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MENSAJE N°
LA RIOJA,
SEÑORA
PRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
Dra. Maria Florencia López
SU DESPACHO:
Me dirijo a Usted, y por su digno intermedio a la Honorable
Cámara de Diputados, con el objeto de someter a vuestra consideración el Proyecto
de Ley que se acompaña, a través del cual se propone declarar de utilidad pública y
sujetos a expropiación, los bienes inmuebles de la empresa CURTUME CBR S.A., con
todo lo clavado, edificadoy plantado, como así también sus bienes muebles vinculados
a la explotación de su actividad productiva.
La presente iniciativa tiene por objeto primordial destinar dichos
bienes a la reactivación industrial de la curtiembre ubicada en la localidad de
Nonogasta, Departamento Chilecito, ante el abandono de la explotación efectuado por
la referida empresa.
En este contexto cabe recordar que la planta industrial
perteneciente a CURTUME CBR S.A. dejó de funcionar en junio de 2020, circunstancia
a partir de la cual un total de 775 empleados han quedado abandonados a su suerte,
al dejar de percibir desde entonces sus remuneraciones -en la mayoría de los casos
fuente principal de ingreso y de sustento de su grupo familiar-, como consecuencia del
cese de la actividad productiva a la que se dedicaban. Desde ese momento, los
trabajadores han efectuado a través de diferentes vías, sucesivos reclamos tendientes
a la reactivación industrial, y a partir de ello, a la recuperación de sus fuentes de
trabajo, sin tener respuesta alguna por parte de la empresa. Esto nos ubica ante la
necesidad de propiciar una urgente solución para estas personas, quienes se
encuentran actualmente y en gran parte de los casos, subsistiendo con lo que perciben
en virtud del “Programa de Recuperación Productiva” (REPRO), y de la asistencia
económica que se les brinda desde el Estado Provincial.
Valga resaltar que la actividad de la curtiembre tiene una gran
importancia en la actividad económica en Nonogasta y su zona de influencia, y esta
situación de parate y abandono ha creado zozobra e inestabilidad laboral no solo en
los trabajadores, sino también en la comunidad, en general.
Finalmente, es dable recordar que la Provincia ha asistido a la
empresa en reiteradas oportunidades, no solo en materia económica y financiera, sino
también proyectando y ejecutando obras de tratamiento de efluentes industriales, todo
ello con miras a apoyar y promover tanto la explotación comercial y el mantenimiento
de la fuente laboral de los trabajadores, como así también el desarrollo de una
actividad económica sustentable. Aun así, y sin más CURTUME CBR S.A abandonó
intempestivamente el giro comercial.
Es por lo expuesto, que resulta imperativo disponer la adquisición
por parte del Estado Provincial, de los bienes necesarios para la real y efectiva
reactivación de la industria en cuestión, a efectos de devolver la actividad económica
y la tranquilidad social como fin de utilidad pública.
Atendiendo a las razones expuestas y conforme lo establecido
en el Artículo 106° de la Constitución Provincial, esta Función Ejecutiva eleva para su
consideración el adjunto proyecto de ley, esperando contar con el acompañamiento de
esta Honorable Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia
los inmuebles, con todo lo clavado y adherido al suelo, ubicados en el Departamento
Chilecito, de propiedad de la empresa “CURTUME CBR S.A.”, como así también los
bienes muebles, registrables y no registrables, maquinarias, herramientas, materia
prima, productos elaborados, semielaborados y terminados que se encuentren en los
predios utilizados para el funcionamiento de la planta industrial de la empresa,
conforme al inventario que oportunamente elaborarán los organismos competentes al
efecto.
ARTÍCULO 2º.- Los inmuebles cuya utilidad pública se declara en el Artículo 1° de la
presente Ley responden a las características que a continuación se detallan:
INMUEBLE 1:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:1-P:3
MATRICULAREGISTRAL: X-7974
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°46 F°99
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 9521,96 m2
INMUEBLE 2:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:11-P:28
MATRICULAREGISTRAL: X-16936
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°91 F°45
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 11Has. 2.174,87 m2
INMUEBLE 3:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:13-P:3
MATRICULAREGISTRAL: X-4376
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°-- F°4--
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 16 Has. 7414,27 m2
INMUEBLE 4:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:11-P:29
MATRICULAREGISTRAL: X-16937
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°-- F°4--
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 41Has. 4469,31m2
INMUEBLE 5:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:1-P:1
MATRICULAREGISTRAL: X-7973
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°46 F°100
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 45.418,61 m2
INMUEBLE 6:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:2-P:55
MATRICULAREGISTRAL: X-7975
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°46 F°96
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 3.616,72 m2
INMUEBLE 7:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:2-P:56
MATRICULAREGISTRAL: X-7976
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°46 F°97
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 24.137,82 m2
INMUEBLE 8:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:10-P:1
MATRICULAREGISTRAL: X-7977
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°46 F°98
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 12.262,62 m2
INMUEBLE 9:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
MATRICULAREGISTRAL: X-6092
ANTECEDENTE DOMINIAL: Dominio N° 1761 Fs. 4115 – Año 1959
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 1.782,48 m2
INMUEBLE 10:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:10-P:5
MATRICULAREGISTRAL: X-10301
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°59 F°66
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 1.546,22 m2
INMUEBLE 11:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:XII-S:B-M:5-P:7
MATRICULAREGISTRAL: X-6579
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°33 F°16
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 2 Has. 49,51 m2
INMUEBLE 12:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
MATRICULAREGISTRAL: X-11920
ANTECEDENTE DOMINIAL: Dominio N° 1160 Fjs. 3154/92 – Año 1.975 y
Dominio N° 315. Fjs. 284 – Año 1.943
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 529 Has. 463,94 m2
INMUEBLE 13:
PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
UBICACIÓN: Departamento Chilecito
NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:C-M:10-P:10
MATRICULAREGISTRAL: X-2820
ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad
en T°125 F°125 – Año 1.974.
SUPERFICIE AEXPROPIAR: 311 Has. 891,63 m2
ARTÍCULO 3º.- Los bienes expropiados serán incorporados al patrimonio provincial,
a fines que la Función Ejecutiva los destine para la reactivación y puesta en
funcionamiento de su actividad productiva.
ARTÍCULO 4º.- Establézcase que al momento del pago del monto expropiatorio, este
deberá compensarse hasta donde corresponda con las acreencias que el Estado
Provincial tenga respecto del expropiado.
ARTÍCULO 5º.- Las medidas, linderos y superficies definitivas de los inmuebles cuya
utilidad pública se declara, surgirán del plano de mensura que a tales efectos
confeccionarán y aprobarán los organismos competentes.
ARTÍCULO 6º.- Los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán
tomados de Rentas Generales, facultándose a la Función Ejecutiva a efectuar las
modificaciones presupuestarias correspondientes.
ARTICULO 7º.- Comuníquese, Publíquese, Insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
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Proyecto de expropiación de ex Curtiembre Yoma

  • 1. MENSAJE N° LA RIOJA, SEÑORA PRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS Dra. Maria Florencia López SU DESPACHO: Me dirijo a Usted, y por su digno intermedio a la Honorable Cámara de Diputados, con el objeto de someter a vuestra consideración el Proyecto de Ley que se acompaña, a través del cual se propone declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación, los bienes inmuebles de la empresa CURTUME CBR S.A., con todo lo clavado, edificadoy plantado, como así también sus bienes muebles vinculados a la explotación de su actividad productiva. La presente iniciativa tiene por objeto primordial destinar dichos bienes a la reactivación industrial de la curtiembre ubicada en la localidad de Nonogasta, Departamento Chilecito, ante el abandono de la explotación efectuado por la referida empresa. En este contexto cabe recordar que la planta industrial perteneciente a CURTUME CBR S.A. dejó de funcionar en junio de 2020, circunstancia a partir de la cual un total de 775 empleados han quedado abandonados a su suerte, al dejar de percibir desde entonces sus remuneraciones -en la mayoría de los casos
  • 2. fuente principal de ingreso y de sustento de su grupo familiar-, como consecuencia del cese de la actividad productiva a la que se dedicaban. Desde ese momento, los trabajadores han efectuado a través de diferentes vías, sucesivos reclamos tendientes a la reactivación industrial, y a partir de ello, a la recuperación de sus fuentes de trabajo, sin tener respuesta alguna por parte de la empresa. Esto nos ubica ante la necesidad de propiciar una urgente solución para estas personas, quienes se encuentran actualmente y en gran parte de los casos, subsistiendo con lo que perciben en virtud del “Programa de Recuperación Productiva” (REPRO), y de la asistencia económica que se les brinda desde el Estado Provincial. Valga resaltar que la actividad de la curtiembre tiene una gran importancia en la actividad económica en Nonogasta y su zona de influencia, y esta situación de parate y abandono ha creado zozobra e inestabilidad laboral no solo en los trabajadores, sino también en la comunidad, en general. Finalmente, es dable recordar que la Provincia ha asistido a la empresa en reiteradas oportunidades, no solo en materia económica y financiera, sino también proyectando y ejecutando obras de tratamiento de efluentes industriales, todo ello con miras a apoyar y promover tanto la explotación comercial y el mantenimiento de la fuente laboral de los trabajadores, como así también el desarrollo de una actividad económica sustentable. Aun así, y sin más CURTUME CBR S.A abandonó intempestivamente el giro comercial. Es por lo expuesto, que resulta imperativo disponer la adquisición por parte del Estado Provincial, de los bienes necesarios para la real y efectiva reactivación de la industria en cuestión, a efectos de devolver la actividad económica y la tranquilidad social como fin de utilidad pública.
  • 3. Atendiendo a las razones expuestas y conforme lo establecido en el Artículo 106° de la Constitución Provincial, esta Función Ejecutiva eleva para su consideración el adjunto proyecto de ley, esperando contar con el acompañamiento de esta Honorable Cámara de Diputados.
  • 4. LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia los inmuebles, con todo lo clavado y adherido al suelo, ubicados en el Departamento Chilecito, de propiedad de la empresa “CURTUME CBR S.A.”, como así también los bienes muebles, registrables y no registrables, maquinarias, herramientas, materia prima, productos elaborados, semielaborados y terminados que se encuentren en los predios utilizados para el funcionamiento de la planta industrial de la empresa, conforme al inventario que oportunamente elaborarán los organismos competentes al efecto. ARTÍCULO 2º.- Los inmuebles cuya utilidad pública se declara en el Artículo 1° de la presente Ley responden a las características que a continuación se detallan: INMUEBLE 1: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:1-P:3 MATRICULAREGISTRAL: X-7974 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°46 F°99
  • 5. SUPERFICIE AEXPROPIAR: 9521,96 m2 INMUEBLE 2: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:11-P:28 MATRICULAREGISTRAL: X-16936 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°91 F°45 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 11Has. 2.174,87 m2 INMUEBLE 3: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:13-P:3 MATRICULAREGISTRAL: X-4376 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°-- F°4-- SUPERFICIE AEXPROPIAR: 16 Has. 7414,27 m2 INMUEBLE 4: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito
  • 6. NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:11-P:29 MATRICULAREGISTRAL: X-16937 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°-- F°4-- SUPERFICIE AEXPROPIAR: 41Has. 4469,31m2 INMUEBLE 5: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:1-P:1 MATRICULAREGISTRAL: X-7973 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°46 F°100 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 45.418,61 m2 INMUEBLE 6: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:2-P:55 MATRICULAREGISTRAL: X-7975 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°46 F°96 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 3.616,72 m2 INMUEBLE 7: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A.
  • 7. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:2-P:56 MATRICULAREGISTRAL: X-7976 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°46 F°97 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 24.137,82 m2 INMUEBLE 8: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:10-P:1 MATRICULAREGISTRAL: X-7977 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°46 F°98 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 12.262,62 m2 INMUEBLE 9: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito MATRICULAREGISTRAL: X-6092 ANTECEDENTE DOMINIAL: Dominio N° 1761 Fs. 4115 – Año 1959 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 1.782,48 m2 INMUEBLE 10: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:A-M:10-P:5
  • 8. MATRICULAREGISTRAL: X-10301 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°59 F°66 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 1.546,22 m2 INMUEBLE 11: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:XII-S:B-M:5-P:7 MATRICULAREGISTRAL: X-6579 ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°33 F°16 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 2 Has. 49,51 m2 INMUEBLE 12: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito MATRICULAREGISTRAL: X-11920 ANTECEDENTE DOMINIAL: Dominio N° 1160 Fjs. 3154/92 – Año 1.975 y Dominio N° 315. Fjs. 284 – Año 1.943 SUPERFICIE AEXPROPIAR: 529 Has. 463,94 m2 INMUEBLE 13: PROPIETARIO: CURTUME CBR S.A. UBICACIÓN: Departamento Chilecito NOMENCLATURACATASTRAL: D:7-C:X-S:C-M:10-P:10 MATRICULAREGISTRAL: X-2820
  • 9. ANTECEDENTE CATASTRAL Plano inscripto en el Registro de la Propiedad en T°125 F°125 – Año 1.974. SUPERFICIE AEXPROPIAR: 311 Has. 891,63 m2 ARTÍCULO 3º.- Los bienes expropiados serán incorporados al patrimonio provincial, a fines que la Función Ejecutiva los destine para la reactivación y puesta en funcionamiento de su actividad productiva. ARTÍCULO 4º.- Establézcase que al momento del pago del monto expropiatorio, este deberá compensarse hasta donde corresponda con las acreencias que el Estado Provincial tenga respecto del expropiado. ARTÍCULO 5º.- Las medidas, linderos y superficies definitivas de los inmuebles cuya utilidad pública se declara, surgirán del plano de mensura que a tales efectos confeccionarán y aprobarán los organismos competentes. ARTÍCULO 6º.- Los gastos que demande la ejecución de la presente ley serán tomados de Rentas Generales, facultándose a la Función Ejecutiva a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes. ARTICULO 7º.- Comuníquese, Publíquese, Insértese en el Registro Oficial y archívese.-