modernos 1.3.1. Estado Constitucional: Surgió en Inglaterra a mediados del siglo XVII. Nació del intento de poner límites a las decisiones políticas de los monarcas absolutos. Sus propulsores consideraban que el alcance del Estado debía restringirse con el objetivo de asegurar a cada ciudadano al máximo grado de libertad posible, y esto se lograba con el establecimiento de una constitución. 1.3.2. Estado Liberal: Fue surgiendo a lo largo del siglo XIX como parte del intento de crear una esfera privada independiente del Estado. Sus pilares más importantes son: el constitucionalismo, la propiedad privada y la economía de mercado competitiva, junto con un modelo de familia específicamente patriarcal. En el mundo occidental, los Estados fueron primero liberales y tardíamente democrático-liberales 1.3.3. Democracia Liberal o Representativa: Su rasgo más importante es que las decisiones que afectan a la comunidad no las toman todos sus miembros sino un subgrupo de representantes elegidos. Se constituye en la forma dominante del Estado moderno en el siglo XX. 1.3.4. Partido Único o Uní partidista: su principio subyacente es que solo un único partido puede ser la legítima expresión de la voluntad general de la comunidad. Es el caso de los sistemas comunistas. 1.4. Características del Estado Peruano actual Estas características están determinadas por la Constitución Política de 1993 vigente hasta hoy, que en su art. 43 dice que el Estado Peruano es: 1.4.1. Republica Democrática, ya que en ella se ejerce un gobierno representativo, elegido por el pueblo mediante sufragio universal. 1.4.2. Social, porque es una democracia que debe beneficiar a toda y no solo algunos individuos. 1.4.3. Independiente, porque no tiene relaciones de subordinación ante ningún otro Estado. 1.4.4. Soberana, porque el Estado peruano no tienen restricciones para ejerce su poder dentro de los límites de su territorio; Constituyente un
  • 10.
    10 Gobierno Unitario, esdecir, posee un solo gobierno central y una sola Constitución que tiene vigencia para todos los peruanos. Los departamentos o provincias no tienen, por lo tanto, autonomía política. Plantea una Administración Descentralizada, ya que paralelamente al gobierno central existen gobiernos regionales y locales responsables de sus respectivas jurisdicciones. 1.5. Deberes del Estado Peruano Los Deberes del Estado Peruano están determinados por la Constitución Política de 1993 vigente hasta hoy, que en su art. 44 dice Deberes del Estado: Son deberes primordiales: Defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la nación. Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior. 1.6. De los Derechos La Identidad Étnica y Cultural es un Derecho Fundamental reconocido formalmente por la Constitución vigente (art. 2.19). Se trata de una novedad, pues al respecto no existe antecedente constitucional sobre él, afirma Gorki Gonzales Mantilla, quien acota que la tradición constitucional se ha mantenido de espaldas al reconocimiento de esta realidad. La Nación peruana se define materialmente como una pluralidad étnica y cultural; sin embargo, casi siempre se obvió esta realidad sociocultural, pese a que el discurso oficial o el de los operadores estatales reclaman la integración del indio a la vida nacional, sin preguntarse si la llamada vida nacional corresponde a las categorías socioculturales del indio o de sus comunidades. La historia de los peruanos demuestra una constante discriminación de las comunidades quechuas, aymaras y selvícolas. Por ello el Estado y la Nación deben asumir una actitud diferente frente a la realidad pluriétnica del país, permitiendo una auténtica integración nacional. Cabe relevar algunos derechos políticos previstos en la nueva Constitución que facultan una participación más directa de los ciudadanos en algunos asuntos de la administración del Estado. El art. 31° otorga el derecho a los ciudadanos de participar en los asuntos públicos mediante referéndum,
  • 11.
    11 iniciativa legislativa, remocióno revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Debemos mencionar también a instituciones como la Defensoría del Pueblo (arts. 161° y 162°), cuya función es la defensa de los derechos fundamentales de las personas o de la Nación y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal. Es importante destacar las nuevas Acciones de Garantía previstas en la Constitución de 1993, como la Acción de Hábeas Data y la de Cumplimiento (arts. 200.3 y 200.6) y la Acción de Competencia (art. 202.3), que sin duda permiten un mejor control del orden constitucional. 1.7. Ejercicio del Poder La Constitución Nacional en su art. 45° determina que el poder emana del pueblo. Se trata de uno de los principios fundamentales del liberalismo clásico, y cuyo significado es que el pueblo mediante su voluntad social funda el Estado y le otorga potestades y facultades para administrar y gobernar, en el marco de un sistema jurídico y por medio de órganos estatales denominados instituciones Políticas del Estado. Este acto fundacional supone, también, la elección de las personas depositarias del poder, o representantes de la voluntad social, todo lo cual configura el principio más importante del Estado moderno, el de ser democrático, por cuanto nuestro Estado Republicano se basa en la soberanía popular -como se ha expresado- y es representativo. Conformado el Estado, el poder es manejado por los operadores políticos dentro de los límites del orden constitucional y legal. En este entorno, el poder se entiende como la facultad de operar otorgada a los representantes del pueblo, con el propósito de alcanzar los fines propuestos dentro del modelo social. Esta facultad de operar, se le asigna a los representantes de la voluntad popular mediante los repartos consignados en la Constitución o la Ley; por lo tanto, este poder no es ilimitado, y mucho menos aún permite el libre albedrío en el manejo constitucional por más alto nivel de función asignable. En este sentido debe entenderse la fórmula de art. 45° de nuestra Constitución; en otras palabras, se trata de reconocer en el pueblo la fuente originaria del poder, poder que también debe ser reconocido como la fuerza social encaminada a dar forma político-jurídica y estructura económica a ese grupo social, para lo cual se desarrolla el proceso que supone: 1. la instalación o nombramiento de los depositarios del Poder; 2. el reparto de las funciones entre los redistribuidores del poder, o diseño del orden político; y 3.
  • 12.
    12 la Regulación ylimitación apropiada del ejercicio del poder o formulación del orden jurídico (principio en el cual reposa el Estado de Derecho). En gran medida, el cumplimiento de estos principios y supuestos depende de la estructura socioeconómica, que determina en última instancia la organización política. Sin embargo, nuestra Constitución -en el capítulo I del Título III dedicado al Régimen Económico- prescribe que la iniciativa privada es libre y que se ejerce en una economía social de mercado, aunque prohíbe la participación empresarial del Estado. Este diseño económico dificulta las funciones sociales que deben asumir los órganos estatúales. Bajo este régimen, el Estado estimula la creación de la riqueza, y garantiza la libertad de empresa, comercio e industria; su participación en la producción es subsidiaria, ya que la Constitución ordena que toda actividad empresarial del Estado, sea ésta directa o indirecta, debe ser autorizada expresamente por la ley y sólo por el alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. Este modelo revela grandes contradicciones no sólo en el orden formal (la economía social de mercado prescrita en el art. 58° de la Constitución vigente), sino también en el orden material, pues estos principios violentan los derechos e intereses de las grandes mayorías de la Nación, además de dejar de lado al elemento fundamental e integrador del sistema, esto es, la participación activa de los ciudadanos a través de sus organizaciones sociales, políticas y laborales, etc., en la estructura política y económica donde se toma las decisiones que afectan a las grandes mayorías o al orden jurídico-político. Este modelo implica también un conjunto de Derechos Fundamentales que se encuentran formalizados en nuestra Carta Política, en el Capítulo I del Título I, cuya trascendencia se define a partir del art. 1°, que considera la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la Sociedad y del Estado; sin embargo, nuestra Carta, como se ha visto, no garantiza a la mayoría de la Nación la posibilidad de un real ejercicio de los Derechos Fundamentales. 1.8. El Modelo Social Peruano El modelo social de un Estado, es el objetivo o meta que se pretende alcanzar para conseguir la plena realización de la Nación; es la estructura societal donde no sólo se garantiza en forma efectiva la vida humana, sino que además rige totalmente la justicia social. En otras palabras, es el "deber ser" del Estado. El elemento más importante en el diseño del Modelo Social es el Modelo Económico que asume el Estado. En nuestro caso, la Constitución Nacional vigente, como bien precisa Marcial Rubio, define un régimen económico ortodoxamente liberal y de mercado, dentro del cual el derecho de la
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    13 propiedad privada hasido elevado a rango constitucional y en el cual el Estado debe garantizarlo, Ha desaparecido el rol social que debe jugar la propiedad, la expropiación se limita a las causales de seguridad nacional o necesidad pública (art. 70°). La privatización es el signo de nuestra economía, el Estado no puede realizar actividad empresarial, o en todo caso requiere autorización expresa mediante ley para tal fin (art. 60°). El régimen económico nacional, se sustenta en la iniciativa privada y en la libertad de empresa, especialmente en la libertad de contratación (art. 62°); ahora las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato. Los términos del contrato no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase. Los conflictos derivados de la relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en los contratos o contemplados en la ley. 1.9. Funciones Básicas del Estado (5) Constitución Según la Constitución Política del Perú de 1993, el Estado y el Gobierno de la Nación, se organiza según el principio de la separación de poderes, tomando como base la teoría de Montesquieu sobre la ―División de Poderes‖, teoría actualmente superada por las nuevas concepciones políticas y jurídicas acerca del poder político, que consideran a éste como una unidad, como uno solo – el Poder del Estado. En este sentido, la Constitución debió hablar no de la separación de poderes, sino más bien de los ―Órganos de Poder del Estado‖ y/o del principio de división y funciones, para referirnos a aquellos que cumplen a nivel nacional con la función legislativa, ejecutiva y judicial, como pilares básicos de la organización y estructura del poder político del Estado, además de los órganos ―constitucionales‖ y descentralizados, cuyas funciones especiales integran la función jurisdiccional, controlan la renovación de los representantes a los órganos del Estado o en su caso, controlan la constitucionalidad, la legalidad y el respeto de los derechos fundamentales, cuyos entes con autonomía e independencia completan la estructura política del Estado y de alguna forma garantizan un verdadero Estado Constitucional de Derecho. 1.10. La Función Pública según la Constitución Política del Perú Articulo 39º.- Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El Presidente de la Republica tiene la mas alta jerarquía en el servicio a la Nación y, en ese orden, los representantes al Congreso, ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura, los magistrados supremos, el Fiscal de la Nación y el
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    14 Defensor del Pueblo,en igual categoría; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley. Articulo 40º.- La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente. No están comprendidos en la función pública los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta. Es obligatoria la publicación periódica en el diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos. Articulo 41º.- Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por este deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos. La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley. Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la Nación, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial. La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como el plazo de su inhabilitación para la función pública. El plazo de prescripción se duplica en caso de delitos cometidos contra el patrimonio del Estado. Articulo 42º.- Se reconocen los derechos de sindicación y huelga de los servidores públicos. No están comprendidos los funcionarios del Estado con poder de decisión y los que desempeñan cargos de confianza o de dirección, así como los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. 1.11.. Función Pública, Funcionarios y Servidores Públicos Si bien la Función Pública, es la actividad que realiza el Estado a través de sus diferentes órganos, cabe enfatizar que esta función estadual implica actos soberanos de poder relacionados a función política, función legislativa, función jurisdiccional, función administrativa y funciones especiales, tendientes todas a la realización de sus propios fines.
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    15 Los funcionarios yservidores públicos, que refieren los artículos antes mencionados, son los agentes al servicio del Estado, unos cuyo título emana de elección popular, son los funcionarios gobernantes, que puede ser de primer grado, cuando la elección es directa, Presidente de la República, Congresistas, Presidentes de Gobiernos Regionales, Alcaldes y Concejales; de segundo grado, como es el caso de los Vocales Supremos o Ministros de Estado y titulares de los Órganos Constitucionales que son designados y de tercer grado, cuando el ingreso es por concurso público y/o por contrato, infiriéndose del texto de dichos dispositivos, no solamente discriminaciones entre los funcionarios y trabajadores públicos que prestan servicios en los diferentes órganos del Estado, sino confusiones normativas, como consecuencia de los errores conceptuales acotados y del propio texto constitucional. El ingreso a la Carrera Administrativa que refiere el Art. 40°, está instituido por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que alcanza a un sector de servidores básicamente del Poder Ejecutivo, cuyo comentario obviamos por ahora. 1.12.La Ética en el Perú El 3 de agosto de 2002 se promulgó la Ley No. 27815, Ley de Código de Ética de la Función Pública, que se aplica en toda la Administración Pública, sin ningún distingo en cuanto el régimen en el que ingresa a laborar el funcionario o servidor público, incluso se aplicará a aquellos que prestan servicios ad-honorem. La ley precisa que el fin de la función pública es el bien común y que los funcionarios deben lealtad a la Constitución y a las leyes, y a los principios éticos por encima de los intereses personales; incluye además un artículo acerca de las sanciones, haciendo una remisión a las normas referidas a la carrera pública. El objetivo principal de este Código de Ética es imprimir a la acción de los agentes del Estado el sentido de respeto por la cosa pública, de compromiso con la sociedad y comportamientos básicos de eficiencia y eficacia, valorizando y dignificando el ejercicio de la función pública. No obstante, si bien los códigos de ética prescriben deberes y funciones expresas de los servidores públicos con el fin de hacer más eficiente, transparente y democrático su desempeño, su efectividad no depende, en opinión de especialistas, solamente de consideraciones jurídicas y de mecanismos de seguimiento y auditoria para asegurar su cumplimiento. Se reconoce que este código deberá ser acompañado, además, por condicionantes sociocultural que contribuyan a desarrollar nuevas formas de vinculación y de corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad, que redunden en mayores
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    16 niveles de confianzay gobernabilidad democrática, logrando un Estado al servicio del ciudadano que es el gran objetivo que nos hemos planteado. Se señaló que mediante Ley No. 27588, de fecha 13 de diciembre de 2001, que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual, se establece que los directores, titulares, altos funcionarios, miembros de Consejos Consultivos, Tribunales Administrativos, Comisiones y otros órganos colegiados que cumplen una función pública o encargo del Estado, los directores de empresas del Estado o representantes de éste en directorios, así como los asesores, funcionarios o servidores con encargos específicos que, por el carácter o naturaleza de su función o de los servicios que brindan, han accedido a información privilegiada o relevante, o cuya opinión haya sido determinante en la toma de decisiones, están obligados a guardar secreto o reserva respecto a los asuntos o información que por ley expresa tengan dicho carácter. Tampoco podrán divulgar ni utilizar información que, sin tener reserva legal expresa, pudiera resultar privilegiada por su contenido relevante, empleándola en su beneficio o de terceros y en su perjuicio o desmedro del Estado o de terceros. Mediante Ley No. 27482 que Regula la Publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se establece la obligatoriedad de la publicación periódica en el diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos. Por último, se destacó que mediante Ley No. 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades organizaciones y procedimientos. 1.13.Definición de Carrera Administrativa Es un sistema técnico de administración de personal, sustentado en el mérito como causa para ingresar, permanecer y ascender en los cargos públicos, en orden a garantizar el derecho de todo ciudadano a acceder al desempeño de empleos públicos y lograr la eficiencia y pulcritud de la gestión pública. El proceso de selección de personal para la incorporación a la carrera administrativa o la promoción dentro de ella compete a cada organismo o entidad
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    17 1.13.1. Antecedentes a) DecretoLey 11377, la carrera administrativa era secuencia de ascensos desde niveles más bajos hacia más altos de las categorías de personal. Clasificaba 3 categorías: Oficiales, Auxiliares y Ayudantes, con 9 niveles remunerativos. Este Decreto Ley consideraba dos tipos de trabajadores:  En Escalafón o carrera administrativa, con prerrogativas especiales en materia de ascensos, igualdad de remuneraciones y estabilidad.  Fuera carrera administrativa: contratados cargos o funciones temporales, los ―adscritos‖ desempeñan cargos confianza como asesores o altos funcionarios, ―personal de servicios‖ como porteros, portapliegos y otros, pero podían ingresar si reunían calificaciones necesarias b) Constitución Política de 1979 Cap.VI Tít I: art. 58º - 63º: Los trabajadores ingresaban al servicio a la Nación, con no más de un cargo público remunerado salvo docente, ingreso regulado por ley, sistema único con remuneraciones y pensiones homologada, el Presidente de la República es el de más alta jerarquía. La Constitución de 1979, por primera vez reconoce el derecho de sindicalización y huelga de los servidores públicos, lo que estaba prohibido en anteriores cartas políticas. Según el artículo 17º de las disposiciones transitorias de la carta de 79, se ratifica el Convenio 151 de la OIT sobre protección del derecho de sindicalización y procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la Administración Pública. c) Constitución Política de 1993, Artículo 40.- Carrera Administrativa La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente. No están comprendidos en la función pública los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta.
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    18 Es obligatoria lapublicación periódica en el diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos. d) Decreto Legislativo 276 Reglamento: D.S. 018-85-PCM (inicial) y DS Nº005-90-PCM. Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Dictada en uso de facultades delegadas a Poder Ejecutivo mediante artículo 56 de la Ley Nº 23724 y de conformidad con artículos 59º y 60º Constitución 1979. En términos generales las disposiciones contenidas en el DL 276 son bastante similares a las establecidas por el DL 11377 en lo que respecta al ingreso por el nivel más bajo del grupo ocupacional, los principios de estabilidad, orden de méritos e igualdad de oportunidades. Una diferencia importante es el tratamiento de los trabajadores contratados que se encontraban fuera de la carrera. El DL 276 permite el contratado de labores permanentes hasta por 3 años, pudiendo ingresar a la carrera si se declara plaza vacante, en cuyo caso, se le reconoce todo el tiempo de servicios. 1.13.2. Concepto de Carrera Administrativa, según el D.L. 276 Conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos que, con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública. Objeto: Permitir la incorporación de personal idóneo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realización personal en el desempeño del servicio público. Expresión Se expresa en una estructura que permite la ubicación de los servidores públicos según calificaciones y méritos.
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    19 1.13.3. Ámbito dela Carrera Administrativa Dl 276 Comprende a los servidores públicos que con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública; con excepción de los trabajadores de las Empresas del Estado cualquiera sea su forma jurídica, así como de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, a quienes en ningún caso les será de aplicación las normas del Decreto Legislativo 276 y su reglamentación. 1.13.4. DL 276 NO COMPRENDE A:  Servidores públicos contratados  Funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza, pero sí en las disposiciones de la presente Ley en lo que les sea aplicable.  Miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, ni trabajadores de empresas Estado o de sociedades de economía mixta, cualquiera sea su forma jurídica. 1.13.5. Principios de la Carrera Administrativa Dl276 a) Igualdad de oportunidades b) Estabilidad c) Garantía del nivel adquirido d) Retribución justa y equitativa, regulada por un sistema único homologado 1.13.6. Principios del Sistema Único de Remuneraciones D L 276 a) Universidad b) Base técnica c) Relación directa con la Carrera Administrativa d) Adecuada compensación económica 1.13.7. Ingreso a la Carrera Administrativa D L 276 a) Ingreso a Administración Pública en la condición de servidor de carrera obligatoriamente mediante concurso. b) Incorporación a Carrera Administrativa por nivel inicial grupo ocupacional al cual postuló. Es nulo todo acto administrativo que la contravenga. c) Las entidades públicas planifican necesidades de personal en función al servicio y posibilidades presupuestales. d) Anualmente, cada entidad puede realizar hasta 2 concursos para ascenso, siempre que existan plazas vacantes.
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    20 1.13.8. Ingreso ACarrera Administrativa Dl 276 Requisitos: a) Ser ciudadano peruano en ejercicio b) Acreditar buena conducta y salud comprobada c) Reunir los atributos propios del respectivo grupo ocupacional d) Presentarse y ser aprobado en el concurso de admisión e) Los demás que señale la Ley. 1.13.9. Concurso de ingreso a la Administración Pública 2 fases: a) Fase de convocatoria: Requerimiento personal formulado ante los órganos correspondientes, con conformidad presupuestal, publicación aviso convocatoria, divulgación de bases concurso, verificación documentaria, inscripción del postulante. b) Fase de selección: Calificación curricular, prueba de aptitud y/o conocimiento, entrevista personal, publicación cuadro de méritos y nombramiento o contratación correspondiente. 1.13.10. Nombramiento D L 276 a) Los ganadores del Concurso son incorporados a la carrera mediante resolución de nombramiento e inscritos en el Escalafón respectivo. b) Al servidor que se incorpora a la Carrera se le proporciona, previamente al desempeño de sus funciones, la orientación e información pertinente. c) Mediante la asignación el servidor es destinado a un cargo compatible con su nivel de Carrera. d) La estabilidad laboral se adquiere a partir del nombramiento. No existe período de prueba. 1.13.11. Contratos DL 276 Entidades Administración Pública sólo pueden contratar personal para funciones temporales o accidentales: a)Trabajos para obra o actividad determinada b) Labores en proyectos de inversión y proyectos especiales, cualquiera sea su duración, o
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    21 c)Labores de reemplazode personal permanente impedido de prestar servicios, siempre y cuando sea de duración determinada. d) Esta forma de contratación no requiere necesariamente de concurso y la relación contractual concluye al término del mismo. Los servicios prestados en esta condición no generan derecho de ninguna clase para efectos de la Carrera Administrativa. 1.14. Estructura de la Carrera Administrativa Dl 276 a) Por grupos ocupacionales y niveles. b) A cada nivel le corresponde conjunto de cargos c) Los atributos de cada nivel son inherentes al servidor que lo alcanza. d) Cada Nivel de Carrera tiene como atributos los siguientes: - un nivel de remuneraciones - Reconocimiento formal del nivel alcanzado - Desempeño de cargos compatibles con el nivel y oportunidades de capacitación. e) El nivel de carrera alcanzado por el servidor se garantiza mediante su reconocimiento formal, la incorporación nominal en el Escalafón de la Administración Pública y el desempeño de funciones asignadas por la entidad f) Los grupos ocupacionales de la Carrera Administrativa son Profesional, Técnico y Auxiliar:  Grupo Profesional: Servidores con título profesional o grado académico reconocido por la Ley Universitaria.  Grupo Técnico: Servidores con formación superior o universitaria incompleta o capacitación tecnológica o experiencia técnica reconocida.  Grupo Auxiliar: Servidores tienen instrucción secundaria y experiencia o calificación para realizar labores de apoyo. g) Tenencia de título, capacitación o experiencia no implica pertenencia al Grupo Profesional o Técnico. h) Para la progresión sucesiva en los niveles se tomarán en cuenta los factores siguientes:  Estudios de formación general y de capacitación específica o experiencia reconocida  Méritos individuales, adecuadamente evaluados, y  Tiempo de permanencia en el nivel.
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    22 Gestión Pública Principales Herramientasde Gestión para la Organización y Dirección de las Entidades del Estado 2.1. Definición de Gestión Pública: Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro de sus fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo.(Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, Disposiciones Finales La Secretaría de Gestión Pública es el órgano de línea que depende jerárquicamente de la Secretaría General, encargado de coordinar y dirigir el proceso de modernización de la gestión pública. La Secretaría de Gestión Pública es competente en materia de funcionamiento y organización del Estado, simplificación administrativa, ética y transparencia en concordancia con las normas de modernización, racionalización, descentralización del Estado, control interno, así como el código de ética de la función pública.‖ 2.2. Funciones de la Secretaría de Gestión Pública Conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la PCM aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM articulo 36º y 37º modificado por el Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM las funciones de la Secretaria de Gestión Pública son las siguientes:  Coordinar y dirigir el proceso de modernización de la gestión pública, así como formular y evaluar las propuestas para su mejora;  Emitir opinión sobre autógrafas y proyectos normativos referidos a funcionamiento y organización del Estado, como es la creación de ministerios, entidades, instituciones, organismos públicos, autoridades autónomas, corporaciones, fondos o de cualquier otra entidad del Estado; así como, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, de los Ministerios y de los organismos públicos para fines de su aprobación;  Proponer normas y aprobar directivas en materia de funcionamiento y organización del Estado, ética y transparencia;  Detectar los casos de duplicidad de funciones o de procedimientos administrativos en las distintas entidades de la Administración Pública y proponer las medidas necesarias para su corrección;  Emitir informe sobre los proyectos o normas que propongan la fusión de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos públicos,
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    23 comisiones y engeneral toda instancia de la Administración Pública Central, así como la modificación respecto de la adscripción sectorial de un organismo público o de otras entidades;  Asesorar a las entidades en materia de simplificación administrativa y evaluar los procesos de simplificación administrativa en relación con el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de las entidades del Poder Ejecutivo, para lo cual está facultada a solicitar la información que requiera, y emitir directivas y/o lineamientos;  Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de simplificación administrativa contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y detectar los incumplimientos para lo cual deberá otorgar a las entidades un plazo perentorio para la subsanación. De no producirse la subsanación, deberá realizar las gestiones conducentes a hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios involucrados;  Formular, coordinar, supervisar y evaluar las políticas de acceso a la información pública, fomento de la ética en la función pública, la transparencia y la vigilancia ciudadana.  Coordinar con la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de la Competitividad;  Emitir opinión respecto a los conflictos de competencia entre autoridades del Poder Ejecutivo que son puestos en consideración de la Presidencia del Consejo de Ministros;  Emitir opinión técnica en materia de su competencia; 2.3. Modernización del Estado La Secretaría de Gestión Pública formula propuestas normativas para la modernización, la transparencia de la gestión pública y demás temas materia de su competencia. Asimismo, coordina y conduce el proceso de modernización del Estado, formulando propuestas de acción para la modernización de la gestión pública, en el ámbito de su competencia. También detecta los casos de duplicidad de funciones o de procedimientos administrativos en las distintas entidades públicas y propone las medidas necesarias para su corrección. Asimismo, emite opinión técnica con relación a toda propuesta para la creación, modificación, escisión, fusión o eliminación de ministerios, entidades, organismos públicos descentralizados, órganos de línea, direcciones generales, autoridades autónomas, corporaciones, fondos y, en general, cualquier entidad, órgano u organismo perteneciente al Estado.
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    24 2.4. Evaluación deInstrumentos de Gestión (ROF, CAP y TUPA) La Secretaría de Gestión Pública tiene a su cargo la evaluación preliminar de tres importantes instrumentos de gestión: el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA), únicamente en el caso de los Ministerios y sus Organismos Públicos Descentralizados. No obstante, en el caso del CAP, todas las entidades estatales deben seguir los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. La revisión o aprobación del Manual de Organización y Funciones (MOF) y del Presupuesto Analítico del Personal (PAP) no son competencia de esta Secretaría. 2.5. Gestión Pública por Resultados La importancia del control de gestión sobre los programas y una permanente búsqueda por incrementar la productividad en el uso de los recursos públicos, no sólo se sustenta en la escasez de los mismos, sino también en el reconocimiento del derecho que poseen los ciudadanos, como contribuyentes y usuarios de los servicios públicos a conocer el destino e impacto de dichos recursos y a ser tratados como ―clientes‖ cuya satisfacción es de particular importancia. 2.6. La administración Pública y el Desempeño Los esfuerzos realizados durante la presente década por el Estado han estado marcados ampliamente por la importancia de la estabilidad macroeconómica y equilibrio de las cuentas fiscales. Sin embargo, la aplicación de políticas que hayan incidido sobre la Gestión no han avanzado al mismo ritmo. Como señala la CEPAL (1998), en los procesos de reforma latinoamericanos, si bien se han seguido recomendaciones de carácter técnico respecto a la mejora de la administración pública, existe una gran distancia entre la formulación, diseño y ejecución de las políticas y los resultados que se obtienen de ellas. Al interior de esta distancia se encuentran los organismos y personas (motivadas o incentivadas por diferentes mecanismos) que son finalmente los que determinan si se logran o no los objetivos definidos en las etapas de programación del gasto. En el plano internacional, existen experiencias de reformas hacia una administración pública orientada a los resultados, con el establecimiento de responsabilidades de gestión y un mayor énfasis a la satisfacción de la población antes que a la satisfacción de esquemas procedimentales, muchas veces rígidos. Estas experiencias, dentro de las cuales se encuentran algunas latinoamericanas, han alimentado la literatura respecto del tema y sirven de ejemplo sobre errores y aciertos de estos procesos.
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    25 2.7. Administración porresultados La administración por resultados implica la priorización del logro de los objetivos estratégicos generales y específicos en el proceso de gestión de los recursos públicos. N La evaluación de los resultados se guía, en general, siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía y calidad de la intervención del Estado. El seguimiento de estos criterios resulta de vital importancia puesto que están determinados básicamente por el accionar de los responsables de las diferentes áreas de la acción pública. Además, estos criterios forman parte de los aspectos a considerar en un proceso de cambio de la cultura organizacional del sector público que contemple la sustitución de un modelo de administración pública burocrática (enfatizada en los procesos y procedimientos) por otra gerencial, con prevalencia de los resultados. Las principales características del nuevo paradigma de gestión pública serían: a) Adopción del principio del ciudadano-cliente o usuario, con derechos claramente especificados y respetados. b) Definición de un nuevo perfil de administrador, ejecutivo o gerente público, guiado por la búsqueda de resultados y evaluado en consecuencia, sujeto a la rendición de cuentas y a la competencia no sólo al momento de la contratación. c) Establecimiento de contratos de gestión, que permiten explicitar la visión, misión y objetivos de las entidades ejecutoras y, a su vez, sirven de base para la evaluación de éstas, a través de la definición de indicadores de desempeño. 2.8. Ventajas de la Administración por Resultados a) Separación de las actividades de financiamiento y prestación de servicios, como también de formulación y diseño de políticas públicas, incluidas las de regulación y normatividad (de carácter centralizado), respecto de las actividades de ejecución o administración (de carácter descentralizado). b) Reingeniería de procesos, con miras a simplificar los procedimientos y reducir la burocracia, minimizando los costos que entraña el cumplimiento de las obligaciones del ciudadano (por ejemplo, en materias tributarias) y los tiempos requeridos para completar sus trámites y recibir atención (por ejemplo, radical simplificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA- de cada organismo). c) Delegación de responsabilidades, derechos y obligaciones hacia los niveles de gestión intermedios e inferiores; se aplica al campo laboral (donde las estructuras tienden a ser menos jerárquicas y más horizontales), así como al fiscal (caracterizado por procesos de descentralización de recursos y
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    26 competencias desde elcentro hacia las instancias subnacionales de gobierno). Esto implicaría la delegación de responsabilidades operativas acompañada de una mayor flexibilidad en las políticas del personal público. De esta manera, el personal directivo adquiere mayores responsabilidades en la formación de sus propios equipos de trabajo, lo que conlleva a una gestión más dinámica de los recursos humanos, privilegiando los procesos de capacitación y entrenamiento e introduciendo nuevos sistemas de incentivos según resultados con miras a formar y motivar administradores y equipos capaces de alcanzar los objetivos propuestos 2.9. Indicadores para la Medición de Desempeño a) Indicador de insumo Cuantifica los recursos físicos, humanos y financieros utilizados en el desarrollo de las acciones. Usualmente están expresados en montos de gasto asignado, cantidad de miembros del equipo de trabajo, cantidad de horas o días laborados. Son importantes para efectuar un seguimiento sistemático de las acciones que se vienen desarrollando. Por sí mismos, no indican la extensión del progreso respecto al cumplimiento de los objetivos. Un ejemplo de indicador de insumo puede ser el número de Capacitadores, las horas de clase impartidas o los kits de materiales distribuidos, en un programa de mejora de recursos humanos. b) Indicador de producto Refleja los bienes y servicios cuantificables, producidos y/o provistos por una determinada intervención, y en consecuencia, por una determinada institución. Es resultado de la combinación y uso de los insumos señalados anteriormente por lo que es de esperar que estén claramente asociados con ellos. Son importantes para efectuar un seguimiento sistemático de las acciones que se vienen desarrollando. Por sí mismos, no indican la extensión del progreso respecto al cumplimiento de los objetivos. Siguiendo el mismo caso anterior de un programa de capacitación de recursos humanos, un ejemplo de indicador de producto sería el número de charlas de capacitación impartidas. c) Indicador de resultado Indican el progreso en el logro de los propósitos de las acciones. Los indicadores de resultado reflejan los objetivos (generales y específicos) definidos de los organismos del Estado. Por lo general, el resultado de las acciones no puede ser medido sino hasta el final de las tareas que la componen (en el caso de tratarse de proyectos,
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    27 que por definicióntienen un tiempo definido) o hasta que las tareas hayan alcanzado un nivel de maduración necesario en actividades de carácter permanente. d) Indicador de Impacto Muestra los efectos (directos o indirectos) producidos como consecuencia de los resultados y logros de las acciones sobre un determinado grupo de clientes o población. Usualmente medidos de manera rigurosa, requiere de una definición precisa del tiempo de la evaluación (ya que existen intervenciones cuyo impacto sólo es verificable en el mediano y largo plazo) y de una identificación y aislamiento adecuados de los factores externos que pueden influenciarlo. Para concluir con el ejemplo de una familia de indicadores de desempeño para un programa de mejora de recursos humanos, podríamos identificar como indicador de impacto el diferencial salarial que los participantes obtuvieron a consecuencia del incremento de su productividad marginal como resultado de los conocimientos y habilidades aprendidas en el curso de capacitación 2.10. Principales Herramientas de Gestión para la Organización Y Dirección de las Entidades del Estado Dentro del manejo de la gestión pública institucional, es común hacer referencia a la utilización de ―herramientas de gestión‖; en todo caso, lo importante es definir y puntualizar en que momento de la gestión se deben tomar en cuenta estas herramientas. Entendemos que en una entidad del Estado para mejorar su gestión, es necesario diferenciar y armonizar los citados instrumentos, este orden va permitir tener una mejor visión del funcionamiento de la institución, que va incidir positivamente en la toma de decisiones. Es posible establecer que existen ―herramientas para el nivel de organización‖, que incluye instrumentos que en la práctica tienen que ser elaboradas en forma obligatoria y otras ―herramientas para el nivel de gestión‖ que desde un punto de vista de ―dirección‖, se elaboran como producto de las acciones de gestión que se realizan. Con respecto a las herramientas para el nivel de dirección o normativo, se mencionan a:  Normas generales dictadas por los organismos sectoriales y/o rectores (externas).
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    28  Normas específicasdictadas por la propia institución (internas). En este último caso, se estima que las normas van dirigidas principalmente para el funcionamiento de los Sistemas Administrativos (Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Personal e Informática) y Funcionales (Operativos) (unidades orgánicas conformadas teniendo en cuenta la naturaleza de la creación de la entidad (Misión). Ejemplo: Área de Obras Públicas, Área de Gestión Ambiental, Áreas de Salud (Ministerios), Área de Catastro (Municipios), etc. Asimismo las entidades de la Administración Pública, además de elaborar el PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI), tienen que formular el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF y el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP. Asimismo, el MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - MOF y el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA. 2.11. Descripción de las herramientas de gestión De una manera general, a continuación se definen las principales herramientas de gestión: 2.11.1. NIVEL DE ORGANIZACIÓN a) El Reglamento de Organización y Funciones – ROF Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades. b) El Manual de Organización y Funciones – MOF El Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo que describe las funciones específicas a nivel de cargo o puesto de trabajo desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, así como en base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuadro de Asignación de Personal.
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    29 c) El Cuadropara Asignación de Personal – CAP El CAP es un documento de gestión que contiene los cargos clasificados en base a la estructura orgánica prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y a los Objetivos y metas establecidos en su Plan Estratégico. d) El Manual de Procedimientos – MAPRO El Manual de Procedimientos es un documento descriptivo y de sistematización normativa, teniendo también un carácter instructivo e informativo. Contiene en forma detallada, las acciones que se siguen en la ejecución de los procesos generados para el cumplimiento de las funciones y deberá guardar coherencia con los respectivos dispositivos legales y/o administrativos, que regulan el funcionamiento de la entidad e) El Presupuesto Analítico de Personal – PAP Documento de gestión que considera las plazas y el presupuesto para los servicios específicos del personal permanente y eventual en función de la disponibilidad presupuestal. Refleja la provisión remunerativa de cada uno de los cargos definidos en el CAP. f) El Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA. Es el documento unificado de cada entidad de la Administración Pública que contiene toda la información relativa a la tramitación de los procedimientos administrativos que se realicen ante las distintas dependencias g) Código de Ética. La aplicación y observancia de las disposiciones del Código de Ética de la Función Pública contribuyen a fortalecer la confianza en la Administración Pública y la buena imagen de aquellos que la integran; El Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, coadyuva a la transparencia en el ejercicio de la
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    30 función pública asícomo a la mejora de la gestión y de la relación con los usuarios de los servicios; Como se aprecia, se torna imperativo la necesidad de que dichas normas, aparte de las otras aprobadas y que se estiman herramientas de gestión, actúen en forma correlacionada, tratando de establecer una estructura idónea desde el punto de vista organizacional y funcional. 2.11.2. NIVEL DE GESTIÓN a) Plan Estratégico Es el instrumento orientador de la gestión institucional, formulado desde una perspectiva temporal mayor al corto plazo, que enuncia la MISIÖN, la VISIÖN, los OBJETIVOS ESTRATÉGICOS, las ESTRATEGIAS, los INDICADORES DE DESEMPEÑO y las METAS de una entidad. b) El presupuesto Institucional. Es un instrumento de Gestión Económica y Financiera, elaborado para un periodo económico, en el cual se estiman, los INGRESOS que deben obtenerse y los GASTOS que deben ejecutarse c) El Plan Operativo Institucional – POI. El Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión que contiene la información relacionada al análisis y diagnóstico institucional, objetivos generales, las actividades programadas, las metas de cada programa y el presupuesto para cada una de ellas d) Los estados financieros Productos del proceso contable, que en cumplimiento de fines financieros, económicos y sociales, están orientados a revelar la situación, actividad y flujos de recursos, físicos y monetarios de una entidad pública, a una fecha y período determinados. e) Los estados presupuestarios
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    31 Los estados presupuestarios,contemplan los ingresos y egresos que determinan el resultado presupuestario del ejercicio, así como su aplicación en las cuentas del balance. f) Informes sobre evaluaciones del Presupuesto y del POI Corresponde a la medición de los resultados obtenidos y el análisis de las variaciones físicas y financieras observadas, en relación a lo aprobado en los presupuestos del Sector Público g) Informes periódicos de gestión Son los reportes que se emiten como resultado de una actividad de gestión realizada 2.11.3 NIVEL DE DIRECCIÓN O NORMATIVO EXTERNAS Normas generales dictadas por los organismos sectoriales y/o rectores Son las normas aprobadas por lo organismos sectoriales como: Ministerios; y/u Organismos rectores como: la Contraloría General de la República, Superintendencias, entre otras. INTERNAS Normas específicas dictadas por la propia institución (internas). Directivas internas dictadas por las áreas responsables de la entidad, que regulan las normas generales y que van dirigidas principalmente para el funcionamiento de los sistemas administrativos y operativos 2.11.4. Otras herramientas de gestión Al margen de lo señalado anteriormente, se pueden incluir como herramientas de gestión a: 2.12. Indicadores Son instrumentos de la gerencia pública moderna, que permiten hacer seguimiento y evaluación, del desempeño de la institución; en este sentido,
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    32 evalúa el impactologrado por la entidad, como resultado de las operaciones realizadas y buscando si se lograron los efectos logrados. 2.13. Tipo de indicadores Al respecto, tomando en cuenta las directivas aprobadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, se definen los siguientes tipos de indicadores: a) Indicadores para la medición de desempeño  Indicador de Insumo.- Especifica los recursos utilizados en el desarrollo de las acciones de las entidades.  Indicador de Producto.- Especifica los bienes y servicios provistos por las entidades como resultado de la combinación y uso de los recursos.  Indicador de Resultado.- Es una medida del cumplimiento de los objetivos de la entidad y de su misión. b) Indicadores para la evaluación del desempeño  Indicador de Economía.- Evalúa el nivel de ahorro de recursos.  Indicador de Eficiencia.- Evalúa la relación entre la utilización de recursos y los bienes y servicios previstos.  Indicador de Eficacia.- Evalúa el nivel de cumplimiento de los objetivos y resultados trazados en el Plan estratégico Institucional.  Indicador de Calidad.- Evalúa la manera en que se proveen los bienes y/o servicios por parte de la entidad. Se mide en términos de rapidez y oportunidad
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    33 del servicio, accesibilidad,precisión de la distribución, comodidad o cortesía reflejada a través del nivel de satisfacción del usuario. 2.14. Los Servicios Públicos en el Perú Esta expresión, tiene un doble alcance. Se refiere en primer lugar, a la acción permanente y eficaz de atender las necesidades de la población. También se refiere a las entidades que se constituyen y funcionan para encarar y resolver los problemas en su más amplio aspecto, que atañen y afectan a los grupos humanos integrantes de una nación. Lo cierto es a juicio nuestro, que en la actualidad su campo de acción es cada vez más extenso, dada la injerencia y participación que día a día va adquiriendo necesariamente el estado y la sociedad organizada en la complejidad de la vida, quehaceres cotidianos y problemas del pueblo. La defensa nacional, el servicio policial, los ferrocarriles, el registro civil, son servicios Públicos. También lo son el desenvolvimiento de la justicia y el deporte, museos, difusión de bibliotecas, transportes y comunicaciones, el alumbrado y baja policía, agua, etc. En síntesis el Estado se debe a la colectividad y tiene que velar permanentemente por el bien común. 2.15. Elementos Constitutivos Los elementos constitutivos del servicio público son: 1. Una actividad, acción o prestación. 2. Una necesidad de carácter colectivo.
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    34 3. Un sistemajurídico normativo. 4. Un organismo estatal encargado de actuar como función permanente. La prestación se pone de manifiesto en dos formas: en el caso de una acción sanitaria por ejemplo, cuando se trata de prevenir una epidemia, en base a estudios técnicos y de laboratorio; Tiene un carácter general. Si se procede a vacunar a un sector de la población, ya es una acción específica. . La necesidad de carácter colectivo, se refiere a los problemas que atañen a la colectividad y que el estado está obligado a encarar y resolver directa o indirecta. El sistema jurídico normativo es la base legal, para que, en cada caso, la Administración Pública pueda tomar las acciones que fueran pertinentes. El organismo estatal, es quien tiene la competencia y la obligación de realizar los servicios públicos que le conciernen. 2.16. Características Los Servicios Públicos responden a las características siguientes: a) Es prestado por el Estado o por una entidad oficial de la Administración Pública, directa o indirectamente. b) Es permanente, no falta jamás. Ejemplo: Servicio de Agua. c) Los usuarios tengan igual tratamiento, evitando grupos privilegiados. Hacer llegar el servicio a todos los que lo necesitan. d) Responde a un interés colectivo y no individual. e) Que no sea costoso. Tal es el caso del servicio de Instrucción
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    35 Pública. 2.17. Clasificación: De supropio contenido y alcance, se desprende que a los Servicios Públicos podríamos agruparlos en tres áreas de acción. Servicios Públicos Puros, Propios e Impropios. a) Servicios Públicos Puros: Son aquellos que la población recibe sin tener que abonar suma alguna, son absolutamente gratuitos, porque están financiados con los ingresos del Estado, con fondos propios. Por ejemplo, los antiguos hospitales estatales, los caminos y carreteras, etc. Lamentablemente, con el correr del tiempo y a causa de las crisis económicas y las dificultades presupuestales esta clase de servicios sin pago alguno tienden a desaparecer. En todos los hospitales del Estado tienen que abonarse algunas sumas por sus servicios. En la mayoría de las carreteras, se paga peaje. También en las Escuelas y Universidades del Estado donde, conforme a la Constitución, la educación debe ser gratuita, siempre hay que pagar algo por concepto de matrícula, Asociación de Padres de Familia, exámenes, varios, etc. b) Servicios Públicos Propios Son aquellas que directamente asume el Estado a través de sus dependencias. Ninguno es totalmente gratuito pues se paga algunos derechos o tarifas, por ejemplo, los servicios de correo; o se paga un impuesto directo, como ocurre en las Municipalidades con los servicios de alumbrado publico, jardines y limpieza pública. El servicio de SERENAZGO es también un servicio Público Propio.
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    36 Lo censurable esque no obstante el alza siempre creciente de los tributos, los servicios que se prestan son muy deficientes y/o a veces escasos. Por ello es problema de organización y de idoneidad del personal que los sirve, en el marco de una política inapropiada. c) Servicios Públicos Impropios Son los que prestan las entidades particulares, pero que interesan y atienden ciertas necesidades de la colectividad. Por ejemplo. Una panadería, los servicios de transporte colectivo de los particulares (colectivos, micros, ómnibus, etc.), una farmacia, restaurantes, servicio de vigilancia particular, entre otras. Todas las normas contenidas en la constitución, en cada uno de los Títulos y Capítulos en que se divide, hacen referencia a los organismos y Entidades que la integran, así como las actividades y funciones que le competen a cada uno de ellos, aplicándose dichas normas a los respectivos organismos, encargados cada uno de ellos, de cumplir y hacer cumplir a cabalidad los servicios públicos en su más amplio campo de acción. 2.18. Interés Colectivo y Público Interés es la pretensión del particular, no protegida por la norma jurídica, contrariamente al Derecho que es una pretensión fundamentada en una norma jurídica previa. Distinguiese el "interés" del "derecho", como la especie del genero.
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    37 1. Interés Colectivo Allado del interés propio de cada individuo, considerado en si mismo, surgen intereses que se refieren a un grupo de individuos. A esos intereses se les da el nombre de intereses colectivos. 2. Interés Público: Para que se pueda hablar de interés público es necesario sus propios fines. Es claro que en todo interés público se encuentra un interés colectivo; pero el interés colectivo no es por si mismo público; para elevarlo a tal categoría es necesario su inclusión dentro de los fines del Estado. Es el mismo interés colectivo colocado por el Estado entre sus propios intereses, asumiéndolos bajo un régimen de Derecho Público. Recordemos que la finalidad de toda Administración es el Interés Público. Esas necesidades, que la iniciativa privada no puede satisfacer, son vitales para toda la comunidad y para cada uno de sus miembros. El Estado no puede tener más que intereses públicos. PRINCIPALES HERRAMIENTAS DE GESTIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE LAS ENTIDADES DEL ESTADO Dentro del manejo de la gestión pública institucional, es común hacer referencia a la utilización de ―herramientas de gestión‖; en todo caso, lo importante es definir y puntualizar en que momento de la gestión se deben tomar en cuenta estas herramientas. Entendemos que en una entidad del Estado para mejorar su gestión, es necesario diferenciar y armonizar los citados instrumentos, este orden va permitir tener una mejor visión del funcionamiento de la institución, que va incidir positivamente en la toma de decisiones.
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    38 Es posible establecerque existen ―herramientas para el nivel de organización‖, que incluye instrumentos que en la práctica tienen que ser elaboradas en forma obligatoria y otras ―herramientas para el nivel de gestión‖ que desde un punto de vista de ―dirección‖, se elaboran como producto de las acciones de gestión que se realizan. Con respecto a las herramientas para el nivel de dirección o normativo, se mencionan a:  Normas generales dictadas por los organismos sectoriales y/o rectores (externas).  Normas específicas dictadas por la propia institución (internas). En este último caso, se estima que las normas van dirigidas principalmente para el funcionamiento de los Sistemas Administrativos (Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Personal e Informática) y Funcionales (Operativos) (unidades orgánicas conformadas teniendo en cuenta la naturaleza de la creación de la entidad (Misión). Ejemplo: Área de Obras Públicas, Área de Gestión Ambiental, Áreas de Salud (Ministerios), Área de Catastro (Municipios), etc. Asimismo las entidades de la Administración Pública, además de elaborar el PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI), tienen que formular el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF y el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP. Asimismo, el MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - MOF y el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA. 7.2 Descripción de las herramientas de gestión De una manera general, a continuación se definen las principales herramientas de gestión: 7.2.1. NIVEL DE ORGANIZACIÓN h) El Reglamento de Organización y Funciones – ROF Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades.
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    39 i) El Manualde Organización y Funciones – MOF El Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo que describe las funciones específicas a nivel de cargo o puesto de trabajo desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, así como en base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuadro de Asignación de Personal. j) El Cuadro para Asignación de Personal – CAP El CAP es un documento de gestión que contiene los cargos clasificados en base a la estructura orgánica prevista en su Reglamento de Organización y Funcione (ROF) y a los objetivos y metas establecidos en su Plan Estratégico. k) El Manual de Procedimientos – MAPRO El Manual de Procedimientos es un documento descriptivo y de sistematización normativa, teniendo también un carácter instructivo e informativo. Contiene en forma detallada, las acciones que se siguen en la ejecución de los procesos generados para el cumplimiento de las funciones y deberá guardar coherencia con los respectivos dispositivos legales y/o administrativos, que regulan el funcionamiento de la entidad l) El Presupuesto Analítico de Personal – PAP Documento de gestión que considera las plazas y el presupuesto para los servicios específicos del personal permanente y eventual en función de la disponibilidad presupuestal. Refleja la provisión remunerativa de cada uno de los cargos definidos en el CAP. m) El Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA. Es el documento unificado de cada entidad de la Administración Pública que contiene toda la información
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    40 relativa a latramitación de los procedimientos administrativos que se realicen ante las distintas dependencias n) Código de Ética. La aplicación y observancia de las disposiciones del Código de Ética de la Función Pública contribuyen a fortalecer la confianza en la Administración Pública y la buena imagen de aquellos que la integran; El Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, coadyuva a la transparencia en el ejercicio de la función pública así como a la mejora de la gestión y de la relación con los usuarios de los servicios; Como se aprecia, se torna imperativo la necesidad de que dichas normas, aparte de las otras aprobadas y que se estiman herramientas de gestión, actúen en forma correlacionada, tratando de establecer una estructura idónea desde el punto de vista organizacional y funcional. 7.2.2. NIVEL DE GESTIÓN h) Plan Estratégico Es el instrumento orientador de la gestión institucional, formulado desde una perspectiva temporal mayor al corto plazo, que enuncia la MISIÖN, la VISIÖN, los OBJETIVOS ESTRATÉGICOS, las ESTRATEGIAS, los INDICADORES DE DESEMPEÑO y las METAS de una entidad. i) El presupuesto Institucional. Es un instrumento de Gestión Económica y Financiera, elaborado para un periodo económico, en el cual se estiman, los INGRESOS que deben obtenerse y los GASTOS que deben ejecutarse j) El Plan Operativo Institucional – POI. El Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión que contiene la información relacionada al análisis y diagnóstico institucional, objetivos generales, las actividades programadas, las metas de cada programa y el presupuesto para cada una de ellas
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    41 k) Los estadosfinancieros Productos del proceso contable, que en cumplimiento de fines financieros, económicos y sociales, están orientados a revelar la situación, actividad y flujos de recursos, físicos y monetarios de una entidad pública, a una fecha y período determinados. l) Los estados presupuestarios Los estados presupuestarios, contemplan los ingresos y egresos que determinan el resultado presupuestario del ejercicio, así como su aplicación en las cuentas del balance. m) Informes sobre evaluaciones del Presupuesto y del POI Corresponde a la medición de los resultados obtenidos y el análisis de las variaciones físicas y financieras observadas, en relación a lo aprobado en los presupuestos del Sector Público n) Informes periódicos de gestión Son los reportes que se emiten como resultado de una actividad de gestión realizada 7.2.3 NIVEL DE DIRECCIÓN O NORMATIVO EXTERNAS Normas generales dictadas por los organismos sectoriales y/o rectores Son las normas aprobadas por lo organismos sectoriales como: Ministerios; y/u Organismos rectores como: la Contraloría General de la República, Superintendencias, entre otras. INTERNAS Normas específicas dictadas por la propia institución (internas). Directivas internas dictadas por las áreas responsables de la entidad, que regulan las normas generales y que van dirigidas principalmente para el funcionamiento de los sistemas administrativos y operativos
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    42 7.2,4. Otras herramientasde gestión Al margen de lo señalado anteriormente, se pueden incluir como herramientas de gestión a: INDICADORES Son instrumentos de la gerencia pública moderna, que permiten hacer seguimiento y evaluación, del desempeño de la institución; en este sentido, evalúa el impacto logrado por la entidad, como resultado de las operaciones realizadas y buscando si se lograron los efectos logrados. Tipo de indicadores Al respecto, tomando en cuenta las directivas aprobadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, se definen los siguientes tipos de indicadores: c) Indicadores para la medición de desempeño  Indicador de Insumo.- Especifica los recursos utilizados en el desarrollo de las acciones de las entidades.  Indicador de Producto.- Especifica los bienes y servicios provistos por las entidades como resultado de la combinación y uso de los recursos.  Indicador de Resultado.- Es una medida del cumplimiento de los objetivos de la entidad y de su misión. d) Indicadores para la evaluación del desempeño  Indicador de Economía.- Evalúa el nivel de ahorro de recursos.
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    43  Indicador deEficiencia.- Evalúa la relación entre la utilización de recursos y los bienes y servicios previstos.  Indicador de Eficacia.- Evalúa el nivel de cumplimiento de los objetivos y resultados trazados en el Plan estratégico Institucional.  Indicador de Calidad.- Evalúa la manera en que se proveen los bienes y/o servicios por parte de la entidad. Se mide en términos de rapidez y oportunidad del servicio, accesibilidad, precisión de la distribución, comodidad o cortesía reflejada a través del nivel de satisfacción del usuario. BALOTARIO 1. ¿Qué entiendo por Estado Peruano? 2. ¿Cuáles son los elementos del Estado Peruano? 3. ¿Cómo está estructurado el Estado Peruano? 4. ¿Qué entiende por Función Pública? 5. ¿Qué artículos de la Constitución Política del Estado sustentan la función pública en el Perú? 6. ¿Qué es Gestión Pública? 7. ¿Cuáles son las principales funciones de la Secretaría de Gestión Pública? 8. ¿Qué entiende por modernidad del Estado Peruano? 9. ¿Cuáles son los principales documentos de gestión de la administración pública peruana? 10.¿Qué entiende por Administración por Resultados? 11.¿Cuáles son las principales características del nuevo paradigma de gestión pública?. 12.¿Cuáles son los elementos constitutivos de los servicios públicos? 13.¿Qué características tienen los servicios públicos? 14.¿Qué documentos de gestión utiliza la Administración Pública? 15.¿Qué es el Reglamento de Organización y Funciones? 16.¿Qué entiende por Manual de Organización y Funciones? 17.¿Qué es el Cuadro de Asignación de Personal? 18.¿Qué es el Manual de Procedimientos Administrativos? 19.¿Cuáles son los documentos de Gestión a nivel de Gestión? 20.¿Qué documentos de gestión utiliza la Administración Pública a nivel de Dirección
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    44 SEGUNDA PARTE (UNIDAD II): ElProceso Administrativo El Proceso administrativo es una actividad compuesta de ciertas sub-actividades que constituyen el proceso administrativo único. Este proceso administrativo formado por 4 funciones fundamentales, planeación, organización, ejecución y control. Constituyen el proceso de la administración. Planeación Para un gerente y para un grupo de empleados es importante decidir o estar identificado con los objetivos que se van a alcanzar. El siguiente paso es alcanzarlos. Esto origina las preguntas que trabajo necesita hacerse? ¿Cuándo y cómo se hará? Cuáles serán los recursos necesarios componentes del trabajo, las contribuciones y como lograrlos. En esencia, se formula un plan o un patrón integrando predeterminando de las futuras actividades, esto requiere la facultad de prever, de visualizar, del propósito de ver hacia delante. Actividades importantes de planeación a. Aclarar, amplificar y determinar los objetivos. b. Pronosticar. c. Establecer las condiciones y suposiciones bajo las cuales se hará el trabajo. d. Seleccionar y declarar las tareas para lograr los objetivos. e. Establecer un plan general de logros enfatizando la creatividad para encontrar medios nuevos y mejores de desempeñar el trabajo. f. Establecer políticas, procedimientos y métodos de desempeño.. g. Anticipar los posibles problemas futuros. h. Modificar los planes a la luz de los resultados del control. Organización Después de las acciones futuras ya hayan sido determinadas, el paso siguiente para cumplir con el trabajo, será distribuir o señalar las necesarias actividades de trabajo entre los miembros del grupo e indicar la participación de cada miembro del grupo.
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    45 Actividades importantes deorganización. a. Subdividir el trabajo en unidades operativas (departamentos ) b. Agrupar las obligaciones operativas en puestos (puestos reg. X depto.) c. Reunir los puestos operativos en unidades manejables y relacionadas. d. Aclarar los requisitos del puesto. e. Seleccionar y colocar a los individuos en el puesto adecuado. Dirección Para llevar a cabo físicamente las actividades que resulten de los pasos de planeación y organización, es necesario que el gerente tome medidas que inicien y continúen las acciones requeridas para que los miembros del grupo ejecuten la tarea. Entre las medidas comunes utilizadas por el gerente para poner el grupo en acción están dirigir, desarrollar a los gerentes, instruir, ayudar a los miembros a mejorarse lo mismo que su trabajo mediante su propia creatividad y la compensación a esto se le llama ejecución. Actividades importantes de la ejecución. a. Poner en práctica la filosofía de participación por todos los afectados por la decisión. b. Conducir y retar a otros para que hagan su mejor esfuerzo. c. Motivar a los miembros. d. Comunicar con efectividad. e. Desarrollar a los miembros para que realicen todo su potencial. f. Recompensar con reconocimiento y buena paga por un trabajo bien hecho. g. Satisfacer las necesidades de los empleados a través de esfuerzos en el trabajo. h. Revisar los esfuerzos de la ejecución a la luz de los resultados del control. Control. Los gerentes siempre han encontrado conveniente comprobar o vigilar lo que sé está haciendo para asegurar que el trabajo de otros está progresando en forma satisfactoria hacia el objetivo predeterminado. Establecer un buen plan, distribuir las actividades componentes requeridas para ese plan y la ejecución exitosa de cada miembro no asegura que la empresa será un éxito. Pueden presentarse discrepancias, malas interpretaciones y obstáculos inesperados y habrán de ser comunicados con rapidez al gerente para que se emprenda una acción correctiva. Actividades importantes de control a. Comparar los resultados con los planes generales.
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    46 b. Evaluar losresultados contra los estándares de desempeño. c. Idear los medios efectivos para medir las operaciones. d. Comunicar cuales son los medios de medición. e. Transferir datos detallados de manera que muestren las comparaciones y las variaciones. f. Sugerir las acciones correctivas cuando sean necesarias. g. Informar a los miembros responsables de las interpretaciones. h. Ajustar el control a la luz de los resultados del control. Planeamiento Estratégico La planificación estratégica es un proceso sistémico y sistemático de definición de objetivos y metas de alcance a largo plazo. Dicho proceso es utilizado en organizaciones, ya sea empresas, instituciones u otras asociaciones cuando se tiene (o debería tener) una visión compartida. El Estado, visto bajo un enfoque organizacional, también debería articular acciones que trasciendan gobiernos y que busquen en un horizonte de ocho, diez, quince o veinte años (como se desee) alcanzar tales objetivos. 1. Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) Es la entidad responsable de las labores de planificación y difusión de la cultura planificadora en el Estado. El miércoles 10 de enero, dicha institución hizo la presentación pública del proyecto del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2010 -2021 (un horizonte de 11 años que culmina con la celebración del bicentenario de nuestra ―independencia‖). 2. Un plan estratégico debe contar con la participación de todos los miembros de la organización. ¿Quiénes son los miembros del Estado? ¿Las instituciones? ¿Los ciudadanos? ¿Los partidos políticos? ¿Qué es lo que persiguen las instituciones? ¿Qué aspiramos los ciudadanos con este país? ¿Qué objetivos desinteresados persiguen los partidos políticos? ¿Qué consensos pueden existir entre los diversos poderes del Estado? ¿Qué consensos pueden existir entre todos los ciudadanos del país? ¿Cuál sido el grado de participación de cada uno de estos actores en el proceso de planificación estratégica? 3. La planificación estratégica debe ser liderada por los niveles más altos de la organización. ¿El CEPLAN lidera la planificación o debería ser un facilitador de tal proceso? ¿El CPELAN se encuentra en el nivel más alto del Estado? ¿La planificación estratégica tiene rango ministerial? ¿El Presidente de la República, sus ministros y los congresistas están comprometidos con la planificación
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    47 estratégica del país?¿La planificación estratégica debería gozar de un rango ministerial como ocurre en el Brasil?? ¿Con cuántos recursos cuenta el CEPLAN para cumplir su misión institucional? 4. La planificación estratégica persigue objetivos alcanzables. ¿Qué queremos lograr como país? ¿En cuánto tiempo pensamos cumplirlo? ¿Pueden ser realizables? ¿Qué iniciativas estratégicas deberán primar? ¿Qué limitaciones tenemos? ¿Hemos identificado la relación causa-efecto de nuestros objetivos? Creo yo que aquí la palabra consenso es clave para que todos los interesados tengamos metas comunes por trabajar. 5. Un plan estratégico no es la panacea. Efectivamente, un plan estratégico no es más que un documento estructurado de buenas intenciones. El plan estratégico no es el fin, es un medio. Las metas e indicadores definidos en el plan deben ser controlados a través del tiempo, ahí radica la importancia del compromiso de todos los actores políticos. ¿Los siguientes gobiernos respetarán un plan estratégico del gobierno antecesor? ¿Evitarán mezquindades para darle continuidad al proceso estratégico? ¿Qué influencia tendrá el CEPLAN durante la ejecución del plan en las acciones del gobierno y sus ministerios? 6. La Gestión Pública en el marco del Plan Estratégico La administración pública tiene nuevos desafíos en un mundo global que se construye en base a sociedades de la información, del conocimiento y de la innovación. Requiere por tanto, un nuevo tipo de gestión. El Estado debe ser un facilitador, no es solamente el que impone las ―reglas de juego‖, el que aplica medidas coercitivas. Su función es generar ―valor agregado‖ en los individuos (desarrollo humano) y en sus organizaciones (capacidad de emprendimiento y de innovación). Su gran responsabilidad es que el ‖capital social‖ se reproduzca constantemente. Todo ello requiere de planificación estratégica y de planificación operativa, sobre la base de un esquema de gestión por objetivos y resultados. La administración pública moderna es polivalente, multidimensional. Supone que la existencia o adecuación de un estilo particular de gestión, depende siempre de las relaciones recíprocas entre varios factores, que incluyen los geográficos, culturales, políticos, económicos, sociales y tecnológicos. La conducta del administrador, su capacidad y eficiencia, es sólo uno más de los factores aunque es verdad que el liderazgo es muy importante. El liderazgo es una relación más bien que una función, unifica a un jefe simbólico con sus seguidores. El nuevo líder no sólo adopta decisiones sino que maneja un aparato que las toma.
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    48 El ―sueño delbuen gobierno‖ puede convertirse en realidad, si es que se valora las planificaciones estratégica y operativa; si se fijan objetivos y metas posibles; si se gerencia el interés público por objetivos y resultados; si siempre se busca más pero utilizando bien lo que se tiene; y si se manejan bien las ―bonanzas‖ para tener capacidad de respuesta frente a las crisis 7. La gestión de los asuntos de interés público El Estado se constituye a partir de una formulación programática, que corresponde a un pacto o contrato social entre los ciudadanos, que se expresa en una constitución política. Dicha constitución establece los diversos derechos de los ciudadanos, el diseño del Estado, la consecuente división de poderes y sus atribuciones; un conjunto de postulados para promover el progreso de la sociedad y distribuir equitativamente sus beneficios; y las bases que normarán los contratos y las actividades económicas de los ciudadanos y sus organizaciones. La gestión de los asuntos de interés público es ejercida por las autoridades libremente elegidas y designadas, para poner en operación las atribuciones otorgadas al Poder Ejecutivo, que actúa en función de los mandatos que los ciudadanos le otorgan, a través de sus representantes en el Poder Legislativo. La conducta de los funcionarios elegidos y designados puede ser sancionada por el Poder Judicial, por decisión expresa de los órganos de control y fiscalización del propio Poder Ejecutivo; y por decisión del Poder Legislativo 8. La construcción del interés público La gestión pública es la razón de ser del Poder Ejecutivo y no es otra cosa que la gestión de los asuntos de interés público que los ciudadanos reconocen como propios. Por tanto un asunto de interés público no puede ser impuesto a la voluntad mayoritaria en un régimen democrático. Si así sucediera el Poder Ejecutivo se excede en sus atribuciones y debe dar cuenta ante los poderes Legislativo y Judicial, según la magnitud de la perturbación causada en el interés de los Ciudadanos Consecuentemente cuando se trata del progreso o del desarrollo de la sociedad se pueden invocar muchas y diversas formas de interpretar el interés público general establecido en las cartas constitucionales. Esto es lo que hace compleja la gestión del interés público ya que dependiendo de cómo se la conciba, interprete, enfoque y ejecute puede tener importantes repercusiones en aspectos tales como los siguientes:  El diseño y funciones de las instituciones públicas. La gerencia del interés público específico y la validez de los contenidos valóricos que se invocan.
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    49  La continuidadde las razones de interés público.  Los costos de transacción en que debe incurrirse para solicitar una autorización pública.  Los efectos de la regulación respecto del interés de las personas y el planeamiento empresarial.  La disponibilidad de información adecuada y oportuna para que los ciudadanos tengan un juicio integral de la gestión pública, que implica el reconocimiento no sólo de los logros o fracasos sino también de las restricciones y problemas que enfrentaron los gestores del interés público. 9. Gestión Pública por Objetivos Para poder ser eficiente en dicha administración ─tal como entiende Peter Drucker, la función específica del gerente y del ―management‖─ debe ―convertir la información en conocimiento y el conocimiento en acción eficaz‖.8 Para ello se requiere acumular y realizar la gestión del conocimiento, entendido como la adecuada comprensión de la relación existente entre la misión de la institución y los problemas que debe afrontar y la sistematización de las mejores prácticas que surgen de la propia experiencia y de otras que pueden ser asimilables o adaptables, lo cual supone incorporar el aprendizaje como base del ―management público‖ La gestión pública debe ante todo garantizar la gobernabilidad de la sociedad, lo que implica que una buena parte de las aspiraciones que cohesionan a sus miembros deben ser alcanzadas o en caso contrario, generar la confianza y aceptación relacionados con las razones que explican su no cumplimiento. En última instancia, las instituciones públicas tienen una vigencia efectiva en función de la conducta y decisiones de sus gerentes. 10. Bases conceptuales de la gestión pública por objetivos La planificación estratégica y operacional. Tiene que ser concebida bajo lo que se denomina la ―Planificación del Sector Público‖, que en la mayoría de las constituciones de los países de América Latina se considera obligatoria y está muy relacionada con el diseño y gestión del presupuesto público. Su aplicación en la administración de los asuntos de interés público es mucho más compleja que en la actividad privada ya que está muy influenciada por la conformación de la estructura de poder; la correlación de fuerzas sociales; una diversidad de factores endógenos y exógenos, a veces difíciles de manejar o controlar; y porque las razones de interés público aparecen en tiempos-¿Qué puede aportar la ―gestión por objetivos‖ a la administración pública?. La respuesta es muy simple, muchísimo, ya que estimularía a los funcionarios al análisis y evaluación de principios tradicionales y procedimientos rutinarios, aceptados sin mayor discusión. Es
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    50 una verdad compartidapor muchos empleados públicos, que abundan las organizaciones que operan bajo el imperativo de ―siempre lo hicimos así‖. Lo más importante es que ayuda a que las autoridades y los funcionarios se compenetren, a fondo, con las razones de interés público que justifican la existencia de sus instituciones. Entenderán porque están allí y bajo que criterios fueron reclutados. Infunde en la organización y en las unidades de gestión un espíritu nuevo, dinámico, constructivo, previsor, de sincera comprensión y colaboración, orientado hacia el futuro. La gestión de los asuntos de interés público es ejercida por las autoridades libremente elegidas y designadas, para poner en operación las atribuciones otorgadas al Poder Ejecutivo, que actúa en función de los mandatos que los ciudadanos le otorgan, a través de sus representantes en el Poder Legislativo. La conducta de los funcionarios elegidos y designados puede ser sancionada por el Poder Judicial, por decisión expresa de los órganos de control y fiscalización del propio Poder Ejecutivo; y por decisión del Poder Legislativo 11. La construcción del interés público La gestión pública es la razón de ser del Poder Ejecutivo y no es otra cosa que la gestión de los asuntos de interés público que los ciudadanos reconocen como propios. Por tanto un asunto de interés público no puede ser impuesto a la voluntad mayoritaria en un régimen democrático. Si así sucediera el Poder Ejecutivo se excede en sus atribuciones y debe dar cuenta ante los poderes Legislativo y Judicial, según la magnitud de la perturbación causada en el interés de los Ciudadanos Consecuentemente cuando se trata del progreso o del desarrollo de la sociedad se pueden invocar muchas y diversas formas de interpretar el interés público general establecido en las cartas constitucionales. Esto es lo que hace compleja la gestión del interés público ya que dependiendo de cómo se la conciba, interprete, enfoque y ejecute puede tener importantes repercusiones en aspectos tales como los siguientes:  El diseño y funciones de las instituciones públicas. La gerencia del interés público específico y la validez de los contenidos valóricos que se invocan.  La continuidad de las razones de interés público.  Los costos de transacción en que debe incurrirse para solicitar una autorización pública.  Los efectos de la regulación respecto del interés de las personas y el planeamiento empresarial.  La disponibilidad de información adecuada y oportuna para que los ciudadanos tengan un juicio integral de la gestión pública, que implica el reconocimiento no sólo de los logros o fracasos sino también de las
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    51 restricciones y problemasque enfrentaron los gestores del interés público. 12. Gestión Pública por Objetivos Para poder ser eficiente en dicha administración ─tal como entiende Peter Drucker, la función específica del gerente y del ―management‖─ debe ―convertir la información en conocimiento y el conocimiento en acción eficaz‖.8 Para ello se requiere acumular y realizar la gestión del conocimiento, entendido como la adecuada comprensión de la relación existente entre la misión de la institución y los problemas que debe afrontar y la sistematización de las mejores prácticas que surgen de la propia experiencia y de otras que pueden ser asimilables o adaptables, lo cual supone incorporar el aprendizaje como base del ―management público‖ La gestión pública debe ante todo garantizar la gobernabilidad de la sociedad, lo que implica que una buena parte de las aspiraciones que cohesionan a sus miembros deben ser alcanzadas o en caso contrario, generar la confianza y aceptación relacionados con las razones que explican su no cumplimiento. En última instancia, las instituciones públicas tienen una vigencia efectiva en función de la conducta y decisiones de sus gerentes. 13. Bases conceptuales de la gestión pública por objetivos La planificación estratégica y operacional. Tiene que ser concebida bajo lo que se denomina la ―Planificación del Sector Público‖, que en la mayoría de las constituciones de los países de América Latina se considera obligatoria y está muy relacionada con el diseño y gestión del presupuesto público. Su aplicación en la administración de los asuntos de interés público es mucho más compleja que en la actividad privada ya que está muy influenciada por la conformación de la estructura de poder; la correlación de fuerzas sociales; una diversidad de factores endógenos y exógenos, a veces difíciles de manejar o controlar; y porque las razones de interés público aparecen en tiempos-¿Qué puede aportar la ―gestión por objetivos‖ a la administración pública?. La respuesta es muy simple, muchísimo, ya que estimularía a los funcionarios al análisis y evaluación de principios tradicionales y procedimientos rutinarios, aceptados sin mayor discusión. Es una verdad compartida por muchos empleados públicos, que abundan las organizaciones que operan bajo el imperativo de ―siempre lo hicimos así‖. Lo más importante es que ayuda a que las autoridades y los funcionarios se compenetren, a fondo, con las razones de interés público que justifican la existencia de sus instituciones. Entenderán porque están allí y bajo que criterios fueron reclutados. Infunde en la organización y en las unidades de gestión un espíritu nuevo, dinámico, constructivo, previsor, de sincera comprensión y colaboración, orientado hacia el futuro.
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    52 Plan Operativo Institucional Documentode gestión institucional de corto plazo, que permite orientar el desarrollo de las actividades y tareas, así como el uso de recursos, para el cumplimiento de objetivos y metas institucionales programados para el año fiscal, a partir de la articulación de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional, lineamientos de política regional y otros, enmarcados en el Plan de Desarrollo Regional Concertado. El POI es la base para la asignación de los recursos públicos (Presupuesto Institucional) enmarcado en el proceso de la Modernización del Estado, lo que implica y exige una adecuada gerencia en la gestión y uso racional de los recursos disponibles. Esto implica que deben elaborarse con la participación de todos los servidores vinculados a la programación, ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades que se desarrollan en cada una de las dependencias del Gobierno Regional, generando mecanismos de concertación y coordinación que contribuyan los propósitos propuestos. Características del POI a. Globalidad e Integridad.- Comprende todas las Unidades Orgánicas y Dependencias de la organización. b. Flexibilidad.- Susceptibilidad de admitir cambios justificados en las diferentes etapas de ejecución por efecto de situaciones imprevistas debidamente justificadas. c. Racionalidad.- Orientada a los procesos de cambios que se viene experimentando en la gestión administrativa regional, a fin de lograr las metas al menor costo posible, con oportunidad y máxima eficiencia. d. Coordinación.- Debe ser formulado en estrecha relación con las instancias respectivas, en sus diferentes etapas.
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    53 Directiva de Formulacióndel POI 2013 “LINEAMIENTOS METODOLÓGICOS PARA LA FORMULACIÓN, APLICACIÓN, MONITOREO Y EVALUACIÓN DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2012 -DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH” Definiciones 1. OBJETIVOS: Son los cambios, resultados, fin o fines que se desean lograr con las acciones a emprender. 2. INDICADORES: Constituye una medida para comparar los avances o resultados cuantitativos y cualitativos obtenidos con relación a un determinado objetivo. Se construyen como respuesta a preguntas que se deben formular sobre las ideas fuerzas contenidas en el objetivo. Entre los tipos de indicadores de resultado y de producto, que en conjunto permiten medir la evolución del desempeño de la institución. 3. a) Indicadores de Resultado: Se vinculan a los Objetivos Estratégicos Específicos y se relacionan con las distintas dimensiones que abarca el propósito del objetivo. b) Indicadores de Producto: Se vinculan a las actividades operativas, y miden los cambios que se van a producir durante su ejecución. Refleja los Cuantificables previstos para determinada intervención y en consecuencia, por una determinada institución. c) Indicadores de Impacto: Se vinculan a los lineamientos de Política y miden los cambios que se espera lograr a mediano y largo plazo. Muestra los efectos (directos o indirectos) producidos como consecuencia de los resultados y logros de las acciones sobre un determinado grupo de beneficiarios o población. 3. LINEA BASE : Son los cambios, resultados, fin o fines que logrados sirven como punto de partida a los logros por obtener con las acciones a ejecutar. 4. LINEAMIENTOS DE POLITICA REGIONAL : Enmarcados en el Plan de Desarrollo Regional Concertado, son disposiciones priorizadas que sirven de guía en la gestión institucional, que deben ser tomadas en cuenta para orientar el curso de los planes operativos y del presupuesto institucional. Constituyen ejes del Planeamiento Estratégico sectorial e Institucional de Gobierno Regional de Ancash. 5. SERVICIO POBLACIÓN: Es la población beneficiaria (usuarios), a ser atendida por las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional de
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    54 Ancash, para elcumplimiento de los objetivos institucionales a corto plazo (incluye instituciones, unidades orgánicas, personal, administrados, población en general, etc.). 6. ESTRATEGIA: Es el conjunto de políticas y planes de acción que, partiendo de lo que la organización es hoy, muestran lo que se propone ser en un mañana concreto. Es la voluntad de tomar un conjunto de decisiones concretas y de comprometer a las personas miembros de una organización. Mecánica Operativa 1. Acopio de información. ( Planes Operativos anteriores, normas, documentos de gestión). 2. Diagnóstico. 3. Plan de Desarrollo Concertado y Plan Estratégico. Articulación de objetivos. 4. Lineamientos de Política. 5. Presupuesto. 6. Determinación de objetivos: Generales y Específicos. 7. Determinación de actividades, metas y tareas. 8. Formulación del Plan Operativo - Matrices. 9. Aprobación. 10. Aplicación. 11. Evaluación.
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    55 ESQUEMA Y MATRICESPARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN OPERATIVO” ESQUEMA DEL CONTENIDO DEL PLAN OPERATIVO UNIDADES ORGANICAS Y DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO REGIONAL PRESENTACION INDICE a. GENERALIDADES I. VISIÓN II. MISIÓN III. OBJETIVOS ESTRATEGICOS, OBJETIVOS GENERALES Y OBJETIVOS ESPECIFICOS. IV. POLITICA INSTITUCIONAL/LINEAMIENTOS DE POLITICA SECTORIAL V. FUNCIONES GENERALES DE LA UNIDAD ORGANICA O DEPENDENCIA b. DIAGNOSTICO SITUACIONAL c. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL a. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA (PIA 2011) b. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA POR GRUPO GENÉRICO Y TIPO DE GASTO. c. PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO POR CATEGORÍA DE GASTO: d. CAPACIDAD OPERATIVA (INDICANDO: NOMBRE DE LA UNIDAD ORGÁNICA O DEPENDENCIA, CARGOS ESTRUCTURALES, CÓDIGOS, NUMERO TOTAL NECESARIO SEGÚN CAP. Y POR OPERATIVIDAD. e. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES (Desarrollar el contenido del plan operativo de acuerdo a los formatos y matrices contenidas en la presente directiva. ANEXO Nº 01
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 59 “PROCESO DE EVALUACIÓN DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL” REFLEXIONES Si no se miden los resultados las organizaciones van a la deriva, NO APRENDEN y tampoco permiten o exigen que los individuos que pertenecen a ellas lo hagan. ―Lo que no se mide, no se conoce, lo que no se conoce no se administra; lo que no se administra no se mejora‖ ―Lo que midas es lo que obtienes‖ Monitoreo El monitoreo consiste en el seguimiento periódico de las actividades y proyectos del Plan Operativo; busca hacer correcciones y ajustes a tiempo, utiliza indicadores de insumo, proceso y producto principalmente. Es una herramienta para la recolección de datos en diferentes momentos de un proceso. Su función es medir la eficiencia de los objetivos planteados, las metas de las actividades planteadas y los resultados esperados, a partir de los indicadores formulados. Se realiza sobre la base de instrumentos específicos. Los avances obtenidos del monitoreo, van a permitir comparar las actividades y metas programadas versus las ejecutadas a la fecha de corte, con el fin de analizar el grado de cumplimiento de los objetivos planteados y realizar los ajustes correspondientes de ser el caso.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 60 Diferencias entre Monitoreo y Evaluación Monitoreo Evaluación  Permanente  Afecta las decisiones operativas  Mide tendencias de las actividades  Reporta información constante y de corta extensión  Sus objetivos son las actividades, metas, medios, recursos y resultados  Puntual y por etapas  Afecta decisiones programáticas  Mide los avances hacia el logro de objetivos  Refleja el estado situacional de un determinado momento del POI  Reporta información periódica y de gran extensión  Sus objetivos son los efectos y los impactos
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 61 Sistema de Presupuesto Público El Presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado que permite a las entidades lograr sus objetivos y metas contenidas en su Plan Operativo Institucional (POI). Asimismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal, por cada una de las Entidades que forman parte del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos. Diferencias entre Presupuesto Público y Presupuesto Privado PRESUPUESTO PUBLICO PRESUPUESTO PRIVADO  Cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social del país.  Se reinvierte en la sociedad.  El presupuesto es de conocimiento público.  Es rígido (se ciñe a lo establecido en la ley.  La acción de control es más rigurosa.  Afectan la política fiscal, económica y cambiaria.  Se formula con equilibrio  Presupuesto por proyectos  Alcanzar la mayor rentabilidad sobre la inversión  Incrementar el patrimonio de la empresa  El presupuesto es de conocimiento privado.  Es flexible  La acción de control es menos rigurosa.  Afectan a la empresa y su entorno  Se obtiene para determinar el nivel mínimo de actividad cualquiera  Cualquiera Similitudes con el Presupuesto Privado 1. Se elaboran para buscar eficiencia y economía 2. En su ejecución deben permitir la flexibilidad 3. Se debe ejercer una acción de control 4. Son elaborados con base en un proyecto 5. Se realizan generalmente para un periodo de un año 6. Están expresados en términos físicos y financieros
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 62 Alcance Conceptual del Presupuesto Público 2. Alcance político Políticas de producción de bienes y servicios (política económica, social, fiscal) Políticas de administración presupuestaria (política salarial, inversión pública, crédito público) 3. Alcance administrativo Planear, dirigir, coordinar, informar, supervisar, evaluar y presupuestar las actividades a cargo de la entidad pública  Alcance económico y financiero Efecto económico: El ingreso público tributario tiene una función de contracción de la demanda y un efecto de redistribución de los recursos. Efecto financiero: el presupuesto significa origen y destino de flujos financieros  Alcance jurídico Se establecen normas que regulan la ejecución y evaluación y fijan responsabilidades por el manejo del presupuesto Características Incluye una programación detallada. Requiere de un proyecto y está contenido en un plan. El periodo presupuestario es de duración anual. Se formula, ejecuta y controla bajo la técnica de presupuesto por proyectos. Tiene carácter de ley Cuenta con clasificadores de ingresos y gastos enlazados y consolidados. Como algo inherente a su naturaleza, deben ser flexible Sus datos deben estar fundamentados en estudios, análisis e investigaciones. Permite la determinación de responsabilidades públicas
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 63 Se comporta como un elemento operativo dinámico Objetivos del Presupuesto Público a. Prever ingresos y gastos futuros para anticiparse a las necesidades del ente. b. Trasformar las políticas del gobierno en programas de acción por medio de la asignación de recursos c. Proveer la estructura para las cuentas públicas y la contabilidad fiscal. d. Permitir la evaluación periódica de la gestión gubernamental. e. Facilitar el proceso administrativo. f. Proveer la base legal para la realización del gasto público. g. Cumplir con los planes de la nación a largo, mediano y corto plazo. h. Coordinar las decisiones políticas, económicas y sociales. i. Coordinar las actividades de organismos gubernamentales j. Establecer una relación entre los fines por cumplir y los medios con que alcanzarlos. k. Minimizar costos, al darle el mejor uso a los recursos. l. Facilitar el control. m. Facilitar la delegación de autoridad y fijar la responsabilidad financiera. n. Permitir que el público conozca los programas de gobierno.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 64 PROGRAMACION  Establecer los objetivos Institucionales a lograr durante el Año Fiscal dentro del marco del Plan Estratégico Sectorial Multianual y en función al Plan Estratégico Institucional.  Determinar la demanda global de los gastos que implicará la prestación del servicio que desarrolla el pliego.  Estimación de ingresos por fuentes de financiamiento distintas de Recursos Ordinarios.  Análisis y comparación de cifras presupuestarias asignadas al Pliego FORMULACION  Definición, consistencia y revisión del proyecto de Estructura Funcional Programática del Pliego.  Elaboración del anteproyecto de presupuesto del Pliego para el próximo ejercicio. VV CCOONNTTRROOLL VVII EEVVAALLUUAACCIIOONN IIIIII AAPPRROOBBAACCIIOONN II PPRROOGGRRAAMMAACCIIOONN IIII FFOORRMMUULLAACCIIOONN CCIICCLLOO PPRREESSUUPPUUEESSTTAARRIIOO IIVV EEJJEECCUUCCIIOONN Fases del Proceso Presupuestario Público
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 65  Sustentación ante el Ministerio de Economía y Finanzas.  Elaboración del proyecto de presupuesto anual del Sector.  Sustentación ante el Congreso de la República.  Programación mensual de gastos APROBACION  Consistencia y revisión del proyecto de Resolución Ministerial y Anexos sustentatorios para aprobar el presupuesto Institucional de Apertura, sobre la base de lo aprobado en la Ley Anual de Presupuesto. EJECUCION a. Programación Trimestral de gastos b. Autorización de calendarios de compromisos c. Afectación de compromisos en función a la autorización de Calendario de Compromisos. d. Formulación y consistencia de la información trimestral de ejecución de ingresos y egresos para ser remitido al Ministerio de Economía y Finanzas. CONTROL a. En esta fase se observa y vigila la ejecución del Presupuesto. b. Se comparan cifras reales con las cifras presupuestales y se determinan las variaciones, localizándose las áreas problemas para determinar la forma de corregirlas.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 66 EVALUACION  Preparación de requerimiento de información para la evaluación.  Organización y procesamiento de la información  Formulación del documento de Evaluación. CIERRE a. Consistencia y organización de la información de cierre presupuestal. b. Conciliación de información presupuestaria y financiera de ingresos, gastos y marco legal a nivel Institucional. c. Conciliación de cierre presupuestal con el MEF y la Contaduría Pública de la Nación. Sistemas Administrativos en la Administración Pública Sistema de Abastecimientos Los sistemas administrativos. Es el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que regulan la utilización de recursos en las entidades de la administración pública y promueven la eficiencia en el uso de dichos recursos. Los sistemas administrativos nacionales son sistemas de gestión que actúan como normas de calidad. Entre los principales sistemas de la administración Pública peruana figuran los siguientes: - Abastecimiento, personal, inversión pública, presupuesto, contabilidad, Tesorería EL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 67 1. Definición El Sistema de Abastecimiento es el conjunto interrelacionado de política, objetivos, normas, atribuciones, procedimientos y procesos técnicos orientados al racional flujo, dotación o suministro, empleo y conservación y conservación de medios materiales; así como acciones especializadas, trabajo o resultado para asegurar la continuidad de los procesos productivos que desarrollan las entidades integrantes de la administración pública. Este sistema se instituyó a través del Decreto Ley 22056, en el marco de actividad de la Dirección Nacional de Abastecimiento del Instituto Nacional de Administración Pública. Actualmente el Sistema de Abastecimiento tiene diversas instancias. 2. Finalidad La finalidad del Sistema de Abastecimiento es asegurar la unidad, racionalidad, eficiencia y eficacia de los procesos de abastecimiento de bienes y servicios en la administración pública. 3. Ámbito de aplicación El sistema de abastecimiento en la Administración Pública es de aplicación tanto a los bienes materiales, constituidos por elementos materiales individualizables mesurables, intercambiables y útiles o necesarios para el desarrollo de procesos productivos, como a los servicios en general, excepto los personales que son competencia del sistema de personal, que para el efecto, cuenta con sus propias normas. 4. Normas que rigen el Sistema de Abastecimiento Las normas que rigen el Sistema de Abastecimiento en la Administración Pública peruana son las siguientes: 4.1. Constitución Política de 1993: Art. 58º, 76º Artículo 58º. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. .
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 68 Artículo 76º "Las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación pública, así como también la adquisición o la enajenación de bienes. La contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. La ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades." 4.2. Decreto Ley Nº 22056: Ley del Sistema Administrativo de Abastecimiento. 4.3. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. 4.4. Ley Nº 29142: Ley Anual de Presupuesto. 4.5. Ley Nº 26850: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 4.6. Texto Único Ordenado de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado. D.S. Nº 083-2004-PCM. 4.7. Reglamento del T.U.O de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. D.S. Nº 084-2004-PCM, modificado mediante D.S. 063-2006- EF. 5. Términos Utilizados En El sistema De Abastecimiento y Adquisición: La acción orientada a obtener la propiedad o cualquiera de sus atributos sobre un bien. Bases: Los documentos que contienen los aspectos administrativos, las especificaciones técnicas y los términos de referencia o expediente técnico, según corresponda, que con el conjunto de condiciones, procedimientos establecidos por la Entidad y, cuando corresponda, la proforma del contrato, rigen un proceso de selección específico en el marco de la Ley y el presente Reglamento. Calendario del proceso de selección: El documento elaborado por la Entidad que convoca a un proceso de selección, en el cual se fijan los plazos para cada una de sus etapas. Contratación: Es el acuerdo para regular, modificar o extinguir una relación jurídica dentro de los alcances de la Ley y del Reglamento Especificaciones Técnicas: Descripciones, elaboradas por la Entidad, de las características fundamentales de las obras, consultorías, servicios, bienes o suministros a ejecutar, contratar o adquirir, respectivamente.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 69 Postor: La persona natural o jurídica legalmente capacitada que participa en un proceso de selección desde el momento en que presenta su propuesta Proveedor: La persona natural o jurídica que vende o arrienda bienes, presta servicios o ejecuta obras. Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos. 6. Organismo Regulador El organismo regulador del Sistema de Abastecimiento es el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (OSCE ), el cual es un órgano público descentralizado perteneciente a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público que goza de autonomía tanto administrativa, funcional, financiera, económica, así como jurídica. Entre sus funciones están: - Velar por el cumplimiento y difusión de la ley de contrataciones y adquisiciones del Estado, así como proponer las modificaciones que sean necesarias. - Aprobar directivas que fijen criterios de interpretación o de integración de dicha Ley. - Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia. - Desarrollar, administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores. - Desarrollar, administrar y operar el Sistema Electrónico de adquisiciones y contrataciones del Estado (SEACE). - Organizar y administrar conciliaciones y arbitrajes. - Absolver consultas sobre la materia de su competencia. - Imponer sanciones a los proveedores, participante, postores y contratistas que contravengan las disposiciones establecidas. - Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República los casos en que se aprecie indicios de incompetencia, negligencia, corrupción o inmoralidad detectados en el ejercicio de su función pública. - Supervisar todo proceso de contratación de bienes, servicios u obras cualquiera sea el régimen de contratación.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 70 7. Procesos Técnico Los procesos técnicos son los instrumentos de gestión o herramientas del sistema de abastecimiento en sí, establecidos con la finalidad de hacer más dinámicos funcional y operativo. Los Procesos técnicos son 11, los que para una mayor operatividad y funcionamiento han sido agrupados en Sub sistemas. 7.1 Sub Sistema de Información Llamado así porque mediante los procesos técnicos que comprende, se capta, procesa, clasifica, actualiza, proporciona y conserva la información sobre los bienes servicios en general y ejecución de obras, proveedores que lo suministran, precio de mercado y condiciones de venta ofrecidas por estos, seguridad, garantía que ofrecen, acciones de seguimiento y control a realizar, etc.; necesarios por las entidades públicas para tomar la decisión más conveniente en condiciones óptimas para el Estado. Está constituido por los siguientes procesos técnicos: a. Catalogación.- Proceso que permite la depuración, ordenamiento, estandarización, codificación, obtención, actualización y proporciona la información referida a los bienes, servicios, obras y/o consultoría requeridos por las entidades públicas, con el fin de incluirlos en el catálogo institucional el cual constituye un documento de valiosa información. b. Registro De Proveedores.- Proceso a través del cual se obtiene, procesa, utiliza y se evalúa la información comercial relacionada con los proveedores (contratista y consultores) de la entidad, y también los bienes, servicios, obras y consultoría que estos suministran, prestan, ejecutan, etc. c. Registro Y Control.- Es un proceso referido a las acciones de "control previo", verificación y conformidad, a cada una de las fases de cada uno de los procesos técnicos, a fin de detectar oportunamente desviaciones y adoptar las medidas necesarias.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 71 Así como también referido al seguimiento de los documentos administrativos generados en los diversos niveles de la entidad, para evitar demoras o establecimiento en el trámite de los mismos, hecho que perjudicaría a la oficina de abastecimiento y a la institución. d. Programación.- Proceso mediante el cual se prevé en forma racional y sistemática, la satisfacción conveniente y oportuna de los bienes y servicios, obras, consultoría, etc. que son requeridas por las dependencias de las entidades públicas, previa determinación en base a las respectivas metas institucionales, a la disponibilidad presupuestaria, aplicando criterios de austeridad y prioridad. 7.2 Sub Sistema de Negociación/Obtención Llamado así porque mediante los procesos técnicos que comprende presenta opciones y condiciones para negociar bienes y/o servicios o, para rescatar derechos en caso de haberlos perdido, por causas imprevistas o hechos fortuitos comprobados. a) Adquisición Proceso técnico a través del cual se formaliza de la manera más conveniente, adecuada y oportuna para el Estado, la adquisición, obtención, contratación de bienes, servicios, obras, consultoría, siguiendo un conjunto de acciones técnicas administrativas y jurídicas, requeridas por las dependencias integrantes, para el logro de sus objetivos y alcance de sus metas, por medio de la oficina de abastecimiento, teniendo en cuenta el presupuesto asignado. b) Recuperación de Bienes Es un proceso que comprende actividades orientadas para volver a tener dominio o disposición de bienes (para uso, consumo) o de servicios que anteriormente se tenía derecho sobre su propiedad o uso, luego de haberlos perdido por diversas causas como: - Descuido o negligencia de los trabajadores usuarios. - Abandono irresponsable de bienes en lugares ajenos a la propia entidad. - Bienes distribuidos sin criterios, sin antes haber sido utilizados, es decir que permanecieron en stock o sin rotación, por haber sido adquiridos sin rotación, por haber
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 72 sido adquiridos sin programación en exceso o en forma indiscriminada. 7.3 Subsistema de Utilización/Preservación. Llamado así porque orienta y coordina la movilización, el uso, conservación y custodia de los bienes, servicios y obras ejecutadas para una adecuada utilización y preservación. Comprende los siguientes procesos: a) Almacenamiento Actividad técnica, administrativa y jurídica relacionada con la ubicación física temporal de los bienes materiales adquiridos por las entidades públicas a través de las modalidades de adquisición establecidas, en un espacio físico apropiado denominado almacén, con fines de custodia, antes de entregarlos, previa firma de la PECOSA o PIA, a las dependencias solicitantes, con destino a los usuarios de los mismos. b) Mantenimiento.- Es una etapa del sistema de abastecimiento, donde la oficina de abastecimiento por medio de la unidad de servicios o de terceras personas idóneas, proporciona adecuada y oportunamente el servicio de mantenimiento, que puede ser de tipo predictivo, preventivo, correctivo de la maquinaria, equipos, enseres, edificaciones, etc. con el propósito de estar en óptimo estado de conservación y de operación de los mismos. c) Seguridad.- Es una etapa del sistema, donde la oficina de abastecimiento por medio de la unidad de seguridad, utilizando su propio personal o de registros, brindan un eficiente servicio de seguridad integral. d) Distribución.- Es un proceso, que a través del almacén institucional, proporciona adecuada y oportunamente los bienes requeridos para las dependencias solicitantes, para el logro se sus objetivos y alcance de metas institucionales.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 73 e) Disposición Final.- Es una etapa del sistema de abastecimiento relacionada con la situación técnica, administrativa y jurídica de los bienes asignados en uso, la cual tiene como finalidad evitar la acumulación improductiva de bienes y/o servicios innecesarios para la entidad. Por lo que será pertinente tramitar su baja y posterior venta, incineración o destrucción, según su estado. 8. Normas Generales Del Sistema De Abastecimiento 8.1. Aplicación De Criterio De Eficiencia Y Eficacia Se refiere al uso óptimo de los pocos recursos disponibles (eficiencia); así como lograr los objetivos y alcanzar las metas fijadas (eficacia) a través de la gestión adecuada de estos recursos. Para ello se debe aplicar criterios técnicos: - Cantidad: Que el proveedor tenga en spot la cantidad requerida por la entidad. - Calidad: Cualidades o propiedades de los que se va adquirir, obtener o contratar. - Oportunidad: Que el proveedor seleccionado entregue en la fecha oportuna la totalidad de lo adquirido por la entidad o realice en su integridad el servicio contratado. - Lugar: Los bienes adquiridos por la entidad deben ser entregados por el proveedor seleccionado en el almacén de la entidad y no al revés. - Costo: Sólo en igualdad de características y condiciones de lo ofertado por el proveedor, se preferirá la oferta más baja presentada. 8.2. Integridad de Administración de Abastecimiento El abastecimiento es una función de apoyo al funcionamiento interno de una organización. Esta norma busca dar un adecuado concepto de unidad a la función de abastecimiento a través del desarrollo de actividades únicas en campos especializados denominados procesos técnicos, los cuales conforman el sistema de abastecimiento.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 74 8.3. Actualización y Utilización de Información para el Abastecimiento El sistema de abastecimiento ser vale de la información para orientar, organizar y racionalizar el desarrollo de los procesos técnicos, información que debe ser actualizada de modo tal que refleje la situación actual y permita tomar decisiones. 8.4. Unidad de Adquisición de Bienes y Servicios La adquisición constituye un conjunto de actividades técnico administrativas-jurídicas orientadas a lograr que una entidad pública en representación del estado logre la propiedad, disponibilidad o facultad de utilización de bienes o servicios en forma permanente o temporal, derivándose o no en una obligación de pago. 8.5. Unidad en el Ingreso Físico y Custodia Temporal De Bienes Esta norma garantiza acciones racionales y facilita el control ya que solo por el almacén del órgano de abastecimiento se realiza el ingreso físico de bienes adquiridos y/o recuperados. El ingreso físico de bienes es un acto formal de incorporación a la entidad, pasando desde afuera hacia dentro de ella a través de un lugar establecido (almacén). La custodia temporal se inicia en la adquisición y la recuperación de bienes. 8.6. Austeridad del Abastecimiento Austeridad es la equilibrada estimación de bienes y servicios, el empleo mesurado de los limitados recursos y su adecuada combinación para obtener mejore resultados. Su objetivo es determinar criterios para hacer más racional el empleo de los recursos de que dispone una entidad. 8.7. Verificación del Estado y Utilización de Bienes y Servicios Las instituciones públicas formularan y aplicaran normas para comprobar la existencia, estado de conservación y condiciones de utilización de los bienes y/o servicios de que dispone la entidad; es decir la constatación física en relación con las unidades físicas. Es decir es acto de constatación física que en un determinado momento o en forma permanente realizan un grupo de personas idóneas, a fin de establecer el uso, estado de conservación, usuario, lugar de ubicación física, medidas, etc.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 75 9. Funcionamiento del Sistema de Abastecimiento El sistema de abastecimiento funciona con los siguientes procesos o pasos.  Programación de necesidades Es la determinación de éstas en función a los objetivos y metas institucionales, concordantes con el PIA. En esta fase se utilizará el Cuadro de Necesidades.  Elaboración del Presupuesto Valorado Esta fase consiste en la consolidación de las necesidades de bienes, servicios y obras, sustentatorias del Presupuesto Institucional de Apertura - PIA.  Elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC Esta fase se desarrolla dentro de los treinta (30) días siguientes a la aprobación del PIA, es decir, a más tardar el 31 de enero de cada año. No se podrá ejecutar ningún proceso de selección que previamente no haya sido incluido en el PAAC, siendo nulo todo proceso que contravenga a esta disposición.  Ejecución de los procesos de selección Consiste en la realización de los procesos de selección de acuerdo al objeto del proceso.  Ingreso al Almacén Institucional Es el ingreso de los bienes materiales adquiridos a través de los diversos procesos de selección.  Valorización de las existencias de almacén Se realiza en función a los documentos - fuentes o tasación, aplicando el Costo Promedio o el PEPS (Primeras entradas, primeras salidas).  Inventario Físico En el proceso se aplican las normas legales vigentes del Sistema de Abastecimiento, SBN, etc.  Ajuste del valor monetario Aplicando lo establecido en las normas legales vigentes.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 76  Presentación a la Oficina de Contabilidad Esta actividad es clave para la sustentación del Balance. 10. Ley de contrataciones y adquisiciones del estado 1. Alcances La presente Ley establece las normas básicas que contienen los lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público, dentro de criterios de racionalidad y transparencia, en los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos. 2. Ámbito de aplicación 2.1. Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ley, bajo el término genérico de Entidad: a. El Gobierno Nacional, sus dependencias y reparticiones, así como sus instituciones y organismos públicos descentralizados; b. Los Gobiernos Regionales, sus dependencias y reparticiones; c. Los Gobiernos Locales, sus dependencias y reparticiones; d. Los Organismos Constitucionales Autónomos; e. Las Universidades Públicas; f. Las Sociedades de Beneficencia y las Juntas de Participación Social; g. Los Institutos Armados y la Policía Nacional del Perú; h. Los Fondos de Salud, de Vivienda, de Bienestar y demás de naturaleza análoga de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; i. Las empresas del Estado de Derecho público o privado, ya sean de propiedad del Gobierno Nacional, Regional o Local; las empresas mixtas en las cuales el control de las decisiones de los órganos de gestión esté en manos del Estado; j. Los proyectos, programas, órganos desconcentrados y demás unidades orgánicas, funcionales, ejecutoras y/u operativas de los Poderes del Estado y los organismos públicos descentralizados; y, k. Todas las dependencias como organismos públicos descentralizados, unidades orgánicas, proyectos, programas, empresas, fondos pertenecientes o adscritos a los niveles de gobierno central, regional o local, así como los organismos a los que alude la Constitución Política y demás que son creados y reconocidos por el ordenamiento jurídico nacional.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 77 2.2. Las adquisiciones y contrataciones cuyos procesos de selección regula la presente Ley comprenden todos los contratos mediante los cuales el Estado requiere ser provisto de bienes, servicios u obras necesarios para el cumplimiento de sus funciones, asumiendo el pago del precio o de la retribución correspondiente y las demás obligaciones derivadas de la calidad de contratante. 2.3. La presente Ley no es de aplicación para: a. La contratación de trabajadores, servidores o funcionarios públicos sujetos a los regímenes de la carrera administrativa o laboral de la actividad privada; b. La contratación de auditorías externas en o para las entidades del Sector Público, la misma que se sujeta específicamente a las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. Todas las demás adquisiciones y contrataciones que efectúe la Contraloría General de la República se sujetan a lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento; c. Las operaciones de endeudamiento interno o externo; d. Los contratos bancarios y financieros celebrados por las entidades; e. Los contratos de locación de servicios que se celebren con los presidentes de Directorio o Consejo Directivo, que desempeñen funciones a tiempo completo en las entidades o empresas del Estado; f. Los actos de disposición y de administración y gestión de los bienes de propiedad estatal; g. Las adquisiciones y contrataciones cuyos montos, en cada caso, sea igual o inferior a una Unidad Impositiva Tributaria vigente al momento de la transacción; h. La contratación de notarios públicos para que ejerzan las funciones previstas en la presente Ley y su Reglamento; i. Los servicios brindados por conciliadores, árbitros, centros de conciliación, instituciones arbitrales y demás derivados de la función conciliatoria y arbitral; j. Las publicaciones oficiales que deban hacerse en el Diario Oficial El Peruano por mandato expreso de Ley o de norma reglamentaria; k. La concesión de recursos naturales y obras públicas de infraestructura, bienes y servicios públicos; l. La transferencia al sector privado de acciones y activos de propiedad del Estado, en el marco del proceso de privatización; m. Las modalidades de ejecución presupuestal distintas al contrato y contempladas en la normativa de la materia, salvo las contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios que se requieran para ello; n. Los contratos internacionales, los cuales se regulan por los tratados en que el Perú sea parte o, en su defecto, por la costumbre y las prácticas del comercio internacional; y
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 78 o. Las contrataciones y adquisiciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la República, exclusivamente para su funcionamiento y gestión. 11. Principios que rigen las contrataciones y adquisiciones  Moralidad: Los actos referidos a contrataciones y adquisiciones deben caracterizarse por la honradez, veracidad, probidad y justicia por parte de los trabajadores públicos intervinientes.  Libre Competencia: Todos los proveedores, contratistas o consultores deben participar libremente en los actos convocados por las entidades públicas, excepto cuando hayan sido sancionados, pues la Constitución y otras normas prohíben las prácticas monopólicas, controlistas y restrictivas en la libre competencia.  Imparcialidad: Los trabajadores, asesores públicos y privados que intervienen en los actos públicos de adquisición de bienes, obtención de servicios, contratación de obras o consultoría, deben actuar con total y probada imparcialidad en la toma de decisiones, no favoreciendo ni perjudicando a ningún postor o contratista.  Eficiencia: Los bienes, servicios o ejecución de obras que se adquieran o contraten deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecución y entrega.  Transparencia: Todos los procesos realizados antes, durante y después de todo acto público convocado por una entidad pública, debe ser completamente claro por parte de todos los intervinientes.  Economía: Las entidades deben adoptar políticas propias para evitar gastos innecesarios, ahorro de tiempo, celeridad en los trámites propios de cada modalidad o proceso de selección.  Vigencia Tecnológica: Se deben adquirir bienes, obtener servicios o contratación de obras o consultoría que se caractericen por corresponder a la más avanzada tecnología.  Trato justo e igualitario a los contratistas: No debe haber ningún tipo de preferencia, y se debe prestar todas las facilidades necesarias a los postores o contratistas. 12. Procesos de selección Los procesos de selección son: Licitación Pública.- Se convoca para la contratación de obras y para la adquisición de bienes y suministros dentro de los márgenes que establecen las normas presupuestarias. Se puede ejecutar de dos formas:  Licitación Pública Nacional, para la ejecución de obras por empresas constituidas y con instalaciones en el país.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 79  Licitación Pública Internacional, cuando las características técnicas de las obras requieren de participación internacional. Concurso Público.- Se convoca para la contratación de servicios de toda naturaleza, de consultoría y arrendamiento, dentro de los márgenes que establecen las normas presupuestarias. Este tipo de selección se aplicará, por ejemplo, para el arrendamiento de un local de propiedad de una asociación civil por un valor de doscientos cincuenta mil nuevos soles anuales o la contratación del servicio de vigilancia y seguridad por un valor de doscientos diez mil nuevos soles anuales. Adjudicación Directa.- se aplica para las adquisiciones y contrataciones que realice la entidad, dentro de los márgenes que establece la Ley Anual de Presupuesto. Puede ser Pública o Selectiva. Adjudicación Directa Pública: Se convoca cuando el monto de la adquisición o contratación es mayor al 50% del límite máximo establecido para la Adjudicación Directa. Adjudicación Pública Selectiva: Se convoca cuando el monto de la adquisición o contratación es igual o menor al 50% del límite máximo establecido para la Adjudicación Directa. Esta modalidad no requiere de publicación, se efectúa por invitación, debiéndose convocar a por lo menos a tres proveedores. Adjudicación de Menor Cuantía.- Se aplica para las adquisiciones o contrataciones que realice la Entidad, cuyo monto sea inferior a la décima parte del límite mínimo establecido por la Ley Anual de Presupuesto para la Licitación o Concurso Público, según corresponda. En este caso, para el otorgamiento de la Buena Pro, basta la evaluación favorable del proveedor o postor seleccionado, cuya propuesta deberá cumplir con las especificaciones técnicas y términos requeridos. 13. Montos para la determinación de los procesos de selección La determinación de los Procesos de. Selección para efectuar las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas, en todas las Entidades del Sector Público incluidas los Gobiernos locales, se sujetan a los montos estipulados en la Ley de Presupuesto de cada Año Fiscal, así tenemos los montos siguientes, de acuerdo al artículo 18 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 29626: a) Contratación de obras, de acuerdo a:
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 80 - Licitación pública, si el valor referencial es igual o superior a UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 800 000,00). - Adjudicación directa, si el valor referencial es inferior a UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 800 000,00). Cuando el monto del valor referencial de una obra pública sea igual o mayor a CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 300 000,00), el organismo ejecutor debe contratar, obligatoriamente, la supervisión y control de obras. b) Contratación de bienes, de acuerdo a: - Licitación pública, si el valor referencial es igual o superior a CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00). - Adjudicación directa, si el valor referencial es inferior a CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00). c) Contratación de servicios, tales como prestaciones de empresas de servicios, compañías de seguros y contratos de arrendamiento no financieros, así como investigaciones, proyectos, estudios, diseños, supervisiones, inspecciones, gerencias, gestiones, auditorías, asesorías y peritajes, de acuerdo a: - Concurso público, si el valor referencial es igual o superior a CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00). - Adjudicación directa, si el valor referencial es inferior a CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000,00). 14. Modalidades de compra Los procesos de selección son: Compras Corporativas Mediante las compras corporativas las Entidades se agrupan para adquirir o contratar bienes y servicios de manera conjunta, realizando un único proceso de selección, con el objetivo de reducir los costos de transacción y aprovechar las ventajas de la economía de escala, obteniendo bienes y servicios con valor agregado, produciéndose de esta manera un mejor aprovechamiento de los recursos del Estado y facilitando la estandarización de bienes y servicios.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 81 Convenio Marco El Convenio Marco es la modalidad por la cual CONSUCODE selecciona a los proveedores cuyos bienes y servicios serán ofertados en el Catálogo a fin de ser adquiridos o contratados de manera directa por las Entidades.  Subasta Inversa La Subasta Inversa es la modalidad de selección por la cual una Entidad realiza la adquisición de bienes comunes y la contratación de servicios comunes a través de una oferta pública y en la cual, el postor ganador será aquel que ofrezca el menor precio o costo en igualdad de circunstancias comerciales y de servicio. Esta modalidad de selección puede realizarse de manera presencial o electrónica.  Subasta Inversa Presencial La Subasta Inversa Presencial se realiza en acto público por medio de propuestas de precios o de costos escritos y lances verbales.  Subasta Inversa Electrónica La Subasta Inversa Electrónica o Virtual se realiza a través de la utilización de recursos de tecnología de la información, de acuerdo a los procedimientos que establezca la reglamentación específica. 15. Exoneración del proceso de selección Están exoneradas de los procesos de selección de adquisiciones y contrataciones que se realicen:  Entre entidades del sector público  Para contratar servicios públicos sujetos a tarifas únicas  En situación de emergencia o desabastecimiento inminente  Con carácter de secreto militar o de orden interno  Cuando exista proveedor único 16. Situación de desabastecimiento inminente.- Se considera así a aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 82 La Contraloría General de la República participa de oficio en las contrataciones y adquisiciones de los bienes, servicios u obras en situación de desabastecimiento inminente. 16.2 Situación de Emergencia Es aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la entidad quedará exonera de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la ley. 17. Proceso de selección desierto.- El proceso de selección será declarado desierto cuando no quede válida ninguna oferta. La declaración de desierto de un proceso obliga a la entidad a formular un informe que evalúe las causas que motivaron dicha declaratoria, debiéndose adoptar las medidas correctivas, antes de convocar nuevamente bajo responsabilidad. En el caso de que una licitación pública, concurso público o adjudicación directa sean declarados desiertos por la ausencia de postores hasta en dos oportunidades, se convocará a un proceso de adjudicación de menor cuantía. La declaratoria de desierto de un proceso de selección deberá registrarse en el SEACE, dentro de los dos (02) días de producida. 18. Cancelación del proceso de selección.- En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes de la adjudicación, la entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar o adquirir o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente. En ese caso la entidad deberá reintegrar el costo de las bases a quienes la hayan adquirido; dicho plazo no podrá exceder a los 5 días posteriores a la comunicación. La entidad deberá comunicar su decisión dentro del día siguiente y por escrito al comité especial, debiendo registrar la resolución cancelatoria en el SEACE en el mismo plazo.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 83 19. Evaluación y calificación de propuestas.- La evaluación de las propuestas es integral, realizándose en dos (2) etapas. La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta. 20. Presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro En los casos de licitación o concurso público, se realizarán en acto público en una o más fechas señaladas en la convocatoria, con presencia de Notario Público o Juez de Paz cuando en la localidad donde se efectúe no hubiera el primero. En todos los procesos de selección sólo se considerarán como ofertas válidas aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases. Los resultados correspondientes en los casos de Licitación o Concurso Público se publican, y en los demás se hacen de conocimiento por lo menos de los interesados. 21. Sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones del estado (SEACE).- Es el sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las adquisiciones y contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas; su uso es obligatorio para las entidades del Estado que se encuentren en proceso de adquisición de obras, suministros o servicios. El CONSUCODE desarrollará, administrará y operará el SEACE. Los actos realizados por medio de este sistema, que cumplan con las disposiciones jurídicas vigentes poseen la misma validez y eficacia jurídica que los actos realizados por medios manuales pudiéndolos sustituir para todos los efectos legales. El Sistema de Personal en la Administración Pública 1. Definición La Administración de Recursos Humanos es proceso administrativo aplicado al acrecentamiento y conservación del esfuerzo, las experiencias, la salud, los conocimientos, las habilidades, etc, de los miembros de las diferentes organizaciones públicas en beneficios de ellos mismos y de la sociedad peruana.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 84 Es la conducción técnico – legal de una organización o institución, que encierra acciones y procesos dictadas por la autoridad superior, encaminadas a dotar del personal adecuado para el cumplimiento de sus objetivos y metas, bajo un conjunto de medidas sobre derechos y obligaciones que enmarcan su estabilidad y desarrollo, conducentes además, a asegurar su eficiencia y eficacia de su gestión. La administración de personal o de recursos humanos en el estado peruano, está contemplada en leyes y normas específicas sancionadas desde 1950 con la creación de la Carrera Administrativa o Pública, según el enunciado y considerando el D.L. 11377, Estatuto y Escalafón del Servicio Civil y artículo 7º, y en su reglamento D.S. 522-JC-1950, así como el D.Leg. 276 Ley de bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento D.S. 005-90-PCM. 2. Nuevo Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos Creado por Ley Nº 29158, art. 46º Orgánica del Poder Ejecutivo del 14-12- 2007, y cuyo ente rector la Autoridad Autónoma del Servicio Civil, creado por D.L. Nº 1023, del 20.06.2008, trata de dos procesos: el de capacitación y evaluación del desempeño. El D.L. Nº 1025 y su reglamento D.S. 009-2010- PCM, del 17-01.2010, aprueba y reglamenta las normas de capacitación y rendimiento para el sector público. El D.S. 007-2010-PCM, del 14-01-2010, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Normatividad del Servicio Civil, no hace más que ratificar procesos de las leyes Nº 276 y 28175, y acciones de los D.L. Nº 1023, 1025 y 1026. 3. Ingreso de Personal Es el proceso por el cual el postulante después de haber superado los requisitos del Concurso de Selección y según orden de méritos alcanzados, es nombrado o contratado, por resolución de la autoridad competente, en el nivel y línea correspondiente. El Cuadro de Méritos contenido en el proceso de selección tiene una vigencia de seis (06), meses, considerándose como candidatos aptos para ocupar cualquier otra vacante igual o similar a la cual concursaron cuando no hayan alcanzado plaza vacante. 3.1. Acciones que se realizan:  Requerimiento de personal por los Órganos que necesitan cubrir plazas.  Designación de la Comisión de Concurso.  Elaboración y aprobación de las Bases para el Concurso.  Convocatoria Pública de postulantes al Concurso.  Inscripción de postulantes y recepción de documentos
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 85  Estudio y verificación de las solicitudes e información sutentatoria, para determinar quienes reúnen los requisitos mínimos exigidos.  Calificación del Currículo Vital; Pruebas de conocimientos; Psicológicas; experiencia y entrevista personal.  Elaboración del cuadro de méritos;  Publicación de los resultados parciales y finales del Concurso;  Nombramiento o contrato del postulante y/o postulantes, según orden de mérito.  Posesión del Cargo e Integración del ambiente laboral.  Evaluación del periodo de prueba. 3.2. Mecanismo de Control Hoja de verificación sobre:  Concurso de ingreso  Nombramiento de personal  Contrato de personal  Evaluación de personal 4. Control de Asistencia y Permanencia de Personal 4.1. Definición Es la acción administrativa de personal mediante la cual se regula la asistencia y permanencia de los trabajadores en su centro de trabajo, de acuerdo con la jornada y horario establecido, y el control de cumplimiento correspondiente. 4.2. Objetivo y Finalidad Garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de labor de cada servicio, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas vigentes. 4.3. Acciones a Realizar  Las oficinas de personal elaboran la Reglamentación interna sobre Asistencia y Permanencia de los Trabajadores.  Las Oficinas de Personal mantienen actualizado los Registros de Control de Asistencia y Permanencia.  Los Jefes de la Unidades Orgánicas o funcionales de las Entidades participan en el proceso de control de la asistencia y permanencia de los Servidores a su cargo.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 86 4.4. Mecanismos de Control  Hoja de verificación sobre Control de Asistencia y Permanencia. 5. Registro de Personal 5.1. Definición Es la acción administrativa de personal mediante la cual y a través de un conjunto de procedimientos se registran datos de los trabajadores que ingresan al Sector Público archivando la documentación sustentatoria correspondiente. 5.2. Objetivo Contar con la información administrativa de cada servidor y posibilitar su desarrollo, el cumplimiento de sus deberes y el goce de sus derechos en forma oportuna. 5.3. Acciones a realizar  La oficina de personal registran los datos de los servidores de su entidad y los conservan en forma ordenada y de fácil identificación a fin de utilizarlos adecuadamente en las diferentes acciones de personal y de proporcionar la información que se requiera.  La oficina de personal elaboran las estadísticas correspondientes y mantienen actualizadas las fichas y los legajos personales.  La oficina de personal lleva el registro general de los trabajadores de la administración pública. 5.4. Mecanismos de Control  Hoja de verificación sobre Registro de Personal. 6. Desplazamiento de Personal 6.1. Definición Es la acción administrativa de personal, mediante la cual se autoriza a un trabajador permanente de la administración pública a desempeñar otras funciones compatibles con el cargo que tenía o del cual es titulado, según sea el caso.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 87 6.2. Objetivo Elevar y ampliar los conocimientos y experiencia del servidor público para una administración eficiente y eficaz, en base a un mayor desarrollo personal. 6.3. Acciones a realizar  En cada entidad, se analizan las evaluaciones del cumplimiento de metas cuya realización es de responsabilidad de los trabajadores, asimismo se analizan la calificación y evaluación del comportamiento laboral de los mismos, así como, las recomendaciones de sus jefes inmediatos, para cuando corresponda, determinar su desplazamiento, por resolución del nivel pertinente.  El desplazamiento de personal debe realizarse periódicamente y en función de los requerimientos de cargos compatibles con la especialidad y con el nivel de carrera del trabajador.  Los trabajadores que se desplazan, reciben oportunamente las especificaciones de su nuevo cargo, si fuera el caso, a fin de que se vayan familiarizando con las funciones que van a desempeñar.  El trabajador que se desplaza hace entrega de cargo. 6.4. Mecanismo de Control Hoja de verificación sobre Desplazamiento de Personal. 7. Evaluación del Comportamiento Laboral 7.1. Definición Es el proceso técnico de personal a través del cual en forma integral sistemática y continua por parte de los jefes inmediatos, se valora el conjunto de actitudes, aptitudes rendimiento y comportamiento social del trabajador de la Administración Pública en el cumplimiento de sus funciones, en términos de oportunidad, calidad y cantidad de los bienes, servicios producidos y de armonía laboral. 7.2. Objetivo Valorar con la mayor objetividad posible en el comportamiento laboral del trabajador, para lograr un mejor desarrollo personal e institucional en la administración pública.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 88 7.3. Acciones  Elaboración de normas y métodos para efectuar la evaluación del comportamiento laboral de los trabajadores de la Administración Pública.  Formalización periódica de la Evaluación de comportamiento laboral de los trabajadores de la Administración Pública.  Desarrollo de planes de capacitación, incentivos, desplazamiento y otras acciones de personal que coadyuvan al mejor desarrollo personal en la función pública. 7.4. Mecanismos de Control  Hoja de Evaluación sobre comportamiento laboral. 8. Capacitación de Personal 8.1. Definición Es el proceso sistemático de perfeccionamiento y/o adquisición de conocimientos, habilidades y actitudes para una mayor calificación y un mejor ejercicio de la función pública. 8.2. Objetivos Incrementar y ampliar los conocimientos de los trabajadores de la Administración Pública para un mayor desarrollo del trabajador y un mejor ejercicio de la función pública. 8.3. Acciones  Establecimiento de políticas institucionales de capacitación.  Establecimiento de normas y métodos para efectuar la capacitación de los trabajadores de la Administración Pública.  Participación en la elaboración del Plan institucional de acciones de capacitación a corto y mediano plazo.  Participación en la elaboración del Plan institucional de capacitación previa las coordinaciones con los centros de capacitación estatales y no estatales.  Informe final de cada una de las acciones de capacitación.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 89  Evaluación del cumplimiento del Plan de Capacitación. 8.4. Mecanismos de Control  Hoja de verificación sobre capacitación de personal. 9. Reglamento Interno de Personal 9.1. Definición Es el conjunto de disposiciones que definen y regulan las relaciones laborales dentro de la Entidad, los deberes y derechos correspondientes, así como las competencias jerárquicas organizacionales, para la normal marcha administrativa. 9.2. Objetivos Lograr comportamientos laborales adecuados al cumplimiento de los objetivos de la Entidad. 9.3. Acciones  Las Oficinas de Personal elaboran los Reglamentos Internos de Personal, que son aprobados por Resolución del Titular de la Entidad.  El Reglamento se adecua a la normatividad legal y administrativa vigente, de acuerdo a la naturaleza y complejidad de la organización.  Las Oficinas de Personal difunden los RIP a todos los servidores de la entidad para su adecuado cumplimiento.  Las Oficinas de Personal evalúan periódicamente, el grado de cumplimiento e introducen las adecuaciones pertinentes. 9.4. Mecanismos de Control  Hoja de verificación sobre Reglamento Interno de Personal.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 90 BALOTARIO 1. ¿Cuáles son las actividades más importantes de la planeación? 2. ¿Qué actividades importantes tienen la organización? 3. ¿Cuáles son las actividades importantes del Control? 4. ¿Qué entiende por Gestión Pública por Objetivos? 5. ¿Qué es el Plan Estratégico? 6. ¿Qué es el Plan Operativo Institucional? 7. ¿Cuáles son las características del Plan Operativo Institucional? 8. ¿Qué es el Sistema de Presupuesto Público? 9. ¿Cuáles son las diferencias entre Presupuesto Público y Presupuesto Privado? 10.¿Cuál es el alcance Conceptual del Presupuesto Público? 11.¿Cuáles son las características del Presupuesto Público? 12.¿Cómo define el Sistema de Abastecimientos en la Administración Pública? 13.¿Cuáles son las normas que rigen Sistema de Abastecimientos en la Administración Pública? 14.¿Cuáles son los términos más usados en el Sistema de Abastecimientos en la Administración Pública? 15.¿Qué es el Sistema de Personal en la Administración Pública? 16.¿Qué acciones se realizan en el proceso de ingreso de personal en la Administración Pública? 17.¿Qué entiende por Control de Asistencia y Permanencia? 18.¿Qué es el Registro de Personal? 19.¿Qué entiende por Desplazamiento de Personal? 20.¿Qué entiende por Evaluación del Comportamiento Laboral?
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 91 TERCERA PARTE (UNIDAD III): La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR es una entidad pública* adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como finalidad la gestión de las personas al servicio del Estado. Se podría decir que es la gerencia de recursos humanos de la administración pública. SERVIR nació en junio del 2008 para modernizar la función pública. Busca un servicio civil meritocrático, flexible y con altos niveles de eficiencia que sirva mejor a todos los peruanos. Para ello debe implementar la Reforma del Servicio Civil. ¿Por qué necesitamos una reforma del Servicio Civil? Porque el Estado peruano necesita modernizar sus instituciones públicas (sean del Gobierno Nacional, de los gobiernos regionales o de las municipalidades), profesionalizar la función pública y fortalecer las oficinas de recursos humanos para pasar de una ―administración de planilla‖ a la ―gestión de personas‖, así como desarrollar una mayor capacidad gerencial. En ese sentido, los principios de la reforma que lidera SERVIR buscan que el Estado cuente con personas (Servicio Civil) con una clara orientación de servicio al ciudadano, que se rigen por principios de mérito, que su ingreso se da mediante procesos transparentes, que son evaluadas por el logro de objetivos concretos y que reciben incentivos en base al rendimiento. El rol de SERVIR consiste, entonces, en formular las políticas nacionales, emitir opinión técnica vinculante, dictar normas, supervisar su cumplimiento y resolver conflictos sobre los recursos humanos del Estado. Esta reforma, cuyos resultados están planificados para el mediano y largo plazo, encuentra sus cimientos en las Políticas de Estado suscritas en el Acuerdo Nacional, específicamente las referidas a contar con un Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado. Políticas de Estado PRIMER OBJETIVO: DEMOCRACIA Y ESTADO DE DERECHO 1.- Fortalecimiento del Régimen Democrático y del Estado de Derecho Nos comprometemos a consolidar el régimen democrático y el Estado de derecho para asegurar un clima de estabilidad y cooperación política, promover la competencia democrática y garantizar elecciones libres y transparentes, el pluralismo y la alternancia en el poder. Declaramos que la democracia representativa es la base de la organización del Estado de derecho, que se
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 92 refuerza y profundiza con la participación ciudadana permanente, ética y responsable, en el marco de la constitucionalidad. 2.- Democratización de la vida política y fortalecimiento del sistema de partidos Nos comprometemos a promover la participación ciudadana para la toma de decisiones públicas, mediante los mecanismos constitucionales de participación y las organizaciones de la sociedad civil, con especial énfasis en la función que cumplen los partidos políticos. 3.- Afirmación de la identidad nacional Nos comprometemos a consolidar una nación peruana integrada, respetuosa de sus valores, de su patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural, vinculada al mundo y proyectada hacia el futuro. . 4.- Institucionalización del diálogo y la concertación Nos comprometemos a fomentar el diálogo y la concertación entre todas las organizaciones, tanto políticas como de la sociedad civil, en base a la tolerancia, la afirmación de las coincidencias y el respeto a las diferencias de identidad, garantizando las libertades de pensamiento y de propuesta. 5.-Gobierno en función de objetivos con planeamiento estratégico, prospectiva nacional y procedimientos transparentes Nos comprometemos a impulsar las acciones del Estado sobre la base de un planeamiento estratégico que oriente los recursos y concierte las acciones necesarias para alcanzar los objetivos nacionales de desarrollo, crecimiento y adecuada integración a la economía global. 6.- Política exterior para la paz, la democracia, el desarrollo y la integración Nos comprometemos a llevar a cabo una política exterior al servicio de la paz, la democracia y el desarrollo, que promueva una adecuada inserción del país en el mundo y en los mercados internacionales, a través de una estrecha vinculación entre la acción externa y las prioridades nacionales de desarrollo. Consolidaremos la firme adhesión del Perú a las normas y principios del Derecho Internacional, con especial énfasis en los Derechos Humanos, la Carta de las Naciones Unidas y la del Sistema Interamericano. Asimismo, garantizaremos una política basada en el diálogo entre las instituciones del Estado, las organizaciones políticas y las demás organizaciones de la sociedad.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 93 7.- Erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la seguridad ciudadana Nos comprometemos a normar y fomentar las acciones destinadas a fortalecer el orden público y el respeto al libre ejercicio de los derechos y al cumplimiento de los deberes individuales. 8.- Descentralización política, económica y administrativa para propiciar el desarrollo integral, armónico y sostenido del Perú. Nos comprometemos a desarrollar una integral descentralización política, económica y administrativa, transfiriendo progresivamente competencias y recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales con el fin de eliminar el centralismo. Construiremos un sistema de autonomías políticas, económicas y administrativas, basado en la aplicación del principio de subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local del Estado, con el fin de fortalecer éstos últimos y propiciar el crecimiento de sus economías. 9.- Política de Seguridad Nacional Nos comprometemos a mantener una política de seguridad nacional que garantice la independencia, soberanía, integridad territorial y la salvaguarda de los intereses nacionales. Consideramos que ésta es una tarea que involucra a la sociedad en su conjunto, a los organismos de conducción del Estado, en especial a las Fuerzas Armadas, en el marco de la Constitución y las leyes. En tal sentido, nos comprometemos a prevenir y afrontar cualquier amenaza externa o interna que ponga en peligro la paz social, la seguridad integral y el bienestar general. SEGUNDO OBJETIVO: EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL 10.- Reducción de la pobreza Nos comprometemos a dar prioridad efectiva a la lucha contra la pobreza y a la reducción de la desigualdad social, aplicando políticas integrales y mecanismos orientados a garantizar la igualdad de oportunidades económicas, sociales y políticas. Asimismo, nos comprometemos a combatir la discriminación por razones de inequidad entre hombres y mujeres, origen étnico, raza, edad, credo o discapacidad. En tal sentido, privilegiaremos la asistencia a los grupos en extrema pobreza, excluidos y vulnerables. 11.- Promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación Nos comprometemos a dar prioridad efectiva a la promoción de la igualdad de oportunidades, reconociendo que en nuestro país existen diversas expresiones de discriminación e inequidad social, en particular contra la mujer, la infancia, los adultos mayores, las personas integrantes de comunidades étnicas, los
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 94 discapacitados y las personas desprovistas de sustento, entre otras. La reducción y posterior erradicación de estas expresiones de desigualdad requieren temporalmente de acciones afirmativas del Estado y de la sociedad, aplicando políticas y estableciendo mecanismos orientados a garantizar la igualdad de oportunidades económicas, sociales y políticas para toda la población. 12.- Acceso universal a una educación pública gratuita y de calidad y promoción y defensa de la cultura y del deporte Nos comprometemos a garantizar el acceso universal e irrestricto a una educación integral, pública, gratuita y de calidad que promueva la equidad entre hombres y mujeres, afiance los valores democráticos y prepare ciudadanos y ciudadanas para su incorporación activa a la vida social. Reconoceremos la autonomía en la gestión de cada escuela, en el marco de un modelo educativo nacional y descentralizado, inclusivo y de salidas múltiples. La educación peruana pondrá énfasis en valores éticos, sociales y culturales, en el desarrollo de una conciencia ecológica y en la incorporación de las personas con discapacidad. 13.- Acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad social Nos comprometemos a asegurar las condiciones para un acceso universal a la salud en forma gratuita, continua, oportuna y de calidad, con prioridad en las zonas de concentración de pobreza y en las poblaciones más vulnerables. Nos comprometemos también a promover la participación ciudadana en la gestión y evaluación de los servicios públicos de salud. 14.- Acceso al empleo pleno, digno y productivo Nos comprometemos a promover y propiciar, en el marco de una economía social de mercado, la creación descentralizada de nuevos puestos de trabajo, en concordancia con los planes de desarrollo nacional, regional y local. Asimismo, nos comprometemos a mejorar la calidad del empleo, con ingresos y condiciones adecuadas, y acceso a la seguridad social para permitir una vida digna. Nos comprometemos además a fomentar el ahorro, así como la inversión privada y pública responsables, especialmente en sectores generadores de empleo sostenible. 15.- Promoción de la seguridad alimentaria y nutrición Nos comprometemos a establecer una política de seguridad alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la población a alimentos suficientes y de calidad, para garantizar una vida activa y saludable dentro de una concepción de desarrollo humano integral. 16.- Fortalecimiento de la familia, protección y promoción de la niñez, la adolescencia y la juventud.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 95 Nos comprometemos a fortalecer la familia como espacio fundamental del desarrollo integral de las personas, promoviendo el matrimonio y una comunidad familiar respetuosa de la dignidad y de los derechos de todos sus integrantes. Es política de Estado prevenir, sancionar y erradicar las diversas manifestaciones de violencia que se producen en las relaciones familiares. Nos proponemos, asimismo, garantizar el bienestar, el desarrollo integral y una vida digna para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, en especial de aquellos que se encuentran en situación de riesgo, pobreza y exclusión. Promoveremos espacios institucionales y entornos barriales que permitan la convivencia pacífica y la seguridad personal, así como una cultura de respeto a los valores morales, culturales y sociales. TERCER OBJETIVO: COMPETITIVIDAD DEL PAÍS 17.- Afirmación de la economía social de mercado Nos comprometemos a sostener la política económica del país sobre los principios de la economía social de mercado, que es de libre mercado pero conlleva el papel insustituible de un Estado responsable, promotor, regulador, transparente y subsidiario, que busca lograr el desarrollo humano y solidario del país mediante un crecimiento económico sostenido con equidad social y empleo. 18.- Búsqueda de la competitividad, productividad y formalización de la actividad económica Nos comprometemos a incrementar la competitividad del país con el objeto de alcanzar un crecimiento económico sostenido que genere empleos de calidad e integre exitosamente al Perú en la economía global. La mejora en la competitividad de todas las formas empresariales, incluyendo la de la pequeña y micro empresa, corresponde a un esfuerzo de toda la sociedad y en particular de los empresarios, los trabajadores y el Estado, para promover el acceso a una educación de calidad, un clima político y jurídico favorable y estable para la inversión privada así como para la gestión pública y privada. Asimismo, nos comprometemos a promover y lograr la formalización de las actividades y relaciones económicas en todos los niveles. 19.- Desarrollo sostenible y gestión ambiental Nos comprometemos a integrar la política nacional ambiental con las políticas económicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del Perú. Nos comprometemos también a institucionalizar la gestión ambiental, pública y privada, para proteger la diversidad biológica, facilitar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, asegurar la protección ambiental y promover centros poblados y ciudades sostenibles; lo cual ayudará a mejorar la calidad de vida, especialmente de la población más vulnerable del país.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 96 20.- Desarrollo de la ciencia y la tecnología Nos comprometemos a fortalecer la capacidad del país para generar y utilizar conocimientos científicos y tecnológicos, para desarrollar los recursos humanos y para mejorar la gestión de los recursos naturales y la competitividad de las empresas. De igual manera, nos comprometemos a incrementar las actividades de investigación y el control de los resultados obtenidos, evaluándolos debida y puntualmente. Nos comprometemos también a asignar mayores recursos financieros mediante concursos públicos de méritos que conduzcan a la selección de los mejores investigadores y proyectos, así como a proteger la propiedad intelectual. . 21.- Desarrollo en infraestructura y vivienda Nos comprometemos a desarrollar la infraestructura y la vivienda con el fin de eliminar su déficit, hacer al país más competitivo, permitir su desarrollo sostenible y proporcionar a cada familia las condiciones necesarias para un desarrollo saludable en un entorno adecuado. El Estado, en sus niveles nacional, regional y local, será el facilitador y regulador de estas actividades y fomentará la transferencia de su diseño, construcción, promoción, mantenimiento u operación, según el caso, al sector privado. 22.- Política de comercio exterior para la ampliación de mercados con reciprocidad Nos comprometemos a desarrollar una política de comercio exterior basada en el esfuerzo conjunto del Estado y el sector privado para lograr la inserción competitiva del país en los mercados internacionales. 23.- Política de desarrollo agrario y rural Nos comprometemos a impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal sostenible, para fomentar el desarrollo económico y social del sector. Dentro del rol subsidiario y regulador del Estado señalado en la Constitución, promoveremos la rentabilidad y la expansión del mercado de las actividades agrarias, impulsando su competitividad con vocación exportadora y buscando la mejora social de la población rural. CUARTO OBJETIVO: ESTADO EFICIENTE, TRANSPARENTE Y DESCENTRALIZADO 24.- Afirmación de un Estado eficiente y transparente
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 97 Nos comprometemos a construir y mantener un Estado eficiente, eficaz, moderno y transparente al servicio de las personas y de sus derechos, y que promueva el desarrollo y buen funcionamiento del mercado y de los servicios públicos. Nos comprometemos también a que el Estado atienda las demandas de la población y asegure su participación en la gestión de políticas públicas y sociales, así como en la regulación de los servicios públicos en los tres niveles de gobierno. Garantizaremos una adecuada representación y defensa de los usuarios de estos servicios, la protección a los consumidores y la autonomía de los organismos reguladores. 25.- Cautela de la institucionalidad de las Fuerzas Armadas y su servicio a la democracia Nos comprometemos a optimizar el servicio que prestan las Fuerzas Armadas para el mantenimiento de la paz y la integridad territorial, dentro del irrestricto respeto a los preceptos constitucionales, al ordenamiento legal y a los derechos humanos. 26.- Promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas Nos comprometemos a afirmar, en la sociedad y el Estado, principios éticos y valores sociales que promuevan la vigilancia ciudadana y que produzcan niveles crecientes de paz, transparencia, confianza y efectiva solidaridad. 27.- Erradicación de la producción, el tráfico y el consumo ilegal de drogas Nos comprometemos a adoptar una política integral contra las drogas que, sobre la base de principios éticos y valores sociales, esté compuesta por elementos educacionales, económicos, comerciales, punitivos, de salud pública y de control. Nos comprometemos también a generar y apoyar programas eficientes de cultivo alternativo de productos rentables y los que estén destinados al uso benéfico de la hoja de coca, sistemas de interdicción para eliminar el tráfico ilegal de drogas y campañas destinadas a erradicar su consumo. Atenderemos además la situación y las necesidades de las poblaciones más afectadas por el narcotráfico y la salud de las personas afectadas por su consumo. 28.- Plena vigencia de la Constitución y de los derechos humanos y acceso a la justicia e independencia judicial Nos comprometemos a garantizar el acceso universal a la justicia, la promoción de la justicia de paz y la autonomía, independencia y el presupuesto del Poder Judicial así como regular la complementariedad entre éste y la justicia comunal. Asimismo, nos comprometemos a adoptar políticas que garanticen el goce y la
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 98 vigencia de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales sobre la materia. 29.- Acceso a la información, libertad de expresión y libertad de prensa Nos comprometemos a garantizar el derecho de los ciudadanos a solicitar y recibir información, la obligación de brindarla por parte del Estado, y la transparencia y difusión de los actos de gobierno. Nos comprometemos también a resguardar la libertad de expresión y erradicar toda práctica que la limite, así como a asegurar el derecho ciudadano a una información veraz, objetiva y de calidad. Del mismo modo, nos comprometemos a promover el ejercicio pleno y responsable de la más amplia libertad de prensa, permitir la libre creación de todo tipo de medios de comunicación y la difusión libre de ideas e información. 30.- Eliminación del Terrorismo y afirmación de la Reconciliación Nacional Nos comprometemos a eliminar el terrorismo con una estrategia integral para su erradicación, observando la plena vigencia de los derechos humanos y el debido proceso, al mismo tiempo, continuar con la reconciliación nacional bajo el convencimiento que sólo en un clima de paz y concordia el Perú derrotará la pobreza y alcanzará el bienestar. 31.- Sostenibilidad fiscal y reducción del peso de la deuda Nos comprometemos a asegurar las condiciones que permitan contar con un presupuesto sostenible y acorde a las prioridades nacionales, así como a llevar la Deuda Pública externa e interna a niveles sostenibles y compatibles tanto con la recuperación de la inversión pública como con la mejora en la clasificación del riesgo país. 32.- Gestión del Riesgo de Desastres Nos comprometemos a promover una política de gestión del riesgo de desastres, con la finalidad de proteger la vida, la salud y la integridad de las personas; así como el patrimonio público y privado, promoviendo y velando por la ubicación de la población y sus equipamientos en las zonas de mayor seguridad, reduciendo las vulnerabilidades con equidad e inclusión, bajo un enfoque de procesos que comprenda: la estimación y reducción del riesgo, la respuesta ante emergencias y desastres y la reconstrucción. Las principales funciones de SERVIR son:  Desarrollar oficinas de recursos humanos, que actúan como socios estratégicos cercanos a la gente.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 99  Apoyar a la modernización facultativa de los gobiernos regionales y locales.  Implementar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos a ser destacados a entidades de los tres niveles de gobierno.  Emitir opinión técnica vinculante en las materias de su competencia.  Establecer los lineamientos para la capacitación y mejora del rendimiento de los servidores públicos y la eficiencia de los servicios que brinda el Estado.  Desarrollar un sistema de evaluación e información.  Desarrollar programas piloto de evaluación, para asegurar los métodos a usar según los distintos tipos de entidades y, sobre todo, los tipos de tareas específicas que desempeña cada servidor.  Proponer la política remunerativa, que incluye la aplicación de incentivos monetarios y no monetarios vinculados al rendimiento.  Resolver de forma progresiva conflictos individuales en materias relativas al acceso al servicio civil, pago de retribuciones, evaluación y progresión en la carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación laboral, a través del Tribunal del Servicio Civil, que constituye la última instancia de la vía administrativa Tribunal del Servicio Civil El Tribunal del Servicio Civil (TSC) forma parte de SERVIR pero cuenta con independencia funcional. Su misión es garantizar la adecuada aplicación del marco legal y la protección de los derechos de los trabajadores. El TSC conoce en última instancia administrativa los recursos de apelación derivados de los conflictos entre el Estado y sus empleados en temas referidos a acceso al servicio civil, pago de retribuciones, evaluación y progresión en la carrera, régimen disciplinario y terminación de la relación de trabajo. El TSC cuenta con una Secretaría Técnica cuya función principal es dirigir el proceso que siguen los expedientes que serán sometidos a decisión de los vocales, así como brindar soporte técnico y administrativo para el adecuado funcionamiento del TSC. . EL CONTROL Fundamentos El Control puede ser definido como el PROCESO de diversificar las actividades para asegurarse de que se están llevando a cabo como se PLANEARON y así corregir cualquier desviación importante. Un Sistema de Control efectivo asegura que, al término de las actividades, se logran las metas organizacionales.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 0 El criterio que determina la efectividad de un sistema de control es la forma en que éste facilita el logro de las metas. Importancia El control es importante debido a su vínculo final en la cadena funcional de la administración. Sin embargo, el valor de la función de control radica en su relación con la planeación y la delegación de actividades. Proceso de Control Consiste en tres pasos distintos e independientes: * Medir el desempeño real. * Comparar el desempeño real con un estándar. * Tomar la acción correctiva (en caso de desviaciones). Antes de que consideremos cada paso en detalle, se debe tomar en cuenta que el proceso de control supone que ya existen los estándares de desempeño. Estos estándares son los objetivos específicos contra los cuales se puede medir el progreso. ¿Qué es Medir? Para determinar cuál es el desempeño real, un administrador debe obtener información sobre esto. El primer paso en el control, entonces, es medir. Cada una de estas fuentes tiene fortalezas y debilidades específicas, sin embargo, una combinación de éstas aumenta la cantidad de fuentes de información y la probabilidad de recibir información confiable. Fuente de Información comunes Observación personal Informes estadísticos Informes orales Informes escritos 1 2 3 4 Fuente de Información comunes
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 1 Lo que medimos es con seguridad más importante para el proceso de control que cómo medimos Seleccionar el criterio equivocado puede dar como resultado serias consecuencias disfuncionales. Además lo que medimos determina en gran medida lo que las personas en la organización estructuran superar. Los controles se dirigen a una de las siguientes áreas: información, operación, finanzas, o las personas. Sin embargo, algunos criterios de control son aplicables a cualquier situación administrativa. ¿Cómo determinan los administradores las variaciones entre desempeño real y metas planeadas? Los administradores determinan la variación entre desempeño real y los estándares mediante un proceso llamado comparación. La etapa de comparación determina el grado de variación entre desempeño real y el estándar. En toda actividad se puede esperar alguna variación en el desempeño; por tanto es crítico determinar el rango de variación aceptable. Las desviaciones que superan este rango se vuelven importantes y reciben atención del administrador. En esta etapa de comparación, los administradores están particularmente interesados en el tamaño y la dirección de la variación. ¿Qué acción puede tomar la Administración? La tercera etapa y final en el proceso de control es tomar la acción administrativa. Los gerentes pueden elegir entre tres alternativas:  No hacer nada  Corregir el desempeño real  Revisar el estándar Si el origen de la variación ha sido un desempeño deficiente, el administrador querrá tomar una acción correctiva. Ejemplo:  Cambios en la Estrategia  Cambios en la Estructura  Prácticas de Compensación  Programas de Capacitación, etc. Otra decisión a tomar en el caso de tomar medidas correctivas
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 2 ¿Se debe tomar una acción correctiva inmediata o básica? También es posible que la variación fuera el resultado de un estándar no realista (El objetivo demasiado elevado o bajo). En estos casos, el estándar es el que necesita acción correctiva, no el desempeño Tipos de Control La administración puede implementar controles antes de que comience la actividad (1), mientras la actividad se lleva a cabo (2) o después de que la actividad ha sido terminada (3) 1er. Tipo ------> control para fomentar el avance 2do. Tipo -----> control concurrente 3er. Tipo ------> control de retroalimentación. ACCIÓN CORRECTI VA Plantea las preguntas el ¿Cómo? y ¿Porqué se ha desviado el desempeño? Y luego procede a corregir el origen de la desviación Corrige los problemas enseguida y regresa el desempeño a su rumbo Inmediata Básica Insumo Proceso Resultado Control de fomento del avance Control concurrente Control de realimenta- ción
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 3 ¿Por qué es tan conocido el Control de Retroalimentación? El tipo más común del control depende de la retroalimentación. En este caso el control se lleva a cabo después de la acción. El principal inconveniente de este tipo de control es que, en el momento que el administrador tiene la información, el daño ya está hecho. No obstante, para muchas actividades, la retroalimentación es sólo un tipo variable de control disponible. Ventajas del control de retroalimentación: a) Ofrece a los administradores información significativa sobre la efectividad de su esfuerzo de planeación. b) Puede mejorar la motivación de los empleados Cualidades de un Sistema de Control Eficiente: 1. Precisión 2. Oportunidad 3. Economía 4. Flexibilidad 5. Comprensión 6. Criterio razonable 7. Ubicación estratégica 8. Haga énfasis en la excepción 9. Criterio múltiple 10. Acción correctiva Corrige los problemas conforme se presentan Corrige los problemas después de que suceden Se anticipa a los problemas
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 4 FACTORES DE CONTINGENCIA EN EL DISEÑO DE LOS SISTEMAS DE CONTROL Tamaño de la Organización Posición y Nivel Grado de Descentralizació n Pequeña Grande Alto Bajo Bajo Alto Administración personal informal, el administrador hace un recorrido por los alrededores Formal, impersonal, reglas, leyes amplias , Diferentes criterios Criterios fáciles de entender Cantidad y extensión de controles cada vez más grandes Número de controles reducidos Cultura Organizacional Importancia de la Actividad Abierta y sustentadora Amenazador a Alta Baja Informal - Autocontrol Formal, controles impuestos y desde afuera Controles amplios y elaborados Controles informales y no rígidos
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 5 Deberes, Derechos y Responsabilidades del Servidor Público 2. Deberes y Obligaciones del Servidor Público 276 a) Cumplir personal y con diligencia deberes b) Salvaguardar intereses Estado, austeridad uso de recursos públicos c) Concurrir puntualmente y observar horario d) Conocer labores cargo y capacitarse para mejor desempeño e) Observar buen trato y lealtad hacia el público, superiores y compañeros f) Absoluta reserva, aún después cese en cargo g) Informar a superioridad actos delictivos o inmorales en ejercicio de la función pública; h) Declaración jurada bienes y rentas quienes administran fondos públicos y casos previstos ley i) Las demás que le señalen las leyes o el reglamento. 3. Prohibiciones del Servidor Público 276 a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de trabajo, salvo labor docente universitaria b) Percibir retribución 3º para realizar u omitir actos servicio c) Realizar actividad política partidaria durante cumplimiento de las labores d) Emitir opinión en medios de comunicación social sobre asuntos Estado, salvo autorización expresa de autoridad competente e) Celebrar por sí o 3º personas, directa o indirectamente, en contratos con su entidad que tenga interés, o cónyuge o parientes hasta 4º grado de consanguinidad o 2º segundo afinidad f) Realizar actos de hostigamiento sexual, conforme a la ley sobre la materia g) Los demás que señale la Ley 4. Derechos Servidor Público 276 a) Hacer carrera pública base mérito, sin discriminación de ninguna índole b) Gozar de estabilidad. No cese ni destitución sino por causa y procedimiento previsto en Ley c) Percibir remuneración y beneficios que corresponde a su nivel d) Gozar anualmente 30 días vacaciones remuneradas, salvo acumulación convencional hasta de 02 períodos; e) Hacer uso de permisos o licencias por causas justificadas o motivos personales, conforme a reglamento f) Obtener préstamos administrativos, de acuerdo a las normas pertinentes g) Reincorporarse carrera pública término desempeño de cargos electivos en los casos previstos en Ley h) Ejercer docencia universitaria, sin ausentarse más de 6 horas semanales i) Recibir menciones, distinciones y condecoraciones méritos
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 6 j) Reclamar decisiones que afecten sus derechos k) Acumular a su tiempo de servicios hasta 4 años de estudios universitarios a los profesionales con título reconocido por la Ley Universitaria, después 15 años de servicios efectivos, siempre que no sean simultáneos l) No ser trasladado a entidad distinta sin su consentimiento m) Constituir sindicatos con arreglo a ley, hacer uso de la huelga, en forma que ley determine n) Gozar término carrera de pensión dentro del régimen que le corresponde ñ) Los demás que señalen las leyes o el reglamento. Los derechos reconocidos por la Ley a los servidores públicos son irrenunciables. Toda estipulación en contrario es nula 5. Derechos del Servidor Público 276 a) Asignación 25 y 30 años servicios: 2 remuneraciones al cumplir 25 años y 3 remuneraciones al cumplir 30 años, por única vez cada caso. b) Aguinaldos: En Fiestas Patrias y Navidad por el monto que se fije por Decreto Supremo cada año. c) Compensación por Tiempo de Servicios: Se otorga al personal nombrado al momento del cese por el importe del 50% de su remuneración principal para servidores con menos de 20 años de servicios o de una remuneración principal para los servidores con 20 o más años de servicios por cada año completo o fracción mayor de 6 meses y hasta por un máximo de 30 años de servicios. En caso de cese y posterior reingreso, la cantidad pagada surte efecto cancelatorio del tiempo de servicios anterior para este beneficio". 6. Permisos a) En casos excepcionales fundamentados, para ausentarse por horas durante jornada de trabajo. b) Docencia universitaria hasta 6 horas semanales, que debe compensarse- Similar derecho a servidores para estudios superiores con éxito. c) En período post-natal 1 hora diaria por lactancia hasta que hijo cumpla 1 año de edad d) El uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y está condicionado a la conformidad institucional. La licencia se formaliza con la resolución correspondiente 7. Licencias a) Con goce de remuneraciones: Por enfermedad Por gravidez Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 7 Por capacitación oficializada Por citación expresa: judicial, militar o policial Por función edil b) Sin goce de Remuneraciones: Por motivos particulares Por capacitación no oficializada c) A cuenta del período vacacional: Por matrimonio Por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos. 8. Responsabilidades a) Los servidores públicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio público, sin perjuicio de las sanciones de carácter disciplinario por las faltas que cometan. b) El servidor público que incurra en falta de carácter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitución, será sometido a proceso administrativo disciplinario escrito y sumario, a cargo de una Comisión de carácter permanente y cuyos integrantes son designados por resolución del titular de la entidad. Derecho a la defensa y debido proceso. c) Las sanciones por faltas disciplinarias pueden ser:  Amonestación verbal o escrita  Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por 30 días  Cese temporal sin goce de remuneraciones hasta por 12 meses  Destitución. d) Los grados de sanción corresponde a la magnitud de las faltas, según su menor o mayor gravedad e) Sin embargo, su aplicación no será necesariamente correlativa ni automática, debe contemplar en cada caso, no sólo naturaleza infracción sino también antecedentes del servidor, constituyendo la reincidencia serio agravante. f) Una falta será tanto más grave cuanto más elevado sea el nivel del servidor que la ha cometido. 9. Termino de la Carrera a) Fallecimiento b) Renuncia c) Cese definitivo d) Destitución. 10. Causas justificadas para cese definitivo de un servidor: a) Límite de 70 años de edad b) Pérdida de la Nacionalidad
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 8 c) Incapacidad permanente física o menta d) Ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo. 11. Decreto Legislativo 276 como Modelo Cerrado Nuestra tradición administrativa (Ley 11377 y DL 276) se orientó hacia el modelo cerrado de carrera administrativa, que consideraba absolutamente a todos quienes se relacionaban con la administración de manera permanente a su servicio, de modo que quien ingresaba a la Administración Pública lo hacía para toda la vida, dentro de una carrera que le programaba su progresión futura. Ventajas  Propicia en todo el personal a servicio del Estado una vocación de servicio hacia el cumplimiento de la labor encomendada  Favorece la promoción social y superación académica de quienes no tuvieron la oportunidad de capacitarse por sí mismos  (Juan Carlos Morón) 12. Inconvenientes para la Gestión Pública:  Complicación del sistema de administración de recurso humanos ya que debe realizar actividades de gestión de recursos humanos como formulación de documentos técnicos: CAP, PAP, etc para todo el personal de la Administración Pública).  Sobrecostos que implican realización de procesos técnicos de personal y de inversión para todo el personal al servicio de la organización administrativa.  Tendencia a la burocratización ya que la estructura cerrada, y estabilidad que implica propició en los funcionarios ausencia de competitividad, aislacionismo respecto del público usuario y surgimiento del sentimiento de corporativismo (Juan Carlos Morón) 13. Situación de la Carrera Administrativa  En el período 1985-1990 el empleo en el sector público creció nuevamente, pero a través de la figura de trabajadores contratados y funcionarios de confianza, mecanismos utilizados para prescindir de la obligación de convocar a concurso público. Paralelamente, los preceptos del DL 276, referidos al ingreso de la carrera administrativa y ascensos, aspectos claves de todo régimen de carrera administrativa, fueron suspendidos por normas con fines de austeridad fiscal. Sin embargo, luego eran objeto de contradicciones por normas que establecían excepciones, permitiendo la ilimitada contratación de
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 10 9 empleados públicos prescindiendo de los concursos públicos (Jorge Danós Ordoñez)  La Constitución de 1993, a diferencia de la Constitución de 1979, no considera un Sistema Único que Homologue las remuneraciones, ―piedra angular de la estructura de la llamada función pública cerrada o carrera administrativa‖. Así, desde la dación de la Ley 11377 y el DL 276, se optó por un régimen administrativo-laboral basado en la trayectoria sustentada en el sistema de méritos con ingreso y ascensos por concurso en función a niveles de carrera, de cargos y remuneraciones, todos ellos sistematizados y compatibles con el Presupuesto del Estado (Pedro Patrón Faura y Pedro Patrón Bedoya).  En definitiva, la carrera administrativa propiamente dicha, tal como fue concebida y aplicada en más de 40 años ha perdido vigor, debiendo dar paso a un sistema de trabajo más flexible, que priorice la productividad y el servicio a la comunidad con criterio gerencial y moderno en tecnología y procedimientos, sin menoscabo de los derechos laborales y con énfasis en las relaciones colectivas que hagan posible una participación más activa y dinámica en la gestión pública. (Pedro Patrón Faura y Pedro Patrón Bedoya) El Procedimiento Administrativo en el Perú 14.1. Antecedentes Durante muchos años, en la administración pública, los expedientes administrativos se tramitaban en forma desordenada y empírica. Como no existía una norma procesal de carácter general, en cada Repartición Pública quedaba librado el criterio a la voluntad y a veces al capricho del funcionario respectivo. No había uniformidad en la manera de proceder con los expedientes. A excepción, por supuesto, de algunas dependencias que tenían establecido procedimientos especiales. Esta situación duró hasta el año 1967, ya que fue promulgado el 11 de noviembre de ese año el Decreto Supremo Nº 006-SC por el ministerio de Justicia, aprobando el Reglamento de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, elaborado por una Comisión constituida por un brillante grupo de funcionarios y profesores con experiencia administrativa y que estuvo presidida por el Dr. Gilberto Chirinos Rodríguez. Este reglamento era excelente y vino a llenar el tremendo vació que existía en la
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 0 Administración Pública. Mediante decreto Ley 2611 del 28 de diciembre de 1992, se ha modificado y elevado a jerarquía de Ley el reglamento de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el D.S. 006-67 SC, por la de ―Ley de Normas Generales de procedimientos Administrativos, reformando asimismo, algunos artículos que serán analizados y comentados posteriormente. En enero de 1194 se expide el D.S. 02-94-JUS que aprueba el ―Texto Único Ordenado de la Ley de Normas generales de procedimientos Administrativos. 14.2. El proceso y el procedimiento administrativo Concepto Según hemos comentado antes, el medio legal de desenvolvimiento de la actividad administrativa lo constituyen los actos administrativos en su variada gama y jerarquía. Pero cuando se presenta un reclamo, surge un problema administrativo, se da comienzo a una sucesión de actos cuyo encadenamiento coherente y cronológico, con distinto alcance y contenido, conducen al último escalafón de esa cadena, el acto definitivo, que es la resolución. Esa sucesión de actos recibe el nombre de procedimiento administrativo. Precisando conceptos se puede definir al proceso administrativo así: Es la situación jurídica-legal que se plantea ante una autoridad oficial competente, cuando se ha iniciado un reclamo o petición en una oficina o dependencia del estado, sea por una persona particular o jurídica o, también, por un servidor público o un pensionista, con el objeto de lograr el reconocimiento de un derecho o cualquier cuestión administrativa, el cual necesariamente, debe definirse o resolverse, en su caso, después de una serie de trámites procedí mentales. El Procedimiento Administrativo, es el conjunto o secuencia de trámites y de actos administrativos que deben realizarse para que el proceso antes referido se desarrolle normal y eficazmente hasta alcanzar su conclusión mediante una resolución administrativa. Hay, pues, diferencia muy sutil, entre proceso y procedimiento. Algunos tratadistas afirman que el proceso se desarrolla en el campo judicial y el procedimiento en el área administrativa. Pero en la práctica, dentro de nuestra normatividad procesal vigente, en líneas generales, ambos vocablos se confunden y se utilizan
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 1 indistintamente en el campo judicial y en el campo administrativo. Relación con el derecho civil y el penal El procedimiento administrativo tiene sus propias reglas aunque, en líneas generales, se nutre de los principios doctrinarios de la teoría del proceso y, aún, en algunos aspectos usa la terminología de los procedimientos judiciales, según las circunstancias. En la relación procesal administrativa, el reclamante puede ser una persona natural o jurídica; un particular o un servidor público. El demandado es siempre el estado, representado por el funcionario, es decir que solamente hay dos protagonistas, siendo el estado a la vez juez y parte. Acción procedimental administrativa Es el reclamo., solicitud o recurso (demanda en la vía civil) que formula una persona (natural o jurídica) ante la autoridad competente en alguna repartición estatal, para obtener el reconocimiento de un derecho o la solución de un problema, o una impugnación relacionada con sus propios intereses. Los recurso, sean de simple petición o impugnativos, tienen que reunir determinados requisitos de fondo y de forma señalados en el D.S. 02-94-JUS. Las acciones pueden ser patrimoniales y económicas, y no patrimoniales o de reconocimiento de derechos. Los patrimoniales se refieren a cuestiones económicas o de propiedad. Los no patrimoniales se refieren a reconocimientos de derechos o asuntos de cualquier otra índole no económica. Las personas que intervienen en el proceso administrativo son: los Administrados y los Adminis tradores . Los Administrados, son aquellos que pueden recurrir a la Administración Pública para iniciarlo mediante un reclamo y/o petición. Los Administradores, son las autoridades administrativas y/o gobernantes, que de acuerdo con el artículo 3º de la acotada ley, pueden promover de oficio el procedimiento administrativo.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 2 Intervinientes a) En el proceso Judicial J U E Z ACTOR DEMANDADO b) En el procedimiento Administrativo RECLAMANTE ESTADO En el procedimiento administrativo, el funcionario competente tiene constante responsabilidad, respecto a sus decisiones y resoluciones, porque está obligado, como servidor público, -vale decir del pueblo-, a atender los reclamos de los ciudadanos y de reconocerle imparcialmente sus derechos si son justos y arreglados a ley. Por otra parte, está obligado a cuidar los intereses y patrimonio del estado, que también son del pueblo. Solicitud, Recurso y Expediente La Ley de normas Generales de procedimientos Administrativos, en su Artículo 61º, establece que el procedimiento se inicia de oficio por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior o a petición del interesado Cuando se trata a petición del interesado‖ el administrado o particulares inicia el
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 3 procedimiento presentando una ―solicitud de reclamo o pidiendo algo ante cualquier entidad de la Administración Pública. La solicitud o Petición administrativa es la materialización escrita de cualquier reclamo o petición administrativa. Se trata del documento que puede presentar cualquier persona natural o jurídica, o un servidor público o pensionista en su caso, ante la autoridad administrativa competente, planteando una reclamación o formulando una petición al amparo de la constitución Articulo 2(20), D.S. 02—Jus artículo 5º, la Ley 25035 y el D.S. 070-89 artículo 24º Ley y Reglamento de Simplificación Administrativa, respectivamente. Todo escrito que presente el interesado debe contener los siguientes datos y requisitos (Artículo 62 D.S. 021-JUS). a) Nombre, apellido y número de D.N.I o carné de extranjería del interesado o en su caso, los de la persona que lo represente. b) La petición concretamente expresada y los fundamentos de hecho y derecho en que se apoya. c) Lugar, fecha y firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. d) Dependencia o autoridad a la que se dirige. El recurso administrativo, es el documento o ―escrito que se presenta ante la autoridad competente, impugnando una resolución que le a sido desfavorable. En la práctica suele confundirse los términos solicitud y recurso. Los recursos administrativos, según el artículo 97º de la Ley de Normas generales de Procedimientos Administrativos son: Reconsideración, Apelación y Revisión, normados por los artículos siguientes: Artículo 98º. ―El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dicto la primera resolución impugnada, debiendo necesariamente sustentarse con nueva prueba instrumental. Este recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación. Artículo 99ª. ―El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 4 se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió la resolución para que eleve lo actuado al superior jerárquico. Artículo 100º. ―La vía administrativa queda agotada con la resolución expedida en segunda instancia. Sin embargo, hay lugar a recurso de revisión ante una tercera instancia si las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional. Todos estos recursos se interpondrán en el término de quince días útiles y serán resueltos en el plazo máximo de treinta (30) días. Asimismo, se ejercitarán por una sola vez en cada proceso y nunca simultáneamente. El escrito de interposición del recurso deberá expresar: ● Funcionario o dependencia a quienes se dirige. ● Nombre y domicilio del recurrente para el efecto de las notificaciones. ● El acto del que se recurre y la razón de su impugnación. ● Lugar, fecha y firma. ● Firma del letrado en los lugares en que la defensa sea cautiva. ● Los demás particularmente exigidas en su caso por disposiciones especiales (Artículo 62° D.S. 02-94-JUS). Asimismo; el contenido debe ser claro y conciso, ponderado pero con firmeza, buena redacción gramatical y buena presentación, así como se requiere la intervención del abogado cuando sea exigible y siempre cuando el interesado lo estime necesario en uso de su legítimo derecho de defensa. El expediente Administrativo es el conjunto ordenado de documentos de trámites y probatorios, informes, providencias, etc.; los cuales, forman un legajo, debidamente foliado hasta culminar con el acto administrativo resolutorio, llamado también Resolución; el cual da término a esa tramitación, aceptando o denegando la petición o reclamo. Tenemos las siguientes clases y categorías de Resoluciones Administrativas: ● Resolución probatoria. ● Resolución denegatoria
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 5 ● Resolución de aceptación de la apelación. ● Resolución declarando el agotamiento de la vía administrativa. ● Resolución individual. ● Resolución colectiva. ● Resolución declarando el abandono. ● Resolución aclaratoria, etc. El contenido de un expediente administrativo es intangible, y se inicia con el primer escrito que presenta el interesado, o con la orden del funcionario competente. 14.3. Expresión Gráfica de un Procedimiento Administrativo Motivo: Reclamo sobre pago de remuneraciones. 3 RESOL. R 1 2 5 6 4 Reclamante a) Oficina de Trámite Documentario b) Oficina Administrativa. c) Contabilidad. d) Oficina Legal.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 6 e) Sub - Dirección. f) Dirección (con Facultad de decisión para expedir Resolución). Explicación El servidor público presenta una solicitud en este caso de reclamo sobre pago de remuneraciones, a la Oficina de Trámite Documentario, la misma que después de ser registrada en el libro respectivo es remitida a la Oficina Administrativa. El jefe de la Oficina Administrativa, solicita primero informe a Contabilidad y luego el dictamen correspondiente a la Oficina Legal. Con la información indicada, el Jefe de la Oficina Administrativa, formula una ―Hoja Informativa‖ y con el proyecto de resolución, el expediente es elevado por conducto regular a la Sub – Dirección, para su opinión, y a la Dirección para su decisión. Posteriormente, el expediente es devuelto, por el mismo conducto, para el conocimiento de la parte interesada. 14.4. Importancia y responsabilidad del funcionario que interviene en el proceso a nombre del estado. Siendo su actuación de doble significación, como autoridad responsable de los intereses del Estado y a la vez Juez del proceso, se requiere que esos funcionarios estén dotados de alta calidad moral, preparación y experiencia, capaces de resolver, cada caso, con objetividad, espíritu de justicia y probidad, a veces aun contra el propio Estado; fundándose exclusivamente en el principio elemental y universal: ―darle la razón a quien la tenga. Sin complacencia de cualquier consideración política, ideológica, familiar o personal. Se trata de lograr la eficacia administrativa, la garantía y la confianza de los administrados. 14.5. Extinción de la acción administrativa La Acción Administrativa se extingue por: 1. Resolución expresa o táctica (silencio).
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 7 2. Desistimiento (con firma legalizada). 3. Renuncia. 4. Abandono (por parte del interesado, considerando el impulso de oficio). 5. Prescripción o Caducidad. 6. Fallecimiento del reclamante (para él pero no para sus sobrevivientes de acuerdo a Ley). 14.6. Principios del procedimiento administrativo El procedimiento administrativo se rige por los principios de simplicidad, celeridad y eficacia. Simplicidad, significa sencillo, no duplicar, facilitar la tramitación, rectificar el procedimiento en cualquier estado de trámite. Celeridad, expresa que el expediente debe avanzar de oficio a fin de que el procedimiento concluya cuanto antes, sin festinaciones, para lograr los objetivos sin complicaciones. Eficacia, consiste en superar cualquier obstáculo sin necesidad de petición de parte. Significa también actividad de poder obrar y lograr el propósito o intento, para llegar a la decisión final en salvaguarda del principio de servicio a la Nación. Estos principios servirán también de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las normas de procedimientos (artículo 34° de la Ley 26111). 14.7.Características fundamentales del procedimiento administrativo Es Gratuito No se aplica el Arancel Judicial, ni menos se acompañan tasas, salvo las expresamente previstas por la ley, en los recursos. Es un servicio prestado por el Estado y son los mismos administrados los que contribuyen con sus impuestos a su funcionamiento. Es Escrito
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 8 El pedido o reclamo se presenta en papel simple, acompañado de una copia que le es devuelta al interesado con el correspondiente sello y firma de recepción (cargo). Se exige buena presentación en la confección de los documentos. Su base legal se encuentra en la Constitución Política del Estado (artículo 2°) cuando señala que ―Toda persona tiene derecho a formular peticiones, individuales o colectivamente, por escrito, ante la autoridad competente. Es necesaria la intervención del abogado, salvo el escrito de interposición de recurso, en los lugares en que la defensa sea cautiva. Importancia de la Verdad Material que consiste en tratar de investigar la verdad de los hechos ocurridos, en relación con el reclamo, llegando al fondo y/o a cada intención de lo ocurrido. Sin embargo, no es preciso probar la existencia de las normas legales que se invocan en la petición o reclamación. Basta que ellas existan para lo cual es útil adjuntar al ―escrito‖ copia de dichas normas. Tampoco e necesario probar hechos que son notoriamente públicos. En todo caso, depende del criterio y de la experiencia del funcionario que conoce del expediente y que ha de resolverlo. Hay iniciativa de parte o de oficio (artículo 3°). El impulso procesal debe ser de oficio en todos sus trámites. Tiene carácter tuitivo porque protege y orienta al reclamante o peticionario. No hay cosa juzgada, sino cosa resuelta o decidida, que puede impugnarse posteriormente ante el Poder Judicial, mediante una acción contencioso administrativa. La presentación de pruebas es limitada (instrumental, pericial e inspección). Es de carácter público. Los expedientes deben estar al alcance de los interesados, salvo excepciones por razones de seguridad nacional. Puede recurrirse, por lo menos, a dos instancias administrativas, antes de acudir a la vía judicial (artículo 103°). Se funda en la simplificación, en la celeridad, en la eficacia, en la
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 11 9 objetividad y en la sencillez de sus trámites. Prevalecer el interés público, sobre el interés particular. Hay responsabilidad personal y administrativa de todos los funcionarios que intervienen en el procedimiento (artículos 29° y 30°). Debe respetarse el conducto regular y el orden jerárquico, sin festinar ni demorar trámites, porque puede acarrear nulidad y sanciones. Procurar, en lo posible, la economía procesal, pero sin prescindir de trámites, documentos o actos administrativos que son esenciales para lograr la justa y oportuna solución del reclamo o petición. Existe el derecho de defensa en todas las instancias administrativas, bajo responsabilidad y pena de nulidad. 14.8. Actores o elementos del procedimiento administrativo Los principales factores o elementos que deben considerarse en el procedimiento administrativo son: a) La Jurisdicción y Competencia. b) El Tiempo Jurídico – Administrativo. c) El Silencio Administrativo. 14.9. Situaciones especiales 1. Abstención o inhibición Cuando el funcionario se aparta del caso que se encuentra conociendo o por conocer, por las razones contempladas en los artículos 18° al 21° de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, señalando el primero que aquella autoridad o funcionario que tenga facultad resolutiva o cuyas opiniones sobre el fondo de la petición o reclamo pueden influir en el sentido de la resolución, deberá abstenerse de resolver o intervenir en los siguientes casos: Parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Si ha tenido intervención como abogado, perito o testigo en el mismo proceso; y si la resolución o decisión a adoptarse pudiera favorecerle. Sobre el particular, coincidimos con el Dr. José Bartra Cavero, quien expresa que las causas establecidas están sólidamente sustentadas o fundamentadas en principios legales y morales, cuyo objetivo fundamental de las mismas es garantizar la imparcialidad en el
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 0 desempeño del cargo público en beneficio de los administrados‖. Abstención es sinónimo de inhibirse. 2. Avocación Cuando el superior, por razón de su nivel jerárquico, reemplaza a un subalterno del conocimiento y/o resolución de un determinado asunto, quien por su rango no debe conocerlo o decidir. 3. Delegación Mediante la delegación un órgano superior encarga a otro inferior el cumplimiento de funciones que el ordenamiento jurídico le ha conferido como propias de dicho órgano superior. Es sinónimo de Desconcentración Administrativa. 4. Conflicto de Competencia Cuando dos o más funcionarios reclaman el conocimiento de un expediente (Positivo). El conflicto es negativo cuando una o más autoridades consideran que no le es pertinente intervenir en el asunto o problema. En este caso, se elevará el expediente al órgano inmediato superior para que resuelva la competencia. Esta decisión es irrecurrible. 14.10. El tiempo jurídico – administrativo a) Concepto Es la duración de un hecho administrativo. El tiempo en el proceso administrativo posee decidida importancia, por ser éste, precisamente, una secuencia de actos que tienen que realizarse en lapsos determinados. Por ello, se desprende que tienen triple acción: a) Marco de la actividad procesal. b) En su ordenamiento. c) En su condición formal. En el proceso administrativo peruano se toman en cuenta los días hábiles, salvo que expresamente se señale meses o años calendarios.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 1 b) Factores el tiempo b.1. Plazo Es el período de tiempo en que se puede realizar un acto o presentar un documento o recurso. En otras palabras, son los días, meses o años fijados para un trámite o acto administrativo. Los días computables en el sistema procesal, se cuentan, en general como hábiles, o sea un promedio de veinte (320) días por cada mes, sin los feriados. Sin embargo, en las normas expedidas sobre simplificación administrativa, se ha establecido, para algunos trámites, los días calendario. En este sentido, el Plazo es una ―modalidad por el cual se fija una fecha para que el acto produzca sus efectos o para que ellos cesen‖. Los plazos pueden ser: prorrogables o simples, perentorios o improrrogables, y, suspensivos o definitivos. b.2. Término Son los extremos del plazo, primer y último día. Con frecuencia se confunde Término con plazo. A veces, se consideran sinónimos plazos y términos desde el punto técnico jurídico. No obstante la expresión plazo se destina para referirse exclusivamente al período de duración y término para el inicio y fin del plazo. SALVAT establece una diferencia, sosteniendo que debería llamarse ―plazo al lapso que va desde la conclusión del acto hasta la llegada del ―término, reservando esta palabra para denominar ―el día cierto o incierto, pero necesario, en el cual los efectos de la relación jurídica comienzan o concluyen.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 2 Ley Nº 29060: Ley del silencio administrativo positivo 15.1. Finalidad de la Ley  Prioriza el Silencio Administrativo Positivo, de allí la denominación que le damos. En tal sentido el Silencio Administrativo Negativo por mandato de la Ley se vuelve excepcional, pero no se lo elimina (Art. 1; en concordancia con la 1era. Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley). La norma en referencia, también señala, que en materia tributaria y aduanera, el Silencio Administrativo, se rige por sus propias leyes y normas especiales.  Busca limitar la arbitrariedad del Poder Público y de sus agentes. En este sentido, la Ley Nº 29060, y sus normas complementarias, busca poner freno a la lentitud, discrecionalidad, y al abuso que los distintos agentes de la administración pública, realizamos frente a una petición de los administrados, imponiendo que frente a la inacción, en los supuestos que la Ley señala, la petición del administrado, se da por aceptada, dentro de los límites de su solicitud y más aún crea la figura de la declaración jurada, para convalidar la declaración ficta, de su solicitud y hacerla valer no sólo ante la misma administración, sino también ante otros entes públicos administrativos. 15.2. El Silencio Administrativo - Clases. La Ley Nº 29060, nos lleva a la temática del Silencio Administrativo, al respecto, existe una infinidad de conceptos, pero diremos que es, "la inacción procedimental en que incurre la administración pública, frente a una petición y/o recurso administrativo, formulado por el administrado ante la cual tiene la obligación ineludible de pronunciarse, dentro del plazo previsto en la Ley". El valor estimativo o desestimativo del Silencio Administrativo, está determinado por la Ley. En el primer caso, estamos ante el Silencio Positivo, y en el segundo, ante el Silencio Negativo. 15.3. Silencio Administrativo Positivo.  Cuando la inacción o el no actuar de la administración púbica, en los supuestos señalados por la Ley, hace que la petición del administrado sea aprobada. Art. 1 de la Ley.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 3  En esta hipótesis, se presume, por mandato de la Ley, que la administración pública, ha respondido afirmativamente, a la petición planteada, con todas sus consecuencias jurídicas. 15.4. Silencio Administrativo Negativo. Cuando la inacción de la administración pública determina que, vencido el plazo para resolver la petición del administrado, debe tenerse por denegada su petición. Los supuestos normativos, del Silencio Administrativo Negativo, están contenidos, en la Primera Disposición Transitorias Complementarias y Finales, de la Ley Nº 29060. 15.5. Efectivización del Silencio Administrativo Positivo a través de la LEY 29060, Ampliando los procedimientos de evaluación previa, sujetos a Silencio Administrativo Positivo, y en tal sentido, deroga los Art. 33 y 34 de la Ley Nº 27444, así como, la Disposiciones Sectoriales, que establecen el Silencio Administrativo Negativo, contraviniendo el Art. 1, inciso a), de la Ley Nº 29060 (Novena Disposiciones Transitorias Complementarias y Finales). Los procedimientos administrativos, previstos en la Ley 27444, pueden agruparse en dos niveles:  Procedimientos Generales: De aprobación automática (Art. 31: Ley Nº 27444), y de evaluación previa, estos últimos, sujetos a Silencio Positivo y Silencio Negativo (Ley Nº 29060).  Procedimientos Especiales: Trilateral (Art. 219: Ley Nº 27444), Sancionador (Art. 229: Ley Nº 27444), de Consulta y Graciable (Art. 111y 112: Ley Nº 27444, respectivamente). La Ley Nº 29060, en su Art. 1, se refiere, a los procedimientos administrativos generales de evaluación previa, que se caracterizan, porque antes, de que la administración, emita su decisión, la petición o recurso del administrado, está sujeta a una substanciación, probanza y pronunciamientos previos, de los órganos de la entidad; actividad procedimental, que no se da, en los procedimientos de evaluación automática. Los procedimientos de evaluación previa, han sido ampliado por el inciso a), del Art. 1, de la Ley en cometario, cuando señala, que se beneficia del Silencio Positivo, las "actividades económicas que requieran autorización previa del Estado, y siempre que no se encuentren contempladas en la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final" - se refiere al Silencia Administrativo Negativo. La Ley citada, con esta modificación, busca dinamizar la economía y la iniciativa privada, combatir la informalidad en el país, que como todos sabemos, deviene en
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 4 un lastre, más que por voluntad de los administrados, debido a la ineficiencia del aparato burocrático del país que retarda innecesariamente, las peticiones de contenido económico empresarial de los ciudadanos. Están sujetos a Silencio Administrativo Positivo, los procedimientos de evaluación previa, que estén en los siguientes supuestos normativos, previstos en el Art. 1, de la Ley 29060. a) Solicitudes cuya estimación habilite para el ejercicio de derechos preexistentes o para el desarrollo de actividades económicas que requieran autorización previa del Estado, y siempre que no se encuentren contempladas en la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final. b) Recursos destinados a cuestionar la desestimación de una solicitud o actos administrativos anteriores. c) Procedimientos en los cuales la trascendencia de la decisión final no pueda repercutir directamente en administrados distintos del peticionario, mediante la limitación, perjuicio o afectación a sus intereses o derechos legítimos. 15.6. Establecimiento del Procedimiento de Evaluación Automática. Ha sido creado por la Ley Nº 29060, y emerge en los procedimientos administrados, de evaluación previa, sujetos a Silencio Administrativo Positivo, cuando por inacción procedimental, la administración pública, no ha resuelto la petición y/o recurso del administrado, al vencimiento del plazo: 30 días hábiles, Art. 35, del la Ley Nº 27444; 15 días para la licencia de funcionamiento, Art. 8, de la Ley Nº 28976. 15.7. Establecimiento de la Declaración Jurada y la Vía Notarial. De La Declaración Jurada.- Que emerge: por la necesidad que tiene el administrado, de acreditar el derecho obtenido, dentro del contenido de su petición, ante la propia administración u otras, de la Declaración ficta, por inactividad procedimental incurrida por la administración. En este sentido, el cargo de recepción de la Declaración Jurada, deviene en pruebas suficientes de la resolución aprobatoria ficta, para ejercer los derechos obtenidos, dentro del ámbito de la petición formulada. El Art. 3 de la Ley Nº 29060, señala, que la Declaración Jurada, reemplaza al documento, previsto el en el Art. 31, párrafo 31.2, de la Ley 27444, que se refiere, al documento que requiere el administrado para ejercer sus derechos, en los procedimientos de aprobación automática. La Vía Notarial.- Aparece cuando el trabajador público, se niega a recibir la Declaración Jurada. La vía notarial, se convierte así, en vía alterna, cerrando el círculo de discrecionalidad de la administración pública y vigencia del Silencio Administrativo Positivo, prevista en la Ley Nº 29060. En tal sentido, si los agentes
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 5 públicos, no quieren recepcionar la Declaración Jurada, hay que recurrir a la vía notarial, para hacer valer el acto administrativo presunto obtenido y/o aprobación ficta, como señala la Ley. 15.8. Responsabilidad del Funcionario y del Servidor Público. La temática de la responsabilidad, con algunas imprecisiones conceptuales, ha sido regulada por la Ley Nº 29060, para la totalidad de los agentes públicos: funcionarios y empleados; así aparece del Art. 4 de la Ley, y esta emerge, cuando los mismos, se nieguen a reconocer, la eficacia del derecho conferido al administrado, al haber operado a su favor, el Silencio Administrativo Positivo, dentro del procedimiento administrativo, que se sigue en la misma entidad. Y como el derecho obtenido, de acuerdo al primer parágrafo, in fine del Art. 3, de la Ley en cometario, se puede hacer valer en otras entidades públicas administrativas; la responsabilidad del agente público, no es sólo, para los funcionarios y empleados públicos de la entidad, donde se originó la declaración ficta, sino también, para los funcionarios y empleados de otras entidades, en que el administrado busca hacer valer sus derechos y se pretende desconocerlos. La responsabilidad que se prevé, es de carácter administrativo: Art. 239, de la Ley Nº 27444; así como también de carácter civil y penal de acuerdo a la naturaleza de la materia. ¿Cómo se determina la responsabilidad administrativa de los agentes de la administración pública (funcionario y empleado)?  Mediante la interposición de la Reclamación en Queja. La Ley Nº 29060, en uno de sus errores conceptuales, designa a la Queja como Recurso, cuando la doctrina administrativa es unánime al señalar que la Queja no es contra un acto definitivo sino contra un acto en trámite, ante la conducta activa o misiva del funcionario o empelado público encargado de la tramitación del expediente, que afecte derechos subjetivos o intereses legítimos del administrado.  Mediante la interposición de denuncia al órgano de control interno de la entidad respectiva. Quien deberá iniciar la investigación pertinente para determinar si ha habido de parte de los agentes públicos una "injustificada negación" de reconocer la aprobación ficta, obtenida por la inacción de la administración. El O.C.I. pondrá en conocimiento de este hecho al público en general a través de la página web de la entidad o en el Diario Oficial "El Peruano"; siempre que la resolución que pone fin al procedimiento disciplinario quede consentida.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 6 15.9. Ampliación de Funciones del Órgano de Control Interno dentro de la Problemática de la Vigencia de la Ley Nº 29060. Supervisar el cumplimiento de los plazos, requisitos y procedimientos, establecidos por la entidad, a fin de que sean tramitados conforme al TUPA.  Elevar un informe mensual, al Titular del Pliego, sobre: a) El Estado de los Procedimientos Administrativos iniciados. b) Sobre las responsabilidades en que hubieran incurrido los funcionarios o empleados públicos, en el cumplimiento de la Ley Nº 27444, Ley Nº 29060. c) Sobre los funcionarios y empleados públicos que han sido denunciados por los administrados. 15.10 Prohibición y Reducción de Pagos a que están obligados los Administrados. El D. S. 079-97-PCM, en su Art. 14, prohíbe que las entidades de la administración pública, cobren tasa alguna, como condición o requisito previo, para la impugnación de un acto administrativo, emitido por la entidad. Esta prohibición, hace hoy inaplicable, dentro de la temática de los recursos impugnativos administrativos: Reconsideración, Apelación y Revisión, la figura del solve et repete (paga primero y reclama después), que se había enseñoreado en nuestra administración pública, haciendo intranscendente, el derecho de defensa de los administrados. La orientación, que sigue el D. S. en comentario, guarda relación, con la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional Nº 3741-2004- AA/TC, que ha señalado, que el establecimiento de una tasa o derecho, como condición para impugnar la propia decisión de la administración vulnera el debido proceso, previsto en el Art. 139.3, de la Constitución del 93. El Art. 13 del D. S. ya citado, también establece limitaciones a la administración pública, en lo referente al costo de los derechos que por tramitación, debe cancelar el administrado, precisando que los mismos, deben guardar relación con el costo real del servicio. Se promueve la proporcionalidad y racionalidad entre el servicio prestado y el costo que ha generado el mismo. 15.11. Creación de la Central de Riesgo Administrativo. El Art. 8 del D. S 096-2007-PCM, que regula la fiscalización posterior aleatoria, en los procedimientos administrativos, por parte del Estado, crea en su Art. 8, la Central de Riesgo Administrativo, dentro del PCM, en donde se registrará el nombre, documento de identidad o RUC, y domicilio de aquellos administrados que hayan presentado declaraciones, información o documentación falsa o fraudulenta, al amparo de los procedimientos de aprobación automática o de evaluación previa.
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 7 Es importante precisar, que al efectuar la fiscalización aleatoria, prevista en el Art. 2, de la Ley Nº 29060, y en el Art. 32 de la Ley Nº 27444, las entidades públicas deberán independientemente de la selección aleatoria de los expedientes, que realicen, efectuar fiscalización obligatoria, a los administrados que se encuentren en la Central de Riesgo Administrativo. En síntesis se puede decir que el término es el período de tiempo durante el cual se prescribe o prohíbe practicar determinados casos. El término de lo que existe o dura. El Término de la Distancia es el plazo que se agrega al plazo común, en razón de la distancia geográfica. La Corte Suprema, periódicamente, formula un Cuadro de Términos de la Distancia para todo el país. Esta tabla es fijada cada cinco años y se publica a lo menos, dos meses antes de su vigencia, en el diario oficial El peruano. b.3. Caducidad. Es la extinción del derecho por haber transcurrido el tiempo otorgado para ejercitarlo. Extingue la acción y el derecho (Artículo 2003° Código Civil). b.4. Prescripción Extinción de un derecho u obligación por el transcurso del tiempo durante el que fue posible ejercitarlo o exigirlo. Extingue la acción pero no el derecho a reclamar (artículo 1989° Código Civil). BALOTARIO 1. ¿Qué entiende por SERVIR? 2. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo Democracia y Estado de Derecho? 3. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo Equidad y Justicia Social? 4. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo Competitividad del país? 5. ¿Qué políticas se ha propuesto el Estado para dar cumplimiento al objetivo Estado eficiente, transparente y descentralizado? 6. ¿Qué importancia tiene el control en la administración pública? 7. ¿Cuáles son las cualidades de un sistema de control eficiente? 8. ¿Cuáles son los tipos de control? 9. ¿Cuáles son los deberes y obligaciones del servidor público, según el D.Leg. 276? 10.¿Cuáles son las prohibiciones del servidor público, según el D.Leg. 276?
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    María Irene DiosesNavarrete Administración Pública ________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote / Sistema de Universidad Abierta 12 8 11.¿Qué deberes tiene el servidor público según el D. Leg. 276? 12.¿Qué entiende por proceso y procedimiento administrativo? 13.¿Qué relación tiene el procedimiento administrativo con el derecho civil y penal? 14.¿Cuáles son los principios del procedimiento administrativo? 15.¿Cuáles son las características fundamentales del procedimiento administrativo? 16.¿Cuáles son los elementos del procedimiento administrativo? 17.¿Cuáles son las situaciones especiales del procedimiento administrativo? 18.¿Cuál es la ley que estipula el Silencio administrativo positivo? 19.¿Cuáles son las clases del silencio administrativo? 20.¿Cuál es la responsabilidad del funcionario y servidor público? Bibliografía • Patrón P. ―Derechos Administrativos‖. Editorial Mc Graw Hill. Perú 2002. • Betancourt J.; ―Derecho Procesal Administrativo‖. Editorial Pearson. Bogota 1999. • AlthausM.; ―Derecho Administrativo Peruano‖. Pontificia Universidad Católica del Perú • D.Leg. 276 Ley de la Carrera Pública y de Remuneraciones del Sector Público. • Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo.