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MUNICIPIO DE ABRIAQUI ANTIOQUIA
PROCESO DE SELECCIÓN –
CONTRATACION CON ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO DE RECONOCIDA IDONEIDAD
N° 001-ESAL-2018
INVITACION A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
OBJETO
“Asistencia técnica y agropecuario para fortalecer la Seguridad Alimentaria y
Nutricional - Salud y Nutrición de la población pobre y vulnerable rural (JUNTOS) del
Municipio de Abriaquí, Antioquia”
Enero 23 de 2018
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INVITACION:
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del decreto 092 de 2018 el Municipio
de Abriaquí, Antioquia se permite invitar a todas las ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO de
reconocida idoneidad para que presenten ofertas para la Asistencia técnica y
agropecuario para fortalecer la Seguridad Alimentaria y Nutricional - Salud y Nutrición de
la población pobre y vulnerable rural (JUNTOS) del Municipio de Abriaquí, Antioquia.
Conforme a las condiciones requeridas y establecidas en la presente invitación y en los
estudios previos.
CONDICIONES PREVIAS:
El Artículo 4 del decreto 092 de 2018 establece que en los proceso de
contratación con entidades sin ánimo de lucro y cuando existe más de una
entidad sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad La Entidad Estatal del
Gobierno Nacional, departamental, distrital y municipal deberá adelantar un
proceso competitivo para seleccionar la entidad sin ánimo de lucro contratista,
cuando en la etapa de planeación identifique que el programa o actividad de
interés público que requiere desarrollar es ofrecido por más de una Entidad sin
ánimo de lucro.
En el proceso competitivo la Entidad Estatal deberá cumplir las siguientes
fases: (i) definición y publicación de los indicadores de idoneidad, experiencia,
eficacia, eficiencia, economía y de manejo del Riesgo y los criterios de
ponderación para comparar las ofertas: (ii) definición de un plazo razonable
para que las entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad
presenten a la Entidad Estatal sus ofertas y los documentos que acrediten su
idoneidad, y (iii) evaluación de las ofertas por parte de la Entidad Estatal
teniendo en cuenta los criterios definidos para el efecto.
Las Entidades Estatales no están obligadas a adelantar el proceso competitivo
previsto en este artículo cuando el objeto del Proceso de Contratación
corresponde a actividades artísticas, culturales, deportivas y de promoción de
la diversidad étnica colombiana, que solo pueden desarrollar determinadas
personas naturales o jurídicas, condición que debe justificarse en los estudios y
documentos previos
CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con lo dispuesto en la ley 850 de 2003, artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y
el Decreto 1082 de 2015 y el Artículo 270 de la Constitución Política de Colombia, se
invita a las veedurías ciudadanas en la contratación estatal a realizar acompañamiento y
seguimiento dentro de todas las etapas del presente proceso contractual.
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FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Que el Artículo 355 de la Constitución Política establece que; “El Gobierno, en los niveles
nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos
presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de
reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público
acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional
reglamentará la materia”.
que para tal fin el Gobierno Nacional expidió el decreto 092 de 2017 Por el cual se
reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace
referencia el inciso 2o del artículo 355 de la Constitución Política y el en su artículo 2
dispuso; “Las Entidades Estatales del Gobierno nacional, departamental, distrital y
municipal pueden contratar con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida
idoneidad en los términos del artículo 355 de la Constitución Política y del presente
decreto, siempre que el Proceso de Contratación reúna las siguientes condiciones: a) Que
el objeto del contrato corresponda directamente a programas y actividades de interés
público previstos en el Plan Nacional o seccional de Desarrollo, de acuerdo con el nivel de
la Entidad Estatal, con los cuales esta busque exclusivamente promover los derechos de
personas en situación de debilidad manifiesta o indefensión, los derechos de las minorías,
el derecho a la educación, el derecho a la paz, las manifestaciones artísticas, culturales,
deportivas y de promoción de la diversidad étnica colombiana; b) Que el contrato no
comporte una relación conmutativa en el cual haya una contraprestación directa a favor
de la Entidad Estatal, ni instrucciones precisas dadas por esta al contratista para cumplir
con el objeto del contrato, y c) Que no exista oferta en el mercado de los bienes, obras y
servicios requeridos para la estrategia y política del plan de desarrollo objeto de la
contratación, distinta de la oferta que hacen las entidades privadas sin ánimo de lucro; o
que, si existe, la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro represente la
optimización de los recursos públicos en términos de eficiencia, eficacia, economía y
manejo del Riesgo. En los demás eventos, la Entidad Estatal deberá aplicar la Ley 80 de
1993, sus modificaciones y reglamentos. La Entidad Estatal del Gobierno nacional,
departamental, distrital y municipal que contrate bajo esta modalidad deberá indicar
expresamente en los Documentos del Proceso, cómo el Proceso de Contratación cumple
con las condiciones establecidas en el presente artículo y justificar la contratación con
estas entidades en términos de eficiencia, eficacia, economía y manejo del riesgo. Estas
Entidades Estatales pueden contratar con entidades privadas sin ánimo de lucro y de
reconocida idoneidad en los términos del presente decreto, previa autorización expresa de
su representante legal para cada contrato en particular que la Entidad Estatal planee
suscribir bajo esta modalidad. El representante legal de la Entidad Estatal no podrá
delegar la función de otorgar esta autorización. La Entidad Estatal deberá acreditar en los
Documentos del Proceso la autorización respectiva”
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que se entiende por reconocida idoneidad la experiencia con resultados satisfactorios que
acrediten la capacidad técnica y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro para
realizar el objeto del contrato. La autoridad facultada para celebrar el respectivo contrato
deberá evaluar dicha calidad por escrito debidamente motivado, lo cual ha sido evaluado
por la entidad en el análisis del sector y estudios previos conforme consta en dichos
documentos.
092 de 2018 establece que en los proceso de contratación con entidades sin ánimo de
lucro y cuando existe más de una entidad sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad La
Entidad Estatal del Gobierno Nacional, departamental, distrital y municipal deberá
adelantar un proceso competitivo para seleccionar la entidad sin ánimo de lucro
contratista, cuando en la etapa de planeación identifique que el programa o actividad de
interés público que requiere desarrollar es ofrecido por más de una Entidad sin ánimo de
lucro.
El Artículo 4 del decreto 092 de 2018 establece que en los proceso de contratación con
entidades sin ánimo de lucro y cuando existe más de una entidad sin ánimo de lucro de
reconocida idoneidad La Entidad Estatal del Gobierno Nacional, departamental, distrital y
municipal deberá adelantar un proceso competitivo para seleccionar la entidad sin ánimo
de lucro contratista, cuando en la etapa de planeación identifique que el programa o
actividad de interés público que requiere desarrollar es ofrecido por más de una Entidad
sin ánimo de lucro.
En el proceso competitivo la Entidad Estatal deberá cumplir las siguientes fases: (i)
definición y publicación de los indicadores de idoneidad, experiencia, eficacia, eficiencia,
economía y de manejo del Riesgo y los criterios de ponderación para comparar las ofertas:
(ii) definición de un plazo razonable para que las entidades privadas sin ánimo de lucro de
reconocida idoneidad presenten a la Entidad Estatal sus ofertas y los documentos que
acrediten su idoneidad, y (iii) evaluación de las ofertas por parte de la Entidad Estatal
teniendo en cuenta los criterios definidos para el efecto.
1. OBJETO DEL PROCESO Y EL CONTRATO
Asistencia técnica y agropecuaria para fortalecer la Seguridad Alimentaria y Nutricional -
Salud y Nutrición de la población pobre y vulnerable rural (JUNTOS) del Municipio de
Abriaquí, Antioquia
ESPECIFICACIONES TECNICAS.
Para tal efecto y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.1 del decreto
1082 de 2015 se establecen las condiciones técnicas mínimas:
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ITEM CANTIDAD
Profesional Emprendimiento 1
Tecnólogo Agropecuario 1
kit de Semillas certificadas (kits), su cantidad y elementos se entregara
de conformidad con informe del agrónomo en el cual se establezca la
capacidad de producción del beneficiario hasta el monto acordado 20
kit de Abonos (kits) su cantidad y elementos se entregara de
conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo
en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario
hasta el monto acordado 20
kit de Fertilizantes (kits) su cantidad y elementos se entregara de
conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo
en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario
hasta el monto acordado 20
Herramientas (Kits) su cantidad y elementos se entregara de
conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo
en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario 20
Talleres a todo costo incluida convocatoria, logística y refrigerios 10
jornada muestra agropecuaria con productores beneficiarios zona
urbana (incluye apoyo para el traslado de beneficiarios y productos,
logística general) 1
Clasificación UNSPSC Descripción
70141500 Producción de cultivos
80141900 Exhibición y ferias comerciales
93131600 Planeación y programas de políticas de nutrición
y alimentación.
85151600 Asuntos nutricionales
86101700 Servicios de capacitación vocacional no científica
ESPECIFICACIONES TECNCIAS ADICIONALES.
Personal requerido:
 Profesional Emprendimiento:
Perfil: profesional en administración de empresas o áreas afines
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Experiencia general: 01 año experiencia, los cuales serán contados a partir de la
fecha de expedición de la matricula profesional.
Experiencia específica: 06 meses en contratos relacionados con productividad,
competitividad y emprendimiento, está certificado mediante la presentación de al
menos dos certificados en donde se haya desempeñado en dichas áreas.
 Tecnólogo Agropecuario:
Perfil profesional: tecnólogo o profesional en agropecuaria o áreas afines.
Experiencia general: 01 años de experiencia, los cuales serán contados a partir de
la fecha de expedición de la matricula profesional.
Experiencia especifica: 06 meses en contratos relacionados con acompañamientos
o accesorias agropecuarias, está certificado mediante la presentación de al menos
dos certificados en donde se haya desempeñado en dichas áreas.
Además de lo anterior, deberá de:
 Ejecutar el objeto del contrato de acuerdo con lo estipulado en la oferta presentada.
 Convocar a la comunidad y beneficiarios a las jornadas de asistencia y capacitación.
 Realizar la asesoría y seguimiento a las familias beneficiarias.
 El suministro, transporte, cargue y descargue de todas las herramientas, elementos
necesarios y materiales estará a cargo del Contratista.
2. PRESUPUESTO OFICIAL JUSTIFICADO
El valor estimado del contrato es la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS
CUARENTA MIL PESOS. ($ 76.440.000,00), con cargo a la disponibilidad presupuestal
número N° 049 del 22 de enero de 2018 expedido por la Secretaría de Hacienda Municipal
para la adquisición de los siguientes bienes y servicios a los precios del estudio de
mercado.
ITEM CANTIDAD
VALOR
UNITARIO
TIEMPO
(Meses)
VALOR
TOTAL
Profesional Emprendimiento (mes 3,4 y
5) 1 $3.100.000 $5 $15.500.000
Asistente Agropecuario ( mes 1, 2 y 5) 1 $1.900.000 $5 $9.500.000
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kit de Semillas certificadas (kits), su
cantidad y elementos se entregara de
conformidad con informe del agrónomo
en el cual se establezca la capacidad de
producción del beneficiario hasta el
monto acordado 20 $180.000 $1 $3.600.000
kit de Abonos (kits) su cantidad y
elementos se entregara de conformidad
con la necesidad plasmada en el informe
del agrónomo en el cual se establezca la
capacidad de producción del beneficiario
hasta el monto acordado 20 $330.000 $2 $13.200.000
kit de Fertilizantes (kits) su cantidad y
elementos se entregara de conformidad
con la necesidad plasmada en el informe
del agrónomo en el cual se establezca la
capacidad de producción del beneficiario
hasta el monto acordado 20 $250.000 $2 $10.000.000
Herramientas (Kits) su cantidad y
elementos se entregara de conformidad
con la necesidad plasmada en el informe
del agrónomo en el cual se establezca la
capacidad de producción del beneficiario 20 $150.000 $1 $3.000.000
Talleres a todo costo incluida
convocatoria, logística y refrigerios 10 $390.000 $1 $3.900.000
jornada muestra agropecuaria con
productores beneficiarios zona urbana
(incluye apoyo para el traslado de
beneficiarios y productos, logística
general) 1 $5.000.000 $1 $5.000.000
Subtotal $63.700.000
Administración 20% $12.740.000
Total $76.440.000
PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán venir escritas a máquina o computador, foliadas en orden
consecutivo en su totalidad y con un índice donde se relacione el contenido total de la
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propuesta. En caso de que las propuestas no se presenten debidamente numeradas, este
riesgo será soportado por el proponente. El MUNICIPIO en ningún caso procederá a la
numeración respectiva. Deberán entregarse en el lugar, y hasta el día y hora fijadas en el
cronograma del proceso.
DILIGENCIA DEBIDA E INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO, RESPONSABILIDAD DEL
PROPONENTE Y EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN.
Será responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones que
conlleva la presentación de su oferta y para tal efecto deberá realizar todas las
evaluaciones que sean necesarias para su presentación sobre la base de un examen
cuidadoso de las características del negocio.
Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el
examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la
misma.
La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar el
proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad, e igualmente la interpretación
que haga de la información que obtenga a partir de las declaraciones realizadas durante el
transcurso de cualquier audiencia, visita o reunión.
El MUNICIPIO, no entregará para los fines de presentación y preparación de propuestas
para el presente proceso, bien, documentación o manuales de ninguna naturaleza
asociados a las descripciones y especificaciones técnicas de los elementos y/o servicios
que se van a adquirir. En consecuencia, es responsabilidad del proponente, al asumir los
deberes de garantía asociados con el suministro de los bienes y/o servicios que se solicitan
a través de la presente contratación, conocer plenamente las condiciones técnicas de los
bienes y/o servicios a suministrar, sin perjuicio de la facultad que asiste a los interesados
de solicitar por escrito información puntual que le permita precisar los aspectos que
puedan incidir en la formulación de su propuesta.
La presentación de la respectiva propuesta constituyen reconocimiento y aceptación por
parte del proponente, de que el MUNICIPIO, los representantes, funcionarios, y los
asesores externos de aquel, que han apoyado o se encuentran apoyando la estructuración
y desarrollo del proceso de selección, no estarán sujetos a responsabilidad alguna
presente o futura derivada de la información tenida en cuenta por el proponente para
presentar su oferta alusiva al pliego, o en las declaraciones realizadas durante el
transcurso de cualquier visita que llegue a ser efectuada, o proporcionada en cualquier
otra forma, ya sea verbal o escrita, en relación con el proceso de selección, sea o no socio,
empleado, agente, representante, asesor o consultor de cualquiera de ellos, tenga
conocimiento o debiera haber tenido conocimiento de error u omisión alguna, o hayan
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sido responsables de su inclusión u omisión en este documento o en otro documento o
declaración.
La recepción del pliego de condiciones por cualquier persona, o de cualquier información
contenida en este documento o proporcionada en conjunto con el mismo o comunicada
posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, con respecto a una
operación propuesta que involucra al MUNICIPIO, no podrá ni deberá considerarse como
una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal o de otra naturaleza, por
parte de los funcionarios, asesores, consultores externos o representantes de estos.
Como consecuencia de lo anterior, el proponente, al elaborar su propuesta, deberá tener
en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cuales quiera que ellos sean, se deberán
basar estrictamente en sus propios estudios económicos y en su propias estimaciones.
Cada proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados
con la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual el MUNICIPIO no será
responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso
de selección y contratación.
Igualmente, corresponderá al proponente la responsabilidad de determinar, evaluar y
asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de
cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato, para lo cual se
recomienda a los proponentes obtener Asesoría calificada.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA:
Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y se
encuentre ajustada al Pliego de Condiciones.
Son causales para el rechazo o desafiliación de las propuestas, las siguientes:
a. Cuando una vez realizada la revisión y corrección aritmética, el valor de la propuesta
del ítem supere el presupuesto oficial del ítem, caso en el cual se rechazará la oferta
total.
b. Cuando se ofrezcan menores o mayores cantidades a las mínimas exigidas para el
ítem.
c. Cuando el proponente no cumpla con todos y cada uno de los indicadores financieros
establecidos en el Pliego de Condiciones.
d. Cuando la Capacidad Patrimonial y la capacidad de organización operacional que se
acredite para el proceso, sea menor a la Capacidad Requerida en cada caso.
e. Cuando la oferta económica no tenga anexo los APU que justifiquen el valor unitario
de cada uno de los items y que estos no correspondan con los valores de cada uno de
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los ítems, lo anterior en consideración que los APU integran y complementan la oferta
económica.
f. La no presentación de los formularios de obligatorio cumplimiento suscrito y bajo las
condiciones exigidas en el mismo o en el presente Pliego de Condiciones.
g. Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido
correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a
observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.
h. Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación
del principio de selección objetiva.
i. Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del
consorcio o unión temporal se encuentre incursa en las causales de inhabilidades o
incompatibilidades fijadas por la Constitución y las normas aplicables a la contratación
pública.
j. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan
datos tergiversados o alterados que impidan la comparación objetiva de las
propuestas.
k. Cuando estén incompletas en cuanto omitan la inclusión de información o de alguno
de los documentos necesarios para la comparación objetiva de las propuestas y
solicitada su aclaración, no se presente o se presente en forma incompleta,
extemporánea o insuficiente las aclaraciones solicitadas dentro del término
establecido por el MUNICIPIO DE ABRIAQUI, salvo cuando el evaluador pueda inferir
o deducir la información necesaria para la comparación de los demás documentos
que conforman la propuesta, en los términos que establece la ley y/o los pliegos de
condiciones.
l. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier
condición o modalidad.
m. Cuando la propuesta omita algún aspecto técnico de obligatorio cumplimiento
establecido en el pliego de condiciones.
n. Cuando el objeto social principal del oferente, o de cada uno de los miembros de la
Unión Temporal o Consorcio o la actividad mercantil del comerciante no tenga una
relación directa con el objeto del proceso de selección, según el tipo de sociedad
comercial que se acredite.
o. La presentación de varias ofertas, por el mismo proponente, para el mismo proceso,
por si o por interpuesta persona, en Consorcio, Unión Temporal o individualmente.
p. Cuando la propuesta presente enmiendas, tachaduras o entrelineados, que impida la
selección objetiva.
q. Cuando el oferente no presente la correspondiente garantía técnica en los términos
fijados en el presente pliego
r. Cuando la vigencia de las Personas Jurídicas y/o Consorcios ó Uniones Temporales sea
inferior al plazo de duración del contrato y el termino adicional requerido.
s. Cuando el documento de conformación del Consorcio o de la Unión Temporal no se
encuentre firmado por todos sus integrantes.
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t. Cuando la Carta de Presentación de la oferta no se encuentre firmada por el
competente para el efecto o no se allegue.
u. Cuando no se presente garantía de seriedad junto con la oferta.
v. Cuando la Garantía de Seriedad de la oferta no haya sido otorgada por todos los
integrantes del proponente plural, para el caso de Unión Temporal, Consorcio o
promesa de sociedad futura.
w. Cuando la oferta no sea presentada personalmente por la persona natural o el
representante legal de la persona jurídica o un tercero con poder especial original
debidamente autenticado ante autoridad competente en la dirección establecida en
el cronograma de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del D.L. 019 de 2012
que permita suscribir el acta de recibo a nombre del representado y las obligaciones y
derechos que sobrevienen con la presentación de la oferta
x. Cuando la información inscrita en el Registro Único de Tributario o el CIIU no se
encuentre vigente al momento de la presentación de la oferta, de conformidad con lo
señalado en el artículo 221 del decreto 019 de 2012 y la Resolución No. 66 del 31 de
enero de 2012 mediante la cual Departamento Administrativo Nacional de Estadística
– DANE, estableció la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU Revisión 4
adaptada para Colombia. Y la resolución 139 del 21 de noviembre de 2012 Por la cual
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, adopta la Clasificación de
Actividades Económicas – CIIU revisión 4 adaptada para Colombia, para efectos del
control y determinación de los impuestos y demás obligaciones tributarias, aduaneras
y cambiarias.
y. Cuando no se presente en el sobre de original de la propuesta la documentación
original que así se requiera.
z. Cualquier otra causa contemplada en la ley.
aa. Las demás establecidas en los estudios previos.
CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO
El MUNICIPIO DE ABREAQUI declarará desierto el presente proceso dentro del plazo
previsto para adjudicar bajo los siguientes términos:
a. Cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ningún oferente el
contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser
adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la
selección objetiva.
b. No se presentaron manifestaciones de interés ni propuestas.
c. Ninguna de las propuestas cumple con los requerimientos de la entidad
NOTA: La declaratoria de desierta del proceso se hará mediante acto administrativo
motivado, el cual se notificará y comunicará a todos los proponentes.
ADJUDICACIÓN
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La adjudicación del presente proceso se efectuará mediante acto administrativo
debidamente motivado
CONDICIONES MINIMAS DEL CONTRATO:
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión del proceso de
selección y del contrato, EL CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor del
Municipio de Abriaquí, una garantía que avalará el cumplimiento de las obligaciones
surgidas del contrato, la cual consistirá en una póliza expedida por una compañía de
seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha
de suscripción del contrato y que contenga los siguientes amparos:
Amparo Suficiencia Vigencia
Cumplimiento del Contrato
Será del veinte por
ciento (20%), del valor
del contrato, incluyendo
las adiciones
Plazo del contrato y 120 días
más.
Pago de salarios prestaciones
sociales legales e
indemnizaciones laborales
Será del veinte por
ciento (20%), del valor
del contrato, incluyendo
las adiciones
Plazo del contrato y tres (3)
años más.
El contratista se compromete a tener vigente la garantía durante todo el tiempo que
demande la ejecución del contrato, so pena de la Entidad haga efectiva la cláusula penal
compensatoria de este contrato.
LUGAR DE ENTREGA
Secretaria de Gobierno del Municipio de Abriaquí, Antioquia. edificio municipal, segundo
piso
VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato será el establecido de conformidad con el valor de la oferta
económica de la propuesta seleccionada.
FORMA DE PAGO
La Entidad pagará el valor del contrato, por medio de cuentas mensuales de conformidad
con las actividades ejecutadas. El pago solo se hará efectivo con la presentación de la
cuenta de cobro o factura legal ante la administración municipal, informe de actividades,
certificación por parte del interventor, previa verificación del cumplimiento de las
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actividades y calidad de los resultados. Adicionalmente, el contratista, deberá acreditar
cada vez que solicite el pago, que se encuentra al día con los pagos al Sistema Integral de
Seguridad Social y aportes parafiscales. De igual manera se puede señalar que el pago se
realizara de acuerdo al cronograma de pagos de la Tesorería Municipal y previo visto
bueno por parte del Supervisor.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
DEL CONTRATISTA
Además de las obligaciones inherentes al presente contrato, el contratista se compromete
a:
 Cumplir con las condiciones establecidas en la ley y los estudios previos y el pliego
de condiciones definitivo.
 Cumplir con las características técnicas, plazos de entrega y demás condiciones
establecidas en los estudios previos, invitación y contrato derivado del presente
proceso de contratación.
 Suscribir las modificaciones acordadas entre las partes, para efectos de garantizar
la ejecución y el cumplimiento idóneo y oportuno del objeto contratado, dentro de
los cinco (5) días siguientes al requerimiento por parte de la empresa.
 No suministrar ninguna clase de información o detalle a terceros y mantener como
documentación clasificada todos los aspectos relacionados con el contrato.
 Mantener la debida reserva respecto de los asuntos técnicos e instalaciones de las
Fuerzas Militares de la República de Colombia, conocidos por el CONTRATISTA
durante el desarrollo del contrato o con posterioridad al mismo
 Cancelar todos los derechos e impuestos que se derivan con ocasión del contrato,
establecidos o que se establezcan en el país, de acuerdo con las leyes colombianas.
 Cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral,
parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar), lo cual deberá acreditar debidamente para iniciar la ejecución
del contrato y para hacer efectivo el pago. El incumplimiento de estas obligaciones,
será causal para que la empresa le imponga multas sucesivas hasta tanto éste dé
cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la
respectiva entidad administradora, de conformidad con lo establecido en el
artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el parágrafo 2º del artículo 1º de la Ley 828 de
2003
 Las obligaciones asumidas en las especificaciones técnicas adicionales del proceso
de contratación.
 Las demás que sean propias del objeto del proceso en mención.
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
 Cumplir con las condiciones establecidas en la ley, en el pliego de condiciones
definitivo.
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 Pagar el valor del presente contrato.
 Recibir los bienes objeto del presente proceso de selección, siempre y cuando
cumpla con las especificaciones normas y/o fichas técnicas requeridas.
GENERALIDADES DEL CONTRATO
SUPERVISOR: El seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre
el cumplimiento del objeto del contrato producto de la presente Contratación será
adelantada por la secretaria de Planeación y D.T en términos de la Ley 1474 de 2011.
PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. - El presente contrato se perfecciona con la
aceptación de la oferta, disponibilidad presupuestal, registró presupuestal, su ejecución
una vez se suscriba el acta de inicio
CUMPLIMIENTO DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL. Es
obligación de EL CONTRATISTA garantizar y demostrar el cumplimiento de sus
obligaciones frente al SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, lo que deberá acreditar
durante los primeros diez días hábiles de cada mes, mediante la entrega de los respectivos
soportes de pago o certificación expedida por el Revisor Fiscal o Contador Público, los
cuales hará llegar al archivo administrativo de la Empresa y formará parte del presente
contrato. El incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas
sucesivas diarias equivalentes al 0.5% del valor del contrato, hasta tanto se del
cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la
entidad administradora
LIQUIDACIÓN BILATERAL DEL CONTRATO: Una vez terminado el contrato se liquidará de
común acuerdo entre las partes dentro de los cuatro (4) meses siguientes contados a
partir de la finalización del mismo o de la expedición del acto administrativo que ordene la
terminación anticipada o a la fecha del acuerdo que lo disponga. También en esta etapa
las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta
de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las
partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para
la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si se solicitó y si es del
caso, de la garantía del contrato a la calidad servicio suministrado, al pago de salarios,
prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las
obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato
LIQUIDACION UNILATERAL: Si el CONTRATISTA, no se presenta a la terminación o las
partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro del plazo establecido
en la cláusula anterior y los subsiguientes dos meses, será practicada directa y
unilateralmente por la Entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible
del recurso de reposición; de la misma manera se procederá a la liquidación unilateral si el
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contratista no ejecuta el objeto de manera satisfactoria o si en más de una vez el
interventor no certifica el trabajo como satisfactorio, de manera demostrable.
SUSPENSIÓN TEMPORAL: Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de
común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato
mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del
plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. En este caso se prorrogará la
vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión (si fuese necesaria).
En el acta de suspensión se expondrán los motivos que hayan dado lugar a la misma, la
obligación del CONTRATISTA de prorrogar la vigencia de la garantía única por un término
igual al de la suspensión y se fijará la fecha en la cual se reiniciará el contrato.
DOMICILIO. Para todos los efectos legales inherentes a este contrato las partes fijan como
domicilio el Municipio de ABREAQUI (Antioquia).
CONTROL POSTERIOR. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 42 de 1993 y Ley 610 de
2000, el control posterior ordenado por la Ley, será ejercido por la Contraloría General de
Antioquia
SANCIONES: Las partes convienen en establecer las siguientes formas de sancionar el
incumplimiento de las obligaciones recíprocamente adquiridas en virtud del presente
contrato. Previo agotamiento del debido proceso establecido en el artículo 86 de la ley
1474 de 2011, para la imposición de multas por parte de la Administración así: a) En el
evento de presentarse retardo en la entrega, de conformidad con lo previsto en la
cláusula del plazo de ejecución del presente contrato y con el fin de que el CONTRATISTA
cumpla debidamente la ejecución del contrato, se impondrán multas, cuyo valor se
liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor contrato por cada día
de retardo y hasta por un plazo máximo de quince (15) días calendario en calidad de
sanción por el simple hecho del incumplimiento. Esta sanción se impondrá conforme a la
Ley. b) En el evento de presentarse devolución del bien y/o el servicio, por no cumplir el
mismo con las especificaciones técnicas del presente contrato, retrasando la entrega del
mismo, se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor de los
bienes y/o servicios dejados de entregar y/o prestar, por cada día de retardo y hasta por
un plazo máximo de 15 días. c) En el evento de que el contratista no desarrolle a tiempo
las actividades señaladas en el cronograma que acompaña la oferta y demás obligaciones
contractuales, se impondrán multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto
cinco por ciento (0.5%) del valor del ítem y/o bien cuya actividad no se haya desarrollado
por cada día de retardo en la actividad y hasta por un plazo máximo de quince (15) días
calendario en calidad de sanción. d) La Entidad podrá declarar el incumplimiento del
contrato cuando no sean satisfechas cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista.
PAGO DE LAS MULTAS: El pago de las multas a que se refiere esta cláusula podrá exigirse
por la vía ejecutiva. Si dicho pago no se hubiere efectuado durante el término de duración
del contrato, podrá descontarse de los saldos pendientes a favor del contratista y se
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tendrá en cuenta al momento de su liquidación. Para tal efecto EL CONTRATISTA autoriza
a la EMPRESA para hacer los descuentos correspondientes. EXTENSIÓN PARA LAS DEMÁS
OBLIGACIONES CONTRACTUALES: Esta sanción puede hacerse efectiva por parte de la
Empresa , no sólo para la obligación de entregar los bienes y/o servicios, sino para las
demás obligaciones contractuales, especialmente si se trata de la obligación por parte del
CONTRATISTA de suscribir las adiciones y/o modificaciones acordadas o cualquier otro
acuerdo que conste en documento y que se perfeccione con la suscripción del mismo por
las partes aquí involucradas.
PENAL PECUNIARIA: Con el fin de sancionar al CONTRATISTA por el hecho de declararse la
caducidad administrativa o el incumplimiento definitivo del contrato, previo agotamiento
del debido proceso establecido en el artículo el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, las
partes convienen, como pena pecuniaria, la obligación del CONTRATISTA de pagar la suma
equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato sin perjuicio de que el
CONTRATISTA deba cumplir con la obligación principal y de las acciones judiciales a que
haya lugar cuando el perjuicio resulte mayor. La suma anterior se pacta a título de pena,
no de indemnización, razón por la cual, LA EMPRESA se reserva el derecho de reclamar al
CONTRATISTA el pago de los perjuicios que su incumplimiento le hubiese ocasionado. El
pago de la pena pecuniaria a que se refiere esta cláusula podrá exigirse por la vía
ejecutiva. Si dicho pago no se hubiere efectuado durante el término de duración del
contrato, sobre los saldos pendientes a favor del CONTRATISTA se tendrá en cuenta al
momento de la liquidación y desde ya el CONTRATISTA autoriza su descuento. El valor de
las sanciones por retardo y de la Cláusula Penal Pecuniaria a que se refiere tanto la
cláusula de sanciones, como esta, ingresará al presupuesto de la EMPRESA
PROHIBICIÓN DE CESIÓN. - EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato ni total
ni parcialmente, a persona alguna, natural, jurídica, nacional o extranjera, sin autorización
previa y escrita de LA EMPRESA, Situación que se surtirá mediante resolución motivada
REQUISITOS HABILITANTES:
La Entidad Contratante debe verificar con el Registro Único de Proponentes el
cumplimiento de los requisitos habilitantes. Esta verificación se hará de acuerdo con el
Decreto 1082 de 2015 y el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes
en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente.
De conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos
casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de
requisitos del Proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal puede
hacer tal verificación en forma directa.
Por otra parte, hasta que las cámaras de comercio estén en posibilidad de recibir las
renovaciones e inscripciones del RUP utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, las
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Entidades Estatales deben verificar directamente que los Proponentes cumplan con los
requisitos habilitantes establecidos en del Decreto 1082 de 2015.
A. Carta de presentación de la propuesta
Carta de presentación de la oferta debidamente diligenciada con firma autógrafa por el
proponente, persona natural con establecimiento de comercio, o el representante legal de
la persona jurídica o, por el representante de la unión temporal o consorcio. En esta carta
el proponente manifestará bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en
ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones
establecidas en la Constitución Política o en la Ley. Junto con la carta de presentación, el
proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta.
Las ofertas han de ser presentada directamente en medio físico en la dirección, lugar,
hora y fecha que se establecen en el presente pliego antes de la fecha establecida para
ello.
B. Capacidad jurídica
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura,
cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de
esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y tres años más.
La Entidad Contratante también revisará que los Proponentes no se encuentren en
causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el
contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de
antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para
verificar que no haya sanciones inscritas.
Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con
el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no
anterior a un (1) mes desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su
existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre
de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades,
señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer
obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento
correspondiente del órgano directo que lo faculta.
 Personas Naturales con establecimiento de comercio
Si el proponente individual es persona natural deberá acreditar establecimiento de
comercio para lo cual ha de presentar el respectivo registro mercantil cuya actividad
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principal tenga relación directa con el objeto del proceso y la vigencia de la misma no sea
inferior a doce (12) años contados a partir de la fecha de constitución del establecimiento
de comercio hasta el momento del cierre de plazo para presentar ofertas.
 Personas Jurídicas
Si el proponente es persona jurídica deberá acreditar su existencia y representación legal
con la copia del certificado de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, con una
experiencia general de doce (12) años contados a partir de la fecha de constitución y
registro hasta el momento de la presentación de la propuesta. El registro deberá de tener
una vigencia no mayor a treinta (30) días de expedido previos a la fecha de cierre de la
convocatoria. En dicho certificado deberán constar claramente las facultades del Gerente
o del Representante Legal, el objeto social el cual ha de tener relación directa con el
objeto del contrato, y la duración de la sociedad, la cual debe ser, como mínimo, igual al
plazo de ejecución del contrato y cinco (05) año más.
Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la
sociedad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social
competente, so pena de la eliminación de la propuesta.
 Consorcios, Uniones Temporales u otras Formas Asociativas
La Entidad Contratante aceptará que la oferta sea presentada por dos (2) o más personas
naturales o jurídicas, que acrediten poseer las calidades enunciadas en los numerales
anteriores, quienes en forma conjunta deben informar si su participación es a título de
Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa.
Para el caso de consorcios, todos los integrantes deberán tener una participación mínima
del cincuenta por ciento (50%), de lo contrario, la propuesta será rechazada.
Para las uniones temporales, uno de los integrantes deberá tener una participación
mínima del cincuenta por ciento (50%), y ninguno de ellos podrá tener una participación
inferior al veinticinco por ciento (25%), de lo contrario, la propuesta será rechazada.
La forma asociativa deberá constituirse para el presente proceso de selección y así lo
señalará expresamente, indicando las reglas básicas que lo regirán, independiente que las
personas naturales o jurídicas que lo conformen, sean las mismas que hayan constituido
consorcios o uniones temporales para otros procesos. Dichas formas asociativas no
podrán ser disueltas ni liquidadas durante la vigencia o prórrogas del contrato que se
suscriba, su liquidación y un año más.
Los asociados deberán señalar las reglas básicas que regularán las relaciones entre ellos,
con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto y deberán estar
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conformados antes de la fecha de cierre de la convocatoria, mediante documento suscrito
con la firma autorizada de cada una de las partes, que avale el acuerdo, según el modelo
suministrado en este pliego de condiciones, en el cual se establezca el porcentaje de
participación de cada uno de los integrantes y se indique la persona que para todos los
efectos los representará.
Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y
en el último caso señalarán los términos y la extensión de su participación en la
presentación de la propuesta y en la ejecución del contrato, esto es, indicando cuáles de
las obligaciones contractuales (ítem de obra) habrán de ejecutar cada integrante, e
indicando el porcentaje de participación en el mismo con máximo dos cifras
porcentuales(el cual debe coincidir con la relación entre la sumatoria del valor total de las
obligaciones contractuales que le corresponde ejecutar a cada integrante y el valor total
de la propuesta del oferente) los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento
previo de la Entidad Contratante so pena del rechazo de la oferta.
Los miembros del consorcio o de la unión temporal y demás formas asociativas
legalmente constituidas, deberán designar la persona que, para todos los efectos,
representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las
relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el
parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1.993.
Las personas naturales y/o jurídicas integrantes de un consorcio o unión temporal, deben
acreditar individualmente la información Tributaria, identificación y Régimen de Impuesto
a las Ventas al que pertenecen, así como el Certificado de Existencia y Representación
Legal.
En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del
consorcio o unión temporal y demás formas asociativas legalmente constituidas, deberán
escoger para efectos de pago, en relación con la facturación, una de las siguientes
opciones, la misma que deberá manifestarse expresamente y por escrito al momento de la
adjudicación del contrato:
a) Si la va a efectuar en representación del Consorcio o Unión Temporal uno de sus
integrantes, caso en el cual debe informar el porcentaje o valor del contrato que
corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre, razón social y el número del NIT de
cada uno de ellos.
b) Si la facturación es en forma separada, cada uno de los integrantes del consorcio o
unión temporal, deberá informar la participación en el valor del contrato.
c) Si la facturación la va a realizar el consorcio o la unión temporal a nombre propio y en
representación de sus miembros (es decir bajo su propio NIT), caso en el cual se debe
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señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes,
el nombre de la razón social y el número de identificación tributaria, NIT, de cada uno de
ellos. Adicionalmente, en caso de ser el adjudicatario del contrato, deberá adelantar los
trámites de expedición del RUT del consorcio o la unión temporal ante la DIAN;
documento necesario para los trámites de la legalización del contrato.
1. Registro Único de Proponentes
Todas las personas naturales con establecimiento de comercio o jurídicas nacionales, o las
extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con
las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes.
El proponente presentará con su propuesta, el Registro Único de Proponentes de la
respectiva Cámara de Comercio (expedido con fecha no mayor a treinta (30) días
calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección), de conformidad con
lo señalado en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del
Decreto 019 de 2012. Dicha exigencia aplica para todos los proponentes y cada uno de los
integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación.
2. Acreditación de los aportes al sistema de seguridad social
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el Articulo 23
de la Ley 1150 de 2007, a la fecha de la presentación de la propuesta, el oferente deberá
aportar certificaciones del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus
empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas
de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional
de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor
fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o en su defecto por el
representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación
como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de
cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros.
3. Copia del Registro Único Tributario
Actualizado, y expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, cuyo código
CIIU registrado corresponda al 4290 o similar con el objeto del contrato, donde además
aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales,
cada uno de los integrantes deberá aportar este documento con los requerimientos
exigidos.
4. Certificado de Responsables Fiscales, Certificado de Antecedentes Disciplinarios y
Certificado de Antecedentes Judiciales
El proponente no deberá encontrarse inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales
(artículo 60, Ley 610 de 2000), no deberá presentar antecedentes disciplinarios (Artículo
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174 de la Ley 734 de 2002) ni deberá presentar antecedentes judiciales (Policía Nacional),
situación que será verificada por la Entidad Contratante. Igual requisito deberá cumplir: 1)
el Representante Legal de las personas jurídicas, 2) el representante de los consorcios,
uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, 3) los integrantes de los
consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación y sus respectivos
representantes legales y 4) el proponente persona natural individual o integrante de
alguna de las formas asociativas.
C. Equipo mínimo de trabajo requerido
A continuación, se relaciona el equipo de trabajo mínimo requerido, con los perfiles
profesionales exigidos. Dicho equipo es un requisito habilitante. Se requiere que el
oferente presente en su propuesta la documentación del equipo de trabajo solicitado que
acredite el perfil profesional y la experiencia requerida de cada uno de ellos.
CARGO PERFIL
PROFESIONAL
Dedicación
al
proyecto
EXPERIENCIA
Profesional
emprendimiento
administración de
empresas o áreas
afines
100% Experiencia general: 01 año
experiencia, los cuales serán
contados a partir de la fecha de
expedición de la matricula
profesional.
Experiencia especifica: 06 meses en
contratos relacionados con
productividad, competitividad y
emprendimiento, esta certificado
mediante la presentación de al
menos dos certificados en donde se
haya desempeñado en dichas areas.
Asistente
agropecuario
tecnólogo o
profesional en
agropecuaria o
áreas afines
100% Experiencia general: 01 años
de experiencia, los cuales
serán contados a partir de la
fecha de expedición de la
matricula profesional.
Experiencia especifica: 06 meses en
contratos relacionados con
acompañamientos o accesorias
agropecuarias, esta certificado
mediante la presentación de al
menos dos certificados en donde se
haya desempeñado en dichas áreas
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D. Experiencia del oferente
 Experiencia general
La experiencia general del proponente deberá estar relacionada con la actividad
constructora y acorde con su objeto social.
El Municipio teniendo en cuenta las características y cuantía del presente proceso,
requiere que para su ejecución el proponente cumpla con unas condiciones de
experiencia general que garanticen a la entidad que podrá llevar a cabo la ejecución
del proyecto con la calidad requerida; por este motivo deberá tener una Experiencia
general mínima de tres (03) años contada a partir de la inscripción en el registro
mercantil o certificado de existencia y representación legal hasta el momento que
finalice el plazo para presentar ofertas.
Si la propuesta es presentada por un consorcio, unión temporal u otra forma
asociativa, cada uno de los integrantes deberá cumplir con la experiencia general
requerida.
 Experiencia específica
Para el presente proceso, el proponente deberá tener registrados en el RUP los
códigos UNSPSC requeridos y mínimos uno (01) contratos cuya cuantía sea superior al
100% del presupuesto oficial y que estén relacionados con el objeto del presente
proceso asi y dos CUNSPC:
Clasificación UNSPSC Descripción
70141500 Producción de cultivos
80141900 Exhibición y ferias comerciales
93131600 Planeación y programas de políticas de nutrición
y alimentación.
85151600 Asuntos nutricionales
86101700 Servicios de capacitación vocacional no científica
Para tal efecto el proponente allegara con la oferta los certificados que acrediten la
experiencia requerida y subrayar en el RUP el número de registro de contrato.
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Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa,
la experiencia de la forma asociativa será la suma de la experiencia aportada por cada
uno de sus integrantes sin considerar su porcentaje de participación.
Para la experiencia acreditada, no se acepta la experiencia proveniente de Ofertas
Mercantiles, ni la adquirida con personas naturales o jurídicas privadas ni los contratos
en que los proponentes certifiquen experiencia de ejecución de proyectos en los
cuales ellos mismos: son los propietarios y/o compren y/o diseñen y/o construyan y/o
vendan.
El Municipio hará esta verificación a partir de lo reportado en el Registro Único de
Proponentes, para lo cual los contratos a certificar deberán ser señalados por el
proponente en el RUP.
E. Capacidad financiera
El proponente debe cumplir con los siguientes indicadores. Esta información se verificará
con los indicadores contenidos en el RUP.
Indicadores de capacidad financiera
Indicador Índice requerido
Índice de Liquidez Mayor o igual a 1.00
Índice de Endeudamiento Menor o igual a 0.50
Razón de Cobertura de Intereses Mayor o igual a 0.00
Activo corriente total. Mayor o igual a 100% del
presupuesto.
Patrimonio Mayor o igual a 100% del
presupuesto.
Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe
cumplir su capacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual
para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de
Contratación.
En caso de Uniones Temporales y Consorcios, los anteriores indicadores se calcularán con
base en la suma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes,
para cada una de las cuentas con las cuales se calcula el indicador financiero de
conformidad con el procedimiento adoptado en el manual de Colombia Compra Eficiente
de conformidad con el porcentaje de participación.
Sin perjuicio de lo anterior, ni el proponente individual ni ninguno de los integrantes de las
formas asociativas permitidas por la ley podrá(n) acreditar un indicador de razón de
cobertura de intereses menor que cero (0) so pena de considerar la propuesta como “no
cumple” la capacidad financiera.
F. Capacidad organizacional
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El proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información
contenida en el RUP.
Indicadores de capacidad organizacional
Indicador Índice requerido
Rentabilidad del patrimonio Mayor o igual a 0.5
Rentabilidad del activo Mayor o igual a 0.3
Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe
cumplir su capacidad organizacional de acuerdo con los criterios establecidos en el
Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de
Contratación.
En caso de Uniones Temporales y Consorcios los anteriores indicadores se calcularán con
base en la suma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes,
para cada una de las cuentas con las cuales se calcula el indicador de capacidad
organizacional.
Sin perjuicio de lo anterior, ni el proponente individual ni alguno de los integrantes de las
formas asociativas permitidas por la ley podrá(n) acreditar un indicador de rentabilidad
sobre el patrimonio y/o rentabilidad sobre activos menor que cero so pena de considerar
la propuesta como “no cumple” la capacidad organizacional.
G. Oferta económica
Con la propuesta se allegará la oferta económica, debidamente firmada por el
representante legal, cuyo valor global deberá ser igual o inferior al valor del presupuesto
oficial.
La entidad rechazara y no evaluara las ofertas cuyo valor total sea superior al presupuesto
oficial.
H. Paz y salvo municipal
Con la oferta se deberá allegar certificado expedido por la Secretaría de Hacienda y
Desarrollo Económico del Municipio de Abriaquí, en el cual conste que el oferente no
tiene obligaciones pendientes con la entidad municipal.
I. Capacidad operativa
Con la oferta el proponente deberá acreditar que posee y dispone de un vehículo 4x4 con
platón placa blanca.
MODALIDAD DE SELECCIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LA SOPORTAN
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De conformidad con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 4 del decreto 092
de 2017 La Entidad Estatal calculara la relación costo-beneficio de cada oferta restando
del precio total ofrecido los valores monetarios asignados a cada una de las condiciones
técnicas y económicas adicionales ofrecidas. La mejor relación costo-beneficio para la
Entidad Estatal es la de la oferta que una vez aplicada la metodología anterior tenga el
resultado más bajo.
La Entidad Estatal debe adjudicar al oferente que presentó la oferta con la mejor relación
costo-beneficio y suscribir el contrato por el precio total ofrecido.
Mejor Precio ofertado. 650 puntos máximo.
Mejores Condiciones técnicas. 200 puntos máximo.
Mejora capacidad de ejecución. 50 puntos
Protección a la industria nacional. De conformidad con la ley816 de 2003 y
decreto ley 019 de 2012 y demás normas
reglamentarias. 100 puntos
Las propuestas u ofertas para efectos de la adjudicación correspondiente serán objeto de
evaluación y calificación en los componentes técnicos y económicos por lo que se ha
determinado la asignación de puntaje total de 1.000 puntos, para lo cual se elegirá aquella
que obtenga el mayor puntaje previo el cumplimiento de los requisitos habilitantes si esta
no cumpliere con la totalidad de los requisitos se asignara el proceso a la oferta que está
en segundo lugar y así sucesivamente hasta adjudicar el contrato o declarar desertado el
proceso dado que ninguna propuesta cumple con los requerimientos exigidos
VALOR DE LA OFERTA: la entidad asignara 650 puntos a la oferta con menor precio,
siendo este el mayor puntaje que se pueda asignar por este criterio, las demás propuestas
se evaluaran de conformidad con la siguiente formula:
PUNTAJE DE OFERTA = (oferta menor valor/ oferta a evaluar) X 650
MEJORES CONDICIONES TECNICAS. La entidad asignara hasta 200 puntos a los oferentes
que brinden a la entidad mejores condiciones técnicas de los siguientes productos así:
descripción modelo Puntos
Vehículo 4x4 con platón
placas blancas
2006 o 2007 50
Vehículo 4x4 con platón
placas blancas
2008 o 2009 10
Vehículo 4x4 con platón
placas blancas
2010 o 2011 150
Vehículo 4x4 con platón
placas blancas
2012 en adelante 200
MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ
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MEJOR CAPACIDAD DE EJECUCION. La entidad asignara hasta 50 puntos a los oferentes
que ejecuten el proyecto con propios recursos sin que para ello requiera anticipo, las
demás propuestas se evaluaran de forma proporcional así:
La entidad calculara la media de conversión de puntos (MC) la cual es el resultado de
dividir en número entero el monto máximo que la entidad podrá conceder de anticipo
(MVA) y el máximo de puntos a otorgar (VMP) por dicho criterio.
Una vez calculada la media de conversión se calculará los puntajes a asignar conforme la
siguiente formula:
TOTAL, PUNTOS A ASIGNAR: VMP - (valor del anticipo solicitado / MC)
Mayor valor del anticipo que se concederá (MVA): 30% (deberá ser menor o igual)
Valor máximo de puntos a asignar (VMP) : 50 puntos
Media de convención (MC): MVAS / VMP
Nota: con la oferta se ha de allegar oficio debidamente firmado en el cual con claridad se
establezca cuál será el valor del anticipo que el oferente requiere para la ejecución del
contrato así este sea cero, sin que dicho valor sea superior al 30%. Por tanto, el valor del
anticipo no podrá ser superior a dicho valor, igualmente las ofertas que no presenten el
respectivo oficio en el cual se establezca el valor del anticipo requerido no se les asignará
puntaje por dicho criterio.
CONSOLIDACIÓN DE LAS EVALUACIONES: Los puntajes asignados por la evaluación
económica y de calidad se sumarán a fin de determinar los puntajes totales, siendo la
propuesta con mayor puntaje la más benéfica en términos costo – calidad para la entidad.
En caso de empate de dos o más propuestas se procederá de conformidad con el artículo
33 del decreto 1510 de 2013
FORTALECIMIENTO INDUSTRIA NACIONAL: se asignará un puntaje adicional de
conformidad con la ley 816 de 2003 y decreto ley 019 de 2012 y demás normas
reglamentarias
CRONOGRAMA DEL PROCESO
CRONOGRAMA DEL PROCESO (ART 17 MANUAL DE CONTRATICION EMPAPA SAS ESP)
Acto de
autorización
contratación
22 de enero de 2018
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Invitación a ofertar
a ESAL
23 de enero de 2018.
Termino para
presentar ofertas
Hasta el 24 de enero de 2018 a las 11:00 horas en la Secretaria General y de
Gobierno.
Evaluación de
ofertas
Hasta el 24 de enero de 2018 a las 17:00 horas
Notificación
informe de
evaluación
25 de enero de 2018 desde las 08:00 hasta las 17:00 horas.
El informe se notificará al correo que se aporte con la oferta.
Termino para
observar informe
de evaluación
25 de enero de 2018 hasta las 17:00 horas
Respuesta
observaciones y
adjudicación
26 de enero de 2018
11. LUGAR DONDE SE PODRAN CONSULTAR LOS ESTUDIOS PREVIOS Y DOCUMENTOS
DEL PROCESO
En la página de la entidad o en la Secretaria de Gobierno del Municipio de Abriaqui,
Antioquia, Edificio Municipal segundo piso.
Cordialmente,
FIRMA EN ORIGINAL
MARIA ESPERANZA GARCIA MARIN
Secretaria General y de Gobierno
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FORMATO Nº 1
CARTA DE PRESENTACIÓN
SEÑORES
MUNICIPIO DE ABRIAQUI.
Nosotros los suscritos: __________________________ de acuerdo con la invitación
publica N° presentamos propuesta para el objeto de la referencia y, en caso que nos sea
aceptada, nos comprometemos a ejecutar el contrato correspondiente.
Declaro que ostento capacidad para comprometerme o comprometer la sociedad que
represento o la modalidad de asociación.
Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta
propuesta ni el contrato probable que de ella se derive.
Que conocemos la información general y demás documentos de las bases de contratación
del presente proceso y que aceptamos los requisitos en ellos contenidos, en cuanto al
plazo, condiciones y especificaciones técnicas y en general tolo lo solicitado en la
invitación pública.
Que el valor de nuestra propuesta es de $___________________________
Que no nos hallamos incurso en causal alguna de inhabilidades e incompatibilidades
señaladas en la Ley y que no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibición
especial para contratar.
Que hemos leído los documentos publicados en el portal de contratación relacionados con
el presente proceso y que aceptamos su contenido.
Que aceptamos la forma de pago estipulada en el documento de invitación pública.
Que conocemos que para el contrato a celebrarse se entiende pactadas las cláusulas
excepcionales al derecho común, de interpretación, modificación, términos unilaterales y
caducidad del contrato, de conformidad con lo establecido en los 15. 16.17 y 18 de la Ley
80 de 1993.
MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ
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Que durante la ejecución del contrato a celebrarse nos obligamos a permanecer al día en
el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los parafiscales
(propios del SENA, ICBF Y Cajas de Compensación Familiar). Lo anterior será acreditado
para la legalización de cada pago derivado del contrato.
Que en virtud del contrato a celebrarse nos obligamos a mantener indemne a la entidad
de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones
del futuro contratista o de las de sus subcontratistas o dependientes, de conformidad con
el Decreto 931 de 2009.
Que de llegar a obtener la adjudicación del contrato, existen compromisos de ejecutar el
mismo en el plazo contenido en los estudios previos y en la invitación pública, y nos
obligamos a constituir las pólizas y/o garantías allí requeridas dentro de los 5 días háblales
siguientes a la fecha de publicación de la comunicación de aceptación de la oferta.
Que aceptamos que en el evento de presentarse diferencias en razón de la celebración,
ejecución, desarrollo y terminación del contrato se procederá a la conciliación prejudicial
ante la Procuraduría General de Nación entes de iniciar cualquier acción judicial, y que no
acudiremos ante ninguna otra forma alternativa de soluciones de conflictos.
Que nos comprometemos a no ceder total o parcialmente el contrato que nos sea
adjudicado, y a no subcontratar el objeto del mismo con persona alguna, salvo
autorización previa por parte de LA EMPRESA.
Que en caso de que incurramos en incumplimiento total, parcial o en caso de mora, nos
acogemos a lo dispuesto en el contrato celebrado, sobre las cláusulas penal pecuniaria y
las multas, las cuales aceptamos de manera expresa.
Que nos comprometemos a efectuar la liquidación del contrato en los términos
establecidos en la invitación pública.
Que Aceptamos los demás términos y exigencias contenidos en la invitación pública, la
cual junto con los estudios y documentos previos hace parte integral del contrato a
celebrarse.
Atentamente,
Proponente: _____________________________________________________________
Dirección: _______________________Teléfono: _____________ Fax: _____________
Representante Legal del proponente: _______________________________________
Dirección: _____________________________ Teléfono: _________________________
Nombre del Representante Legal: ___________________________________________
Documento de identificación: _______________________________________________
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_____________________________ ____________________________
NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL
O PERSONA NATURAL
C.C. o NIT
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
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FORMATO Nº 2
FORMULARIO DE PROPUESTA ECONOMICA
Señores
MUNICIPIO DE ABRIAQUI
E.S.M.
El suscrito _________________________, obrando en nombre y representación
de conformidad con lo establecido en la invitación de la referencia oferto de forma
irrevocable y con precio fijo, los bienes, objeto del presente proceso de contratación, que
cumplen con las características técnicas exigidas, por un valor total de
_____________pesos m/cte ($__________) discriminado así:
ÍTEM PRODUCTO
UNIDAD
DE
MEDIDA
CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
IVA
VALOR
TOTAL
1
2
TOTAL
NOTA: se ha de considerar en el valor de la oferta los impuestos y retenciones de la
empresa
__________________________
NOMBRE DEL PROPONENTE
_________________________________
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O
PERSONA NATURAL
CC. o NIT
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
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FORMATO Nº 3
MULTAS O SANCIONES
SEÑORES
MUNICIPIO DE ABRIAQUI
E.S.M.
Nº CONTRATO
RESOLUCIÓN
MULTA
FECHA DE
EJECUTORIADA
LA MULTA
RESOLUCIÓN
SANCIÓN
FECHA DE
EJECUTORIADA LA
SANCIÓN
_____________________________ ____________________________
NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL
O PERSONA NATURAL
C.C. o NIT
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
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FORMATO N° 4
CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003
SOLO APLICA A PERSONA NATURAL
Yo ------------------------ identificado (a) con C.C. ---------------- de ----------------., de acuerdo
con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE
JURAMENTO y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal
en su artículo 442 en consonancia con la ley 789 de 2002 artículo 50 que no estoy
obligado a hacer aportes en parafiscales en virtud que no tengo personal a cargo.
Dada en Angelópolis a los ------------ días del mes de ------------- de 2016
FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL
Cédula Nº
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FORMATO N° 5
RELACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA
SEÑORES
MUNICIPIO DE ABRIAQUI
E.S.M.
No.
NOMBRE DE LA
ENTIDAD O
EMPRESA
CONTRATANTE
CERTIFICACIÓN (Señale sí la
entidad que la otorga es
Pública o Privada)
CONTRATO
No.
OBJETO VALOR
NOMBRE DEL PROPONENTE
REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL
C.C. o NIT
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COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Señores:
MUNICIPIO DE ABRIAQUI
Antioquia.
e. s. m.
Referencia: COMPRIMISO ANTICORRUPCION PROCESO _______
El(los) suscrito(s) a saber: (Nombre del representante legal de la sociedad, asociación o
persona jurídica PROPONENTE, o nombre del representante legal del consorcio o Unión
Temporal PROPONENTE) domiciliado en (Domicilio de la persona firmante), identificado
con (Documento de Identificación de la persona firmante y lugar de expedición), quien
obra en calidad de (Representante legal de la Sociedad, del Consorcio, de la Unión
Temporal PROPONENTE, si se trata de persona jurídica, caso en el cual debe identificarse
de manera completa dicha Sociedad, Consorcio, Unión Temporal, indicando instrumento
de constitución y haciendo mención a su registro en la Cámara de Comercio del domicilio
de la persona jurídica), que en adelante se denominará EL PROPONENTE, manifiesta(n) su
voluntad de asumir, de manera unilateral, en el pliego de condiciones, teniendo en cuenta
las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que el MUNICIPIO DE ANGELOPOLIS adelanta un proceso de ………… para la
celebración de un contrato estatal para …………
SEGUNDO: Que siendo el interés del EL PROPONENTE apoyar la acción del Estado
colombiano, para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, y la
responsabilidad de rendir cuentas.
TERCERO: Que siendo del interés del PROPONENTE participar en el proceso de …………
aludido en el considerando primero precedente, se encuentra dispuesto a suministrar la
información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso, y en tal
sentido suscribe el presente compromiso unilateral anticorrupción, que se regirá por las
siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. COMPROMISOS ASUMIDOS.
EL PROPONENTE, mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes
compromisos:
1. EL PROPONENTE no ofrecerá ni dará sobornos, ni ninguna otra forma de halago a ningún
funcionario público en relación con su propuesta con el proceso de Selección Abreviada, ni
con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
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2. EL PROPONENTE se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado de la
compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor o haga en su
nombre.
3. EL PROPONENTE se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus
empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles
el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia,
especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de ………… la relación
contractual que podría derivarse de ella, y les impondrá las obligaciones de:
a. No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios del MUNICIPIO, ni a
cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la adjudicación de la
propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia
sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la aceptación de la propuesta
b. No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios del MUNICIPIO durante el desarrollo del
contrato que se suscriba si llegase a ser aceptada su propuesta.
4. EL PROPONENTE se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o
conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de
Selección Abreviada
CLÁUSULA SEGUNDA. PAGOS REALIZADOS.
EL PROPONENTE declara que para la elaboración y presentación de la presente propuesta
ha realizado, o debe realizar, únicamente los siguientes pagos, incluyendo los pagos de
bonificaciones o sumas adicionales al salario ordinario que puedan hacerse a sus propios
empleados, representantes, agentes o asesores, o a los empleados, agentes o asesores de
otras empresas, tanto públicos como privados:
BENEFICIARIO
(Nombre del
beneficiario del
pago realizado o
por
realizar)
MONTO ($) (Valor
del pago
realizado o por
realizar, en pesos
corrientes)
CONCEPTO (Concepto del pago realizado o por
realizar. En esta columna deben discriminarse
de manera clara y detallada cada uno de los
conceptos bajo los cuales se ha realizado cada
pago, o el concepto por el cual se prevé que se
realizará un gasto en el futuro, asociados en
cualquiera de los casos a la presentación de la
propuesta.)
En caso de resultar favorecida su propuesta el PROPONENTE realizará únicamente los
siguientes pagos:
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BENEFICIARIO
(Nombre del
beneficiario del
pago realizado
o por
realizar)
MONTO ($) (Valor del
pago realizado o por
realizar, en pesos
corrientes)
CONCEPTO (Concepto del pago realizado
o por realizar.
En esta columna deben discriminarse de
manera clara y detallada cada uno de los
conceptos bajo los cuales se ha realizado
cada pago, o el concepto por el cual se
prevé que se realizará un gasto en el
futuro, asociados en cualquiera de los
casos a la presentación de la propuesta.)
CLÁUSULA TERCERA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
EL PROPONENTE asume a través de la suscripción del presente compromiso, las
consecuencias previstas en el proceso, si se verificare el incumplimiento de los
compromisos anticorrupción.
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos
unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de
(Ciudad donde se firma el presente documento) a los (Día del mes en letras y números, del
año).
EL PROPONENTE:
_______________________________________________
(Nombre, número del documento de identificación y firma del PROPONENTE o su
representante)
Únicamente se exceptúan los gastos que haya realizado el PROPONENTE por concepto de
salarios, bonificaciones, prestaciones sociales o cualquier gasto derivado de los contratos
de trabajo bajo los cuales se encuentren vinculadas las personas que laboran de manera
permanente con el PROPONENTE o con cualquiera de las personas jurídicas que
conforman al PROPONENTE en el caso de tratarse de un PROPONENTE plural, costos que
no deben discriminarse por beneficiario, sino que deben consolidarse bajo uno de los
siguientes dos rubros: 1. Total Salarios Brutos y 2. Aportes parafiscales y seguridad social.
Igualmente, todos los gastos menores, tales como papelería, mensajería, etc., podrán
agruparse en un único concepto bajo la denominación 'gastos de funcionamiento',
siempre que de manera tanto individual como consolidada tengan un costo total inferior a
los mil dólares de los estados unidos de América (US $ 1.000.oo).
SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI ES
PLURAL (CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL), A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES LEGALES.
Atentamente.
Oferente: c.c:

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  • 1. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co MUNICIPIO DE ABRIAQUI ANTIOQUIA PROCESO DE SELECCIÓN – CONTRATACION CON ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO DE RECONOCIDA IDONEIDAD N° 001-ESAL-2018 INVITACION A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO OBJETO “Asistencia técnica y agropecuario para fortalecer la Seguridad Alimentaria y Nutricional - Salud y Nutrición de la población pobre y vulnerable rural (JUNTOS) del Municipio de Abriaquí, Antioquia” Enero 23 de 2018
  • 2. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co INVITACION: De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del decreto 092 de 2018 el Municipio de Abriaquí, Antioquia se permite invitar a todas las ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO de reconocida idoneidad para que presenten ofertas para la Asistencia técnica y agropecuario para fortalecer la Seguridad Alimentaria y Nutricional - Salud y Nutrición de la población pobre y vulnerable rural (JUNTOS) del Municipio de Abriaquí, Antioquia. Conforme a las condiciones requeridas y establecidas en la presente invitación y en los estudios previos. CONDICIONES PREVIAS: El Artículo 4 del decreto 092 de 2018 establece que en los proceso de contratación con entidades sin ánimo de lucro y cuando existe más de una entidad sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad La Entidad Estatal del Gobierno Nacional, departamental, distrital y municipal deberá adelantar un proceso competitivo para seleccionar la entidad sin ánimo de lucro contratista, cuando en la etapa de planeación identifique que el programa o actividad de interés público que requiere desarrollar es ofrecido por más de una Entidad sin ánimo de lucro. En el proceso competitivo la Entidad Estatal deberá cumplir las siguientes fases: (i) definición y publicación de los indicadores de idoneidad, experiencia, eficacia, eficiencia, economía y de manejo del Riesgo y los criterios de ponderación para comparar las ofertas: (ii) definición de un plazo razonable para que las entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad presenten a la Entidad Estatal sus ofertas y los documentos que acrediten su idoneidad, y (iii) evaluación de las ofertas por parte de la Entidad Estatal teniendo en cuenta los criterios definidos para el efecto. Las Entidades Estatales no están obligadas a adelantar el proceso competitivo previsto en este artículo cuando el objeto del Proceso de Contratación corresponde a actividades artísticas, culturales, deportivas y de promoción de la diversidad étnica colombiana, que solo pueden desarrollar determinadas personas naturales o jurídicas, condición que debe justificarse en los estudios y documentos previos CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS De conformidad con lo dispuesto en la ley 850 de 2003, artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el Decreto 1082 de 2015 y el Artículo 270 de la Constitución Política de Colombia, se invita a las veedurías ciudadanas en la contratación estatal a realizar acompañamiento y seguimiento dentro de todas las etapas del presente proceso contractual.
  • 3. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Que el Artículo 355 de la Constitución Política establece que; “El Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de Desarrollo. El Gobierno Nacional reglamentará la materia”. que para tal fin el Gobierno Nacional expidió el decreto 092 de 2017 Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso 2o del artículo 355 de la Constitución Política y el en su artículo 2 dispuso; “Las Entidades Estatales del Gobierno nacional, departamental, distrital y municipal pueden contratar con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad en los términos del artículo 355 de la Constitución Política y del presente decreto, siempre que el Proceso de Contratación reúna las siguientes condiciones: a) Que el objeto del contrato corresponda directamente a programas y actividades de interés público previstos en el Plan Nacional o seccional de Desarrollo, de acuerdo con el nivel de la Entidad Estatal, con los cuales esta busque exclusivamente promover los derechos de personas en situación de debilidad manifiesta o indefensión, los derechos de las minorías, el derecho a la educación, el derecho a la paz, las manifestaciones artísticas, culturales, deportivas y de promoción de la diversidad étnica colombiana; b) Que el contrato no comporte una relación conmutativa en el cual haya una contraprestación directa a favor de la Entidad Estatal, ni instrucciones precisas dadas por esta al contratista para cumplir con el objeto del contrato, y c) Que no exista oferta en el mercado de los bienes, obras y servicios requeridos para la estrategia y política del plan de desarrollo objeto de la contratación, distinta de la oferta que hacen las entidades privadas sin ánimo de lucro; o que, si existe, la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro represente la optimización de los recursos públicos en términos de eficiencia, eficacia, economía y manejo del Riesgo. En los demás eventos, la Entidad Estatal deberá aplicar la Ley 80 de 1993, sus modificaciones y reglamentos. La Entidad Estatal del Gobierno nacional, departamental, distrital y municipal que contrate bajo esta modalidad deberá indicar expresamente en los Documentos del Proceso, cómo el Proceso de Contratación cumple con las condiciones establecidas en el presente artículo y justificar la contratación con estas entidades en términos de eficiencia, eficacia, economía y manejo del riesgo. Estas Entidades Estatales pueden contratar con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad en los términos del presente decreto, previa autorización expresa de su representante legal para cada contrato en particular que la Entidad Estatal planee suscribir bajo esta modalidad. El representante legal de la Entidad Estatal no podrá delegar la función de otorgar esta autorización. La Entidad Estatal deberá acreditar en los Documentos del Proceso la autorización respectiva”
  • 4. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co que se entiende por reconocida idoneidad la experiencia con resultados satisfactorios que acrediten la capacidad técnica y administrativa de las entidades sin ánimo de lucro para realizar el objeto del contrato. La autoridad facultada para celebrar el respectivo contrato deberá evaluar dicha calidad por escrito debidamente motivado, lo cual ha sido evaluado por la entidad en el análisis del sector y estudios previos conforme consta en dichos documentos. 092 de 2018 establece que en los proceso de contratación con entidades sin ánimo de lucro y cuando existe más de una entidad sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad La Entidad Estatal del Gobierno Nacional, departamental, distrital y municipal deberá adelantar un proceso competitivo para seleccionar la entidad sin ánimo de lucro contratista, cuando en la etapa de planeación identifique que el programa o actividad de interés público que requiere desarrollar es ofrecido por más de una Entidad sin ánimo de lucro. El Artículo 4 del decreto 092 de 2018 establece que en los proceso de contratación con entidades sin ánimo de lucro y cuando existe más de una entidad sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad La Entidad Estatal del Gobierno Nacional, departamental, distrital y municipal deberá adelantar un proceso competitivo para seleccionar la entidad sin ánimo de lucro contratista, cuando en la etapa de planeación identifique que el programa o actividad de interés público que requiere desarrollar es ofrecido por más de una Entidad sin ánimo de lucro. En el proceso competitivo la Entidad Estatal deberá cumplir las siguientes fases: (i) definición y publicación de los indicadores de idoneidad, experiencia, eficacia, eficiencia, economía y de manejo del Riesgo y los criterios de ponderación para comparar las ofertas: (ii) definición de un plazo razonable para que las entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad presenten a la Entidad Estatal sus ofertas y los documentos que acrediten su idoneidad, y (iii) evaluación de las ofertas por parte de la Entidad Estatal teniendo en cuenta los criterios definidos para el efecto. 1. OBJETO DEL PROCESO Y EL CONTRATO Asistencia técnica y agropecuaria para fortalecer la Seguridad Alimentaria y Nutricional - Salud y Nutrición de la población pobre y vulnerable rural (JUNTOS) del Municipio de Abriaquí, Antioquia ESPECIFICACIONES TECNICAS. Para tal efecto y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.1 del decreto 1082 de 2015 se establecen las condiciones técnicas mínimas:
  • 5. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co ITEM CANTIDAD Profesional Emprendimiento 1 Tecnólogo Agropecuario 1 kit de Semillas certificadas (kits), su cantidad y elementos se entregara de conformidad con informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario hasta el monto acordado 20 kit de Abonos (kits) su cantidad y elementos se entregara de conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario hasta el monto acordado 20 kit de Fertilizantes (kits) su cantidad y elementos se entregara de conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario hasta el monto acordado 20 Herramientas (Kits) su cantidad y elementos se entregara de conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario 20 Talleres a todo costo incluida convocatoria, logística y refrigerios 10 jornada muestra agropecuaria con productores beneficiarios zona urbana (incluye apoyo para el traslado de beneficiarios y productos, logística general) 1 Clasificación UNSPSC Descripción 70141500 Producción de cultivos 80141900 Exhibición y ferias comerciales 93131600 Planeación y programas de políticas de nutrición y alimentación. 85151600 Asuntos nutricionales 86101700 Servicios de capacitación vocacional no científica ESPECIFICACIONES TECNCIAS ADICIONALES. Personal requerido:  Profesional Emprendimiento: Perfil: profesional en administración de empresas o áreas afines
  • 6. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co Experiencia general: 01 año experiencia, los cuales serán contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional. Experiencia específica: 06 meses en contratos relacionados con productividad, competitividad y emprendimiento, está certificado mediante la presentación de al menos dos certificados en donde se haya desempeñado en dichas áreas.  Tecnólogo Agropecuario: Perfil profesional: tecnólogo o profesional en agropecuaria o áreas afines. Experiencia general: 01 años de experiencia, los cuales serán contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional. Experiencia especifica: 06 meses en contratos relacionados con acompañamientos o accesorias agropecuarias, está certificado mediante la presentación de al menos dos certificados en donde se haya desempeñado en dichas áreas. Además de lo anterior, deberá de:  Ejecutar el objeto del contrato de acuerdo con lo estipulado en la oferta presentada.  Convocar a la comunidad y beneficiarios a las jornadas de asistencia y capacitación.  Realizar la asesoría y seguimiento a las familias beneficiarias.  El suministro, transporte, cargue y descargue de todas las herramientas, elementos necesarios y materiales estará a cargo del Contratista. 2. PRESUPUESTO OFICIAL JUSTIFICADO El valor estimado del contrato es la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL PESOS. ($ 76.440.000,00), con cargo a la disponibilidad presupuestal número N° 049 del 22 de enero de 2018 expedido por la Secretaría de Hacienda Municipal para la adquisición de los siguientes bienes y servicios a los precios del estudio de mercado. ITEM CANTIDAD VALOR UNITARIO TIEMPO (Meses) VALOR TOTAL Profesional Emprendimiento (mes 3,4 y 5) 1 $3.100.000 $5 $15.500.000 Asistente Agropecuario ( mes 1, 2 y 5) 1 $1.900.000 $5 $9.500.000
  • 7. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co kit de Semillas certificadas (kits), su cantidad y elementos se entregara de conformidad con informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario hasta el monto acordado 20 $180.000 $1 $3.600.000 kit de Abonos (kits) su cantidad y elementos se entregara de conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario hasta el monto acordado 20 $330.000 $2 $13.200.000 kit de Fertilizantes (kits) su cantidad y elementos se entregara de conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario hasta el monto acordado 20 $250.000 $2 $10.000.000 Herramientas (Kits) su cantidad y elementos se entregara de conformidad con la necesidad plasmada en el informe del agrónomo en el cual se establezca la capacidad de producción del beneficiario 20 $150.000 $1 $3.000.000 Talleres a todo costo incluida convocatoria, logística y refrigerios 10 $390.000 $1 $3.900.000 jornada muestra agropecuaria con productores beneficiarios zona urbana (incluye apoyo para el traslado de beneficiarios y productos, logística general) 1 $5.000.000 $1 $5.000.000 Subtotal $63.700.000 Administración 20% $12.740.000 Total $76.440.000 PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán venir escritas a máquina o computador, foliadas en orden consecutivo en su totalidad y con un índice donde se relacione el contenido total de la
  • 8. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co propuesta. En caso de que las propuestas no se presenten debidamente numeradas, este riesgo será soportado por el proponente. El MUNICIPIO en ningún caso procederá a la numeración respectiva. Deberán entregarse en el lugar, y hasta el día y hora fijadas en el cronograma del proceso. DILIGENCIA DEBIDA E INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO, RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE Y EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN. Será responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones que conlleva la presentación de su oferta y para tal efecto deberá realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para su presentación sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio. Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la misma. La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar el proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad, e igualmente la interpretación que haga de la información que obtenga a partir de las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier audiencia, visita o reunión. El MUNICIPIO, no entregará para los fines de presentación y preparación de propuestas para el presente proceso, bien, documentación o manuales de ninguna naturaleza asociados a las descripciones y especificaciones técnicas de los elementos y/o servicios que se van a adquirir. En consecuencia, es responsabilidad del proponente, al asumir los deberes de garantía asociados con el suministro de los bienes y/o servicios que se solicitan a través de la presente contratación, conocer plenamente las condiciones técnicas de los bienes y/o servicios a suministrar, sin perjuicio de la facultad que asiste a los interesados de solicitar por escrito información puntual que le permita precisar los aspectos que puedan incidir en la formulación de su propuesta. La presentación de la respectiva propuesta constituyen reconocimiento y aceptación por parte del proponente, de que el MUNICIPIO, los representantes, funcionarios, y los asesores externos de aquel, que han apoyado o se encuentran apoyando la estructuración y desarrollo del proceso de selección, no estarán sujetos a responsabilidad alguna presente o futura derivada de la información tenida en cuenta por el proponente para presentar su oferta alusiva al pliego, o en las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier visita que llegue a ser efectuada, o proporcionada en cualquier otra forma, ya sea verbal o escrita, en relación con el proceso de selección, sea o no socio, empleado, agente, representante, asesor o consultor de cualquiera de ellos, tenga conocimiento o debiera haber tenido conocimiento de error u omisión alguna, o hayan
  • 9. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co sido responsables de su inclusión u omisión en este documento o en otro documento o declaración. La recepción del pliego de condiciones por cualquier persona, o de cualquier información contenida en este documento o proporcionada en conjunto con el mismo o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, con respecto a una operación propuesta que involucra al MUNICIPIO, no podrá ni deberá considerarse como una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal o de otra naturaleza, por parte de los funcionarios, asesores, consultores externos o representantes de estos. Como consecuencia de lo anterior, el proponente, al elaborar su propuesta, deberá tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cuales quiera que ellos sean, se deberán basar estrictamente en sus propios estudios económicos y en su propias estimaciones. Cada proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual el MUNICIPIO no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de selección y contratación. Igualmente, corresponderá al proponente la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato, para lo cual se recomienda a los proponentes obtener Asesoría calificada. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA: Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y se encuentre ajustada al Pliego de Condiciones. Son causales para el rechazo o desafiliación de las propuestas, las siguientes: a. Cuando una vez realizada la revisión y corrección aritmética, el valor de la propuesta del ítem supere el presupuesto oficial del ítem, caso en el cual se rechazará la oferta total. b. Cuando se ofrezcan menores o mayores cantidades a las mínimas exigidas para el ítem. c. Cuando el proponente no cumpla con todos y cada uno de los indicadores financieros establecidos en el Pliego de Condiciones. d. Cuando la Capacidad Patrimonial y la capacidad de organización operacional que se acredite para el proceso, sea menor a la Capacidad Requerida en cada caso. e. Cuando la oferta económica no tenga anexo los APU que justifiquen el valor unitario de cada uno de los items y que estos no correspondan con los valores de cada uno de
  • 10. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co los ítems, lo anterior en consideración que los APU integran y complementan la oferta económica. f. La no presentación de los formularios de obligatorio cumplimiento suscrito y bajo las condiciones exigidas en el mismo o en el presente Pliego de Condiciones. g. Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes. h. Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva. i. Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal se encuentre incursa en las causales de inhabilidades o incompatibilidades fijadas por la Constitución y las normas aplicables a la contratación pública. j. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados o alterados que impidan la comparación objetiva de las propuestas. k. Cuando estén incompletas en cuanto omitan la inclusión de información o de alguno de los documentos necesarios para la comparación objetiva de las propuestas y solicitada su aclaración, no se presente o se presente en forma incompleta, extemporánea o insuficiente las aclaraciones solicitadas dentro del término establecido por el MUNICIPIO DE ABRIAQUI, salvo cuando el evaluador pueda inferir o deducir la información necesaria para la comparación de los demás documentos que conforman la propuesta, en los términos que establece la ley y/o los pliegos de condiciones. l. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad. m. Cuando la propuesta omita algún aspecto técnico de obligatorio cumplimiento establecido en el pliego de condiciones. n. Cuando el objeto social principal del oferente, o de cada uno de los miembros de la Unión Temporal o Consorcio o la actividad mercantil del comerciante no tenga una relación directa con el objeto del proceso de selección, según el tipo de sociedad comercial que se acredite. o. La presentación de varias ofertas, por el mismo proponente, para el mismo proceso, por si o por interpuesta persona, en Consorcio, Unión Temporal o individualmente. p. Cuando la propuesta presente enmiendas, tachaduras o entrelineados, que impida la selección objetiva. q. Cuando el oferente no presente la correspondiente garantía técnica en los términos fijados en el presente pliego r. Cuando la vigencia de las Personas Jurídicas y/o Consorcios ó Uniones Temporales sea inferior al plazo de duración del contrato y el termino adicional requerido. s. Cuando el documento de conformación del Consorcio o de la Unión Temporal no se encuentre firmado por todos sus integrantes.
  • 11. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co t. Cuando la Carta de Presentación de la oferta no se encuentre firmada por el competente para el efecto o no se allegue. u. Cuando no se presente garantía de seriedad junto con la oferta. v. Cuando la Garantía de Seriedad de la oferta no haya sido otorgada por todos los integrantes del proponente plural, para el caso de Unión Temporal, Consorcio o promesa de sociedad futura. w. Cuando la oferta no sea presentada personalmente por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica o un tercero con poder especial original debidamente autenticado ante autoridad competente en la dirección establecida en el cronograma de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del D.L. 019 de 2012 que permita suscribir el acta de recibo a nombre del representado y las obligaciones y derechos que sobrevienen con la presentación de la oferta x. Cuando la información inscrita en el Registro Único de Tributario o el CIIU no se encuentre vigente al momento de la presentación de la oferta, de conformidad con lo señalado en el artículo 221 del decreto 019 de 2012 y la Resolución No. 66 del 31 de enero de 2012 mediante la cual Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE, estableció la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU Revisión 4 adaptada para Colombia. Y la resolución 139 del 21 de noviembre de 2012 Por la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, adopta la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU revisión 4 adaptada para Colombia, para efectos del control y determinación de los impuestos y demás obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias. y. Cuando no se presente en el sobre de original de la propuesta la documentación original que así se requiera. z. Cualquier otra causa contemplada en la ley. aa. Las demás establecidas en los estudios previos. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO El MUNICIPIO DE ABREAQUI declarará desierto el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar bajo los siguientes términos: a. Cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ningún oferente el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva. b. No se presentaron manifestaciones de interés ni propuestas. c. Ninguna de las propuestas cumple con los requerimientos de la entidad NOTA: La declaratoria de desierta del proceso se hará mediante acto administrativo motivado, el cual se notificará y comunicará a todos los proponentes. ADJUDICACIÓN
  • 12. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co La adjudicación del presente proceso se efectuará mediante acto administrativo debidamente motivado CONDICIONES MINIMAS DEL CONTRATO: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión del proceso de selección y del contrato, EL CONTRATISTA se obliga a constituir a su costa y a favor del Municipio de Abriaquí, una garantía que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cual consistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, constituida a partir de la fecha de suscripción del contrato y que contenga los siguientes amparos: Amparo Suficiencia Vigencia Cumplimiento del Contrato Será del veinte por ciento (20%), del valor del contrato, incluyendo las adiciones Plazo del contrato y 120 días más. Pago de salarios prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales Será del veinte por ciento (20%), del valor del contrato, incluyendo las adiciones Plazo del contrato y tres (3) años más. El contratista se compromete a tener vigente la garantía durante todo el tiempo que demande la ejecución del contrato, so pena de la Entidad haga efectiva la cláusula penal compensatoria de este contrato. LUGAR DE ENTREGA Secretaria de Gobierno del Municipio de Abriaquí, Antioquia. edificio municipal, segundo piso VALOR DEL CONTRATO El valor del contrato será el establecido de conformidad con el valor de la oferta económica de la propuesta seleccionada. FORMA DE PAGO La Entidad pagará el valor del contrato, por medio de cuentas mensuales de conformidad con las actividades ejecutadas. El pago solo se hará efectivo con la presentación de la cuenta de cobro o factura legal ante la administración municipal, informe de actividades, certificación por parte del interventor, previa verificación del cumplimiento de las
  • 13. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co actividades y calidad de los resultados. Adicionalmente, el contratista, deberá acreditar cada vez que solicite el pago, que se encuentra al día con los pagos al Sistema Integral de Seguridad Social y aportes parafiscales. De igual manera se puede señalar que el pago se realizara de acuerdo al cronograma de pagos de la Tesorería Municipal y previo visto bueno por parte del Supervisor. OBLIGACIONES DE LAS PARTES. DEL CONTRATISTA Además de las obligaciones inherentes al presente contrato, el contratista se compromete a:  Cumplir con las condiciones establecidas en la ley y los estudios previos y el pliego de condiciones definitivo.  Cumplir con las características técnicas, plazos de entrega y demás condiciones establecidas en los estudios previos, invitación y contrato derivado del presente proceso de contratación.  Suscribir las modificaciones acordadas entre las partes, para efectos de garantizar la ejecución y el cumplimiento idóneo y oportuno del objeto contratado, dentro de los cinco (5) días siguientes al requerimiento por parte de la empresa.  No suministrar ninguna clase de información o detalle a terceros y mantener como documentación clasificada todos los aspectos relacionados con el contrato.  Mantener la debida reserva respecto de los asuntos técnicos e instalaciones de las Fuerzas Militares de la República de Colombia, conocidos por el CONTRATISTA durante el desarrollo del contrato o con posterioridad al mismo  Cancelar todos los derechos e impuestos que se derivan con ocasión del contrato, establecidos o que se establezcan en el país, de acuerdo con las leyes colombianas.  Cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), lo cual deberá acreditar debidamente para iniciar la ejecución del contrato y para hacer efectivo el pago. El incumplimiento de estas obligaciones, será causal para que la empresa le imponga multas sucesivas hasta tanto éste dé cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la respectiva entidad administradora, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el parágrafo 2º del artículo 1º de la Ley 828 de 2003  Las obligaciones asumidas en las especificaciones técnicas adicionales del proceso de contratación.  Las demás que sean propias del objeto del proceso en mención. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE  Cumplir con las condiciones establecidas en la ley, en el pliego de condiciones definitivo.
  • 14. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co  Pagar el valor del presente contrato.  Recibir los bienes objeto del presente proceso de selección, siempre y cuando cumpla con las especificaciones normas y/o fichas técnicas requeridas. GENERALIDADES DEL CONTRATO SUPERVISOR: El seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato producto de la presente Contratación será adelantada por la secretaria de Planeación y D.T en términos de la Ley 1474 de 2011. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. - El presente contrato se perfecciona con la aceptación de la oferta, disponibilidad presupuestal, registró presupuestal, su ejecución una vez se suscriba el acta de inicio CUMPLIMIENTO DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL. Es obligación de EL CONTRATISTA garantizar y demostrar el cumplimiento de sus obligaciones frente al SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, lo que deberá acreditar durante los primeros diez días hábiles de cada mes, mediante la entrega de los respectivos soportes de pago o certificación expedida por el Revisor Fiscal o Contador Público, los cuales hará llegar al archivo administrativo de la Empresa y formará parte del presente contrato. El incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas sucesivas diarias equivalentes al 0.5% del valor del contrato, hasta tanto se del cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la entidad administradora LIQUIDACIÓN BILATERAL DEL CONTRATO: Una vez terminado el contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes dentro de los cuatro (4) meses siguientes contados a partir de la finalización del mismo o de la expedición del acto administrativo que ordene la terminación anticipada o a la fecha del acuerdo que lo disponga. También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si se solicitó y si es del caso, de la garantía del contrato a la calidad servicio suministrado, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato LIQUIDACION UNILATERAL: Si el CONTRATISTA, no se presenta a la terminación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro del plazo establecido en la cláusula anterior y los subsiguientes dos meses, será practicada directa y unilateralmente por la Entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición; de la misma manera se procederá a la liquidación unilateral si el
  • 15. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co contratista no ejecuta el objeto de manera satisfactoria o si en más de una vez el interventor no certifica el trabajo como satisfactorio, de manera demostrable. SUSPENSIÓN TEMPORAL: Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. En este caso se prorrogará la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión (si fuese necesaria). En el acta de suspensión se expondrán los motivos que hayan dado lugar a la misma, la obligación del CONTRATISTA de prorrogar la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión y se fijará la fecha en la cual se reiniciará el contrato. DOMICILIO. Para todos los efectos legales inherentes a este contrato las partes fijan como domicilio el Municipio de ABREAQUI (Antioquia). CONTROL POSTERIOR. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 42 de 1993 y Ley 610 de 2000, el control posterior ordenado por la Ley, será ejercido por la Contraloría General de Antioquia SANCIONES: Las partes convienen en establecer las siguientes formas de sancionar el incumplimiento de las obligaciones recíprocamente adquiridas en virtud del presente contrato. Previo agotamiento del debido proceso establecido en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011, para la imposición de multas por parte de la Administración así: a) En el evento de presentarse retardo en la entrega, de conformidad con lo previsto en la cláusula del plazo de ejecución del presente contrato y con el fin de que el CONTRATISTA cumpla debidamente la ejecución del contrato, se impondrán multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor contrato por cada día de retardo y hasta por un plazo máximo de quince (15) días calendario en calidad de sanción por el simple hecho del incumplimiento. Esta sanción se impondrá conforme a la Ley. b) En el evento de presentarse devolución del bien y/o el servicio, por no cumplir el mismo con las especificaciones técnicas del presente contrato, retrasando la entrega del mismo, se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor de los bienes y/o servicios dejados de entregar y/o prestar, por cada día de retardo y hasta por un plazo máximo de 15 días. c) En el evento de que el contratista no desarrolle a tiempo las actividades señaladas en el cronograma que acompaña la oferta y demás obligaciones contractuales, se impondrán multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor del ítem y/o bien cuya actividad no se haya desarrollado por cada día de retardo en la actividad y hasta por un plazo máximo de quince (15) días calendario en calidad de sanción. d) La Entidad podrá declarar el incumplimiento del contrato cuando no sean satisfechas cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista. PAGO DE LAS MULTAS: El pago de las multas a que se refiere esta cláusula podrá exigirse por la vía ejecutiva. Si dicho pago no se hubiere efectuado durante el término de duración del contrato, podrá descontarse de los saldos pendientes a favor del contratista y se
  • 16. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co tendrá en cuenta al momento de su liquidación. Para tal efecto EL CONTRATISTA autoriza a la EMPRESA para hacer los descuentos correspondientes. EXTENSIÓN PARA LAS DEMÁS OBLIGACIONES CONTRACTUALES: Esta sanción puede hacerse efectiva por parte de la Empresa , no sólo para la obligación de entregar los bienes y/o servicios, sino para las demás obligaciones contractuales, especialmente si se trata de la obligación por parte del CONTRATISTA de suscribir las adiciones y/o modificaciones acordadas o cualquier otro acuerdo que conste en documento y que se perfeccione con la suscripción del mismo por las partes aquí involucradas. PENAL PECUNIARIA: Con el fin de sancionar al CONTRATISTA por el hecho de declararse la caducidad administrativa o el incumplimiento definitivo del contrato, previo agotamiento del debido proceso establecido en el artículo el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, las partes convienen, como pena pecuniaria, la obligación del CONTRATISTA de pagar la suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato sin perjuicio de que el CONTRATISTA deba cumplir con la obligación principal y de las acciones judiciales a que haya lugar cuando el perjuicio resulte mayor. La suma anterior se pacta a título de pena, no de indemnización, razón por la cual, LA EMPRESA se reserva el derecho de reclamar al CONTRATISTA el pago de los perjuicios que su incumplimiento le hubiese ocasionado. El pago de la pena pecuniaria a que se refiere esta cláusula podrá exigirse por la vía ejecutiva. Si dicho pago no se hubiere efectuado durante el término de duración del contrato, sobre los saldos pendientes a favor del CONTRATISTA se tendrá en cuenta al momento de la liquidación y desde ya el CONTRATISTA autoriza su descuento. El valor de las sanciones por retardo y de la Cláusula Penal Pecuniaria a que se refiere tanto la cláusula de sanciones, como esta, ingresará al presupuesto de la EMPRESA PROHIBICIÓN DE CESIÓN. - EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato ni total ni parcialmente, a persona alguna, natural, jurídica, nacional o extranjera, sin autorización previa y escrita de LA EMPRESA, Situación que se surtirá mediante resolución motivada REQUISITOS HABILITANTES: La Entidad Contratante debe verificar con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes. Esta verificación se hará de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015 y el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente. De conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del Proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal puede hacer tal verificación en forma directa. Por otra parte, hasta que las cámaras de comercio estén en posibilidad de recibir las renovaciones e inscripciones del RUP utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, las
  • 17. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co Entidades Estatales deben verificar directamente que los Proponentes cumplan con los requisitos habilitantes establecidos en del Decreto 1082 de 2015. A. Carta de presentación de la propuesta Carta de presentación de la oferta debidamente diligenciada con firma autógrafa por el proponente, persona natural con establecimiento de comercio, o el representante legal de la persona jurídica o, por el representante de la unión temporal o consorcio. En esta carta el proponente manifestará bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones establecidas en la Constitución Política o en la Ley. Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta. Las ofertas han de ser presentada directamente en medio físico en la dirección, lugar, hora y fecha que se establecen en el presente pliego antes de la fecha establecida para ello. B. Capacidad jurídica En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y tres años más. La Entidad Contratante también revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas. Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a un (1) mes desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.  Personas Naturales con establecimiento de comercio Si el proponente individual es persona natural deberá acreditar establecimiento de comercio para lo cual ha de presentar el respectivo registro mercantil cuya actividad
  • 18. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co principal tenga relación directa con el objeto del proceso y la vigencia de la misma no sea inferior a doce (12) años contados a partir de la fecha de constitución del establecimiento de comercio hasta el momento del cierre de plazo para presentar ofertas.  Personas Jurídicas Si el proponente es persona jurídica deberá acreditar su existencia y representación legal con la copia del certificado de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, con una experiencia general de doce (12) años contados a partir de la fecha de constitución y registro hasta el momento de la presentación de la propuesta. El registro deberá de tener una vigencia no mayor a treinta (30) días de expedido previos a la fecha de cierre de la convocatoria. En dicho certificado deberán constar claramente las facultades del Gerente o del Representante Legal, el objeto social el cual ha de tener relación directa con el objeto del contrato, y la duración de la sociedad, la cual debe ser, como mínimo, igual al plazo de ejecución del contrato y cinco (05) año más. Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, so pena de la eliminación de la propuesta.  Consorcios, Uniones Temporales u otras Formas Asociativas La Entidad Contratante aceptará que la oferta sea presentada por dos (2) o más personas naturales o jurídicas, que acrediten poseer las calidades enunciadas en los numerales anteriores, quienes en forma conjunta deben informar si su participación es a título de Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa. Para el caso de consorcios, todos los integrantes deberán tener una participación mínima del cincuenta por ciento (50%), de lo contrario, la propuesta será rechazada. Para las uniones temporales, uno de los integrantes deberá tener una participación mínima del cincuenta por ciento (50%), y ninguno de ellos podrá tener una participación inferior al veinticinco por ciento (25%), de lo contrario, la propuesta será rechazada. La forma asociativa deberá constituirse para el presente proceso de selección y así lo señalará expresamente, indicando las reglas básicas que lo regirán, independiente que las personas naturales o jurídicas que lo conformen, sean las mismas que hayan constituido consorcios o uniones temporales para otros procesos. Dichas formas asociativas no podrán ser disueltas ni liquidadas durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba, su liquidación y un año más. Los asociados deberán señalar las reglas básicas que regularán las relaciones entre ellos, con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto y deberán estar
  • 19. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co conformados antes de la fecha de cierre de la convocatoria, mediante documento suscrito con la firma autorizada de cada una de las partes, que avale el acuerdo, según el modelo suministrado en este pliego de condiciones, en el cual se establezca el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y se indique la persona que para todos los efectos los representará. Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en el último caso señalarán los términos y la extensión de su participación en la presentación de la propuesta y en la ejecución del contrato, esto es, indicando cuáles de las obligaciones contractuales (ítem de obra) habrán de ejecutar cada integrante, e indicando el porcentaje de participación en el mismo con máximo dos cifras porcentuales(el cual debe coincidir con la relación entre la sumatoria del valor total de las obligaciones contractuales que le corresponde ejecutar a cada integrante y el valor total de la propuesta del oferente) los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad Contratante so pena del rechazo de la oferta. Los miembros del consorcio o de la unión temporal y demás formas asociativas legalmente constituidas, deberán designar la persona que, para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1.993. Las personas naturales y/o jurídicas integrantes de un consorcio o unión temporal, deben acreditar individualmente la información Tributaria, identificación y Régimen de Impuesto a las Ventas al que pertenecen, así como el Certificado de Existencia y Representación Legal. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del consorcio o unión temporal y demás formas asociativas legalmente constituidas, deberán escoger para efectos de pago, en relación con la facturación, una de las siguientes opciones, la misma que deberá manifestarse expresamente y por escrito al momento de la adjudicación del contrato: a) Si la va a efectuar en representación del Consorcio o Unión Temporal uno de sus integrantes, caso en el cual debe informar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre, razón social y el número del NIT de cada uno de ellos. b) Si la facturación es en forma separada, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberá informar la participación en el valor del contrato. c) Si la facturación la va a realizar el consorcio o la unión temporal a nombre propio y en representación de sus miembros (es decir bajo su propio NIT), caso en el cual se debe
  • 20. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre de la razón social y el número de identificación tributaria, NIT, de cada uno de ellos. Adicionalmente, en caso de ser el adjudicatario del contrato, deberá adelantar los trámites de expedición del RUT del consorcio o la unión temporal ante la DIAN; documento necesario para los trámites de la legalización del contrato. 1. Registro Único de Proponentes Todas las personas naturales con establecimiento de comercio o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. El proponente presentará con su propuesta, el Registro Único de Proponentes de la respectiva Cámara de Comercio (expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección), de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012. Dicha exigencia aplica para todos los proponentes y cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación. 2. Acreditación de los aportes al sistema de seguridad social De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el Articulo 23 de la Ley 1150 de 2007, a la fecha de la presentación de la propuesta, el oferente deberá aportar certificaciones del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta. Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros. 3. Copia del Registro Único Tributario Actualizado, y expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, cuyo código CIIU registrado corresponda al 4290 o similar con el objeto del contrato, donde además aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento con los requerimientos exigidos. 4. Certificado de Responsables Fiscales, Certificado de Antecedentes Disciplinarios y Certificado de Antecedentes Judiciales El proponente no deberá encontrarse inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales (artículo 60, Ley 610 de 2000), no deberá presentar antecedentes disciplinarios (Artículo
  • 21. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co 174 de la Ley 734 de 2002) ni deberá presentar antecedentes judiciales (Policía Nacional), situación que será verificada por la Entidad Contratante. Igual requisito deberá cumplir: 1) el Representante Legal de las personas jurídicas, 2) el representante de los consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, 3) los integrantes de los consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación y sus respectivos representantes legales y 4) el proponente persona natural individual o integrante de alguna de las formas asociativas. C. Equipo mínimo de trabajo requerido A continuación, se relaciona el equipo de trabajo mínimo requerido, con los perfiles profesionales exigidos. Dicho equipo es un requisito habilitante. Se requiere que el oferente presente en su propuesta la documentación del equipo de trabajo solicitado que acredite el perfil profesional y la experiencia requerida de cada uno de ellos. CARGO PERFIL PROFESIONAL Dedicación al proyecto EXPERIENCIA Profesional emprendimiento administración de empresas o áreas afines 100% Experiencia general: 01 año experiencia, los cuales serán contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional. Experiencia especifica: 06 meses en contratos relacionados con productividad, competitividad y emprendimiento, esta certificado mediante la presentación de al menos dos certificados en donde se haya desempeñado en dichas areas. Asistente agropecuario tecnólogo o profesional en agropecuaria o áreas afines 100% Experiencia general: 01 años de experiencia, los cuales serán contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional. Experiencia especifica: 06 meses en contratos relacionados con acompañamientos o accesorias agropecuarias, esta certificado mediante la presentación de al menos dos certificados en donde se haya desempeñado en dichas áreas
  • 22. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co D. Experiencia del oferente  Experiencia general La experiencia general del proponente deberá estar relacionada con la actividad constructora y acorde con su objeto social. El Municipio teniendo en cuenta las características y cuantía del presente proceso, requiere que para su ejecución el proponente cumpla con unas condiciones de experiencia general que garanticen a la entidad que podrá llevar a cabo la ejecución del proyecto con la calidad requerida; por este motivo deberá tener una Experiencia general mínima de tres (03) años contada a partir de la inscripción en el registro mercantil o certificado de existencia y representación legal hasta el momento que finalice el plazo para presentar ofertas. Si la propuesta es presentada por un consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, cada uno de los integrantes deberá cumplir con la experiencia general requerida.  Experiencia específica Para el presente proceso, el proponente deberá tener registrados en el RUP los códigos UNSPSC requeridos y mínimos uno (01) contratos cuya cuantía sea superior al 100% del presupuesto oficial y que estén relacionados con el objeto del presente proceso asi y dos CUNSPC: Clasificación UNSPSC Descripción 70141500 Producción de cultivos 80141900 Exhibición y ferias comerciales 93131600 Planeación y programas de políticas de nutrición y alimentación. 85151600 Asuntos nutricionales 86101700 Servicios de capacitación vocacional no científica Para tal efecto el proponente allegara con la oferta los certificados que acrediten la experiencia requerida y subrayar en el RUP el número de registro de contrato.
  • 23. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, la experiencia de la forma asociativa será la suma de la experiencia aportada por cada uno de sus integrantes sin considerar su porcentaje de participación. Para la experiencia acreditada, no se acepta la experiencia proveniente de Ofertas Mercantiles, ni la adquirida con personas naturales o jurídicas privadas ni los contratos en que los proponentes certifiquen experiencia de ejecución de proyectos en los cuales ellos mismos: son los propietarios y/o compren y/o diseñen y/o construyan y/o vendan. El Municipio hará esta verificación a partir de lo reportado en el Registro Único de Proponentes, para lo cual los contratos a certificar deberán ser señalados por el proponente en el RUP. E. Capacidad financiera El proponente debe cumplir con los siguientes indicadores. Esta información se verificará con los indicadores contenidos en el RUP. Indicadores de capacidad financiera Indicador Índice requerido Índice de Liquidez Mayor o igual a 1.00 Índice de Endeudamiento Menor o igual a 0.50 Razón de Cobertura de Intereses Mayor o igual a 0.00 Activo corriente total. Mayor o igual a 100% del presupuesto. Patrimonio Mayor o igual a 100% del presupuesto. Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe cumplir su capacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación. En caso de Uniones Temporales y Consorcios, los anteriores indicadores se calcularán con base en la suma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes, para cada una de las cuentas con las cuales se calcula el indicador financiero de conformidad con el procedimiento adoptado en el manual de Colombia Compra Eficiente de conformidad con el porcentaje de participación. Sin perjuicio de lo anterior, ni el proponente individual ni ninguno de los integrantes de las formas asociativas permitidas por la ley podrá(n) acreditar un indicador de razón de cobertura de intereses menor que cero (0) so pena de considerar la propuesta como “no cumple” la capacidad financiera. F. Capacidad organizacional
  • 24. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co El proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP. Indicadores de capacidad organizacional Indicador Índice requerido Rentabilidad del patrimonio Mayor o igual a 0.5 Rentabilidad del activo Mayor o igual a 0.3 Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe cumplir su capacidad organizacional de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación. En caso de Uniones Temporales y Consorcios los anteriores indicadores se calcularán con base en la suma aritmética ponderada por la participación de cada uno de los integrantes, para cada una de las cuentas con las cuales se calcula el indicador de capacidad organizacional. Sin perjuicio de lo anterior, ni el proponente individual ni alguno de los integrantes de las formas asociativas permitidas por la ley podrá(n) acreditar un indicador de rentabilidad sobre el patrimonio y/o rentabilidad sobre activos menor que cero so pena de considerar la propuesta como “no cumple” la capacidad organizacional. G. Oferta económica Con la propuesta se allegará la oferta económica, debidamente firmada por el representante legal, cuyo valor global deberá ser igual o inferior al valor del presupuesto oficial. La entidad rechazara y no evaluara las ofertas cuyo valor total sea superior al presupuesto oficial. H. Paz y salvo municipal Con la oferta se deberá allegar certificado expedido por la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico del Municipio de Abriaquí, en el cual conste que el oferente no tiene obligaciones pendientes con la entidad municipal. I. Capacidad operativa Con la oferta el proponente deberá acreditar que posee y dispone de un vehículo 4x4 con platón placa blanca. MODALIDAD DE SELECCIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LA SOPORTAN
  • 25. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co De conformidad con lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 4 del decreto 092 de 2017 La Entidad Estatal calculara la relación costo-beneficio de cada oferta restando del precio total ofrecido los valores monetarios asignados a cada una de las condiciones técnicas y económicas adicionales ofrecidas. La mejor relación costo-beneficio para la Entidad Estatal es la de la oferta que una vez aplicada la metodología anterior tenga el resultado más bajo. La Entidad Estatal debe adjudicar al oferente que presentó la oferta con la mejor relación costo-beneficio y suscribir el contrato por el precio total ofrecido. Mejor Precio ofertado. 650 puntos máximo. Mejores Condiciones técnicas. 200 puntos máximo. Mejora capacidad de ejecución. 50 puntos Protección a la industria nacional. De conformidad con la ley816 de 2003 y decreto ley 019 de 2012 y demás normas reglamentarias. 100 puntos Las propuestas u ofertas para efectos de la adjudicación correspondiente serán objeto de evaluación y calificación en los componentes técnicos y económicos por lo que se ha determinado la asignación de puntaje total de 1.000 puntos, para lo cual se elegirá aquella que obtenga el mayor puntaje previo el cumplimiento de los requisitos habilitantes si esta no cumpliere con la totalidad de los requisitos se asignara el proceso a la oferta que está en segundo lugar y así sucesivamente hasta adjudicar el contrato o declarar desertado el proceso dado que ninguna propuesta cumple con los requerimientos exigidos VALOR DE LA OFERTA: la entidad asignara 650 puntos a la oferta con menor precio, siendo este el mayor puntaje que se pueda asignar por este criterio, las demás propuestas se evaluaran de conformidad con la siguiente formula: PUNTAJE DE OFERTA = (oferta menor valor/ oferta a evaluar) X 650 MEJORES CONDICIONES TECNICAS. La entidad asignara hasta 200 puntos a los oferentes que brinden a la entidad mejores condiciones técnicas de los siguientes productos así: descripción modelo Puntos Vehículo 4x4 con platón placas blancas 2006 o 2007 50 Vehículo 4x4 con platón placas blancas 2008 o 2009 10 Vehículo 4x4 con platón placas blancas 2010 o 2011 150 Vehículo 4x4 con platón placas blancas 2012 en adelante 200
  • 26. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co MEJOR CAPACIDAD DE EJECUCION. La entidad asignara hasta 50 puntos a los oferentes que ejecuten el proyecto con propios recursos sin que para ello requiera anticipo, las demás propuestas se evaluaran de forma proporcional así: La entidad calculara la media de conversión de puntos (MC) la cual es el resultado de dividir en número entero el monto máximo que la entidad podrá conceder de anticipo (MVA) y el máximo de puntos a otorgar (VMP) por dicho criterio. Una vez calculada la media de conversión se calculará los puntajes a asignar conforme la siguiente formula: TOTAL, PUNTOS A ASIGNAR: VMP - (valor del anticipo solicitado / MC) Mayor valor del anticipo que se concederá (MVA): 30% (deberá ser menor o igual) Valor máximo de puntos a asignar (VMP) : 50 puntos Media de convención (MC): MVAS / VMP Nota: con la oferta se ha de allegar oficio debidamente firmado en el cual con claridad se establezca cuál será el valor del anticipo que el oferente requiere para la ejecución del contrato así este sea cero, sin que dicho valor sea superior al 30%. Por tanto, el valor del anticipo no podrá ser superior a dicho valor, igualmente las ofertas que no presenten el respectivo oficio en el cual se establezca el valor del anticipo requerido no se les asignará puntaje por dicho criterio. CONSOLIDACIÓN DE LAS EVALUACIONES: Los puntajes asignados por la evaluación económica y de calidad se sumarán a fin de determinar los puntajes totales, siendo la propuesta con mayor puntaje la más benéfica en términos costo – calidad para la entidad. En caso de empate de dos o más propuestas se procederá de conformidad con el artículo 33 del decreto 1510 de 2013 FORTALECIMIENTO INDUSTRIA NACIONAL: se asignará un puntaje adicional de conformidad con la ley 816 de 2003 y decreto ley 019 de 2012 y demás normas reglamentarias CRONOGRAMA DEL PROCESO CRONOGRAMA DEL PROCESO (ART 17 MANUAL DE CONTRATICION EMPAPA SAS ESP) Acto de autorización contratación 22 de enero de 2018
  • 27. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co Invitación a ofertar a ESAL 23 de enero de 2018. Termino para presentar ofertas Hasta el 24 de enero de 2018 a las 11:00 horas en la Secretaria General y de Gobierno. Evaluación de ofertas Hasta el 24 de enero de 2018 a las 17:00 horas Notificación informe de evaluación 25 de enero de 2018 desde las 08:00 hasta las 17:00 horas. El informe se notificará al correo que se aporte con la oferta. Termino para observar informe de evaluación 25 de enero de 2018 hasta las 17:00 horas Respuesta observaciones y adjudicación 26 de enero de 2018 11. LUGAR DONDE SE PODRAN CONSULTAR LOS ESTUDIOS PREVIOS Y DOCUMENTOS DEL PROCESO En la página de la entidad o en la Secretaria de Gobierno del Municipio de Abriaqui, Antioquia, Edificio Municipal segundo piso. Cordialmente, FIRMA EN ORIGINAL MARIA ESPERANZA GARCIA MARIN Secretaria General y de Gobierno
  • 28. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co FORMATO Nº 1 CARTA DE PRESENTACIÓN SEÑORES MUNICIPIO DE ABRIAQUI. Nosotros los suscritos: __________________________ de acuerdo con la invitación publica N° presentamos propuesta para el objeto de la referencia y, en caso que nos sea aceptada, nos comprometemos a ejecutar el contrato correspondiente. Declaro que ostento capacidad para comprometerme o comprometer la sociedad que represento o la modalidad de asociación. Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni el contrato probable que de ella se derive. Que conocemos la información general y demás documentos de las bases de contratación del presente proceso y que aceptamos los requisitos en ellos contenidos, en cuanto al plazo, condiciones y especificaciones técnicas y en general tolo lo solicitado en la invitación pública. Que el valor de nuestra propuesta es de $___________________________ Que no nos hallamos incurso en causal alguna de inhabilidades e incompatibilidades señaladas en la Ley y que no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibición especial para contratar. Que hemos leído los documentos publicados en el portal de contratación relacionados con el presente proceso y que aceptamos su contenido. Que aceptamos la forma de pago estipulada en el documento de invitación pública. Que conocemos que para el contrato a celebrarse se entiende pactadas las cláusulas excepcionales al derecho común, de interpretación, modificación, términos unilaterales y caducidad del contrato, de conformidad con lo establecido en los 15. 16.17 y 18 de la Ley 80 de 1993.
  • 29. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co Que durante la ejecución del contrato a celebrarse nos obligamos a permanecer al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los parafiscales (propios del SENA, ICBF Y Cajas de Compensación Familiar). Lo anterior será acreditado para la legalización de cada pago derivado del contrato. Que en virtud del contrato a celebrarse nos obligamos a mantener indemne a la entidad de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones del futuro contratista o de las de sus subcontratistas o dependientes, de conformidad con el Decreto 931 de 2009. Que de llegar a obtener la adjudicación del contrato, existen compromisos de ejecutar el mismo en el plazo contenido en los estudios previos y en la invitación pública, y nos obligamos a constituir las pólizas y/o garantías allí requeridas dentro de los 5 días háblales siguientes a la fecha de publicación de la comunicación de aceptación de la oferta. Que aceptamos que en el evento de presentarse diferencias en razón de la celebración, ejecución, desarrollo y terminación del contrato se procederá a la conciliación prejudicial ante la Procuraduría General de Nación entes de iniciar cualquier acción judicial, y que no acudiremos ante ninguna otra forma alternativa de soluciones de conflictos. Que nos comprometemos a no ceder total o parcialmente el contrato que nos sea adjudicado, y a no subcontratar el objeto del mismo con persona alguna, salvo autorización previa por parte de LA EMPRESA. Que en caso de que incurramos en incumplimiento total, parcial o en caso de mora, nos acogemos a lo dispuesto en el contrato celebrado, sobre las cláusulas penal pecuniaria y las multas, las cuales aceptamos de manera expresa. Que nos comprometemos a efectuar la liquidación del contrato en los términos establecidos en la invitación pública. Que Aceptamos los demás términos y exigencias contenidos en la invitación pública, la cual junto con los estudios y documentos previos hace parte integral del contrato a celebrarse. Atentamente, Proponente: _____________________________________________________________ Dirección: _______________________Teléfono: _____________ Fax: _____________ Representante Legal del proponente: _______________________________________ Dirección: _____________________________ Teléfono: _________________________ Nombre del Representante Legal: ___________________________________________ Documento de identificación: _______________________________________________
  • 30. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co _____________________________ ____________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL C.C. o NIT (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
  • 31. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co FORMATO Nº 2 FORMULARIO DE PROPUESTA ECONOMICA Señores MUNICIPIO DE ABRIAQUI E.S.M. El suscrito _________________________, obrando en nombre y representación de conformidad con lo establecido en la invitación de la referencia oferto de forma irrevocable y con precio fijo, los bienes, objeto del presente proceso de contratación, que cumplen con las características técnicas exigidas, por un valor total de _____________pesos m/cte ($__________) discriminado así: ÍTEM PRODUCTO UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD PRECIO UNITARIO IVA VALOR TOTAL 1 2 TOTAL NOTA: se ha de considerar en el valor de la oferta los impuestos y retenciones de la empresa __________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE _________________________________ FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL CC. o NIT (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
  • 32. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co FORMATO Nº 3 MULTAS O SANCIONES SEÑORES MUNICIPIO DE ABRIAQUI E.S.M. Nº CONTRATO RESOLUCIÓN MULTA FECHA DE EJECUTORIADA LA MULTA RESOLUCIÓN SANCIÓN FECHA DE EJECUTORIADA LA SANCIÓN _____________________________ ____________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL C.C. o NIT (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
  • 33. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co FORMATO N° 4 CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 SOLO APLICA A PERSONA NATURAL Yo ------------------------ identificado (a) con C.C. ---------------- de ----------------., de acuerdo con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su artículo 442 en consonancia con la ley 789 de 2002 artículo 50 que no estoy obligado a hacer aportes en parafiscales en virtud que no tengo personal a cargo. Dada en Angelópolis a los ------------ días del mes de ------------- de 2016 FIRMA PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL Cédula Nº
  • 34. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co FORMATO N° 5 RELACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA SEÑORES MUNICIPIO DE ABRIAQUI E.S.M. No. NOMBRE DE LA ENTIDAD O EMPRESA CONTRATANTE CERTIFICACIÓN (Señale sí la entidad que la otorga es Pública o Privada) CONTRATO No. OBJETO VALOR NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL C.C. o NIT
  • 35. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN Señores: MUNICIPIO DE ABRIAQUI Antioquia. e. s. m. Referencia: COMPRIMISO ANTICORRUPCION PROCESO _______ El(los) suscrito(s) a saber: (Nombre del representante legal de la sociedad, asociación o persona jurídica PROPONENTE, o nombre del representante legal del consorcio o Unión Temporal PROPONENTE) domiciliado en (Domicilio de la persona firmante), identificado con (Documento de Identificación de la persona firmante y lugar de expedición), quien obra en calidad de (Representante legal de la Sociedad, del Consorcio, de la Unión Temporal PROPONENTE, si se trata de persona jurídica, caso en el cual debe identificarse de manera completa dicha Sociedad, Consorcio, Unión Temporal, indicando instrumento de constitución y haciendo mención a su registro en la Cámara de Comercio del domicilio de la persona jurídica), que en adelante se denominará EL PROPONENTE, manifiesta(n) su voluntad de asumir, de manera unilateral, en el pliego de condiciones, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: PRIMERO: Que el MUNICIPIO DE ANGELOPOLIS adelanta un proceso de ………… para la celebración de un contrato estatal para ………… SEGUNDO: Que siendo el interés del EL PROPONENTE apoyar la acción del Estado colombiano, para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas. TERCERO: Que siendo del interés del PROPONENTE participar en el proceso de ………… aludido en el considerando primero precedente, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso, y en tal sentido suscribe el presente compromiso unilateral anticorrupción, que se regirá por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA. COMPROMISOS ASUMIDOS. EL PROPONENTE, mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos: 1. EL PROPONENTE no ofrecerá ni dará sobornos, ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con su propuesta con el proceso de Selección Abreviada, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
  • 36. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co 2. EL PROPONENTE se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor o haga en su nombre. 3. EL PROPONENTE se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de ………… la relación contractual que podría derivarse de ella, y les impondrá las obligaciones de: a. No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios del MUNICIPIO, ni a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la adjudicación de la propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la aceptación de la propuesta b. No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios del MUNICIPIO durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser aceptada su propuesta. 4. EL PROPONENTE se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de Selección Abreviada CLÁUSULA SEGUNDA. PAGOS REALIZADOS. EL PROPONENTE declara que para la elaboración y presentación de la presente propuesta ha realizado, o debe realizar, únicamente los siguientes pagos, incluyendo los pagos de bonificaciones o sumas adicionales al salario ordinario que puedan hacerse a sus propios empleados, representantes, agentes o asesores, o a los empleados, agentes o asesores de otras empresas, tanto públicos como privados: BENEFICIARIO (Nombre del beneficiario del pago realizado o por realizar) MONTO ($) (Valor del pago realizado o por realizar, en pesos corrientes) CONCEPTO (Concepto del pago realizado o por realizar. En esta columna deben discriminarse de manera clara y detallada cada uno de los conceptos bajo los cuales se ha realizado cada pago, o el concepto por el cual se prevé que se realizará un gasto en el futuro, asociados en cualquiera de los casos a la presentación de la propuesta.) En caso de resultar favorecida su propuesta el PROPONENTE realizará únicamente los siguientes pagos:
  • 37. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ Carrera 11 # 11-07 // Teléfono: 852 00 24 - 852 00 86 // Código Postal 057460 // NIT. 890.981.251-1 www.abriaqui-antioquia.gov.co – alcaldia@abriaqui-antioquia.gov.co BENEFICIARIO (Nombre del beneficiario del pago realizado o por realizar) MONTO ($) (Valor del pago realizado o por realizar, en pesos corrientes) CONCEPTO (Concepto del pago realizado o por realizar. En esta columna deben discriminarse de manera clara y detallada cada uno de los conceptos bajo los cuales se ha realizado cada pago, o el concepto por el cual se prevé que se realizará un gasto en el futuro, asociados en cualquiera de los casos a la presentación de la propuesta.) CLÁUSULA TERCERA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO EL PROPONENTE asume a través de la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en el proceso, si se verificare el incumplimiento de los compromisos anticorrupción. En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de (Ciudad donde se firma el presente documento) a los (Día del mes en letras y números, del año). EL PROPONENTE: _______________________________________________ (Nombre, número del documento de identificación y firma del PROPONENTE o su representante) Únicamente se exceptúan los gastos que haya realizado el PROPONENTE por concepto de salarios, bonificaciones, prestaciones sociales o cualquier gasto derivado de los contratos de trabajo bajo los cuales se encuentren vinculadas las personas que laboran de manera permanente con el PROPONENTE o con cualquiera de las personas jurídicas que conforman al PROPONENTE en el caso de tratarse de un PROPONENTE plural, costos que no deben discriminarse por beneficiario, sino que deben consolidarse bajo uno de los siguientes dos rubros: 1. Total Salarios Brutos y 2. Aportes parafiscales y seguridad social. Igualmente, todos los gastos menores, tales como papelería, mensajería, etc., podrán agruparse en un único concepto bajo la denominación 'gastos de funcionamiento', siempre que de manera tanto individual como consolidada tengan un costo total inferior a los mil dólares de los estados unidos de América (US $ 1.000.oo). SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI ES PLURAL (CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL), A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES LEGALES. Atentamente. Oferente: c.c: