El documento habla sobre la ciberseguridad. Define la ciberseguridad como el conjunto de herramientas, políticas, salvaguardas y tecnologías que se pueden usar para proteger los activos de una organización y sus usuarios en el ciberespacio. Luego enumera algunas medidas básicas para asegurar un sistema, como el uso de técnicas de desarrollo seguro, medidas de seguridad física, cifrado, contraseñas seguras, vigilancia de red y tecnologías de protección.
2. Programas que resguardan la
información en los sistemas
informáticos
Cada tipo de ataque y cada sistema requiere de un medio de protección o
más (en la mayoría de los casos es una combinación de varios de ellos)
A continuación se enumeran una serie de medidas que se consideran básicas
para asegurar un sistema tipo:
Utilizar tecnicas de desarrollo
Implantar medidas de seguridad fisica
Codificar la informacion criptologica
Contraseñas dificiles de averiguar
Vigilancia de red
Tecnologia repelente o protectora
Mantener copias de seguridad
3. Confidencialidad y confiabilidad
Confidencialidad es
la cualidad de
confidencial (que se dice
o hace en confianza y con
seguridad recíproca entre
dos o más individuos). Se
trata de una propiedad de
la informacion
que pretende garantizar el
acceso sólo a las
personas autorizadas.
La confiabilidad se refiere
a la consistencia de los
resultados. En el análisis
de la confiabilidad se
busca que los resultados
de un cuestionario
concuerden con los
resultados del mismo
cuestionario en otra
ocasión. Si esto ocurre se
puede decir que hay un
alto grado
deconfiabilidad.
4. Delitos informaticos
La Ley Especial contra delitos informáticos tiene por objeto la protección
integral, prevención y sanción que se haga a los sistemas que utilicen
tecnologías de información, la siguiente expone una breve explicación
detallada de ciertos términos utilizados en la informática. Esta ley será
aplicada tanto para venezolanos como extranjeros que realicen delitos
informáticos en el país, las sanciones serán previstas según la ley,
igualmente para personas naturales o jurídicas que actúen para ellas o
para alguien más
Artículo 4. Sanciones. Las sanciones por los delitos previstos en esta ley
serán principales y accesorias. Las sanciones principales concurrirán con
las accesorias y ambas podrán también concurrir entre sí, de acuerdo con
las circunstancias particulares del delito del cual se trate, en los términos
indicados en la presente ley
5. Delitos contra la propiedad
Delitos contra la provacidad de las personas y
comunicaciones
Delito contra los niños y adolecentes
Delitos contra el orden economico
Tipos de delitos
6. Delitos contra la propiedad
Delitos contra la provacidad de las personas y
comunicaciones
Delito contra los niños y adolecentes
Delitos contra el orden economico
Tipos de delitos