TRABAJO DE INFORMATICA
TEMA:
DERECHO DEL AUTOR
PRESENTADO POR:
KELLY MUÑOZ
PRESENTADO A:
NINFA ASTRID SOLANO
CURSO:
11 A
COLEGIO EMILIO SOTOMAYOR
INTRODUCCION
El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios
que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a
los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de
una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté
publicada o inédita.
Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales
en la Declaración
En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido
literalmente como "derecho de copia") que —por lo general—
comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos
patrimoniales).
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales
han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde
la muerte del autor (post mortem actores). El plazo mínimo, a nivel
mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna.
Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en
el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor. Una vez
pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma
libre, respetando los derechos morales.
¿Qué es el derecho de autor?
Es un conjunto de normas encaminando a proteger a los
autores y titulares de obra. Concede a estos la facultad de
controlar todo lo relativo al uso o explotación de su obra
¿Para qué sirve el derecho de autor?
Otorga a los autores reconocimiento por sus obras y
garantiza el control a los creadores y titulares sobre el uso de
sus obras por cualquier medio, sin temor a que se realicen
copias no autorizadas o actos de piratería
¿Cuáles son las características del derecho de autor?
Es esencialmente individualista. El derecho sobre la obra
surge del acto personal de la creación. La obra es parte de la
personalidad del autor y permanece ligada a él a través de su
vida.
Contempla derechos económicos o patrimoniales (lucro) y
morales (como el de paternidad). En Colombia, solo puede
ser autor el individuo y no una institución o una empresa.
Clases de derechos de autor
Dentro de la tradición jurídica del Derecho
continental, Derecho internacional, y Derecho mercantil, se
suelen distinguir los siguientes tipos de derechos de autor:
Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de
manera exclusiva la explotación de la obra hasta un plazo
contado a partir de la muerte del último de los autores,
posteriormente pasan a formar parte del dominio
público pudiendo cualquier persona explotar la obra.
Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera
permanente y son irrenunciables e imprescriptibles.
Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas
distintas al autor, como pueden ser los artistas, intérpretes,
traductores, editores, productores, etc.
Derechos de reproducción: es un fundamento legal que
permite al autor de la obra impedir a terceros efectuar
copias o reproducciones de sus obras.
Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del
cual el autor o cualquier otro titular de los derechos puede
autorizar una representación o ejecución viva o en directo
de su obra, como la representación de una pieza teatral o
la ejecución de una sinfonía por una orquesta en una sala
de concierto. Cuando los fonogramas se difunden por
medio de un equipo amplificador en un lugar público, como
una discoteca, un avión o un centro comercial, también
están sujetos a este derecho.
Regulación del derecho de autor
La legislación sobre derecho de autor cambia de un país a
otro, aunque en sus formulaciones básicas está armonizada
por tratados internacionales, el primero de los cuales fue
el Convenio de Berna para la Protección de las Obras
Literarias y Artísticas, firmado en 1886.
La WIPO (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual),
una organización de Naciones Unidas, coordina y homologa
las legislaciones nacionales y las prácticas comerciales que
afectan al derecho de autor.
Para ciertas obras y otro material objeto de protección, puede
obtener una autorización acudiendo a una organización de
gestión colectiva. Éstas autorizan la utilización de obras y otro
material protegido por el derecho de autor y los derechos
conexos cuando resulta impracticable el ejercicio individual de
los derechos por los titulares. Sin embargo, varias
organizaciones internacionales no gubernamentales
promueven el contacto entre distintas organizaciones de
gestión colectiva nacionales.
Imágenes de derecho de autor:
Trabajo de informatica 11 A
Trabajo de informatica 11 A
Trabajo de informatica 11 A

Trabajo de informatica 11 A

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    TRABAJO DE INFORMATICA TEMA: DERECHODEL AUTOR PRESENTADO POR: KELLY MUÑOZ PRESENTADO A: NINFA ASTRID SOLANO CURSO: 11 A COLEGIO EMILIO SOTOMAYOR
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    INTRODUCCION El derecho deautor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como "derecho de copia") que —por lo general— comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales). Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem actores). El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna. Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales. ¿Qué es el derecho de autor? Es un conjunto de normas encaminando a proteger a los autores y titulares de obra. Concede a estos la facultad de controlar todo lo relativo al uso o explotación de su obra
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    ¿Para qué sirveel derecho de autor? Otorga a los autores reconocimiento por sus obras y garantiza el control a los creadores y titulares sobre el uso de sus obras por cualquier medio, sin temor a que se realicen copias no autorizadas o actos de piratería ¿Cuáles son las características del derecho de autor? Es esencialmente individualista. El derecho sobre la obra surge del acto personal de la creación. La obra es parte de la personalidad del autor y permanece ligada a él a través de su vida. Contempla derechos económicos o patrimoniales (lucro) y morales (como el de paternidad). En Colombia, solo puede ser autor el individuo y no una institución o una empresa.
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    Clases de derechosde autor Dentro de la tradición jurídica del Derecho continental, Derecho internacional, y Derecho mercantil, se suelen distinguir los siguientes tipos de derechos de autor: Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotación de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los autores, posteriormente pasan a formar parte del dominio público pudiendo cualquier persona explotar la obra. Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e imprescriptibles. Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc. Derechos de reproducción: es un fundamento legal que permite al autor de la obra impedir a terceros efectuar copias o reproducciones de sus obras. Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del cual el autor o cualquier otro titular de los derechos puede autorizar una representación o ejecución viva o en directo de su obra, como la representación de una pieza teatral o la ejecución de una sinfonía por una orquesta en una sala de concierto. Cuando los fonogramas se difunden por medio de un equipo amplificador en un lugar público, como una discoteca, un avión o un centro comercial, también están sujetos a este derecho.
  • 5.
    Regulación del derechode autor La legislación sobre derecho de autor cambia de un país a otro, aunque en sus formulaciones básicas está armonizada por tratados internacionales, el primero de los cuales fue el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, firmado en 1886. La WIPO (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), una organización de Naciones Unidas, coordina y homologa las legislaciones nacionales y las prácticas comerciales que afectan al derecho de autor. Para ciertas obras y otro material objeto de protección, puede obtener una autorización acudiendo a una organización de gestión colectiva. Éstas autorizan la utilización de obras y otro material protegido por el derecho de autor y los derechos conexos cuando resulta impracticable el ejercicio individual de los derechos por los titulares. Sin embargo, varias organizaciones internacionales no gubernamentales promueven el contacto entre distintas organizaciones de gestión colectiva nacionales.
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