El nuevo alcance de la Reforma en Telecomunicaciones
Reglamento de la Ley Ambiental del DF en materia de autorregulación y auditorías
1. Número 18, noviembre 2010
Contenido Temas dede Interés
Temas interés
A. Reglamento de la Ley Ambiental del A. Reglamento de la Ley Ambiental del
Distrito Federal en materia de Distrito Federal en materia de
autorregulación y auditorías autorregulación y auditorías ambientales
ambientales (“Reglamento”) (“Reglamento”)
B. Reformas al Reglamento de la Ley El 22 de octubre de 2010 se publicó en la
General del Equilibrio Ecológico y la Gaceta Oficial del Distrito Federal
Protección al Ambiente en Materia de (“GODF”) el Reglamento. La finalidad
Ordenamiento Ecológico. del Reglamento es proveer en la esfera
administrativa la regulación respecto
C. Modificaciones a la Ley General de autorregulación y auditorías ambientales
Vida Silvestre. en términos de la Ley Ambiental del
Distrito Federal. La aplicación de las
D. Reformas a la Ley Federal de disposiciones reglamentarias corresponde
Protección al Consumidor en Materia de a la Secretaría de Medio Ambiente del
Protección de los Derechos de los Gobierno del Distrito Federal.
Niños, Adultos Mayores,
Discapacitados e Indígenas. El Reglamento detalla las obligaciones a
cargo de la autoridad en la realización de
E. Reformas a la Ley de Asociaciones
auditorías ambientales voluntarias u
Religiosas y Culto Público.
obligatorias. Asimismo, se determinan los
F. Reformas a la Ley General de supuestos, requisitos y procedimiento
Educación en Materia de Protección de relacionado con los procesos voluntarios
los Educandos. de autorregulación. Conforme al artículo
42 del Reglamento, la Secretaría del
G. Reformas al Código Penal Federal Medio Ambiente del Gobierno del Distrito
en Materia de Protección de Menores de Federal deberá instrumentar un sistema de
Edad e Incapaces. autorización y registro de auditores
ambientales. Dicho padrón deberá
H. Reformas al Código Federal de instrumentarse en un plazo máximo de
Procedimientos Penales en Materia de ciento ochenta días a partir de la entrada
Protección de Menores de Edad e en vigor del Reglamento.
Incapaces.
El Reglamento entró en vigor el día 25 de
octubre de 2010, de conformidad con el
artículo primero transitorio del decreto.
2. Número 18, noviembre 2010
B. Reformas al Reglamento de la Ley intersecretarial. La reforma entró en vigor
General del Equilibrio Ecológico y la el 29 de septiembre de 2010.
Protección al Ambiente en Materia de
Ordenamiento Ecológico.
C. Reglamento de la Ley de Protección a
El 28 de septiembre de 2010 se publicó en los Animales del Distrito Federal
el Diario Oficial de la Federación (“Reglamento”)
(“DOF”) la reforma a los artículos 3, 4,
20, 21, 29 y 31 del Reglamento de la Ley El 24 de septiembre de 2010 se publicó en
General del Equilibrio Ecológico y la la GODF el Reglamento, con el objeto de
Protección al Ambiente en materia de regular la protección y defensa de los
ordenamiento ecológico. animales, que se encuentren en forma
permanente o temporal dentro del
Mediante la reforma se definió la unidad territorio del Distrito Federal. El
de gestión ambiental como la “unidad Reglamento establece competencias
mínima del territorio a la que se asignan respecto de diversos órganos integrantes
determinados lineamientos y estrategias del Gobierno del Distrito Federal como
ecológicas”. son: Jefe de Gobierno, Secretaría de
Medio Ambiente, Secretaría de Salud,
Asimismo, se estableció que se integrará Procuraduría A m b i e n t a l y de
un grupo de trabajo intersecretarial para el Ordenamiento Territorial, Delegaciones y
ordenamiento ecológico general del Jueces Cívicos.
territorio, en el que estarán representadas
las dependencias y entidades de la El Reglamento determina los requisitos
Administración Pública Federal cuyas necesarios para que una sociedad
atribuciones incidan en el patrón de protectora de animales y organizaciones
ocupación del territorio. Dicho grupo de afines, puedan integrar el Padrón de
trabajo tendrá como objeto coordinar las Asociaciones Protectoras de Animales y
acciones entre sus integrantes para la Organizaciones Afines, quienes podrán
instrumentación d e l proceso de celebrar convenios de concertación en
ordenamiento ecológico del programa de materia de protección a efecto de realizar
ordenamiento ecológico general del las siguientes actividades: (i) socorrismo,
territorio. (ii) captura de animales, (iii) programas de
esterilización y vacunación, (iv) servicios
Previo a que sea sometido a consideración veterinarios, (v) sacrificios humanitarios,
del Titular del Ejecutivo Federal, el entre otras.
programa de ordenamiento ecológico
general del territorio será objeto de Las asociaciones que integren el Padrón de
opinión por el grupo de trabajo Asociaciones Protectoras de Animales
intersecretarial señalado. Los comentarios podrán solicitar el otorgamiento de
que en su caso tuvieran las dependencias y recursos para la realización de sus
entidades miembros de dicho grupo, se actividades.
emitirán en términos de las reglas de
funcionamiento del grupo de trabajo
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En términos del Reglamento los manejo y conservación” por la porción que
establecimientos comerciales, criadores y indica “hábitats críticos, medidas
prestadores de servicios vinculados con el especiales de manejo, mitigación de
manejo, producción y venta de animales impactos y conservación”.
deberán cumplir con autorización para su
funcionamiento, así como los siguientes La reforma entró en vigor el 3 de
requisitos: (i) estar inscritos en el Registro septiembre de 2010.
de establecimientos vinculados con el
manejo, producción y venta de animales,
(ii) llevar un libro de registro interno, (iii) E. Reformas a la Ley Federal de
contar con servicio médico-veterinario Protección al Consumidor en Materia de
propio o externo, (iv) conservar el Protección de los Derechos de los Niños,
establecimiento en condiciones adecuados Adultos Mayores, Discapacitados e
en términos del Reglamento, (v) establecer Indígenas.
horarios de alimentación y nutrición
adecuados, (vi) contemplar medidas de El 19 de agosto de 2010 se publicó en la
control sanitario, y (vii) en el caso de DOF la reforma a los artículos 1, 2, 14, 24,
venta, entregar un certificado de venta y 25 BIS, 105, 111, 113, 128 TER 134, y 64
manual de cuidado, albergue y dieta del de la Ley Federal de Protección al
animal. Consumidor.
El Reglamento entró en vigor el día 27 de La reforma adicionó como principio
septiembre de 2010, de conformidad con básico en las relaciones de consumo, la
el artículo primero transitorio del decreto. protección de los derechos de la infancia,
a d u l t o s mayores, personas con
discapacidad e indígenas. Por otra parte, el
D. Modificaciones a la Ley General de plazo de prescripción de los derechos y
Vida Silvestre. obligaciones establecidos en la Ley
Federal de Protección al Consumidor, en
El 2 de septiembre de 2010 se publicó en caso de afectaciones a los derechos de las
la DOF la reforma a los artículos 63 y 64 niñas, niños y adolescentes, será de 10
de la Ley General de Vida Silvestre. años.
La reforma señala que los hábitats críticos Además, se actualizaron las atribuciones
para la conservación de la vida silvestre de l a Procuraduría Federal del
son áreas específicas terrestres o acuáticas, Consumidor y se establecieron diversas
en las que ocurren procesos biológicos, excepciones cuando el consumidor sea
físicos y químicos esenciales, ya sea para menor de edad y se haya vulnerado alguno
la supervivencia de especies en categoría de los derechos contemplados en el Título
de riesgo, ya sea para una especie, o para Segundo de la Ley para la Protección de
una de sus poblaciones, y que por tanto los Derechos de Niñas, Niños y
requieren manejo y protección especial. Adolescentes. La reforma entró en vigor
Asimismo, cambia la porción normativa el 20 de agosto de 2010.
“hábitats críticos, medidas especiales de
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F. Reformas a la Ley de Asociaciones de la aplicación de exámenes de
Religiosas y Culto Público. evaluación para certificar que los
educadores y autoridades educativas sean
El 19 de agosto de 2010 se publicó en la aptos para relacionarse con los educandos
DOF la reforma a los artículos 3, 8, 12, 29 y que su trato corresponda al respeto de
y 31 de la Ley de Asociaciones Religiosas los derechos consagrados e n la
y Culto Público. Constitución, los Tratados Internacionales
ratificados por el Estado Mexicano y
La reforma establece que las asociaciones demás legislación aplicable a los niños y
religiosas deberán, entre otras cosas, adolescentes.
propiciar y asegurar el respeto integral de
los derechos humanos de las personas. En caso de que los educadores tengan
Asimismo, señala que se consideran conocimiento de la comisión de algún
infracciones a la Ley de Asociaciones delito en agravio a los educandos, lo harán
Religiosas y Culto Público la comisión de del conocimiento inmediato de la
delitos cometidos en ejercicio de su culto autoridad correspondiente. Asimismo, se
o en sus instalaciones, entre otras. actualizaron los derechos y obligaciones
de quienes ejercen la patria potestad o la
La reforma entró en vigor el 20 de agosto tutela.
de 2010.
Por otro lado, el consejo escolar de
participación social, conocerá entre otras
G. Reformas a la Ley General de cosas, del calendario escolar, las metas
Educación en Materia de Protección de educativas y el avance de las actividades
los Educandos. escolares, las acciones educativas y de
prevención que realicen las autoridades
El 19 de agosto de 2010 se publicó en la para que los educandos conozcan y
DOF la reforma a los artículos 7, 12, 31, detecten la posible comisión de hechos
42, 56, 65, 66, 69, 70, 73 y 75. delictivos que puedan perjudicar al
educando. Igualmente, el consejo escolar
La reforma señala que como parte de la sensibilizará a la comunidad, mediante la
educación que imparta el Estado, sus divulgación de material que prevenga la
organismos descentralizados y los comisión de delitos en agravio de las y los
particulares con autorización o con educandos, y de elementos que procuren la
reconocimiento de validez oficial de defensa de los derechos de las víctimas de
estudios, se deberán realizar acciones tales delitos.
educativas y preventivas a fin de evitar
que se cometan ilícitos en contra de Por último, en cada municipio operará un
menores de edad o de personas que no consejo municipal de participación social
tenga la capacidad de comprender el en la educación, el cual realizará
significado del hecho o para resistirlo. actividades como gestionar ante el
ayuntamiento y la autoridad educativa
Asimismo, se actualizaron las atribuciones local, el mejoramiento de los servicios
de la autoridad educativa federal, respecto educativos, la construcción y ampliación
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de escuelas públicas y demás proyectos de prevalecer en toda aplicación de la ley.
d e s a r r o l l o e d u c a t i v o . Igualmente, Señala que la indemnización del daño
conocerá de los resultados de las material y moral causado, tratándose de
evaluaciones que realicen las autoridades delitos contra el libre desarrollo de la
educativas y establecerá la coordinación personalidad, la libertad y el normal
de escuelas con autoridades y programas desarrollo psicosexual, así como su salud
de bienestar comunitario, particularmente mental, y los casos de violencia familiar,
con aquellas autoridades que atiendan además se comprenderá el pago de los
temas relacionados con la defensa de los tratamientos psicoterapéuticos que sean
derechos consagrados en la Ley para la necesarios para la víctima. Asimismo,
Protección de los Derechos de las Niñas, señala que están obligados a reparar el
Niños y Adolescentes. Será daño en los términos del artículo 29, entre
responsabilidad del presidente municipal otros, cualquier institución, asociación,
que en el consejo se alcance una efectiva organización o agrupación de carácter
participación social que contribuya a religioso, cultural, deportivo, educativo,
elevar la calidad y la cobertura de la recreativo o de cualquier índole, cuyos
educación, así como la difusión de empleados, miembros, integrantes,
programas preventivos de delitos que se auxiliares o ayudantes que realicen
puedan cometer en contra de niñas, niños actividades de manera voluntaria o
y adolescentes o de quienes no tienen remunerada. Finalmente, establece que no
capacidad para comprender el significado se concederá la libertad preparatoria a los
del hecho o para resistirlo. sentenciados por el delito de Pederastia.
La reforma entró en vigor el 20 de agosto Por otra parte, el término de prescripción
de 2010. de los delitos previstos en el Título Octavo
del Libro Segundo del Código Penal
Federal, cometidos en contra de una
H. Reformas al Código Penal Federal en víctima menor de edad, comenzará a
Materia de Protección de Menores de correr a partir de que ésta cumpla la
Edad e Incapaces. mayoría de edad. En el caso de aquellas
personas que no tengan la capacidad de
El 19 de agosto de 2010 se publicó en la comprender el significado del hecho o de
DOF la reforma a los artículos 30, 52, 85, personas que no tienen capacidad para
209 6, 32, 107 Bis y 209 del Código Penal resistirlo, correrá a partir del momento en
Federal. Asimismo, se agregó un Capítulo que exista evidencia de la comisión de
VIII, denominado "Pederastia", al Título esos delitos ante el Ministerio Público.
Octavo de dicho ordenamiento, que
comprende los artículos 209 Bis y 209 Asimismo, la reforma aumentó la pena de
Ter. “seis meses a dos años de prisión” a “seis
meses a tres años de prisión”, respecto al
La reforma establece que en el caso de los que pudiendo hacerlo con su intervención
delitos cometidos en contra de niñas, niños inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no
y adolescentes siempre se procurará el impidiere la comisión de uno de los delitos
interés superior de la infancia y deberá mencionados. Dichas penas se impondrán
6. Número 18, noviembre 2010
a las personas relacionadas o adscritas a I. Reformas al Código Federal de
cualquier institución, asociación, Procedimientos Penales en Materia de
organización o agrupación de carácter Protección de Menores de Edad e
religioso, cultural, deportivo, educativo, Incapaces.
recreativo o de cualquier índole y tengan
conocimiento de la comisión de los delitos El 19 de agosto de 2010 se publicó en la
señalados, cuando no informen a la DOF la reforma a los artículos 1, 141 BIS
autoridad competente o protejan a la y 194 del Código Federal de
persona que lo cometa. Procedimientos Penales.
Por último, se adicionó un Capítulo La reforma establece que a solicitud
denominado “Pederastia” señalándose que fundada y motivada del Ministerio
se aplicará de 9 a 18 años de prisión y de Público, el Juez podrá decretar una o más
750 a 2,250 días multa, a quien se medidas de protección a favor de la
aproveche de la confianza, subordinación víctima u ofendido, como son las medidas
o superioridad que tiene sobre un menor personales y las cautelares reales.
de 18 años, derivada de su parentesco en
cualquier grado, tutela, curatela, guarda o Entre las medidas personales se
custodia, relación docente, religiosa, encuentran: la guarda y custodia de una
laboral, médica, cultural, doméstica o de persona menor a favor de persona o
cualquier índole y ejecute, obligue, institución determinada; la presentación
induzca o convenza a ejecutar cualquier periódica del sujeto activo ante la
acto sexual, con o sin su consentimiento. autoridad que se designe; y la prohibición
La misma pena se aplicará a quien cometa de salir sin autorización del país, de la
la conducta descrita anteriormente, en localidad en la cual reside o del ámbito
contra de la persona que no tenga la territorial que fije el tribunal. Respecto de
capacidad de comprender el significado las medidas cautelares reales se
del hecho o para resistirlo, entre otros contemplan: el aseguramiento de bienes
supuestos y para efecto de determinar el para reparar el daño causado por el delito;
daño ocasionado al libre desarrollo de la y la inmovilización de cuentas bancarias y
personalidad de la víctima, se deberán de certificados de acciones y títulos de
solicitar los dictámenes necesarios para valores; así como el embargo o secuestro
conocer su afectación. Este delito es grave preventivo.
en términos del artículo 194 fracción 13
del Código Federal de Procedimientos Asimismo, el Juez podrá considerar en la
Penales, tal como fue recientemente sentencia, como medida de protección, la
reformado como se verá en el siguiente prohibición del sentenciado de acercarse a
apartado. las víctimas, familiares, ofendidos, tutores
o testigos, así como de mantener cualquier
La reforma entró en vigor el 20 de agosto tipo de relación con ellos.
de 2010.
La fracción 13 del artículo 194 del Código
Federal de Procedimientos Penales, el cual
establece los delitos se consideran graves,
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se reformó para quedar de la siguiente
manera: Contactos
“[se considera delito grave] corrupción de Esperamos que esta información sea de
personas menores de dieciocho años de utilidad. En caso de requerir mayor
edad o de personas que no tienen información o auxilio respecto a los temas
capacidad para comprender el significado tratados, le solicitamos contactar a:
del hecho o de personas que no tienen
capacidad para resistirlo, previsto en el Lic. Luis Omar Guerrero Rodríguez
artículo 201; Pornografía de personas (ogr@bstl.com.mx),
menores de dieciocho años de edad o de Lic. León Felipe Aguilar Jiménez
personas que no tienen capacidad para (laj@bstl.com.mx)
comprender el significado del hecho o de Lic. Alexandra von Wobeser Martínez Vara
(avwmv@bstl.com.mx)
personas que no tienen capacidad para
resistirlo, previsto en el artículo 202;
Turismo sexual en contra de personas
Teléfono +52 (55) 5091-0000.
menores de dieciocho años de edad o de www.bstl.com.mx
personas que no tienen capacidad para
comprender el significado del hecho o de correo electrónico:
personas que no tienen capacidad para legalnews@bstl.com.mx
resistirlo, previsto en los artículos 203 y
203 Bis; Lenocinio de personas menores La información contenida en esta publicación no
de dieciocho años de edad o de personas puede sustituir de manera alguna a la asesoría
que no tienen capacidad para comprender específica. BSTL no asume responsabilidad
el significado del hecho o de personas que alguna por la toma de decisiones con base en este
no tienen capacidad para resistirlo, fascículo que solamente persigue fines
informativos.
previsto en el artículo 204 y Pederastia,
previsto en el artículo 209 Bis.”
La reforma entró en vigor el 20 de agosto
de 2010.