Decreto nº 078 (julio 11 de 2016)20160718 11381078
1. <.^pCe£>?2¿Gtá¿& í2W =^£¿&&t¿?l¿Z-
"Un sueño en el que Todos Cabemos"
ALCALDÍA MUNICIPAL
1000-12
DECRETO Nro. 078
(JULIO 11 DE 2016)
POR MEDIO DEL CUAL SE PRORROGA UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL
DENTRO DE LA PLANTA DE CARGOS DEL MUNICIPIO DE LIBORINA
ANTIOQUIA
EL ALCALDE MUNICIPAL DE LIBORINA ANTIOQUIA, en uso de sus
atribuciones legales y en especiales las conferidas por las Leyes 136 de 1994,
Articulo 315 de la Constitución Nacional y,
CONSIDERANDO:
Que mediante decreto Nro. 010 del 12 de Enero de 2016, se efectúo la prorroga al
nombramiento provisional del señor SANTIAGO MONSALVE VELÁSQUEZ,
identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 1039623395 dentro de la planta de
cargos del municipio de Liborina, en el cargo de TÉCNICO ADMINISTRATIVO,
CODÍGO 367, GRADO 01.
Que dicho nombramiento era por un término no superior a seis (6) meses,
pudiendo ser prorrogado cuando las circunstancias especiales impidan la
realización de la convocatoria a concurso en el término señalado, hasta cuando
pueda ser realizada.
Que dicho Nombramiento Provisional, se ajustó a lo establecido en la
normatividad vigente, toda vez, que el señor alcalde certificó que no hay ningún
servidor público con derechos de carrera que pueda ser encargado del cargo.
Que la Comisión Nacional del servicio civil, emitió la circular Nro. 003 del 11 de
Junio de 2014, donde informa que no otorgará autorizaciones para proveer
transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento
provisional, mientras la suspensión provisional ordenada por el consejo de estado
continúe vigente.
Que revisados los documentos del señor SANTIAGO MONSALVE VELÁSQUEZ,
identificado con la cédula de ciudadanía Nro.1039623395 expedida en Liborina!
se halla en condiciones y capacidades para seguir desempeñando en el cargo,
llenando los requisitos de ley.
<PaCado MunicipaC Carrera 10 #7 - 71. cTeCefa^856 18 65, Código <PostaCQ5146Q, Wit 890.983.672-6
Correo: aícaCd'ía@CiBorina-antioquia.gov. co
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"Un sueño en el que Todos Cabemos"
ALCALDÍA MUNICIPAL
En mérito de lo expuesto.
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar el nombramiento provisional del señor
SANTIAGO MONSALVE VELÁSQUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía
Nro. 1039623395 expedida en Liborina, en el cargo TÉCNICO ADMINISTRATIVO,
CODÍGO 367, GRADO 01, de la planta de cargos del Municipio de Liborina, con
una asignación básica de UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
CIENTO OCHENTA Y UN PESOS M.L, ($1'398.181, mientras se surte el proceso
de selección y por un término que no podrá exceder de seis (6) meses, pudiendo
ser prorrogado cuando circunstancias especiales impidan la realización de la
convocatoria a concurso en el término señalado, hasta cuando pueda ser
realizada.
ARTICULO SEGUNDO: Notifíquese el contenido del presente acto administrativo
al funcionario.
ARTICULO TERCERO: El presente decreto, rige a partir de la fecha de su
expedición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en la Alcaldía del Municipio de Liborina (Antioquia), a los once (11) días del
mes de Julio de dos mil dieciséis (2016).
ÓSCAR ALVEIRO HENAO PULGARIN
Alcalde
CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN: Fui notificado del contenido del presente a los
once (11) días del mes de Julio del año 2016. En constancia firma:
NOMBRE:
CÉDULA: /
(patada WunicipatCarrera 10 #7 - 71. (Te(efa3i856 18 65, Código (postaC 051460, 'Nit 890.983.672-6
Correo: aícafáÍa@Ci6orina-antwquia.gov, co
3. "Un sueño en el que Todos Cabemos"
ALCALDÍA MUNICIPAL
1000-12
DECRETO Nro. 078
(JULIO 11 DE 2016)
POR MEDIO DEL CUAL SE PRORROGA UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL
DENTRO DE LA PLANTA DE CARGOS DEL MUNICIPIO DE LIBORINA
ANTIOQUIA
EL ALCALDE MUNICIPAL DE LIBORINA ANTIOQUIA, en uso de sus
atribuciones legales y en especiales las conferidas por las Leyes 136 de 1994,
Articulo 315 de la Constitución Nacional y,
CONSIDERANDO:
Que mediante decreto Nro. 010 del 12 de Enero de 2016, se efectúo la prorroga al
nombramiento provisional del señor SANTIAGO MONSALVE VELÁSQUEZ,
identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 1039623395 dentro de la planta de
cargos del municipio de Liborina, en el cargo de TÉCNICO ADMINISTRATIVO,
CÓDIGO 367, GRADO 01.
Que dicho nombramiento era por un término no superior a seis (6) meses,
pudiendo ser prorrogado cuando las circunstancias especiales impidan la
realización de la convocatoria a concurso en el término señalado, hasta cuando
pueda ser realizada.
Que dicho Nombramiento Provisional, se ajustó a lo establecido en la
normatividad vigente, toda vez, que el señor alcalde certificó que no hay ningún
servidor público con derechos de carrera que pueda ser encargado del cargo.
Que la Comisión Nacional del servicio civil, emitió la circular Nro. 003 del 11 de
Junio de 2014, donde informa que no otorgará autorizaciones para proveer
transitoriamente los empleos de carrera a través de encargo o nombramiento
provisional, mientras la suspensión provisional ordenada por el consejo de estado
continúe vigente.
Que revisados los documentos del señor SANTIAGO MONSALVE VELÁSQUEZ,
identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 1039623395 expedida en Liborina,
se halla en condiciones y capacidades para seguir desempeñando en el cargo,
llenando los requisitos de ley.
MunicipaC Carrera 10 #7 - 71. Teíe/0^856 18 65, Cóífigo PostaC051460, 3Vtt 890.983.672^
Correo: a(ca&fía@fí6orina-antioquia.go-v. co
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ALCALDÍA MUNICIPAL
En mérito de lo expuesto.
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar el nombramiento provisional del señor
SANTIAGO MONSALVE VELÁSQUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía
Nro. 1039623395 expedida en Liborina, en el cargo TÉCNICO ADMINISTRATIVO,
CODÍGO 367, GRADO 01, de la planta de cargos del Municipio de Liborina, con
una asignación básica de UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
CIENTO OCHENTA Y UN PESOS M.L. ($1'398.181, mientras se surte el proceso
de selección y por un término que no podrá exceder de seis (6) meses, pudiendo
ser prorrogado cuando circunstancias especiales impidan la realización de la
convocatoria a concurso en el término señalado, hasta cuando pueda ser
realizada.
ARTICULO SEGUNDO: Notifíquese el contenido del presente acto administrativo
al funcionario.
ARTICULO TERCERO: El presente decreto, rige a partir de la fecha de su
expedición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en la Alcaldía del Municipio de Liborina (Antioquia), a los once (11) días del
mes de Julio de dos mil dieciséis (2016).
ÓSCAR ALVEIRO HENAO PULGARIN
Alcalde
CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN: Fui notificado del contenido del presente a los
once (11) días del mes de Julio del año 2016. En constancia firma:
NOMBRE:
CÉDULA:
Diana R
(Palacio Municipat Carrera 10 #7 - 71, <TelefaJí85618 65, Código (postaC051460, Nit 890.983.672-6
Correo: aCcafifia@fi6onna-antioquia.gov. co