1. LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR
MERAZ ANAYA CLAUDIA
Art. 1.- La presente ley reglamentaria del art.28
Constitucional, tiene por objeto salvaguarda y
promoción del acervo cultural de la nación.
Protege los derechos de los autores, artistas intérpretes o
ejecutantes, editores, de los productores y de los
organismos de radiodifusión, en relación con sus obras
literarias o artísticas, sus interpretaciones o ejecuciones,
sus ediciones, sus fonogramas o ideogramas, sus
emisiones, así como de los otros derechos de propiedad
intelectual.
(LFDA) es el instrumento a través del cual se protege el
derecho de los autores en México.
2. Articulo 4.- Las obras de objeto
de protección pueden ser:
Según su autor:
Conocido, anónimas o seudónimas
Según su comunicación:
Divulgadas, publicas e inéditas
Según su origen:
Primigenias y derivadas
Según los creadores:
Individuales, de colaboración o
colectivas
DISPOSICIONES GENERALES
3. DEL DERECHO DE AUTOR
Artículo 13.- Los derechos de autor a que se refiere
esta Ley se reconocen respecto de las obras de las
siguientes ramas:
Literatura, musical, dramática, danza,
pictórica o de dibujo, fotográfica,
arquitectónica, programas de radio o tv,
cinematográficas, entre otras.
Esta ley en sus diferentes Títulos y Capítulos,
también incluye los derechos morales,
patrimoniales, la limitación de los mismos, así
como las formas de contratos de obras, edición,
representación, radiodifusión, publicidad, entre
otros.