1) El demandante, Victor Jonathan Munar Borda, está demandando al Gobierno Regional de Moquegua y al Procurador Público Regional por el pago de beneficios sociales por su trabajo en obras de construcción civil entre 2009 y 2010.
2) Alega que debió haber sido pagado bajo el régimen especial de construcción civil pero fue pagado bajo el régimen común, por lo que reclama el pago de salarios, bonificaciones, vacaciones y gratificaciones por un monto total de S/./18,656.01 nuevos soles.
3) Como
Demanda de pago de beneficios sociales de construccion civil
1. Expediente Nº : <br />Cuaderno : Principal<br />Escrito Nº : 01<br /> Sumilla : DEMANDA DE PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES <br />SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO <br /> VICTOR JONATHAN MUNAR BORDA, identificado con DNI Nº 41101512, con dirección domiciliaria en Calle Moquegua Nº 621 II Nivel, y, señalando domicilio procesal en la Calle Ancash Nº 458-A interior Oficina Nº 02 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me presentó y expongo:<br />DEMANDADOS <br />1.1. Gobierno Regional de Moquegua, <br />Debidamente con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad de Moquegua.<br /> 1.2. Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Moquegua, con dirección domiciliaria en la Av. Simón Bolívar Nº 634, de esta ciudad de Moquegua. <br />SITUACIÓN LABORAL DEL DEMANDANTE<br />Régimen y CondiciónTrabajador Individual – Régimen Especial de Construcción CivilTiempo de Servicios10 meses y 13 díasCargo desempeñadoOficial04.01 al 18-10-2009Operario01.11 al 31.12.2009; 01.02 al 31.03.2010 y 01.06 al 31.10.2010.Última RemuneraciónS/. 850.00 nuevos soles<br />PETITORIO <br /> Invocando interés y legitimidad para obrar por derecho propio, interpongo pretensiones de:<br />3.1. Pretensión Principal<br /> Reintegro de derechos y beneficios sociales de acuerdo al Régimen Especial de Construcción Civil, por concepto de:<br />ConceptoMonto S/.SalariosSalarios Jornales Básicos9,629.93Bonificación por Movilidad837837.03Bonificación Única de Construcción Civil2,521.44Compensación por Tiempo de Servicios1,456.61Vacaciones2,647.43Gratificaciones1,563.57Total18,656.01<br />Pretensión Accesoria<br /> El Pago de intereses legales al no haberse pagado los derechos laborales en forma oportuna. <br />FUNDAMENTOS DE HECHO <br /> 4.1. Laboré para el Gobierno Regional de Moquegua como oficial y operario en diferentes obras (Mejoramiento Planta de Tratamiento Aguas Residuales Sistema de Agua de Chilota, Chojata y Lloque y Ampliación Electrificación de de la Asociación de Vivienda “El Mirador”), las mismas que por su propia naturaleza son consideradas como obras de construcción civil de acuerdo al CIIU categoría F, Código 45 de la revisión 03.<br /> 4.2. Bajo ese contexto, debió de habérseme pagado bajo el Régimen Laboral Especial de Construcción Civil, sin embargo se me pagó como si fuera del Régimen Laboral Común de la Actividad Privada; siendo así, corresponde que se me reintegre los derechos y beneficios sociales reclamados conforme éste Régimen Laboral, así como los intereses legales generados.<br />FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA<br />1. El Decreto Supremo Nº 07-77-TR, que <br />Preceptúa que los trabajadores eventuales especializados en obras de Construcción Civil, que ejecutan el estado y los particulares, deberán ser pagados por el Régimen de Construcción Civil.<br /> Las normas procesales en Materia Laboral prevista en la Ley Nº 26636 y supletoriamente en el Código Procesal Civil.<br />El Decreto Legislativo 650 que regula lo Relativo a la Compensación de Tiempo de Servicios.<br />El Decreto Legislativo 713 que regula lo Concerniente a las Vacaciones y gratificaciones<br />MONTO DEL PETITORIO<br />S/. 18,656.01 Nuevos Soles. <br />VÍA PROCEDIMENTAL<br /> Proceso Ordinario Laboral de conformidad con el artículo 61 de la Ley 26636.<br />MEDIOS PROBATORIOS<br /> 1. Certificado de Trabajo en original del período laboral comprendido entre el del 04 de Enero al 18 de Octubre del 2009.<br /> 2. Certificado de Trabajo en original del período laboral comprendido entre el 01 de Junio al 31 de de Octubre del 2010.<br /> 3. Boletas de Pago en original del periodo 2009, 2010. La Exhibición que efectuará la demandada del Expediente Técnico de las obras en las que laboré, a fin de determinar si éstas superan las 50 U.I.T.<br /> 4. Pericia Laboral que deberá ser practicada por la Perito Contable de la Corte Superior de Justicia de Moquegua a fin de que determine el monto total que se me adeuda.<br />ANEXOS<br />Anexo 1.A: Copia de DNI. <br /> Anexo 1.B: Certificado de Trabajo en original del período laboral comprendido entre el del 04 de Enero al 18 de Octubre del 2009.<br /> Anexo 1.C: Certificado de Trabajo en original del período laboral comprendido entre el 01 de Junio al 31 de de Octubre del 2010.<br /> Anexo 1.D: Boletas de Pago en original de los periodos 2009, 2010<br />POR LO EXPUESTO:<br /> A Ud. pido se sirva dar trámite a la demanda Interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad, conforme a ley. Moquegua, 30 de junio de 2011.<br />Abogada Karen Lucero Cruz Pari Victor Jonathan Munar Borda C.A.M. 2050 DNI Nº 41101512<br />