Modelo de calidad para la acreditación de carreras universitarias y estándare...
Tlc 2009
1. Los acuerdos internacionales con
contenido laboral.
Una aproximación desde la política
pública laboral
Angel E. Portugal Vargas
Noviembre, 2009
Lic. Magali De La Cruz Gómez
http://magalidgrealidadnacional.blogspot.com/
2. 2
¿Qué es un Tratado de Libre
Comercio?
• Es un acuerdo vinculante que suscriben dos o
más países para reglamentar de manera sus
relaciones económico-comerciales.
• Busca promover el desarrollo del comercio y
propiciar su crecimiento sostenido.
3. 3
¿Cuál es el contenido de un
Tratado de Libre Comercio ?
Un TLC aborda temas comerciales, pero con el
fin de profundizar la integración de las
economías, incorpora otros aspectos clave de la
relación económica bilateral.
Entre dichos aspectos se encuentra el laboral.
Otros son: promoción y protección de
inversiones, asuntos medioambientales,
propiedad intelectual, aduanas contrataciones
públicas, servicios, políticas de competencia,
solución de controversias, telecomunicaciones
comercio electrónico
4. 4
Contenido laboral de los Tratados
de Libre Comercio celebrados por
el Perú.-
- Los Tratados con contenido laboral son los
celebrados con Canadá y con Estados Unidos.
- El acuerdo con China incluye un capítulo sobre
Cooperación Laboral.
5. Contenido laboral de los acuerdo
con Estados Unidos y Canadá
Ambos contienen un reconocimiento y respeto por la Ley y
Constituciones de ambos países.
Ambos tienen como Obligación Principal para los países
adoptar y mantener en sus leyes y reglamentos, y aplicar
los derechos referidos en la Declaración relativa a los
Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su
Seguimiento (1998) de la OIT:
(a) la libertad de asociación;
(b) el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;
(c) la eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio ;
(d) la abolición efectiva del trabajo infantil y la prohibición de las peores formas de trabajo
infantil; y
(e) la eliminación de la discriminación con respecto a empleo y ocupación.
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6. Declaración de la OIT relativa a los Principios y
Derechos Fundamentales en el Trabajo (1998)
Convenio Nº 87 Libertad de asociación y libertad
Convenio Nº 98 sindical y el reconocimiento
efectivo del derecho de
negociación colectiva
Convenio Nº 29 Eliminación de todas las formas
Convenio Nº 105 de trabajo forzoso u obligatorio
Convenio Nº 138 Abolición efectiva del trabajo
Convenio Nº 182 infantil
Convenio Nº 100 Eliminación de la discriminación
Convenio Nº 111 en materia de empleo y ocupación
7. Compromiso de aplicación de la
legislación laboral.-
Ambos convenios disponen que los países no
dejarán de aplicar o dar efecto a sus leyes y
reglamentos laborales, de manera que afecte
el comercio o la inversión entre las Partes, si
el dejar de aplicar esas leyes y reglamentos
fuera incompatible con algún derecho
fundamental contenido en la Declaración de
OIT de 1998.
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8. Incumplimiento del capítulo laboral
del TLC Perú - EEUU (1)
Si se produce un incumplimiento de estos
estándares laborales, que resulte sostenido
y recurrente, se activa el mecanismo de
solución de controversias general del
Tratado, que supone:
i) una fase de consultas bilaterales
ii) un proceso arbitral, cuyo resultado típico
es una orden para cumplir el estándar. Si
ésta es incumplida, se puede generar una
suspensión de beneficios comerciales por la
parte afectada.
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9. Incumplimiento del capítulo laboral
del TLC Perú - EEUU (2)
Si EEUU o algún ente privado, denunciaran un
incumplimiento del Perú, recurrente y sostenido,
de alguno de los derechos fundamentales de la
declaración, se podría producir una sanción
comercial.
Si se incumple la Perú enfrenta un caso
Declaración OIT internacional, por
sostenida y incumplir el Tratado
recurrentemente
(ejemplo: violación de
la libertad sindical)
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10. Acuerdo de cooperación laboral
Canadá. Incumplimiento (1)
Si se produce un incumplimiento de los
estándares laborales, que resulte
sostenido y recurrente, se activa el
mecanismo de solución de controversias
general del Tratado, que supone:
i) una fase de consultas bilaterales
ii) un proceso arbitral, cuyo resultado
típico es una orden para cumplir el
estándar que, si es incumplida, puede
generar una multa a ser invertida
íntegramente en el cumplimiento de
dicho derecho fundamental.
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11. Acuerdo de cooperación laboral
Canadá. Incumplimiento (2)
Es decir, que si Canadá o algún ente privado, denunciaran un
incumplimiento del Perú, recurrente y sostenido, de alguno de los derechos
fundamentales de la declaración, se podría una multa, a invertirse en
hacer efectivo el derecho laboral incumplido
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12. Acuerdos laborales Perú EEUU y
Perú – Canadá. Cumplimiento (1)
Perú ha asumido el compromiso
específico de proteger, en su ley y su
práctica (de monitoreo e inspección) los
derechos incluidos en la Declaración de
OIT: libertad sindical, negociación
colectiva, trabajo forzoso, trabajo infantil,
y discriminación en el empleo.
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13. Acuerdos laborales Perú EEUU y
Perú – Canadá. Cumplimiento (2)
Nunca antes el Perú había asumido la obligación de
cumplir esos estándares en su legislación,
sometiéndose a sanciones comerciales (como con
EEUU) o a multas a reinvertirse en la fiscalización y
el cumplimiento de los derechos laborales referidos
en la Declaración de OIT (como con Canadá).
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14. Otras implicancias de tipo laboral.-
El libre comercio con EEUU y Canadá
comprende un compromiso de cumplir la
legislación laboral.
Perú asume el incumplimiento no solo
frente a los peruanos, sino frente a sus
contrapartes comerciales, que le exigirán
que asegure los derechos laborales, o lo
llevarán a un arbitraje, para sancionarlo o
forzarlo a invertir una multa que permita
fiscalizar mejor este derecho.
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15. Tareas para el cumplimiento.-
El cumplimiento efectivo de estos
estándares supone el desarrollo de una
agenda interna.
Dicho desarrollo ya ha empezado, pero aún
está en curso.
Esto implica acciones no sólo desde el Poder
Ejecutivo, sino desde todos los órganos que
componen el Estado Peruano.
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16. 1. Reforzamiento de la
actividad inspectiva.-
Aprobación de la Ley Nº 28806 y de su
Reglamento.
Incorporación de inspectores de trabajo
Desplazamiento de inspectores de trabajo a
Regiones
Ejecución del Plan RETO
Directivas nacionales (contratación a plazo
fijo y verificación de sub conratistas)
Convenio con la SUNAT
Planilla electrónica
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17. 2. Actividad normativa.-
Modificaciones al Reglamento de la LRCT.
Huelga.
Regulación de la tercerización
Aprobación de diversas directivas en
resguardo del ejercicio de la libertad
sindical: observancia de los estatutos de los
sindicatos, delegación de la facultad de
negociar colectivamente, constitución y
registro de sindicatos, sindicatos mixtos
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18. Otros aspectos.-
• Aprobación de la nueva Ley del MTPE: los
derechos fundamentales constituyen un área
programática especial
• Reforma del sistema procesal del trabajo
• Directiva 007-2007-CE-PJ “Celeridad en la
resolución de procesos laborales de nulidad de
despido y de reposición al empleo”
• Revisión de las observaciones formuladas por
los órganos de control de la OIT.
• Trabajo forzoso y trabajo infantil
• Discusión de la LGT. Congreso
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19. EL PERÚ EN LOS OJOS DEL MUNDO:
ESTABILIDAD Y OPORTUNIDADES CON LOS TLC
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