El documento clasifica las empresas según su constitución legal en sociedades anónimas, colectivas, en comandita y limitadas. Las sociedades anónimas se dividen en abiertas y cerradas dependiendo de si ofrecen sus acciones públicamente o no. Las sociedades colectivas hacen a sus socios responsables de forma ilimitada de las deudas, mientras que las en comandita dividen socios capitalistas de gestores. Por último, en las sociedades limitadas la responsabilidad de los socios se limita a sus aportes de capital.