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MARCO LEGAL
ACCIDENTE DE
TRABAJO
ALUMNA: DENNIS ANDREA DÁVILA LÓPEZ
PARALELO “A”
UNIVERSIDAD TENICA DEL NORTE
MAESTRIA EN HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL
NORMATIVA EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CONSTITUCION DE LA
REPUBLICA DEL ECUADOR
ACUERDOS INTERNACIONALES
DECRETOS EJECUTIVOS
ACUERDOS MINISTERIALES
ACUERDOS INSTITUCIONALES
EMPRESARIAL
Art.326.-El derecho al trabajo se sustenta en los
siguientes principios:
5. Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus
labores en un ambiente adecuado y propicio, que
garantice su salud, integridad, seguridad,
higiene y bienestar.
OIT: Convenios que se encuentran ratificados
por el Ecuador.
CAN:
Decision 584 : Instrumento Andino de
Seguridad y Salud en el trabajo (Conceptos)
Resolucion 957 : Reglamento del Instrumento
Andino de Seguridad y Salud en el trabajo.
(Art1.-Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
en el trabajo.
DECRETO EJECUTIVO 2393
REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y
SALUD DE LOS TRABAJADORES Y
MEJORAMIENTO DEL MEDIO
AMBIENTE EN EL TRABAJO (Estándar)
Ministerio de Trabajo
• AM 135 Instructivo para el cumplimiento
de las obligaciones de los empleadores
públicos y privados.
• AM 1404 Reglamento para el
funcionamiento de los servicios médicos
de empresas.
• AM 398 VIH SIDA
Ministerio de Salud Pública:
• AM 138 Historia Clínica Única
• AM 341 Instructivo para la Aplicación de
la Historia Clinica Ocupacional.
INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD
SOCIAL
• C.D 513 REGLAMENTO DEL SEGURO GENERAL
DE RIESGOS DEL TRABAJO.
• C.D. 517 REGLAMENTO GENERAL DE
RESPONSABILIDAD PATRONAL.
1. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
• LOSEP
• CODIGO DE TRABAJO
2. REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL (EPP)
• RESPUESTA: La obligación es del
empleador y de forma gratuita.
DECISION N. 584
Art. 11 literal c)
DECRETO EJECUTIVO 2393
Art. 11 numeral 5
Info
Info
Decisión N. 584
Art.11.-
c) Combatir y controlar los riesgos en su origen
en el medio de transmisión y en el trabajo,
privilegiando el control colectivo al individual.
En caso de que las medidas de prevención
colectivas resulten insuficientes, el empleador
deberá proporcionar, sin costo alguno para
el trabajador , las ropas y los equipos de
protección individual .
Decreto Ejecutivo 2393
Art 11.- OBLIGACIONES DE LOS
TRABAJADORES . Son obligaciones generales
de los personeros de las entidades y empresas
publicas y privadas, las siguientes:
5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores
vestido adecuado para el trabajo y los
medios de protección personal y colectiva
necesarios.
• Levantar las necesidades de
equipamiento y ropa de
trabajo adecuada, así
coordinar la provisión y
control del uso de los equipos
de protección individual al
personal operativo en campo
mediante observaciones e
inspecciones permanentes
• Valorar las condiciones
de salud del personal, en
función del puesto que
ocupa y los riesgos a los
que esta expuesto
• Identificar , evaluar y
priorizar los factores de
riesgo asociados a las
actividades desarrolladas y
definir las medidas de
control para eliminarlos o
mitigarlos.
• Preparar coordinar y socializar
campañas de salud preventiva.
• Atender consultas y emergencias
medicas del personal, si se llegara a
suscitar un accidente laboral.
• RESPUESTA: Si, siempre y cuando
exista un peligro inminente que ponga
en riesgo su seguridad y la de los otros
compañeros.
DECISIÓN N. 584
Art. 21
Info
Art.21.- Sin perjuicio de cumplir con sus obligaciones
laborales , los trabajadores tienen derecho a
interrumpir su actividad cuando , por motivos
razonables, consideren que existe un peligro
inminente que ponga en riesgo su seguridad o la de
otros trabajadores. En tal supuesto, no podrán sufrir
perjuicio alguno, a menos que hubieran obrado de mala fe
o cometido negligencia grave. Los trabajadores tienen
derecho a cambiar de puesto de trabajo o de tareas por
razones de salud, rehabilitación reinserción y
recapacitación.
PELIGRO
Amenaza de accidente o daño
para la salud.
RIESGO LABORAL
• Probabilidad de que la exposición a
un factor ambiental peligroso en el
trabajo cause enfermedad o lesión.
Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el trabajo . Conceptos.
ACCIDENTE
• Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una
lesión orgánica, una perturbación funcional , una
invalidez o la muerte.
ENFERMEDAD LABORAL
• Una enfermedad contraída como resultado de la
exposición a los factores de riesgo inherentes a la
actividad laboral.
• OIT
• IESS NORMATIVA CD 513
Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el trabajo . Conceptos.
• Paciente de 50 años de edad , servidor publico hace 23 años de edad

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  • 5. • Levantar las necesidades de equipamiento y ropa de trabajo adecuada, así coordinar la provisión y control del uso de los equipos de protección individual al personal operativo en campo mediante observaciones e inspecciones permanentes • Valorar las condiciones de salud del personal, en función del puesto que ocupa y los riesgos a los que esta expuesto
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  • 10. PELIGRO Amenaza de accidente o daño para la salud. RIESGO LABORAL • Probabilidad de que la exposición a un factor ambiental peligroso en el trabajo cause enfermedad o lesión. Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el trabajo . Conceptos.
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