1. LA PARTICIPACION CIUDADANA A TRAVES DE LOS CONSEJOS
EDUCATIVOS EN EL CONTEXTO DE LA ESCUELA PRIMARIA
Autora: Especialista Leiwy Rojas Arruebarrena
UNERG: Doctorado en Ciencias de la Educación.
Resumen:
La participación ciudadana, esencialmente, es la participación que hacen
la personas para afectar la toma de decisiones, ejecución y seguimiento de las
decisiones públicas. El Consejo Educativo es la instancia de participación
ciudadana en toda institución educativa del subsistema de educación básica. El
propósito de esta investigación es teorizar sobre la participación ciudadana en
el contexto de la escuela primaria. El escenario de la investigación es el G.E.
“Félix Antonio Saa”, ubicado en Tucupido, estado Guárico. La investigación
está enmarcada en el paradigma post-positivista, bajo el enfoque
fenomenológico, aplicando el método fenomenológico-hermenéutico. Palabras
claves: participación ciudadana, consejos educativos, escuela primaria.
Introducción:
En mi observación y experiencia a lo largo de 12 años de trabajo docente
en la E. P. “Félix Antonio Saa”, ubicada en Tucupido, estado Guárico, no he
podido percibir la participación ciudadana como un ente activo dentro de la
escuela, quienes a mi juicio, tienen capacidad de aportación desde su propia
subjetividad, autonomía y flexibilidad, incitando actitudes de responsabilidad
personal que tienden a la implicación de un proceso educativo compartido.
En tal sentido, quiero resaltar el papel o rol que juega la comunidad en el
desarrollo educativo de sus educandos. Las comunidades que circundan la
escuela, han sido muy poco participativas en las actividades que se desarrollan
dentro de éstas, incluso padres y representantes, en algunos casos, dejan en
manos de los docentes, la responsabilidad total de la educación de sus hijos o
representados. El Ministerio del Poder Popular para la Educación le ha
conferido poder a la comunidad dentro de las instituciones educativas, a través
de los recién creados Consejos Educativos, sin embargo, ésta le da poca o
ninguna importancia. La verdad es que estos Consejos se han convertido en la
entelequia para el fin que fueron creados.
2. Participación Ciudadana:
Actualmente, el término de participación es utilizado para explicar la
incidencia de los individuos y grupos sociales en las diferentes etapas en las
que se resuelven asuntos de interés público, es decir, en la consulta,
discusiones, planteo de propuestas, y todo tipo de actividades que, en las
cuales interrelacionan el Estado y los ciudadanos para el progreso de la
comunidad.
Desde hace algunos años las experiencias participativas iniciadas a
escala local se han multiplicado. La participación y la deliberación parecen
haberse convertido en imperativos de las políticas públicas, en particular de
aquellas de ámbito local. Participar significa que la gente sea capaz de estar
activamente presente en los procesos de toma de decisiones que atañen a los
colectivos que definen el rumbo de nuestro Estado. Las manifestaciones de la
participación ciudadana son muy altas, este fenómeno ocurre simultáneamente
en diversos espacios, con culturas muy diversas, pero todas con un objetivo
central, la de dar solución a problemas de interés social. La participación
ciudadana, es la clave para transformar el espacio de lo local en un espacio
público y contribuir a crear condiciones para consolidar una gobernabilidad
democrática.
La participación ciudadana, a diferencia de otras formas de participación,
(política, comunitaria, entre otras.), se refiere específicamente a que los
habitantes de las localidades intervengan en las
actividades públicas
representando intereses particulares (no individuales), ejerciéndose, en primer
término en el ámbito de lo cotidiano y en el espacio local, que es donde se da
mayor proximidad entre autoridades y ciudadanos.
El propósito es lograr que la población influya sobre las políticas y
decisiones públicas, pero esa dimensión de participación ciudadana, puede ser
condicionada y hasta neutralizada bajo una aparente práctica democrática, y la
participación ciudadana puede constituirse en una plataforma de fácil uso para
construir artificialmente consensos y legitimar desigualdades.
Resolución 058 Consejos Educativos:
Los Consejos Educativos tienen una existencia de corta data en nuestro
país, específicamente, desde el 16 de octubre del año 2012, y son las
asociaciones creadas para organizar el funcionamiento de la comunidad
educativa, de acuerdo con la Ley Orgánica de Educación y la Resolución Nº
058 del Ministerio del Poder Popular para la Educación. El Consejo Educativo
es, de esa manera, la instancia de participación ciudadana en toda institución
educativa del subsistema de educación básica, integrado por los niveles de
educación inicial, educación primaria y educación media.
3. Muchos vieron con preocupación a la Resolución 058 que rige para
escuelas públicas y privadas, debido a que la misma, habla de un modelo
sociopolítico y de poder popular, es decir, que voceros comunitarios tendrán
injerencia en la escuela, y eso nada tiene que ver con los derechos del niño,
niña y adolescente.
Sin embargo, de acuerdo con la Ley Orgánica de Educación, los centros
educativos forman parte de una comunidad integrada por los distintos sujetos
que participan en la gestión de la educación. Todos estos sujetos integran la
comunidad educativa, que se organiza a través del Consejo Educativo.
En general, corresponde al Consejo Educativo promover la participación
de los integrantes de la comunidad educativa en la gestión del centro
educativo. Una de sus tareas específicas es el diseño del Proyecto Educativo
Integral Comunitario (PEIC) y los Proyectos de Aprendizajes (PA) a partir de la
concepción de la escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y
la comunidad como centro del quehacer educativo. Estos Proyectos deben
orientarse a vincular el proceso educativo dentro del entorno social en el cual
se ubica la comunidad educativa.
El Consejo Educativo debe estar integrado por personas que se
relacionan directamente con la educación: padres, madres, representantes,
responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores administrativos y
obreros de las instituciones educativas. Además, el Consejo podrá estar
integrado, cuando así lo decidan sus miembros, por las diferentes
organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones educativas, como
podría ser el caso de los consejos comunales, entre otros.
El Consejo Educativo actúa a través de dos órganos básicos. La
Asamblea Escolar, compuesta por todos los que integran a la comunidad
educativa, y a quien corresponde adoptar todas las decisiones del Consejo.
Además, encontramos a los Comités, que son los órganos encargados de
cumplir las decisiones adoptadas en la Asamblea. Con base a los hechos
hermenéuticos que hasta este momento he considerado, me pregunto:
¿El Consejo Educativo puede adoptar decisiones sobre la educación
impartida en los centros educativos?
En mi criterio, considero que el Consejo Educativo es un órgano de
participación en la gestión educativa, pero que no puede sustituir las decisiones
que corresponde adoptar al centro educativo. Sin embargo, me permito
agregar, que el Consejo Educativo carece de un reglamento que regule la
participación de la ciudadanía, por lo que ésta quedaría sujeta a la
interpretación de sus miembros. En especial, debe tenerse en cuenta que los
padres tienen el derecho humano a la educación de sus menores hijos, esto
quiere decir que el derecho de educación de los menores hijos recae,
4. preferentemente, en los padres, correspondiendo al centro educativo colaborar
en esa educación. El Consejo Educativo no puede menoscabar ese derecho.
Método y técnica:
En la investigación se utiliza el método fenomenológico-hermenéutico,
como técnica de investigación la entrevista a profundidad, aplicada a 3 sujetos
significantes: 2 padres o representantes y un miembro de la sociedad
organizada (Consejo Comunal) del sector, quien a su vez, es representante en
la institución, una vez registrada la información, se categoriza para su posterior
interpretación.
Referentes Bibliográficos:
Martin, Yohana (2006). Ética y Participación Ciudadana. Venezuela: impreso
por Graficas Franco S.R.L.
Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela 40.029 (2012).
MPPE Resolución 058 Consejos Educativos.
Venezuela (2013). Ley Orgánica de Educación. [Página en línea], Disponible:
http://www.urbe.edu/portal-biblioteca/descargas/Ley-Organica%20deEducacion.
Correo de la autora: leiwys@hotmail.com