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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO                                               DEL
AYUNTAMIENTO CELEBRADA EL DÍA 21 DE JUNIO DE 2011.

SRS. ASISTENTES:

  - SR. ALCALDE PRESIDENTE:
D. Tomás Santolaya Sáenz.(PP)

  - SRS. CONCEJALES:
D. David RODRIGUEZ CUESTA.(PP)
D.ª Adelina MARTINEZ SAENZ.(PP)
Dª Elena SUAREZ ALVAREZ.(PP)
D. Rubén GUTIÉRREZ RUIZ.(PP)
Dª Mª Julia OLARTE ALONSO.(PP)
D.ª María Sonia IBARGUREN RUIZ .(PSOE)
D. Germán GARCIA MORENO.(PSOE)
Dª. Vanessa CANTERO ATALAYA .(PSOE)
D. Juan Pedro MARTINEZ ARNAEZ.(PSOE)
D. Antonio GARCIA ROYO.(PR)
D. David HERCE EZQUERRO.(UPyD)
D. Jesús Ángel CAMARA COLAS.(IU)

  - SR. SECRETARIA:
  Dª Myriam Torbado Martínez.

_________________________________________________________________________

  En Villamediana de Iregua (La Rioja), a 21 de junio de dos mil once, previa citación
hecha en forma legal, y siendo las 20 horas y 30 minutos, se reunieron en el Salón de la
Casa Consistorial, los Señores Concejales al inicio expresados, bajo la Presidencia del Sr.
Alcalde, y asistidos de la Sra. Secretaria, y de la Sra. Vicesecretaria Interventora Dª. Mari
Luz Galindo González, al objeto de celebrar sesión extraordinaria, en primera
convocatoria, del Pleno de la Corporación.

  Constituido, por tanto, el Pleno con la mayoría necesaria, el Sr. Alcalde Presidente
declaró abierta la sesión, pasándose a tratar los asuntos comprendidos en el Orden del Día,
que fueron los siguientes:

(Incidencia: D. Jesús Ángel Cámara propone al Sr. Alcalde ver primero los asuntos del orden
del día relativos a la organización del Ayuntamiento y dejar para el final el punto segundo. El
Sr. Alcalde no lo considera conveniente, manteniendo el orden establecido en la
Convocatoria)

 1.- APROBACION, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION
DEL DIA 11 DE JUNIO DE 2011.

   Visto el borrador del acta de la Sesión celebrada el día 11 de junio de 2011, por el Sr.
Alcalde-Presidente se pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular
alguna observación. Por D. Jesús Ángel Cámara Colas se plantea la incorporación al acta
de las palabras que literalmente utilizó en su toma de posesión como concejal.
Manifestando todos los concejales la conformidad, se acuerda por unanimidad aprobar el
acta de la sesión celebrada en fecha 11 de junio de 2011, realizando la incorporación
solicitada.
2.- ACORDAR LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA JUDICIAL Nº 324 DE
FECHA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2006, EN RELACIÓN AL EXPEDIENTE DE
CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE AVDA. DE CAMEROS; IMPONER Y
ORDENACIÓN CORRECTAMENTE LAS REFERIDAS CONTRIBUCIONES Y
PRACTICAR LAS LIQUIDACIONES DEFINITIVAS.

A.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el Sr. Alcalde se somete a la consideración
del Pleno la inclusión en el orden del día del presente asunto por razones de urgencia
motivando la misma en la necesidad de cumplir con el mandato judicial dentro del plazo
legalmente establecido para ello, ya que la sentencia se dictó el 1 de septiembre de 2006.
Por Dª Sonia y D. Germán se critica que se tramite urgentemente este asunto, cuando han
sido varios los años transcurridos desde la Sentencia. El Sr. Alcalde contesta que este
expediente lo podían haber hecho ellos en su momento, y que por su parte considera que
está cumpliendo su obligación habiendo iniciado los trámites hace meses en tiempo y
forma           .

  El Pleno de la Corporación, con una abstención de D. David Herce Ezquerro, cinco votos
en contra de Dª Sonia Ibarguren Ruiz, D. Germán García Moreno, Vanessa Cantero Atalaya,
D. Juan Pedro Martínez Arnaez, D. Jesús Ángel Cámara Colas y siete votos a favor, acuerda
ratificar la inclusión de este asunto en el orden del día.

B.- Visto que previa la tramitación del oportuno expediente, por el Pleno del Ayuntamiento,
en sesión de 25 de noviembre de 2004, se acordó aprobar definitivamente la imposición y
ordenación de las contribuciones especiales para la financiación de las obras de
“Urbanización de Avda. de Cameros” siendo publicado, en el Boletín Oficial de La Rioja
número 157 de 9 de diciembre de 2004.

Interpuesto recurso contencioso-administrativo por uno de los afectados, sujeto pasivo de
las contribuciones especiales, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de
Logroño dicta sentencia fechada el 1 de septiembre de 2006 cuyo fallo, objeto luego de
rectificación de error material, es del siguiente tenor:“Estimar el recurso interpuesto ...
declarando la nulidad del acuerdo de aprobación definitiva de imposición y ordenación de
las Contribuciones Especiales, pero solamente en el apartado referido a la determinación
del módulo de reparto fijado de “volumen edificable”, debiendo proceder el Ayuntamiento
demandado a la aprobación de nuevo de la imposición y ordenación de las citadas
contribuciones especiales de conformidad con los parámetros procedentes para
determinar dicho volumen edificable de los inmuebles afectados y proceder al cálculo de
las nuevas cuotas individuales y el acto liquidatorio que trae causa de aquél”.

Mediante Providencia de fecha 6 de junio de 2011, se dispone por el Sr. Alcalde que se
incoe expediente administrativo para la ejecución del Fallo de la Sentencia citada
anteriormente, al que se incorporarán los datos e informes jurídicos y técnicos necesarios
para la determinación correcta del volumen edificable, y en consecuencia al cálculo de las
nuevas cuotas individuales.

 Por el Sr. Arquitecto Asesor del Ayuntamiento D. Esteban Pardo Calderón en fecha 15 de
junio, se emite informe técnico, señalando cual es el criterio legal para determinar
correctamente el volumen edificable establecido en el expediente como módulo de reparto
de las Contribuciones Especiales, procediendo en consecuencia al cálculo de las nuevas
                                                                                         2
cuotas individuales definitivas. Para ello se toman de referencia los parámetros resultantes
del planeamiento en vigor, aplicando la fórmula física de volumen = superficie x altura.

 Por la Intervención municipal, en fecha 16 de junio de 2011 se emite informe de
fiscalización del expediente, por cuanto da lugar al reconocimiento de derechos y
obligaciones de contenido económico y tiene repercusiones financieras.

Por Secretaria se emite informe jurídico en fecha 16 de junio de 2011 acerca de la
procedencia de la incoación del expediente administrativo para la ejecución de la sentencia
citada y del procedimiento aplicable.

Teniendo en cuenta los datos de contenido económico que constan en el Ayuntamiento a
fecha actual, para determinar el importe definitivo de la base imponible de las
Contribuciones Especiales, y que son los siguientes:

COSTE DE LAS OBRAS: 2.123.939,47 €
expropiaciones........................ 155.399,09 €
Coste urbanización................. 1.883.540,38 €
Honorarios.............................. 85.000,00 €

SUBVENCIONES Y APORTACIONES: 653.288,28 €
Ingresado por Comunidad Autónoma............ 399.999,85 €
Convenio a firmar......................................... 253.288,43 €

COSTE SOPORTADO POR EL AYUNTAMIENTO (A-B): 1.470.651,19 €

COEFICIENTE CORRECTORES: 70.244,45 €

BASE IMPONIBLE DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES (máximo 90% de
C): 50% DEL COSTE SOPORTADO POR EL AYUNTAMIENTO: 735.325,60 €

DEDUCCIÓN COEFICIENTES CORRECTORES EN LA BASE IMPONIBLE (E-
D): 665.081,15 €

IMPORTE TOTAL CONTRIBUCIONES ESPECIALES: 665.081,15 €.

        A continuación se inicia el debate con la intervención en primer lugar de D. Jesús
Cámara quién plantea la posibilidad de fraccionar el pago en dos o tres plazos por la
situación económica actual de las familias. En el mismo sentido se pronuncia Dª Sonia
quien propone el pago por mensualidades. El Sr. Alcalde dice que en la notificación ya se
les informa de las posibilidades de fraccionar y aplazar, así que cuando se vayan
recibiendo las solicitudes se estudiaran. Dª Sonia dice que resultan chocantes las
diferencias que hay entre los resultados de las tablas aprobadas antes y las actuales,
habiendo casos de gente que incluso tiene que pagar 3 veces más. El Sr. Alcalde dice que
esto de se debe a que al tener que cumplir con el mandato judicial y aplicar únicamente el
volumen edificable como módulo de reparto, se han suprimido los tramos que antes se
aplicaban, por lo que por lo general los que viven en los tramos más estrechos tienen que
pagar más. Dª Sonia pregunta qué posibilidades de recurrir hay contra las notificaciones
que se realicen. Responde el Sr. Alcalde que las mismas que hay siempre y que se
indicarán en la propia notificación.



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Terminado el debate y considerando lo dispuesto en lo artículos 14, 15.1, 17, 28 a 37, 58 y
214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.(TRLHL); Artículo 22.2.e) y 106
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; Artículos 2.2, 28, 35.4, 62.2, 66
y 67 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; Artículos 64 y 66 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y el artículo 518 de la LEC 1/2000, y teniendo en
cuenta los informes técnicos, jurídicos y económicos que obran en el expediente instruido al
efecto, el Pleno de la Corporación, con una abstención de D. David Herce Ezquerro, cinco
votos en contra de Dª Sonia Ibarguren Ruiz, D. Germán García Moreno, Vanessa Cantero
Atalaya, D. Juan Pedro Martínez Arnaez, D. Jesús Ángel Cámara Colas y siete votos a
favor,acuerda:

  Primero: Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia nº 324 de fecha 1 de
septiembre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de
Logroño en recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario nº 83/2005
dictada en relación con el expediente de imposición y ordenación de contribuciones
especiales para la financiación de las obras de Urbanización de Avda. de Cameros (LR
551), y en consecuencia anular en el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de
Villamediana de Iregua, en sesión de fecha 25 de noviembre de 2004 solamente el
apartado referido a la determinación del módulo de reparto fijado de “volumen edificable”,
procediendo a la aprobación de nuevo de la imposición y ordenación de las citadas
contribuciones especiales de conformidad con los parámetros procedentes para determinar
dicho volumen edificable de los inmuebles afectados y proceder al cálculo de las nuevas
cuotas individuales y el acto liquidatorio que trae causa de aquél.

  Segundo: Convalidar todos los demás actos y trámites realizados en el expediente de
referencia al amparo de lo dispuesto en los artículos 64 y 66 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.

   Tercero: Publicar en el Boletín Oficial de La Rioja el presente acuerdo, y notificar
individualmente a cada sujeto pasivo la base y cuotas individuales definitivas, girando las
liquidaciones que procedan y compensando, como entrega a cuenta, los pagos anticipados que
se hubieran efectuado.”

3.- DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES DEL
PLENO.-

Por el Sr. Alcalde da cuenta de su propuesta, en la que se establece que la periodicidad de
las sesiones será bimensual para evitar que se tengan que convocar plenos ordinarios
vacíos de contenido, señalando como días de celebración los primeros jueves del mes
correspondiente, a las veinte horas.


Dª Sonia dice que votará en contra porque es en los plenos ordinarios cuando se tiene la
oportunidad, a través de las preguntas, de ejercer el control de la actuación municipal, por
lo que reducir a la mitad esa posibilidad le parece lamentable, también se opone al adelanto
de la hora a las ocho de la tarde porque supone un perjuicio para los que trabajan. D. Juan
Pedro añade que con este adelanto en la hora se coarta la libertad de expresión y se ponen
trabas a la asistencia de los concejales al pleno. El Sr. Alcalde responde que la capacidad
                                                                                          4
de control está garantizada y que se puede ejercer por la oposición en cualquier momento,
por ejemplo pidiendo la celebración de algún pleno; en cuanto al adelanto de media hora se
debe a que al haber más grupos políticos en la corporación, pueda haber un margen de
tiempo mayor para las intervenciones de todos, y recuerda que asistir a los plenos es una
obligación de todos los concejales.
D. Jesús Ángel dice que coincide con lo expuesto por Dª Sonia anteriormente sobre la
necesidad de que los plenos se celebren mensualmente, por un lado para poder controlar la
acción del gobierno municipal porque las competencias del Alcalde cada vez son mayores,
y porque cuantos más ciudadanos seamos más trabajo se genera. Responde el Sr. Alcalde
que ningún municipio de nuestras características ha establecido la celebración de sesiones
mensuales y reitera que el ejercicio del control se puede ejercer a diario, solicitando la
información necesaria, presentando mociones o con cualquier otra actuación.
D. David Herce igualmente plantea que los plenos deberían ser mensuales, y que la
existencia de más concejales y más grupos políticos son precisamente un argumento que
avala esta petición, Pide además que para contar con tiempo suficiente para ver los asuntos
incluidos en el Pleno, las convocatorias se realicen con más tiempo que el mínimo
legalmente establecido.

Terminado el debate, se propone votar la propuesta presentada por el Sr. Alcalde de
celebrar las sesiones ordinarias con una periodicidad bimensual y la propuesta de los
grupos de la oposición en los términos expresados anteriormente.

El resultado de la votación es el siguiente: siete votos a favor de la propuesta del Sr.
Alcalde, emitidos por los concejales del Partido Popular y del Partido Riojano, y seis
votos a favor de la propuesta alternativa emitida por los concejales del Partido Socialista,
Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida.

Por lo tanto, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 46.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL); 126 de la Ley 1/2003, de 3 de
marzo, de la Administración Local de la Rioja (LALR); y 78.1 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF y RJ de
las EE.LL), el Pleno con los votos de la mayoría absoluta de los miembros de la
Corporación, acuerda:

  Primero.- Determinar que el Pleno del Ayuntamiento celebrará sus sesiones ordinarias con
periodicidad bimensual, señalando como días de celebración los primeros JUEVES del mes
correspondiente, a las veinte horas.

   Segundo.- En el supuesto de que el día señalado sea festivo o concurra cualquier
circunstancia que imposibilite su celebración, la sesión se celebrará el siguiente día hábil, a la
misma hora.

4.- COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO
LOCAL.-

Se procede en primer término a dar cuenta de la Resolución de Alcaldía 206/2011 de fecha
17 de junio de 2011 por la que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno Local y
se efectúa delegación de competencias, y cuyo contenido literal es el siguiente:

  “Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y artículos 43.2 Y 52 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
                                                                                                5
Locales de 28 de Noviembre de 1986 (ROF y RJ de las EE LL), y demás legislación
concordante
                                 RESUELVO

  Primero.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los Srs. Concejales y
Tenientes de Alcalde que a continuación se relacionan:

   D. Antonio García Royo.
   D. David Rodríguez Cuesta.
   Dª. Adelina Martínez Sáenz.
   Dª Elena Suárez Álvarez.

   Segundo.- Delegar en la Junta de Gobierno Local          el ejercicio de las siguientes
atribuciones:

   - Las aprobaciones de los instrumentos de desarrollo de planeamiento municipal no
expresamente atribuidas al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de
los proyectos de urbanización. En éste último caso, cuando el presupuesto de ejecución
material supere los 500.000,€
   - La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su
contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. Siempre que el presupuesto
de ejecución sea superior a 200.000,00 €, en el caso de los proyectos de obras y de
60.000,00€, en servicios.
   - El otorgamiento de licencias de obras mayores y autorizaciones relacionadas con estos
   expedientes. Siempre que el importe del presupuesto de ejecución material sea superior
   a 500.000,00 €
  - Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por
100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni en cualquier caso los seis millones de
euros; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro
años, siempre que el importe acumulado de todas las anualidades no supere ni el porcentaje
indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio, ni la
cuantía señalada. Y siempre que el precio de licitación de estos contratos superen las
cuantías legalmente establecidas para la contratación por procedimiento negociado sin
publicidad.

   Tercero.- El ejercicio de las facultades que se delegan se efectuará en las condiciones
establecidas en el art. 115 del ROF y RJ de las EE LL.

   Cuarto.- Proponer al Pleno que la celebración de las sesiones ordinarias que se realice
los primeros miércoles del mes correspondiente, a las 13,30 horas.

  Quinto.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados a fin de que
presten, en su caso, la aceptación de tales cargos.

   Sexto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la
presente resolución y/o aprobación de la creación y constitución de los órganos en que
ejercerán sus cargos.

  Séptimo.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.”

   Seguidamente, el Pleno de la Corporación, quien en virtud de lo establecido en el art.
                                                                                         6
139 de la LALR es el órgano competente para establecer la periodicidad de las sesiones
ordinarias de la Junta de Gobierno Local, procede a considerar la propuesta realizada por el
Sr. Alcalde en el punto cuarto del Decreto trascrito, y con cuatro votos en contra de D.
Germán García, D. Juan Pedro Martínez, D. David Herce y D. Jesús Ángel Cámara, dos
abstenciones de Dª Sonia Ibarguren y Dª Vanessa Cantero y siete votos a favor, acuerda:
Establecer cada mes la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno
Local, que se celebrarán los primeros miércoles del mes correspondiente, a las 13,30
horas.

5.-CREACIÓN, COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE COMISIONES
INFORMATIVAS.-

       Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 20 de la LRBRL; 29 y siguientes
de la LALR; 123 y siguientes del ROF y RJ de las EE.LL.; y demás legislación
concordante, por el Sr. Alcalde se da cuenta de su propuesta, en la que se establece la
creación de dos comisiones informativas, una de cuentas y otra general, cuyas sesiones
ordinarias se realizarán a las 12:00 horas, y estableciéndose el sistema de voto ponderado
en función de la representación que los concejales tienen en el pleno.

        Dª Sonia Ibarguren plantea la posibilidad, como se ha venido haciendo hasta ahora,
de cambiar la hora de celebración de estas comisiones para que puedan asistir todos los
concejales que trabajan. D. Germán García añade que la situación laboral no está como
para faltar al trabajo El Sr. Alcalde dice que todos los concejales pueden y deben asistir y
que en todos los grupos políticos hay concejales que trabajan y que tendrán que pedir
permiso para cumplir con su obligación. Dª Sonia concluye su intervención diciendo que
está en contra la propuesta del Sr. Alcalde porque no está de acuerdo con la hora ni con la
utilización del voto ponderado.

        D. Jesús Ángel Cámara también dice que se vota en contra de la utilización del voto
ponderado y que se reserva la posibilidad del ejercicio de acciones legales para comprobar
si la legislación lo ampara tal y como se plantea. El Sr. Alcalde dice que si la propuesta
estuviera fuera de la legalidad la Secretaría habría hecho alguna observación, y no es el
caso.
        Terminado el debate, vista la propuesta del Sr. Alcalde, y preguntado al grupos
municipal socialista qué concejales designa para formar parte de las Comisiones, teniendo en
cuenta lo establecido en el artículo 20 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Pleno, a propuesta
del Alcalde, acuerda por siete votos a favor, y seis abstenciones de Dª Sonia Ibarguren, D.
Germán García, Dª Vanessa Cantero, D. Juan Pedro Martínez, D. David Herce y D. Jesús
Ángel Cámara, crear las Comisiones y órganos que a continuación se relacionan, con las
atribuciones, composición y régimen de funcionamiento que en cada caso se expresan:

  Primero.- Crear las Comisiones Informativas del Ayuntamiento, compuestas por ocho
miembros, con las personas y cargos (Presidente el señalado y vocales el resto), tal como a
continuación se relacionan:

  1º.- Comisión Especial de Cuentas, que actuará también como Comisión Informativa
asuntos de Economía y Hacienda:

           Atribuciones: Estudio, informe y consulta de todas las cuentas presupuestarias y
           extrapresupuestarias de la Corporación y de cualesquiera otros asuntos de
           contenido económico o financiero que hayan de someterse a la aprobación del


                                                                                            7
Pleno; así como el seguimiento de la gestión de los órganos de gobierno
           municipales relacionados con la Hacienda Local.

           Composición:
             PP: D. Tomás Santolaya Sáenz (Sr. Presidente)
                 D. David Rodríguez Cuesta
                 Dª Adelina Martínez Sáenz
             PSOE: Dª. Sonia Ibarguren Ruiz
                    Dª. Vanessa Cantero Atalaya.
             PR: D. Antonio García Royo.
             UPyD: D. David Herce Ezquerro.
             IU: D. Jesús Ángel Cámara Colás.

           Funcionamiento: Celebrará sesiones ordinarias con la misma periodicidad que
           el Pleno, a las 12:00 horas; y las extraordinarias que se precisen para el
           cumplimiento de sus cometidos legales o las que se convoquen por iniciativa de
           su Presidente o de la cuarta parte, al menos, de sus miembros.

   2º.- Comisión Informativa General:

           Atribuciones: Estudio, informe y consulta de los asuntos que hayan de ser
           sometidos a la consideración del Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse
           acuerdos declarados urgentes; así como el seguimiento de la gestión de los
           órganos de gobierno municipales.

           Composición:
             PP: D. Tomás Santolaya Sáenz (Sr. Presidente)
                 Dª Adelina Martínez Sáenz.
                 Dª Elena Suárez Álvarez.
             PSOE: Dª. Sonia Ibarguren Ruiz.
                     D. German García Moreno.
             PR: D. Antonio García Royo.
             UPyD: D. David Herce Ezquerro.
             IU: D. Jesús Ángel Cámara Colás.

           Funcionamiento: Celebrará sesiones ordinarias con la misma periodicidad que
           el Pleno, a las 12:00 horas; y las extraordinarias que se precisen para el
           cumplimiento de sus cometidos legales o las que se convoquen por iniciativa de
           su Presidente o de la cuarta parte, al menos, de sus miembros.

   Segundo.- Establecer un sistema de voto ponderado respetando la proporcionalidad y la
representación de los grupos municipales con presencia en la Corporación.
                   Por ello, al estar representados todos los grupo políticos en las Comisiones
Informativas en un 50% respecto del número de concejales con los que cuentan en el Pleno,
los grupos municipales pluripersonales (PP y PSOE), dispondrán en las Comisiones
informativas de un voto por cada concejal presente, con un valor unitario ( 1)
                   Los votos de los concejales pertenecientes a los grupos políticos
unipersonales (PR, UPyD e IU) tendrán un valor de 0,50.




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6.-NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES EN ENTIDADES Y ÓRGANOS
EXTERNOS.-

   Vista la propuesta del Sr. Alcalde, en virtud de lo dispuesto en el artículo 38.c) del ROF y
RJ de las EE LL, el Pleno, con seis abstenciones de Dª Sonia Ibarguren Ruiz, D. Germán
García Moreno, Vanessa Cantero Atalaya, D. Juan Pedro Martínez Arnaez, D. David
Herce Ezquerro y D. Jesús Ángel Cámara Colas y siete votos a favor, acuerda nombrar a
los Srs. Concejales que a continuación se relacionan, representantes de la Corporación
Municipal en los siguientes órganos colegiados:

   - Consejo Escolar del Centro Público Gonzalo de Berceo: D. David Rodríguez Cuesta.
   - Hogar de la Tercera Edad: D. David Rodríguez Cuesta.
   - Juntas de Compensación de los Sectores y Unidades de Ejecución: D. Antonio García
Royo.
   - Consejo Deportivo de Zona: D. Rubén Gutiérrez Ruiz
   - Consejo Zona de Salud: Dª. David Rodríguez Cuesta.
  - Consorcio de Agua y Residuos de La Rioja: Titular, D. Tomás Santolaya Sáenz y
suplente, Dª Elena Suárez Álvarez.
   -Consejo de Guardería: Dª. Julia Olarte Alonso.
   - Mancomunidad del Leza-Iregua para la prestación del Servicio Social de Base: Titular
D. David Rodríguez Cuesta, y suplente Dª. Adelina Martínez Sáenz.

7.-DETERMINACIÓN DE LOS CARGOS CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA O
PARCIAL, SU RÉGIMEN Y RETRIBUCIONES.-

        Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 75 apartados 1 a 5 de la LRBRL, el
Sr. Alcalde formula la siguiente propuesta para su debate y votación en el Pleno:

  Primero.- Determinar los cargos a los que corresponde los siguientes niveles de
dedicación:
  1.- Alcaldía: Dedicación exclusiva.
  2.- Concejalía de Urbanismo: Dedicación parcial.

  Segundo.- Fijar las retribuciones correspondientes a los cargos señalados en el punto
anterior al régimen dedicación mínima necesaria siguiente:

  1.- Alcaldía: 1.884,90 Euros brutos mensuales incluidas las pagas extraordinarias, con
dedicación exclusiva

  2.- Concejalía de Urbanismo:1.197,00 Euros brutos mensuales incluidas las pagas
extraordinarias, con una dedicación de tres cuartos de jornada.

   Tercero.- Fijar la cuantía de las asistencias por la concurrencia a Plenos, Junta de Gobierno
Local e Informativas y Mesas de Contratación., para los miembros de la Corporación que no
tengan dedicación exclusiva ni parcial en los términos del Presupuesto Municipal vigente, así
como las indemnizaciones para todos los Srs. Concejales por los gastos efectivos ocasionados
en el ejercicio su cargo de acuerdo con las normas de aplicación general para las
Administraciones Públicas.

  Cuarto.- Condicionar la eficacia de las retribuciones e indemnizaciones anteriores, a la
disponibilidad de crédito presupuestario en las partidas correspondientes.


                                                                                              9
Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Rioja y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
el presente acuerdo, así como las resoluciones del Presidente de la Corporación determinando
los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o
parcial.

Se inicia el debate con la intervención de D. David Herce quién dice estar conforme con la
liberalización del Sr. Alcalde pero no con la del Concejal de Urbanismo, porque debería
concretarse claramente cual es el contenido de sus funciones y qué dedicación tiene, ya que el
sector urbanístico actualmente está prácticamente muerto y el Plan General se está terminando
de tramitar en el Ayuntamiento; añade además que el urbanismo es una materia que requiere
la intervención de técnicos especialista de alto nivel y por ello no ve justificada la ampliación
de la jornada de este Concejal. D. Jesús Ángel Cámara se muestra de acuerdo con lo dicho y
pregunta si los sueldos que ahora se establecen son mayores a los anteriores. El Sr. Alcalde
dice que se ha incrementado la jornada del concejal de urbanismo, pasando de media jornada
a tres cuartos, aunque la realidad es que este concejal siempre dedica más horas. En cuanto a
la paralización del sector urbanístico, y siendo cierto que ya no se construye como antes, dice
que hay otras cuestiones que requieren la atención permanente del Ayuntamiento, como la
urbanización de las calles y otras obras públicas; además respecto al Plan General no sabemos
realmente cuando terminaremos de trabajar en él, y por lo que respecta a la intervención de
técnicos especializados en urbanismo, también es necesario que haya un Concejal que los
coordine y dirija el trabajo. En relación a si ha habido un aumento de los sueldos, recuerda
que a mitad del año pasado se redujeron, por lo que la cantidad fijada ahora para la Alcaldía
es prácticamente igual que la que se señaló en 2007 y en el caso de la Concejalía de
Urbanismo se aumenta 200 €.
Dª Sonia Ibarguren dice que votará en contra porque considera que hoy en día el urbanismo
no es la materia que más trabajo requiere, habiendo concejalías que deberían contar con
mayor atención, como la de educación, e incluso plantea que sería mejor unir la Concejalía de
Urbanismo con otras, para que esta dedicación parcial tenga sentido; también considera que
este no es el momento para subirse el suelo. El Sr. Alcalde dice que en el Ayuntamiento el
Concejal de Urbanismo tiene otras responsabilidades además de las propias de su concejalía,
y que trabaja en apoyo de los otros concejales. El Aludido reitera lo dicho por el Sr. Alcalde,
recuerda que aunque su dedicación anterior era de media jornada trabajaba la jornada
completa y pregunta a D. David Herce si estaría dispuesto a ello por 200 €. Éste contesta que
no se debería cobrar por el tiempo, sino por el resultado e insiste en que ahora el urbanismo
no da mucho trabajo.

Terminado el debate, y vista la propuesta del Sr. Alcalde, el Pleno, por seis votos en contra
de Dª Sonia Ibarguren, D. Germán García, Dª Vanessa Cantero, D. Juan Pedro Martínez,
D. David Herce y D. Jesús Ángel Cámara, y siete votos a favor, acuerda:

  Primero.- Determinar los cargos a los que corresponde los siguientes niveles de
dedicación:
  1.- Alcaldía: Dedicación exclusiva.
  2.- Concejalía de Urbanismo: Dedicación parcial.

  Segundo.- Fijar las retribuciones correspondientes a los cargos señalados en el punto
anterior al régimen dedicación mínima necesaria siguiente:

  1.- Alcaldía: 1.884,90 Euros brutos mensuales incluidas las pagas extraordinarias, con
dedicación exclusiva



                                                                                              10
2.- Concejalía de Urbanismo:1.197,00 Euros brutos mensuales incluidas las pagas
extraordinarias, con una dedicación de tres cuartos de jornada.

   Tercero.- Fijar la cuantía de las asistencias por la concurrencia a Plenos, Junta de Gobierno
Local e Informativas y Mesas de Contratación., para los miembros de la Corporación que no
tengan dedicación exclusiva ni parcial en los términos del Presupuesto Municipal vigente, así
como las indemnizaciones para todos los Srs. Concejales por los gastos efectivos ocasionados
en el ejercicio su cargo de acuerdo con las normas de aplicación general para las
Administraciones Públicas.

  Cuarto.- Condicionar la eficacia de las retribuciones e indemnizaciones anteriores, a la
disponibilidad de crédito presupuestario en las partidas correspondientes.

   Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Rioja y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
el presente acuerdo, así como las resoluciones del Presidente de la Corporación determinando
los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o
parcial.

8.-NOMBRAMIENTO DE CONCEJAL TESORERO.-

        Teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la
Disposición Transitoria Séptima del mismo y 2.f) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de
julio y vista la propuesta del Sr. Alcalde el Pleno, por unanimidad, acuerda:

  Primero.- Designar a Dª Adelina Martínez Sáenz como Tesorera de este Ayuntamiento,
con las funciones y responsabilidades propias del cargo de acuerdo con la legalidad
vigente.

  Segundo.- Relevar a dicho Concejal de la obligación de prestar fianza como Tesorero,
asumiendo todos los miembros de la Corporación, por medio de este acuerdo, la
responsabilidad solidaria por el resultado de su gestión en tales funciones.

  Tercero.- Notificar personalmente el presente acuerdo a la designada a fin de que
preste, en su caso, la aceptación del cargo de tesorera.

   Cuarto.- Publicar este nombramiento en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la
fecha de la presente resolución.

9.-CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DEL ALCALDE SOBRE
NOMBRAMIENTOS Y DELEGACIONES.-

  Por el Sr. Alcalde se da conocimiento a la Corporación de la Resoluciones adoptadas sobre
nombramientos y delegaciones que a continuación se expresan:

  A.- NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE: (Decreto nº 205/2011 de
fecha 17 de junio):

     “Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y artículo 47 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de
                                                                                             11
Noviembre de 1986 (ROF y RJ de las EE LL), y demás legislación concordante

                                        RESUELVO

  Primero.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los Srs. Concejales siguientes:

   Primer Teniente de Alcalde: D. Antonio García Royo.
   Segundo Teniente de Alcalde: D. David Rodríguez Cuesta.
   Tercer Teniente de Alcalde: D.ª Adelina Martínez Sáenz.
   Cuarto Teniente de Alcalde: D.ª Elena Suárez Álvarez.

   Segundo.- Los Tenientes de Alcalde me sustituirán, por el orden de su nombramiento,
previa y expresa delegación, si ello fuera posible, en la totalidad de mis atribuciones, en los
casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento que me imposibilite para el
ejercicio de las mismas.
   Igualmente, me sustituirán de modo automático, asimismo por el orden de su
nombramiento, cuando durante la celebración de una sesión tenga que abstenerme de
intervenir, en relación con algún punto concreto de la misma conforme a lo dispuesto en el
artículo 46 de la LRBRL.

  Tercero.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados a fin de que
presten, en su caso, la aceptación de tales cargos.

   Cuarto.- Publicar este nombramiento en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la
fecha de la presente resolución.

  Quinto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.”

 B.- NOMBRAMIENTO DE INSTRUCTORA EN EXPEDIENTES SANCIONA-
DORES DE TRÁFICO. (Decreto nº 208 /2011 de fecha 17 de junio)

 “Teniendo en cuenta lo dispuesto, con sus correspondientes modificaciones, en:

    El Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto
articulado sobre Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial.

 El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento
General de Circulación.

  La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

  El Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero por el que se aprueba el Reglamento
Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial.

 Vista la legislación citada y demás concordante, en virtud de mis atribuciones
RESUELVO:

     Primero.- Nombrar instructora de los expedientes sancionadores del trafico a la
Tercera Teniente de Alcalde Dª Adelina Martínez Sáenz y Secretaria de dicho expediente
a la Secretaria Interventora de este Ayuntamiento Dª Myriam Torbado Martínez, que
                                                                                            12
podrán abstenerse de intervenir en el procedimiento o ser recusadas, por las causas y en la
forma que determinan los arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de la
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común habilitándose la efecto
un plazo de recusación de diez días, contados a partir del día siguiente al de la notificación
de esta Resolución.

  Segundo.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.”

 C. – DELEGACIONES ESPECIALES PARA COMETIDOS ESPECÍFICOS
EFECTUADAS A LOS CONCEJALES ( Decreto nº 207/2011 de fecha 17 de junio)

  “Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y artículos 43 a 45 y 114 a 118 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales de 28 de Noviembre de 1986 (ROF y RJ de las EE LL), y demás legislación
concordante
                                    RESUELVO

   Primero.- Delegar, respecto a los asuntos que se especifican, la gestión ordinaria
(reuniones, atención al ciudadano, información, seguimiento expedientes, etc...) sin
competencias resolutorias, a favor de los Srs. Concejales que a continuación se indican:

ASUNTOS OBJETO DE DELEGACIÓN                           DESTINATARIOS

Sanidad, Bienestar Social y Protección Civil           D. David Rodríguez Cuesta
Educación, Parques y Jardines                          Dª Mª Julia Olarte Alonso
Limpieza viaria, Residuos sólidos y urbanos            Dª. Elena Suárez Álvarez
Urbanismo                                              D. Antonio García Royo.
Hacienda, Vialidad y Transporte urbano                 Dª. Adelina Martínez Sáenz.
Festejos, juventud y deportes                          D. Rubén Gutiérrez Ruiz

   Segundo.- El ejercicio de las facultades que se delegan se efectuará en las condiciones
establecidas en el art. 115 del ROF y RJ de las EE LL.
   Tercero.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados a fin de que
presten, en su caso, la aceptación de tales cargos.
   Cuarto.- Publicar este nombramiento en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la
fecha de la presente resolución y/o aprobación de la constitución de los órganos en que
ejercerán sus cargos.
   Quinto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.”

  Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde Presidente dio por finalizada la
Sesión siendo las 21: 55 horas, ordenando que de todo ello extienda Acta y así lo hago
como Secretaria, certifico.

   EL ALCALDE PRESIDENTE                                  LA SECRETARIA



  Fdo.: Tomás Santolaya Sáenz                     Fdo.:Dª Myriam Torbado Martínez



                                                                                           13

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21-06-2011

  • 1. ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO CELEBRADA EL DÍA 21 DE JUNIO DE 2011. SRS. ASISTENTES: - SR. ALCALDE PRESIDENTE: D. Tomás Santolaya Sáenz.(PP) - SRS. CONCEJALES: D. David RODRIGUEZ CUESTA.(PP) D.ª Adelina MARTINEZ SAENZ.(PP) Dª Elena SUAREZ ALVAREZ.(PP) D. Rubén GUTIÉRREZ RUIZ.(PP) Dª Mª Julia OLARTE ALONSO.(PP) D.ª María Sonia IBARGUREN RUIZ .(PSOE) D. Germán GARCIA MORENO.(PSOE) Dª. Vanessa CANTERO ATALAYA .(PSOE) D. Juan Pedro MARTINEZ ARNAEZ.(PSOE) D. Antonio GARCIA ROYO.(PR) D. David HERCE EZQUERRO.(UPyD) D. Jesús Ángel CAMARA COLAS.(IU) - SR. SECRETARIA: Dª Myriam Torbado Martínez. _________________________________________________________________________ En Villamediana de Iregua (La Rioja), a 21 de junio de dos mil once, previa citación hecha en forma legal, y siendo las 20 horas y 30 minutos, se reunieron en el Salón de la Casa Consistorial, los Señores Concejales al inicio expresados, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, y asistidos de la Sra. Secretaria, y de la Sra. Vicesecretaria Interventora Dª. Mari Luz Galindo González, al objeto de celebrar sesión extraordinaria, en primera convocatoria, del Pleno de la Corporación. Constituido, por tanto, el Pleno con la mayoría necesaria, el Sr. Alcalde Presidente declaró abierta la sesión, pasándose a tratar los asuntos comprendidos en el Orden del Día, que fueron los siguientes: (Incidencia: D. Jesús Ángel Cámara propone al Sr. Alcalde ver primero los asuntos del orden del día relativos a la organización del Ayuntamiento y dejar para el final el punto segundo. El Sr. Alcalde no lo considera conveniente, manteniendo el orden establecido en la Convocatoria) 1.- APROBACION, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION DEL DIA 11 DE JUNIO DE 2011. Visto el borrador del acta de la Sesión celebrada el día 11 de junio de 2011, por el Sr. Alcalde-Presidente se pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación. Por D. Jesús Ángel Cámara Colas se plantea la incorporación al acta de las palabras que literalmente utilizó en su toma de posesión como concejal. Manifestando todos los concejales la conformidad, se acuerda por unanimidad aprobar el acta de la sesión celebrada en fecha 11 de junio de 2011, realizando la incorporación solicitada.
  • 2. 2.- ACORDAR LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA JUDICIAL Nº 324 DE FECHA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2006, EN RELACIÓN AL EXPEDIENTE DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE AVDA. DE CAMEROS; IMPONER Y ORDENACIÓN CORRECTAMENTE LAS REFERIDAS CONTRIBUCIONES Y PRACTICAR LAS LIQUIDACIONES DEFINITIVAS. A.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el Sr. Alcalde se somete a la consideración del Pleno la inclusión en el orden del día del presente asunto por razones de urgencia motivando la misma en la necesidad de cumplir con el mandato judicial dentro del plazo legalmente establecido para ello, ya que la sentencia se dictó el 1 de septiembre de 2006. Por Dª Sonia y D. Germán se critica que se tramite urgentemente este asunto, cuando han sido varios los años transcurridos desde la Sentencia. El Sr. Alcalde contesta que este expediente lo podían haber hecho ellos en su momento, y que por su parte considera que está cumpliendo su obligación habiendo iniciado los trámites hace meses en tiempo y forma . El Pleno de la Corporación, con una abstención de D. David Herce Ezquerro, cinco votos en contra de Dª Sonia Ibarguren Ruiz, D. Germán García Moreno, Vanessa Cantero Atalaya, D. Juan Pedro Martínez Arnaez, D. Jesús Ángel Cámara Colas y siete votos a favor, acuerda ratificar la inclusión de este asunto en el orden del día. B.- Visto que previa la tramitación del oportuno expediente, por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 25 de noviembre de 2004, se acordó aprobar definitivamente la imposición y ordenación de las contribuciones especiales para la financiación de las obras de “Urbanización de Avda. de Cameros” siendo publicado, en el Boletín Oficial de La Rioja número 157 de 9 de diciembre de 2004. Interpuesto recurso contencioso-administrativo por uno de los afectados, sujeto pasivo de las contribuciones especiales, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Logroño dicta sentencia fechada el 1 de septiembre de 2006 cuyo fallo, objeto luego de rectificación de error material, es del siguiente tenor:“Estimar el recurso interpuesto ... declarando la nulidad del acuerdo de aprobación definitiva de imposición y ordenación de las Contribuciones Especiales, pero solamente en el apartado referido a la determinación del módulo de reparto fijado de “volumen edificable”, debiendo proceder el Ayuntamiento demandado a la aprobación de nuevo de la imposición y ordenación de las citadas contribuciones especiales de conformidad con los parámetros procedentes para determinar dicho volumen edificable de los inmuebles afectados y proceder al cálculo de las nuevas cuotas individuales y el acto liquidatorio que trae causa de aquél”. Mediante Providencia de fecha 6 de junio de 2011, se dispone por el Sr. Alcalde que se incoe expediente administrativo para la ejecución del Fallo de la Sentencia citada anteriormente, al que se incorporarán los datos e informes jurídicos y técnicos necesarios para la determinación correcta del volumen edificable, y en consecuencia al cálculo de las nuevas cuotas individuales. Por el Sr. Arquitecto Asesor del Ayuntamiento D. Esteban Pardo Calderón en fecha 15 de junio, se emite informe técnico, señalando cual es el criterio legal para determinar correctamente el volumen edificable establecido en el expediente como módulo de reparto de las Contribuciones Especiales, procediendo en consecuencia al cálculo de las nuevas 2
  • 3. cuotas individuales definitivas. Para ello se toman de referencia los parámetros resultantes del planeamiento en vigor, aplicando la fórmula física de volumen = superficie x altura. Por la Intervención municipal, en fecha 16 de junio de 2011 se emite informe de fiscalización del expediente, por cuanto da lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico y tiene repercusiones financieras. Por Secretaria se emite informe jurídico en fecha 16 de junio de 2011 acerca de la procedencia de la incoación del expediente administrativo para la ejecución de la sentencia citada y del procedimiento aplicable. Teniendo en cuenta los datos de contenido económico que constan en el Ayuntamiento a fecha actual, para determinar el importe definitivo de la base imponible de las Contribuciones Especiales, y que son los siguientes: COSTE DE LAS OBRAS: 2.123.939,47 € expropiaciones........................ 155.399,09 € Coste urbanización................. 1.883.540,38 € Honorarios.............................. 85.000,00 € SUBVENCIONES Y APORTACIONES: 653.288,28 € Ingresado por Comunidad Autónoma............ 399.999,85 € Convenio a firmar......................................... 253.288,43 € COSTE SOPORTADO POR EL AYUNTAMIENTO (A-B): 1.470.651,19 € COEFICIENTE CORRECTORES: 70.244,45 € BASE IMPONIBLE DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES (máximo 90% de C): 50% DEL COSTE SOPORTADO POR EL AYUNTAMIENTO: 735.325,60 € DEDUCCIÓN COEFICIENTES CORRECTORES EN LA BASE IMPONIBLE (E- D): 665.081,15 € IMPORTE TOTAL CONTRIBUCIONES ESPECIALES: 665.081,15 €. A continuación se inicia el debate con la intervención en primer lugar de D. Jesús Cámara quién plantea la posibilidad de fraccionar el pago en dos o tres plazos por la situación económica actual de las familias. En el mismo sentido se pronuncia Dª Sonia quien propone el pago por mensualidades. El Sr. Alcalde dice que en la notificación ya se les informa de las posibilidades de fraccionar y aplazar, así que cuando se vayan recibiendo las solicitudes se estudiaran. Dª Sonia dice que resultan chocantes las diferencias que hay entre los resultados de las tablas aprobadas antes y las actuales, habiendo casos de gente que incluso tiene que pagar 3 veces más. El Sr. Alcalde dice que esto de se debe a que al tener que cumplir con el mandato judicial y aplicar únicamente el volumen edificable como módulo de reparto, se han suprimido los tramos que antes se aplicaban, por lo que por lo general los que viven en los tramos más estrechos tienen que pagar más. Dª Sonia pregunta qué posibilidades de recurrir hay contra las notificaciones que se realicen. Responde el Sr. Alcalde que las mismas que hay siempre y que se indicarán en la propia notificación. 3
  • 4. Terminado el debate y considerando lo dispuesto en lo artículos 14, 15.1, 17, 28 a 37, 58 y 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.(TRLHL); Artículo 22.2.e) y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; Artículos 2.2, 28, 35.4, 62.2, 66 y 67 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; Artículos 64 y 66 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 518 de la LEC 1/2000, y teniendo en cuenta los informes técnicos, jurídicos y económicos que obran en el expediente instruido al efecto, el Pleno de la Corporación, con una abstención de D. David Herce Ezquerro, cinco votos en contra de Dª Sonia Ibarguren Ruiz, D. Germán García Moreno, Vanessa Cantero Atalaya, D. Juan Pedro Martínez Arnaez, D. Jesús Ángel Cámara Colas y siete votos a favor,acuerda: Primero: Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia nº 324 de fecha 1 de septiembre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Logroño en recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario nº 83/2005 dictada en relación con el expediente de imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de las obras de Urbanización de Avda. de Cameros (LR 551), y en consecuencia anular en el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua, en sesión de fecha 25 de noviembre de 2004 solamente el apartado referido a la determinación del módulo de reparto fijado de “volumen edificable”, procediendo a la aprobación de nuevo de la imposición y ordenación de las citadas contribuciones especiales de conformidad con los parámetros procedentes para determinar dicho volumen edificable de los inmuebles afectados y proceder al cálculo de las nuevas cuotas individuales y el acto liquidatorio que trae causa de aquél. Segundo: Convalidar todos los demás actos y trámites realizados en el expediente de referencia al amparo de lo dispuesto en los artículos 64 y 66 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tercero: Publicar en el Boletín Oficial de La Rioja el presente acuerdo, y notificar individualmente a cada sujeto pasivo la base y cuotas individuales definitivas, girando las liquidaciones que procedan y compensando, como entrega a cuenta, los pagos anticipados que se hubieran efectuado.” 3.- DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES DEL PLENO.- Por el Sr. Alcalde da cuenta de su propuesta, en la que se establece que la periodicidad de las sesiones será bimensual para evitar que se tengan que convocar plenos ordinarios vacíos de contenido, señalando como días de celebración los primeros jueves del mes correspondiente, a las veinte horas. Dª Sonia dice que votará en contra porque es en los plenos ordinarios cuando se tiene la oportunidad, a través de las preguntas, de ejercer el control de la actuación municipal, por lo que reducir a la mitad esa posibilidad le parece lamentable, también se opone al adelanto de la hora a las ocho de la tarde porque supone un perjuicio para los que trabajan. D. Juan Pedro añade que con este adelanto en la hora se coarta la libertad de expresión y se ponen trabas a la asistencia de los concejales al pleno. El Sr. Alcalde responde que la capacidad 4
  • 5. de control está garantizada y que se puede ejercer por la oposición en cualquier momento, por ejemplo pidiendo la celebración de algún pleno; en cuanto al adelanto de media hora se debe a que al haber más grupos políticos en la corporación, pueda haber un margen de tiempo mayor para las intervenciones de todos, y recuerda que asistir a los plenos es una obligación de todos los concejales. D. Jesús Ángel dice que coincide con lo expuesto por Dª Sonia anteriormente sobre la necesidad de que los plenos se celebren mensualmente, por un lado para poder controlar la acción del gobierno municipal porque las competencias del Alcalde cada vez son mayores, y porque cuantos más ciudadanos seamos más trabajo se genera. Responde el Sr. Alcalde que ningún municipio de nuestras características ha establecido la celebración de sesiones mensuales y reitera que el ejercicio del control se puede ejercer a diario, solicitando la información necesaria, presentando mociones o con cualquier otra actuación. D. David Herce igualmente plantea que los plenos deberían ser mensuales, y que la existencia de más concejales y más grupos políticos son precisamente un argumento que avala esta petición, Pide además que para contar con tiempo suficiente para ver los asuntos incluidos en el Pleno, las convocatorias se realicen con más tiempo que el mínimo legalmente establecido. Terminado el debate, se propone votar la propuesta presentada por el Sr. Alcalde de celebrar las sesiones ordinarias con una periodicidad bimensual y la propuesta de los grupos de la oposición en los términos expresados anteriormente. El resultado de la votación es el siguiente: siete votos a favor de la propuesta del Sr. Alcalde, emitidos por los concejales del Partido Popular y del Partido Riojano, y seis votos a favor de la propuesta alternativa emitida por los concejales del Partido Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida. Por lo tanto, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 46.2 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL); 126 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de la Rioja (LALR); y 78.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF y RJ de las EE.LL), el Pleno con los votos de la mayoría absoluta de los miembros de la Corporación, acuerda: Primero.- Determinar que el Pleno del Ayuntamiento celebrará sus sesiones ordinarias con periodicidad bimensual, señalando como días de celebración los primeros JUEVES del mes correspondiente, a las veinte horas. Segundo.- En el supuesto de que el día señalado sea festivo o concurra cualquier circunstancia que imposibilite su celebración, la sesión se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora. 4.- COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.- Se procede en primer término a dar cuenta de la Resolución de Alcaldía 206/2011 de fecha 17 de junio de 2011 por la que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno Local y se efectúa delegación de competencias, y cuyo contenido literal es el siguiente: “Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y artículos 43.2 Y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades 5
  • 6. Locales de 28 de Noviembre de 1986 (ROF y RJ de las EE LL), y demás legislación concordante RESUELVO Primero.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los Srs. Concejales y Tenientes de Alcalde que a continuación se relacionan: D. Antonio García Royo. D. David Rodríguez Cuesta. Dª. Adelina Martínez Sáenz. Dª Elena Suárez Álvarez. Segundo.- Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones: - Las aprobaciones de los instrumentos de desarrollo de planeamiento municipal no expresamente atribuidas al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. En éste último caso, cuando el presupuesto de ejecución material supere los 500.000,€ - La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. Siempre que el presupuesto de ejecución sea superior a 200.000,00 €, en el caso de los proyectos de obras y de 60.000,00€, en servicios. - El otorgamiento de licencias de obras mayores y autorizaciones relacionadas con estos expedientes. Siempre que el importe del presupuesto de ejecución material sea superior a 500.000,00 € - Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni en cualquier caso los seis millones de euros; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas las anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. Y siempre que el precio de licitación de estos contratos superen las cuantías legalmente establecidas para la contratación por procedimiento negociado sin publicidad. Tercero.- El ejercicio de las facultades que se delegan se efectuará en las condiciones establecidas en el art. 115 del ROF y RJ de las EE LL. Cuarto.- Proponer al Pleno que la celebración de las sesiones ordinarias que se realice los primeros miércoles del mes correspondiente, a las 13,30 horas. Quinto.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados a fin de que presten, en su caso, la aceptación de tales cargos. Sexto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución y/o aprobación de la creación y constitución de los órganos en que ejercerán sus cargos. Séptimo.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.” Seguidamente, el Pleno de la Corporación, quien en virtud de lo establecido en el art. 6
  • 7. 139 de la LALR es el órgano competente para establecer la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, procede a considerar la propuesta realizada por el Sr. Alcalde en el punto cuarto del Decreto trascrito, y con cuatro votos en contra de D. Germán García, D. Juan Pedro Martínez, D. David Herce y D. Jesús Ángel Cámara, dos abstenciones de Dª Sonia Ibarguren y Dª Vanessa Cantero y siete votos a favor, acuerda: Establecer cada mes la celebración de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que se celebrarán los primeros miércoles del mes correspondiente, a las 13,30 horas. 5.-CREACIÓN, COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE COMISIONES INFORMATIVAS.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 20 de la LRBRL; 29 y siguientes de la LALR; 123 y siguientes del ROF y RJ de las EE.LL.; y demás legislación concordante, por el Sr. Alcalde se da cuenta de su propuesta, en la que se establece la creación de dos comisiones informativas, una de cuentas y otra general, cuyas sesiones ordinarias se realizarán a las 12:00 horas, y estableciéndose el sistema de voto ponderado en función de la representación que los concejales tienen en el pleno. Dª Sonia Ibarguren plantea la posibilidad, como se ha venido haciendo hasta ahora, de cambiar la hora de celebración de estas comisiones para que puedan asistir todos los concejales que trabajan. D. Germán García añade que la situación laboral no está como para faltar al trabajo El Sr. Alcalde dice que todos los concejales pueden y deben asistir y que en todos los grupos políticos hay concejales que trabajan y que tendrán que pedir permiso para cumplir con su obligación. Dª Sonia concluye su intervención diciendo que está en contra la propuesta del Sr. Alcalde porque no está de acuerdo con la hora ni con la utilización del voto ponderado. D. Jesús Ángel Cámara también dice que se vota en contra de la utilización del voto ponderado y que se reserva la posibilidad del ejercicio de acciones legales para comprobar si la legislación lo ampara tal y como se plantea. El Sr. Alcalde dice que si la propuesta estuviera fuera de la legalidad la Secretaría habría hecho alguna observación, y no es el caso. Terminado el debate, vista la propuesta del Sr. Alcalde, y preguntado al grupos municipal socialista qué concejales designa para formar parte de las Comisiones, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 20 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Pleno, a propuesta del Alcalde, acuerda por siete votos a favor, y seis abstenciones de Dª Sonia Ibarguren, D. Germán García, Dª Vanessa Cantero, D. Juan Pedro Martínez, D. David Herce y D. Jesús Ángel Cámara, crear las Comisiones y órganos que a continuación se relacionan, con las atribuciones, composición y régimen de funcionamiento que en cada caso se expresan: Primero.- Crear las Comisiones Informativas del Ayuntamiento, compuestas por ocho miembros, con las personas y cargos (Presidente el señalado y vocales el resto), tal como a continuación se relacionan: 1º.- Comisión Especial de Cuentas, que actuará también como Comisión Informativa asuntos de Economía y Hacienda: Atribuciones: Estudio, informe y consulta de todas las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias de la Corporación y de cualesquiera otros asuntos de contenido económico o financiero que hayan de someterse a la aprobación del 7
  • 8. Pleno; así como el seguimiento de la gestión de los órganos de gobierno municipales relacionados con la Hacienda Local. Composición: PP: D. Tomás Santolaya Sáenz (Sr. Presidente) D. David Rodríguez Cuesta Dª Adelina Martínez Sáenz PSOE: Dª. Sonia Ibarguren Ruiz Dª. Vanessa Cantero Atalaya. PR: D. Antonio García Royo. UPyD: D. David Herce Ezquerro. IU: D. Jesús Ángel Cámara Colás. Funcionamiento: Celebrará sesiones ordinarias con la misma periodicidad que el Pleno, a las 12:00 horas; y las extraordinarias que se precisen para el cumplimiento de sus cometidos legales o las que se convoquen por iniciativa de su Presidente o de la cuarta parte, al menos, de sus miembros. 2º.- Comisión Informativa General: Atribuciones: Estudio, informe y consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la consideración del Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes; así como el seguimiento de la gestión de los órganos de gobierno municipales. Composición: PP: D. Tomás Santolaya Sáenz (Sr. Presidente) Dª Adelina Martínez Sáenz. Dª Elena Suárez Álvarez. PSOE: Dª. Sonia Ibarguren Ruiz. D. German García Moreno. PR: D. Antonio García Royo. UPyD: D. David Herce Ezquerro. IU: D. Jesús Ángel Cámara Colás. Funcionamiento: Celebrará sesiones ordinarias con la misma periodicidad que el Pleno, a las 12:00 horas; y las extraordinarias que se precisen para el cumplimiento de sus cometidos legales o las que se convoquen por iniciativa de su Presidente o de la cuarta parte, al menos, de sus miembros. Segundo.- Establecer un sistema de voto ponderado respetando la proporcionalidad y la representación de los grupos municipales con presencia en la Corporación. Por ello, al estar representados todos los grupo políticos en las Comisiones Informativas en un 50% respecto del número de concejales con los que cuentan en el Pleno, los grupos municipales pluripersonales (PP y PSOE), dispondrán en las Comisiones informativas de un voto por cada concejal presente, con un valor unitario ( 1) Los votos de los concejales pertenecientes a los grupos políticos unipersonales (PR, UPyD e IU) tendrán un valor de 0,50. 8
  • 9. 6.-NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES EN ENTIDADES Y ÓRGANOS EXTERNOS.- Vista la propuesta del Sr. Alcalde, en virtud de lo dispuesto en el artículo 38.c) del ROF y RJ de las EE LL, el Pleno, con seis abstenciones de Dª Sonia Ibarguren Ruiz, D. Germán García Moreno, Vanessa Cantero Atalaya, D. Juan Pedro Martínez Arnaez, D. David Herce Ezquerro y D. Jesús Ángel Cámara Colas y siete votos a favor, acuerda nombrar a los Srs. Concejales que a continuación se relacionan, representantes de la Corporación Municipal en los siguientes órganos colegiados: - Consejo Escolar del Centro Público Gonzalo de Berceo: D. David Rodríguez Cuesta. - Hogar de la Tercera Edad: D. David Rodríguez Cuesta. - Juntas de Compensación de los Sectores y Unidades de Ejecución: D. Antonio García Royo. - Consejo Deportivo de Zona: D. Rubén Gutiérrez Ruiz - Consejo Zona de Salud: Dª. David Rodríguez Cuesta. - Consorcio de Agua y Residuos de La Rioja: Titular, D. Tomás Santolaya Sáenz y suplente, Dª Elena Suárez Álvarez. -Consejo de Guardería: Dª. Julia Olarte Alonso. - Mancomunidad del Leza-Iregua para la prestación del Servicio Social de Base: Titular D. David Rodríguez Cuesta, y suplente Dª. Adelina Martínez Sáenz. 7.-DETERMINACIÓN DE LOS CARGOS CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA O PARCIAL, SU RÉGIMEN Y RETRIBUCIONES.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 75 apartados 1 a 5 de la LRBRL, el Sr. Alcalde formula la siguiente propuesta para su debate y votación en el Pleno: Primero.- Determinar los cargos a los que corresponde los siguientes niveles de dedicación: 1.- Alcaldía: Dedicación exclusiva. 2.- Concejalía de Urbanismo: Dedicación parcial. Segundo.- Fijar las retribuciones correspondientes a los cargos señalados en el punto anterior al régimen dedicación mínima necesaria siguiente: 1.- Alcaldía: 1.884,90 Euros brutos mensuales incluidas las pagas extraordinarias, con dedicación exclusiva 2.- Concejalía de Urbanismo:1.197,00 Euros brutos mensuales incluidas las pagas extraordinarias, con una dedicación de tres cuartos de jornada. Tercero.- Fijar la cuantía de las asistencias por la concurrencia a Plenos, Junta de Gobierno Local e Informativas y Mesas de Contratación., para los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial en los términos del Presupuesto Municipal vigente, así como las indemnizaciones para todos los Srs. Concejales por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio su cargo de acuerdo con las normas de aplicación general para las Administraciones Públicas. Cuarto.- Condicionar la eficacia de las retribuciones e indemnizaciones anteriores, a la disponibilidad de crédito presupuestario en las partidas correspondientes. 9
  • 10. Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Rioja y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el presente acuerdo, así como las resoluciones del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial. Se inicia el debate con la intervención de D. David Herce quién dice estar conforme con la liberalización del Sr. Alcalde pero no con la del Concejal de Urbanismo, porque debería concretarse claramente cual es el contenido de sus funciones y qué dedicación tiene, ya que el sector urbanístico actualmente está prácticamente muerto y el Plan General se está terminando de tramitar en el Ayuntamiento; añade además que el urbanismo es una materia que requiere la intervención de técnicos especialista de alto nivel y por ello no ve justificada la ampliación de la jornada de este Concejal. D. Jesús Ángel Cámara se muestra de acuerdo con lo dicho y pregunta si los sueldos que ahora se establecen son mayores a los anteriores. El Sr. Alcalde dice que se ha incrementado la jornada del concejal de urbanismo, pasando de media jornada a tres cuartos, aunque la realidad es que este concejal siempre dedica más horas. En cuanto a la paralización del sector urbanístico, y siendo cierto que ya no se construye como antes, dice que hay otras cuestiones que requieren la atención permanente del Ayuntamiento, como la urbanización de las calles y otras obras públicas; además respecto al Plan General no sabemos realmente cuando terminaremos de trabajar en él, y por lo que respecta a la intervención de técnicos especializados en urbanismo, también es necesario que haya un Concejal que los coordine y dirija el trabajo. En relación a si ha habido un aumento de los sueldos, recuerda que a mitad del año pasado se redujeron, por lo que la cantidad fijada ahora para la Alcaldía es prácticamente igual que la que se señaló en 2007 y en el caso de la Concejalía de Urbanismo se aumenta 200 €. Dª Sonia Ibarguren dice que votará en contra porque considera que hoy en día el urbanismo no es la materia que más trabajo requiere, habiendo concejalías que deberían contar con mayor atención, como la de educación, e incluso plantea que sería mejor unir la Concejalía de Urbanismo con otras, para que esta dedicación parcial tenga sentido; también considera que este no es el momento para subirse el suelo. El Sr. Alcalde dice que en el Ayuntamiento el Concejal de Urbanismo tiene otras responsabilidades además de las propias de su concejalía, y que trabaja en apoyo de los otros concejales. El Aludido reitera lo dicho por el Sr. Alcalde, recuerda que aunque su dedicación anterior era de media jornada trabajaba la jornada completa y pregunta a D. David Herce si estaría dispuesto a ello por 200 €. Éste contesta que no se debería cobrar por el tiempo, sino por el resultado e insiste en que ahora el urbanismo no da mucho trabajo. Terminado el debate, y vista la propuesta del Sr. Alcalde, el Pleno, por seis votos en contra de Dª Sonia Ibarguren, D. Germán García, Dª Vanessa Cantero, D. Juan Pedro Martínez, D. David Herce y D. Jesús Ángel Cámara, y siete votos a favor, acuerda: Primero.- Determinar los cargos a los que corresponde los siguientes niveles de dedicación: 1.- Alcaldía: Dedicación exclusiva. 2.- Concejalía de Urbanismo: Dedicación parcial. Segundo.- Fijar las retribuciones correspondientes a los cargos señalados en el punto anterior al régimen dedicación mínima necesaria siguiente: 1.- Alcaldía: 1.884,90 Euros brutos mensuales incluidas las pagas extraordinarias, con dedicación exclusiva 10
  • 11. 2.- Concejalía de Urbanismo:1.197,00 Euros brutos mensuales incluidas las pagas extraordinarias, con una dedicación de tres cuartos de jornada. Tercero.- Fijar la cuantía de las asistencias por la concurrencia a Plenos, Junta de Gobierno Local e Informativas y Mesas de Contratación., para los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial en los términos del Presupuesto Municipal vigente, así como las indemnizaciones para todos los Srs. Concejales por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio su cargo de acuerdo con las normas de aplicación general para las Administraciones Públicas. Cuarto.- Condicionar la eficacia de las retribuciones e indemnizaciones anteriores, a la disponibilidad de crédito presupuestario en las partidas correspondientes. Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Rioja y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el presente acuerdo, así como las resoluciones del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial. 8.-NOMBRAMIENTO DE CONCEJAL TESORERO.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la Disposición Transitoria Séptima del mismo y 2.f) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio y vista la propuesta del Sr. Alcalde el Pleno, por unanimidad, acuerda: Primero.- Designar a Dª Adelina Martínez Sáenz como Tesorera de este Ayuntamiento, con las funciones y responsabilidades propias del cargo de acuerdo con la legalidad vigente. Segundo.- Relevar a dicho Concejal de la obligación de prestar fianza como Tesorero, asumiendo todos los miembros de la Corporación, por medio de este acuerdo, la responsabilidad solidaria por el resultado de su gestión en tales funciones. Tercero.- Notificar personalmente el presente acuerdo a la designada a fin de que preste, en su caso, la aceptación del cargo de tesorera. Cuarto.- Publicar este nombramiento en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución. 9.-CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DEL ALCALDE SOBRE NOMBRAMIENTOS Y DELEGACIONES.- Por el Sr. Alcalde se da conocimiento a la Corporación de la Resoluciones adoptadas sobre nombramientos y delegaciones que a continuación se expresan: A.- NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE ALCALDE: (Decreto nº 205/2011 de fecha 17 de junio): “Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de 11
  • 12. Noviembre de 1986 (ROF y RJ de las EE LL), y demás legislación concordante RESUELVO Primero.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los Srs. Concejales siguientes: Primer Teniente de Alcalde: D. Antonio García Royo. Segundo Teniente de Alcalde: D. David Rodríguez Cuesta. Tercer Teniente de Alcalde: D.ª Adelina Martínez Sáenz. Cuarto Teniente de Alcalde: D.ª Elena Suárez Álvarez. Segundo.- Los Tenientes de Alcalde me sustituirán, por el orden de su nombramiento, previa y expresa delegación, si ello fuera posible, en la totalidad de mis atribuciones, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento que me imposibilite para el ejercicio de las mismas. Igualmente, me sustituirán de modo automático, asimismo por el orden de su nombramiento, cuando durante la celebración de una sesión tenga que abstenerme de intervenir, en relación con algún punto concreto de la misma conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la LRBRL. Tercero.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados a fin de que presten, en su caso, la aceptación de tales cargos. Cuarto.- Publicar este nombramiento en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución. Quinto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.” B.- NOMBRAMIENTO DE INSTRUCTORA EN EXPEDIENTES SANCIONA- DORES DE TRÁFICO. (Decreto nº 208 /2011 de fecha 17 de junio) “Teniendo en cuenta lo dispuesto, con sus correspondientes modificaciones, en: El Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado sobre Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial. El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero por el que se aprueba el Reglamento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial. Vista la legislación citada y demás concordante, en virtud de mis atribuciones RESUELVO: Primero.- Nombrar instructora de los expedientes sancionadores del trafico a la Tercera Teniente de Alcalde Dª Adelina Martínez Sáenz y Secretaria de dicho expediente a la Secretaria Interventora de este Ayuntamiento Dª Myriam Torbado Martínez, que 12
  • 13. podrán abstenerse de intervenir en el procedimiento o ser recusadas, por las causas y en la forma que determinan los arts. 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común habilitándose la efecto un plazo de recusación de diez días, contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución. Segundo.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.” C. – DELEGACIONES ESPECIALES PARA COMETIDOS ESPECÍFICOS EFECTUADAS A LOS CONCEJALES ( Decreto nº 207/2011 de fecha 17 de junio) “Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y artículos 43 a 45 y 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de Noviembre de 1986 (ROF y RJ de las EE LL), y demás legislación concordante RESUELVO Primero.- Delegar, respecto a los asuntos que se especifican, la gestión ordinaria (reuniones, atención al ciudadano, información, seguimiento expedientes, etc...) sin competencias resolutorias, a favor de los Srs. Concejales que a continuación se indican: ASUNTOS OBJETO DE DELEGACIÓN DESTINATARIOS Sanidad, Bienestar Social y Protección Civil D. David Rodríguez Cuesta Educación, Parques y Jardines Dª Mª Julia Olarte Alonso Limpieza viaria, Residuos sólidos y urbanos Dª. Elena Suárez Álvarez Urbanismo D. Antonio García Royo. Hacienda, Vialidad y Transporte urbano Dª. Adelina Martínez Sáenz. Festejos, juventud y deportes D. Rubén Gutiérrez Ruiz Segundo.- El ejercicio de las facultades que se delegan se efectuará en las condiciones establecidas en el art. 115 del ROF y RJ de las EE LL. Tercero.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados a fin de que presten, en su caso, la aceptación de tales cargos. Cuarto.- Publicar este nombramiento en el Boletín Oficial de La Rioja, y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución y/o aprobación de la constitución de los órganos en que ejercerán sus cargos. Quinto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.” Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde Presidente dio por finalizada la Sesión siendo las 21: 55 horas, ordenando que de todo ello extienda Acta y así lo hago como Secretaria, certifico. EL ALCALDE PRESIDENTE LA SECRETARIA Fdo.: Tomás Santolaya Sáenz Fdo.:Dª Myriam Torbado Martínez 13