Ley 7472 proteccion y defensa del consumidor aresep
Victor Yroba Control de Calidad Sección IJ
1. SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD BASADO EN ISO
9001:2008
Artículo 5: Las personas naturales o jurídicas,
Art. 2 Numeral 4: Estimular la
públicas o privadas, que produzcan bienes o
presten servicios y los comercialicen, deberán
suministrar la información necesaria que permita
la posterior comprobación de la calidad de los
mismos.
calidad y la competitividad del
Estado y de las empresas en
cuanto a los servicios y los bienes
que éstos proveen
Requisitos Generales
La organización de establecer,
documentar, implementar y
mantener un Sistema de
Gestión de Calidad
Requisitos Generales
Art 12: Cada subsistema
es responsable de
proveer la información
relativa a su campo de
acción.
Determinar los procesos
necesarios y su
secuencia
Determinar los criterios
para asegurar eficacia
Asegurar los recursos
para apoyar los procesos
Implementar acciones
para alcanzar los
resultados
Artículo 6: Las personas naturales, jurídicas, públicas o
privadas cuyas actividades o intereses se encuentren regulados
por esta Ley, deberán prestar su colaboración y suministrarán la
información y documentación que le requiera el personal
autorizado por el Ministerio de la Producción y el Comercio, o
los organismos en quien este Ministerio delegue, para el
cumplimiento de sus funciones establecidas en esta Ley y su
Reglamento
Generalidades: La documentación
debe incluir política y objetivos,
manual y procedimientos, registros y
documentos necesarios para el Sistema
de Gestión de Calidad.
Manual de Calidad: Alcance del
Sistema de Gestión de Calidad,
procedimientos establecidos y
descripción de los mismos.
Control de los documentos:
Aprobar, revisar, actualizar,
adecuar los documentos
requeridos por el Sistema de
Gestión de Calidad.
Control de los registros:
Identificación, almacenamiento,
protección, retención,
recuperación y disposición de los
registros.