El documento lista 19 bienes y 10 servicios sujetos a detracción según los Anexos 2 y 3 de la Resolución de Superintendencia No 183-2004/SUNAT. Los bienes incluyen recursos hidrobiológicos, maíz, algodón, caña de azúcar, arena, residuos y subproductos. Los servicios incluyen intermediación laboral, arrendamiento, mantenimiento, transporte, construcción y otros gravados con IGV. Se especifica que el depósito de la detracción para contratos de construcción y servicios debe realizarse a
1. BIENES DEL ANEXO 2 DEL SISTEMA DE DETRACCIONES A BIENES Y SERVICIOS
LOS BIENES SUJETOS A DETRACCIÓN INCLUIDOS EN EL ANEXO 2 DE LA RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA Nº 183-2004/SUNAT SON LOS SIGUIENTES:
ANEXO 2
BIENES SUJETOS AL SISTEMA
Nº DEFINICIÓN5
1. Recursos hidrobiológicos
2. Maíz amarillo duro
3. Algodón en rama sin desmotar
4. Caña de azúcar
5. Arena y piedra
6. Residuos, subproductos, desechos, recortes y desperdicios
7. Bienes del inciso a) del apéndice I de la Ley del IGV
8. Animales vivos
9. Carnes y despojos comestibles
10. Abonos, cueros y pieles de origen animal
11. Aceite de pescado
12. Harina, polvo y “pellets” de pescado, crustáceos, moluscos y demás
invertebrados acuáticos
13. Embarcaciones pesqueras
14. Leche
15. Madera
16. Oro
17. Páprika
18. Espárrago
19. Minerales metálicos no auríferos
2. 4. CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DEL ANEXO 3
LAS ACTIVIDADES SUJETAS A DETRACCIÓN INCLUIDAS EN EL ANEXO 3 DE LA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 183-2004/SUNAT SON LAS SIGUIENTES:
ANEXO 3
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS SUJETOS AL SISTEMA
Nº DEFINICIÓN
1. Intermediación laboral y tercerización
2. Arrendamiento de bienes
3. Mantenimiento y reparación de bienes muebles
4. Movimiento de carga
5. Otros servicios empresariales
6. Comisión mercantil
7. Fabricación de bienes por encargo6
8. Servicio de transporte de personas
9. Contratos de construcción
10. Demás servicios gravados con el IGV
3. TRATÁNDOSE DE LOS CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS
SEÑALADOS EN EL CUADRO ANTERIOR, LA OPORTUNIDAD EN QUE
DEBERÍA EFECTUARSE EL DEPÓSITO DE LA DETRACCIÓN, SERÁ:
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DEL ANEXO 3
SISTEMA DE DETRACCIONES A BIENES Y SERVICIOS
OPERACIONES SUJETO OBLIGADO A MOMENTO PARA EFECTUAR
SUJETAS AL SISTEMA REALIZAR EL DEPÓSITO EL DEPÓSITO
Los contratos de construcción El usuario del servicio o Lo que ocurra primero:
y servicios gravados con el IGV quien encarga la • Hasta la fecha de pago
señalados en el Anexo 3 construcción. parcial o total al proveedor;
o,
• Dentro del 5to día hábil del
mes siguiente a aquel en que
se efectúe la anotación del
comprobante de pago en el
Registro de Compras.
El prestador del servicio o Dentro del 5to día hábil
quien ejecuta el contrato de siguiente de recibida la
construcción, cuando reciba totalidad del importe de la
la totalidad del importe de la operación
operación sin haberse
acreditado
el depósito respectivo