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Informática jurídica.
1. Informática Jurídica
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO.
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS.
ESCUELA DE DERECHO.
BARQUISIMETO _ ESTADO LARA.
Autora:
Medina Shirlyn.
Abril 2015.
2. Derecho Informático.
Derecho Informático: Rama de la ciencia
jurídica que considera a la Informática como
instrumento (Informática Jurídica) y objeto de
estudio (Derecho de la Informática).
El Derecho Informático, está constituido por
un conjunto de normas y principios, destinados a
la regulación de las nuevas tecnologías de la
información y las comunicaciones.
La clasificación del Derecho Informático
obedece a dos vertientes fundamentales:
La Informática Jurídica.
El Derecho de la Informática.
3.
4. Características de la
Informática Jurídica.
1. No se encuentra sectorizado o ubicado en una
sola actividad, sino que es amplio y general,
debido a que la informática se aplica en
numerosos sectores de la actividad
socioeconómica.
2. Su unidad viene dada por la originalidad
técnica, impuesta por el fenómeno
informático.
3. Es un derecho complejo, porque los aspectos
técnicos de la informática, en su interrelación
con el Derecho, recaen sobre diversas ramas
o especialidades jurídicas.
5. Técnica interdisciplinaria que tiene por objeto el
estudio e investigación de los conocimientos e la
informática general, aplicable a la recuperación de
información jurídica, así como la elaboración y
aprovechamiento de los instrumentos de análisis y
tratamiento de información jurídica necesarios para
lograr dicha recuperación.
Vertientes:
Informática Jurídica Documentaria
(almacenamiento y recuperación de textos
jurídicos).
Informática Jurídica de Control y Gestión
(desarrollo de actividades jurídico—adjetivas).
Sistemas Expertos Legales o Informática
Jurídica Metadocumentaria (apoyo en la
decisión, educación, investigación, redacción y
previsión del Derecho).