El documento discute la autonomía de las instituciones de educación superior privadas en México, distinguiéndola de la autonomía tradicional de las universidades públicas. Explica que la enseñanza privada se ha manejado a través de permisos y autorizaciones de la autoridad educativa, protegidos por las garantías constitucionales de autonomía universitaria o reconocidos en los decretos de constitución de estas instituciones privadas.