La acción de amparo en la República Dominicana protege los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, con excepción de los derechos protegidos por el hábeas corpus y el hábeas data. El procedimiento de amparo es preferente, sumario, oral, público, gratuito y no sujeto a formalidades. El juez de amparo tiene amplias facultades para proteger los derechos fundamentales y tomar decisiones basadas en una evaluación objetiva de las pruebas.