SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 160
Descargar para leer sin conexión
I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS
4703 Notificación a Óscar Manuel Duarte Tejera y otros ...........................................................................................................
4748 Notificación a Lenice Américo Goulart ..............................................................................................................................
4852 Notificación a Baye Mbengue ............................................................................................................................................
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
4705 Notificación a José Santiago Ramos Peña y otros...............................................................................................................
4828 Notificación a Construcciones Auxiliares Gonca, S.L. y otros ...........................................................................................
4829 Notificación a Sandro Castrigno Scheffe ............................................................................................................................
4830 Notificación a Aarón Acosta Saavedra y otros ....................................................................................................................
II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO
4832-A Revisión Salarial para el año 2012 del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción de la Provincia de Las
Palmas .................................................................................................................................................................................
4832-B Tablas Salariales para los años 2010 y 2011 del Convenio Colectivo de la empresa FCC Medio Ambiente, S.A. (Servicio
de recogida de basuras del Excmo. Ayuntamiento de Pájara). ............................................................................................
4832-C Modificación del texto del Convenio Colectivo de la empresa Sercanarias, S.A. que fue publicado en el Anexo al nº 50
del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de fecha 19 de abril de 2013, y el Anexo III “Igualdad de oportunidades
y protocolo de prevención y tratamiento de situaciones de acoso” .....................................................................................
4832-D Convenio Colectivo del Servicio Municipal de Limpieza Viaria del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran
Canaria.................................................................................................................................................................................
4832-E Convenio Colectivo de la empresa Salcai - Utinsa, S.A. así como su Plan de Igualdad...............................................
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
LAS PALMAS
GOBIERNO DE CANARIAS
Año LXXXIX Viernes, 30 de Mayo de 2014 Anexo al Número 70
SUMARIO
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
Depósito Legal G.C. 1/1958
Edita: Secretaría General Técnica
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Servicio de Publicaciones
C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18
Edificio de Usos Múltiples II, cuarta planta
Bloque Oeste
35003 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 211062 - 928 211088 - 928 211053
Fax: 928 455814
Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A.
C/ Doctor Juan de Padilla, 7
Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36
Correo electrónico: info@boplaspalmas.com
35002 Las Palmas de Gran Canaria
TARIFAS
Inserción: 0,81 euros/mm
de altura
Suscripción anual: 60,10 euros
más gastos de franqueo
Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio
670
670
671
672
673
675
675
676
688
689
708
748
NÚMERO
REGISTRO PÁGINA
I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO
Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas
EDICTO
72
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de
noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes para declarar la pérdida
de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de que son titulares las personas que a continuación
se relacionan, y que son instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, ya que habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho
de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación de las pruebas que consideren
oportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente
edicto en el BO.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar pruebas,
se dictarán las oportunas resoluciones.
En Las Palmas de Gran Canaria, a quince de mayo de dos mil catorce.
LA JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS, Eva María Canitrot Vázquez.
Expediente Conductor DNI/NFI Localidad Fecha
3529480655 OSCAR MANUEL DUARTE TEJERA 78553660 ARRECIFE 10/04/2014
3529481488 ARIDAI CABALLERO MUÑOZ 78764517 ARRECIFE 10/04/2014
3529399822 JUAN JESÚS PERDOMO PERDOMO 42884313 PUERTO DEL ROSARIO 29/03/2014
3529419100 AARÓN MANUEL ESPINO GONZÁLEZ 78535295 PUERTO DEL ROSARIO 10/04/2014
3529439766 JOSÉ VICENTE CASTELLANO SÁNCHEZ 45780386 SANTA BRÍGIDA 09/04/2014
3529496622 JUAN MANUEL GRANADO GONZÁLEZ 44742042 SANTA LUCÍA 09/04/2014
3529405700 FCO. JOSÉ ESPINO GONZÁLEZ 54072201 TELDE 13/03/2014
3529494255 RAFAEL BÁEZ MONZÓN 54073809 TELDE 09/04/2014
3529501922 JONATHAN SANTANA MEDINA 54081335 TELDE 09/04/2014
3529481733 YOUNES MOUMOU X6070319K TÍAS 10/04/2014
4.703
Oficina Local de Fuerteventura
Las Palmas
EDICTO
73
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la
notificación de esta Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas, dirigida a la persona que a continuación se
relaciona, ya que, habiéndose intentado dicha notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido
practicar.
670 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
La documentación correspondiente obra en la Oficina Local de Tráfico de Fuerte ventura, ante la cual le asiste
el derecho de recurrir por escrito lo que estime conveniente, dentro del plazo de un mes, contados desde el siguiente
al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho a recurrir, la resolución adquirirá firmeza, con
los efectos previstos en la normativa vigente.
En Puerto del Rosario, a doce de mayo de dos mil catorce.
LA JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS, P.D. EL JEFE DE LA OFICINA LOCAL DE
TRÁFICO DE FUERTEVENTURA, José María Jiménez Delgado.
Interesado/a: LENICE AMERICO GOULART
Identificación: (D.N.I./N.I.E.) 32.714.856-R
Localidad: COSTA CALMA - (PÁJARA)
Fecha: 16/04/2014
Expediente: Requerimiento de subsanación canje extranjero de permiso de conducción.
Precepto legal aplicable: Artículos 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.748
EDICTO
74
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la
notificación de esta Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas, dirigida a la persona que a continuación se
relaciona, ya que, habiéndose intentado dicha notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido
practicar.
La documentación correspondiente obra en la Oficina Local de Tráfico de Fuerteventura, ante la cual le asiste
el derecho de recurrir por escrito lo que estime conveniente, dentro del plazo de un mes, contados desde el siguiente
al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho a recurrir, la resolución adquirirá firmeza, con
los efectos previstos en la normativa vigente.
En Puerto del Rosario, a dieciséis de mayo de dos mil catorce.
LA JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS, P.D. EL JEFE DE LA OFICINA LOCAL DE
TRÁFICO DE FUERTEVENTURA, José María Jiménez Delgado.
Interesado/a: BAYE MBENGUE
Identificación: (N.I.E,) X-316598I-P
Localidad: ANTIGUA
Fecha: 09/05/2014
Expediente: Requerimiento de subsanación solicitud canje permiso de conducción extranjero.
Precepto legal aplicable: Artículos 7, 15 y 16 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Conductores y 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.852
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 671
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
Oficina de Prestaciones de Rafael Cabrera
NOTIFICACIÓN
75
Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo
domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar COMUNICACIÓN DE ARCHIVO DE SOLICITUD DE
PRESTACIÓN POR DESEMPLEO para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE
RAFAEL CABRERA, sita en Trasera Calle Rafael Cabrera, s/n en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de
9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
78480813Y RAMOS PEÑA, JOSÉ SANTIAGO EL CATALÁN, 47-BAJO-B Las Palmas de Gran Canaria
En Las Palmas de Gran Canaria, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce.
EL DIRECTOR, Luis Valido Benítez.
Oficina de Prestaciones de Gáldar
NOTIFICACIÓN
Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo
domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE PRESTACIÓN POR
DESEMPLEO para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE GÁLDAR, sita en
Calle Caifa, s/n en Gáldar, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
78476564N GUSTAVO GODOY GARCÍA CL MALAGUEÑAS, Gáldar
En Gáldar, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce.
EL RESPONSABLE, Manuel García del Rosario.
NOTIFICACIÓN
Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo
domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO para lo que
deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE GÁLDAR, sita en Calle Caifa, s/n en Gáldar, en
horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
672 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
78468124J MARÍA CARMEN JIMÉNEZ RODRÍGUEZ CL JOSÉ CARLOS GONZÁLEZ, PORTAL 5, 3º I Guía
En Gáldar, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce.
EL RESPONSABLE, Manuel García del Rosario.
NOTIFICACIÓN
Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo
domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DENEGATORIA PLAN PREPARA para
lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE GÁLDAR, sita en Calle Caifa, s/n en Gáldar,
en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
X9345015T ADINA DIANA DIACONESCU JOSÉ ANTONIO PRIMO DE RIVERA, 55 La Aldea de San Nicolás 91001329
En Gáldar, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce.
EL RESPONSABLE, Manuel García del Rosario.
Dirección Provincial de Las Palmas
NOTIFICACIÓN
Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio
actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE ALZADA CONTRA LA
DENEGACIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA DE ACOMPAÑAMIENTO REGULADA EN EL PROGRAMA
DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL para lo que deberán personarse en la DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE LAS PALMAS, sito en Calle Velázquez, 10 en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en
el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
78735451B OSCAR FERNANDEZ TEXEIRA C/DIEGO BETANCOR SUAREZ 36 31 3 Las Palmas de Gran Canaria 1620/00905
En Las Palmas de Gran Canaria, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce.
EL DIRECTOR PROVINCIAL, Pedro Duarte Vázquez.
4.705
Dirección Provincial de Las Palmas
Subdirección Provincial de Prestaciones
NOTIFICACIÓN
76
Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 673
actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN SOBRE RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL
DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO, para lo que deberán personarse en la Subdirección Provincial de
Prestaciones, sita en la calle Velázquez, 10 en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 14 horas, en el
plazo de 15 días a partir de la presente publicación.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
CIF RAZÓN SOCIAL Último domicilio conocido Municipio
B35714146 CONSTRUCCIONES AUXILIARES GONCA, S.L. C/ VERNEAU, 1 108 Las Palmas de Gran Canaria
En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de mayo de dos mil catorce.
EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE PRESTACIONES, Dionisio Martín Izquierdo.
Dirección Provincial de Las Palmas
NOTIFICACIÓN
Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio
actual se desconoce, con el fin de notificar COMUNICACIÓN PARA EL TRÁMITE DE AUDIENCIA DEL
PROCEDIMIENTO DE PÉRDIDA DEL DERECHO Y/O REINTEGRO DE LA AYUDA ECONÓMICA
REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL, para lo que deberán personarse
en estas dependencias, sitas en Velázquez, 10, Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en el
plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
Y1146166K CEBALLOS ORDOÑEZ, JOSÉ RULBER C/ LOS ANDES 2 1 DCH Arrecife 143560131
X6424949Z KNAUKE, INGA C/ SAN BARTOLOMÉ 7,1 DCH Las Palmas de Gran Canaria 143560154
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce.
EL DIRECTOR PROVINCIAL, Pedro Duarte Vázquez.
NOTIFICACIÓN
Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio
actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DEL DERECHO Y/O REINTEGRO
DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL,
para lo que deberán personarse en estas dependencias, sitas en Velázquez, 10, Las Palmas de Gran Canaria, en
horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
X2571482J NUNES DE JESÚS, LUIS MANUEL C/ IRLANDA URB. PECHIGU 9 212 Yaiza 143560122
42213757V HERNÁNDEZ LUGONES, DANIEL C/ PLÁCIDO DOMINGO PORTAL San Bartolomé de 191001193
10 - B A Tirajana
674 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce.
EL DIRECTOR PROVINCIAL, Pedro Duarte Vázquez.
4.828
Dirección Provincial de Las Palmas
Subdirección Provincial de Prestaciones
NOTIFICACIÓN
77
Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio
actual se desconoce, con el fin de notificar Resoluciones sobre extinción de prestaciones por desempleo por
actuación de la inspección, para lo que deberán personarse en la Subdirección Provincial de Prestaciones, sita
en la calle Velázquez, 10 en Las Palmas de G.C., en horario de 9 a 14 horas, en el plazo de 15 días a partir de
la presente publicación.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
EXPTE. D.N.I. NOMBRE Y APELLIDOS ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO MUNICIPIO
38753 E 324644 SANDRO CASTRIGNO SCHEFFE CL. BALBUSANO-LA BARRERA 12 VALSEQUILLO
En Las Palmas de Gran Canaria, a cinco de mayo de dos mil catorce.
EL DIRECTOR PROVINCIAL (PS), Pedro Duarte Vázquez.
4.829
Oficina de Prestaciones de Rafael Cabrera
NOTIFICACIÓN
78
Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo
domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE LA SOLICITUD DE
PRESTACIONES POR DESEMPLEO para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES
DE RAFAEL CABRERA, sita en Trasera Calle Rafael Cabrera, s/n en Las Palmas de Gran Canaria, en horario
de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
78480654P ACOSTA SAAVEDRA, AARÓN PEDRO HIDALGO, 51 Las Palmas de Gran Canaria
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce.
EL DIRECTOR, Luis Valido Benítez.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 675
Dirección Provincial de Las Palmas
NOTIFICACIÓN
Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio
actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE ALZADA CONTRA LA
DENEGACIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA DE ACOMPAÑAMIENTO REGULADA EN EL PROGRAMA
DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL para lo que deberán personarse en la DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE LAS PALMAS, sito en Calle Velázquez, 10 en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en
el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones
correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar.
DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente
42191182M AITOR CÁCERES DÍAZ C/ MAR DE ESCOCIA RS LAS VELAS San Bartolomé de 1910/00900
4,148 Tirajana
42799087C ANTONIO MIGUEL SANTANA HERNÁNDEZ C/ GREGORIO GUTIÉRREZ 36 Las Palmas de 1620/01232
Gran Canaria
En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce.
EL DIRECTOR, Luis Valido Benítez.
4.830
II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO
Dirección General de Trabajo
EDICTO
79
VISTA la Revisión Salarial para el año 2012 del Convenio Colectivo del sector de la CONSTRUCCIÓN DE
LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, suscrito por la Comisión Negociadora y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29 de marzo), en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería
de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C. n° 195, de 9
de octubre de 2.013), esta Dirección General
ACUERDA
PRIMERO.- Ordenar la inscripción, de la Revisión Salarial para el año 2012 del Convenio Colectivo del sector
de la CONSTRUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, en el Registro Territorial de Convenios Colectivos
con el número 1752 y su notificación a la Comisión Negociadora.
SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de
esta Dirección General de Trabajo.
676 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado.
ACUERDO PARA LA REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2012
EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS PALMAS
POR UGT
Dª. Úrsula Hernández Machín
D. Yeray López Suárez
POR CC.OO,
D. Carmelo Hernández Forestier
POR AECP
Dª. María de la Salud Gil Romero
D. Alexis Luján Armas (asesor)
D. José Losada Quintás (asesor)
D. Julio Rublo Angulo (asesor)
En las Palmas de Gran Canaria, a 04 de febrero de 2014, siendo las 16:30 horas, reunidas las personas al margen
referenciadas en su condición de miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial del
Sector de la Construcción; adoptan por unanimidad los siguientes:
ACUERDOS
1.- Se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad y representación meritadas, suficientes para la
suscripción de este Acta de revisión salarial,
2.- En cumplimiento de los acuerdos adoptados en el seno de la Confederación Nacional del Sector, se procede
a dar cumplimiento a la decisión adoptada por la Comisión Paritaria del artículo 108 del V Convenio Colectivo
General para el Sector de la Construcción, en su sesión de fecha 20 de enero de 2012; así como a las previsiones
contenidas en el artículo 52 apartado 1º del V Convenio Colectivo General para el Sector de la Construcción
para 2012, publicado en el BOE n° 64, de 15 de marzo,
Las partes convienen en incrementar para el año 2012 las retribuciones previstas en el Convenio Colectivo
General en un uno por ciento (1%), tanto los conceptos salariales como los extrasalariales - sólo dietas y medías
dietas - de la Tabla Salarial vigente. En su ejecución, el incremento se materializa sobre la Tabla Salarial del
año 2011, para obtener las Tablas Salariales del año 2012,
El incremento correspondiente al plus extrasalarial de transporte’’se aplica este año sobre el concepto de “retribución
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 677
diaria” (salario base), en consonancia con las previsiones del artículo 55 apartado 2° del Convenio Colectivo
Provincial para los años 1993-1996. Las partes convienen en aplicar el incremento correspondiente al plus extrasalarial
de transporte en años alternos en la retribución diaria o en el plus de asistencia, siempre aplicando los límites
establecidos en el artículo 61 del Convenio General para el Sector de la Construcción.
Esta tabla produce plenos efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOP de Las
Palmas.
El “Plus de asistencia”, indicado en las Tablas Salariales, se corresponde con el número de días laborales, según
el calendario laboral del Sector, además de los días declarados festivos según el mismo calendario, aunque se
percibirá dicho importe por los días efectivamente trabajados, independientemente del número de días laborales,
incluidos los días declarados festivos del sector.
En consecuencia, se procede simultáneamente en este apto a la firma de la Tabla Salarial para el año 2012,
que forma parte inseparable de esta acta.
3.- Se procede simultáneamente en éste acto a la firma de las Tablas de Atrasos de 2012 (por los atrasos generados
desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2012) y la Tabla de Atrasos Final 2012 (por los atrasos generados
desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2013), por la inaplicación de la revisión salarial de 2012, que forman
parte inseparable de esta acta.
4.- De conformidad con el Acta 11ª de la reunión de la Comisión Negociadora del V Convenio General del
Sector de la Construcción, de fecha 26 de marzo de 2013, en la que se acordó la revisión parcial del V CGSC,
dadas las especiales dificultades que está sufriendo la economía española y especialmente el sector de la
construcción, las partes reconsideran lo firmado en el V CGSC, acordándose una revisión de las Tablas Salariales
del año 2012, con efectos de 1 de enero de 2013, del 0,6 por ciento (0,6%) y que serán las vigentes para todo
el año 2013, motivo por el cual se suscribe una Tabla de Revisión Salarial final 2012 y la correspondiente Tabla
de Atrasos final 2012, del 0,6 por ciento (0,6%) por los atrasos generados entro el 1 de enero de 2013 al 31 de
diciembre de 2013,
Asimismo se pacta que el incremento para el año 2013 será de 0 por ciento (0%).
5 - Las partes convienen qué los atrasos generados por la inaplicación de la revisión salarial de 2012 (Tabla
de Atrasos 2012), así como la Tabla de Atrasos Final 2012, se harán efectivos desde el 1 de octubre hasta el 31
de diciembre de 2014.
6.- De acuerdo con las previsiones del artículo 52 apartado 2º del V CGSC, las dietas quedan fijadas en (23,20*1,6%)
23,57 euros y las medias dietas en (6.88*1,6%) 6,99 euros. Estos importes entrarán en vigor con efectos
económicos desde el día 1 de mayo de 2012, de modo que no produce efecto retroactivo de clase alguna. Estás
cantidades tienen carácter de mínimo, pudiendo ser incrementadas, por acuerdo entre la empresa y el trabajador,
cuándo la cuantía del gasto así lo exija.
7.- Aquellas empresas que se encuentren con dificultades económicas, se les recuerda que para solicitar el
descuelgue de las tablas salariales deberán seguir los procedimientos establecidos al efecto.
8.- Autorizar a Dª Mª María Salud Gil Romero para realizar cuantas gestiones y actuaciones sean precisas
para la inscripción de este Acuerdo en los Registros de la Autoridad Laboral competente,
Y en prueba de su plena conformidad, lo ratifican y firman en el lugar y fecha indicados “ut supra”.
678 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 679
680 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 681
682 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 683
684 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 685
686 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
4.832-A
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 687
Dirección General de Trabajo
EDICTO
80
VISTAS las tablas salariales para los años 2010 y 2011 del Convenio Colectivo de la empresa FCC MEDIO
AMBIENTE, S.A. (Servicio de recogida de basuras del Exmo. Ayuntamiento de Pájara), suscrito por la Comisión
Negociadora y de conformidad con lo dispuesto en e! artículo 90.2 y 3 dei Texto Refundido de ia Ley del Estatuto
de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29 de marzo), en
el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así
como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto
98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C. n° 195, de 9 de octubre de 2.013), esta Dirección General
ACUERDA
PRIMERO.- Ordenar la inscripción, de las tablas salariales para los años 2010 y 2011 del Convenio Colectivo
de la empresa FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. (Servicio de recogida de basuras del Excmo. Ayuntamiento de
Pájara), en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con el número 2150 y su notificación a la Comisión
Negociadora.
SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de
esta Dirección General de Trabajo.
TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado.
ACTA DE REVISIÓN SALARIAL ENTRE FCC MEDIO AMBIENTE, S,A. Y SUS TRABAJADORES
ADSCRITOS AL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE PAJARA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de noviembre de 2011, se reúnen en la sede de FCC MEDIO AMBIENTE,
S.A., sito en Carretera Guanarteme Las Torres, km. 5.1, Las Majadillas en Las Palmaste Gran Canaria, los miembros
de la Mesa Negociadora relacionados,
Por la empresa:
D. Miguel Ángel Castanedo Samper
D. Felipe Rodríguez Manzano
Dª. Ana Isabel Navarro García
Dª. Carmen Rosa Fernández Marrero
Por la mesa negociadora:
D. Juan Manuel Gutiérrez De León
D. Francisco Díaz Betancor
D. Francisco Javíer Moséguez Vera
ACUERDAN
Proceder a la revisión de las tablas saiariales de los años 2010 y 2011 en los siguientes términos:
I.- Año 2010, subida lineal del 0,8%. Se modifica la tabla 2010 ya publicada en el Boletín Oficial.
II.- Año 2011, incremento lineal del 0.5 % en todos los conceptos salariales en la categoría de subencargado
y peón. La categoría de Oficial 1ª se equipara el bruto anual con la misma categoría de Puerto del Rosario realizando
el incremento necesario, máximo 0,5 %.
688 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
III.- Los atrasos del año 2010 ya han sido abonados en la nómina del mes de septiembre.
IV.- Los atrasos correspondientes al año 2011 se abonarán en la nómina del mes de enero 2012.
Se producirá la plena equiparación salarial de Pájara a Puerto del Rosario con plenos efectos al día l de julio
de 2012.
Sin más que tratar se levanta la sesión, a las 14:00 horas, firmando todos los presentes en prueba de su conformidad.
TABLA SALARIAL ENTRE FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. Y SUS TRABAJADORES ADSCRITOS AL
SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PÁJARA 2010
CATEGORÍA SALARIO BASE PLUS TÓXICO PLUS TRANSPORTE PLUS PROD. PAGAS EXTRA TOTAL BRUTO AÑO
X12 X12 X11 X 12 X2
EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS
Sub encargado 1.090,45 218,09 96,31 666,56 18.095,01
OF 1ª día 944,28 188,86 113,35 117,17 718,74 17.688,00
Peón día 925,52 185,10 96,98 684,48 15.763,23
TABLA SALARIAL PÁJARA / AÑO 2011
CATEGORÍA SALARIO BASE PLUS TÓXICO PLUS TRANSPORTE PLUS PROD. PAGAS EXTRA TOTAL BRUTO AÑO
X12 X12 X11 X 12 X2
EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS
Sub encargado 1.095,90 219,18 96,79 669,89 18.185,49
OF 1ª día 944,28 188,86 113,35 117,17 722,54 17.695,65
Peón día 930,15 186,03 97,46 687,90 15.842,04
4.832-B
Dirección General de Trabajo
EDICTO
81
VISTA la Modificación del Texto del Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, S.A, que fue publicado
en el anexo al n° 50 del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de fecha 19 de abril de 2.013, y el Anexo
III “IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE
SITUACIONES DE ACOSO”, suscritos por la Comisión Negociadora y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de ia Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29 de marzo), en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería
de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C. n° 195, de 9
de octubre de 2.013), esta Dirección General
ACUERDA
PRIMERO.- Ordenar la inscripción, de la Modificación del Texto del Convenio Colectivo de la empresa
SERCANARIAS, S.A. y el Anexo III “IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PROTOCOLO DE PREVENCIÓN
Y TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE ACOSO” en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con
el número 2685 y su notificación a la Comisión Negociadora,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 689
SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de
esta Dirección General de Trabajo.
TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado.
ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
SERCANARIAS CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza.
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales.
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y
Finanzas de la Federación de actividades Diversas,
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana.
Dª. Carmen Paloma Meca Paz.
D. Juan Carlos Tacoronte García.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:00 horas del día 31 de enero de 2012, se reúnen
las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los
que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión,
cuyo objeto consiste en la constitución de la mesa negociadora del Tercer Convento colectivo de la empresa
SERCANARIAS, SA concesionaria del servido de Alcantarillado y sus trabajadores, así como fijar los
componentes que intervendrán en la misma, siendo los componentes los que a continuación se relacionan:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza.
D. Luís Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O. pon cargo de Secretario de Organización y
Finanzas de la Federación de actividades Diversas.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana.
Dª. Carmen Paloma Meca Paz.
D. Juan Carlos Tacoronte García.
690 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Se hace notar que por parte de la empresa podría designar a algún miembro más en calidad de asesora miento
de la empresa.
ACUERDOS:
Primero.- Queda constituida la mesa de negociación, del Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS,
SA concesionaria del servicio de Alcantarillado y sus trabajadores correspondiente al año 2012.
Segundo.- Que, ambas representaciones interviene guiadas por el principio de buena fe y con vistas a alcanzar
un acuerdo.
Tercero.- Se nombra como secretario/a de actas para su registro telemático a D. Alfonso López Díaz de Durana.
Cuarto.- Ante el avance de la negociación, las partes se reúnen para determinar los días festivos por convenio
(artículo 18°), por lo que se mantiene como festivos el 20 de febrero (víspera del martes del carnaval), 24 y 31
de diciembre. Al caer el 3 noviembre (festividad de la patrona) en un sábado se procede a su traslado al 12 de
marzo del presente.
Quinto.- Se acuerda como próxima fecha para la reunión el día miércoles 15 de febrero a las 10:00 a.m, en
las oficinas centrales de Sercanarias, se propone que para una mayor agilidad en el proceso de negociación en
cada reunión se tratará la siguiente. De igual manera, se tratará que el plazo entre cada reunión del proceso de
negociación no exceda del periodo de 15 días.
ACTA N° 2 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES
ASISTENTES;
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Juarn Manuel García Gómez.
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O. con cargo de Secretario de Organización y
Finanzas de la Federación de actividades Diversas.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:00 horas del día 30 de marzo de 2012, se reúnen
las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los
que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión,
cuyo objeto consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA concesionaria
del servicio de Alcantarillado y sus trabajadas.
ACUERDOS:
Primero,- Los representantes de los trabajadores manifiestan su malestar al entender que por parte de la empresa
se les ha faltado el respeto al no fijar, ni notificar la segunda reunión en el plazo marcado en la primera acta,
siendo el mismo de un mes. Esperando que para el buen entendimiento de las partes, este tipo de situaciones
no se repitan, por lo que solicitan que para las próximas reuniones se establezcan periodos más concretos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 691
Segundo.- Se hace entrega de la propuesta por parte de la empresa a los representantes de los trabajadores, de
igual manera los representantes hacen entrega de la plataforma del cofectivo del personal.
Tercero.- El representante de la empresa Alfonso López Díaz de Durana, comunica que a principios de la próxima
semana, después de concretar agendas con los representantes de los socios, les comunicará la fecha de la próxima
reunión.
ACTA N° 3 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y
Finanzas de la Federación de actividades Diversas.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA
D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL
D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL
En la ciudad de Las Palmas de Gran Ganaría, siendo las 10:30 horas del día 12 de abril de 2012, se reúnen las
personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los
que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión,
cuyo objeto consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA.
concesionaria de servicio de Alcantarillado y sus trabajadores.
ACUERDOS:
Prímero.- Se acuerda entre las partes la revisión de cada uno de los articulados del borrador de convenio que
se presentó por parte de la empresa en la anterior reunión.
Segundo.- Después de la revisión del articulado se ha propedido a la revisión de los 17 primeros articulados
del borrador del convenio, quedando pendiente de valoración por parte de los representantes de los trabajadores
el capítulo III "Clasificación profesional"
Tercero.- Por las partes se trata la posibilidad de que en el calendario de reuniones para las negociaciones se
establezcan dos días seguidos para optimizar las mismas y que las mismas se traten de realizar en horario temprano.
Cuarto,- Se acuerda como próximos días para las siguientes reuniones de negociación los días 25 y 26 del
presente, ambos pendientes de confirmación antes del día 23 de abril.
ACTA N° 4 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
692 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación dé SERCANARIAS, SA.
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:00 horas del día 25 abril de 2012 y las 9:00 del
día 26 del mismo mes y año, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que
actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa
de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para
este acto concedidas por la misma.
Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión,
cuyoobjetoconsisteenlanegociacióndelTercerConvenioColectivodeiáempresaSERCANARIAS,SA.concesionaria
del servicio de Alcantarillado y sus trabajadores.
ACUERDOS del día 25 de abril del presente:
Primero.- Se continúa con la revisión del articulado del convenio, desde donde se quedó pendiente en la anterior
reunión.
Segundo.- Los representantes de los trabajadores aportan un esquema de planteamiento sobre la posibilidad
de controlar el alto nivel de absentismo que existe actualmente en la empresa, desde la empresa se les transmite
que lo estudiaran. Esta propuesta se adjunta a la presente acta.
Tercero.- Se acuerda que la próxima reunión de negociación sea el próximo día 26 de abril del presente a las
9:00 en las oficinas Centrales de Sercanarias.
ACUERDOS del día 26 de abril del presente:
Primero.- Los representantes de la empresa aportan el texto corregido del artículo 17 jornada de trabajo a los
representantes de los trabajadores, los mismos dan traslado que lo estudiarán y comunicarán sus impresiones
al respecto en la próxima reunión. El mismo se adjunta a la presente.
Segundo.- Se termina la primera revisión de todo el articulado del convenio, existiendo puntos en los que hay
conformidades y disconformidades. Ambas partes deciden, centrarse en la revisión de aquellos puntos de
disconformidad.
Tercero.- Se acuerda que la próxima reunión de negociación se establezcan los días 22 y 23 de mayo del presente
en las oficinas Centrales de Sercanarias, con independencia de que si por motivos de agenda de las partes la
misma se tuviera que adelantar o retrasar se notificaría con una antelación mínima de una semana.
PROPUESTA PARA DISMINUIR EL ABSENTISMO DEL PERSONAL DEL SERVICIO
DE ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE LAS PALMAS.
* Que se considere Absentismo laboral las bajas a partir del 5% anual por trabajador sobre la jornada de trabajo.
* Que el C.S.S haga las valoraciones cada 6 meses y que se valore el caso de cada trabajador en particular.
* Si en dicha reunión el C.S..S considera que el trabajador se ha excedido en las bajas de ese semestre se le
descontará de la nómina el importe del plus de asistencia completo del mes en que se celebre la reunión.
* Queda excento de la consideración de absentismo las siguientes situaciones:
- Las bajas que requieran intervenciones quirúrgicas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 693
- Las bajas que requieran de hospitalización.
- Los accidentes laborales y enfermedades profesionales.
- Las que el C.S.S considere j ustificadas.
* Así mismo y como compensación por el “no absentismo5” el trabajador que no exceda del 2% anual sobre
la jornada de trabajo se le abonará el importe de 1 plus de asistencia completo extra.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de abril de 2012.
Artículo 17. Jornada de trabajo.
La duración máxima de la jornada de trabajo ordinaria en cómputo anual durante la vigencia del presente será
de 1.750 horas de trabajo efectivas, tanto en jornada partida como continuada. La jornada podrá distribuirse en
la forma que previene el artículo 34.2 del ET a lo largo del año y de todos los días de la semana
Dentro del concepto efectivo se entenderá comprendido el tiempo empleado de 20 minutos como descanso
"bocadillo".
Para el área productiva, la jornada se distribuirá por turnos rotativos de trabajo de lunes a viernes, con los descansos
que la legislación al respecto establece y con las particularidades y especificaciones que se señalan a continuación
y concretamente en lo referente a propuesta de horarios y turnos
1) Turno de mañana: De Lunes a viernes, de 07.00 horas a 15.00 horas.
2) Turno de tarde: De Lunes a viernes, de 15.00 horas a 22.00 horas.
3) Turno de noche: De Lunes a jueves, de 22.00 horas a 04.00 horas
El sistema de trabajo por turnos y horarios antes indicado contempla implícitamente la compensación con el
tiempo de descanso al que se alude en el artículo 30 del presente convenio, de modo que no procede abono de
cantidad alguna por los conceptos de nocturnidad o compensación de rotación o rotación de turnos.
Habida cuenta que por la actividad desempeñada por la Empresa tiene una marcada intensificación del trabajo
en determinadas épocas del año, destacando más el período comprendido desde el 1 de enero hasta el 30 de
abril de cada año, la duración máxima de la jornada ordinaria diaria de trabajo pactada en párrafo anterior podrá
ser ampliada cuando ello sea necesario, con objeto de garantizar y ofrecer una completa atención de los servicios
que tiene encomendados la Empresa.
La Empresa podrá disponer de una jornada irregular u horario flexible por el tiempo imprescindible para la
realización de los trabajos requeridos por puntas de trabajo, reparaciones urgentes de averías y reparaciones
programadas derivadas, en cualquier caso, de razones técnicas, productivas y organizativas que lo justifiquen,
y hasta un máximo de 120 horas de la jornada anual por cada trabajador. Cuando se den las circunstancias previstas
anteriormente, se podrá modificar el calendario/horario del trabajador o trabajadores afectados.
Esta jornada irregular se considerará de naturaleza ordinaria y formará parte del cómputo anual de su jornada.
La acumulación de descansos compensatorios derivados por el uso de la jornada irregular descrita anteriormente
en ningún caso podrá superar el tope máximo establecido de una semana por trabajador en cada uno de los meses
del año.
La aplicación de esta jornada podrá superar el tope diario de trabajo hasta alcanzar un máximo de 10 horas
(que garantice el descanso entre jornadas), y operará en la forma siguiente:
a) Por prolongación de jornada.
b) Por adelanto de la jornada.
c) Por llamada en descanso
En cualquier caso, cuando haya que hacer uso de la jornada irregular, se informará a los trabajadores afectados
con la mayor antelación posible, tan pronto se conozcan las causas que lo motiven.
El trabajador deberá encontrase, tanto al comienzo como al final de la jornada, en su puesto de trabajo y dedicado
a él. La dirección de la Empresa podrá establecer los controles de presencia y puntualidad necesarios.
694 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Todo el personal deberá permanecer en su puesto de trabajo hasta la hora de salida, exceptuándose las salidas
previamente autorizadas por el jefe directo del empleado.
ACTA N° 5 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y
Finanzas de la Federación de actividades Diversas, no presente el día 24 de mayo del presente.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL.
D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL.
En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 23 de mayo de 2012 y las 9:30 del
día 24 del mismo mes y año, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que
actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa
de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para
este acto concedidas por la misma.
Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efetos de la presente reunión,
cuyo objetivo consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA.
subcontrata del servicio de Alcantarillado, y sus trabajadores.
ACUERDOS del día 23 de mayo del presente:
PRIMERO.- Los representantes de la empresa hacen constar que atendiendo a la demanda solicitada por los
representantes de los trabajadores de información del estado de cuentas de la empresa, ésta ha entregado dicha
información a los representantes indicando que la misma en la actualidad es un BORRADOR al no estar
aprobadas las cuentas del pasado ejercicio y que los datos entregados son TOTALMENTE CONFIDENCIALES,
hecho que los representantes de los trabajadores son conscientes y asumen las responsabilidades derivadas del
mismo.
SEGUNDO,- Los representantes de los trabajadores dan traslado que han mantenido reuniones previa a la
presente, en donde han llegado a la conclusión de que la revisión de todo el articulado del borrador de convenio
no se ha realizado, por ello instan a que se continúe con la revisión del articulado del convenio, desde donde se
quedó pendiente en la anterior reunión. Para una mayor concreción de los mismos se dan por válidos los siguientes
articulados:
* Artículo N° l. Naturaleza Jurídica y Fines. Se considera acordado.
* Artículo N° 2. Ámbito Territorial y Personal. Se modificará y adaptará el texto del mismo partiendo del texto
del convenio denunciado, incluyendo la palabra actividad dentro de la revisión del mismo.
* Artículo N° 3, Ámbito Temporal. Se considera acordado, eliminando para elloel segundo párrafo e incluir
el tiempo de preaviso de denuncia del mismo.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 695
* Artículo N° 4. Vinculación a la totalidad. Se considera acordado.
* Artículo N° 5. Compensación, Absorción y Garantía "AD PERSONAM". Se considera acordado.
* Articulo N° 6. Comision Paritaria. Se considera acordado incluyendo que el plazo de reunión será de 5 días
hábiles.
* Artículo N° 7. Organización, Dirección y Control de la Actividad Laboral. Se considera acordado, modificando
el 3er párrafo incluyendo que tras previa consulta al Comité de empresa en los términos establecidos en la legislación
vigente.
* Artículo N° 8. Clasificación Funcional, Se considera acordado
* Artículo N° 9. Puesto de trabajo, Grupo Profesional y Cargo de Mando. Se considera acordado
* Artículo N° 10. Factores de Encuadramiento. Se considera acordado.
* Artículo N° 11. Grupos Profesionales. Queda pendiente de modificación en el texto del articulado para proceder
a la aprobación del mismo por parte de los representantes de los trabajadores.
* Artículo N° 12. Movilidad Funcional y Polivalencia. Queda pendiente de revisión y adaptación a lo
establecido al efecto en el Estatuto de los Trabajadores.
* Artículo Nº 13. Trabajos de Inferior Grupo Profesional. Queda pendiente de revisión y adaptación a lo establecido
al efecto en el Estatuto de los Trabajadores.
* Artículo N° 14. Contratación. Se queda pendiente de acuerdo por las partes.
* Artículo N° 15. Periodo de Prueba. Se considera acordado por las partes.
* Artículo N° 16. Subrogación del Personal. Se queda pendiente de acuerdo por las partes.
* Artículo Nº 17. jornada de Trabajo. Los representantes de los trabajadores consideran que aún no han podido
explicar de manera acertada a la plantilla, es por ello que requieren trasladar nuevamente a la misma los cambios
aportados en el acta de negociación de los días 25 y 26 de abril del presente, para poder dar una respuesta sobre
este articulado.
TERCERO,- Se acuerda que la próxima reunión de negociación sea el próximo día 24 de mayo del presente
a las 9:30 en las oficinas Centrales de SERCANARIAS.
ACUERDOS del día 24 de mayo del presente:
PRIMERO.- Los representantes de la empresa hacen entrega de las modificaciones sobre el texto del borrador
del convenio, tal y como se había quedado y se procede a la lectura del mismo para la definitiva aprobación de
aquellos articulados que se quedaron pendientes de aprobación en el día de ayer, procediendo a su modificación
en este mismo acto, de manera que adjunta a la presente acta el texto definitivo y aprobado de aquellos
articulados APROBADOS en la presente mesa de negociación.
SEGUNDO.- Tras la revisión del borrador del texto se manifiesta la conformidad y acuerdo de ambas partes
sobre el articulado comprendido desde el artículo N°1 hasta el 15, ambos inclusive. No obstante, se quedan
abiertos las siguientes excepciones, Artículo 11 Grupos Profesionales y dentro de éste queda pendiente el apartado
correspondiente al grupo profesional 2 nivel a) y Artículo 15 Subrogación del Personal, ambos quedan pendientes
de ratificación por la asamblea de los trabajadores. Se hace notar que por causas de la nueva redacción, el artículo
13 Trabajos de Inferior Grupo Profesional ya que quedaría agrupado con el artículo 12, por ello toda la
numeración del borrador del convenio ha sido afectada, que se adjunta a la presente acta como anexo
TERCERO.- Se continúa con la revisión de los articulados desde donde se ha quedado la revisión del día anterior,
quedando cada uno de los mismos como se muestra a continuación:
« Artículo N°16. Jornada de Trabajo. Los representantes de los trabajadores consideran que aún no han podido
explicar de manera acertada a la plantilla, es por ello que requieren trasladar nuevamente a la misma los cambios
aportados en el acta de negociación de los días 25 y 26 de abril del presente, salvo la referencia del primer párrafo
"tanto en jornada partida como continuada", para poden dar una respuesta sobre este artículo.
696 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
* Artículo N°17, Calendario Laboral Los representantes de los trabajadores someterán a la asamblea de
trabajadores su aprobación.
* Artículo N°18. Vacaciones. Los representantes de los trabajadores someterán a la asamblea de trabajadores
para su aprobación,
* Artículo N°19. Permisos y Licencias, Todos los kilometrajes que aparecen en la propuesta inicial de los apartados
b), d) y e) se reducen a 50 Km. En el caso del apartado g) este kilometraje se reduce a 25 Km. El resto de los
apartados están acordados con la salvedad del apartado k) sobre los asuntos propios, y de los párrafos siguientes
a dicho apartado.
SEGUNDO,- Se acuerda que la próxima reunión de negociación se establezca como máximo el mes de
octubre del presente en las oficinas Centrales de SERCANARIÁS, con independencia de que si por motivos de
agenda de las partes la misma se tuviera que adelantar se notificaría con una antelación mínima de una semana.
ACTA N° 6 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL.
D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL.
En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 21 de junio de 2012, se reúnen las
personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los
que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efetos de la presente reunión,
cuyo objetivo consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA.
subcontrata del servicio de Alcantarillado, y sus trabajadores.
ACUERDOS:
PRIMERO.- Los representantes de los trabajadores muestran su preocupación ante los nuevos cambios en la
reforma laboral, que si bien aún no han sido publicados en el boletín oficial, aclarando los cambios los
representantes de la empresa, argumentando que los cambios son: recorte del plazo máximo de negociación de
dos años a un año y la modificación del porcentaje de distribución de la jornada irregular anual, que pasa a un
10% de la misma.
SEGUNDO,- Se continúa con la revisión de los articulados pdtes de validación por las partes:
* Artículo N° 14. Contratación. Se acuerda por las partes en los términos de mantener el texto del articulado
y se añadirá que "la empresa se regirá según lo indicado al efecto en el artículo 49.1.C del Estatuto de ios Trabajadores".
* Artículo N° 11. Grupos Profesionales. Queda acordado por las partes según texto presentado.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 697
* Artículo N° 12. Movilidad Funcional y Polivalencia. Queda acordado por las partes incorporando en el texto
la remisión en esta materia a lo establecido en el artículo 39 y 22.4 del E.T.
* Artículo N° 13. Trabajos de Inferior Grupo Profesional. Queda acordado por las partes incorporando en el
texto la remisión en esta materia a lo establecido en el artículo 39 del E.T.
* Artículo N° 15. Subrogación del Personal. Se acuerda por las partes el texto aportado en el anterior acta.
* Artículo N° 17. Jornada de Trabajo. Los representantes de los trabajadores, a raíz de los próximos cambios
que se establecen en el ET (pdte. de publicación oficial) comunican que quieren solventar sus dudas al respecto
por lo que recurrirán a su equipo jurídico.
* Artículo N° 18. Calendario Laboral. Se acuerda por las partes el texto aportado.
* Artículo N° 19. Vacaciones. Los representantes de los trabajadores aceptan el texto de la propuesta, pero
esta aprobación estará condicionada al resultado final de la negociación.
* Artículo N° 20. Permisos y Licencias. Se mantienen los cambios descritos en el acta anterior, se entienden
que los días que se indican, en todo caso, son días naturales y los mismos empiezan desde el día del hecho causante.
No obstante si el trabajador prestara servicios más del 50% de la jornada del día del hecho causante, el permiso
se iniciará al día siguiente. En el caso de que el trabajador prestara servicios menos del 50% de la jornada del
día del hecho causante, el permiso se considera iniciado en ese mismo día. La empresa propone incluir en la
retribución de las licencias el plus tóxico, siempre y cuando se apruebe el texto propuesto por la empresa para
los artículos 17 Jornada de trabajo y 20 Permisos y Licencias.
TERCERO.- Se acuerda que la próxima reunión de negociación sea a más tardar en el mes de octubre del
presente en las oficinas Centrales de SERCANARIAS, sin embargo, si existiera la posibilidad de adelantar la
misma se procederá a notificar a las partes.
ACTA N° 7 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL.
D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL.
D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y
Finanzas de la Federación de actividades Diversas.
En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 9 de octubre de 2012, se reúnen
las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los
que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efetos de la presente reunión,
cuyo objetivo consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA.
subcontrata del servicio de Alcantarillado, y sus trabajadores.
698 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
ACUERDOS:
PRIMERO.- Los representantes de la empresa dan traslado a los representantes de los trabajadores que desde
el diente principal de Sercanarias se está dando una restricción de gastos, la cual repercutirá de manera directa
a la negociación del presente convenio colectivo.
SEGUNDO.- Ambas partes acuerdan que comienzan con la revisión del articulado del Cvnio según lo que a
continuación sigue:
* Se ratifican todos los artículos hasta el 16 según los términos acordados en las anteriores actas de negociación
del presente.
* ARTÍCULO 17. JORNADA DE TRABAJO. Se acuerda, pendiente de aprobación por la asamblea de los
trabajadores del próximo lunes día 15 del presente, el texto de la propuesta del texto de la empresa, eliminando
del mismo todo lo redactado desde el párrafo “Habida cuenta que por...''
* ARTÍCULO 18. CALENDARIO LABORAL. Se incorpora al mismo como días inhábiles dentro del
calendario laboral anual los días de asuntos propios (3), dejando constancia que para facilitar las necesidades
individuales de los trabajadores se permite la sustitución de uno de ellos (1) como día de permiso, notificando
la fecha alternativa de disfrute del mismo con al menos 72 horas de antelación a la empresa y no pudiendo coincidir
en fecha el 10% de la plantilla. Este disfrute alternativo del día inhábil fijado en calendario implicará
necesariamente la prestación de servicios del trabajador en la fecha señalada como inhábil en el calendario laboral
del año correspondiente como compensación del día alternativo de disfrute.
* ARTÍCULO 19. VACACIONES. Se mantiene en los términos de la redacción propuesta, se incluirá en el
mismo que los meses de verano de elección parten desde la segunda quincena del mes de junio hasta la primera
quincena de septiembre, ambas incluidas. El resto del periodo hasta completar el descanso anual, se fijará de
mutuo acuerdo entre los meses de octubre, noviembre, abril y mayo.
* ARTÍCULO 20. PERMISOS Y LICENCIAS. Se mantienen los cambios descritos en el acta anterior, se procede
a la eliminación de los tres (3) días de asuntos propios al haber sido compensados los mismos en el calendario
laboral como días inhábiles fijos.
* ARTÍCULO 21. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL PERMISO O LICENCIA DE C0NDUCCIÓN. Se
elimina el periodo máximo de tres (3) meses y se anula el párrafo desde “En el supuesto de no existir vacantes..."
Manteniendo el último párrafo.
* ARTÍCULO 22. EXCEDENCIAS. Ok en la redacción, lo único es incluir que el mismo será con un periodo
máximo de dos (2) años para una nueva petición de la misma.
* ARTÍCULO 23. PERMISOS NO RETRIBUIDOS. Las partes se muestran de acuerdo a la redacción
planteada del mismo.
* ARTÍCULO 24. CONCEPTOS RETRIBUTIVOS. Las partes están de acuerdo en que la retribución la conforman
los siguientes conceptos:
* PTO 1. SALARIO BASE. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa
según artículo 27.
* PTO 2. ANTIGÜEDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa
según artículo 28, si bien, se modifica la fecha de 31 de diciembre de 2011, por el 31 de diciembre de 2012. La
empresa valorará y estudiará para las próximas negociaciones la opción de aportación de algún complemento
en compensación.
* PTO 3. PLUS TÓXICO, PENOSO Y PELIGROSO. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de
la propuesta de la empresa según artículo 29, quedando el primer párrafo íntegro eliminando el resto de ellos.
* PTO 4. PLUS DE NOCTURNIDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de
la empresa según artículo 30 modificando que el tiempo comprendido de inicio del horario nocturno a las 21:00
hasta las 6:00.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 699
* PTO 5. PLUS DE TRANSPORTE. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la
empresa según artículo 32.
* PTO 6. BOLSA DE VACACIONES. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de
la empresa según artículo 33, incluyendo que el abono de la misma será proporcional a la parte devengada por
el trabajador, afectado.
* PTO 7. PLUS DE TURNICIDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la
empresa según artículo 34.
* PTO 8. PLUS DE RESPONSABILIDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta
de la empresa según artículo 35.
* PTO 9. BOLSA DE VACACIONES. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de
la empresa según artículo 36, modificando que para poder optar a la retribución de la misma serán acorde al
periodo devengado dentro del año natural de disfrute de las vacaciones.
* PTO 10. PAGAS EXTRAORDINARIAS. Se acuerda mantener lo establecido al efecto en lo redactado en
el punto 11 del artículo 15 del anterior convenio, además se incluirá que los trabajadores que ingresen o cesen
durante el transcurso del devengo indicado percibirán las gratificaciones extraordinarias prorrateadas en sus importes
en el tiempo efectivamente trabajado.
* PTO 11. HORAS EXTRAORDINARIAS. Se acuerda según el texto de la propuesta de la empresa los 3
primeros párrafos, en el 1er párrafo se modifica "jornada máxima" por "jornada diaria" y en el cuarto párrafo
quedará de la siguiente manera "Se realizarán las horas extraordinarias de carácter estructurales siendo la
prestación de las mismas de forma voluntaria, habida cuenta la peculiaridad del servicio prestado aquellas horas
extraordinarias originadas por urgencias, lluvias o alertas serán de obligado cumplimiento por toda la plantilla."
* ARTÍCULO 35. TURNO DE GUARDIA. Se acuerda el texto íntegro del primer párrafo de la propuesta de
la empresa, el siguiente sería el 1er párrafo del anterior convenio, el siguiente párrafo integro eliminando "bien
por elección al azar". En lo que se refiere al abono de la misma obedecerá a una cuantía fija en función de la
categoría, así como el momento de la realización de la misma (sábados, domingos y festivos).
* ARTÍCULO 36. RETÉN. Se acuerda que se mantiene el 1er párrafo del anterior convenio, con la inclusión
de que el inicio del mismo es a las 15:00 del viernes, finalizando a la misma hora en el viernes de la semana
siguiente. El resto del articulado del anterior convenio se mantiene a excepción del importe del mismo que se
fija en la cantidad fija de 130,00 euros el de personal, siendo el importe de los capataces y/o encargado 190,00
euros
* ARTÍCULO 37. INCREMENTO SALARIAL. Se acuerda que se mantiene que incremento salarial para la
duración del presente convenio será del 0.00%.
* ARTÍCULO 38. PRESTACIONES EN CASOS DE BAJA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE.
* PTO 1. ENFERMEDAD COMÚN. Se acuerda el artículo 26 del convenio colectivo derogado eliminando
la compensación para la primera baja del año será del 100% para los primeros 15 días.
* PTO 2. ACCIDENTE LABORAL Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL. Se acuerda el artículo 25 del convenio
colectivo derogado
* ARTÍCULO 39. SEGURO DE ACCIDENTES. Se mantiene lo marcado al efecto en la propuesta de la empresa
incluyendo en la misma la enfermedad profesional.
* ARTÍCULO 40. ANTICIPOS. Se mantiene lo marcado en la propuesta de la empresa incluyendo el incremento
al 15.000,00 euros.
* ARTÍCULO 41. AYUDA ESCOLAR Y PARA HIJOS DISCAPACITADOS. Se mantiene lo aportado por
la propuesta de la empresa, modificando el cuadro de precios e incorporando las diferentes tablas para los diferentes
años, comenzando el 2012 con la tabla del convenio derogado del año 2011, siendo la correspondiente del 2013
la presentada en la oferta de la empresa y continuando de manera progresiva el resto de la vigencia del convenio
hasta alcanzar la cifra máxima de la tabla del convenio colectivo derogado correspondiente al ejercicio del año
2011 en el año 2015.
700 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
* ARTÍCULO 42. ROPA DE TRABAJO. Se mantiene lo marcado en la propuesta de la empresa, modificando
que la ropa de abrigo (jersey o chamarra) sea cada año, en vez de cada dos años.
* ARTÍCULO 43. DERECHOS SINDICALES. Conforme según lo aportado por la empresa.
* ARTÍCULO 44.FUNCIONESDELOSDELEGADOSDEPERSONALOCOMITÉDEEMPRESA.Conforme
según lo aportado por la empresa, incluyendo lo redactado al efecto en el artículo 33 del convenio derogado.
* ARTÍCULO 45. CUOTA SINDICAL. Conforme según lo aportado por la empresa.
* ARTÍCULO 46. RÉGIMEN DISCIPLINARIO. Conforme según lo aportado por la empresa.
* ARTÍCULO 47. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Conforme según lo aportado por la empresa.
*ARTÍCULO 48.COMITÉDESEGURIDADYSALUD.Conformesegúnloaportadoporlaempresa,modificando
que la duración de las reuniones trimestrales se fija en un máximo de 8 horas de duración.
* ARTÍCULO 49. VIGILANCIA DE LA SALUD LABORAL. Conforme según lo aportado por la empresa.
* ARTÍCULO 50. PREVENCIÓN ESPECÍFICA. Conforme según lo aportado por la empresa.
* ARTÍCULO 51. FORMACIÓN EN MATERIA PREVENTIVA. Conforme según lo aportado por la empresa.
* DISPOSICIONES ADICIONALES Y DEROGAROTARIAS. Conforme según lo aportado por la empresa,
modificando en la disposición adicional tercera en donde se recogerá el acuerdo interprofesional Canario sobre
procedimientos extrajudiciales de solución de conflictos de trabajo.
TERCERO.- Se cierra la presente jornada de negociación y que la parte de los representantes de la empresa
se compromete a que en un plazo máximo de una semana elaborará el texto definitivo del presente convenio.
CUARTO.- Las partes se comprometen a reunirse en la segunda quincena del mes de octubre.
ACTA N° 8 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Luis Janeiro Diez, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Antonio Pérez Morales, en representación de SERCANARIAS, SA.
En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 6 de noviembre de 2012, se reúnen
las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los mienbros del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a
la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
A tal efecto. ambas partes:
MANIFIESTAN:
PRIMERO,- Ambas partes se reconocen, en tal sentido, para negociar y plena capacidad y legitimación
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 701
recíprocas, a los efectos previstos en los artículos 87, 88 y 89 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, como miembros de la Comisión
Negociadora, en la representación que cada uno ostenta, del III Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS,
SA para la subcontrata del servicio de alcantarillado y sus trabajadores,
SEGUNDO.- Que, desde la comunicación de inicio de las negociaciones y hasta el día de hoy, los comparecientes
han mantenido diversas conversaciones y reuniones, acerca del contenido del Convenio Colectivo de
SERCANARIAS, SA.
TERCERO.- Que, en el día 9 de octubre de 2012 y después de las diversas reuniones y conversaciones
mantenidas, las partes comparecientes han alcanzado un principio de acuerdo sobre el contenido que deberá
disponer el III Convenio Colectivo entre la empresa "Sercanarias, S.A." y los trabajadores dedicados a la
actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
CUARTO.- Que, en fecha 15 de octubre de 2012, el Comité de Empresa sometió a votación la propuesta del
III Convenio Colectivo en la asamblea general celebrada en las instalaciones de la Compañía, con resultado
favorable a la aprobación de un acuerdo en relación al borrador con algunas modificaciones que ya han sido
efectuadas en el texto que se acompaña a la presente acta.
QUINTO.- Que, en consecuencia, las partes han alcanzado los siguientes:
ACUERDOS:
PRIMERO.- Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, las partes comparecientes, una vez han deliberado
las diferentes propuestas, han decidido aprobar por unanimidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del
Estatuto de los Trabajadores, el III Convenio Colectivo entre la empresa "Sercanarias, S.A." y los trabajadores
dedicados a la actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio de Las Palmas
de Gran Canaria, cuyo texto definitivo, signado y completo se adjunta con la presente acta.
SEGUNDO.- Que, a continuación, se acuerda remitir el texto del Convenio Colectivo que se adjunta al
presente acta, junto con el resto de documentos previstos en la legislación en vigor, a la Autoridad Laboral competente
a efectos de registro, depósito y publicación.
TERCERO.- Que, esta Comisión Negociadora, delega en D. Alfonso López Díaz de Durana, con DNI n° 44.303.976-
L, y en la Empresa Sercanarias, S.A., con CIF n° A 35480722, para llevar a cabo los trámites de registro previamente
indicados. Para ello, la Comisión Negociadora autoriza a D. Alfonso López Díaz de Durana para que, actuando
en su nombre y representación, proceda a la presentación del Convenio Colectivo acordado a través de medios
electrónicos ante el Registro de la Autoridad Laboral competente, según lo dispuesto en el Real Decreto
713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Resolución
de 30 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración
con la Comunidad Autónoma de Canarias para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los presentes como miembros de la Comisión
Negociadora en el lugar y fecha ut supra.
ACTA N°9 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS
SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES.
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Jonathan de León Andueza,
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. Maximiliano Pérez Morales,
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Juan Manuel García Gómez.
702 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana.
D. Juan Carlos Tacoronte García.
En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 11:00 horas del día 27 de febreroe de 2013, se reúnen
las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los mienbros del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a
la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
A tal efecto, ambas partes:
MANIFIESTAN:
PRIMERO,- Ambas partes se reconocen, en tal sentido, para negociar y plena capacidad y legitimación
recíprocas, a los efectos previstos en los artículos 87, 88 y 89 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, como miembros de la Comisión
Negociadora, en la representación que cada uno ostenta, del III Convenio Colectivo de la empresa Sercanarias,
S.A. para la subcontrata del servicio de alcantarillado y sus trabajadores.
SEGUNDO.- Que en fecha 6 de noviembre de 2012 y después de las diversas reuniones y conversaciones
mantenidas, las partes comparecientes aprobaron el III Convenio Colectivo entre la empresa Sercanarias, S.A,
y los trabajadores dedicados a la actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio
de Las Palmas de Gran Canaria.
TERCERO,- Que en fecha 22 de noviembre de 2012 se procedió a la presentación telemática del Convenio
Colectivo acordado ante el Registro de la Autoridad Laboral competente, según lo dispuesto en el Real Decreto
713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, así como en
la Resolución de 30 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio
de colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias para el funcionamiento por medios electrónicos del
registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
CUARTO.- Que en fecha 18 de febrero de 2013 la autoridad laboral ha notificado requerimiento de subsanación
para que en el plazo de 10 días se adopten medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, así como
en el artículo 45.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo se ha acordado incorporar al texto del Convenio
Colectivo un Anexo III: Igualdad de oportunidades y protocolo de prevención y tratamiento de situaciones de
acoso.
QUINTO.- Que, en consecuencia, las partes han alcanzado los siguientes:
ACUERDOS:
PRIMERO.- Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, las partes comparecientes, una vez han deliberado
las diferentes propuestas, han decidido aprobar por unanimidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del
Estatuto de los Trabajadores, el Anexo III: "Igualdad de oportunidades y protocolo de prevención y tratamiento
de situaciones de acoso" del III Convenio Colectivo entre la empresa Sercanarias, S.A. y los trabajadores
dedicados a la actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio de Las Palmas
de Gran Canaria, cuyo texto definitivo, signado y completo se adjunta con la presente acta.
SEGUNDO.- Que, a continuación, se acuerda remitir el texto del Anexo III del Convenio Colectivo que se
adjunta al presente acta, junto con el resto de documentos previstos en la legislación en vigor, a la Autoridad
Laboral competente a efectos de registro, depósito y publicación.
TERCERO.- Que esta Comisión Negociadora delega en la Empresa Sercanarias, S.A., con CIF n° A 35480722,
para llevar a cabo los trámites de registro previamente indicados. Para ello, la Comisión Negociadora autoriza
a la Empresa Sercanarias, S.A., para que, actuando en su nombre y representación, proceda a la presentación
del Anexo III del Convenio Colectivo acordado a través de medios electrónicos ante el Registro de la Autoridad
Laboral competente, dando cumplimiento al requerimiento efectuado en fecha 18 de febrero de 2013.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 703
Sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los presentes como miembros de la Comisión
Negociadora en el lugar y fecha ut supra.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIATORIA DE LA EMPRESA SERCANARIAS CONSECIONARIA
DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y LOS REPRESENTANTES DE SUS TRABAJADORES
ASISTENTES:
POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:
D. Maximiliano Pérez Morales.
D. Juan Manuel García Gómez.
D. Luis Ramón Rodríguez Diepa.
D. José Alberto Guerra Pérez.
D. Jonathan de León Andueza.
D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O.
EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA.
D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL.
D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR S.A.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 11:00 horas del día 22 de enero de 2014, se reúnen
las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores
constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los
que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma.
TEMAS A DESTACAR EN LA REUNIÓN
Primero.- Las partes acuerdan modificar el artículo 29 del convenio colectivo de la empresa SERCANARIAS,
SA por el siguiente articulado:
Artículo 29. Anticipos.
En el presente convenio se establece un fondo para anticipos por una cuantía máxima de 22.200,00 euros /AÑO.
El trabajador podrá solicitar un importe de hasta 600,00 euros, que deberá ser devuelto DENTRO DEL AÑO
NATURAL EN EL QUE FUE SOLICITADO, mediante deducciones de la nómina. En ningún caso se podrá
pedir más de un anticipo por trabajador en cada año natural.
El Comité de Empresa controlará la concesión de dichos anticipos, por orden de presentación de solicitudes,
así como también podrá modificar los importes de las cuantías, poniéndolos previamente en conocimiento de
los trabajadores, sin que en ningún caso se pueda superar el límite de un anticipo al año por trabajo según lo
señalado anteriormente.
En caso de que el trabajador causara baja en la empresa por cualquier motivo, se le descontará de la liquidación
de haberes correspondientes el importe pendiente de devolución del anticipo.
Segundo.- Ambas partes acuerdan sustituir la redacción del artículo 29 del vigente convenio colectivo por la
redacción señalada en el apartado tercero. No obstante, la limitación de una solicitud de anticipo al año por
trabajador entrará en vigor a partir de la fecha de la firma del presente acuerdo.
Tercero.- Que, esta Comisión Negociadora, delega en la Empresa Sercanarias, S.A., con CIF n° A 35480722,
para llevar a cabo los, trámites de registro previamente, indicados. Para ello, la Comisión Negociadora autoriza
al representante legal de la empresa para que proceda a la presentación del Convenio Colectivo acordado a través
de medios electrónicos ante el Registro de la Autoridad Laboral competente, según lo dispuesto en el Real Decreto
713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Resolución
de 30 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración
con la Comunidad Autónoma de Canarias para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los presentes como miembros de la Comisión
Negociadora en el lugar y fecha ut supra.
704 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 705
ANEXO III
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PROTOCOLO DE PREVENCIÓN
Y TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE ACOSO
Este anexo pretende garantizar la igualdad de trato y oportunidades como principio integrador del presente
Convenio, de ahí que la empresa formalice en este anexo un procedimiento interno de acoso. Asimismo,
promoverá medidas positivas tendentes a crear una atmósfera de trabajo que potencie el respeto entre los
empleados, la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres y la integración de la diversidad, que suponen
una creciente asunción de compromisos de sostenibilidad y responsabilidad social cumpliendo con los requisitos
establecidos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
A tal fin, la empresa y los representantes de los trabajadores y trabajadoras manifiestan su compromiso por
crear entornos laborales positivos, prevenir comportamientos de acoso y perseguir y solucionar aquellos casos
que se produzcan en el ámbito laboral, sancionándose como faltas muy graves. Para los supuestos casos de acoso
que se promuevan, se establece el siguiente procedimiento:
1. Declaración de principios
El presente protocolo tiene como objetivo prevenir que se produzca el acoso en el entorno laboral y, si ocurre,
asegurar que se dispone de los procedimientos adecuados para tratar el problema y evitar que se repita. Con
estas medidas se pretende garantizar un entorno laboral libre de acoso, en el que todas las personas están obligadas
a respetar su integridad y dignidad en el ámbito profesional y personal.
Por lo anteriormente expuesto y en desarrollo del deber establecido en el artículo 48.1 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, las partes firmantes acuerdan el siguiente
protocolo.
2. Ámbito personal
Este protocolo será de aplicación a todo el personal incluido en el artículo 2 del presente Convenio.
3. Definiciones y medidas preventivas
a) Acoso Moral (mobbing): Se entiende como tal toda conducta de violencia psicológica extrema que se realice
de forma sistemática y prolongada en el tiempo sobre una persona en el lugar de trabajo, manifestada a través
de reiterados comportamientos, hechos, órdenes o palabras que tengan como finalidad desacreditar, desconsiderar
o aislar a una persona con objeto de conseguir un auto-abandono del trabajo produciendo un daño progresivo
y continuo en su dignidad o integridad psíquica. Se considera circunstancia agravante el hecho de que la persona
que ejerce el acoso ostente alguna forma de autoridad jerárquica en la estructura de la empresa sobre la persona
acosada.
b) Acoso sexual: De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007, de 21 de marzo,
se considera acoso sexual la situación en la que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico,
de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando
se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
c) Acoso por razón de sexo: De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007,
de 21 de marzo, se define así la situación en que se produce un comportamiento, relacionado con el sexo de una
persona con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona, y de crear un entorno intimidatorio,
hostil, degradante, humillante u ofensivo.
d) Actos discriminatorios: Tanto el acoso sexual, como el acoso por razón de sexo, se configuran en el artículo
7.3 de la Ley Orgánica 3/2007 como actos discriminatorios, siendo los mismos objeto de prohibición expresa
en los principios de comportamiento y actuación.
e) Medidas preventivas: Se establecen como medidas preventivas de acoso, las siguientes:
* Sensibilizar a la plantilla tanto en la definición y formas de manifestación de los diferentes tipos de acoso,
como en los procedimientos de actuación determinados en este protocolo, caso de producirse.
706 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
* Respetar el principio de no tolerar estas conductas, empleándose de ser necesarias, las medidas disciplinarias
previstas en la legislación laboral de aplicación.
* Establecer el principio de corresponsabilidad de todos los trabajadores en la vigilancia de los comportamientos
laborales.
4. Procedimiento de actuación
a) Principios del procedimiento de actuación: El procedimiento de actuación se regirá por los siguientes principios,
que deberán ser observados en todo momento:
* Garantía de confidencialidad y protección de la intimidad y la dignidad de las personas implicadas,
garantizando en todo caso la preservación de la identidad y circunstancias personales de quien denuncie.
* Prioridad y tramitación urgente.
* Investigación exhaustiva de los hechos.
* Garantía de actuación adoptando las medidas necesarias, incluidas, en su caso, las de carácter disciplinario,
contra la persona o personas cuyas conductas de acoso sexual o acoso por razón de sexo resulten probadas, así
como también con relación a quien formule imputación o denuncia falsa.
b) Iniciación del procedimiento: El procedimiento se iniciará por la puesta en conocimiento a D. Juan Carlos
Tacoronte García, de la situación de acoso sexual o por razón de sexo, que podrá realizarse de cualquiera de las
siguientes formas:
* Directamente por la persona afectada.
* A través de los representantes de los trabajadores.
* Por cualquier persona que tenga conocimiento de la situación.
c) Instrucción: La instrucción del expediente correrá siempre a cargo de la persona responsable de la Empresa,
D. Juan Carlos Tacoronte García, que serán las encargadas de instruir el procedimiento y vigilar que durante el
mismo se respeten los principios informadores que se recogen en el procedimiento de actuación.
Quienes instruyan el caso, salvo que la persona afectada por el acoso manifieste lo contrario, para lo cual se
le preguntará expresamente, pondrán en conocimiento de los representantes de los trabajadores la situación,
manteniéndoles en todo momento al corriente de sus actuaciones. Mientras no conste el consentimiento expreso
de la presunta víctima no se podrá por tanto poner la situación en conocimiento de los representantes de los
trabajadores.
Las personas participantes en la instrucción quedan sujetas a la obligación de sigilo profesional sobre las informaciones
a que tengan acceso durante la tramitación del expediente. El incumplimiento de esta obligación podrá ser objeto
de sanción.
Excepcionalmente y atendiendo a especiales circunstancias que pudieran concurrir en algún caso, se podrá
delegar la instrucción del expediente en otra persona que designase la Dirección de la Empresa.
d) Procedimiento previo: Con la puesta en conocimiento de la situación de acoso, se iniciará de forma
automática un procedimiento previo, cuyo objetivo es resolver el problema de forma inmediata, ya que en ocasiones,
el mero hecho de manifestar a la persona que presuntamente acosa a otra las consecuencias ofensivas o
intimidatorias que genera su comportamiento, es suficiente para que se solucione el problema.
En esta fase del procedimiento, la persona que instruya el expediente se entrevistará con las partes con la finalidad
de esclarecer los hechos y alcanzar una solución aceptada por ambas.
El procedimiento previo es muy recomendable, pero en cualquier caso facultativo para la presunta víctima.
Una vez iniciado, y en el caso de que el mismo no finalice en un plazo de 10 días desde su inicio habiendo
resuelto el problema de acoso, dará lugar necesariamente a la apertura del procedimiento formal.
e) Procedimiento formal: El procedimiento formal se iniciará con la apertura, por la parte instructora, de un
expediente informativo.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 707
Para la elaboración del mismo, en la instrucción se podrán practicar cuantas diligencias se consideren necesarias
para el esclarecimiento de los hechos denunciados, manteniéndose la formalidad de dar trámite de audiencia a
las partes implicadas.
En el más breve plazo posible, sin superar nunca un máximo de 30 días, se deberá redactar un informe que
contenga la descripción de los hechos denunciados, las circunstancias concurrentes, la intensidad de los mismos,
la reiteración en la conducta y el grado de afectación sobre las obligaciones laborales y el entorno laboral de la
presunta víctima.
En todo caso deberá recoger la convicción o no de la parte instructora de haberse cometido los hechos
denunciados, explicitando los hechos que han quedado objetivamente acreditados en base a las diligencias practicadas.
f) Medidas cautelares: Durante la tramitación del expediente a propuesta de la parte instructora, la Dirección
de la Empresa podrá tomar las medidas cautelares necesarias conducentes al cese inmediato de la situación de
acoso, sin que dichas medidas puedan suponer perjuicio en las condiciones laborales de las personas implicadas.
g) Cierre del expediente: La Dirección de la Empresa, tomando en consideración la gravedad y trascendencia
de los hechos acreditados, adoptará, en un plazo máximo de 15 días las medidas correctoras necesarias, pudiendo
ser éstas la ratificación como definitivas de las medidas cautelares adoptadas en la tramitación del expediente.
En todo caso los representantes de los trabajadores tendrán conocimiento del resultado final de todos los expedientes
que puedan tramitarse, así como de las medidas adoptadas, excepción hecha de la identidad y circunstancias
personales de la presunta víctima del acoso (si ésta solicitó que los hechos no fuesen puestos en conocimiento
de la misma.
En todo caso, si se constata la existenciade acoso, en cualquiera de sus modalidades, se impondrán las medidas
sancionadoras disciplinarias previstas en la normativa legal y convencional aplicable.
En el caso de que se determine la no existencia de acoso e igualmente se determine la mala fe de la denuncia,
se aplicarán las medidas disciplinarias correspondientes.
4.832-C
Dirección General de Trabajo
EDICTO
82
VISTO el Texto del Convenio Colectivo del SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA VIARIA DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTODELASPALMASDEGRANCANARIA,suscritoporíaComisiónNegociadoraydeconformidad
con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E, 29 de marzo), en el Real Decreto 713/2010, de
28 de mayo, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico
de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C.
n° 195, de 9 de octubre de 2.013), esta Dirección General
ACUERDA
PRIMERO.- Ordenar la inscripción, del Texto del Convenio Colectivo del SERVICIO MUNICIPAL DE
LIMPIEZA VIARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, en el Registro
Territorial de Convenios Colectivos con el número 2747 y su notificación a la Comisión Negociadora.
SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de
esta Dirección General de Trabajo.
TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado.
708 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.
Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Gaceta oficial número 40.948
Gaceta oficial número 40.948Gaceta oficial número 40.948
Gaceta oficial número 40.948
Diana Padrón
 
Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108
Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108
Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108
Luis Alberto Zárate Silva
 
Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013
Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013
Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013
Lucy León
 

La actualidad más candente (19)

Distancia virtual
Distancia virtualDistancia virtual
Distancia virtual
 
Normas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de fleteNormas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de flete
 
Gaceta oficial número 40.948
Gaceta oficial número 40.948Gaceta oficial número 40.948
Gaceta oficial número 40.948
 
Gaceta del Estado Incremento Impuesto sobre Nomina Veracruz
Gaceta del Estado Incremento Impuesto sobre Nomina VeracruzGaceta del Estado Incremento Impuesto sobre Nomina Veracruz
Gaceta del Estado Incremento Impuesto sobre Nomina Veracruz
 
Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108
Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108
Nueva fecha de reubicacion de escalas nl20141108
 
Gaceta Legislativa Congreso del Estado de Veracruz Incremento Impuesto sobre ...
Gaceta Legislativa Congreso del Estado de Veracruz Incremento Impuesto sobre ...Gaceta Legislativa Congreso del Estado de Veracruz Incremento Impuesto sobre ...
Gaceta Legislativa Congreso del Estado de Veracruz Incremento Impuesto sobre ...
 
Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013
Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013
Correspondencia sesion plenaria 15 agosto 2013
 
G.o. 40.934
G.o. 40.934G.o. 40.934
G.o. 40.934
 
Modelo de Contrato de Prestacion de Servicios
Modelo de Contrato de Prestacion de ServiciosModelo de Contrato de Prestacion de Servicios
Modelo de Contrato de Prestacion de Servicios
 
10 8493f035d2e742e8e8d516aff615541e 10
10 8493f035d2e742e8e8d516aff615541e 1010 8493f035d2e742e8e8d516aff615541e 10
10 8493f035d2e742e8e8d516aff615541e 10
 
Decreto 776 2015
Decreto 776 2015Decreto 776 2015
Decreto 776 2015
 
Proyecto acompañado
Proyecto acompañadoProyecto acompañado
Proyecto acompañado
 
Ley nº 30379 pillao.pdf1
Ley nº 30379 pillao.pdf1Ley nº 30379 pillao.pdf1
Ley nº 30379 pillao.pdf1
 
30 de enero 2014
30 de enero 201430 de enero 2014
30 de enero 2014
 
G.o. 40.979
G.o. 40.979G.o. 40.979
G.o. 40.979
 
20151111 parlamentaria
20151111 parlamentaria20151111 parlamentaria
20151111 parlamentaria
 
Apertura cuenta
Apertura cuentaApertura cuenta
Apertura cuenta
 
2016 agosto g.o_40.966
2016 agosto g.o_40.9662016 agosto g.o_40.966
2016 agosto g.o_40.966
 
Gac2015 418 martes 20 ext código finenciaro
Gac2015 418 martes 20 ext código finenciaroGac2015 418 martes 20 ext código finenciaro
Gac2015 418 martes 20 ext código finenciaro
 

Similar a Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.

NOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6p
NOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6pNOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6p
NOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6p
Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 

Similar a Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad. (20)

Sentencia +sima-18-10
Sentencia +sima-18-10Sentencia +sima-18-10
Sentencia +sima-18-10
 
SENTENCIA-+SIMA-18-10 (1).doc
SENTENCIA-+SIMA-18-10 (1).docSENTENCIA-+SIMA-18-10 (1).doc
SENTENCIA-+SIMA-18-10 (1).doc
 
Res epre269 16b
Res epre269 16bRes epre269 16b
Res epre269 16b
 
Dema 037233
Dema 037233Dema 037233
Dema 037233
 
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en Córdoba
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en CórdobaFallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en Córdoba
Fallo de Cámara Federal de Apelaciones que frena tarifazo del gas en Córdoba
 
La Cámara Federal pone freno al tarifazo del gas
La Cámara Federal pone freno al tarifazo del gasLa Cámara Federal pone freno al tarifazo del gas
La Cámara Federal pone freno al tarifazo del gas
 
Dema 037234
Dema 037234Dema 037234
Dema 037234
 
Fiscal por causa de DNU por parte de los convencionales
Fiscal por causa de DNU por parte de los convencionalesFiscal por causa de DNU por parte de los convencionales
Fiscal por causa de DNU por parte de los convencionales
 
No habilitan la feria tras presentación de Armando Molina contra DNU
No habilitan la feria tras presentación de Armando Molina contra DNUNo habilitan la feria tras presentación de Armando Molina contra DNU
No habilitan la feria tras presentación de Armando Molina contra DNU
 
Demanda de Armando Molina contra el DNU de Javier Milei
Demanda de Armando Molina contra el DNU de Javier MileiDemanda de Armando Molina contra el DNU de Javier Milei
Demanda de Armando Molina contra el DNU de Javier Milei
 
Fiscalía de Estado: Revisión administrativa
Fiscalía de Estado: Revisión administrativaFiscalía de Estado: Revisión administrativa
Fiscalía de Estado: Revisión administrativa
 
cuadernillo DL 1421.pdf
cuadernillo DL 1421.pdfcuadernillo DL 1421.pdf
cuadernillo DL 1421.pdf
 
3fbcdd2ca61f8b54d46c9c664aa633b6
3fbcdd2ca61f8b54d46c9c664aa633b63fbcdd2ca61f8b54d46c9c664aa633b6
3fbcdd2ca61f8b54d46c9c664aa633b6
 
1bd8bd67c97c8e717ed472c96fe17e00
1bd8bd67c97c8e717ed472c96fe17e001bd8bd67c97c8e717ed472c96fe17e00
1bd8bd67c97c8e717ed472c96fe17e00
 
NOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6p
NOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6pNOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6p
NOT n.° 61007-2023-JR-DC; 29 MAY 2023. AUTO ADMISORIO. 6p
 
Un Boletín Municipal exclusivo para llamar a licitación para una obra de $80 ...
Un Boletín Municipal exclusivo para llamar a licitación para una obra de $80 ...Un Boletín Municipal exclusivo para llamar a licitación para una obra de $80 ...
Un Boletín Municipal exclusivo para llamar a licitación para una obra de $80 ...
 
decreto Legislativo 1246
decreto Legislativo 1246decreto Legislativo 1246
decreto Legislativo 1246
 
Dl 1246 2016 medidas-de-simplificacion administativa
Dl 1246 2016 medidas-de-simplificacion administativaDl 1246 2016 medidas-de-simplificacion administativa
Dl 1246 2016 medidas-de-simplificacion administativa
 
Decreto Legislativo N° 1246 - Decreto Legislativo que aprueba diversas medida...
Decreto Legislativo N° 1246 - Decreto Legislativo que aprueba diversas medida...Decreto Legislativo N° 1246 - Decreto Legislativo que aprueba diversas medida...
Decreto Legislativo N° 1246 - Decreto Legislativo que aprueba diversas medida...
 
Dec Leg 1246
Dec Leg 1246Dec Leg 1246
Dec Leg 1246
 

Publicación en el BOP de nuestro IV Convenio Colectivo y de nuestro I Plan de Igualdad.

  • 1. I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS 4703 Notificación a Óscar Manuel Duarte Tejera y otros ........................................................................................................... 4748 Notificación a Lenice Américo Goulart .............................................................................................................................. 4852 Notificación a Baye Mbengue ............................................................................................................................................ SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL 4705 Notificación a José Santiago Ramos Peña y otros............................................................................................................... 4828 Notificación a Construcciones Auxiliares Gonca, S.L. y otros ........................................................................................... 4829 Notificación a Sandro Castrigno Scheffe ............................................................................................................................ 4830 Notificación a Aarón Acosta Saavedra y otros .................................................................................................................... II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO 4832-A Revisión Salarial para el año 2012 del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción de la Provincia de Las Palmas ................................................................................................................................................................................. 4832-B Tablas Salariales para los años 2010 y 2011 del Convenio Colectivo de la empresa FCC Medio Ambiente, S.A. (Servicio de recogida de basuras del Excmo. Ayuntamiento de Pájara). ............................................................................................ 4832-C Modificación del texto del Convenio Colectivo de la empresa Sercanarias, S.A. que fue publicado en el Anexo al nº 50 del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de fecha 19 de abril de 2013, y el Anexo III “Igualdad de oportunidades y protocolo de prevención y tratamiento de situaciones de acoso” ..................................................................................... 4832-D Convenio Colectivo del Servicio Municipal de Limpieza Viaria del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria................................................................................................................................................................................. 4832-E Convenio Colectivo de la empresa Salcai - Utinsa, S.A. así como su Plan de Igualdad............................................... BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS GOBIERNO DE CANARIAS Año LXXXIX Viernes, 30 de Mayo de 2014 Anexo al Número 70 SUMARIO Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas Depósito Legal G.C. 1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad Servicio de Publicaciones C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio de Usos Múltiples II, cuarta planta Bloque Oeste 35003 Las Palmas de Gran Canaria Tfnos: 928 211062 - 928 211088 - 928 211053 Fax: 928 455814 Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A. C/ Doctor Juan de Padilla, 7 Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36 Correo electrónico: info@boplaspalmas.com 35002 Las Palmas de Gran Canaria TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm de altura Suscripción anual: 60,10 euros más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad mediante oficio 670 670 671 672 673 675 675 676 688 689 708 748 NÚMERO REGISTRO PÁGINA
  • 2. I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas EDICTO 72 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes para declarar la pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir de que son titulares las personas que a continuación se relacionan, y que son instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el BO. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones. En Las Palmas de Gran Canaria, a quince de mayo de dos mil catorce. LA JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS, Eva María Canitrot Vázquez. Expediente Conductor DNI/NFI Localidad Fecha 3529480655 OSCAR MANUEL DUARTE TEJERA 78553660 ARRECIFE 10/04/2014 3529481488 ARIDAI CABALLERO MUÑOZ 78764517 ARRECIFE 10/04/2014 3529399822 JUAN JESÚS PERDOMO PERDOMO 42884313 PUERTO DEL ROSARIO 29/03/2014 3529419100 AARÓN MANUEL ESPINO GONZÁLEZ 78535295 PUERTO DEL ROSARIO 10/04/2014 3529439766 JOSÉ VICENTE CASTELLANO SÁNCHEZ 45780386 SANTA BRÍGIDA 09/04/2014 3529496622 JUAN MANUEL GRANADO GONZÁLEZ 44742042 SANTA LUCÍA 09/04/2014 3529405700 FCO. JOSÉ ESPINO GONZÁLEZ 54072201 TELDE 13/03/2014 3529494255 RAFAEL BÁEZ MONZÓN 54073809 TELDE 09/04/2014 3529501922 JONATHAN SANTANA MEDINA 54081335 TELDE 09/04/2014 3529481733 YOUNES MOUMOU X6070319K TÍAS 10/04/2014 4.703 Oficina Local de Fuerteventura Las Palmas EDICTO 73 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de esta Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas, dirigida a la persona que a continuación se relaciona, ya que, habiéndose intentado dicha notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. 670 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 3. La documentación correspondiente obra en la Oficina Local de Tráfico de Fuerte ventura, ante la cual le asiste el derecho de recurrir por escrito lo que estime conveniente, dentro del plazo de un mes, contados desde el siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho a recurrir, la resolución adquirirá firmeza, con los efectos previstos en la normativa vigente. En Puerto del Rosario, a doce de mayo de dos mil catorce. LA JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS, P.D. EL JEFE DE LA OFICINA LOCAL DE TRÁFICO DE FUERTEVENTURA, José María Jiménez Delgado. Interesado/a: LENICE AMERICO GOULART Identificación: (D.N.I./N.I.E.) 32.714.856-R Localidad: COSTA CALMA - (PÁJARA) Fecha: 16/04/2014 Expediente: Requerimiento de subsanación canje extranjero de permiso de conducción. Precepto legal aplicable: Artículos 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4.748 EDICTO 74 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de esta Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas, dirigida a la persona que a continuación se relaciona, ya que, habiéndose intentado dicha notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. La documentación correspondiente obra en la Oficina Local de Tráfico de Fuerteventura, ante la cual le asiste el derecho de recurrir por escrito lo que estime conveniente, dentro del plazo de un mes, contados desde el siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho a recurrir, la resolución adquirirá firmeza, con los efectos previstos en la normativa vigente. En Puerto del Rosario, a dieciséis de mayo de dos mil catorce. LA JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE LAS PALMAS, P.D. EL JEFE DE LA OFICINA LOCAL DE TRÁFICO DE FUERTEVENTURA, José María Jiménez Delgado. Interesado/a: BAYE MBENGUE Identificación: (N.I.E,) X-316598I-P Localidad: ANTIGUA Fecha: 09/05/2014 Expediente: Requerimiento de subsanación solicitud canje permiso de conducción extranjero. Precepto legal aplicable: Artículos 7, 15 y 16 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores y 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4.852 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 671
  • 4. SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL Oficina de Prestaciones de Rafael Cabrera NOTIFICACIÓN 75 Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar COMUNICACIÓN DE ARCHIVO DE SOLICITUD DE PRESTACIÓN POR DESEMPLEO para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE RAFAEL CABRERA, sita en Trasera Calle Rafael Cabrera, s/n en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente 78480813Y RAMOS PEÑA, JOSÉ SANTIAGO EL CATALÁN, 47-BAJO-B Las Palmas de Gran Canaria En Las Palmas de Gran Canaria, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce. EL DIRECTOR, Luis Valido Benítez. Oficina de Prestaciones de Gáldar NOTIFICACIÓN Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE PRESTACIÓN POR DESEMPLEO para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE GÁLDAR, sita en Calle Caifa, s/n en Gáldar, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente 78476564N GUSTAVO GODOY GARCÍA CL MALAGUEÑAS, Gáldar En Gáldar, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce. EL RESPONSABLE, Manuel García del Rosario. NOTIFICACIÓN Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE GÁLDAR, sita en Calle Caifa, s/n en Gáldar, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. 672 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 5. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente 78468124J MARÍA CARMEN JIMÉNEZ RODRÍGUEZ CL JOSÉ CARLOS GONZÁLEZ, PORTAL 5, 3º I Guía En Gáldar, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce. EL RESPONSABLE, Manuel García del Rosario. NOTIFICACIÓN Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DENEGATORIA PLAN PREPARA para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE GÁLDAR, sita en Calle Caifa, s/n en Gáldar, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente X9345015T ADINA DIANA DIACONESCU JOSÉ ANTONIO PRIMO DE RIVERA, 55 La Aldea de San Nicolás 91001329 En Gáldar, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce. EL RESPONSABLE, Manuel García del Rosario. Dirección Provincial de Las Palmas NOTIFICACIÓN Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE ALZADA CONTRA LA DENEGACIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA DE ACOMPAÑAMIENTO REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL para lo que deberán personarse en la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LAS PALMAS, sito en Calle Velázquez, 10 en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente 78735451B OSCAR FERNANDEZ TEXEIRA C/DIEGO BETANCOR SUAREZ 36 31 3 Las Palmas de Gran Canaria 1620/00905 En Las Palmas de Gran Canaria, a miércoles catorce de mayo de dos mil catorce. EL DIRECTOR PROVINCIAL, Pedro Duarte Vázquez. 4.705 Dirección Provincial de Las Palmas Subdirección Provincial de Prestaciones NOTIFICACIÓN 76 Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 673
  • 6. actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN SOBRE RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO, para lo que deberán personarse en la Subdirección Provincial de Prestaciones, sita en la calle Velázquez, 10 en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 14 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. CIF RAZÓN SOCIAL Último domicilio conocido Municipio B35714146 CONSTRUCCIONES AUXILIARES GONCA, S.L. C/ VERNEAU, 1 108 Las Palmas de Gran Canaria En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de mayo de dos mil catorce. EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE PRESTACIONES, Dionisio Martín Izquierdo. Dirección Provincial de Las Palmas NOTIFICACIÓN Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar COMUNICACIÓN PARA EL TRÁMITE DE AUDIENCIA DEL PROCEDIMIENTO DE PÉRDIDA DEL DERECHO Y/O REINTEGRO DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL, para lo que deberán personarse en estas dependencias, sitas en Velázquez, 10, Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente Y1146166K CEBALLOS ORDOÑEZ, JOSÉ RULBER C/ LOS ANDES 2 1 DCH Arrecife 143560131 X6424949Z KNAUKE, INGA C/ SAN BARTOLOMÉ 7,1 DCH Las Palmas de Gran Canaria 143560154 En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce. EL DIRECTOR PROVINCIAL, Pedro Duarte Vázquez. NOTIFICACIÓN Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DEL DERECHO Y/O REINTEGRO DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL, para lo que deberán personarse en estas dependencias, sitas en Velázquez, 10, Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente X2571482J NUNES DE JESÚS, LUIS MANUEL C/ IRLANDA URB. PECHIGU 9 212 Yaiza 143560122 42213757V HERNÁNDEZ LUGONES, DANIEL C/ PLÁCIDO DOMINGO PORTAL San Bartolomé de 191001193 10 - B A Tirajana 674 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 7. En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce. EL DIRECTOR PROVINCIAL, Pedro Duarte Vázquez. 4.828 Dirección Provincial de Las Palmas Subdirección Provincial de Prestaciones NOTIFICACIÓN 77 Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar Resoluciones sobre extinción de prestaciones por desempleo por actuación de la inspección, para lo que deberán personarse en la Subdirección Provincial de Prestaciones, sita en la calle Velázquez, 10 en Las Palmas de G.C., en horario de 9 a 14 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. EXPTE. D.N.I. NOMBRE Y APELLIDOS ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO MUNICIPIO 38753 E 324644 SANDRO CASTRIGNO SCHEFFE CL. BALBUSANO-LA BARRERA 12 VALSEQUILLO En Las Palmas de Gran Canaria, a cinco de mayo de dos mil catorce. EL DIRECTOR PROVINCIAL (PS), Pedro Duarte Vázquez. 4.829 Oficina de Prestaciones de Rafael Cabrera NOTIFICACIÓN 78 Por esta Oficina de Prestaciones se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE LA SOLICITUD DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO para lo que deberán personarse en la OFICINA DE PRESTACIONES DE RAFAEL CABRERA, sita en Trasera Calle Rafael Cabrera, s/n en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente 78480654P ACOSTA SAAVEDRA, AARÓN PEDRO HIDALGO, 51 Las Palmas de Gran Canaria En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce. EL DIRECTOR, Luis Valido Benítez. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 675
  • 8. Dirección Provincial de Las Palmas NOTIFICACIÓN Por esta Dirección Provincial se emplaza a los interesados que a continuación se relacionan, y cuyo domicilio actual se desconoce, con el fin de notificar RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE ALZADA CONTRA LA DENEGACIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA DE ACOMPAÑAMIENTO REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL para lo que deberán personarse en la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LAS PALMAS, sito en Calle Velázquez, 10 en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Transcurrido el citado plazo sin que haya acudido a este requerimiento se proseguirán las actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en derecho haya lugar. DNI/NIE Interesado Último domicilio conocido Municipio Expediente 42191182M AITOR CÁCERES DÍAZ C/ MAR DE ESCOCIA RS LAS VELAS San Bartolomé de 1910/00900 4,148 Tirajana 42799087C ANTONIO MIGUEL SANTANA HERNÁNDEZ C/ GREGORIO GUTIÉRREZ 36 Las Palmas de 1620/01232 Gran Canaria En Las Palmas de Gran Canaria, a viernes dieciséis de mayo de dos mil catorce. EL DIRECTOR, Luis Valido Benítez. 4.830 II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO Dirección General de Trabajo EDICTO 79 VISTA la Revisión Salarial para el año 2012 del Convenio Colectivo del sector de la CONSTRUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, suscrito por la Comisión Negociadora y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29 de marzo), en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C. n° 195, de 9 de octubre de 2.013), esta Dirección General ACUERDA PRIMERO.- Ordenar la inscripción, de la Revisión Salarial para el año 2012 del Convenio Colectivo del sector de la CONSTRUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con el número 1752 y su notificación a la Comisión Negociadora. SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de esta Dirección General de Trabajo. 676 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 9. TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado. ACUERDO PARA LA REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2012 EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS PALMAS POR UGT Dª. Úrsula Hernández Machín D. Yeray López Suárez POR CC.OO, D. Carmelo Hernández Forestier POR AECP Dª. María de la Salud Gil Romero D. Alexis Luján Armas (asesor) D. José Losada Quintás (asesor) D. Julio Rublo Angulo (asesor) En las Palmas de Gran Canaria, a 04 de febrero de 2014, siendo las 16:30 horas, reunidas las personas al margen referenciadas en su condición de miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción; adoptan por unanimidad los siguientes: ACUERDOS 1.- Se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad y representación meritadas, suficientes para la suscripción de este Acta de revisión salarial, 2.- En cumplimiento de los acuerdos adoptados en el seno de la Confederación Nacional del Sector, se procede a dar cumplimiento a la decisión adoptada por la Comisión Paritaria del artículo 108 del V Convenio Colectivo General para el Sector de la Construcción, en su sesión de fecha 20 de enero de 2012; así como a las previsiones contenidas en el artículo 52 apartado 1º del V Convenio Colectivo General para el Sector de la Construcción para 2012, publicado en el BOE n° 64, de 15 de marzo, Las partes convienen en incrementar para el año 2012 las retribuciones previstas en el Convenio Colectivo General en un uno por ciento (1%), tanto los conceptos salariales como los extrasalariales - sólo dietas y medías dietas - de la Tabla Salarial vigente. En su ejecución, el incremento se materializa sobre la Tabla Salarial del año 2011, para obtener las Tablas Salariales del año 2012, El incremento correspondiente al plus extrasalarial de transporte’’se aplica este año sobre el concepto de “retribución Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 677
  • 10. diaria” (salario base), en consonancia con las previsiones del artículo 55 apartado 2° del Convenio Colectivo Provincial para los años 1993-1996. Las partes convienen en aplicar el incremento correspondiente al plus extrasalarial de transporte en años alternos en la retribución diaria o en el plus de asistencia, siempre aplicando los límites establecidos en el artículo 61 del Convenio General para el Sector de la Construcción. Esta tabla produce plenos efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOP de Las Palmas. El “Plus de asistencia”, indicado en las Tablas Salariales, se corresponde con el número de días laborales, según el calendario laboral del Sector, además de los días declarados festivos según el mismo calendario, aunque se percibirá dicho importe por los días efectivamente trabajados, independientemente del número de días laborales, incluidos los días declarados festivos del sector. En consecuencia, se procede simultáneamente en este apto a la firma de la Tabla Salarial para el año 2012, que forma parte inseparable de esta acta. 3.- Se procede simultáneamente en éste acto a la firma de las Tablas de Atrasos de 2012 (por los atrasos generados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2012) y la Tabla de Atrasos Final 2012 (por los atrasos generados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2013), por la inaplicación de la revisión salarial de 2012, que forman parte inseparable de esta acta. 4.- De conformidad con el Acta 11ª de la reunión de la Comisión Negociadora del V Convenio General del Sector de la Construcción, de fecha 26 de marzo de 2013, en la que se acordó la revisión parcial del V CGSC, dadas las especiales dificultades que está sufriendo la economía española y especialmente el sector de la construcción, las partes reconsideran lo firmado en el V CGSC, acordándose una revisión de las Tablas Salariales del año 2012, con efectos de 1 de enero de 2013, del 0,6 por ciento (0,6%) y que serán las vigentes para todo el año 2013, motivo por el cual se suscribe una Tabla de Revisión Salarial final 2012 y la correspondiente Tabla de Atrasos final 2012, del 0,6 por ciento (0,6%) por los atrasos generados entro el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013, Asimismo se pacta que el incremento para el año 2013 será de 0 por ciento (0%). 5 - Las partes convienen qué los atrasos generados por la inaplicación de la revisión salarial de 2012 (Tabla de Atrasos 2012), así como la Tabla de Atrasos Final 2012, se harán efectivos desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2014. 6.- De acuerdo con las previsiones del artículo 52 apartado 2º del V CGSC, las dietas quedan fijadas en (23,20*1,6%) 23,57 euros y las medias dietas en (6.88*1,6%) 6,99 euros. Estos importes entrarán en vigor con efectos económicos desde el día 1 de mayo de 2012, de modo que no produce efecto retroactivo de clase alguna. Estás cantidades tienen carácter de mínimo, pudiendo ser incrementadas, por acuerdo entre la empresa y el trabajador, cuándo la cuantía del gasto así lo exija. 7.- Aquellas empresas que se encuentren con dificultades económicas, se les recuerda que para solicitar el descuelgue de las tablas salariales deberán seguir los procedimientos establecidos al efecto. 8.- Autorizar a Dª Mª María Salud Gil Romero para realizar cuantas gestiones y actuaciones sean precisas para la inscripción de este Acuerdo en los Registros de la Autoridad Laboral competente, Y en prueba de su plena conformidad, lo ratifican y firman en el lugar y fecha indicados “ut supra”. 678 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 11. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 679
  • 12. 680 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 13. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 681
  • 14. 682 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 15. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 683
  • 16. 684 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 17. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 685
  • 18. 686 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 19. 4.832-A Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 687
  • 20. Dirección General de Trabajo EDICTO 80 VISTAS las tablas salariales para los años 2010 y 2011 del Convenio Colectivo de la empresa FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. (Servicio de recogida de basuras del Exmo. Ayuntamiento de Pájara), suscrito por la Comisión Negociadora y de conformidad con lo dispuesto en e! artículo 90.2 y 3 dei Texto Refundido de ia Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29 de marzo), en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C. n° 195, de 9 de octubre de 2.013), esta Dirección General ACUERDA PRIMERO.- Ordenar la inscripción, de las tablas salariales para los años 2010 y 2011 del Convenio Colectivo de la empresa FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. (Servicio de recogida de basuras del Excmo. Ayuntamiento de Pájara), en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con el número 2150 y su notificación a la Comisión Negociadora. SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de esta Dirección General de Trabajo. TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado. ACTA DE REVISIÓN SALARIAL ENTRE FCC MEDIO AMBIENTE, S,A. Y SUS TRABAJADORES ADSCRITOS AL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE PAJARA En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de noviembre de 2011, se reúnen en la sede de FCC MEDIO AMBIENTE, S.A., sito en Carretera Guanarteme Las Torres, km. 5.1, Las Majadillas en Las Palmaste Gran Canaria, los miembros de la Mesa Negociadora relacionados, Por la empresa: D. Miguel Ángel Castanedo Samper D. Felipe Rodríguez Manzano Dª. Ana Isabel Navarro García Dª. Carmen Rosa Fernández Marrero Por la mesa negociadora: D. Juan Manuel Gutiérrez De León D. Francisco Díaz Betancor D. Francisco Javíer Moséguez Vera ACUERDAN Proceder a la revisión de las tablas saiariales de los años 2010 y 2011 en los siguientes términos: I.- Año 2010, subida lineal del 0,8%. Se modifica la tabla 2010 ya publicada en el Boletín Oficial. II.- Año 2011, incremento lineal del 0.5 % en todos los conceptos salariales en la categoría de subencargado y peón. La categoría de Oficial 1ª se equipara el bruto anual con la misma categoría de Puerto del Rosario realizando el incremento necesario, máximo 0,5 %. 688 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 21. III.- Los atrasos del año 2010 ya han sido abonados en la nómina del mes de septiembre. IV.- Los atrasos correspondientes al año 2011 se abonarán en la nómina del mes de enero 2012. Se producirá la plena equiparación salarial de Pájara a Puerto del Rosario con plenos efectos al día l de julio de 2012. Sin más que tratar se levanta la sesión, a las 14:00 horas, firmando todos los presentes en prueba de su conformidad. TABLA SALARIAL ENTRE FCC MEDIO AMBIENTE, S.A. Y SUS TRABAJADORES ADSCRITOS AL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PÁJARA 2010 CATEGORÍA SALARIO BASE PLUS TÓXICO PLUS TRANSPORTE PLUS PROD. PAGAS EXTRA TOTAL BRUTO AÑO X12 X12 X11 X 12 X2 EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS Sub encargado 1.090,45 218,09 96,31 666,56 18.095,01 OF 1ª día 944,28 188,86 113,35 117,17 718,74 17.688,00 Peón día 925,52 185,10 96,98 684,48 15.763,23 TABLA SALARIAL PÁJARA / AÑO 2011 CATEGORÍA SALARIO BASE PLUS TÓXICO PLUS TRANSPORTE PLUS PROD. PAGAS EXTRA TOTAL BRUTO AÑO X12 X12 X11 X 12 X2 EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS EUROS Sub encargado 1.095,90 219,18 96,79 669,89 18.185,49 OF 1ª día 944,28 188,86 113,35 117,17 722,54 17.695,65 Peón día 930,15 186,03 97,46 687,90 15.842,04 4.832-B Dirección General de Trabajo EDICTO 81 VISTA la Modificación del Texto del Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, S.A, que fue publicado en el anexo al n° 50 del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de fecha 19 de abril de 2.013, y el Anexo III “IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE ACOSO”, suscritos por la Comisión Negociadora y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de ia Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. 29 de marzo), en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C. n° 195, de 9 de octubre de 2.013), esta Dirección General ACUERDA PRIMERO.- Ordenar la inscripción, de la Modificación del Texto del Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, S.A. y el Anexo III “IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE ACOSO” en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con el número 2685 y su notificación a la Comisión Negociadora, Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 689
  • 22. SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de esta Dirección General de Trabajo. TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado. ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza. D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales. D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y Finanzas de la Federación de actividades Diversas, EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana. Dª. Carmen Paloma Meca Paz. D. Juan Carlos Tacoronte García. En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:00 horas del día 31 de enero de 2012, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión, cuyo objeto consiste en la constitución de la mesa negociadora del Tercer Convento colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA concesionaria del servido de Alcantarillado y sus trabajadores, así como fijar los componentes que intervendrán en la misma, siendo los componentes los que a continuación se relacionan: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza. D. Luís Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O. pon cargo de Secretario de Organización y Finanzas de la Federación de actividades Diversas. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana. Dª. Carmen Paloma Meca Paz. D. Juan Carlos Tacoronte García. 690 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 23. Se hace notar que por parte de la empresa podría designar a algún miembro más en calidad de asesora miento de la empresa. ACUERDOS: Primero.- Queda constituida la mesa de negociación, del Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA concesionaria del servicio de Alcantarillado y sus trabajadores correspondiente al año 2012. Segundo.- Que, ambas representaciones interviene guiadas por el principio de buena fe y con vistas a alcanzar un acuerdo. Tercero.- Se nombra como secretario/a de actas para su registro telemático a D. Alfonso López Díaz de Durana. Cuarto.- Ante el avance de la negociación, las partes se reúnen para determinar los días festivos por convenio (artículo 18°), por lo que se mantiene como festivos el 20 de febrero (víspera del martes del carnaval), 24 y 31 de diciembre. Al caer el 3 noviembre (festividad de la patrona) en un sábado se procede a su traslado al 12 de marzo del presente. Quinto.- Se acuerda como próxima fecha para la reunión el día miércoles 15 de febrero a las 10:00 a.m, en las oficinas centrales de Sercanarias, se propone que para una mayor agilidad en el proceso de negociación en cada reunión se tratará la siguiente. De igual manera, se tratará que el plazo entre cada reunión del proceso de negociación no exceda del periodo de 15 días. ACTA N° 2 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES ASISTENTES; POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Juarn Manuel García Gómez. D. José Alberto Guerra Pérez. D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O. con cargo de Secretario de Organización y Finanzas de la Federación de actividades Diversas. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:00 horas del día 30 de marzo de 2012, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión, cuyo objeto consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA concesionaria del servicio de Alcantarillado y sus trabajadas. ACUERDOS: Primero,- Los representantes de los trabajadores manifiestan su malestar al entender que por parte de la empresa se les ha faltado el respeto al no fijar, ni notificar la segunda reunión en el plazo marcado en la primera acta, siendo el mismo de un mes. Esperando que para el buen entendimiento de las partes, este tipo de situaciones no se repitan, por lo que solicitan que para las próximas reuniones se establezcan periodos más concretos. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 691
  • 24. Segundo.- Se hace entrega de la propuesta por parte de la empresa a los representantes de los trabajadores, de igual manera los representantes hacen entrega de la plataforma del cofectivo del personal. Tercero.- El representante de la empresa Alfonso López Díaz de Durana, comunica que a principios de la próxima semana, después de concretar agendas con los representantes de los socios, les comunicará la fecha de la próxima reunión. ACTA N° 3 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y Finanzas de la Federación de actividades Diversas. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL En la ciudad de Las Palmas de Gran Ganaría, siendo las 10:30 horas del día 12 de abril de 2012, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión, cuyo objeto consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA. concesionaria de servicio de Alcantarillado y sus trabajadores. ACUERDOS: Prímero.- Se acuerda entre las partes la revisión de cada uno de los articulados del borrador de convenio que se presentó por parte de la empresa en la anterior reunión. Segundo.- Después de la revisión del articulado se ha propedido a la revisión de los 17 primeros articulados del borrador del convenio, quedando pendiente de valoración por parte de los representantes de los trabajadores el capítulo III "Clasificación profesional" Tercero.- Por las partes se trata la posibilidad de que en el calendario de reuniones para las negociaciones se establezcan dos días seguidos para optimizar las mismas y que las mismas se traten de realizar en horario temprano. Cuarto,- Se acuerda como próximos días para las siguientes reuniones de negociación los días 25 y 26 del presente, ambos pendientes de confirmación antes del día 23 de abril. ACTA N° 4 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, 692 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 25. D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación dé SERCANARIAS, SA. D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL. En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:00 horas del día 25 abril de 2012 y las 9:00 del día 26 del mismo mes y año, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efectos de la presente reunión, cuyoobjetoconsisteenlanegociacióndelTercerConvenioColectivodeiáempresaSERCANARIAS,SA.concesionaria del servicio de Alcantarillado y sus trabajadores. ACUERDOS del día 25 de abril del presente: Primero.- Se continúa con la revisión del articulado del convenio, desde donde se quedó pendiente en la anterior reunión. Segundo.- Los representantes de los trabajadores aportan un esquema de planteamiento sobre la posibilidad de controlar el alto nivel de absentismo que existe actualmente en la empresa, desde la empresa se les transmite que lo estudiaran. Esta propuesta se adjunta a la presente acta. Tercero.- Se acuerda que la próxima reunión de negociación sea el próximo día 26 de abril del presente a las 9:00 en las oficinas Centrales de Sercanarias. ACUERDOS del día 26 de abril del presente: Primero.- Los representantes de la empresa aportan el texto corregido del artículo 17 jornada de trabajo a los representantes de los trabajadores, los mismos dan traslado que lo estudiarán y comunicarán sus impresiones al respecto en la próxima reunión. El mismo se adjunta a la presente. Segundo.- Se termina la primera revisión de todo el articulado del convenio, existiendo puntos en los que hay conformidades y disconformidades. Ambas partes deciden, centrarse en la revisión de aquellos puntos de disconformidad. Tercero.- Se acuerda que la próxima reunión de negociación se establezcan los días 22 y 23 de mayo del presente en las oficinas Centrales de Sercanarias, con independencia de que si por motivos de agenda de las partes la misma se tuviera que adelantar o retrasar se notificaría con una antelación mínima de una semana. PROPUESTA PARA DISMINUIR EL ABSENTISMO DEL PERSONAL DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE LAS PALMAS. * Que se considere Absentismo laboral las bajas a partir del 5% anual por trabajador sobre la jornada de trabajo. * Que el C.S.S haga las valoraciones cada 6 meses y que se valore el caso de cada trabajador en particular. * Si en dicha reunión el C.S..S considera que el trabajador se ha excedido en las bajas de ese semestre se le descontará de la nómina el importe del plus de asistencia completo del mes en que se celebre la reunión. * Queda excento de la consideración de absentismo las siguientes situaciones: - Las bajas que requieran intervenciones quirúrgicas. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 693
  • 26. - Las bajas que requieran de hospitalización. - Los accidentes laborales y enfermedades profesionales. - Las que el C.S.S considere j ustificadas. * Así mismo y como compensación por el “no absentismo5” el trabajador que no exceda del 2% anual sobre la jornada de trabajo se le abonará el importe de 1 plus de asistencia completo extra. Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de abril de 2012. Artículo 17. Jornada de trabajo. La duración máxima de la jornada de trabajo ordinaria en cómputo anual durante la vigencia del presente será de 1.750 horas de trabajo efectivas, tanto en jornada partida como continuada. La jornada podrá distribuirse en la forma que previene el artículo 34.2 del ET a lo largo del año y de todos los días de la semana Dentro del concepto efectivo se entenderá comprendido el tiempo empleado de 20 minutos como descanso "bocadillo". Para el área productiva, la jornada se distribuirá por turnos rotativos de trabajo de lunes a viernes, con los descansos que la legislación al respecto establece y con las particularidades y especificaciones que se señalan a continuación y concretamente en lo referente a propuesta de horarios y turnos 1) Turno de mañana: De Lunes a viernes, de 07.00 horas a 15.00 horas. 2) Turno de tarde: De Lunes a viernes, de 15.00 horas a 22.00 horas. 3) Turno de noche: De Lunes a jueves, de 22.00 horas a 04.00 horas El sistema de trabajo por turnos y horarios antes indicado contempla implícitamente la compensación con el tiempo de descanso al que se alude en el artículo 30 del presente convenio, de modo que no procede abono de cantidad alguna por los conceptos de nocturnidad o compensación de rotación o rotación de turnos. Habida cuenta que por la actividad desempeñada por la Empresa tiene una marcada intensificación del trabajo en determinadas épocas del año, destacando más el período comprendido desde el 1 de enero hasta el 30 de abril de cada año, la duración máxima de la jornada ordinaria diaria de trabajo pactada en párrafo anterior podrá ser ampliada cuando ello sea necesario, con objeto de garantizar y ofrecer una completa atención de los servicios que tiene encomendados la Empresa. La Empresa podrá disponer de una jornada irregular u horario flexible por el tiempo imprescindible para la realización de los trabajos requeridos por puntas de trabajo, reparaciones urgentes de averías y reparaciones programadas derivadas, en cualquier caso, de razones técnicas, productivas y organizativas que lo justifiquen, y hasta un máximo de 120 horas de la jornada anual por cada trabajador. Cuando se den las circunstancias previstas anteriormente, se podrá modificar el calendario/horario del trabajador o trabajadores afectados. Esta jornada irregular se considerará de naturaleza ordinaria y formará parte del cómputo anual de su jornada. La acumulación de descansos compensatorios derivados por el uso de la jornada irregular descrita anteriormente en ningún caso podrá superar el tope máximo establecido de una semana por trabajador en cada uno de los meses del año. La aplicación de esta jornada podrá superar el tope diario de trabajo hasta alcanzar un máximo de 10 horas (que garantice el descanso entre jornadas), y operará en la forma siguiente: a) Por prolongación de jornada. b) Por adelanto de la jornada. c) Por llamada en descanso En cualquier caso, cuando haya que hacer uso de la jornada irregular, se informará a los trabajadores afectados con la mayor antelación posible, tan pronto se conozcan las causas que lo motiven. El trabajador deberá encontrase, tanto al comienzo como al final de la jornada, en su puesto de trabajo y dedicado a él. La dirección de la Empresa podrá establecer los controles de presencia y puntualidad necesarios. 694 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 27. Todo el personal deberá permanecer en su puesto de trabajo hasta la hora de salida, exceptuándose las salidas previamente autorizadas por el jefe directo del empleado. ACTA N° 5 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y Finanzas de la Federación de actividades Diversas, no presente el día 24 de mayo del presente. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL. D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL. En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 23 de mayo de 2012 y las 9:30 del día 24 del mismo mes y año, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efetos de la presente reunión, cuyo objetivo consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA. subcontrata del servicio de Alcantarillado, y sus trabajadores. ACUERDOS del día 23 de mayo del presente: PRIMERO.- Los representantes de la empresa hacen constar que atendiendo a la demanda solicitada por los representantes de los trabajadores de información del estado de cuentas de la empresa, ésta ha entregado dicha información a los representantes indicando que la misma en la actualidad es un BORRADOR al no estar aprobadas las cuentas del pasado ejercicio y que los datos entregados son TOTALMENTE CONFIDENCIALES, hecho que los representantes de los trabajadores son conscientes y asumen las responsabilidades derivadas del mismo. SEGUNDO,- Los representantes de los trabajadores dan traslado que han mantenido reuniones previa a la presente, en donde han llegado a la conclusión de que la revisión de todo el articulado del borrador de convenio no se ha realizado, por ello instan a que se continúe con la revisión del articulado del convenio, desde donde se quedó pendiente en la anterior reunión. Para una mayor concreción de los mismos se dan por válidos los siguientes articulados: * Artículo N° l. Naturaleza Jurídica y Fines. Se considera acordado. * Artículo N° 2. Ámbito Territorial y Personal. Se modificará y adaptará el texto del mismo partiendo del texto del convenio denunciado, incluyendo la palabra actividad dentro de la revisión del mismo. * Artículo N° 3, Ámbito Temporal. Se considera acordado, eliminando para elloel segundo párrafo e incluir el tiempo de preaviso de denuncia del mismo. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 695
  • 28. * Artículo N° 4. Vinculación a la totalidad. Se considera acordado. * Artículo N° 5. Compensación, Absorción y Garantía "AD PERSONAM". Se considera acordado. * Articulo N° 6. Comision Paritaria. Se considera acordado incluyendo que el plazo de reunión será de 5 días hábiles. * Artículo N° 7. Organización, Dirección y Control de la Actividad Laboral. Se considera acordado, modificando el 3er párrafo incluyendo que tras previa consulta al Comité de empresa en los términos establecidos en la legislación vigente. * Artículo N° 8. Clasificación Funcional, Se considera acordado * Artículo N° 9. Puesto de trabajo, Grupo Profesional y Cargo de Mando. Se considera acordado * Artículo N° 10. Factores de Encuadramiento. Se considera acordado. * Artículo N° 11. Grupos Profesionales. Queda pendiente de modificación en el texto del articulado para proceder a la aprobación del mismo por parte de los representantes de los trabajadores. * Artículo N° 12. Movilidad Funcional y Polivalencia. Queda pendiente de revisión y adaptación a lo establecido al efecto en el Estatuto de los Trabajadores. * Artículo Nº 13. Trabajos de Inferior Grupo Profesional. Queda pendiente de revisión y adaptación a lo establecido al efecto en el Estatuto de los Trabajadores. * Artículo N° 14. Contratación. Se queda pendiente de acuerdo por las partes. * Artículo N° 15. Periodo de Prueba. Se considera acordado por las partes. * Artículo N° 16. Subrogación del Personal. Se queda pendiente de acuerdo por las partes. * Artículo Nº 17. jornada de Trabajo. Los representantes de los trabajadores consideran que aún no han podido explicar de manera acertada a la plantilla, es por ello que requieren trasladar nuevamente a la misma los cambios aportados en el acta de negociación de los días 25 y 26 de abril del presente, para poder dar una respuesta sobre este articulado. TERCERO,- Se acuerda que la próxima reunión de negociación sea el próximo día 24 de mayo del presente a las 9:30 en las oficinas Centrales de SERCANARIAS. ACUERDOS del día 24 de mayo del presente: PRIMERO.- Los representantes de la empresa hacen entrega de las modificaciones sobre el texto del borrador del convenio, tal y como se había quedado y se procede a la lectura del mismo para la definitiva aprobación de aquellos articulados que se quedaron pendientes de aprobación en el día de ayer, procediendo a su modificación en este mismo acto, de manera que adjunta a la presente acta el texto definitivo y aprobado de aquellos articulados APROBADOS en la presente mesa de negociación. SEGUNDO.- Tras la revisión del borrador del texto se manifiesta la conformidad y acuerdo de ambas partes sobre el articulado comprendido desde el artículo N°1 hasta el 15, ambos inclusive. No obstante, se quedan abiertos las siguientes excepciones, Artículo 11 Grupos Profesionales y dentro de éste queda pendiente el apartado correspondiente al grupo profesional 2 nivel a) y Artículo 15 Subrogación del Personal, ambos quedan pendientes de ratificación por la asamblea de los trabajadores. Se hace notar que por causas de la nueva redacción, el artículo 13 Trabajos de Inferior Grupo Profesional ya que quedaría agrupado con el artículo 12, por ello toda la numeración del borrador del convenio ha sido afectada, que se adjunta a la presente acta como anexo TERCERO.- Se continúa con la revisión de los articulados desde donde se ha quedado la revisión del día anterior, quedando cada uno de los mismos como se muestra a continuación: « Artículo N°16. Jornada de Trabajo. Los representantes de los trabajadores consideran que aún no han podido explicar de manera acertada a la plantilla, es por ello que requieren trasladar nuevamente a la misma los cambios aportados en el acta de negociación de los días 25 y 26 de abril del presente, salvo la referencia del primer párrafo "tanto en jornada partida como continuada", para poden dar una respuesta sobre este artículo. 696 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 29. * Artículo N°17, Calendario Laboral Los representantes de los trabajadores someterán a la asamblea de trabajadores su aprobación. * Artículo N°18. Vacaciones. Los representantes de los trabajadores someterán a la asamblea de trabajadores para su aprobación, * Artículo N°19. Permisos y Licencias, Todos los kilometrajes que aparecen en la propuesta inicial de los apartados b), d) y e) se reducen a 50 Km. En el caso del apartado g) este kilometraje se reduce a 25 Km. El resto de los apartados están acordados con la salvedad del apartado k) sobre los asuntos propios, y de los párrafos siguientes a dicho apartado. SEGUNDO,- Se acuerda que la próxima reunión de negociación se establezca como máximo el mes de octubre del presente en las oficinas Centrales de SERCANARIÁS, con independencia de que si por motivos de agenda de las partes la misma se tuviera que adelantar se notificaría con una antelación mínima de una semana. ACTA N° 6 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL. D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL. En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 21 de junio de 2012, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efetos de la presente reunión, cuyo objetivo consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA. subcontrata del servicio de Alcantarillado, y sus trabajadores. ACUERDOS: PRIMERO.- Los representantes de los trabajadores muestran su preocupación ante los nuevos cambios en la reforma laboral, que si bien aún no han sido publicados en el boletín oficial, aclarando los cambios los representantes de la empresa, argumentando que los cambios son: recorte del plazo máximo de negociación de dos años a un año y la modificación del porcentaje de distribución de la jornada irregular anual, que pasa a un 10% de la misma. SEGUNDO,- Se continúa con la revisión de los articulados pdtes de validación por las partes: * Artículo N° 14. Contratación. Se acuerda por las partes en los términos de mantener el texto del articulado y se añadirá que "la empresa se regirá según lo indicado al efecto en el artículo 49.1.C del Estatuto de ios Trabajadores". * Artículo N° 11. Grupos Profesionales. Queda acordado por las partes según texto presentado. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 697
  • 30. * Artículo N° 12. Movilidad Funcional y Polivalencia. Queda acordado por las partes incorporando en el texto la remisión en esta materia a lo establecido en el artículo 39 y 22.4 del E.T. * Artículo N° 13. Trabajos de Inferior Grupo Profesional. Queda acordado por las partes incorporando en el texto la remisión en esta materia a lo establecido en el artículo 39 del E.T. * Artículo N° 15. Subrogación del Personal. Se acuerda por las partes el texto aportado en el anterior acta. * Artículo N° 17. Jornada de Trabajo. Los representantes de los trabajadores, a raíz de los próximos cambios que se establecen en el ET (pdte. de publicación oficial) comunican que quieren solventar sus dudas al respecto por lo que recurrirán a su equipo jurídico. * Artículo N° 18. Calendario Laboral. Se acuerda por las partes el texto aportado. * Artículo N° 19. Vacaciones. Los representantes de los trabajadores aceptan el texto de la propuesta, pero esta aprobación estará condicionada al resultado final de la negociación. * Artículo N° 20. Permisos y Licencias. Se mantienen los cambios descritos en el acta anterior, se entienden que los días que se indican, en todo caso, son días naturales y los mismos empiezan desde el día del hecho causante. No obstante si el trabajador prestara servicios más del 50% de la jornada del día del hecho causante, el permiso se iniciará al día siguiente. En el caso de que el trabajador prestara servicios menos del 50% de la jornada del día del hecho causante, el permiso se considera iniciado en ese mismo día. La empresa propone incluir en la retribución de las licencias el plus tóxico, siempre y cuando se apruebe el texto propuesto por la empresa para los artículos 17 Jornada de trabajo y 20 Permisos y Licencias. TERCERO.- Se acuerda que la próxima reunión de negociación sea a más tardar en el mes de octubre del presente en las oficinas Centrales de SERCANARIAS, sin embargo, si existiera la posibilidad de adelantar la misma se procederá a notificar a las partes. ACTA N° 7 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL. D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR INTERNACIONAL. D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O, con cargo de Secretario de Organización y Finanzas de la Federación de actividades Diversas. En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 9 de octubre de 2012, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. Ambas partes se reconocen, en tal sentido, como interlocutores válidos a los efetos de la presente reunión, cuyo objetivo consiste en la negociación del Tercer Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA. subcontrata del servicio de Alcantarillado, y sus trabajadores. 698 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 31. ACUERDOS: PRIMERO.- Los representantes de la empresa dan traslado a los representantes de los trabajadores que desde el diente principal de Sercanarias se está dando una restricción de gastos, la cual repercutirá de manera directa a la negociación del presente convenio colectivo. SEGUNDO.- Ambas partes acuerdan que comienzan con la revisión del articulado del Cvnio según lo que a continuación sigue: * Se ratifican todos los artículos hasta el 16 según los términos acordados en las anteriores actas de negociación del presente. * ARTÍCULO 17. JORNADA DE TRABAJO. Se acuerda, pendiente de aprobación por la asamblea de los trabajadores del próximo lunes día 15 del presente, el texto de la propuesta del texto de la empresa, eliminando del mismo todo lo redactado desde el párrafo “Habida cuenta que por...'' * ARTÍCULO 18. CALENDARIO LABORAL. Se incorpora al mismo como días inhábiles dentro del calendario laboral anual los días de asuntos propios (3), dejando constancia que para facilitar las necesidades individuales de los trabajadores se permite la sustitución de uno de ellos (1) como día de permiso, notificando la fecha alternativa de disfrute del mismo con al menos 72 horas de antelación a la empresa y no pudiendo coincidir en fecha el 10% de la plantilla. Este disfrute alternativo del día inhábil fijado en calendario implicará necesariamente la prestación de servicios del trabajador en la fecha señalada como inhábil en el calendario laboral del año correspondiente como compensación del día alternativo de disfrute. * ARTÍCULO 19. VACACIONES. Se mantiene en los términos de la redacción propuesta, se incluirá en el mismo que los meses de verano de elección parten desde la segunda quincena del mes de junio hasta la primera quincena de septiembre, ambas incluidas. El resto del periodo hasta completar el descanso anual, se fijará de mutuo acuerdo entre los meses de octubre, noviembre, abril y mayo. * ARTÍCULO 20. PERMISOS Y LICENCIAS. Se mantienen los cambios descritos en el acta anterior, se procede a la eliminación de los tres (3) días de asuntos propios al haber sido compensados los mismos en el calendario laboral como días inhábiles fijos. * ARTÍCULO 21. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL PERMISO O LICENCIA DE C0NDUCCIÓN. Se elimina el periodo máximo de tres (3) meses y se anula el párrafo desde “En el supuesto de no existir vacantes..." Manteniendo el último párrafo. * ARTÍCULO 22. EXCEDENCIAS. Ok en la redacción, lo único es incluir que el mismo será con un periodo máximo de dos (2) años para una nueva petición de la misma. * ARTÍCULO 23. PERMISOS NO RETRIBUIDOS. Las partes se muestran de acuerdo a la redacción planteada del mismo. * ARTÍCULO 24. CONCEPTOS RETRIBUTIVOS. Las partes están de acuerdo en que la retribución la conforman los siguientes conceptos: * PTO 1. SALARIO BASE. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 27. * PTO 2. ANTIGÜEDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 28, si bien, se modifica la fecha de 31 de diciembre de 2011, por el 31 de diciembre de 2012. La empresa valorará y estudiará para las próximas negociaciones la opción de aportación de algún complemento en compensación. * PTO 3. PLUS TÓXICO, PENOSO Y PELIGROSO. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 29, quedando el primer párrafo íntegro eliminando el resto de ellos. * PTO 4. PLUS DE NOCTURNIDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 30 modificando que el tiempo comprendido de inicio del horario nocturno a las 21:00 hasta las 6:00. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 699
  • 32. * PTO 5. PLUS DE TRANSPORTE. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 32. * PTO 6. BOLSA DE VACACIONES. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 33, incluyendo que el abono de la misma será proporcional a la parte devengada por el trabajador, afectado. * PTO 7. PLUS DE TURNICIDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 34. * PTO 8. PLUS DE RESPONSABILIDAD. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 35. * PTO 9. BOLSA DE VACACIONES. Se acuerda según lo redactado al efecto en el texto de la propuesta de la empresa según artículo 36, modificando que para poder optar a la retribución de la misma serán acorde al periodo devengado dentro del año natural de disfrute de las vacaciones. * PTO 10. PAGAS EXTRAORDINARIAS. Se acuerda mantener lo establecido al efecto en lo redactado en el punto 11 del artículo 15 del anterior convenio, además se incluirá que los trabajadores que ingresen o cesen durante el transcurso del devengo indicado percibirán las gratificaciones extraordinarias prorrateadas en sus importes en el tiempo efectivamente trabajado. * PTO 11. HORAS EXTRAORDINARIAS. Se acuerda según el texto de la propuesta de la empresa los 3 primeros párrafos, en el 1er párrafo se modifica "jornada máxima" por "jornada diaria" y en el cuarto párrafo quedará de la siguiente manera "Se realizarán las horas extraordinarias de carácter estructurales siendo la prestación de las mismas de forma voluntaria, habida cuenta la peculiaridad del servicio prestado aquellas horas extraordinarias originadas por urgencias, lluvias o alertas serán de obligado cumplimiento por toda la plantilla." * ARTÍCULO 35. TURNO DE GUARDIA. Se acuerda el texto íntegro del primer párrafo de la propuesta de la empresa, el siguiente sería el 1er párrafo del anterior convenio, el siguiente párrafo integro eliminando "bien por elección al azar". En lo que se refiere al abono de la misma obedecerá a una cuantía fija en función de la categoría, así como el momento de la realización de la misma (sábados, domingos y festivos). * ARTÍCULO 36. RETÉN. Se acuerda que se mantiene el 1er párrafo del anterior convenio, con la inclusión de que el inicio del mismo es a las 15:00 del viernes, finalizando a la misma hora en el viernes de la semana siguiente. El resto del articulado del anterior convenio se mantiene a excepción del importe del mismo que se fija en la cantidad fija de 130,00 euros el de personal, siendo el importe de los capataces y/o encargado 190,00 euros * ARTÍCULO 37. INCREMENTO SALARIAL. Se acuerda que se mantiene que incremento salarial para la duración del presente convenio será del 0.00%. * ARTÍCULO 38. PRESTACIONES EN CASOS DE BAJA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE. * PTO 1. ENFERMEDAD COMÚN. Se acuerda el artículo 26 del convenio colectivo derogado eliminando la compensación para la primera baja del año será del 100% para los primeros 15 días. * PTO 2. ACCIDENTE LABORAL Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL. Se acuerda el artículo 25 del convenio colectivo derogado * ARTÍCULO 39. SEGURO DE ACCIDENTES. Se mantiene lo marcado al efecto en la propuesta de la empresa incluyendo en la misma la enfermedad profesional. * ARTÍCULO 40. ANTICIPOS. Se mantiene lo marcado en la propuesta de la empresa incluyendo el incremento al 15.000,00 euros. * ARTÍCULO 41. AYUDA ESCOLAR Y PARA HIJOS DISCAPACITADOS. Se mantiene lo aportado por la propuesta de la empresa, modificando el cuadro de precios e incorporando las diferentes tablas para los diferentes años, comenzando el 2012 con la tabla del convenio derogado del año 2011, siendo la correspondiente del 2013 la presentada en la oferta de la empresa y continuando de manera progresiva el resto de la vigencia del convenio hasta alcanzar la cifra máxima de la tabla del convenio colectivo derogado correspondiente al ejercicio del año 2011 en el año 2015. 700 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 33. * ARTÍCULO 42. ROPA DE TRABAJO. Se mantiene lo marcado en la propuesta de la empresa, modificando que la ropa de abrigo (jersey o chamarra) sea cada año, en vez de cada dos años. * ARTÍCULO 43. DERECHOS SINDICALES. Conforme según lo aportado por la empresa. * ARTÍCULO 44.FUNCIONESDELOSDELEGADOSDEPERSONALOCOMITÉDEEMPRESA.Conforme según lo aportado por la empresa, incluyendo lo redactado al efecto en el artículo 33 del convenio derogado. * ARTÍCULO 45. CUOTA SINDICAL. Conforme según lo aportado por la empresa. * ARTÍCULO 46. RÉGIMEN DISCIPLINARIO. Conforme según lo aportado por la empresa. * ARTÍCULO 47. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Conforme según lo aportado por la empresa. *ARTÍCULO 48.COMITÉDESEGURIDADYSALUD.Conformesegúnloaportadoporlaempresa,modificando que la duración de las reuniones trimestrales se fija en un máximo de 8 horas de duración. * ARTÍCULO 49. VIGILANCIA DE LA SALUD LABORAL. Conforme según lo aportado por la empresa. * ARTÍCULO 50. PREVENCIÓN ESPECÍFICA. Conforme según lo aportado por la empresa. * ARTÍCULO 51. FORMACIÓN EN MATERIA PREVENTIVA. Conforme según lo aportado por la empresa. * DISPOSICIONES ADICIONALES Y DEROGAROTARIAS. Conforme según lo aportado por la empresa, modificando en la disposición adicional tercera en donde se recogerá el acuerdo interprofesional Canario sobre procedimientos extrajudiciales de solución de conflictos de trabajo. TERCERO.- Se cierra la presente jornada de negociación y que la parte de los representantes de la empresa se compromete a que en un plazo máximo de una semana elaborará el texto definitivo del presente convenio. CUARTO.- Las partes se comprometen a reunirse en la segunda quincena del mes de octubre. ACTA N° 8 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Luis Janeiro Diez, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Antonio Pérez Morales, en representación de SERCANARIAS, SA. En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 6 de noviembre de 2012, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los mienbros del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. A tal efecto. ambas partes: MANIFIESTAN: PRIMERO,- Ambas partes se reconocen, en tal sentido, para negociar y plena capacidad y legitimación Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 701
  • 34. recíprocas, a los efectos previstos en los artículos 87, 88 y 89 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, como miembros de la Comisión Negociadora, en la representación que cada uno ostenta, del III Convenio Colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA para la subcontrata del servicio de alcantarillado y sus trabajadores, SEGUNDO.- Que, desde la comunicación de inicio de las negociaciones y hasta el día de hoy, los comparecientes han mantenido diversas conversaciones y reuniones, acerca del contenido del Convenio Colectivo de SERCANARIAS, SA. TERCERO.- Que, en el día 9 de octubre de 2012 y después de las diversas reuniones y conversaciones mantenidas, las partes comparecientes han alcanzado un principio de acuerdo sobre el contenido que deberá disponer el III Convenio Colectivo entre la empresa "Sercanarias, S.A." y los trabajadores dedicados a la actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria. CUARTO.- Que, en fecha 15 de octubre de 2012, el Comité de Empresa sometió a votación la propuesta del III Convenio Colectivo en la asamblea general celebrada en las instalaciones de la Compañía, con resultado favorable a la aprobación de un acuerdo en relación al borrador con algunas modificaciones que ya han sido efectuadas en el texto que se acompaña a la presente acta. QUINTO.- Que, en consecuencia, las partes han alcanzado los siguientes: ACUERDOS: PRIMERO.- Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, las partes comparecientes, una vez han deliberado las diferentes propuestas, han decidido aprobar por unanimidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores, el III Convenio Colectivo entre la empresa "Sercanarias, S.A." y los trabajadores dedicados a la actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto definitivo, signado y completo se adjunta con la presente acta. SEGUNDO.- Que, a continuación, se acuerda remitir el texto del Convenio Colectivo que se adjunta al presente acta, junto con el resto de documentos previstos en la legislación en vigor, a la Autoridad Laboral competente a efectos de registro, depósito y publicación. TERCERO.- Que, esta Comisión Negociadora, delega en D. Alfonso López Díaz de Durana, con DNI n° 44.303.976- L, y en la Empresa Sercanarias, S.A., con CIF n° A 35480722, para llevar a cabo los trámites de registro previamente indicados. Para ello, la Comisión Negociadora autoriza a D. Alfonso López Díaz de Durana para que, actuando en su nombre y representación, proceda a la presentación del Convenio Colectivo acordado a través de medios electrónicos ante el Registro de la Autoridad Laboral competente, según lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Resolución de 30 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los presentes como miembros de la Comisión Negociadora en el lugar y fecha ut supra. ACTA N°9 DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SERCANARIAS SUBCONTRATA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y SUS TRABAJADORES. ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Jonathan de León Andueza, D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. Maximiliano Pérez Morales, D. José Alberto Guerra Pérez. D. Juan Manuel García Gómez. 702 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 35. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana. D. Juan Carlos Tacoronte García. En la ciudad de las Palmas de Gran Canaria, siendo las 11:00 horas del día 27 de febreroe de 2013, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los mienbros del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. A tal efecto, ambas partes: MANIFIESTAN: PRIMERO,- Ambas partes se reconocen, en tal sentido, para negociar y plena capacidad y legitimación recíprocas, a los efectos previstos en los artículos 87, 88 y 89 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, como miembros de la Comisión Negociadora, en la representación que cada uno ostenta, del III Convenio Colectivo de la empresa Sercanarias, S.A. para la subcontrata del servicio de alcantarillado y sus trabajadores. SEGUNDO.- Que en fecha 6 de noviembre de 2012 y después de las diversas reuniones y conversaciones mantenidas, las partes comparecientes aprobaron el III Convenio Colectivo entre la empresa Sercanarias, S.A, y los trabajadores dedicados a la actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria. TERCERO,- Que en fecha 22 de noviembre de 2012 se procedió a la presentación telemática del Convenio Colectivo acordado ante el Registro de la Autoridad Laboral competente, según lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, así como en la Resolución de 30 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. CUARTO.- Que en fecha 18 de febrero de 2013 la autoridad laboral ha notificado requerimiento de subsanación para que en el plazo de 10 días se adopten medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral. En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores, así como en el artículo 45.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo se ha acordado incorporar al texto del Convenio Colectivo un Anexo III: Igualdad de oportunidades y protocolo de prevención y tratamiento de situaciones de acoso. QUINTO.- Que, en consecuencia, las partes han alcanzado los siguientes: ACUERDOS: PRIMERO.- Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, las partes comparecientes, una vez han deliberado las diferentes propuestas, han decidido aprobar por unanimidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores, el Anexo III: "Igualdad de oportunidades y protocolo de prevención y tratamiento de situaciones de acoso" del III Convenio Colectivo entre la empresa Sercanarias, S.A. y los trabajadores dedicados a la actividad del servicio de limpieza y conservación de alcantarillado en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto definitivo, signado y completo se adjunta con la presente acta. SEGUNDO.- Que, a continuación, se acuerda remitir el texto del Anexo III del Convenio Colectivo que se adjunta al presente acta, junto con el resto de documentos previstos en la legislación en vigor, a la Autoridad Laboral competente a efectos de registro, depósito y publicación. TERCERO.- Que esta Comisión Negociadora delega en la Empresa Sercanarias, S.A., con CIF n° A 35480722, para llevar a cabo los trámites de registro previamente indicados. Para ello, la Comisión Negociadora autoriza a la Empresa Sercanarias, S.A., para que, actuando en su nombre y representación, proceda a la presentación del Anexo III del Convenio Colectivo acordado a través de medios electrónicos ante el Registro de la Autoridad Laboral competente, dando cumplimiento al requerimiento efectuado en fecha 18 de febrero de 2013. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 703
  • 36. Sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los presentes como miembros de la Comisión Negociadora en el lugar y fecha ut supra. ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIATORIA DE LA EMPRESA SERCANARIAS CONSECIONARIA DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y LOS REPRESENTANTES DE SUS TRABAJADORES ASISTENTES: POR PARTE DE LOS TRABAJADORES: D. Maximiliano Pérez Morales. D. Juan Manuel García Gómez. D. Luis Ramón Rodríguez Diepa. D. José Alberto Guerra Pérez. D. Jonathan de León Andueza. D. José Manuel Ojeda García, en calidad de asesor de C.C.O.O. EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA: D. Alfonso López Díaz de Durana, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Juan Carlos Tacoronte García, en representación de SERCANARIAS, SA. D. Luis Janeiro Diez, en representación de VALORIZA AGUA, SL. D. Antonio Pérez Morales, en representación de SAUR S.A. En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 11:00 horas del día 22 de enero de 2014, se reúnen las personas relacionadas arriba, de los cuales, los que se indica que actúan representando a los trabajadores constituyen los designados de entre los componentes del Comité de Empresa de SERCANARIAS, SA., y los que actúan representando a la empresa cuentan con facultades suficientes para este acto concedidas por la misma. TEMAS A DESTACAR EN LA REUNIÓN Primero.- Las partes acuerdan modificar el artículo 29 del convenio colectivo de la empresa SERCANARIAS, SA por el siguiente articulado: Artículo 29. Anticipos. En el presente convenio se establece un fondo para anticipos por una cuantía máxima de 22.200,00 euros /AÑO. El trabajador podrá solicitar un importe de hasta 600,00 euros, que deberá ser devuelto DENTRO DEL AÑO NATURAL EN EL QUE FUE SOLICITADO, mediante deducciones de la nómina. En ningún caso se podrá pedir más de un anticipo por trabajador en cada año natural. El Comité de Empresa controlará la concesión de dichos anticipos, por orden de presentación de solicitudes, así como también podrá modificar los importes de las cuantías, poniéndolos previamente en conocimiento de los trabajadores, sin que en ningún caso se pueda superar el límite de un anticipo al año por trabajo según lo señalado anteriormente. En caso de que el trabajador causara baja en la empresa por cualquier motivo, se le descontará de la liquidación de haberes correspondientes el importe pendiente de devolución del anticipo. Segundo.- Ambas partes acuerdan sustituir la redacción del artículo 29 del vigente convenio colectivo por la redacción señalada en el apartado tercero. No obstante, la limitación de una solicitud de anticipo al año por trabajador entrará en vigor a partir de la fecha de la firma del presente acuerdo. Tercero.- Que, esta Comisión Negociadora, delega en la Empresa Sercanarias, S.A., con CIF n° A 35480722, para llevar a cabo los, trámites de registro previamente, indicados. Para ello, la Comisión Negociadora autoriza al representante legal de la empresa para que proceda a la presentación del Convenio Colectivo acordado a través de medios electrónicos ante el Registro de la Autoridad Laboral competente, según lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Resolución de 30 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los presentes como miembros de la Comisión Negociadora en el lugar y fecha ut supra. 704 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 37. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 705
  • 38. ANEXO III IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE ACOSO Este anexo pretende garantizar la igualdad de trato y oportunidades como principio integrador del presente Convenio, de ahí que la empresa formalice en este anexo un procedimiento interno de acoso. Asimismo, promoverá medidas positivas tendentes a crear una atmósfera de trabajo que potencie el respeto entre los empleados, la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres y la integración de la diversidad, que suponen una creciente asunción de compromisos de sostenibilidad y responsabilidad social cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. A tal fin, la empresa y los representantes de los trabajadores y trabajadoras manifiestan su compromiso por crear entornos laborales positivos, prevenir comportamientos de acoso y perseguir y solucionar aquellos casos que se produzcan en el ámbito laboral, sancionándose como faltas muy graves. Para los supuestos casos de acoso que se promuevan, se establece el siguiente procedimiento: 1. Declaración de principios El presente protocolo tiene como objetivo prevenir que se produzca el acoso en el entorno laboral y, si ocurre, asegurar que se dispone de los procedimientos adecuados para tratar el problema y evitar que se repita. Con estas medidas se pretende garantizar un entorno laboral libre de acoso, en el que todas las personas están obligadas a respetar su integridad y dignidad en el ámbito profesional y personal. Por lo anteriormente expuesto y en desarrollo del deber establecido en el artículo 48.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, las partes firmantes acuerdan el siguiente protocolo. 2. Ámbito personal Este protocolo será de aplicación a todo el personal incluido en el artículo 2 del presente Convenio. 3. Definiciones y medidas preventivas a) Acoso Moral (mobbing): Se entiende como tal toda conducta de violencia psicológica extrema que se realice de forma sistemática y prolongada en el tiempo sobre una persona en el lugar de trabajo, manifestada a través de reiterados comportamientos, hechos, órdenes o palabras que tengan como finalidad desacreditar, desconsiderar o aislar a una persona con objeto de conseguir un auto-abandono del trabajo produciendo un daño progresivo y continuo en su dignidad o integridad psíquica. Se considera circunstancia agravante el hecho de que la persona que ejerce el acoso ostente alguna forma de autoridad jerárquica en la estructura de la empresa sobre la persona acosada. b) Acoso sexual: De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007, de 21 de marzo, se considera acoso sexual la situación en la que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico, de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. c) Acoso por razón de sexo: De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007, de 21 de marzo, se define así la situación en que se produce un comportamiento, relacionado con el sexo de una persona con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona, y de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. d) Actos discriminatorios: Tanto el acoso sexual, como el acoso por razón de sexo, se configuran en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 3/2007 como actos discriminatorios, siendo los mismos objeto de prohibición expresa en los principios de comportamiento y actuación. e) Medidas preventivas: Se establecen como medidas preventivas de acoso, las siguientes: * Sensibilizar a la plantilla tanto en la definición y formas de manifestación de los diferentes tipos de acoso, como en los procedimientos de actuación determinados en este protocolo, caso de producirse. 706 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014
  • 39. * Respetar el principio de no tolerar estas conductas, empleándose de ser necesarias, las medidas disciplinarias previstas en la legislación laboral de aplicación. * Establecer el principio de corresponsabilidad de todos los trabajadores en la vigilancia de los comportamientos laborales. 4. Procedimiento de actuación a) Principios del procedimiento de actuación: El procedimiento de actuación se regirá por los siguientes principios, que deberán ser observados en todo momento: * Garantía de confidencialidad y protección de la intimidad y la dignidad de las personas implicadas, garantizando en todo caso la preservación de la identidad y circunstancias personales de quien denuncie. * Prioridad y tramitación urgente. * Investigación exhaustiva de los hechos. * Garantía de actuación adoptando las medidas necesarias, incluidas, en su caso, las de carácter disciplinario, contra la persona o personas cuyas conductas de acoso sexual o acoso por razón de sexo resulten probadas, así como también con relación a quien formule imputación o denuncia falsa. b) Iniciación del procedimiento: El procedimiento se iniciará por la puesta en conocimiento a D. Juan Carlos Tacoronte García, de la situación de acoso sexual o por razón de sexo, que podrá realizarse de cualquiera de las siguientes formas: * Directamente por la persona afectada. * A través de los representantes de los trabajadores. * Por cualquier persona que tenga conocimiento de la situación. c) Instrucción: La instrucción del expediente correrá siempre a cargo de la persona responsable de la Empresa, D. Juan Carlos Tacoronte García, que serán las encargadas de instruir el procedimiento y vigilar que durante el mismo se respeten los principios informadores que se recogen en el procedimiento de actuación. Quienes instruyan el caso, salvo que la persona afectada por el acoso manifieste lo contrario, para lo cual se le preguntará expresamente, pondrán en conocimiento de los representantes de los trabajadores la situación, manteniéndoles en todo momento al corriente de sus actuaciones. Mientras no conste el consentimiento expreso de la presunta víctima no se podrá por tanto poner la situación en conocimiento de los representantes de los trabajadores. Las personas participantes en la instrucción quedan sujetas a la obligación de sigilo profesional sobre las informaciones a que tengan acceso durante la tramitación del expediente. El incumplimiento de esta obligación podrá ser objeto de sanción. Excepcionalmente y atendiendo a especiales circunstancias que pudieran concurrir en algún caso, se podrá delegar la instrucción del expediente en otra persona que designase la Dirección de la Empresa. d) Procedimiento previo: Con la puesta en conocimiento de la situación de acoso, se iniciará de forma automática un procedimiento previo, cuyo objetivo es resolver el problema de forma inmediata, ya que en ocasiones, el mero hecho de manifestar a la persona que presuntamente acosa a otra las consecuencias ofensivas o intimidatorias que genera su comportamiento, es suficiente para que se solucione el problema. En esta fase del procedimiento, la persona que instruya el expediente se entrevistará con las partes con la finalidad de esclarecer los hechos y alcanzar una solución aceptada por ambas. El procedimiento previo es muy recomendable, pero en cualquier caso facultativo para la presunta víctima. Una vez iniciado, y en el caso de que el mismo no finalice en un plazo de 10 días desde su inicio habiendo resuelto el problema de acoso, dará lugar necesariamente a la apertura del procedimiento formal. e) Procedimiento formal: El procedimiento formal se iniciará con la apertura, por la parte instructora, de un expediente informativo. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014 707
  • 40. Para la elaboración del mismo, en la instrucción se podrán practicar cuantas diligencias se consideren necesarias para el esclarecimiento de los hechos denunciados, manteniéndose la formalidad de dar trámite de audiencia a las partes implicadas. En el más breve plazo posible, sin superar nunca un máximo de 30 días, se deberá redactar un informe que contenga la descripción de los hechos denunciados, las circunstancias concurrentes, la intensidad de los mismos, la reiteración en la conducta y el grado de afectación sobre las obligaciones laborales y el entorno laboral de la presunta víctima. En todo caso deberá recoger la convicción o no de la parte instructora de haberse cometido los hechos denunciados, explicitando los hechos que han quedado objetivamente acreditados en base a las diligencias practicadas. f) Medidas cautelares: Durante la tramitación del expediente a propuesta de la parte instructora, la Dirección de la Empresa podrá tomar las medidas cautelares necesarias conducentes al cese inmediato de la situación de acoso, sin que dichas medidas puedan suponer perjuicio en las condiciones laborales de las personas implicadas. g) Cierre del expediente: La Dirección de la Empresa, tomando en consideración la gravedad y trascendencia de los hechos acreditados, adoptará, en un plazo máximo de 15 días las medidas correctoras necesarias, pudiendo ser éstas la ratificación como definitivas de las medidas cautelares adoptadas en la tramitación del expediente. En todo caso los representantes de los trabajadores tendrán conocimiento del resultado final de todos los expedientes que puedan tramitarse, así como de las medidas adoptadas, excepción hecha de la identidad y circunstancias personales de la presunta víctima del acoso (si ésta solicitó que los hechos no fuesen puestos en conocimiento de la misma. En todo caso, si se constata la existenciade acoso, en cualquiera de sus modalidades, se impondrán las medidas sancionadoras disciplinarias previstas en la normativa legal y convencional aplicable. En el caso de que se determine la no existencia de acoso e igualmente se determine la mala fe de la denuncia, se aplicarán las medidas disciplinarias correspondientes. 4.832-C Dirección General de Trabajo EDICTO 82 VISTO el Texto del Convenio Colectivo del SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA VIARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTODELASPALMASDEGRANCANARIA,suscritoporíaComisiónNegociadoraydeconformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E, 29 de marzo), en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 98/2013, de 26 de septiembre (B.O.C. n° 195, de 9 de octubre de 2.013), esta Dirección General ACUERDA PRIMERO.- Ordenar la inscripción, del Texto del Convenio Colectivo del SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA VIARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con el número 2747 y su notificación a la Comisión Negociadora. SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas, de esta Dirección General de Trabajo. TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. LA DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO, Ana Isabel Fernández Manchado. 708 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Anexo al Número 70, viernes 30 de mayo de 2014