Presentación realizada por Victor Guillerfo Figueroa, Técnico CADE Pegalajar. Esta presentación indica las lineas y carácteristicas que los autonomos tienen que cumplir para solicitar estas ayudas.
3. Cuenta con 230 Centros de Apoyo al Desarrollo
Empresarial (CADE)
CADE de Jaén
Dirección: C/Federico del Castillo s/n
Teléfono de contacto: 953 31 35 60
Correo electrónico: info@andaluciaemprende.es
Página Web: www.andaluciaemprende.es
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4. CADEs más cercanos: Jaén, Torredelcampo, Pegalajar.
PAITs (Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación). Los
más cercanos en Jaén y Mancha Real.
¿Qué es la Red Territorial de Apoyo a Emprendedores?
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Servicios de Apoyo a la Creación y al Desarrollo
de Empresas y Empleo
Para cualquier persona con una Idea de Negocio o Proyecto Empresarial
ofrecemos:
• Asistencia técnica especializada para la elaboración del Plan de
Empresa/Desarrollo.
• Análisis de la Viabilidad Económica del proyecto.
• Apoyo en los trámites administrativos para la constitución de la empresa
y solicitud de ayudas.
• Captación de socios para proyectos de cooperación competitiva.
• Acceso a redes sociales.
• Búsqueda de financiación pública y privada.
• Apoyo a la internacionalización.
• Formación en gestión empresarial básica y avanzada.
• Alojamiento empresarial en naves industriales u oficinas.
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• Encuentros empresariales: Innovisibles, Día de la Persona
Emprendedora, etc.
• Programas Regionales: Generación E, RCE, etc.
• Programas provinciales: evento a nivel provincial para difundir y
fomentar el mundo del emprendimiento.
• Colaboración y cooperación con otras instituciones: Universidades,
centros educativos, Guadalinfo, GDR, etc.
• Participación en ferias sectoriales, nacionales e internacionales.
• Etc.
Área de Difusión y Fomento de la Cultura Emprendedora
7. Plan de Empleo para la provincia de Jaén
Ayudas para autónomos en municipios con
menos de 10.000 habitantes
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BENEFICIARIOS
• TRABAJADORES AUTÓNOMOS DE LA PROVINCIA DE JAÉN
3.000 €. Estas subvenciones serán incompatibles con otras ayudas,
ingresos o recursos que se puedan conceder a los beneficiarios para la
misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones, entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de cualquier
organismo internacional.
CUANTÍA E INCOMPATIBILIDAD
• PEGALAJAR: 3 AYUDAS.
• LA GUARDIA DE JAÉN: 4 AYUDAS.
Nº de ayudas
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REQUISITOS
A
a) Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente
alta en el RETA, o en aquel que legal o estatutariamente le
corresponda, con fecha de alta a partir del 1 de diciembre de 2012 y
anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
b) No haber ejercido una actividad económica como autónomo en
los tres meses anteriores al alta a la que se refiere el punto a).
c) Estar empadronado, con una antigüedad de al menos 3 meses
anteriores a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la
Provincia de Jaén (BOP) de la presente normativa reguladora, en
alguno de los 64 municipios de la provincia de Jaén que se recogen en
el artículo 6 de esta normativa.
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RÉGIMEN DE CONCESIÓN
A
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de
concurrencia no competitiva, hasta agotar el crédito presupuestado
para cada municipio, teniendo como único orden de prelación en cada
municipio el de la fecha de presentación de las solicitudes.
En el caso de que en un mismo municipio se presenten 2 ó más
solicitudes en el registro el mismo día y éstas superen en número las
ayudas disponibles para dicho municipio, tendrá prioridad el solicitante
menor de edad.
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SOLICITUD
A
Plazo: desde el 2 de octubre hasta el 15 de noviembre de 2013.
Presentación de solicitud y documentación en :
• Registro de Diputación de Jaén
• Registro de cualquier Ayuntamiento de la provincia de Jaén,
• Otros registros de entidades públicas
Documentación:
• Solicitud y anexos II y III cumplimentados.
• Fotocopia compulsada del NIF o similar.
• Certificado de empadronamiento.
• Fotocopia compulsada del alta en autónomos (Seg. Social).
• Informe de Vida Laboral.
Importante: la documentación a presentar deberá ser original o estar
debidamente compulsada.
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OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
A
a) Permanecer un periodo ininterrumpido mínimo de 18 meses de
alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la
Seguridad Social, o en aquel que legal o estatutariamente le
corresponda.
b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así
como la realización de la actividad y el cumplimiento de la
finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención,
sometiéndose a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el
Órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y
control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes, tanto nacionales como comunitarios, internos o externos,
aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las
actuaciones anteriores.
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OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
c) Comunicar al órgano concedente en la petición que formule las
subvenciones que para la misma finalidad hubiere solicitado, así
como las subvenciones concedidas que fueran incompatibles
para dicha finalidad. De obtenerse dichas subvenciones en un
momento posterior al acto de otorgamiento, la comunicación habrá de
hacerse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad
a la justificación de la aplicación dada a los fondos recibidos.
d) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás
documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la
legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso,
así como cuantos estados contables y registros específicos sean
exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la
finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de
comprobación y control.
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OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de
concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones con el Estado y con la Diputación Provincial, y frente
a la Seguridad Social, en la forma señalada en las Bases de
Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Jaén
para el año 2012.
f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los
fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto
puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
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RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento
será de seis meses, computados a partir de la fecha en que concluye
el plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la posibilidad
de ampliar el plazo de resolución.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución
legitima a los beneficiarios para entender desestimada por silencio
administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
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PAGO Y JUSTIFICACIÓN
La subvención se hará efectiva con carácter anticipado en un único pago
previo a la justificación por el beneficiario.
El plazo para presentar la documentación justificativa será de tres meses
y se iniciará 18 meses después de que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
El beneficiario aportará la siguiente documentación:
a) Informe de Vida Laboral actualizada a la fecha de presentación de la
justificación.
b) Justificante de los recibos de autónomos y su justificante de pago,
correspondientes a un periodo ininterrumpido de 18 meses a contar
desde la fecha de inicio de la actividad.
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REINTEGRO
En caso de que el beneficiario haya permanecido de alta en la actividad
durante un periodo inferior al año se considerará causa de
incumplimiento total y procederá el reintegro de la totalidad de la
subvención percibida, con la única excepción debidamente justificada
para los supuestos concretos de fallecimiento o incapacidad permanente
del beneficiario. En estos dos supuestos el reintegro será parcial de
acuerdo a lo establecido en el punto 2 de este artículo.
Si el beneficiario ha permanecido en la actividad un periodo superior al
año, el reintegro será parcial y su cuantificación será proporcional al
tiempo que reste para completar el periodo mínimo.
18. 18
Podéis contactar conmigo en:
CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL DE PEGALAJAR
P.I. PASEO DEL PUERTO S/N, MANZANA 8, PARCELA 8
Teléfono: 671 59 26 67
E-mail: vfigueroa@andaluciaemprende.es