(1)Estudio Biblico del CUERPO, ALMA & ESPÍRITU.pptx
SI-S-16 Identificación de riesgos
1. PDVSA N° TITULO
REV. FECHA DESCRIPCION PAG. REV. APROB. APROB.
APROB. FECHAAPROB.FECHA
VOLUMEN 1
E PDVSA, 1983
SO–S–16 IDENTIFICACION Y NOTIFICACION DE RIESGOS
ASOCIADOS CON LAS INSTALACIONES Y PUESTOS
DE TRABAJOS
APROBADA
Héctor Goodfellow Jesús DávilaNOV.00 NOV.00
NOV.00 L.T.0 13 J.B. M.P.E.
MANUAL DE SALUD OCUPACIONAL
ESPECIALISTAS
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1 OBJETIVOS
Establecer los lineamientos corporativos y el procedimiento para el proceso de
identificación y notificación de riesgos asociados con las Instalaciones y Puestos
de Trabajo, sus efectos, los medios de control y las acciones que deberán
tomarse con el propósito de prevenir y/o evitar la ocurrencia de accidentes, y
enfermedades profesionales en cumplimiento con lo establecido en la Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y la Ley
Orgánica del Trabajo.
2 ALCANCE
2.1 Estos lineamientos son aplicables en todas las instalaciones operacionales,
comerciales, de investigación y administrativas de PDVSA, Empresas Filiales,
Empresas Mixtas y en aquellas Asociaciones Estratégicas, Convenios
Operativos, Contratos de Construcción y Operación (BOO), Ganancias
Compartidas donde Petróleos de Venezuela tenga alguna participación en el
Territorio Nacional.
2.2 Definir el marco de referencia y el procedimiento general a través del cual PDVSA
y sus empresas filiales, establecerán los procedimientos específicos para la
identificación y notificación de riesgos a los trabajadores.
2.3 Estos lineamientos deben ser aplicados a trabajadores propios, permanentes y
temporales (incluyendo tesistas, pasantes y aprendices del Ince), funcionarios
gubernamentales y contratistas.
3 DOCUMENTOS DE REFERENCIA
3.1 Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial Nº 5152, Extraordinaria, de fecha
19–07–97.
3.2 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, Gaceta Oficial No. 5292, de fecha
25–01–1999.
3.3 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Gaceta
Oficial Nº 3850, de fecha 18–07–86.
3.4 Comunicación JDG88–0170 “Programa de Identificación de Riesgos en la
IPPCN”, de fecha 24–02–88.
3.5 Guía para la Identificación de Riesgos Industriales en la IPPCN, Enero 1988.
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3.6 Política PDVSA de Seguridad, Higiene y Ambiente. PDVSA 1998.
4 DEFINICIONES
4.1 Enfermedad Profesional
Es el estado patológico contraído con ocasión del trabajo o exposición al medio
en el que el trabajador se encuentre obligado a trabajar; y el que pueda ser
originado por la acción de agentes físicos, químicos o biológicos, condiciones no
ergonómicas (disergonómicas) o meteorológicas, factores psicológicos y
emocionales, que se manifiesten por lesión orgánica, trastornos enzimáticos o
bioquímicos, temporales o permanentes.
4.2 Accidente de Trabajo
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión funcional o corporal, permanente
o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de la acción violenta de
una fuerza exterior que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del
trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo; será igualmente considerado
como accidente de trabajo, toda lesión interna determinada por un esfuerzo
violento, sobrevenida en las mismas circunstancias.
4.3 Riesgos
Probabilidad de ocurrencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad
profesional.
4.4 Identificación de Riesgos
Se entiende por Identificación de Riesgos la obtención de información sobre
procesos de operaciones de una planta o instalación, con el objeto de reconocer
los factores de riesgos, el personal expuesto y los controles existentes.
4.5 Evaluación de Riesgos
Como evaluación se entiende al proceso mediante el cual se determina el nivel
o intensidad de los factores de riesgos, mediante la utilización de procedimientos
y equipos de medición específicos y con base a criterios o normas existentes.
4.6 Notificación de Riesgos
Proceso mediante el cual la empresa informa a sus trabajadores sobre: la
naturaleza de los riesgos a que estará sometido como consecuencia de la
exposición a agentes físicos, químicos, biológicos, condiciones no ergonómicas,
riegos psicosociales presentes en los ambientes o puestos de trabajo, los daños
que pudiera causar a la salud indicándole los principios para su prevención.
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4.7 Agente de Riesgos
Son aquellos agentes del ambiente de trabajo de tipo mecánico, físico, químico,
biológico, ergonómico y psicosocial, que puedan ser causa de accidentes de
trabajo, enfermedades profesionales o molestias en los trabajadores.
4.8 Medidas de Control
Son aquellos procedimientos de ingeniería, administrativos y de protección
personal, que aplicados individualmente o en conjunto, persiguen la eliminación
de los factores de riesgo o su reducción hasta niveles considerados como
seguros para la salud del trabajador.
4.9 Ambiente de Trabajo
Definido según la LOPCYMAT
1. Los lugares locales o sitios, cerrados o al aire libre, donde personas
vinculadas por una relación de trabajo presten servicios a empresas,
oficinas, explotaciones, establecimientos industriales, agropecuarios y
especiales o de cualquier naturaleza que sean públicos o privados, con las
excepciones que establece esta Ley.
2. Las circunstancias de orden socio–cultural y de infraestructura física que de
forma inmediata rodean la relación hombre–trabajo, condicionando la
calidad de vida de los trabajadores y sus familias.
3. Los terrenos situados alrededor de la empresa, explotación,
establecimientos industriales o agropecuarios y que formen parte de los
mismos.
4.10 Exposición al Riesgo
Es la condición mediante la cual el trabajador está sujeto a la acción de el(los)
agente(s) de riesgo presente(s) en el ambiente de trabajo.
4.11 Hoja de Información de Seguridad de los Productos Químicos
(MSDS)
Es una ficha técnica del producto químico de donde se especifica información
sobre la identificación, propiedades físicas y químicas, explosivas y de
inflamación, toxicológicas y además, las medidas de seguridad relacionada con
su utilización.
5 LINEAMIENTOS
5.1 Ningún trabajador, según lo señalado en el punto 2.3, podrá ser expuesto a la
acción de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales o de cualquier otra
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índole, condiciones disergonómicas, sin ser advertido por escrito y por cualquier
otro medio idóneo de la naturaleza de los mismos, de los daños que pudieran
causar a la salud y adiestrados en los principios de su prevención.
5.2 En todas las Instalaciones Operacionales y Administrativas se deben identificar
y evaluar los riesgos inherentes a dicha instalación y a sus puestos de trabajo.
5.3 En cumplimiento con lo establecido en el punto 5.1., todo trabajador,
independientemente del nivel jerárquico, debe ser notificado de los riesgos
asociados con las instalaciones, procesos y actividades que desempeña.
5.4 La notificación de riesgos debe incluir información sobre los medios y las acciones
para prevenir, controlar y evitar la ocurrencia de accidentes y enfermedades
profesionales.
5.5 La notificación de riesgos que se efectúa a los trabajadores según lo establecido
en el punto 5.3, debe realizarse:
a. Al momento del ingreso a la empresa.
b. Con motivo de transferencia/ asignación/ sustitución o cualquier trabajo por
tiempo definido a otra instalación y/o puesto de trabajo.
c. Al efectuarse modificaciones a las instalaciones o procesos operacionales
y/o administrativos.
d. Al asignar nuevas tareas al trabajador.
5.6 La notificación de riesgos a los trabajadores debe actualizarse cada tres años,
reforzando las medidas de prevención de los riesgos, tareas y controles a aplicar.
5.7 Deben mantenerse registros actualizados del proceso de Identificación y
Notificación de Riesgos a los Trabajadores.
5.8 La Notificación de Riesgos, se realizará según los formatos PDVSA señalados en
los Anexos 1 y 2. (carta y matriz).
5.9 La identificación de riesgos debe ser realizada por un equipo de trabajo
coordinado por el supervisor de mayor nivel de la instalación y dependiendo de
la misma debe estar conformado por representantes de otras áreas, tales como:
Servicios Técnicos, Mantenimiento, Ingeniería, Operaciones, Seguridad, Higiene
y Ambiente (S.H.A) y Salud.
5.10 Las organizaciones de enlace con los organismos gubernamentales (Fuerza
Armada y Ministerio de Energía y Minas) y concesionarios de servicios,
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coordinarán las acciones correspondientes a la notificación de riesgos para el
personal que accese / utilice las instalaciones de PDVSA.
5.11 Las Organizaciones Contratantes notificarán los riesgos a los representantes de
las Empresas Contratistas y estos a su vez, deben notificarlo a los trabajadores
involucrados en el trabajo específico a ejecutar.
5.12 Las Organizaciones Contratantes velarán y supervisarán que este proceso se
cumpla de manera idónea, exigiendo a los contratistas la documentación
correspondiente.
6 RESPONSABILIDADES
6.1 El supervisor de mayor nivel tiene la responsabilidad de hacer cumplir los
lineamientos establecidos en esta norma en instalaciones u organizaciones bajo
su custodia.
6.2 El supervisor de mayor nivel de la instalación u organización designará las
personas responsables de su área, quienes se apoyarán con los representantes
de S.H.A y Salud, para la identificación de riesgos.
6.3 El supervisor de mayor nivel de la instalación u organización será responsable
de la Notificación de Riesgos al trabajador.
6.4 El trabajador firmará la Notificación de Riesgos, cómo constancia de haber sido
informado de los riesgos, sus efectos probables, sistemas de control y medidas
de prevención existentes.
6.5 La organización a la cual está adscrito el Trabajador, Recursos Humanos y Salud
(Historia Clínica), mantendrán los registros de Notificación de Riesgos de cada
trabajador.
6.6 La organización de S.H.A evaluará el cumplimiento del programa y establecerá
las medidas de control en caso de desviaciones en el mismo.
6.7 El trabajador debe exigir la Notificación de los Riesgos a los que está expuesto
en su trabajo, y deberá cumplir con las instrucciones, advertencias, enseñanzas
y medidas de prevención y control de riesgos impartidas en dicha Notificación.
6.8 La organización de S.H.A es responsable de la revisión y actualización de esta
norma, apoyándose en las organizaciones de Consultoría Jurídica, Recursos
Humanos y Salud.
8. CONFORMACION DEL
GRUPO DE TRABAJO
IDENTIFICACION DE RIESGOS
DE LA INSTALACION Y DE LOS
PUESTOS DE TRABAJO
INFORMES (POR
INSTALACION Y PUESTO DE
TRABAJO)
NOTIFICACION DE RIESGOS
A LOS TRABAJADORES
ARCHIVO DE LA
DOCUMENTACION
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6.9 La Gerencia S.H.A de cada Organización de PDVSA, será responsable de la
elaboración de los procedimientos específicos de Identificación y Notificación de
Riesgos.
7 PROCEDIMIENTO
A continuación se presenta en forma esquemática, las etapas que tienen lugar
para la ejecución del programa de Identificación y Notificación de Riesgos.
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7.1 Identificación de Riesgos
7.1.1 Conformación del Grupo de Trabajo
a. Este grupo debe estar íntimamente relacionado con la instalación a evaluar, será
coordinado por el supervisor de mayor nivel de la instalación y deberá estar
conformado, dependiendo de la misma, por representantes de otras áreas, tales
como: Servicios Técnicos, Mantenimiento, Operaciones, Ingeniería, S.H.A y
Salud. El Coordinador del grupo deberá apoyarse, en todo momento, con la
Organización de S.H.A de su área.
b. El Coordinador del grupo, será en cada caso, el supervisor de mayor nivel
directamente responsable por la instalación.
c. Mientras dure la identificación de los riesgos, el grupo deberá contar con el apoyo
y aprobación de su Gerencia de línea para llevar adelante el trabajo hasta su
completación.
7.1.2 Identificación de Riesgos de las Instalaciones
En la identificación de riesgos de las instalaciones el Grupo de Trabajo deberá:
a. Generar discusión relacionada con el proceso / trabajo, aportando información e
identificando todos los riesgos involucrados.
b. Identificar para cada equipo presente en la instalación, sus riesgos inherentes,
siguiendo en una primera instancia, el diagrama de flujo de la instalación.
c. Identificar además, el agente (elemento íntimamente ligado al riesgo o eventos
no deseados) y la causa (aquella situación o factor que origina el evento no
deseado).
d. Revisar la información contenida en los manuales, normas y procedimientos de
trabajo y de seguridad relacionados con la instalación.
e. Determinar la cantidad de personas expuestas.
f. Efectuar visitas a la instalación con el objeto de verificar / ampliar la información
recopilada durante las reuniones realizadas por el Grupo de Trabajo.
g. Verificar la operabilidad de los sistemas de protección del proceso.
h. Determinar todos los productos que se manejan, procesan y/o almacenan en la
instalación y tener disponible su Hoja de Información de Productos Químicos
(MSDS).
i. Considerar los riesgos provenientes de las instalaciones vecinas.
7.1.3 Identificación de Riesgos en los Puestos de Trabajo
En la identificación de los riesgos de cada puesto de trabajo el Grupo de Trabajo
deberá:
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a. Verificar las actividades llevadas a cabo en cada puesto de trabajo de la
instalación evaluada.
b. Efectuar la observación directa de la actividad realizada por el trabajador en cada
puesto de trabajo.
c. Seleccionar los puestos de trabajos a analizar, y asignarles un orden de prioridad,
considerando entre otras cosas, los siguientes factores:
S Frecuencia de accidentes y enfermedades profesionales.
S Gravedad potencial de la operación.
S Operaciones nuevas o modificadas.
d. Discutir y definir los riesgos involucrados en cada puesto de trabajo.
e. Definir el agente (elemento íntimamente ligado al riesgo o al evento no deseado)
y la causa (situación o factor que origina el evento no deseado).
f. Identificar las medidas y sistemas de prevención y control existentes relacionados
con los riesgos presentes.
g. Efectuar visitas a la instalación, con el objeto de verificar / ampliar la información
recopilada durante las reuniones de trabajo.
7.1.4 Resultados
La identificación de riesgos será registrada en el formato indicado en el Anexo
No. 2.
7.2 Notificación de Riesgos
Una vez llevada a cabo la identificación de riesgos, la información necesaria debe
ser suministrada a todos los trabajadores, notificándoles sobre los riesgos a los
que están expuestos en su lugar de trabajo, y dándoles a conocer las medidas
de control y las acciones para prevenir o evitar la ocurrencia de accidentes y
enfermedades profesionales.
7.2.1 Documentación a Entregar
Para la Notificación de los Riesgos, se entregará debidamente lleno a cada
trabajador dos originales del Formato PDVSA “Notificación de Riesgos a los
Trabajadores” (ver Anexos 1 y 2), los cuales deben estar firmados por el
supervisor de mayor nivel de la instalación u organización a la cual está adscrito
el trabajador.
Adicionalmente se entregará en los casos que aplique, copia de las Hojas de
Información de Productos Químicos (MSDS) manejados.
El trabajador debe firmar los Anexos 1 y 2, así como la documentación que señale
la organización de PDVSA a la cual pertenece como constancia de haber
recibido la Notificación de Riesgos.
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7.2.2 Forma de Notificación
La notificación debe incluir como mínimo lo siguiente:
a. Charla a cargo del supervisor de mayor nivel de la instalación u organización, o
la persona designada por éste.
b. Entrega al trabajador de un original firmado de la documentación mencionada en
el punto 7.2.1 y toda aquella que la organización considere necesaria.
7.3 Archivo
7.3.1 La documentación firmada por el trabajador, señalada en el punto 7.2.1, se
distribuirá para su archivo de la siguiente manera: el original a la Gerencia de
Recursos Humanos, copia al Jefe de la instalación a la que está adscrito el
trabajador y copia del Anexo Nº 2 a la Gerencia de Salud.
7.3.2 La Gerencia de Recursos Humanos debe mantener archivada el original y las
actualizaciones de la documentación firma por el trabajador activo; al cesar su
relación laboral, esta documentación se mantendrá por un período de 20 años.
7.4 Responsabilidades de los Miembros del Grupo de Trabajo
7.4.1 Efectuar la identificación de riesgos de la instalación y puestos de trabajo,
detectando:
a. Riesgos de Accidentes de Trabajo:
– Riesgos Físicos
– Riesgos Químicos
– Riesgos Biológicos
– Riesgos Disergonómicos
– Riesgos Psicosociales
b. Riesgos de Enfermedades Profesionales:
– Riesgos Físicos
– Riesgos Químicos
– Riesgos Biológicos
– Riesgos Disergonómicos
– Riesgos Psicosociales
7.5 Responsabilidades de Seguridad, Higiene y Ambiente
7.5.1 Apoyar al Coordinador de la evaluación y al grupo de trabajo, en todos los
aspectos de Prevención de Accidentes, Prevención y Control de Incendios,
Ambiente e Higiene Industrial, relacionados con la evaluación a realizar.
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7.5.2 Facilitarle al Coordinador, toda la documentación de Seguridad, Higiene y
Ambiente relacionada con la instalación a evaluar.
8 ANEXOS
Anexo 1: Carta de Notificación de Riesgos
Anexo 2: Matriz de Notificación de Riesgos
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ANEXO 1 CARTA DE NOTIFICACION DE RIESGOS
NOMBRE DEL TRABAJADOR:______________________ C.I: ___________________
GERENCIA GENERAL/FUNCIONAL ________________ DPTO: _________________
UBICACION _________________________________ INSTALACION_____________
CARGO O PUESTO DE TRABAJO _____________________ FECHA _____________
La Política Corporativa de Seguridad Higiene y Ambiente, establece la necesidad de
identificar y controlar los riesgos inherentes al desarrollo de sus operaciones con el
propósito de prevenir accidentes, enfermedades profesionales, daños al ambiente y a la
propiedad.
En este sentido, el trabajador juega un papel muy importante en la prevención y a tal
efecto debe estar informado de los riesgos asociados con las instalaciones y actividades
que desempeña, los medios de control de que dispone la empresa y las acciones que él
debe tomar para evitar la ocurrencia de estos eventos indeseables.
Es por esto que en la página anexa a este formato le estamos enumerando los riesgos
que de acuerdo a nuestro conocimiento existen en su lugar de trabajo, los agentes
causantes, los efectos probables a la salud, los sistemas de prevención existentes y las
medidas de control que usted debe cumplir para garantizar su integridad física.
Agradecemos leerlo cuidadosamente y firmar en el sitio correspondiente en señal de que
ha entendido el contenido de estas indicaciones y ha sido notificado por la empresa.
Atentamente,
Supervisor Trabajador
FIRMA:______________________ FIRMA:______________________
NOMBRE:___________________ NOMBRE:___________________
C.I: _____________________ C.I:_________________________
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14. RIESGOS AGENTE EFECTOS PROBABLES
A LA SALUD
SISTEMAS DE PREVENCION
Y CONTROL EXISTENTES
SUPERVISOR INMEDIATO RECIBIDO Y ENTERADO TRABAJADOR
FECHA:
FIRMA
NOMBRE
MEDIDAS DE CONTROL QUE DEBE
CUMPLIR EL TRABAJADOR
FIRMA
NOMBRE
C.I: C.I:
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ANEXO 2 MATRIZ DE NOTIFICACION DE RIESGOS
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