Este documento trata sobre la negociación colectiva de los funcionarios públicos en Venezuela. Explica que un funcionario público es toda persona que presta servicios de forma permanente a la administración pública bajo un régimen legal determinado. Luego resume las leyes que rigen la negociación colectiva de los trabajadores públicos, incluyendo los derechos y deberes de los funcionarios, así como los diferentes regímenes laborales en el sector público.
Avances tecnológicos del siglo XXI y ejemplos de estos
Presentación Unidad I
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Bicentenaria de Aragua
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
INFORMÁTICA NIVEL III
Realizado por:
Jessenia Quintero
C.I.19097991
San Joaquín de Turmero, Marzo de 2015
Negociación Colectiva de la Administración Pública
2. Es toda persona que presta sus servicios de
carácter permanente a la administración
Pública bajo un régimen legal determinado.
Según el artículo N° 3, de la Ley del Estatuto
de la Función Pública, un Funcionario ó
Funcionaria Pública será: “Toda aquella
persona natural, que en virtud de
nombramiento expedido por la autoridad
competente, se desempeñe en el ejercicio de
una función pública remunerada, con
carácter permanente”.
¿Qué es un funcionario
público?
3. NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE
TRABAJO DE LOS
FUNCIONARIOS PUBLICOS.
BASE LEGAL:
ARTÍCULO 96 CRBV
ARTÍCULO 6 LOTTT EN CONCORDANCIA CON EL
ARTÍCULO 442 DE LA LOTTT
4. Articulo 6 LOTTT.
Trabajadores(as) al
servicio de la
administración publica
Articulo 442 LOTTT
convenciones colectivas
de trabajo en el sector
publico. Articulo 443
Ejusdem Lineamientos
técnicos y financieros
para la negociación.
Articulo 444 Ejusdem
Estudio económico
comparativo e informe
preceptivo
Articulo 445 Ejusdem
Garantía de la legalidad.
Articulo 446 LOTTT
responsabilidad legal.
Articulo 447 LOTTT
Oportunidad de
aplicación de los
acuerdos.
Acuerdos
Colectivos
6. Derecho Funcionarial
Prestación de Antigüedad
Protección Integral de la maternidad
Organizarse sindicalmente
Solución pacífica de conflictos
Convención Colectiva
Huelga
7. Deberes de los Funcionarios
(LEFP)
Acatar las órdenes e instrucciones
Cumplir con el horario de trabajo
Prestar la información necesaria a los
particulares
Guardar la reserva, discreción y secreto
Vigilar, conservar y salvaguardar los documentos
y bienes de la Administración Pública
Cumplir las actividades de capacitación y perfeccionamiento
Cumplir y hacer cumplir : la CRBV, las leyes, los
reglamentos, los instructivos y las órdenes que deban
ejecutar
8. Régimen Laboral de los
Empleados Públicos
Régimen Estatutario
Artículo 144 CRBV, remite a la
Ley el establecimiento de
Estatuto de la Función Pública
Art. 6 LOTTT
9. Art 6 LOTT
Contratados Obreros
Amparados por la LOTTT
Contratación Colectiva
Tipos de trabajadores que Laboran
en la Administración Pública
Carrera
Libre Nombramiento
y Remoción Art 20
LEFP