Este documento resume los tipos de usuarios aduaneros en Colombia, incluyendo usuarios aduaneros permanentes, usuarios altamente exportadores, y sociedades de comercialización internacional. Los usuarios aduaneros permanentes deben cumplir con requisitos como importaciones o exportaciones anuales superiores a USD 5 millones. Los usuarios altamente exportadores deben superar USD 2 millones en exportaciones anuales. Las sociedades de comercialización internacional se dedican principalmente a la exportación de productos colombianos y la importación de insumos.
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Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID.
Opportunities, constraints and challenges for the development of the small and medium enterprise (SME) sector in Central America, with an analytical study of the SME sector in Nicaragua. - focused on the current supply and demand gap for credit and financial services.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
1. Nombre: Yeison E. Chaguendo
Asignatura: CONVERGENCIA
Fecha: 18/10/2017
Tema: SIMPLIFICACION USUARIOS ADUANEROS.
1. USUARIOS ADUANEROS PERMANENTES
Se entiende por usuarios aduaneros permanentes a la persona jurídica que
haya sido reconocida e inscrita como tal por la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales, previo el cumplimiento de los requisitos señalados en
este decreto.
DEPÓSITOS PÚBLICOS, No podrán tener la categoría de usuarios
aduaneros permanentes.
REQUISITOS
Importaciones o Exportaciones por un valor FOB superior o Igual a
USD 5,000,000 ($ 14,683,350,000.00 Pesos Colombianos (COPP)),
TRM $ 1 USD = $ 2,936.67 CO
Tramitado 100 declaraciones de Importación o Exportación durante los
(12) meses anteriores a la presentación de la solicitud.
Las que tengan vigentes programas para el desarrollo de los Sistemas
Especiales de Importación - Exportación previstos en el Decreto Ley
444 de 1967
Sistemas Especiales de Importación - Exportación previstos en el Decreto
Ley 444 de 1967
2. Régimen mediante el cual una persona natural o jurídica solicita a la DIAN,
autorización para importar temporalmente al país, insumos, materias primas,
bienes intermedios, bienes de capital, bienes de capital y repuestos, con
exención total o parcial de los tributos aduaneros que se empleen en la
producción de bienes de exportación o que se destinen a la prestación de
servicios directamente vinculados a la producción o exportación de estos
bienes.
2. USUARIOS ADUANEROS ALTAMENTE EXPORTADORES
Importaciones o Exportaciones por un valor FOB superior o Igual a
USD 2,000,0000
Represente por lo menos el treinta por ciento del valor de sus ventas
totales en el mismo período.
Las personas jurídicas podrán ser reconocidas e inscritas como usuarios
altamente exportadores Exportación USD 21,000,000
REGIMEN DE GARANTIAS UAPS
❖ En tiempo de 15 días, Garantía bancaria o de compañía de seguros.
❖ Objetivo:
Garantizar el pago de tributos aduaneros y sanciones
❖ - Monto Determinado por DIAN
BENEFICIOS DE SER USUARIOS ALTAMENTE EXPORTADORES
❖ Presentar Solicitud de Autorización de Embarque Global para efectuar
cargues parciales.
❖ Eliminación de la inspección física aduanera
❖ Autorización global y permanente para realizar la inspección
instalaciones del usuario. Posibilidad de importar insumos y materias
primas bajo la modalidad
3. 3. SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIÓN INTERNACIONAL
Las son aquellas sociedades nacionales o mixtas que tienen por objeto
principal tanto la comercialización y venta de productos colombianos en el
exterior, como la importación de bienes e insumos para abastecer el mercado
interno para la elaboración de bienes que posteriormente serán exportados
Proceso de exportacion
las Sociedades de Comercialización Internacional C.I cuando realizan
compras de productos nacionales a proveedores para exportarlos deberán
expedir un documento denominado Certificado al Proveedor –CP.
¿Qué es un Certificado al Proveedor?
Certificado al Proveedor “CP” es el documento mediante el cual las
sociedades de comercialización internacional reciben de sus proveedores, a
cualquier título, mercancías del mercado nacional y se obligan a exportarlas,
en su mismo estado o una vez transformados. (Ver anexo 1)
BENEFICIOS
- Certificado de Reembolso Tributario, CERT, por las exportaciones
realizadas
- Comprar o adquirir bienes en el mercado nacional exentos del pago de
IVA
- Beneficiarse conjuntamente con su proveedor de las líneas de crédito de
- Bancoldex
- Acceder directa o indirectamente a los sistemas especiales de
importación exportación.