Este documento define y explica la propiedad intelectual. Señala que la propiedad intelectual incluye creaciones de la mente como invenciones, obras literarias y artísticas. La propiedad industrial protege invenciones, patentes, marcas y diseños industriales. Los derechos de autor regulan los derechos subjetivos del autor sobre su obra y se dividen en derechos morales y patrimoniales. Finalmente, la OMPI es la organización de las Naciones Unidas responsable de promover el uso de la propiedad intelectual.
2. ¿QUÉ ES LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
Igor Sádava.- Un sistema de disposiciones jurídicas que otorga derechos temporales
sobre bienes derivados, o eso se supone, de la actividad creativa o inventiva del ser
humano.
Robert Sherwood.- Son aquellos derechos que confiere el Estado a favor de un titular
de una expresión creativa o una invención para su disfrute en un plazo determinado
Concepto.-Tiene que ver con las creaciones de la mente. Es el
conjunto de incentivos y privilegios con los que la ley protege al
autor
Según la definición de la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual, se entiende en términos generales, por toda creación del
intelecto humano. Los derechos de propiedad intelectual protegen
los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación
con sus creaciones.
3. La propiedad intelectual tiene que ver con las
creaciones de la mente:
las invenciones, las obras literarias y artísticas, los
símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y
modelos utilizados en el comercio.
Es importante porque promueve la creatividad de las personas,
permitiendo que su imaginación e ingenio sean remunerados.
Existencia de dos teorías:
-Iusnaturalista
- Utilitarista
4. Propiedad industrial.- es un
conjunto de derechos que
puede poseer una persona
física o jurídica sobre una
invención (patente, modelo de
utilidad, topografía de
productos semiconductores,
certificados complementarios
de protección de
medicamentos y productos
fitosanitarios), un diseño
industrial, un signo distintivo
(marca o nombre comercial),
etc.
Se divide en:
1.-Patentes de inversión.- derechos
concedidos a una inversión. Se protege
por un periodo limitado de 20 años
Importancia.- protege al dueño de
posibles copias
Características
Constitutivo
Excluyente
Invenciones no patentables.- en contra del
orden público y buenas costumbres,
contrarias a la salud, animales, medio
ambiente.
2.-Signos distintivos.- son las marcas, las
cuales sirven para diferencias los
productos en el mercado.
Importancia.- protege al titular de la marca
5. DERECHOS DE AUTOR
Regula los derechos subjetivos del autor. Conjunto de facultades
que se otorgan al autor. El derecho de autor se basa en la idea de
un derecho personal del autor, fundado en una forma de identidad
entre el autor y su creación. El derecho moral está constituido como
emanación de la persona del autor: reconoce que la obra es
expresión de la persona del autor y así se le protege.
6. 1. Derecho moral.-concibe la obra como personalidad del espíritu
Características.-
Irrenunciable
Inalienable
Perpetua
Imprescriptible. Inembargable e inexpropiable
Relación con los derechos morales.-
Mantener la obra inédita
Paternidad de la obra
Acceso
Modificación o variación
Retiro de la obra al comercio
Derecho patrimonial.- beneficios económicos que le corresponde al autor de la
obra, es una contribución justa.
7. OMPI.-La Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (OMPI) es el organismo del sistema de
organizaciones de las Naciones Unidas dedicado al
uso de la propiedad intelectual (patentes, derecho de
autor, marcas, diseños (dibujos y modelos), etc.)
como medio de estimular la innovación y la
creatividad.
Legislacion:
decrto legislativo N 823.- ley de propiedad industrial
decreto legislativo N 892
OMPI
8. CONCLUSIONES
1.-La propiedad industrial es el derecho que tienen los
inventores y comerciantes, para resguardar los derechos,
producto de su intelecto y producción comercial.
2.-Es importante destacar la relevancia que tiene para el
Estado la protección de la propiedad industrial, puesto que
reconoce y protege la propiedad intelectual sobre obras
científicas, literarias y artísticas, invenciones,
innovaciones, patentes, marcas, lemas y denominaciones,
de acuerdo con las excepciones y condiciones que la ley
establece,
9. La propiedad industrial trae como consecuencia
inmediata el derecho exclusivo sobre la invención; es
decir la facultad de poder explotar su patente el titular
de la misma, impidiendo de esta forma que terceros
no autorizados para ello puedan ejercerlo, y ejercer
las acciones a que haya lugar, siempre y cuando se
tenga la adquisición por el registro de la respectiva
oficina competente. Este requisito es indispensable
para efectos tanto de patentes como se señaló
anteriormente, como de marcas comerciales, diseños
industriales, y también con respecto a la cesión de
patentes y marcas.