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En la primera mitad del siglo XX comenzó a
desarrollarse la industria automotriz en el mundo.
En la Republica Dominicana el parque vehicular
fue creciendo sin ninguna reglamentación que
garantice el patrimonio de los conductores y la
reparación de los daños que estos puedan ocasionar
a terceros (Póliza de Seguro).
Breve Historia
1/2/151
En el año de 1955 fue promulgada la ley No. 4117, que
estableció el seguro “obligatorio” de vehículos de
Motor, cuya finalidad es la de proteger a los terceros
que resultaran víctimas de los accidentes
automovilísticos, y ante una eventual posibilidad de
insolvencia por parte del responsable de la reparación
de los daños.
Breve Historia
1/2/152
Se le concedió libertad a cada asegurado de contratar
límites que tuvieran por encima a los montos mínimos
establecidos.
Daños a la PropiedadAjena RD$2,000.00
Lesiones o Muerte a una persona RD$3,000.00
Lesiones o Muerte a más de una Persona RD$6,000.00
El 26 de Septiembre de 2002 se modifican la ley 126 sobre
“Seguros Privados” de la Rep. Dominicana del 10 de Mayo
de 1971 y la ley 4117 sobre “Seguro Obligatorio
contra Daños Ocasionados por Vehículos de
Motor”del 22 deAbril de 1955.
1/2/153
El Seguro de vehículo de motor tiene como objeto
garantizar al asegurado los daños o pérdidas materiales
producidos al vehículo de motor en los riesgos asegurados
e indemnizar a terceros por daños a sus bienes, así como
por las lesiones corporales y/o muerte.
1/2/154
Con esta ley se previene y se garantiza el pago de los daños
ocasionados por un vehículo, aunque el dueño del vehículo no
tenga recursos económicos para responder por el daño
ocasionado.
Toda persona física o moral, incluyendo al Estado Dominicano y
sus Instituciones autónomas o descentralizadas y los
ayuntamientos del país, cuya responsabilidad civil pueda ser
exigida por razón de daños materiales, corporales o morales
derivados de los últimos, causados a terceros por un accidente
ocasionado por un vehículo de motor o remolque, está obligado
a mantenerlo asegurado conforme a los términos de esta ley,
como condición para que se permita la circulación de dicho
vehículo, bajo una póliza que garantice la responsabilidad antes
señalada.
Artículo 112
Ley 146-02
1/2/155
Seguro: Es la forma de satisfacer necesidades individuales,
posibles, definidas y calculables, mediante la contribución
específica y económicamente factible de un grupo grande de
unidades de exposición, sujetas a peligros iguales;
Contrato de seguros: Es el documento (póliza) que da
constancia del acuerdo por el cual una parte contratante
(asegurador), mediante el cobro de una suma estipulada
(prima), se obliga a indemnizar o pagar a la segunda parte
contratante (asegurado o propietario de la póliza) o a una
tercera persona (beneficiario, cesionario, causahabiente o
similares), en la forma convenida, a consecuencia de un
siniestro o por la realización de un hecho especificado en la
póliza; 1/2/156
Endoso o anexo: Es un escrito complementario que forma
parte de la póliza, mediante el cual generalmente se hacen
adiciones, supresiones,aclaraciones o cualquier otra
modificación al texto original o básico de dicha póliza;
Coaseguro: La participación de dos o más aseguradores en
el mismo riesgo,en virtud de contratos directos suscritos por
cada uno de ellos con el asegurado, asumiendo cada
asegurador,por separado, responsabilidadsobre una parte de
la suma total asegurada. Se entiende también por coaseguro
la participación del asegurado,en su propio riesgo;
1/2/157
Asegurador:Todacompañía o sociedad debidamente
autorizada para dedicarse exclusivamente a la contratación de
seguros y reasegurosy sus actividades consecuentes, de forma
directa o a través de intermediarios.
1/2/158
Intermediario:Toda persona física o moral, autorizada por
la Superintendencia para actuar entre los asegurados y los
aseguradores,con carácter de agente general, agente local,
corredor de seguros,agente de seguro de personas,o agente
de seguros generales; o para actuar entre los aseguradores y
reaseguradorescon carácter de corredor de reaseguros según
fuere el caso;
1/2/159
Beneficiario: Es la persona física o moral designada
nominativamente por el asegurado o los herederos legales
de éste, para recibir de la compañía de seguros,los
beneficios totales o parciales acordados en el contrato de
seguros;
Contratante: Es una persona física o moral que con
capacidad legal para ello, contrata con un asegurador una
póliza de seguros basados en un interés asegurable
determinado por la ley y sobre el cual recae la obligación
del pago de la prima.
1/2/1510
Vehículo de motor: Todo Medio de transporte movido por
fuerza distinta a la muscular, excepto los siguientes:
1.Medios de transporte que se mueven sobre vías
férreas,marítimas, aéreas o acuáticas.
2.Equipos, maquinarias móviles y medios de
transporte operados exclusivamente dentro de
propiedades privadas.
Pasajeros: Cualquier ocupante autorizado de un vehículo,
excluyendo su conductor.
1/2/1511
Suscriptor o asegurado: La persona a cuyo nombre se
expide la póliza de seguros.
Propietario: La persona a cuyo nombre figure registrado el
vehículo asegurado en la Dirección General de Impuestos
Internos, al momento de ocurrir un accidente, o la persona
cuyo nombre se consigne como propietario en el recibo
oficial de traspaso o en cualquier otro documento provisto
de fecha cierta.
Marbete: Es la constancia escrita emitida por el asegurador
de la emisión, renovación o endoso de la póliza sujeta a las
condiciones, limitaciones y exclusiones de dicho contrato.
1/2/1512
Seguro de Ley.-
Cubre la suma que legalmente una persona se vea obligada a
pagar por daños y perjuicios cubiertos por la póliza,
causados accidentalmente por mediación de o a
consecuencia del uso del vehículo de motor asegurado y
originado dentro del período de vigencia de la póliza.
1/2/1513
COBERTURAS MINIMAS OBLIGATORIAS
1/2/1514
Lesiones o Muerte a Personas: Protege al asegurado de la
responsabilidad civil originada por lesiones corporales,
incluyendo muerte, causadas accidentalmente a consecuencia del
uso del vehículo del asegurado. Se fijan montos máximos para
lesiones o muerte de una persona, y el doble para cuando exista
más de una personaafectada.
1/2/1515
Riesgo de pasajeros: Protege al asegurado de la
responsabilidad civil originada por lesiones o muerte a las
personas que ocasionalmente estén dentro subiendo o bajando del
vehículo asegurado. El monto para lesiones o muerte a más de un
pasajero es el doble de lesiones o muerte a un pasajero.
Riesgo de conductor:Cubre las lesiones que sufra el conductor
del vehículo asegurado por causas accidentales en accidentes en
los cuales se vea envuelto el vehículo asegurado.
1/2/1516
1/2/1517
• El Cónyuge y los ascendientes, descendientes, hermanos y
afines.
• Los Socios,Accionistas,Administradores,Encargados,
empleados y Dependientes del asegurado cuando actúen
en sus calidades.
• Los Pasajeros Irregulares.
No se consideran“Terceros”
1/2/1518
Cubre pérdidas o daños ocasionados al propio vehículo
asegurado por la acción de una de las coberturas
descritas en la póliza.
SEGUROS DE DAÑOS PROPIOS
1/2/1519
Colisión y Vuelco (100%) Cobertura Básica
Incendio y Robo (50%, 75%, 100%)
Rotura De Cristales (sublimitada)
Riesgo Comprensivo Opcional
1/2/1520
Cubre daños o pérdidas materiales producidas en forma
directa y accidental hasta el porcentaje estipulado en la póliza
y causadas por incendio, robo, hurto, rayo, explosión, motín,
huelgas, daños maliciosos, objetos que caigan, rotura de
cristales, fenómenos naturales. La cobertura está sujeta a la
aplicación de un coaseguro de 50%, 75% ó 100%.
Según Política De Suscripción.
1/2/1521
Vehículos Privados 2 % Mensual
Vehículos Públicos y de carga 2.5% Mensual
1/2/1522
El deducible es la participación del asegurado en un
porcentaje o un valor fijo predeterminado de la pérdida.
Esta participación puede ser un porcentaje sobre la suma asegurada
o sobre el valor de la pérdida, con un mínimo establecido en las
condiciones particulares de la póliza.
. El uno por ciento (1 %) del valor asegurado con un mínimo de
$5,000.00 pesos.
1/2/1523
Coberturas
Básicas (Seguro de Ley):
- RC por Lesiones Corporales y/ o Muerte: a Terceros y Pasajeros
- Accidentes Personales al Conductor
- Fianza Judicial al Conductor
- Daños materiales a la Propiedad de Terceros
Opcionales (Daños Propios):
- Colisión y Vuelco
- Incendio y Robo
- Rotura de Cristales (tope máximo x% del valor del vehículo)
- Riesgos Comprensivos.
Servicios Adicionales:
- Casa del Conductor / CMA
- Asistencia Auto Rentado
- Asistencia Reclamo a Domicilio
- Asistencia Aero ambulancia
- Asistencia Servicio de Grúa
1/2/1524
INFORMACIONES BASICAS SUSCRIPCION
Además de las informaciones generales, es necesario
conocer la ocupación, solvencia moral y económica del
solicitante.
 Marca
 Modelo
 Año
 Registro
 Chasis
 Tipo de vehículo
 Cilindraje y/o Tonelaje
 Valor del Vehículo (precio en el mercado)
 Copia de la Matricula
 Coberturas solicitadas
1/2/1525
DEPURACION DEL RIESGO:
1) Riesgo Moral (Data crédito, edad vs. Tipo de
vehículo, a que se dedica, otros negocios etc.)
1) Detalles y condiciones del vehículo y/o Car fax
(www.carfax.com), consultar página CADOAR
www.cadoar.org.do
1) Aun recibiendo la inspección realizada por el
inspector, debe hacerse la depuración necesaria del
riesgo.
1/2/1526
DESCUENTOS:
1) Descuentos por Buena Experiencia: 5%
1) Descuentos por Flotillas:
De 5 a 10 unidades 5%
De 11 a 20 unidades 7.50%
De 21 en adelante 10%
El descuento máximo bajo la póliza no podrá exceder de X%.
En caso de que por razones comerciales el descuento sea mayor, debe quedar
evidencias en el expediente de la autorización en el documento y justificación
del mismo.
RECARGOS:
1) Recargos por Accidentes:
Un accidente: se elimina el descuento adquirido
Dos accidentes: 10% de recargo
Más de dos accidentes: 20% de recargo
1/2/1527
La póliza establece que la Compañía de Seguros se
compromete a pagar a nombre del asegurado todas las sumas
que legalmente este se vea obligado a pagar por daños y
perjuicios cubiertos por esta póliza y por cuyas coberturas se
haya cobrado una prima específica, causados accidentalmente
por mediación de o a consecuencia del uso del vehículo de
motor asegurado y que se hayan originado dentro del
período de vigencia de la póliza.
1/2/1528
1. Proposición o Solicitud de Seguro.
2. Condiciones Particulares.
3. Condiciones Generales.
4. Endosos.(Cláusulas Especiales,Anexos).
Estos documentos conforman un contrato único:
«La Póliza».
1/2/1529
• Los QueAnulan o Excluyen
• Los Que Dan Privilegios o Incluyen
• Los que aclaran o recuerdan
• Los que otorgan derechos
1/2/1530
 Parientes por consanguinidad o afinidad
 Empleados durante el desempeño de sus labores
 Socios, accionistas, administradores, encargados y
dependientes del asegurado.
 Personas bajo tutela del asegurado
1/2/1531
En Caso de accidente La Compañía se compromete a gestionar
con sus propios abogadosy pagar los gastos,honorarios y la
prima del contrato de FJ que fueren necesarios para obtener la
libertad provisional del conductor, hasta el límite de la cobertura
establecida.
La Compañía se compromete a defender al asegurado cuando
haya sido puesto en causa por un tercero perjudicado.
La Compañía se compromete a pagar todas las costas judiciales,
siempre que no exceda del límite establecido en la póliza.
Fianza Judicial
1/2/1532
33
FACTORES DE RIESGO
VEHÍCULO
1/2/15
1. Uso
 Privado
 Público
 Carga
1. Categoría
 Urbano
 Rural
 Escolar
 Especial
 Otros
34
FACTORES DE RIESGO
CONDUCTOR
1/2/15
 Edad.
 Sexo.
 Estado Civil.
 Profesión.
 Experiencia
 Solvencia económica
 Solvencia Moral
 Nivel
Cultural/Académico
35
FACTORES DE RIESGO
ZONA
1/2/15
Zona De
Circulación
• Vehículos de hasta cierta edad.
• Vehículos Deportivos.
• Por marcas
• Por modelos
• Por año
• Por factor de riesgo
• Condicionado (Tranca palanca, Lo Jack, inmovilizador).
1/2/1536
• Pérdidas o daños por descuido o negligencia
• Daños ocasionados cuando al vehículo se le da otro uso al
especificado en la solicitud
• Alquiler del vehículo asegurado
• Conducir el vehículo en estado de embriaguezo drogado
• Transporte de explosivos o similares
• Remolcar o empujar otro vehículo
• Accidentes ocurridos mientras el vehículo esté siendo
conducido por personas sin licencia
• Motín, Huelgas, Guerras,Invasión*
1/2/1537
• Accesorios, Equipo de Música,Aditamentos, etc.
• Mercancías transportadas en el vehículo
• Daños por vibraciones o desigualdades de terreno
• Participación del vehículo en apuestas,desafíos, carreras o
concursos de cualquier naturaleza
• Daños después de haberse entregado el vehículo a un tercero
para realizarle reparaciones o para su venta
1/2/1538
Los datos requeridos para la evaluación y aceptación de
un riesgo forman parte del cuerpo de la póliza por lo que
deben ser recogidos en un formulario de solicitud para
poder suscribir y emitir la póliza.
Esta información es la que particulariza o individualiza el
riesgo y es la que compone el 90% de la información de
las Condiciones Particulares.
Emisión De Pólizas
1/2/1539
 Nombre
 Dirección
 Teléfono
 Número de Cédula
 Número de RNC (Compañías)
 Ocupación y/o actividad
 Copia de cédula
 Copia de Licencia de conducir*
 Copia de matricula
 Otros datos
 Firmar formulario solicitud
1/2/1540
Este formulario deberá ser llenado, en los casos de Seguros
De Daños Propios, por un empleado de la Cía.de Seguros
y/o una persona autorizada para hacerlo.
Se llenará con las informaciones requeridaspara establecer
cuáles eran las condiciones físicas del vehículo en el
momento de iniciar la cobertura. Además de verificar
físicamente si el No. De la placa, el No. De chasis, el color, el
modelo coincide con las informaciones que nos da la
matricula.
1/2/1541
Cancelación
Inclusión
Exclusión
Cambios (vehículo, asegurado,dirección,
intermediario, etc.)
Aumentos y disminuciones (de coberturas, de
valor asegurado)
Cesión de derecho
Entre otras modificaciones o cambios
1/2/1542
El artículo 73 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas,
establece que el pago de la prima es un requisito
indispensable para la validez del contrato de seguro. Los
pagos que puedan ser acordados no podrán exceder de
120 días desde el inicio de la vigencia. La falta de pago de
la prima en la fecha indicada implica, de pleno derecho,
por el solo vencimiento, la cancelación del contrato sin
necesidad de notificación.
1/2/1543
Es el proceso mediante el cual se le da continuidad a
una póliza, comenzando un nuevo período de
vigencia y cobertura.
1/2/1544
Hay dos formas de cancelaciones:
 A instancia de la Compañía (Prorrata).
 A instancia del Asegurado (escala a corto plazo).
1/2/1545
Cuota o porción que le toca a alguien de lo que se
reparte.
Es la parte calculada en proporción del valor pagado
y/o del tiempo consumido en relación a la vigencia
de la póliza.
Formula
. *PN . = P/D
365 días
P/D X Días = P/C
1/2/1546
 Por un mes o menos 30%
 Por dos meses 39%
 Por tres meses 47%
 Por cuatro meses 56%
 Por cinco meses 64%
 Por seis meses 72%
 Por siete meses 79%
 Por Ocho meses 86%
 Por más de Ocho meses 100%
 Menos Impuestos, comisiones y pagos de reclamaciones
1/2/1547
El fraude impacta fuertemente en la siniestralidad
de las aseguradoras, perjudicando no sólo a éstas
sino también al resto de la sociedad, que debe
soportar mayores precios por los seguros. Las
entidades aseguradoras implementan diversas
políticas antifraude, con equipos internos y con
apoyo externo; no obstante, las nuevas modalidades
delictivas obligan a adoptar nuevas estrategias.
1/2/1548
49
Los casos de fraude comprenden el autorrobo, el
préstamo de póliza, el agravamiento del siniestro y
la denuncia de lesiones inexistentes, entre otras
infracciones, afectando tanto la cobertura de cascos
(DAÑOS PROPIOS) como la de Responsabilidad
Civil.
1/2/15
1/2/1550
La lucha antifraude se libra en dos frentes: el de la
suscripción y el de la investigación de los casos
sospechosos. Por ello, las compañías de seguros
entienden que la capacitación del personal en la
identificación de las alertas tempranas, así como
una adecuada selección y concientización de los
productores asesores de seguro son tan importantes
como la labor de los departamentos internos de
investigación o la contratación de profesionales
externos a tal efecto.

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El seguros para vehiculos en republica domincana

  • 1. En la primera mitad del siglo XX comenzó a desarrollarse la industria automotriz en el mundo. En la Republica Dominicana el parque vehicular fue creciendo sin ninguna reglamentación que garantice el patrimonio de los conductores y la reparación de los daños que estos puedan ocasionar a terceros (Póliza de Seguro). Breve Historia 1/2/151
  • 2. En el año de 1955 fue promulgada la ley No. 4117, que estableció el seguro “obligatorio” de vehículos de Motor, cuya finalidad es la de proteger a los terceros que resultaran víctimas de los accidentes automovilísticos, y ante una eventual posibilidad de insolvencia por parte del responsable de la reparación de los daños. Breve Historia 1/2/152
  • 3. Se le concedió libertad a cada asegurado de contratar límites que tuvieran por encima a los montos mínimos establecidos. Daños a la PropiedadAjena RD$2,000.00 Lesiones o Muerte a una persona RD$3,000.00 Lesiones o Muerte a más de una Persona RD$6,000.00 El 26 de Septiembre de 2002 se modifican la ley 126 sobre “Seguros Privados” de la Rep. Dominicana del 10 de Mayo de 1971 y la ley 4117 sobre “Seguro Obligatorio contra Daños Ocasionados por Vehículos de Motor”del 22 deAbril de 1955. 1/2/153
  • 4. El Seguro de vehículo de motor tiene como objeto garantizar al asegurado los daños o pérdidas materiales producidos al vehículo de motor en los riesgos asegurados e indemnizar a terceros por daños a sus bienes, así como por las lesiones corporales y/o muerte. 1/2/154
  • 5. Con esta ley se previene y se garantiza el pago de los daños ocasionados por un vehículo, aunque el dueño del vehículo no tenga recursos económicos para responder por el daño ocasionado. Toda persona física o moral, incluyendo al Estado Dominicano y sus Instituciones autónomas o descentralizadas y los ayuntamientos del país, cuya responsabilidad civil pueda ser exigida por razón de daños materiales, corporales o morales derivados de los últimos, causados a terceros por un accidente ocasionado por un vehículo de motor o remolque, está obligado a mantenerlo asegurado conforme a los términos de esta ley, como condición para que se permita la circulación de dicho vehículo, bajo una póliza que garantice la responsabilidad antes señalada. Artículo 112 Ley 146-02 1/2/155
  • 6. Seguro: Es la forma de satisfacer necesidades individuales, posibles, definidas y calculables, mediante la contribución específica y económicamente factible de un grupo grande de unidades de exposición, sujetas a peligros iguales; Contrato de seguros: Es el documento (póliza) que da constancia del acuerdo por el cual una parte contratante (asegurador), mediante el cobro de una suma estipulada (prima), se obliga a indemnizar o pagar a la segunda parte contratante (asegurado o propietario de la póliza) o a una tercera persona (beneficiario, cesionario, causahabiente o similares), en la forma convenida, a consecuencia de un siniestro o por la realización de un hecho especificado en la póliza; 1/2/156
  • 7. Endoso o anexo: Es un escrito complementario que forma parte de la póliza, mediante el cual generalmente se hacen adiciones, supresiones,aclaraciones o cualquier otra modificación al texto original o básico de dicha póliza; Coaseguro: La participación de dos o más aseguradores en el mismo riesgo,en virtud de contratos directos suscritos por cada uno de ellos con el asegurado, asumiendo cada asegurador,por separado, responsabilidadsobre una parte de la suma total asegurada. Se entiende también por coaseguro la participación del asegurado,en su propio riesgo; 1/2/157
  • 8. Asegurador:Todacompañía o sociedad debidamente autorizada para dedicarse exclusivamente a la contratación de seguros y reasegurosy sus actividades consecuentes, de forma directa o a través de intermediarios. 1/2/158
  • 9. Intermediario:Toda persona física o moral, autorizada por la Superintendencia para actuar entre los asegurados y los aseguradores,con carácter de agente general, agente local, corredor de seguros,agente de seguro de personas,o agente de seguros generales; o para actuar entre los aseguradores y reaseguradorescon carácter de corredor de reaseguros según fuere el caso; 1/2/159
  • 10. Beneficiario: Es la persona física o moral designada nominativamente por el asegurado o los herederos legales de éste, para recibir de la compañía de seguros,los beneficios totales o parciales acordados en el contrato de seguros; Contratante: Es una persona física o moral que con capacidad legal para ello, contrata con un asegurador una póliza de seguros basados en un interés asegurable determinado por la ley y sobre el cual recae la obligación del pago de la prima. 1/2/1510
  • 11. Vehículo de motor: Todo Medio de transporte movido por fuerza distinta a la muscular, excepto los siguientes: 1.Medios de transporte que se mueven sobre vías férreas,marítimas, aéreas o acuáticas. 2.Equipos, maquinarias móviles y medios de transporte operados exclusivamente dentro de propiedades privadas. Pasajeros: Cualquier ocupante autorizado de un vehículo, excluyendo su conductor. 1/2/1511
  • 12. Suscriptor o asegurado: La persona a cuyo nombre se expide la póliza de seguros. Propietario: La persona a cuyo nombre figure registrado el vehículo asegurado en la Dirección General de Impuestos Internos, al momento de ocurrir un accidente, o la persona cuyo nombre se consigne como propietario en el recibo oficial de traspaso o en cualquier otro documento provisto de fecha cierta. Marbete: Es la constancia escrita emitida por el asegurador de la emisión, renovación o endoso de la póliza sujeta a las condiciones, limitaciones y exclusiones de dicho contrato. 1/2/1512
  • 13. Seguro de Ley.- Cubre la suma que legalmente una persona se vea obligada a pagar por daños y perjuicios cubiertos por la póliza, causados accidentalmente por mediación de o a consecuencia del uso del vehículo de motor asegurado y originado dentro del período de vigencia de la póliza. 1/2/1513
  • 15. Lesiones o Muerte a Personas: Protege al asegurado de la responsabilidad civil originada por lesiones corporales, incluyendo muerte, causadas accidentalmente a consecuencia del uso del vehículo del asegurado. Se fijan montos máximos para lesiones o muerte de una persona, y el doble para cuando exista más de una personaafectada. 1/2/1515
  • 16. Riesgo de pasajeros: Protege al asegurado de la responsabilidad civil originada por lesiones o muerte a las personas que ocasionalmente estén dentro subiendo o bajando del vehículo asegurado. El monto para lesiones o muerte a más de un pasajero es el doble de lesiones o muerte a un pasajero. Riesgo de conductor:Cubre las lesiones que sufra el conductor del vehículo asegurado por causas accidentales en accidentes en los cuales se vea envuelto el vehículo asegurado. 1/2/1516
  • 18. • El Cónyuge y los ascendientes, descendientes, hermanos y afines. • Los Socios,Accionistas,Administradores,Encargados, empleados y Dependientes del asegurado cuando actúen en sus calidades. • Los Pasajeros Irregulares. No se consideran“Terceros” 1/2/1518
  • 19. Cubre pérdidas o daños ocasionados al propio vehículo asegurado por la acción de una de las coberturas descritas en la póliza. SEGUROS DE DAÑOS PROPIOS 1/2/1519
  • 20. Colisión y Vuelco (100%) Cobertura Básica Incendio y Robo (50%, 75%, 100%) Rotura De Cristales (sublimitada) Riesgo Comprensivo Opcional 1/2/1520
  • 21. Cubre daños o pérdidas materiales producidas en forma directa y accidental hasta el porcentaje estipulado en la póliza y causadas por incendio, robo, hurto, rayo, explosión, motín, huelgas, daños maliciosos, objetos que caigan, rotura de cristales, fenómenos naturales. La cobertura está sujeta a la aplicación de un coaseguro de 50%, 75% ó 100%. Según Política De Suscripción. 1/2/1521
  • 22. Vehículos Privados 2 % Mensual Vehículos Públicos y de carga 2.5% Mensual 1/2/1522
  • 23. El deducible es la participación del asegurado en un porcentaje o un valor fijo predeterminado de la pérdida. Esta participación puede ser un porcentaje sobre la suma asegurada o sobre el valor de la pérdida, con un mínimo establecido en las condiciones particulares de la póliza. . El uno por ciento (1 %) del valor asegurado con un mínimo de $5,000.00 pesos. 1/2/1523
  • 24. Coberturas Básicas (Seguro de Ley): - RC por Lesiones Corporales y/ o Muerte: a Terceros y Pasajeros - Accidentes Personales al Conductor - Fianza Judicial al Conductor - Daños materiales a la Propiedad de Terceros Opcionales (Daños Propios): - Colisión y Vuelco - Incendio y Robo - Rotura de Cristales (tope máximo x% del valor del vehículo) - Riesgos Comprensivos. Servicios Adicionales: - Casa del Conductor / CMA - Asistencia Auto Rentado - Asistencia Reclamo a Domicilio - Asistencia Aero ambulancia - Asistencia Servicio de Grúa 1/2/1524
  • 25. INFORMACIONES BASICAS SUSCRIPCION Además de las informaciones generales, es necesario conocer la ocupación, solvencia moral y económica del solicitante.  Marca  Modelo  Año  Registro  Chasis  Tipo de vehículo  Cilindraje y/o Tonelaje  Valor del Vehículo (precio en el mercado)  Copia de la Matricula  Coberturas solicitadas 1/2/1525
  • 26. DEPURACION DEL RIESGO: 1) Riesgo Moral (Data crédito, edad vs. Tipo de vehículo, a que se dedica, otros negocios etc.) 1) Detalles y condiciones del vehículo y/o Car fax (www.carfax.com), consultar página CADOAR www.cadoar.org.do 1) Aun recibiendo la inspección realizada por el inspector, debe hacerse la depuración necesaria del riesgo. 1/2/1526
  • 27. DESCUENTOS: 1) Descuentos por Buena Experiencia: 5% 1) Descuentos por Flotillas: De 5 a 10 unidades 5% De 11 a 20 unidades 7.50% De 21 en adelante 10% El descuento máximo bajo la póliza no podrá exceder de X%. En caso de que por razones comerciales el descuento sea mayor, debe quedar evidencias en el expediente de la autorización en el documento y justificación del mismo. RECARGOS: 1) Recargos por Accidentes: Un accidente: se elimina el descuento adquirido Dos accidentes: 10% de recargo Más de dos accidentes: 20% de recargo 1/2/1527
  • 28. La póliza establece que la Compañía de Seguros se compromete a pagar a nombre del asegurado todas las sumas que legalmente este se vea obligado a pagar por daños y perjuicios cubiertos por esta póliza y por cuyas coberturas se haya cobrado una prima específica, causados accidentalmente por mediación de o a consecuencia del uso del vehículo de motor asegurado y que se hayan originado dentro del período de vigencia de la póliza. 1/2/1528
  • 29. 1. Proposición o Solicitud de Seguro. 2. Condiciones Particulares. 3. Condiciones Generales. 4. Endosos.(Cláusulas Especiales,Anexos). Estos documentos conforman un contrato único: «La Póliza». 1/2/1529
  • 30. • Los QueAnulan o Excluyen • Los Que Dan Privilegios o Incluyen • Los que aclaran o recuerdan • Los que otorgan derechos 1/2/1530
  • 31.  Parientes por consanguinidad o afinidad  Empleados durante el desempeño de sus labores  Socios, accionistas, administradores, encargados y dependientes del asegurado.  Personas bajo tutela del asegurado 1/2/1531
  • 32. En Caso de accidente La Compañía se compromete a gestionar con sus propios abogadosy pagar los gastos,honorarios y la prima del contrato de FJ que fueren necesarios para obtener la libertad provisional del conductor, hasta el límite de la cobertura establecida. La Compañía se compromete a defender al asegurado cuando haya sido puesto en causa por un tercero perjudicado. La Compañía se compromete a pagar todas las costas judiciales, siempre que no exceda del límite establecido en la póliza. Fianza Judicial 1/2/1532
  • 33. 33 FACTORES DE RIESGO VEHÍCULO 1/2/15 1. Uso  Privado  Público  Carga 1. Categoría  Urbano  Rural  Escolar  Especial  Otros
  • 34. 34 FACTORES DE RIESGO CONDUCTOR 1/2/15  Edad.  Sexo.  Estado Civil.  Profesión.  Experiencia  Solvencia económica  Solvencia Moral  Nivel Cultural/Académico
  • 36. • Vehículos de hasta cierta edad. • Vehículos Deportivos. • Por marcas • Por modelos • Por año • Por factor de riesgo • Condicionado (Tranca palanca, Lo Jack, inmovilizador). 1/2/1536
  • 37. • Pérdidas o daños por descuido o negligencia • Daños ocasionados cuando al vehículo se le da otro uso al especificado en la solicitud • Alquiler del vehículo asegurado • Conducir el vehículo en estado de embriaguezo drogado • Transporte de explosivos o similares • Remolcar o empujar otro vehículo • Accidentes ocurridos mientras el vehículo esté siendo conducido por personas sin licencia • Motín, Huelgas, Guerras,Invasión* 1/2/1537
  • 38. • Accesorios, Equipo de Música,Aditamentos, etc. • Mercancías transportadas en el vehículo • Daños por vibraciones o desigualdades de terreno • Participación del vehículo en apuestas,desafíos, carreras o concursos de cualquier naturaleza • Daños después de haberse entregado el vehículo a un tercero para realizarle reparaciones o para su venta 1/2/1538
  • 39. Los datos requeridos para la evaluación y aceptación de un riesgo forman parte del cuerpo de la póliza por lo que deben ser recogidos en un formulario de solicitud para poder suscribir y emitir la póliza. Esta información es la que particulariza o individualiza el riesgo y es la que compone el 90% de la información de las Condiciones Particulares. Emisión De Pólizas 1/2/1539
  • 40.  Nombre  Dirección  Teléfono  Número de Cédula  Número de RNC (Compañías)  Ocupación y/o actividad  Copia de cédula  Copia de Licencia de conducir*  Copia de matricula  Otros datos  Firmar formulario solicitud 1/2/1540
  • 41. Este formulario deberá ser llenado, en los casos de Seguros De Daños Propios, por un empleado de la Cía.de Seguros y/o una persona autorizada para hacerlo. Se llenará con las informaciones requeridaspara establecer cuáles eran las condiciones físicas del vehículo en el momento de iniciar la cobertura. Además de verificar físicamente si el No. De la placa, el No. De chasis, el color, el modelo coincide con las informaciones que nos da la matricula. 1/2/1541
  • 42. Cancelación Inclusión Exclusión Cambios (vehículo, asegurado,dirección, intermediario, etc.) Aumentos y disminuciones (de coberturas, de valor asegurado) Cesión de derecho Entre otras modificaciones o cambios 1/2/1542
  • 43. El artículo 73 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas, establece que el pago de la prima es un requisito indispensable para la validez del contrato de seguro. Los pagos que puedan ser acordados no podrán exceder de 120 días desde el inicio de la vigencia. La falta de pago de la prima en la fecha indicada implica, de pleno derecho, por el solo vencimiento, la cancelación del contrato sin necesidad de notificación. 1/2/1543
  • 44. Es el proceso mediante el cual se le da continuidad a una póliza, comenzando un nuevo período de vigencia y cobertura. 1/2/1544
  • 45. Hay dos formas de cancelaciones:  A instancia de la Compañía (Prorrata).  A instancia del Asegurado (escala a corto plazo). 1/2/1545
  • 46. Cuota o porción que le toca a alguien de lo que se reparte. Es la parte calculada en proporción del valor pagado y/o del tiempo consumido en relación a la vigencia de la póliza. Formula . *PN . = P/D 365 días P/D X Días = P/C 1/2/1546
  • 47.  Por un mes o menos 30%  Por dos meses 39%  Por tres meses 47%  Por cuatro meses 56%  Por cinco meses 64%  Por seis meses 72%  Por siete meses 79%  Por Ocho meses 86%  Por más de Ocho meses 100%  Menos Impuestos, comisiones y pagos de reclamaciones 1/2/1547
  • 48. El fraude impacta fuertemente en la siniestralidad de las aseguradoras, perjudicando no sólo a éstas sino también al resto de la sociedad, que debe soportar mayores precios por los seguros. Las entidades aseguradoras implementan diversas políticas antifraude, con equipos internos y con apoyo externo; no obstante, las nuevas modalidades delictivas obligan a adoptar nuevas estrategias. 1/2/1548
  • 49. 49 Los casos de fraude comprenden el autorrobo, el préstamo de póliza, el agravamiento del siniestro y la denuncia de lesiones inexistentes, entre otras infracciones, afectando tanto la cobertura de cascos (DAÑOS PROPIOS) como la de Responsabilidad Civil. 1/2/15
  • 50. 1/2/1550 La lucha antifraude se libra en dos frentes: el de la suscripción y el de la investigación de los casos sospechosos. Por ello, las compañías de seguros entienden que la capacitación del personal en la identificación de las alertas tempranas, así como una adecuada selección y concientización de los productores asesores de seguro son tan importantes como la labor de los departamentos internos de investigación o la contratación de profesionales externos a tal efecto.