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NOMENCLATURA
  TALLER DE
  ARANCELARIA
CLASIFICACION
      2012
ARANCELARIA
     LIZARDO DIAZ CAMAN

                 2011


           LIZARDO DIAZ CAMAN
¿Qué es una Nomenclatura?
Es la Enumeración descriptiva, ordenada y metódica de
mercancías objeto de comercio internacional mediante
descripción del producto y asignación de un código
numérico


La Nomenclatura actual comprende seis Reglas
Generales Interpretativas y principios que ayudan a
ubicar una mercancía dentro de la misma
MÉTODO LOGICO QUE PERMITE
LA UBICACIÓN CORRECTA DE LA
 MERCANCÍA EN EL CÓDIGO DE
      UNA DETERMINADA
NOMENCLATURA, LEGALMENTE
        SUSTENTADA.
NOMENCLATURA ESTADÍSTICA
NOMENCLATURA ESTADISTICA
 FACILITA          EL       ANALISIS
 ECONOMICO, AGRUPA A LAS MERCANCIAS
 EN:

 A.- MATERIAS PRIMAS
 B.- SEMIMANUFACTURAS
 C.- MANUFACTURAS
NOMENCLATURA
NOMENCLATURA ARANCELARIA
       ARANCELARIA
ESTA CONCEBIDA PARA SER UTILIZADA
COMO UN DOCUMENTO QUE ACOMPAÑA
LOS DERECHOS DE ADUANA, FORMANDO
EL “ ARANCEL DE ADUANAS”.
CLASIFICACION    ARANCELARIA
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
ES LA MÉTODOLOGIA LÓGICA, QUE PERMITE
DETERMINAR CORRECTAMENTE EL CÓDIGO
NUMÉRICO A LAS MERCANCÍAS OBJETO DE
COMERCIO INTERNACIONAL.
Clases de Nomenclaturas:

                            Ubicación
                      Inmediata, Aplicación de
                           Gravámenes
      Arancelarias   Materia
                                 VALOR
                                          Producto
                     Prima     AGREGADO     Final


                         Análisis Estadísticos

                        Data al detalle de las
      Estadísticas    mercancías según materia
                          prima, grado de
                           elaboración, y
                         manufacturadas.




      POLIVALENTE
Clasificar ? Para que ???
Pagar y/o Cobrar impuestos

Estadísticas confiables

Negociaciones Internacionales

Control Aduanero

Evitar demoras y sanciones
DATA DE LAS PRINCIPALES NOMENCLATURAS INTERNACIONALES


                        ESTADISTICAS                      ARANCELARIAS



Nomenclatura común de Mercancías (1913)                    Nomenclatura de Ginebra (1937)
  Lista mínima de Mercancías para las
 Estadísticas del comercio Internacional                 El Concejo de Cooperación Aduanera
                  (1938)                                  Nomenclatura Arancelaria de Bruselas
                                                                        (1950)
         Nomenclatura CIIU (1948)
   Clasificación Industrial Internacional
                 Uniforme
                                                          SISTEMA ARMONIZADO DE
          Nomenclatura CUCI (1951)
 Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional   DESIGNACION Y CODIFICACION
                                                            DE MERCANCIAS (1988)
                                                            Nomenclatura Polivalente
        Nomenclatura CUODE (1965)
     Clasificación según Uso o Destino Económico
S.A
SISTEMA ARMONIZADO
   DE DESIGNACIÓN
  Y CODIFICACIÓN -
   DE MERCANCÍAS
    QUINTA ENMIENDA 2012
¿Qué es una enmienda?
Es la actualización de la nomenclatura en
sus aspectos editoriales, identificación de
nuevas mercancías, en su estructura, en
las demandas internas y externas, para
realizar un mejor control de las mercancías
que dañan el medio ambiente y otras cuyo
control es necesario de acuerdo a
convenios y tratados internacionales.
CONVENIO DEL SISTEMA ARMONIZADO DE
               DESIGNACION
    Y CODIFICACION DE MERCANCIAS (S.A.)

                    NOMENCLATURA             NOMENCLATURA
                    INTERNACIONAL             POLIVALENTE A
                     DE PRODUCTOS           NIVEL DE 6 DÍGITOS

   (S.A.)
    SISTEMA
ARMONIZADO DE      CONSISTE EN UNA      HA ESTANDARIZADO UNA PARTE
 DESIGNACION Y       AGRUPACION          SIGNIFICATIVA DEL COMERCIO
                    PROGRESIVA DE              INTERNACIONAL
CODIFICACION DE      MERCANCIAS
  MERCANCIAS


                  EXITOSO INSTRUMENTO        CONSTITUYE UNA
                      DESARROLLADO      NOMENCLATURA ESTRUCTURADA
                       POR LA OMA           JERARQUICAMENTE




                                                                  12
AREAS PRINCIPALES DE APLICACIÓN DEL S.A.

ARANCELES Y ESTADÍSTICAS COMERCIALES
DETERMINACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS
ACUERDOS DE LA OMC Y LISTAS DE CONCECIONES
 ARANCELARIAS
SISTEMAS DE CLASIFICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
 (CUCI)
REGLAMENTACIONES COMERCIALES (LICENCIAS )
IMPUESTOS INDIRECTOS NACIONALES (IGV, ISC)
CONTROL COMERCIAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
 ( productos químicos SAO, IQPF,desechos, narcóticos,
 armas químicas, etc.)
Estructura del

SISTEMA ARMONIZADO
   DE DESIGNACIÓN
  Y CODIFICACIÓN DE
     MERCANCÍAS
       S.A.
E S T R U C T U R A D E L S.A.            5ta enmienda




                          XXI

                        SECCIONES

                          97
                    CAPITULOS


                1224 PARTIDAS

            5205 SUBPARTIDAS S.A

       6 REGLAS                     NLS NLC
       GENERALES DE
                                      NLSP
       INTERPRETACION

     A PARTIR DEL 1 DE ENERO DEL 2012
ESTRUCTURA
   DEL SA
                                   XXI
4ta enmienda                    SECCIONES


                                    97
                                CAPITULOS


                          1221 PARTIDAS

                      5052 SUBPARTIDAS SA
                  6 REGLAS
                GENERALES DE                NLS NLC
               INTERPRETACION                NLSP


        A PARTIR DEL 1ero DE ABRIL DEL 2007
             HASTA 31 DICIEMBRE 2011
ESTRUCTURA DEL SISTEMA
                ARMONIZADO DE DESIGNACION
                Y CODIFICACION DE MERCANCIAS



SECCIONES
                                 REGLAS GENERALES DE
                                   INTERPRETACION
CAPITULOS Y
                                         (06) RGI
SUBCAPITULOS

                                 Específicas              Genéricas
PARTIDAS


                             Cerradas          1º Nivel     2º Nivel
SUBPARTIDAS

                               especificas                genéricas

NOTAS LEGALES                  sección         capitulo     subpartida
SECCIÓN
AGRUPA CON CARÁCTER DE GENERALIDAD
A UNA O VARIAS CATEGORÍAS DE MERCANCÍAS
IDENTIFICADA EN NÚMEROS ROMANOS
SE EXPRESAN A MODO DE TÍTULOS
PARA EL S.A. SON XXI SECCIONES
SECC. V : PRODUCTOS MINERALES
SECC. VII : PLÁSTICO Y SUS MANUFACTURAS ;
           CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS
SECC. XI : MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUF.
CAPÍTULOS
• ES LA DESAGREGACIÓN DE UNA PARTE DE
  UNA SECCIÓN
• IDENTIFICADOS EN NÚMEROS ARÁBIGOS
• SE EXPRESAN A MODO DE TITULOS
• 97 CAPÍTULOS
• CAP. 77 VACÍO
   CAP. 25 : SAL; AZUFRE; TIERRAS Y PIEDRAS ;
  YESOS, CALES Y CEMENTOS
   CAP. 70 : VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS
  CAP . 52 : ALGODON
PARTIDAS
• CÓDIGO DE 4 DIGITOS QUE EXPRESA UNA O VARIAS
  MERCANCÍAS O CATEGORÍAS DE MERCANCÍAS
  RESPECTO AL CAPÍTULO QUE PERTENECEN, SE
   EXPRESAN A MODO DE      TEXTO DE PARTIDA
• SON 1224 PARTIDAS
• SON ESPECÍFICAS O GENÉRICAS
 10.06 ARROZ
  76.16 LAS DEMAS MANUFACTURAS DE ALUMINIO
  33.06 MECHAS DE SEGURIDAD; CORDONES
        DETONANTES; CEBOS Y CAPSULAS
        FULMINANTES; INFLAMADORES; DETONADORES
        ELECTRICOS
•       Expresa detalladamente a la mercancía
•       No es posible conducir a errores.
•       83.01 candados, cerraduras y cerrojos de metal común




    •   Designa ampliamente el contenido de las mercancías
    •   Permite , en primera instancia, especular de su
        contenido y conducirnos a errores,
    •   Agrupa mercancías no expresadas en otras Partidas.
    •   21.06 preparaciones alimenticias no expresadas ni
        comprendidas en otra parte
SUBCAPÍTULOS
ES LA DESAGREGACIÓN DE       UN
CAPÍTULO, SE XPRESAN EN NUMEROS
ROMANOS Y SÓLO SE PRESENTAN
EN   AQUELLOS CASOS QUE     POR
LA     NATURALEZA     DE    LAS
MERCANCÍAS,    SE  NECESITE  UN
REORDENAMIENTO     DENTRO   DEL
CAPITULO.
SUBPARTIDAS S.A.
• CÓDIGO DE 6 CIFRAS QUE EXPRESA UNA O
  VARIAS MERCANCÍAS O CATEGORÍAS DE
  MERCANCÍAS CON RESPECTO A LA PARTIDA
  QUE PERTENECEN.
• SE EXPRESAN A MODO DE   TEXTO DE
 SUBPARTIDA.
• SON 5205 SUBPARTIDAS S.A.
• SON CERRADAS, PRIMER Y SEGUNDO NIVEL
  ( por su numeración )
• SON ESPECÍFICAS O GENÉRICAS
  ( por su designación )
ORDENAMIENTO DE LAS MERCANCÍAS
          EN EL S.A.
EL ORDEN ES       AGRUPAR PRIMERAMENTE     LAS
MERCANCÍAS    DE  ACUERDO   A LA MATERIA QUE
PERTENECEN, YA SEA EN SU ESTADO NATURAL O CON
CIERTO      GRADO   DE  TRABAJO,  Y      ESTAN
CONSIDERADOS DESDE LA SECCCION I HASTA LA
SECCION XV.

LA SEGUNDA    FORMA    DE      AGRUPACIÓN       ES
ORDENANDOLO POR LA IMPORTANCIA DE SU        USO O
FUNCIÓN DE LA MERCANCÍA, AQUÍ LA MATERIA PASA A UN
SEGUNDO PLANO, SIENDO POR TANTO RELEVANTE       EL
ASPECTO TECNOLÓGICO EN SU FABRICACIÓN, SE REFLEJA
EN LAS SECCIONES DESDE XVI HASTA XXI.
EL SISTEMA ARMONIZADO PRESENTA DOS
 GRANDES SECTORES ( AGRUPACIONES ):


                           DE ACUERDO A SU USO O
DE ACUERDO A SU MATERIA:   FUNCIÓN CON PRIORIDAD DEL
                           ASPECTO TECNOLOGICO /
REINO ANIMAL, VEGETAL Ó    UTILITARIO:
 MINERAL. NATURALEZA          MAQUINARIA MECÁNICA Y
DE LA MATERIA: INSUMOS,       ELÉCTRICA, MATERIAL DE
 SEMI-MANUFACTURAS,        TRANSPORTE, INSTRUMENTOS Y
    MANUFACTURAS.              APARATOS, ARMAS, ETC.
SECCIONES I         XV.     SECCION   XVI       XXI.
CAPITULOS   1       83.     CAPITULOS   84       97
QUE SON LAS REGLAS GENERALES DE
                INTERPRETACIÓN
 Son normas que dan las pautas y procedimientos para lograr una correcta
  clasificación arancelaria.
 Uniformizan la correcta ubicación de las mercancías en la nomenclatura del
  Sistema Armonizado.
 Determinan los procesos a seguir para clasificar las mercancías cuando su
  identificación no resulte clara según los textos de partidas y Notas legales.
 Definen que la clasificación de mercancías debe realizarse por etapas: al
  inicio a nivel de partida arancelaria (P.A.); luego en la subpartida SA de 1er
  nivel, y al final en la subpartida SA de 2do nivel.
Aplicación de las RGI



           1º Momento
                           RGI 3 a)
                           b)                 RGI 5
RGI                        c)                 a)
           RGI 1
                                              b)



                   RGI 2              RGI 4
                   a)
PARTIDAS
                   b)
Aplicación de las RGI




         2º Momento



               RGI 6




SUBPARTIDAS
NOTAS LEGALES

Son     textos       que      brindan    información
ampliatoria, excluyente, incluyente, aclaratoria, nor
mativa, definitoria, restrictiva o la combinación de
estas, a cerca del tratamiento de las mercancías
respecto a una Sección, Capítulo o Subpartida.
Tienen carácter legal; su consulta es necesaria para
tomar decisiones precisas durante la clasificación
de mercancías.
Forman parte de la estructura del Sistema
Armonizado de Designación y Codificación de
Mercancías.
                                                 29
NOTAS LEGALES


   NOTAS AMPLIATORIAS 7 (2)
   Amplían el alcance del contenido de la
                                               NOTAS CLASIFICATORIAS 95 (3)
                                                Dan las normas y pautas para clasificar
     mercancía en una(s) Partida(s).
                                               mercancías con características especiales.


   NOTAS EXCLUYENTES XV (f)
Excluyen las mercancías de una Sección o un       NOTAS DEFINITORIAS 21 (3)
capitulo, que pueda comprenderlas.” en esta    Definen ciertos términos de uso comercial o
      seccion/ capitulo no comprende”           común, por otros conceptos adicionales.



   NOTAS INCLUYENTES 48 (1)                       NOTAS RESTRICTIVAS 26 (3)
Incluyen ciertas mercancías en una Partida
    que aparentemente no la contiene.           Restringen el alcance del contenido de la
                                              mercancía en una Partida: “solo comprende”.


  NOTAS ACLARATORIAS 35 (2)
    Aclaran el contenido de una Partida.
                                               NOTAS MIXTAS O COMBINADAS 6 (1)
                                                      Combinan dos ó mas Notas.
DOCUMENTOS AUXILIARES DE LA
                      NOMENCLATURA




NOTAS EXPLICATIVAS                    INDICE DE CRITERIOS




  VUENESA

      TABLA DE
                                       INDICE ALFABETICO
   CORRELACIONES
Documentos Auxiliares
NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO


Consisten en un documento auxiliar que desarrolla en forma
amplia, aclarando el contenido y alcance principalmente de los textos
de partida.
No tiene carácter legal; su consulta es recomendable para tomar
mejores decisiones durante la clasificación de mercancías.
Instrumento aprobado por el Consejo de Cooperación Aduanera.
Documentos Auxiliares

INDICE DE CRITERIOS
Son compendios de clasificación, realizados por la OMA;
dada su complejidad o por necesidad de difundir casos que
frecuentemente son planteados en las administraciones
aduaneras, estos criterios son publicados en su versión
original bilingüe (en inglés y francés); se considera como
reseña en casos similares de clasificación arancelaria de
mercancías.
Documentos Auxiliares


TABLA DE CORRELACION
Es un documento auxiliar, complementario, que se utiliza con el fin de
concordar las codificaciones anteriores con la codificación
modificada y vigente.
El sistema armonizado se caracteriza por ser dinámico; esta
Nomenclatura es modificada por diversos motivos cada cierto tiempo
mediante las enmiendas.
La OMA elabora estas correlaciones; las mismas que solamente
deben ser consideradas como un documento teórico.
Documentos Auxiliares




INDICE ALFABETICO
Consiste en un documento auxiliar, que alfabéticamente lista una gran
cantidad de mercancías ordenadas por su nombre científico o usual.
Su uso es referencial y muy limitado, dado que una mercancía puede
tener un nombre comercial que no refleja con exactitud lo que es en
realidad la mercancía.
La OMA publica estas correlaciones en versión bilingue.
TECNICA DE CLASIFICACION DE
           MERCANCIAS:
   Para una adecuada        clasificación arancelaria, es
    necesario   conocer      las   características de   la
    mercancía, con el fin    de determinar si procede de
    acuerdo a la materia o   según su función o uso.

   Se determina las probables secciones o la sección
    que la comprende, y luego los posibles capítulos o el
    capitulo que lo agrupa.

   Se ubica las probables partidas o la partida
    arancelaria.

   Se determina la(s) nota(s) legal(s) como sustento
    de la clasificación arancelaria.

   Se elige la partida arancelaria correspondiente, a
    nivel de 4 dígitos.
RGI 1
LOS        TÍTULOS       DE        LAS
SECCIONES,     CAPÍTULOS   O  DE   LOS
SUBCAPÍTULOS SÓLO TIENEN UN      VALOR
INDICATIVO, YA QUE LA CLASIFICACIÓN
ESTA DETERMINADA LEGALMENTE POR LOS
TEXTOS DE LAS PARTIDAS Y DE LAS
NOTAS LEGALES         DE   SECCIÓN   O
CAPÍTULO Y, SI NO SON CONTRARIAS     A
LOS TEXTOS DE DICHAS PARTIDAS Y
NOTAS, DE ACUERDO CON LAS REGLAS
SIGUIENTES.
Valor indicativo


    Valor legal


 Valor Opcional
RGI 2
A) Cualquier referencia a un artículo       en una partida
   determinada      alcanza al artículo incluso incompleto o
   sin terminar, siempre que        este presente        las
   características     esenciales del artículo completo o
   terminado. Alcanza también al artículo completo o
   terminado, o considerado como tal en virtud de las
   disposiciones precedentes,        cuando      se presente
   desmontado o sin montar todavía.
RGI 2
B) cualquier referencia a una materia en una partida
  determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o
  asociada con otras materias. Asimismo cualquier
  referencia a las manufacturas de una materia
  determinada alcanza también a las constituidas total o
  parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos
  productos mezclados o de estos artículos compuestos se
  efectuara de acuerdo con los principios enunciados en la
  Regla 3.
III Estudio y Aplicación de las R.G.I.
b) Segunda R.G.I



             Condiciones para la aplicación:

                     No exista una partida que incluya
                     la     mercancía     en      tales
     RGI             condiciones;
                     No exista una Nota Legal que
                     prevea los supuestos previstos en
                     estas Reglas
DEFINICIONES PARA RGI 2a
• INCOMPLETO: CUANDO A LA MERCANCÍA LE FALTA
  ALGÚN ELEMENTO PERO PUEDE OPERAR
  DEFICIENTEMENTE.
• SIN TERMINAR: CUANDO A LA MERCANCÍA LE FALTA LOS
  ACABADOS FINALES.
• DESMONTADO: MERCANCÍAS QUE ESTUVIERON
  ARMADAS O ENSAMBLADAS Y SE DESARMARON.
• SIN MONTAR: MERCANCÍAS QUE NUNCA ESTUVIERON
  ARMADAS O ENSAMBLADAS.
• ESBOZOS: ARTÍCULOS NO UTILIZABLES COMO SE
  PRESENTAN A DESPACHO, PERO YA PRESENTAN EL
  PERFIL DEL ARTÍCULO FINAL.
REGLA GENERAL
         INTERPRETATIVA 3
ESTA REGLA PLANTEA TRES ALTERNATIVAS
PARA CONCLUIR    CON      UNA      SOLA
PARTIDA, EN AQUELLOS CASOS QUE UNA
MERCANCIA PUDIERA CLASIFICARSE EN DOS O
MAS PARTIDAS.
Condiciones para su aplicación:
Al igual que en las reglas 2 a) y 2 b), antes
de aplicar la Regla 3, es importante tener
presente que:

  No exista una partida que incluya
  la mercancía en tales condiciones;
  No exista una Nota Legal que
  prevea los supuestos previstos en
  estas Reglas.
RGI 3
• CUANDO UNA MERCANCIA PUDIERA CLASIFICARSE
  EN PRINCIPIO, EN DOS O MAS PARTIDAS POR
  APLICACIÓN DE LA REGLA 2b) O EN CUALQUIER OTRO
  CASO, LA CLASIFICACION SE EFECTUARA COMO SIGUE:
• 3a)        LA         PARTIDA             CON DESCRIPCION MAS
  ESPECIFICA, TENDRA PRIORIDAD SOBRE LAS PARTIDAS
  DE                               ALCANZE         MAS GENERICO
  ...........................................
REGLA 3b
Los productos mezclados,            las manufacturas
compuestas de materias diferentes o constituidas
por la unión de artículos        diferentes y las
mercancías presentadas en juegos o          surtidos
acondicionados para la venta al por menor, cuya
clasificación no pueda efectuarse aplicando la
regla 3a), se clasificara según la materia o con el
articulo que les confiera su CARÁCTER ESENCIAL si
fuese posible determinarlo.
QUE CLASIFICAMOS CON LA 3b
• PRODUCTOS MEZCLADOS
• MANUFACTURAS COMPUESTAS DE DIFERENTES
  MATERIAS
• MANUFACTURAS CONSTITUIDAS POR
  ENSAMBLADOS DE ARTICULOS DIFERENTES
• MERCANCIAS PRESENTADAS EN CONJUNTOS O
  SURTIDOS ACONDICIONADOS PARA LA VENTA
  AL POR MENOR
FACTORES PARA HALLAR EL CARÁCTER
                 ESENCIAL
•   Naturaleza de la materia constitutiva
•   Artículos que componen la mercancía
•   Volumen
•   Peso
•   valor
•   Cantidad
•   Importancia de una de las materias en relación con
    la utilización de la mercancía
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SET O SURTIDOS
  ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR
• Que estén constituidos por lo menos por dos artículos
  diferentes y que pudieran clasificarse en partidas
  diferentes
• Que estén constituidos por productos o artículos que entre
  ellos satisfagan una necesidad especifica coherente o el
  ejercicio de alguna actividad determinada ( en el caso de
  productos alimenticios, los usados para preparar un
  potaje )
• Que estén acondicionados de modo que puedan venderse
  directamente al consumidor
• Estos Requisitos deben cumplirse en forma simultanea
RGI 4
                        COMPARAR O
SI UNA MERCANCIA NO SE UBICA DENTRO DE LAS 1221
                      RELACIONAR DOS
PARTIDAS ARANCELARIAS, O MAS OBJETOS LA PARTIDA
                       ENTONCES ELEGIR
QUE TENGA MAYOR ANALOGIA .



LAS MERCANCIAS QUE NO PUEDAN CLASIFICARSE
APLICANDO LAS REGLAS ANTERIORES, SE CLASIFICARAN EN
LA PARTIDA QUE COMPRENDA AQUELLAS CON LAS QUE
TENGA MAYOR ANALOGIA
REGLA 5

Regla que busca resolver la clasificación de los estuches
o envases que acompañan a las mercancías.
  a) los        estuches         para               cámaras
fotográficas,                                  instrumentos
musicales,      armas,           collares, instrumentos de
dibujo, y continentes similares, especialmente apropiados
para contener         un articulo determinado o          un
juego       surtido, susceptibles de uso prolongado y
presentados con los artículos a los que están
destinados,          se clasificaran con dichos artículos
cuando sean de los tipos normalmente vendido con ellos.
Sin embargo esta regla no se aplica en la clasificación de
los continentes que confieran al conjunto su carácter
esencial
REGLA 5
b) Salvo lo dispuesto en      la Regla 5 a)
 anterior, los envases    que     contengan
 mercancías se clasificaran con ellas cuando
 sean de los tipos normalmente utilizados
 para esa clase de mercancías. Sin
 embargo, esta disposición no es obligatoria
 cuando los envases sean susceptibles de ser
 utilizados razonablemente de manera
 repetida
Sexta R.G.I.

La clasificación de mercancías en las
subpartidas de una misma partida está
determinada legalmente por los textos de
estas subpartidas y de las Notas de
subpartida así como, mutatis mutandis, por
las Reglas anteriores, bien entendido que
sólo pueden compararse subpartidas del
mismo nivel. A efectos de esta Regla, también
se aplican las Notas de Sección y de Capítulo,
salvo disposición en contrario.
Sexta R.G.I.
La clasificación está determinada por:
   Textos de las Subpartidas;

    Las Notas de Subpartida de una misma partida; y

    mutatis mutandis por las Reglas anteriores ;

    Se aplican también, las Notas legales de Sección y
     de Capítulo, salvo disposición en contrario.


         Sólo podrán compararse
     subpartidas de un mismo nivel.
Estructura de las Subpartidas SA.

                          Cerrada: Sin aperturas, los dígitos
     SUBPARTIDAS
                          quinto y sexto igual a cero
 Son desdoblamientos
                                           6309.00
  de acuerdo a las
  necesidades
  comerciales.
                          Primer Nivel: Con un guión,
 Especificaciones que    sexto digito igual a cero.
  necesita la mercancía                   7218.10
  o       grupo     de
  mercancías.             Segundo Nivel: Con dos guiones,
                          quinto y sexto digito diferente de
                          cero.
                                          8414.51
Estructura de las Subpartidas Nandina
Cerrada: Sin guiones, dígitos               Tercer nivel: con tres guiones,
quinto, sexto, sétimo y octavo igual        cualquier digito ( quinto, sexto,
a cero                                      sétimo u octavo ) distinto de cero
          2509.00.00                                  3005.90.31 4202.11.10



Primer Nivel: Con un guión, cualquier       Cuarto Nivel: Con cuatro guiones,
digito (quinto, sexto, sétimo u octavo)     dígitos quinto, sexto, sétimo y
distinto de cero                            octavo distintos de cero
          4206.00.10          2849.10.00              4008.21.21


Segundo Nivel: Con dos guiones,
dos dígitos (quinto, sexto, sétimo
u octavo) distintos de cero
          3602.00.11           2103.30.20

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CLASIFICACIÓN ARMONIZADA: NOMENCLATURA, ENMIENDAS Y ESTRUCTURA DEL SA

  • 1. NOMENCLATURA TALLER DE ARANCELARIA CLASIFICACION 2012 ARANCELARIA LIZARDO DIAZ CAMAN 2011 LIZARDO DIAZ CAMAN
  • 2. ¿Qué es una Nomenclatura? Es la Enumeración descriptiva, ordenada y metódica de mercancías objeto de comercio internacional mediante descripción del producto y asignación de un código numérico La Nomenclatura actual comprende seis Reglas Generales Interpretativas y principios que ayudan a ubicar una mercancía dentro de la misma
  • 3. MÉTODO LOGICO QUE PERMITE LA UBICACIÓN CORRECTA DE LA MERCANCÍA EN EL CÓDIGO DE UNA DETERMINADA NOMENCLATURA, LEGALMENTE SUSTENTADA.
  • 4. NOMENCLATURA ESTADÍSTICA NOMENCLATURA ESTADISTICA FACILITA EL ANALISIS ECONOMICO, AGRUPA A LAS MERCANCIAS EN: A.- MATERIAS PRIMAS B.- SEMIMANUFACTURAS C.- MANUFACTURAS
  • 5. NOMENCLATURA NOMENCLATURA ARANCELARIA ARANCELARIA ESTA CONCEBIDA PARA SER UTILIZADA COMO UN DOCUMENTO QUE ACOMPAÑA LOS DERECHOS DE ADUANA, FORMANDO EL “ ARANCEL DE ADUANAS”.
  • 6. CLASIFICACION ARANCELARIA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA ES LA MÉTODOLOGIA LÓGICA, QUE PERMITE DETERMINAR CORRECTAMENTE EL CÓDIGO NUMÉRICO A LAS MERCANCÍAS OBJETO DE COMERCIO INTERNACIONAL.
  • 7. Clases de Nomenclaturas: Ubicación Inmediata, Aplicación de Gravámenes Arancelarias Materia VALOR Producto Prima AGREGADO Final Análisis Estadísticos Data al detalle de las Estadísticas mercancías según materia prima, grado de elaboración, y manufacturadas. POLIVALENTE
  • 8. Clasificar ? Para que ??? Pagar y/o Cobrar impuestos Estadísticas confiables Negociaciones Internacionales Control Aduanero Evitar demoras y sanciones
  • 9. DATA DE LAS PRINCIPALES NOMENCLATURAS INTERNACIONALES ESTADISTICAS ARANCELARIAS Nomenclatura común de Mercancías (1913) Nomenclatura de Ginebra (1937) Lista mínima de Mercancías para las Estadísticas del comercio Internacional El Concejo de Cooperación Aduanera (1938) Nomenclatura Arancelaria de Bruselas (1950) Nomenclatura CIIU (1948) Clasificación Industrial Internacional Uniforme SISTEMA ARMONIZADO DE Nomenclatura CUCI (1951) Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS (1988) Nomenclatura Polivalente Nomenclatura CUODE (1965) Clasificación según Uso o Destino Económico
  • 10. S.A SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN - DE MERCANCÍAS QUINTA ENMIENDA 2012
  • 11. ¿Qué es una enmienda? Es la actualización de la nomenclatura en sus aspectos editoriales, identificación de nuevas mercancías, en su estructura, en las demandas internas y externas, para realizar un mejor control de las mercancías que dañan el medio ambiente y otras cuyo control es necesario de acuerdo a convenios y tratados internacionales.
  • 12. CONVENIO DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS (S.A.) NOMENCLATURA NOMENCLATURA INTERNACIONAL POLIVALENTE A DE PRODUCTOS NIVEL DE 6 DÍGITOS (S.A.) SISTEMA ARMONIZADO DE CONSISTE EN UNA HA ESTANDARIZADO UNA PARTE DESIGNACION Y AGRUPACION SIGNIFICATIVA DEL COMERCIO PROGRESIVA DE INTERNACIONAL CODIFICACION DE MERCANCIAS MERCANCIAS EXITOSO INSTRUMENTO CONSTITUYE UNA DESARROLLADO NOMENCLATURA ESTRUCTURADA POR LA OMA JERARQUICAMENTE 12
  • 13. AREAS PRINCIPALES DE APLICACIÓN DEL S.A. ARANCELES Y ESTADÍSTICAS COMERCIALES DETERMINACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS ACUERDOS DE LA OMC Y LISTAS DE CONCECIONES ARANCELARIAS SISTEMAS DE CLASIFICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (CUCI) REGLAMENTACIONES COMERCIALES (LICENCIAS ) IMPUESTOS INDIRECTOS NACIONALES (IGV, ISC) CONTROL COMERCIAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS ( productos químicos SAO, IQPF,desechos, narcóticos, armas químicas, etc.)
  • 14. Estructura del SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS S.A.
  • 15. E S T R U C T U R A D E L S.A. 5ta enmienda XXI SECCIONES 97 CAPITULOS 1224 PARTIDAS 5205 SUBPARTIDAS S.A 6 REGLAS NLS NLC GENERALES DE NLSP INTERPRETACION A PARTIR DEL 1 DE ENERO DEL 2012
  • 16. ESTRUCTURA DEL SA XXI 4ta enmienda SECCIONES 97 CAPITULOS 1221 PARTIDAS 5052 SUBPARTIDAS SA 6 REGLAS GENERALES DE NLS NLC INTERPRETACION NLSP A PARTIR DEL 1ero DE ABRIL DEL 2007 HASTA 31 DICIEMBRE 2011
  • 17. ESTRUCTURA DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS SECCIONES REGLAS GENERALES DE INTERPRETACION CAPITULOS Y (06) RGI SUBCAPITULOS Específicas Genéricas PARTIDAS Cerradas 1º Nivel 2º Nivel SUBPARTIDAS especificas genéricas NOTAS LEGALES sección capitulo subpartida
  • 18. SECCIÓN AGRUPA CON CARÁCTER DE GENERALIDAD A UNA O VARIAS CATEGORÍAS DE MERCANCÍAS IDENTIFICADA EN NÚMEROS ROMANOS SE EXPRESAN A MODO DE TÍTULOS PARA EL S.A. SON XXI SECCIONES SECC. V : PRODUCTOS MINERALES SECC. VII : PLÁSTICO Y SUS MANUFACTURAS ; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS SECC. XI : MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUF.
  • 19. CAPÍTULOS • ES LA DESAGREGACIÓN DE UNA PARTE DE UNA SECCIÓN • IDENTIFICADOS EN NÚMEROS ARÁBIGOS • SE EXPRESAN A MODO DE TITULOS • 97 CAPÍTULOS • CAP. 77 VACÍO CAP. 25 : SAL; AZUFRE; TIERRAS Y PIEDRAS ; YESOS, CALES Y CEMENTOS CAP. 70 : VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS CAP . 52 : ALGODON
  • 20. PARTIDAS • CÓDIGO DE 4 DIGITOS QUE EXPRESA UNA O VARIAS MERCANCÍAS O CATEGORÍAS DE MERCANCÍAS RESPECTO AL CAPÍTULO QUE PERTENECEN, SE EXPRESAN A MODO DE TEXTO DE PARTIDA • SON 1224 PARTIDAS • SON ESPECÍFICAS O GENÉRICAS 10.06 ARROZ 76.16 LAS DEMAS MANUFACTURAS DE ALUMINIO 33.06 MECHAS DE SEGURIDAD; CORDONES DETONANTES; CEBOS Y CAPSULAS FULMINANTES; INFLAMADORES; DETONADORES ELECTRICOS
  • 21. Expresa detalladamente a la mercancía • No es posible conducir a errores. • 83.01 candados, cerraduras y cerrojos de metal común • Designa ampliamente el contenido de las mercancías • Permite , en primera instancia, especular de su contenido y conducirnos a errores, • Agrupa mercancías no expresadas en otras Partidas. • 21.06 preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte
  • 22. SUBCAPÍTULOS ES LA DESAGREGACIÓN DE UN CAPÍTULO, SE XPRESAN EN NUMEROS ROMANOS Y SÓLO SE PRESENTAN EN AQUELLOS CASOS QUE POR LA NATURALEZA DE LAS MERCANCÍAS, SE NECESITE UN REORDENAMIENTO DENTRO DEL CAPITULO.
  • 23. SUBPARTIDAS S.A. • CÓDIGO DE 6 CIFRAS QUE EXPRESA UNA O VARIAS MERCANCÍAS O CATEGORÍAS DE MERCANCÍAS CON RESPECTO A LA PARTIDA QUE PERTENECEN. • SE EXPRESAN A MODO DE TEXTO DE SUBPARTIDA. • SON 5205 SUBPARTIDAS S.A. • SON CERRADAS, PRIMER Y SEGUNDO NIVEL ( por su numeración ) • SON ESPECÍFICAS O GENÉRICAS ( por su designación )
  • 24. ORDENAMIENTO DE LAS MERCANCÍAS EN EL S.A. EL ORDEN ES AGRUPAR PRIMERAMENTE LAS MERCANCÍAS DE ACUERDO A LA MATERIA QUE PERTENECEN, YA SEA EN SU ESTADO NATURAL O CON CIERTO GRADO DE TRABAJO, Y ESTAN CONSIDERADOS DESDE LA SECCCION I HASTA LA SECCION XV. LA SEGUNDA FORMA DE AGRUPACIÓN ES ORDENANDOLO POR LA IMPORTANCIA DE SU USO O FUNCIÓN DE LA MERCANCÍA, AQUÍ LA MATERIA PASA A UN SEGUNDO PLANO, SIENDO POR TANTO RELEVANTE EL ASPECTO TECNOLÓGICO EN SU FABRICACIÓN, SE REFLEJA EN LAS SECCIONES DESDE XVI HASTA XXI.
  • 25. EL SISTEMA ARMONIZADO PRESENTA DOS GRANDES SECTORES ( AGRUPACIONES ): DE ACUERDO A SU USO O DE ACUERDO A SU MATERIA: FUNCIÓN CON PRIORIDAD DEL ASPECTO TECNOLOGICO / REINO ANIMAL, VEGETAL Ó UTILITARIO: MINERAL. NATURALEZA MAQUINARIA MECÁNICA Y DE LA MATERIA: INSUMOS, ELÉCTRICA, MATERIAL DE SEMI-MANUFACTURAS, TRANSPORTE, INSTRUMENTOS Y MANUFACTURAS. APARATOS, ARMAS, ETC. SECCIONES I XV. SECCION XVI XXI. CAPITULOS 1 83. CAPITULOS 84 97
  • 26. QUE SON LAS REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN  Son normas que dan las pautas y procedimientos para lograr una correcta clasificación arancelaria.  Uniformizan la correcta ubicación de las mercancías en la nomenclatura del Sistema Armonizado.  Determinan los procesos a seguir para clasificar las mercancías cuando su identificación no resulte clara según los textos de partidas y Notas legales.  Definen que la clasificación de mercancías debe realizarse por etapas: al inicio a nivel de partida arancelaria (P.A.); luego en la subpartida SA de 1er nivel, y al final en la subpartida SA de 2do nivel.
  • 27. Aplicación de las RGI 1º Momento RGI 3 a) b) RGI 5 RGI c) a) RGI 1 b) RGI 2 RGI 4 a) PARTIDAS b)
  • 28. Aplicación de las RGI 2º Momento RGI 6 SUBPARTIDAS
  • 29. NOTAS LEGALES Son textos que brindan información ampliatoria, excluyente, incluyente, aclaratoria, nor mativa, definitoria, restrictiva o la combinación de estas, a cerca del tratamiento de las mercancías respecto a una Sección, Capítulo o Subpartida. Tienen carácter legal; su consulta es necesaria para tomar decisiones precisas durante la clasificación de mercancías. Forman parte de la estructura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. 29
  • 30. NOTAS LEGALES NOTAS AMPLIATORIAS 7 (2) Amplían el alcance del contenido de la NOTAS CLASIFICATORIAS 95 (3) Dan las normas y pautas para clasificar mercancía en una(s) Partida(s). mercancías con características especiales. NOTAS EXCLUYENTES XV (f) Excluyen las mercancías de una Sección o un NOTAS DEFINITORIAS 21 (3) capitulo, que pueda comprenderlas.” en esta Definen ciertos términos de uso comercial o seccion/ capitulo no comprende” común, por otros conceptos adicionales. NOTAS INCLUYENTES 48 (1) NOTAS RESTRICTIVAS 26 (3) Incluyen ciertas mercancías en una Partida que aparentemente no la contiene. Restringen el alcance del contenido de la mercancía en una Partida: “solo comprende”. NOTAS ACLARATORIAS 35 (2) Aclaran el contenido de una Partida. NOTAS MIXTAS O COMBINADAS 6 (1) Combinan dos ó mas Notas.
  • 31. DOCUMENTOS AUXILIARES DE LA NOMENCLATURA NOTAS EXPLICATIVAS INDICE DE CRITERIOS VUENESA TABLA DE INDICE ALFABETICO CORRELACIONES
  • 32. Documentos Auxiliares NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO Consisten en un documento auxiliar que desarrolla en forma amplia, aclarando el contenido y alcance principalmente de los textos de partida. No tiene carácter legal; su consulta es recomendable para tomar mejores decisiones durante la clasificación de mercancías. Instrumento aprobado por el Consejo de Cooperación Aduanera.
  • 33. Documentos Auxiliares INDICE DE CRITERIOS Son compendios de clasificación, realizados por la OMA; dada su complejidad o por necesidad de difundir casos que frecuentemente son planteados en las administraciones aduaneras, estos criterios son publicados en su versión original bilingüe (en inglés y francés); se considera como reseña en casos similares de clasificación arancelaria de mercancías.
  • 34. Documentos Auxiliares TABLA DE CORRELACION Es un documento auxiliar, complementario, que se utiliza con el fin de concordar las codificaciones anteriores con la codificación modificada y vigente. El sistema armonizado se caracteriza por ser dinámico; esta Nomenclatura es modificada por diversos motivos cada cierto tiempo mediante las enmiendas. La OMA elabora estas correlaciones; las mismas que solamente deben ser consideradas como un documento teórico.
  • 35. Documentos Auxiliares INDICE ALFABETICO Consiste en un documento auxiliar, que alfabéticamente lista una gran cantidad de mercancías ordenadas por su nombre científico o usual. Su uso es referencial y muy limitado, dado que una mercancía puede tener un nombre comercial que no refleja con exactitud lo que es en realidad la mercancía. La OMA publica estas correlaciones en versión bilingue.
  • 36. TECNICA DE CLASIFICACION DE MERCANCIAS:  Para una adecuada clasificación arancelaria, es necesario conocer las características de la mercancía, con el fin de determinar si procede de acuerdo a la materia o según su función o uso.  Se determina las probables secciones o la sección que la comprende, y luego los posibles capítulos o el capitulo que lo agrupa.  Se ubica las probables partidas o la partida arancelaria.  Se determina la(s) nota(s) legal(s) como sustento de la clasificación arancelaria.  Se elige la partida arancelaria correspondiente, a nivel de 4 dígitos.
  • 37. RGI 1 LOS TÍTULOS DE LAS SECCIONES, CAPÍTULOS O DE LOS SUBCAPÍTULOS SÓLO TIENEN UN VALOR INDICATIVO, YA QUE LA CLASIFICACIÓN ESTA DETERMINADA LEGALMENTE POR LOS TEXTOS DE LAS PARTIDAS Y DE LAS NOTAS LEGALES DE SECCIÓN O CAPÍTULO Y, SI NO SON CONTRARIAS A LOS TEXTOS DE DICHAS PARTIDAS Y NOTAS, DE ACUERDO CON LAS REGLAS SIGUIENTES.
  • 38. Valor indicativo Valor legal Valor Opcional
  • 39. RGI 2 A) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que este presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.
  • 40. RGI 2 B) cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuara de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.
  • 41. III Estudio y Aplicación de las R.G.I. b) Segunda R.G.I Condiciones para la aplicación: No exista una partida que incluya la mercancía en tales RGI condiciones; No exista una Nota Legal que prevea los supuestos previstos en estas Reglas
  • 42. DEFINICIONES PARA RGI 2a • INCOMPLETO: CUANDO A LA MERCANCÍA LE FALTA ALGÚN ELEMENTO PERO PUEDE OPERAR DEFICIENTEMENTE. • SIN TERMINAR: CUANDO A LA MERCANCÍA LE FALTA LOS ACABADOS FINALES. • DESMONTADO: MERCANCÍAS QUE ESTUVIERON ARMADAS O ENSAMBLADAS Y SE DESARMARON. • SIN MONTAR: MERCANCÍAS QUE NUNCA ESTUVIERON ARMADAS O ENSAMBLADAS. • ESBOZOS: ARTÍCULOS NO UTILIZABLES COMO SE PRESENTAN A DESPACHO, PERO YA PRESENTAN EL PERFIL DEL ARTÍCULO FINAL.
  • 43. REGLA GENERAL INTERPRETATIVA 3 ESTA REGLA PLANTEA TRES ALTERNATIVAS PARA CONCLUIR CON UNA SOLA PARTIDA, EN AQUELLOS CASOS QUE UNA MERCANCIA PUDIERA CLASIFICARSE EN DOS O MAS PARTIDAS.
  • 44. Condiciones para su aplicación: Al igual que en las reglas 2 a) y 2 b), antes de aplicar la Regla 3, es importante tener presente que: No exista una partida que incluya la mercancía en tales condiciones; No exista una Nota Legal que prevea los supuestos previstos en estas Reglas.
  • 45. RGI 3 • CUANDO UNA MERCANCIA PUDIERA CLASIFICARSE EN PRINCIPIO, EN DOS O MAS PARTIDAS POR APLICACIÓN DE LA REGLA 2b) O EN CUALQUIER OTRO CASO, LA CLASIFICACION SE EFECTUARA COMO SIGUE: • 3a) LA PARTIDA CON DESCRIPCION MAS ESPECIFICA, TENDRA PRIORIDAD SOBRE LAS PARTIDAS DE ALCANZE MAS GENERICO ...........................................
  • 46. REGLA 3b Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la regla 3a), se clasificara según la materia o con el articulo que les confiera su CARÁCTER ESENCIAL si fuese posible determinarlo.
  • 47. QUE CLASIFICAMOS CON LA 3b • PRODUCTOS MEZCLADOS • MANUFACTURAS COMPUESTAS DE DIFERENTES MATERIAS • MANUFACTURAS CONSTITUIDAS POR ENSAMBLADOS DE ARTICULOS DIFERENTES • MERCANCIAS PRESENTADAS EN CONJUNTOS O SURTIDOS ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR
  • 48. FACTORES PARA HALLAR EL CARÁCTER ESENCIAL • Naturaleza de la materia constitutiva • Artículos que componen la mercancía • Volumen • Peso • valor • Cantidad • Importancia de una de las materias en relación con la utilización de la mercancía
  • 49. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SET O SURTIDOS ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR • Que estén constituidos por lo menos por dos artículos diferentes y que pudieran clasificarse en partidas diferentes • Que estén constituidos por productos o artículos que entre ellos satisfagan una necesidad especifica coherente o el ejercicio de alguna actividad determinada ( en el caso de productos alimenticios, los usados para preparar un potaje ) • Que estén acondicionados de modo que puedan venderse directamente al consumidor • Estos Requisitos deben cumplirse en forma simultanea
  • 50. RGI 4 COMPARAR O SI UNA MERCANCIA NO SE UBICA DENTRO DE LAS 1221 RELACIONAR DOS PARTIDAS ARANCELARIAS, O MAS OBJETOS LA PARTIDA ENTONCES ELEGIR QUE TENGA MAYOR ANALOGIA . LAS MERCANCIAS QUE NO PUEDAN CLASIFICARSE APLICANDO LAS REGLAS ANTERIORES, SE CLASIFICARAN EN LA PARTIDA QUE COMPRENDA AQUELLAS CON LAS QUE TENGA MAYOR ANALOGIA
  • 51. REGLA 5 Regla que busca resolver la clasificación de los estuches o envases que acompañan a las mercancías. a) los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, collares, instrumentos de dibujo, y continentes similares, especialmente apropiados para contener un articulo determinado o un juego surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasificaran con dichos artículos cuando sean de los tipos normalmente vendido con ellos. Sin embargo esta regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial
  • 52. REGLA 5 b) Salvo lo dispuesto en la Regla 5 a) anterior, los envases que contengan mercancías se clasificaran con ellas cuando sean de los tipos normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida
  • 53. Sexta R.G.I. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
  • 54. Sexta R.G.I. La clasificación está determinada por: Textos de las Subpartidas; Las Notas de Subpartida de una misma partida; y mutatis mutandis por las Reglas anteriores ; Se aplican también, las Notas legales de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.  Sólo podrán compararse subpartidas de un mismo nivel.
  • 55. Estructura de las Subpartidas SA. Cerrada: Sin aperturas, los dígitos SUBPARTIDAS quinto y sexto igual a cero  Son desdoblamientos 6309.00 de acuerdo a las necesidades comerciales. Primer Nivel: Con un guión,  Especificaciones que sexto digito igual a cero. necesita la mercancía 7218.10 o grupo de mercancías. Segundo Nivel: Con dos guiones, quinto y sexto digito diferente de cero. 8414.51
  • 56. Estructura de las Subpartidas Nandina Cerrada: Sin guiones, dígitos Tercer nivel: con tres guiones, quinto, sexto, sétimo y octavo igual cualquier digito ( quinto, sexto, a cero sétimo u octavo ) distinto de cero 2509.00.00 3005.90.31 4202.11.10 Primer Nivel: Con un guión, cualquier Cuarto Nivel: Con cuatro guiones, digito (quinto, sexto, sétimo u octavo) dígitos quinto, sexto, sétimo y distinto de cero octavo distintos de cero 4206.00.10 2849.10.00 4008.21.21 Segundo Nivel: Con dos guiones, dos dígitos (quinto, sexto, sétimo u octavo) distintos de cero 3602.00.11 2103.30.20