El documento resume el marco normativo en materia de juventud a nivel internacional, nacional y departamental en Colombia. A nivel internacional, destaca la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes de 2005. A nivel nacional, resalta la Ley de Juventud de 1997 y decretos posteriores. A nivel departamental en Antioquia, explica la Política Pública Departamental de Juventud de 2003 y su Plan Estratégico de Desarrollo Juvenil para 2006-2015.
4. Del orden internacional
• ¿Qué es la convención?
• Un instrumento jurídico ÚNICO EN EL
MUNDO que fue firmado por 17 países
en octubre de 2005 en Badajoz,
España, y que se encuentra en vías de
ratificación.
5. Convención Iberoamericana de los
derechos de los jóvenes
¿Cómo se construyó?
DEBATE ELABORACIÓN
DERECHOS Y APROBACIÓN ELECCIÓN
INSTRUMENTO
JÓVENES PROYECTO JURÍDICO - CARTA
IBEROAMERICANOS TEXTO - CARTA
1998 1999 - 2000 2001 - 2002
I II III
CONVENCIÓN,
CONSULTAS, PROCESO
PLANEACIÓN
PLENIPODERES Y RATIFICACIÓN
CONVENCIÓN PAÍSES
CONVENCIÓN
INTERNACIONAL (5 PRIMEROS)
INTERNACIONAL
Y FIRMA
2003
2004/5 2005-2007
IV VI
V
6. La CIDJ procura que a través del
establecimiento de derechos civiles,
políticos, económicos, sociales y
culturales se reconozca a las y los
jóvenes de entre 15 y 24 años como:
Sujetos de derechos
Actores estratégicos del desarrollo
Personas capaces de ejercer con
responsabilidad derechos y libertades
SUJETOS DE PRESENTE!
7. ¿Por qué la CIDJ?
• Porque las y los jóvenes son un
contingente poblacional sin protección
jurídica propia y específica, sobre
quienes hace falta invertir ahora.
Porque es necesario definir en términos
de Derecho Internacional, CRITERIOS y
PAUTAS transversales e
intersectoriales, que se erijan sobre la
base de las
demandas, necesidades, fortalezas y
competencias de la juventud
8. ¿Para que?
• Para multiplicar los puentes de
cooperación entre los países de la
Comunidad Iberoamericana de
Naciones.
Para que cada país desarrolle leyes y
ordenanzas a favor de las y los jóvenes.
Para desarrollar más y mejores políticas
publicas de juventud…
9. La Convención dice:
Sí! No!
• A la paz • A la pena de muerte
• A la igualdad de • A la guerra
género
• A la discriminación
• A los derechos
• A la censura
humanos
• A los abusos
• A la objeción de
conciencia • Al servicio militar
obligatorio
• A la propia imagen
• A la contaminación
• A la libertad
• A la educación sexual
10. Del orden Nacional
LEY DE JUVENTUD
Ley 375 del 4 De Julio de 1997
14 A 26 AÑOS
11. Ley 375 de 1997
• CAPITULO I: De los principios y fundamentos de la ley
(Art. 1-8)
• CAPITULO ll: De los derechos y los deberes de La
juventud (Art. 9-13)
• CAPITULO lll: De las políticas para la participación de la
juventud (Art. 14-17)
• CAPITULO IV: Sistema Nacional de Juventud (Art. 18-25)
• CAPITULO V: De la ejecución de las políticas de juventud
de las instancias estatales (Art. 26-28)
• CAPITULO Vl: De las políticas para la promoción social
de los jóvenes (Art. 29-34)
• CAPITULO Vll : De las políticas para la cultura y la
formación integral de la juventud (Art. 35-42)
• CAPITULO VIII: De la financiación de la ley (Art. 43-49)
• CAPITULO IX: De las disposiciones varias (Art. 50-51)
12. Del orden Nacional
(especifica)
• LEY No. 535 DEL 19 DE NOVIEMBRE DE 1999, Por medio de la cual se
aprueba el "Acta de Fundación de la Organización Iberoamericana
de la Juventud (OIJ)", firmada en Buenos Aires el primero (1o.) de
agosto de mil novecientos noventa y seis (1996)
• DECRETO 089 DE FEBRERO 2 DE 2000: Por el cual se reglamenta la
organización y el funcionamiento de los Consejos de Juventud y se
dictan otras disposiciones.
• DECRETO NUMERO 822 DEL 8 DE MAYO DE 2000: por el cual se crea en
el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el
Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud
"Colombia Joven".
• DECRETO NUMERO 2719 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2000, por el cual se
modifica la estructura del Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República
• DECRETO No. 127 de 19 DE ENERO 2001: Por el cual se crean las
Consejerías y programas Presidenciales en el Departamento
Administrativo de la Presidencia de la República.
13. Del orden nacional
• Política Nacional de Juventud
• Conjunto de iniciativas, acciones y
decisiones que orientan la actividad
del Estado y de la sociedad hacia la
consecución de objetivos sociales
referidos al período vital juvenil.
14. Del orden nacional
PRIORIDADES DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD
Para la incorporación de los temas más importantes en
materia de juventud, puede ser útil la formulación de los
mismos por medio de prioridades claramente
establecidas.
• Paz y transformación pacífica de los conflictos.
• Inserción del país en la sociedad del conocimiento y la
globalización.
• Bienestar y estilos de vida saludables.
• Democracia participativa.
• Construcción de tejido social a través del desarrollo
cultural.
15. Del orden Nacional
PRINCIPALES FUNCIONES : LA NACIÓN
• La dependencia especializada en materia de juventud en el
Nivel Nacional no ejecuta directamente proyectos para
jóvenes.
• Construcción y Difusión de Información y conocimiento.
• Coordinación interinstitucional e intersectorial a nivel
nacional.
• Formular e Implementar la Política Nacional de Juventud.
• Relaciones con el Poder Legislativo e intervención en debates
normativos.
• Apoyo a la entidad especializada en Juventud en los
Departamentos.
• Creación de herramientas para la gestión en materia de
juventud.
16. Del orden Nacional
PRINCIPALES FUNCIONES : EL DEPARTAMENTO
• La dependencia especializada en materia de juventud
en el Nivel Departamental no debe ejecutar
directamente proyectos para jóvenes.
• Construcción y Difusión de Información y conocimiento.
• Coordinación interinstitucional e intersectorial a nivel
Departamental.
• Formular e Implementar la Política Departamental de
Juventud.
• Asesorar y acompañar a los Municipios.
• Apoyo a la entidad especializada en Municipios.
• Eslabón fundamental de la relación entre la Nación y los
Municipios.
17. Del orden Nacional
PRINCIPALES FUNCIONES : EL MUNICIPIO
• El Nivel Municipal debe formular e implementar políticas de juventud
dentro de su jurisdicción, con un alto contenido relacionado a la
formulación y ejecución de programas para jóvenes.
• Coordinación interinstitucional e intersectorial a nivel Municipal.
• Formular e Implementar la Política Municipal de Juventud.
• Ejecutor principal de planes sociales que redunden en el
mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos, y en
consecuencia deberá implementar planes, programas y proyectos
para jóvenes en la jurisdicción de su municipio, sin que sea necesario
que la entidad especializada en juventud sea quién los desarrolle.
• Incorporar la perspectiva poblacional dentro de las políticas
sectoriales del municipio.
• Debe establecer relación con el Departamento.
18. Del orden Departamental
Ordenanza 016 de Noviembre 26 de
2003
“Por la cual se adopta la Política
Pública Departamental de Juventud del
Departamento de Antioquia, según la
Ley 375/97”
19. Del orden Departamental
Criterios que orientan la Política Pública
Departamental de Juventud:
Jóvenes sujetos de derechos y de deberes.
Participación de la Juventud en las decisiones
que la afectan
Reconocimiento de la identidad y la diversidad
juvenil Antioqueña.
Equidad de género y atención específica y
diferenciada a la población juvenil rural y
urbana.
Promoción de la autonomía y el compromiso
social juvenil
Reconocimiento de la doble condición de la
juventud: su vulnerabilidad y sus
potencialidades.
La Integración Social y la Confianza Mutua
20. Del orden Departamental
Líneas de Acción de la Política Pública
Departamental de Juventud:
Convivencia pacífica para la protección de la vida
Promoción de la Democracia, la Organización y la
Participación Juvenil.
Salud integral para los jóvenes Juventud y Medio Ambiente
Vinculación de los jóvenes al mundo laboral y protección
del empleo juvenil.
Desarrollo científico y tecnológico de la juventud
antioqueña inventiva
Atención integral a jóvenes en condiciones especiales
Promoción de las identidades y expresiones culturales de
los jóvenes.
Impulso del deporte, la recreación y uso creativo del
tiempo libre.
22. Del orden Departamental
Ordenanza 016/03
Sistema Departamental de Juventud
INSTANCIAS ESTATALES
•Oficinas o Instancias municipales INSTANCIAS SOCIALES
responsables de juventud •Consejos Municipales y
•Asesoría Departamental para la Departamental de Juventud
Juventud. •Organizaciones y redes
•Comité Gubernamental juveniles.
•Instituciones y organizaciones
Departamental de Juventud no gubernamentales que
•Comités Subregionales de trabajan con juventud y sus
Juventud redes.
•Consejo Departamental de Política
Social
INSTANCIAS MIXTAS
•Red Departamental de Trabajo con Juventud
•Organismos de Cooperación Nacional e Internacional
23. Del orden Departamental
Ordenanza 19 del 15 de agosto de 2006
CONSEJO DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD - CDJ-
• Estará integrado por 15 Consejeros.
• Por un periodo de tres años.
• Asambleas Subregionales.
• Un Consejero: Suroeste, Oriente, Occidente, Urabá, Norte,
Nordeste, Magdalena Medio y Bajo Cauca.
• Dos Consejeros: Medellín y Valle de Aburrá sin contar
Medellín.
• Un Consejero: Comunidades Indígenas.
• Un Consejero: Comunidades Afrodescendientes.
• Un Consejero: Discapacidad.
24. Del orden Departamental
PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO JUVENIL DE
ANTIOQUIA PEDJ 2006-2015
Es un ejercicio permanente, reflexivo y
comparativo, para el direccionamiento de la
Política Pública Departamental de Juventud,
en la búsqueda de la Unidad, el acceso a
bienes y servicios y el equilibrio social, con el
fin de mejorar las condiciones y el disfrute de
la Condición Vital de los Jóvenes.
25. Del orden Departamental
• COMPONENTE ESTRATÉGICO
1. Macroproblema
2. Visión
3. Escenario Apuesta
4. Objetivo del Plan
5. Criterios(Política Departamental de Juventud)
6. Relación L.E. : PLANEA – PEDJ – PDD
• Líneas Estratégicas (4): Nombre, Objetivo, Metas.
• Programas (10): Nombre, Objetivos, Indicadores.
• Proyectos (28): Nombre, Justificación,
Ubicación geográfica, Objetivos, Acciones: (2007-
2011-2015), Actores( Portadores de obligaciones y
Participantes), Articulación proyectos:
(Justificación).
26. Del orden Departamental
Componente Estratégico
MACROPROBLEMA VISIÓN
Al 2015 la sociedad Antioqueña ha
Un número significativo de la reconocido y creado las condiciones
para la garantía de los derechos de los
población juvenil Antioqueña vive
en condiciones de inequidad, .son
y las jóvenes promoviendo el desarrollo
pleno de sus potencialidades y Planes
vulnerados sus derechos y tienen capacidades. De iogual manera estos
Municipales
limitadas oportunidades para el habrán asumido las responsabilidades
de Juventud
desarrollo pleno de sus consigo mismos, con sus pares, con
potencialidades; lo que les impide otras generaciones y con la sociedad
su autorealización, el goce y asumiendo su rol de actores
bienestar de su condición juvenil estratégicos del desarrollo.
para su proceso de construcción Las acciones que el Estado y la
sociedad civil desarrollen estarán
de identidad y aportar a la
integradas y en coherencia con la
transformación del departamento. sigularidad de la población juvenil del
Departamento como contribución al
logro de la equidad social.
27. Del orden Departamental
Componente Estratégico
ESCENARIO APUESTA OBJETIVO DEL PLAN
Contribuir al mejoramiento de las
La juventud antioqueña cuenta condiciones sociales, culturales,
. ambientales, económicas y
con un contexto propicio para su Planes
formación, adquisición de políticas de vida de la juventud
Municipales
conocimientos, desarrollo de su antioqueña, mediante acciones
de Juventud
concertadas y orientadas al
pensamiento crítico y capacidad
de gestión para aportar al cambio aumento de su inclusión social, la
y son sujetos activos en su proceso garantía de sus derechos, el
de autorrealización y incremento de oportunidades para
transformación de su comunidad y el despliegue de sus
del departamento. potencialidades a favor de su
autorealización, bienestar y
compromiso con el desarrollo
equitativo, sostenible y sustentable
de Antioquia.
28. NUESTRO PRODUCTO
• Luego de haber conocido todo el marco
normativo internacional, nacional y
departamental, harás los siguiente.
• Consulta como es el marco normativo de tu
municipio con materia de juventud (acuerdo,
decretos, resoluciones, etc.)
• Con esos insumos realiza una gran relatoría,
que será compartida con los ALJ, publicándola
en nuestro grupo de la red social.
29. Normatividad en Juventud
• Recuerda siempre consultar buenas
fuentes de información, así podremos ser
mas objetivos con nuestra opiniones.
• El documento deberá ser publicado antes
del 31 de octubre.
Gracias!!!