Este documento presenta un resumen del caso de Florence Cassez, una ciudadana francesa sentenciada a 60 años de prisión en México por secuestro. Describe los antecedentes del caso, incluyendo la detención de Cassez y su novio en 2005, las irregularidades en el proceso como un montaje de la detención transmitido en vivo por TV, y la liberación de Cassez en 2013 luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación le concediera un amparo. El documento también describe la metodología de una investigación cuantitativa realizada median
Este documento presenta una introducción a las principales corrientes filosóficas, incluyendo el idealismo, el realismo, el escepticismo y el dogmatismo. Luego describe brevemente el realismo a través de representantes como Aristóteles, San Anselmo de Canterbury y Santo Tomás de Aquino. Finalmente, introduce otras corrientes como el criticismo, el materialismo y sus principales exponentes como Kant, Marx, Engels y Feuerbach.
El documento describe la evolución del derecho castellano desde sus orígenes hasta su influencia en América. Se formó a partir de las normas de celtas, iberos, fenicios y griegos. En el reinado de Alfonso XI se incorporaron nuevos territorios y se promulgó el Ordenamiento de Alcalá. En América, se usó para colonizar y evangelizar mediante la creación de virreinatos, audiencias y otras instituciones. Finalmente, los códigos promulgados reemplazaron al derecho castellano propiamente dicho.
nálisis Dogmático de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal p...Alejandro Ramón Fuentes
Este fue el material que utilice en desarrollo de la materia “Análisis Dogmático de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes” dentro del “curso de especialización en el sistema integral de justicia penal para adolescentes y ejecución penal”, impartido por en la ciudad de México el pasado 24 de enero del año 2017 y realizado por el Instituto de la Judicatura Federal – Escuela Judicial.
La criminología ha evolucionado a lo largo de la historia, influenciada por disciplinas como la antropología, psicología, biología y sociología. En sus inicios, filósofos griegos como Platón y Aristóteles consideraban que factores como la pobreza influían en la criminalidad. Más tarde, científicos como Lombroso y Ferrero estudiaron factores biológicos y sociales. Hoy la criminología es empírica e interdisciplinaria y busca comprender la conducta criminal.
Este documento trata sobre el origen del derecho en las sociedades primitivas. En 3 oraciones:
El documento explora el desarrollo del hombre primitivo y cómo se formaron las primeras sociedades, dando origen a las primeras normas de convivencia que eventualmente se convirtieron en el derecho primitivo. Aborda temas como la familia, la propiedad, y cómo el derecho se basaba principalmente en las costumbres y tradiciones de cada grupo. Finalmente, analiza cómo el derecho primitivo evolucionó a medida que las sociedades
El documento describe el sistema de encomiendas establecido por los españoles en Guatemala tras la conquista. Pedro de Alvarado introdujo la encomienda y repartió indígenas entre los españoles para que les pagaran tributos. Más tarde, las Leyes Nuevas de 1542 reformaron el sistema para proteger más a los indígenas, aunque los encomenderos se opusieron y hubo dificultades para aplicar las reformas. El sistema de encomiendas declinó a finales del siglo XVII.
La trata de personas consiste en la explotación de una persona con fines de lucro a través de la coerción o limitación de la libertad individual. Es una actividad ilícita multimillonaria y en aumento. El tráfico de personas se refiere al transporte ilegal de personas de un país a otro, que a veces puede convertirse en trata de personas. Las modalidades de trata incluyen pornografía infantil, turismo sexual, explotación laboral, venta de niños, prostitución forzada, tráfico de órganos y esclavitud.
Este documento describe las funciones y responsabilidades de un agente encubierto en una investigación policial. Explica que un agente encubierto es un policía u otro funcionario que se infiltra en un grupo delictivo organizado para obtener información sobre su estructura, actividades y miembros. El documento también establece que los agentes encubiertos deben cumplir con ciertas directrices y limitaciones legales para proteger los derechos de los sospechosos durante la investigación.
Este documento presenta una introducción a las principales corrientes filosóficas, incluyendo el idealismo, el realismo, el escepticismo y el dogmatismo. Luego describe brevemente el realismo a través de representantes como Aristóteles, San Anselmo de Canterbury y Santo Tomás de Aquino. Finalmente, introduce otras corrientes como el criticismo, el materialismo y sus principales exponentes como Kant, Marx, Engels y Feuerbach.
El documento describe la evolución del derecho castellano desde sus orígenes hasta su influencia en América. Se formó a partir de las normas de celtas, iberos, fenicios y griegos. En el reinado de Alfonso XI se incorporaron nuevos territorios y se promulgó el Ordenamiento de Alcalá. En América, se usó para colonizar y evangelizar mediante la creación de virreinatos, audiencias y otras instituciones. Finalmente, los códigos promulgados reemplazaron al derecho castellano propiamente dicho.
nálisis Dogmático de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal p...Alejandro Ramón Fuentes
Este fue el material que utilice en desarrollo de la materia “Análisis Dogmático de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes” dentro del “curso de especialización en el sistema integral de justicia penal para adolescentes y ejecución penal”, impartido por en la ciudad de México el pasado 24 de enero del año 2017 y realizado por el Instituto de la Judicatura Federal – Escuela Judicial.
La criminología ha evolucionado a lo largo de la historia, influenciada por disciplinas como la antropología, psicología, biología y sociología. En sus inicios, filósofos griegos como Platón y Aristóteles consideraban que factores como la pobreza influían en la criminalidad. Más tarde, científicos como Lombroso y Ferrero estudiaron factores biológicos y sociales. Hoy la criminología es empírica e interdisciplinaria y busca comprender la conducta criminal.
Este documento trata sobre el origen del derecho en las sociedades primitivas. En 3 oraciones:
El documento explora el desarrollo del hombre primitivo y cómo se formaron las primeras sociedades, dando origen a las primeras normas de convivencia que eventualmente se convirtieron en el derecho primitivo. Aborda temas como la familia, la propiedad, y cómo el derecho se basaba principalmente en las costumbres y tradiciones de cada grupo. Finalmente, analiza cómo el derecho primitivo evolucionó a medida que las sociedades
El documento describe el sistema de encomiendas establecido por los españoles en Guatemala tras la conquista. Pedro de Alvarado introdujo la encomienda y repartió indígenas entre los españoles para que les pagaran tributos. Más tarde, las Leyes Nuevas de 1542 reformaron el sistema para proteger más a los indígenas, aunque los encomenderos se opusieron y hubo dificultades para aplicar las reformas. El sistema de encomiendas declinó a finales del siglo XVII.
La trata de personas consiste en la explotación de una persona con fines de lucro a través de la coerción o limitación de la libertad individual. Es una actividad ilícita multimillonaria y en aumento. El tráfico de personas se refiere al transporte ilegal de personas de un país a otro, que a veces puede convertirse en trata de personas. Las modalidades de trata incluyen pornografía infantil, turismo sexual, explotación laboral, venta de niños, prostitución forzada, tráfico de órganos y esclavitud.
Este documento describe las funciones y responsabilidades de un agente encubierto en una investigación policial. Explica que un agente encubierto es un policía u otro funcionario que se infiltra en un grupo delictivo organizado para obtener información sobre su estructura, actividades y miembros. El documento también establece que los agentes encubiertos deben cumplir con ciertas directrices y limitaciones legales para proteger los derechos de los sospechosos durante la investigación.
El documento resume los resultados de un experimento social realizado en 1969 que dejó dos autos abandonados en barrios con diferentes características socioeconómicas. El auto en el barrio pobre fue rápidamente desmantelado, mientras que el del barrio rico permaneció intacto hasta que los investigadores rompieron un vidrio, tras lo cual también fue vandalizado. Esto llevó al desarrollo de la "teoría de las ventanas rotas", la cual concluye que pequeños actos de descuido y desorden pueden conducir a una escalada
El documento habla sobre la ética profesional de los abogados. Explica la diferencia entre ética y deontología, define la ética, y discute la relación entre ética y derecho. También describe los factores que influyen en la vida profesional de un abogado, sus deberes sociales, y las normas y mandamientos que rigen la ética profesional de los abogados.
El documento resume la importancia del derecho agrario en México. En particular:
1) El derecho agrario es una rama autónoma del derecho mexicano que regula las relaciones derivadas de la actividad agraria con el fin de lograr una eficiente explotación de la tierra y una justa distribución de la riqueza.
2) El derecho agrario mexicano tiene orígenes propios en las leyes prehispánicas y posee principios y normas jurídicas particulares que le otorgan autonomía histórica, jurí
Este documento resume la accidentología vial como el estudio integral de los accidentes de tránsito. Explica que los accidentes se pueden analizar considerando tres factores: el vehículo, el conductor y el medio ambiente. También describe el "triángulo accidentológico" y cómo estos tres elementos interactúan. Finalmente, detalla las distintas fases por las que pasa un accidente de tránsito y los factores que se deben considerar para su reconstrucción y análisis.
La trata de personas, también conocida como trata de blancas, es el comercio ilegal de seres humanos con propósitos de explotación sexual, trabajos forzados o esclavitud. En México, la trata es el segundo delito de importancia económica luego del tráfico de drogas. Las personas más vulnerables son aquellas con escasos recursos económicos, niños y adolescentes entre 11 y 15 años, y niños en situación de calle. Para prevenir la trata, se requieren acciones de comunicación, capacitación a víctimas
El documento describe el Derecho Comparado como una disciplina que compara las soluciones que ofrecen los diferentes ordenamientos jurídicos a los mismos casos. Tiene como objetivo estudiar las semejanzas y diferencias entre los sistemas legales para promover el progreso del derecho nacional. El Derecho Comparado permite un mejor conocimiento del derecho propio y de otros países y favorece la unificación de los ordenamientos jurídicos.
El ministro Arturo Zaldívar propuso a la SCJN otorgar el amparo y ordenar la liberación inmediata de Florence Cassez, una ciudadana francesa condenada a 60 años de prisión por secuestro. La PGR y el PRI criticaron que el proyecto de sentencia se hiciera público dos semanas antes de la votación. Cassez fue detenida en 2005, pero su detención fue un montaje televisivo reconocido posteriormente por el gobierno. El caso será analizado por la SCJN en las próximas sesiones.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones de un proyecto de investigación sobre la opinión pública en relación al caso de Florence Cassez. El proyecto describe el caso de Cassez, una ciudadana francesa condenada a prisión en México por secuestro, y analiza las opiniones del público sobre su detención y juicio a través de una encuesta. El documento incluye la introducción, desarrollo, metodología y diseño de la encuesta utilizada para investigar la percepción pública sobre la legalidad y justicia en el caso de Florence
El caso Florence Cassez ha generado gran atención pública en México. Sin embargo, existen dudas sobre su culpabilidad, ya que no hubo un debido proceso y las pruebas en su contra tienen inconsistencias. A pesar de vivir con su pareja en el rancho donde supuestamente ocurrieron los secuestros, y de haber sido reconocida por las víctimas, el autor argumenta que en realidad su detención fue una puesta en escena y no existen pruebas sólidas que la incriminen.
El llamado Comando Rodrigo Franco, fue un Comando paramilitar y escuadrón de la muerte que surgió y funcionó durante el gobierno de Alan García (1985-1990), como un aparato para eliminar y amedrentar sospechosos de terrorismo en un contexto de agudización de la crisis del terrorismo en el Perú.
Fue duramente cuestionado por sus amenazas, crímenes y ejecuciones extrajudiciales contra sospechosos de terrorismo.
El informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación dado en el 2003, permite suponer que los casos del frustrado atentado contra el Diario Marka (diario pro-senderista), el asesinato del abogado Manuel Febres Flores (a la razón Defensor de Osman Morote) y el asesinato del líder sindical Saúl Cantoral Huamaní, entre otros, fueron llevados a cabo por integrantes del llamado Comando Rodrigo Franco; quienes se presume estuvieron dirigidos por Agustín Mantilla, entonces ministro del Interior.
El nombre del comando ha sido muy controvertido, pues Rodrigo Franco fue conocido miembro de Alianza Popular Revolucionaria Americana, considerado honorable, fue asesinado en 1987, y aunque en un inicio dicho crimen se creyó resultado de pugnas internas en dicho partido, posteriormente el grupo terrorista Sendero Luminoso reconoció su autoría sobre el hecho.
Este documento resume 3 asesinatos atribuidos al comando paramilitar autodenominado Rodrigo Franco entre 1985 y 1990 en Perú. Detalla el frustrado atentado contra el Diario Marka en 1987, el asesinato del abogado Manuel Febres Flores en 1988 y el asesinato del líder sindical Saúl Cantoral Huamaní y Consuelo García en 1989. Explica que el comando estaba presuntamente dirigido por Agustín Mantilla y compuesto principalmente por estudiantes reclutados de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega,
Este documento resume el caso de Florence Cassez, una mujer francesa arrestada en 2005 por su presunta participación en una banda de secuestradores en México. Aunque fue condenada a 60 años de prisión en 2006, años más tarde se descubrió que la transmisión en vivo de su arresto había sido falsa y dramatizada, lo que violó sus derechos. Debido a esta irregularidad en el proceso, la Corte Suprema de Justicia determinó que la condena fue infundada y ordenó su liberación inmediata en 2013.
Este documento resume el caso de Francisco Arce Montes, un violador y asesino itinerante que fue condenado por la muerte de Caroline Dickinson en 1996. Arce cometió crímenes sexuales a lo largo de Europa durante 20 años antes de ser arrestado finalmente en 2001 gracias al análisis de ADN. Fue sentenciado a 30 años de prisión en Francia por la muerte de Dickinson.
Este documento presenta el dictamen del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la comunicación 1945/2010 presentada por María Cruz Achabal Puertas contra España. El dictamen resume las alegaciones de la autora de haber sido detenida y torturada por la Guardia Civil española en 1996, lo que le causó un trastorno de estrés postraumático crónico. El Comité considera si España violó los derechos de la autora a no ser sometida a tortura y a un recurso efectivo. Finalmente, el Comité determina si
El documento habla sobre criminología y psicoanálisis. Brevemente describe el origen y desarrollo de ambas disciplinas, resaltando las similitudes entre Freud y Lombroso. Explica que la criminología estudia las causas de la conducta antisocial mientras que el psicoanálisis se enfoca en explicar cómo se producen dichos fenómenos humanos. Finalmente, menciona cómo criminólogos y psicoanalistas han retomado conceptos de la otra disciplina en sus estudios.
El documento describe al "Monstruo de los Cañaduzales", Manuel Octavio Bermúdez, un asesino en serie colombiano que asesinó a 21 niños entre 1999 y 2003. Bermúdez secuestraba, violaba y asesinaba niños de 8 a 13 años de edad en cultivos de caña. La policía y fiscales tuvieron dificultades para capturarlo debido a la poca evidencia. Finalmente, cometió un error y fue identificado por otro vendedor de helados, llevando a las autoridades hasta él. Fue juzgado
El documento resume la detención del general en retiro Tomás Ángeles Dauahare por sus presuntos vínculos con el crimen organizado. También menciona que el general participó en un foro de seguridad organizado por el PRI al que asistió Enrique Peña Nieto. Peña Nieto niega conocerlo y tener responsabilidad en su campaña. El general se desempeñó como subsecretario de la Sedena hasta 2008.
Este documento discute el tema de la posesión diabólica y su relación con el crimen desde una perspectiva legal y criminológica. Reporta dos casos recientes en los que rituales de exorcismo resultaron en lesiones graves o la muerte de las víctimas, cuestionando dónde se traza la línea entre la libertad religiosa y la responsabilidad penal. También analiza cómo ciertas creencias religiosas pueden funcionar como un factor criminógeno cuando se usan para justificar actos de violencia.
Este documento resume el caso Chavín de Huantar, en el que miembros del MRTA tomaron como rehenes a personas en la residencia del embajador de Japón en Perú. Luego de meses de negociaciones fallidas, el gobierno peruano lanzó la Operación Chavín de Huantar para rescatar a los rehenes, resultando en la muerte de todos los miembros del MRTA. La CIDH falló que Perú violó los derechos de uno de los miembros del MRTA y de sus familiares, y ordenó continuar la investigación sobre
El documento resume los resultados de un experimento social realizado en 1969 que dejó dos autos abandonados en barrios con diferentes características socioeconómicas. El auto en el barrio pobre fue rápidamente desmantelado, mientras que el del barrio rico permaneció intacto hasta que los investigadores rompieron un vidrio, tras lo cual también fue vandalizado. Esto llevó al desarrollo de la "teoría de las ventanas rotas", la cual concluye que pequeños actos de descuido y desorden pueden conducir a una escalada
El documento habla sobre la ética profesional de los abogados. Explica la diferencia entre ética y deontología, define la ética, y discute la relación entre ética y derecho. También describe los factores que influyen en la vida profesional de un abogado, sus deberes sociales, y las normas y mandamientos que rigen la ética profesional de los abogados.
El documento resume la importancia del derecho agrario en México. En particular:
1) El derecho agrario es una rama autónoma del derecho mexicano que regula las relaciones derivadas de la actividad agraria con el fin de lograr una eficiente explotación de la tierra y una justa distribución de la riqueza.
2) El derecho agrario mexicano tiene orígenes propios en las leyes prehispánicas y posee principios y normas jurídicas particulares que le otorgan autonomía histórica, jurí
Este documento resume la accidentología vial como el estudio integral de los accidentes de tránsito. Explica que los accidentes se pueden analizar considerando tres factores: el vehículo, el conductor y el medio ambiente. También describe el "triángulo accidentológico" y cómo estos tres elementos interactúan. Finalmente, detalla las distintas fases por las que pasa un accidente de tránsito y los factores que se deben considerar para su reconstrucción y análisis.
La trata de personas, también conocida como trata de blancas, es el comercio ilegal de seres humanos con propósitos de explotación sexual, trabajos forzados o esclavitud. En México, la trata es el segundo delito de importancia económica luego del tráfico de drogas. Las personas más vulnerables son aquellas con escasos recursos económicos, niños y adolescentes entre 11 y 15 años, y niños en situación de calle. Para prevenir la trata, se requieren acciones de comunicación, capacitación a víctimas
El documento describe el Derecho Comparado como una disciplina que compara las soluciones que ofrecen los diferentes ordenamientos jurídicos a los mismos casos. Tiene como objetivo estudiar las semejanzas y diferencias entre los sistemas legales para promover el progreso del derecho nacional. El Derecho Comparado permite un mejor conocimiento del derecho propio y de otros países y favorece la unificación de los ordenamientos jurídicos.
El ministro Arturo Zaldívar propuso a la SCJN otorgar el amparo y ordenar la liberación inmediata de Florence Cassez, una ciudadana francesa condenada a 60 años de prisión por secuestro. La PGR y el PRI criticaron que el proyecto de sentencia se hiciera público dos semanas antes de la votación. Cassez fue detenida en 2005, pero su detención fue un montaje televisivo reconocido posteriormente por el gobierno. El caso será analizado por la SCJN en las próximas sesiones.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones de un proyecto de investigación sobre la opinión pública en relación al caso de Florence Cassez. El proyecto describe el caso de Cassez, una ciudadana francesa condenada a prisión en México por secuestro, y analiza las opiniones del público sobre su detención y juicio a través de una encuesta. El documento incluye la introducción, desarrollo, metodología y diseño de la encuesta utilizada para investigar la percepción pública sobre la legalidad y justicia en el caso de Florence
El caso Florence Cassez ha generado gran atención pública en México. Sin embargo, existen dudas sobre su culpabilidad, ya que no hubo un debido proceso y las pruebas en su contra tienen inconsistencias. A pesar de vivir con su pareja en el rancho donde supuestamente ocurrieron los secuestros, y de haber sido reconocida por las víctimas, el autor argumenta que en realidad su detención fue una puesta en escena y no existen pruebas sólidas que la incriminen.
El llamado Comando Rodrigo Franco, fue un Comando paramilitar y escuadrón de la muerte que surgió y funcionó durante el gobierno de Alan García (1985-1990), como un aparato para eliminar y amedrentar sospechosos de terrorismo en un contexto de agudización de la crisis del terrorismo en el Perú.
Fue duramente cuestionado por sus amenazas, crímenes y ejecuciones extrajudiciales contra sospechosos de terrorismo.
El informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación dado en el 2003, permite suponer que los casos del frustrado atentado contra el Diario Marka (diario pro-senderista), el asesinato del abogado Manuel Febres Flores (a la razón Defensor de Osman Morote) y el asesinato del líder sindical Saúl Cantoral Huamaní, entre otros, fueron llevados a cabo por integrantes del llamado Comando Rodrigo Franco; quienes se presume estuvieron dirigidos por Agustín Mantilla, entonces ministro del Interior.
El nombre del comando ha sido muy controvertido, pues Rodrigo Franco fue conocido miembro de Alianza Popular Revolucionaria Americana, considerado honorable, fue asesinado en 1987, y aunque en un inicio dicho crimen se creyó resultado de pugnas internas en dicho partido, posteriormente el grupo terrorista Sendero Luminoso reconoció su autoría sobre el hecho.
Este documento resume 3 asesinatos atribuidos al comando paramilitar autodenominado Rodrigo Franco entre 1985 y 1990 en Perú. Detalla el frustrado atentado contra el Diario Marka en 1987, el asesinato del abogado Manuel Febres Flores en 1988 y el asesinato del líder sindical Saúl Cantoral Huamaní y Consuelo García en 1989. Explica que el comando estaba presuntamente dirigido por Agustín Mantilla y compuesto principalmente por estudiantes reclutados de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega,
Este documento resume el caso de Florence Cassez, una mujer francesa arrestada en 2005 por su presunta participación en una banda de secuestradores en México. Aunque fue condenada a 60 años de prisión en 2006, años más tarde se descubrió que la transmisión en vivo de su arresto había sido falsa y dramatizada, lo que violó sus derechos. Debido a esta irregularidad en el proceso, la Corte Suprema de Justicia determinó que la condena fue infundada y ordenó su liberación inmediata en 2013.
Este documento resume el caso de Francisco Arce Montes, un violador y asesino itinerante que fue condenado por la muerte de Caroline Dickinson en 1996. Arce cometió crímenes sexuales a lo largo de Europa durante 20 años antes de ser arrestado finalmente en 2001 gracias al análisis de ADN. Fue sentenciado a 30 años de prisión en Francia por la muerte de Dickinson.
Este documento presenta el dictamen del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la comunicación 1945/2010 presentada por María Cruz Achabal Puertas contra España. El dictamen resume las alegaciones de la autora de haber sido detenida y torturada por la Guardia Civil española en 1996, lo que le causó un trastorno de estrés postraumático crónico. El Comité considera si España violó los derechos de la autora a no ser sometida a tortura y a un recurso efectivo. Finalmente, el Comité determina si
El documento habla sobre criminología y psicoanálisis. Brevemente describe el origen y desarrollo de ambas disciplinas, resaltando las similitudes entre Freud y Lombroso. Explica que la criminología estudia las causas de la conducta antisocial mientras que el psicoanálisis se enfoca en explicar cómo se producen dichos fenómenos humanos. Finalmente, menciona cómo criminólogos y psicoanalistas han retomado conceptos de la otra disciplina en sus estudios.
El documento describe al "Monstruo de los Cañaduzales", Manuel Octavio Bermúdez, un asesino en serie colombiano que asesinó a 21 niños entre 1999 y 2003. Bermúdez secuestraba, violaba y asesinaba niños de 8 a 13 años de edad en cultivos de caña. La policía y fiscales tuvieron dificultades para capturarlo debido a la poca evidencia. Finalmente, cometió un error y fue identificado por otro vendedor de helados, llevando a las autoridades hasta él. Fue juzgado
El documento resume la detención del general en retiro Tomás Ángeles Dauahare por sus presuntos vínculos con el crimen organizado. También menciona que el general participó en un foro de seguridad organizado por el PRI al que asistió Enrique Peña Nieto. Peña Nieto niega conocerlo y tener responsabilidad en su campaña. El general se desempeñó como subsecretario de la Sedena hasta 2008.
Este documento discute el tema de la posesión diabólica y su relación con el crimen desde una perspectiva legal y criminológica. Reporta dos casos recientes en los que rituales de exorcismo resultaron en lesiones graves o la muerte de las víctimas, cuestionando dónde se traza la línea entre la libertad religiosa y la responsabilidad penal. También analiza cómo ciertas creencias religiosas pueden funcionar como un factor criminógeno cuando se usan para justificar actos de violencia.
Este documento resume el caso Chavín de Huantar, en el que miembros del MRTA tomaron como rehenes a personas en la residencia del embajador de Japón en Perú. Luego de meses de negociaciones fallidas, el gobierno peruano lanzó la Operación Chavín de Huantar para rescatar a los rehenes, resultando en la muerte de todos los miembros del MRTA. La CIDH falló que Perú violó los derechos de uno de los miembros del MRTA y de sus familiares, y ordenó continuar la investigación sobre
El documento presenta el caso de Luis Alberto Cantoral Benavides, un estudiante peruano que fue detenido arbitrariamente y torturado por agentes de seguridad peruanos en 1993. Fue procesado por traición a la patria ante la justicia militar peruana y posteriormente condenado por terrorismo en la justicia ordinaria, a pesar de ser absuelto primero. El documento analiza este caso como una violación de derechos humanos por parte del Estado peruano y las intervenciones de la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Desde el año 2002, el grupo de reporteros que encabeza Contralínea, se ha dado a la tarea de profesionalizar el quehacer informativo para ofrecerle el mejor periodismo. Ha sido así desde la fundación de la revista en abril de 2002. La misión, los valores y los principios éticos de quienes han colaborado y colaboran en la revista siempre han estado al servicio de un periodismo honesto. Cada aniversario de Contralínea reitera su compromiso profesional con la sociedad, por tal motivo, deja que se presentó el código de ética que se deriva de una intención cada vez más arraigada de ofrecer el mejor periodismo de investigación.
El caso Cassez Vallarta involucra a Florence Cassez, ciudadana francesa, y su novio mexicano Israel Vallarta, quienes fueron acusados de pertenecer a una banda de secuestradores. Su detención fue transmitida en vivo por televisión, pero luego se descubrió que fue un montaje. A pesar de las violaciones a sus derechos humanos durante el proceso, fueron condenados, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló la condena de Cassez años después. El caso resaltó problemas en el sistema
Este documento analiza el caso La Cantuta vs. Perú, sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2006. Resume que en 1992 miembros del ejército peruano secuestraron y desaparecieron a nueve estudiantes y un profesor de la Universidad La Cantuta. Años después se descubrieron fosas clandestinas con los restos de algunas víctimas. El documento analiza la violación de derechos humanos y los marcos jurídicos aplicables como la Declaración Universal de Derechos Humanos y la
Contralínea, Periodismo de investigación, la corrupción, la rendición de cuentas. seguridad nacional, sociedad de capitales, línea global, la cultura, el contragolpe, contraluz, ocho columnas, análisis, investigación, opinión, lectores, petrolero, energético, económico, cultural, ambiental, educativo, internacional, social, arqueológico
1. TRABAJO FINAL DE INVESTIGACIÓN, ANALISIS Y
ESTUDIO DE LA OPINIÓN PÚBLICA.
Caso Florence Cassez
Nombre: Basurto Del Valle Ruth
Materia: Opinión Pública
CCIP
Fecha: Miércoles 29 de Mayo del 2013.
2. 2
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………….3
I. INVESTIGACIÓN ( teórica cualitativa)……………………………...4
1. DEL CASO o PIMPEP…………………………………………………4
II. NVESTIGACIÓN (cuantitativa)………………………………….........7
2. DEL PÚBLICO meta…………………………………………………...8
A. METODOLOGÍA………………………………………………………...8
B. DIAGNÓSTICO Y ANÁLISIS………………………………………….10
C. RESUMEN EJECUTIVO………………………………………………20
D. RECOMENDACIONES………………………………………………..22
E. OPINIÓN PRIVADA……………………………………………………23
FUENTES DE CONSULTA…………………………………………………..24
3. 3
INTRODUCCIÓN.
A continuación se realiza un trabajo de investigación, análisis y diagnóstico de la opinión
pública, Florence Marie Louise Cassez Crepin es una ciudadana francesa, mejor conocida
por haber sido condenada a sesenta años de prisión en el año de 2007, por los delitos de
secuestro, delincuencia organizada y posesión ilegal de armas de fuego de uso exclusivo del
ejército. Permaneció recluida desde entonces en el Centro de Readaptación Femenil de
Tepepan al sur de la ciudad de México, hasta el 23 de Enero de 2013, cuando fue liberada
tras un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, después de habérsele concedido
un amparo por votación. Su condena y la posibilidad de extradición a su país de origen
crearon un severo conflicto diplomático entre México y Francia llevando al cierre de las
actividades culturales denominadas “el año de México en Francia”.
El tema fue escogido porque el caso de Florence Cassez y las irregularidades que éste
presentó son importantes e interesantes conocer a fondo, investigar acerca de las opiniones
emitidas por estudiantes en relación a Florence Cassez y a las decisiones tomadas por la
Suprema Corte de Justicia, lo más valioso de éste caso es sin duda dar a conocer la
ponencia que existe acerca de si es culpable o inocente.
Deseo conocer en éste trabajodeinvestigación, análisis y diagnóstico de la opinión pública, si
las personas la consideran culpable o inocente, la opinión que se tiene acerca de la SCJ, su
liberación, la existencia de pruebas que involucran a más personas, la percepción que se
tiene acerca de que haya culpables libres o inocentes presos, la intervención francesa le
favoreció o no y la opinión de los extranjeros que cometen delitos en nuestro país.
4. 4
I. INVESTIGACIÓN (teórica cualitativa).
1. DEL CASO o PIMPED.
Florence Marie Louise Cassez Crepin, más conocida en México sólo como Florence Cassez,
nació en la ciudad de Lille, Francia, el 17 de Noviembre de 1974. A sus treinta y ocho años
de edad, Florence pasó los últimos siete en el penal femenil de Tepepan, en la Ciudad de
México, acusada de cuatro secuestros y sentenciada a sesenta años de prisión. Sus padres
son Bernard Cassez y Charlotte Crepin, ambos residen en Francia. Tiene dos hermanos
mayores, uno de ellos Sebastien, que vive actualmente en México y es por quien Florence
Cassez decide migrar a este país. Un año antes de terminar la educación preparatoria,
Cassez decide cambiar de rumbo y comienza a hacer cursos en el área comercial, formación
que le tomó un año. Trabajó entonces en la tienda de su padre, donde se vendían manteles y
cortinas. Entró a trabajar después a Eurodif de Amiens, una cadena francesa de tiendas de
moda de vestir y para el hogar, donde llegó a ser subdirectora. Fue en el 2003, a los
veintinueve años, cuando decidió cambiar de rumbo y emigrar a México. De acuerdo al
proyecto de amparo presentado por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
Arturo Zaldívar en Marzo del 2012, que fue rechazado en esa ocasión por los ministros de la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Cassez llegó a México en el
2003 invitada por su hermano, quien llevaba viviendo en México nueve años.
Desde su llegada y hasta Julio del 2004, Cassez trabajó con su cuñada en una empresa de
productos de belleza; en ese lapso, Cassez dejó la casa de su hermano y se mudó a la
colonia Roma en donde comenzó a trabajar en el negocio de su hermano, de distribución de
aparatos de cosmetología. Es en Agosto de ese año cuando conoce a Israel Vallarta
Cisneros y en Octubre comienzan una relación sentimental. Vallarta Cisneros es el otro
implicado en el “caso Cassez”, fue señalado por las autoridades como líder de la banda “los
zodiaco”.
El 24 de Diciembre de 2004, Florence Cassez viajó a Francia para pasar las fiestas con su
familia y regresó a México el 1 de Enero del 2005. Hasta julio del 2005, Florence continuó
viviendo en el departamento de la colonia Roma, aunque ya pasaba alguna noche en el
rancho “las chinitas”, domicilio de su novio Israel Vallarta, donde supuestamente tenían a sus
víctimas y después ocurrirían los hechos del montaje. Ese mes, finalizó el contrato de
arrendamiento del departamento de la colonia Roma y Florence decidió regresar a Francia,
5. 5
terminando su relación con Vallarta.Al no encontrar empleo en Francia, Cassez decidió
volver a México dos meses después, en Septiembre del 2005, y regresó a vivir al rancho “las
chinitas” mientras buscaba un lugar propio para vivir. El 9 de Noviembre del 2005, Florence
Cassez consiguió empleo en el Hotel Fiesta Americana, ubicado en la colonia Anzures, en un
turno de 15:00 a 23:00 horas. Cassez trabajó en ese lugar un mes, hasta el día que fue
detenida, el 9 de Diciembre del 2005. El proyecto de amparo del ministro Zaldívar narra que
fue el 31 de Agosto del 2005 cuando la primera denunciante de Israel Vallarta fue
secuestrada.Ocurrieron después otros plagios por los que se denunció a Vallarta, el 4 y el 19
de Octubre, y el 18 de Noviembre. Según la investigación, los cuatro plagiados fueron
trasladados al rancho “las chinitas”, lugar donde vivía Cassez.El ministro Zaldívar narró que
el 9 de Diciembre del 2005, Florence Cassez e Israel Vallarta fueron detenidos por cuatro
elementos de la Policía Federal en la carretera federal libre México-Cuernavaca, en el
kilómetro 28, a las 04:00 de la mañana.
Los detenidos fueron llevados de nuevo al rancho “las chinitas”, donde se llevó a cabo “la
escenificación ajena a la realidad”, como la calificó el ministro Zaldívar, entre las 06:47 y las
08:53 de la mañana, tiempo en que la supuesta detención fue transmitida “en vivo” a pesar
de que había ocurrido horas antes.En la transmisión televisiva, los testigos hablaron sobre su
secuestro. Algunos de ellos, en un primer momento, no reconocieron a Cassez como parte
de los secuestradores, más adelante, después de varias declaraciones ministeriales, su
versión cambiaría, como lo establece el proyecto de amparo del ministro Zaldívar.Los
detenidos fueron llevados entonces a las oficinas de la SIEDO, donde fueron puestos a
disposición de las autoridades ministeriales hasta las 10:16 de la mañana, casi 6 horas
después de su detención. Además del montaje, a Florence Cassez no se le leyeron sus
derechos y no se le permitió comunicarse con ningún funcionario de la embajada de Francia
en México.
Las investigaciones revelan que el ministerio público se comunicó a la Embajada de Francia
el 9 de Diciembre a las 15:05 horas, horario en el que la sede ya no brinda atención. Cinco
minutos después de haber realizado la llamada fallida, se procedió a tomar a Florence
Cassez su primera declaración ministerial.
Fue hasta 32 horas después que las autoridades mexicanas se comunicaron a la embajada
de Francia en México para notificar la detención de Cassez. Y fue hasta 35 horas después
6. 6
que el cónsul general de Francia en México pudo entrevistarse con la detenida. Casi al
mismo tiempo, la SIEDO emitía una orden de arraigo en su contra.Finalmente, luego de
dieciocho meses de proceso judicial, Florence Cassez fue juzgada y sentenciada, en un
primer momento, a noventa y seis años de prisión, la condena cambió después a sesenta
años.En Marzo del 2012, la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió por primera vez
el caso y fue rechazado el amparo del ministro Zaldívar que podía darle libertad a Cassez.Al
ser rechazado el proyecto de amparo, la ministra Olga Sánchez Cordero fue designada para
realizar una nueva propuesta, misma que se discutió en la primera Sala de la SCJN y que,
originalmente, proponía otorgar sólo un amparo para la reposición del juicio contra la
ciudadana francesa.
Sin embargo, al ver cómo se desarrollaba la votación y que dos ministros apoyaban la salida
de prisión de Cassez, Sánchez Cordero afirmó que regresaría a su posición de Marzo del
2012 en la que apoyaba dar un amparo "liso y llano" a la ciudadana francesa, que implicaría
su libertad inmediata. Así, la votación final fue de tres ministros a favor de otorgar el amparo
y dos en contra. Unas horas después de dictado el fallo de la primera Sala de la SCJN,
Florence Cassez salió del reclusorio femenil y voló hacia París, Francia. El caso de la
ciudadana francesa, incluso causó conflictos internacionales entre México y Francia.Ante la
insistencia del expresidente francés Nicolás Sarkozy de pedir la libertad para Cassez y decir
que el evento estaría dedicado a ella, México canceló su participación en “el Año de México
en Francia”, un evento organizado en ese país para mostrar la cultura mexicana.Así, durante
siete años, la relación entre ambos países fue de tensión por el caso de Florence Cassez. El
diario “El Universal” publicó que Florence Cassez sostiene actualmente una relación con
Jorge Alberto Ferreira, un joven mexicano de veintinueve años, a quien la Policía Federal
detuvo en Agosto del 2010 y luego fue liberado de todo proceso penal.
8. 8
2. DEL PÚBLICO meta.
A. METODOLOGÍA.
a) Público objetivo:
Se encuestaron a jóvenes estudiantes, de 18 años a 28 años, de género masculino y
femenino, de NSE A y B. La opinión de los jóvenes es muy importante para el país ya
que ellos tienen acceso a la información y educación, con base en éstas
características se pretende obtener la opinión de los encuestados ya que han formado
un criterio propio y son el futuro de México.
b) Método de recopilación aplicado:
Cara a cara.
c) Fecha de levantamiento:
Miércoles 1 de Mayo del 2013.
d) Diseño del cuestionario:
1. Sabía que la ciudadana de origen francés Florence Cassez fue puesta en libertad
debido a la decisión de la SCJ por las irregularidades encontradas en su proceso
¿Usted estaba o no estaba enterado de esto?
Estaba enterado No estaba enterado
2. ¿Considera que Florence Cassez es inocente o es culpable del delito de secuestro
del que se le acusa?
Es culpable Es inocente No sabe
3. ¿Usted con quiénes se identifica más, con los que están de acuerdo o con los que
están en desacuerdo con la liberación de Florence Cassez?
Con los que están de acuerdo Con los que están en desacuerdo
9. 9
4. Entre las irregularidades del proceso que tuvo Florence Cassez, existen videos
que comprometen a más personas ¿Usted considera que deben de castigarse a
los responsables o cree que esto ya no tiene sentido?
Se debe castigar a los responsables Ya no tiene sentido
5. ¿Qué considera que es peor? ¿Qué haya culpables libres o inocentes presos?
Culpables libres Inocentes presos No sabe
6. ¿Cómo califica a la SCJ en relación al caso Cassez?
Eficiente Deficiente Dudoso
7. ¿Qué opinión tiene de los extranjeros que cometen delitos en el país?
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
8. ¿Le gustaría conocer más sobre el caso Cassez?
Sí No
9. ¿Considera que la SCJ cumplió con su deber?
Considera que cumplió Considera que no cumplió No sabe
10.¿Considera que la intervención francesa en el caso Cassez le favoreció para
obtener su libertad?
Le favoreció No le favoreció No sabe
Preguntas clave.
e) Observaciones:
Me pareció interesante escuchar y analizar las opiniones emitidas por los estudiantes
que participaron en éste sondeo, me di cuenta que para muchos el tema se le hizo
importante y también noté que existe una percepción negativa acerca de las
autoridades mexicanas.
10. 10
B. DIAGNÓSTICO Y ANÁLISIS.
El 82% opina que estaban enterados de la liberación de Florence Cassez debido a la
decisión de la SCJ por las irregularidades encontradas.
El 18% opina que no estaban enterados de la liberaciónde Florence Cassez debido a
la decisión de la SCJ por las irregularidades encontradas.
El 82% considera que Florence Cassez es culpable.
El 4% considera que Florence Cassez es inocente.
El 14% no sabe.
Frecuencia Porcentaje
Enterado 41 82
No estaba enterado 9 18
0
20
40
60
80
100
1. Sabía que la ciudadana de origen francés Florence Cassez fue
puesta en libertad debido a la decisión de la SCJ por las
irregularidades encontradas en su proceso ¿Usted estaba o no
enterado de esto?
Es culpable Es inocente No sabe
Culpabilidad Frecuencia 41 2 7
Culpabilidad Porcentaje 82 4 14
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
2. ¿Cosidera que Florence Cassez es inocente o culpable del delito
de secuestro del que se le acusa?
11. 11
El 62% opina que está en desacuerdo con la liberación de Florence Cassez.
El 38% opina que está en de acuerdo con la liberación de Florence Cassez.
El 74% opina que se debe castigar a los responsables.
El 26% opina que no tiene sentido.
Frecuencia Porcentaje
Con los que están de acuerdo 19 38
Con los que están en desacuerdo 31 62
0
10
20
30
40
50
60
70
3. ¿Usted con quiénes se identifica más, con los que están de
acuerdo o con los que están en desacuerdo con la liberación de
Florence Cassez?
Frecuencia Porcentaje
Se debe castigar a los responsables 37 74
Ya no tiene sentido 13 26
0
10
20
30
40
50
60
70
80
4. Entre las irregularidades del proceso que tuvo Florence
Cassez, existen videos que comprometen a más personas ¿Usted
considera que deben castigarse a los responsables o cree que esto
ya no tiene sentido?
12. 12
El 62% considera que es peor que haya inocentes presos.
El 26% considera que es peor que haya culpables libres.
El 12% no sabe.
El 50% opina dudoso.
El 42% deficiente.
El 8% eficiente.
Culpables libres Inocentes presos No sabe
Frecuencia 13 31 6
Porcentaje 26 62 12
0
10
20
30
40
50
60
70
5. ¿Qué considera que es peor? ¿Qué haya culpables libres o
inocentes presos?
Eficiente Deficiente Dudoso
Frecuencia 4 22 24
Porcentaje 8 42 50
0
10
20
30
40
50
60
6. ¿Cómo califica a la SCJ en relación al caso Cassez?
13. 13
7. ¿Qué opinión tiene de los extranjeros que cometen delitos en el país?
*(Pregunta abierta).
La mayoría de los estudiantes opinan que los extranjeros que cometen delitos en
nuestro país tiene preferencia, que existe abuso ante las leyes mexicanas, que la
extradición no es favorable para castigar a los extranjeros que cometen delitos en
nuestro país ya que no se les juzga de acuerdo a las leyes del país en donde
cometieron el delito.
El 78% opina que le gustaría conocer más sobre el caso Cassez.
El 22% opina que no le interesa conocer más sobre el caso Cassez.
Frecuencia Porcentaje
Si 39 78
No 11 22
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
8. ¿Le gustaría conocer más sobre el caso Cassez?
14. 14
El 58% considera que la SCJ no cumplió con su deber.
El 32% no sabe.
El 10% considera que la SCJ cumplió con su deber.
El 70% opina que la intervención francesa en el caso Cassez le favoreció para obtener
su libertad.
El 24% no sabe.
El 6% opina quela intervención francesa en el caso Cassez no le favoreció para
obtener su libertad.
Considera que cumplió Considera que no cumplió No sabe
Frecuencia 5 29 16
Porcentaje 10 58 32
0
10
20
30
40
50
60
70
9. ¿Considera que la SCJ cumplió con su deber?
Le favoreció No le favoreció No sabe
Frecuencia 35 3 12
Porcentaje 70 6 24
0
10
20
30
40
50
60
70
80
10. ¿Considera que la intervención francesa en el caso Cassez le
favoreció para obtener su libertad?
15. 15
66% de los estudiantes que emitieron su opinión pertenecen al género femenino.
34%de los estudiantes que emitieron su opinión pertenecen al género masculino.
Tabulaciones cruzadas.
41 estudiantes de ambos géneros opinaron que Florence Cassez es culpable.
2 estudiantes del género masculino opinó que Florence Cassez es inocente.
7 estudiantes de ambos géneros no sabe.
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
Masculino Femenino Total
Género Frecuencia 17 33 50
Género Porcentaje 34 66 100
Género
Es culpable Es inocente No se sabe
Masculino 12 2 3
Femenino 29 0 4
0
5
10
15
20
25
30
35
Pregunta núm. 2 con género.
16. 16
41estudiantes del rango de las diferentes edades opinan que Florence Cassez es
culpable.
2 estudiantes de 19 años y 21 años opinan que Florence Cassez es inocente.
7 estudiantes de 19, 20, 21, 22, 23 y 28 años no saben.
18 19 20 21 22 23 24 25 26 28
Es culpable 3 3 11 6 3 2 3 4 4 2
Es inocente 0 1 0 1 0 0 0 0 0 0
No se sabe 0 2 1 1 1 1 0 0 0 1
0
2
4
6
8
10
12
Pregunta núm. 2 con edad.
17. 17
26 estudiantes del género femenino opinaron que entre las irregularidades del proceso
que tuvo Florence Cassez, en donde, existen videos que comprometen a más
personas, se deben de castigar a los responsables.
11 estudiantes del género masculino opinaron que entre las irregularidades del
proceso que tuvo Florence Cassez, en donde, existen videos que comprometen a más
personas, se deben de castigar a los responsables.
7 estudiantes del género femenino opinaron que ya no tiene sentido.
6 estudiantes del género masculino opinaron que ya no tiene sentido.
Masculino Femenino
Se debe castigar a los responsables 11 26
Ya no tiene sentido 6 7
0
5
10
15
20
25
30
Pregunta núm. 4 con género.
18. 18
37 estudiantes del rango de las diferentes edades opinaronque entre las
irregularidades del proceso que tuvo Florence Cassez, en donde, existen videos que
comprometen a más personas, se deben de castigar a los responsables.
13 estudiantes de 18, 19, 20, 21, 22, 24 y 28 años opinaron que ya no tiene sentido.
24 estudiantes del género femenino opinaron que la intervención francesa en el caso
Cassez le favoreció para obtener su libertad.
11 estudiantes del género masculinoopinaron que la intervención francesa en el caso
Cassez le favoreció para obtener su libertad.
2 estudiantes del género femenino opinaron que no le favoreció al igual que un
estudiante del género masculino.
12 estudiantes de ambos géneros no sabe.
18 19 20 21 22 23 24 25 26 28
Se debe castigar a los responsables 2 4 10 5 1 3 2 4 4 2
Ya no tiene sentido 1 2 2 3 3 0 1 0 0 1
0
2
4
6
8
10
12
Pregunta núm. 4 con edad.
Le favoreció No le favoreció No sabe
Masculino 11 1 5
Femenino 24 2 7
0
5
10
15
20
25
30
Pregunta núm. 10 con género.
19. 19
35 estudiantes del rango de las diferentes edades opinaron que la intervención
francesa en el caso Cassez le favoreció para obtener su libertad.
3 estudiantes de 19 y 20 años opinaron que no le favoreció.
12 estudiantes de 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 años no sabe.
18 19 20 21 22 23 24 25 26 28
Le favoreció 2 4 9 4 2 2 2 3 4 3
No le favoreció 0 1 2 0 0 0 0 0 0 0
No sabe 1 1 1 4 2 1 1 1 0 0
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Pregunta núm. 10 con edad.
20. 20
C. RESUMEN EJECUTIVO.
El 82% de los estudiantes opina que estaban enterados de la liberación de Florence
Cassez debido a la decisión de la SCJ por las irregularidades encontradas, el 18%
opina que no estaba enterado.
El 82% de los estudiantes opinaron que Florence Cassez es culpable, el 14% no sabe
y el 4% es inocente.
El 62% de los estudiantes se identificaron con los que están en desacuerdo con la
liberación de Florence Cassez y el 38% con los que están de acuerdo.
El 74% opina que entre las irregularidades del proceso que tuvo Florence Cassez,
existen video que comprometen a más personas y que se deben de castigar, el 26%
opina que ya no tiene sentido.
El 62% considera que es peor que haya inocentes presos, el 26% considera que es
peor que haya culpables libres y el 12% no sabe.
La calificación de la SCJ en relación al caso Cassez fue del 50% dudoso, 42%
deficiente y 8% eficiente.
La mayoría de los estudiantes opinan que los extranjeros que cometen delitos en
nuestro país tiene preferencia, que existe abuso ante las leyes mexicanas, que la
extradición no es favorable para castigar a los extranjeros que cometen delitos en
nuestro país ya que no se les juzga de acuerdo a las leyes del país en donde
cometieron el delito.
El 78% de los estudiantes opinan que les gustaría conocer más sobre el caso Cassez,
al 22% no le interesa.
El 58% de los estudiantes opinaron que la SCJ no cumplió con su deber, el 32% no
sabe y el 10% opinó que cumplió con su deber.
El 70% de los estudiantes considera que la intervención francesa en el caso Cassez le
favoreció para obtener su libertad, el 24% no sabe y el 6% considera que no le
favoreció.
66% de los estudiantes que emitieron su opinión pertenecen al género femenino, 34%
de los estudiantes que emitieron su opinión pertenecen al género masculino.
41 estudiantes de ambos géneros opinaron que Florence Cassez es culpable, 2
estudiantes del género masculino opinó que es inocente y 7 estudiantes de ambos
géneros no sabe.
21. 21
41 estudiantes del rango de las diferentes edades opinan que Florence Cassez es
culpable, 2 estudiantes de 19 años y 21 años opinan que es inocente y 7 estudiantes
de 19, 20, 21, 22, 23 y 28 años no saben.
26 estudiantes del género femenino opinaron que entre las irregularidades del proceso
que tuvo Florence Cassez, en donde, existen videos que comprometen a más
personas, se deben de castigar a los responsables, al igual que 11 estudiantes del
género masculino, 7 estudiantes del género femenino opinaron que ya no tiene
sentido, al igual que 6 estudiantes del género masculino.
37 estudiantes del rango de las diferentes edades opinaron que entre las
irregularidades del proceso que tuvo Florence Cassez, en donde, existen videos que
comprometen a más personas, se deben de castigar a los responsables,13
estudiantes de 18, 19, 20, 21, 22, 24 y 28 años opinaron que ya no tiene sentido.
24 estudiantes del género femenino opinaron que la intervención francesa en el caso
Cassez le favoreció para obtener su libertad al igual que 11 estudiantes del género
masculino, 2 estudiantes del género femenino opinaron que no le favoreció al igual
que un estudiante del género masculino y 12 estudiantes de ambos géneros no sabe.
35 estudiantes del rango de las diferentes edades opinaron que la intervención
francesa en el caso Cassez le favoreció para obtener su libertad, 3 estudiantes de 19
y 20 años opinaron que no le favoreció, 12 estudiantes de 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y
25 años no sabe.
Con éstos datos se comprueba la hipótesis y se confirma estar de acuerdo con lo
obtenido, ya que la mayoría de los resultados apuntan a que Florence Cassez es
culpable, la SCJ tuvo una calificación baja, la intervención francesa la favoreció y la
percepción que se tiene acerca de los extranjeros que son juzgados en México tienen
preferencias.
22. 22
D. RECOMENDACIONES.
Las debilidades del caso Cassez fueron que no se consideraron a los testigos víctimas de
secuestro al igual que las pruebas encontradas que tampoco se tomaron en cuenta, los siete
años en los que estuvo presa en México, las oportunidades para Cassez sin duda alguna fue
su nacionalidad francesa, la decisión de la SCJque logro que fuera puesta en libertad y su
extradición a Francia. Las amenazas fueron los años a los que fue sentenciada por el delito
de secuestro, delincuencia organizada y la portación de armas de uso exclusivo del ejército.
Las fortalezas de éste caso fueron que Cassez gracias a la intervención francesa pudo
obtener su libertad.
Más allá de si es culpable o inocente, el tema en juego es la impartición de justicia en
México, la discrecionalidad con que se maneja, la corrupción que permea nuestro sistema de
justicia, la división entre presuntos culpables de primera y segunda categoría, la regla de ser
culpable hasta que se demuestre lo contrario.El gobierno mexicano, los pasados, presentes y
futuros, están en deuda con los ciudadanos. Tienen hoy la obligación de terminar con estas
historias, con todos los presuntos culpables, mexicanos o no, encarcelados, señalados y
sentenciados injustamente. Deben garantizarnos justicia e igualdad, asegurarnos que ningún
funcionario, ninguna institución pública o privada, está por encima de la ley.
El caso Cassez debe de servir, no sólo para evidenciar las fallas de nuestro sistema de
justicia, los favores políticos y las mezquindades de quienes se vieron involucrados, es una
experiencia de la que podemos aprender de lo que no queremos ser ni debemos permitir.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación con sus resoluciones dicta jurisprudencia, es
decir, que con el conjunto de argumentos con los que emiten las sentencias que han
resuelto, se crean antecedentes jurídicos que pueden ser utilizados para crear nuevas leyes
o respaldar las existentes, pues su papel es defender el cumplimiento de la Constitución. De
acuerdo con el libro “La Jurisprudencia” editado por la Universidad Autónoma Metropolitana,
la jurisprudencia "es la correcta interpretación y alcance de los preceptos jurídicos que emite
un órgano jurisdiccional (en este caso la SCJN) al resolver los asuntos que son puestos a su
consideración, resultando obligatoria a otros órganos jurisdiccionales de menor jerarquía", es
así como las leyes mexicanas se pueden reformular para poder juzgar a personas como
Cassez de delitos tan graves cometidos.
23. 23
E. OPINIÓN PRIVADA.
Los resultados generales obtenidos me parecieron de gran peso ya que la mayoría de los
estudiantes opinaron que Florence Cassez es culpable, sabían del caso, su calificación
emitida hacia la SCJ que fue baja y su opinión acerca de las preferencias que existen ante
los extranjeros que cometen delitos en nuestro país.
Considero que mediante lo investigado Florence Cassez es culpable, hubo muchas
irregularidades en su proceso, me identifico con los que están en desacuerdo con su
liberación, considero que es peor que haya inocentes presos, califico a la SCJ como
deficiente en relación al caso Cassez, opino que los extranjeros que cometen delitos en
nuestro país debe ser juzgados con todo el peso de la ley igual que a los demás ciudadanos,
también considero que la intervención francesa le favoreció a Cassez para ser libre.
El caso de Florence Cassez como muchos que existen acerca de delitos cometidos por
extranjeros, lo encuentro con muchas deficiencias por parte de las autoridades mexicanas,
considero injusto que no se haya tomado en cuenta a los testigos víctimas de secuestro y las
pruebas que existen.
Ésta investigación me parece primordial para analizar la percepción que se tiene acerca de
los delitos cometidos por Florence Cassez y las irregularidades que hubo en su proceso. La
opinión pública francesa en contrario claramente inclinó la balanza a favor de su compatriota
quien se ha convertido en un símbolo de “lo corrupto” que puede ser el sistema de justicia
latinoamericano, las víctimas de secuestro afirman que la francesa colaboraba directamente
con la banda criminal al ser la persona que les inyectaba anestésico para torturarlos
psicológicamente y amenazarlos con cortarles una oreja o un dedo, de ahí que también
diversas organizaciones sociales de México, solicitaron que cumpliera su sentencia en
nuestro país.
Debo decir que he aprendido mucho en ésta investigación, que servirá como base para
iniciar cualquier otra que me proponga, me pareció interesante observar los rostros de las
personas al conocer del caso ya que muchos fueron de sorpresa, experimenté realizando un
SONDEO de manera profesional el me servirá en toda mi licenciatura y vida.
24. 24
FUENTES DE CONSULTA.
o http://www.adnpolitico.com/gobierno/2013/01/24/quien-es-florence-cassez-su-vida-y-
proceso-penal
o http://www.informador.com.mx/mexico/2013/432226/6/cronologia-del-caso-florence-
cassez.htm
o http://quo.mx/2013/01/23/cerebrum/por-que-fue-liberada-florence-cassez
o http://www.redpolitica.mx/video/el-video-que-revivio-la-polemica-del-caso-florence-
cassez