El documento habla sobre los delitos informáticos según la Ley Especial contra los delitos informáticos de Venezuela. Define un delito informático como cualquier acción ilícita realizada a través de medios informáticos para perjudicar a personas o sistemas. La ley clasifica los delitos informáticos en cinco categorías: 1) delitos contra sistemas de información, 2) delitos contra la propiedad, 3) delitos contra la privacidad, 4) delitos contra niños y 5) delitos contra el orden económico. La ley también establece
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Ley venezolana delitos informáticos
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Bicentenaria de Aragua
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de derecho
delitos informáticos
Integrante:
Alejandro Díaz C.I.: 23.784.827.
2. Que es un delito informático
Toda acción ilícita llevada a cabo por vías informáticas con el fin de perjudicar
a personas naturales, jurídicas, medios y redes electrónicas.
Diferentes autores lo definen de la siguiente manera:
Carlos Sarzana, en su obra Criminalista e tecnología, los crímenes por
computadora comprenden "cualquier comportamiento criminógeno en el
cual la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de
la acción criminógena, como mero símbolo“.
Nidia Callegari define al delito informático como "aquel que se da con la
ayuda de la informática o de técnicas anexas“.
3. Ley Especial contra los delitos informáticos
Artículo 1: Objeto de la Ley.
Protección integral para los sistemas que
utilizan tecnologías de información.
Prever y sancionar los delitos cometidos a
estos sistemas o a sus componentes.
Delitos que se cometan en el uso de estas
tecnologías
4. Ley Especial contra los delitos informáticos
Artículo 3: Extraterritorialidad.
Se refiere a delitos extraterritoriales, es decir, delitos que estén tipificados en
la presente ley pero que se hayan cometido fuera del territorio venezolano
pero que hayan producido efectos de hecho punible, en este país y que el
sujeto activo no haya sido juzgado y a la vez evadido el juzgamiento por
tribunales extranjeros.
5. Ley Especial contra los delitos informáticos
TITULO II DE LOS DELITOS (Art. 6 –
26)
1
• Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de Información
(Art. 6 al 12).
2
• Delitos Contra la Propiedad (Art. 13 al 19).
3
• Delitos Contra la Privacidad de las Personas y de las
Comunicaciones (Art. 20 al 22).
4
• Delitos Contra Niños, Niñas o Adolescentes (Art 23 al 24).
5
• Delitos Contra el Orden Económico (Art. 25 al 26).
6. Ley Especial contra los delitos informáticos
Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de
Información.
Acceso Indebido.
Sabotaje o Daño a
sistemas.
Acceso Indebido o
Sabotaje a
Sistemas
Protegidos.
Posesión de Equipos
o Prestación de
Servicios de
Sabotaje.
Espionaje
Informático.
7. Delitos Contra la Propiedad
Ley Especial contra los delitos informáticos
Hurto. Fraude.
Obtención indebida
de bienes y
servicios.
Manejo Fraudulento
de Tarjetas
Inteligentes o
Instrumentos
análogos.
Apropiación de
Tarjetas Inteligentes
o Instrumentos
Análogos.
Provisión Indebida
de Bienes o
Servicios.
Posesión de Equipo
Para Falsificaciones.
8. Ley Especial contra los delitos informáticos
Delitos Contra la Privacidad de las Personas de las Comunicaciones
Violación de la
Privacidad de la
Data o
Información de
Carácter
Personal.
Violación de la
Privacidad de las
Comunicaciones.
Revelación
Indebida de Data
o Información de
Carácter
Personal.
9. Ley Especial contra los delitos informáticos
Delitos Contra Niños, Niñas o Adolescentes.
Difusión o Exhibición de Material
Pornográfico.
Exhibicion Pornográfica de Niños, niñas o
Adolescentes.
10. Ley Especial contra los delitos informáticos
Delitos Contra el Orden Económico.
Apropiación de Propiedad Intelectual.
Oferta Engañosa.