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FUNDAMENTOS DE
SALUD Y SEGURIDAD
LABORAL
INTRODUCCIÓN
Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el control de
riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y contra sus recursos
materiales y financieros.
Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que
interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo
negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y
permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el
ámbito laboral, familiar y social.
En consideración a lo anterior, la administración y la gerencia de toda compañía
deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en practica las medidas
necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los niveles de eficiencia en las
operaciones de la empresa y brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro.
Para ello de acuerdo a las disposiciones de la Organización Internacional el
Trabajo OIT y las leyes establecidas en el país conforme al Sistema de Riesgos
Laborales, ha de elaborar un Programa de Salud Ocupacional pendiente a
preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores
en sus correspondientes ocupaciones y que deben ser desarrolladas en forma
multidisciplinaria
DEFINICIONES
SEGURIDAD: Es un conjunto de sistemas,
medios organizativos, medios humanos y
acciones dispuestas para eliminar, reducir o
controlar los riesgos y amenazas que puedan
afectar a una persona a una entidad a una
instalación o a un objeto. La seguridad
proporciona las condiciones para afrontar el
peligro, en síntesis, seguridad es la
minimización del riesgo.
SALUD: Es un estado de bienestar físico,
mental y social. No solo en la ausencia de
enfermedad.
DEFINICIONES
TRABAJO: Es toda actividad que el hombre realiza de
transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la
calidad de vida.
AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de condiciones
que rodean a la persona y que directa o indirectamente
influyen en su estado de salud y en su vida laboral.
DEFINICIONES
RIESGO: Es la probabilidad de ocurrencia
de un evento. Ejemplo Riesgo de una
caída, o el riesgo de ahogamiento.
FACTOR DE RIESGO: Es un elemento,
fenómeno o acción humana que puede
provocar daño en la salud de los
trabajadores, en los equipos o en las
instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo
físico, ruido, monotonía.
DEFINICIONES
INCIDENTE: Es un acontecimiento no deseado, que bajo
circunstancias diferentes, podría haber resultado en lesiones a las
personas o a las instalaciones. Es decir UN CASI ACCIDENTE.
Ejemplo un tropiezo o un resbalón.
DEFINICIONES
ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso repentino que sobreviene por
causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a
la salud (una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez
o la muerte). Ejemplo herida, fractura, quemadura.
Según lo anterior, se considera accidente de trabajo:
El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la
empresa.
El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o
en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales
o instalaciones de la empresa.
El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en
transporte suministrado por el empleador.
De igual manera no se considera un accidente de trabajo el sufrido
durante permisos remunerados o no, así sean sindicales, o en
actividades deportivas, recreativas y culturales donde no se actúe por
cuenta o en representación del empleador.
DEFINICIONES
ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la salud que
se adquiere por la exposición a uno o varios factores
de riesgo presentes en el ambiente de trabajo.
El Gobierno adopta 43 enfermedades como
profesionales, dentro de las cuales podemos
mencionar la intoxicación por plomo, la sordera
profesional y el cáncer de origen ocupacional.
También es Enfermedad Profesional si se demuestra la
relación de causalidad entre el factor de riesgo y la
enfermedad.
DEFINICIONES
SALUD OCUPACIONAL: Se define como la
disciplina que busca el bienestar físico,
mental y social de los empleados en sus
sitios de trabajo.
En Colombia el campo de la Salud
Ocupacional, se encuentra enmarcado en
toda la reglamentación dada a través del
Sistema General de Riesgos Laborales
REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA SOBRE
SEGURIDAD SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL
La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad Social en el
país, la cual consta de tres componentes como son:
El Régimen de Pensiones
La Atención en Salud
El Sistema General de Riesgos Laborales.
Ley - Año Contenido
Ley 9a. De 1979 Es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para
preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus
ocupaciones
La Resolución 2400 de 1979 de MinTra* Conocida como el "Estatuto General de Seguridad”, trata de
disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos
de trabajo
Decreto 614 de 1984 de MinTra Y MINSALUD Crea las bases para la organización y administración de la Salud
Ocupacional en el país
La Resolución 2013 de 1986 de MinTra Establece la creación y funcionamiento de los Comités de Medicina,
Higiene y Seguridad Industrial en las empresas
La Resolución 1016 de 1989
de MinTra
Establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en
las empresas
Ley 100 de 1993 de MinTra Se crea el régimen de seguridad social integral
Decreto 1281 de 1994 de MinTra Reglamenta las actividades de alto riesgo
Decreto 1295 de 1994 de MinTra y MINHACIENDA
 Dicta normas para la autorización de las Sociedades sin ánimo de
lucro que pueden asumir los riesgos de enfermedad profesional y
accidente de trabajo
 Determina la organización y administración del Sistema General de
Riesgos Profesionales
 Establece la afiliación de los funcionarios a una entidad
Aseguradora en Riesgos Laborales (A.R.L)
Decreto 1346 de 1994 de MinTra Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el
funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez
Decreto 1542 de 1994 de MinTra Reglamenta la integración y funcionamiento del Comité Nacional de
Salud Ocupacional
Decreto 1771 de 1994 de MinTra Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad
Profesional
Decreto 1772 de 1994 de MinTra Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema
General de Riesgos Profesionales
Decreto 1831 de 1994 de MinTra Expide la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el
Sistema General de Riesgos Profesionales
Decreto 1832 de 1994 de MinTra Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales
Decreto 1834 de 1994 de MinTra Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de
Riesgos Laborales
Decreto 1835 de 1994 de MinTra Reglamenta actividades de Alto Riesgo de los Servidores Públicos
Decreto 2644 de 1994 de MinTra Tabla Única para la indemnización de la pérdida de capacidad laboral
Decreto 692 de 1995 de MinTra Manual Único para la calificación de la Invalidez
Decreto 1436 de 1995 de MinTra Tabla de Valores Combinados del Manual Único para la calificación de
la Invalidez
Decreto 2100 de 1995 de MinTra Clasificación de las actividades económicas
Resolución 4059 de 1995 Reportes de accidentes de trabajo y enfermedad profesional
Circular 002 de 1996 de MinTra Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya
actividad sea nivel 4 o 5
LEY 1562 DE 2012 (Julio 11) Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan
otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
Decreto 1443 del 31 de julio de 2014 El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de
obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en el Trabajo -SG-SST, que deben ser aplicadas
por todos los empleadores públicos y privados.
Decreto 1072 de 26-05-2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Se encarga esta
nueva norma de la compilación de varias reglamentaciones
preexistentes en materia laboral y algunas en Riesgos Laborales,
mencionándose cada norma de dónde es originaria. El Gobierno
busca “asegurar la eficiencia económica y social de sistema legal” y
así la simplificar el sistema nacional regulatorio.
* MinTra = Ministerio de Trabajo
Clasificación Riesgos
El artículo 26 del Decreto 1295 de 1994 establece las siguientes
clases de riesgo, las cuales se reglamentan en el artículo 2.2.4.3.5
del Decreto 1072 de 2015.
En el momento de la vinculación de una empresa a una ARL ésta
asignará una tarifa de acuerdo con la actividad principal de la
empresa y la exposición a los factores de riesgo.
Para ello se han determinado cinco clases de Riesgo que contemplan
las diversas actividades económicas de las empresas. Si una empresa
tiene más de un CENTRO DE TRABAJO podrá ser clasificada para
diferentes clases de riesgo, siempre que las instalaciones locativas,
las actividades y la exposición a factores de riesgo sean diferentes.
Clasificación del riesgo
CLASIFICACIÓN TIPO DE RIESGO EJEMPLOS
Clase I
Contempla actividades consideradas
de riesgo mínimo
 Mayor parte de actividades comerciales
 Actividades financieras
 Trabajos de oficina
 Centros educativos
 Restaurantes
Clase II Actividades de riesgo bajo
 Algunos procedimientos manufactureros como la
fabricación de tapetes, tejidos, confecciones.
 Almacenes por departamentos
 Algunas labores agrícolas
Clase III Actividades de riesgo medio
 Procesos manufactureros como fabricación de agujas,
alcoholes, alimentos, automotores, artículos de cuero
Clase IV De riesgo alto
 Procesos manufactureros como aceites, cervezas, vidrios
 Procesos de galvanización
 Transporte
Clase V De riesgo máximo
 Areneras
 Manejo de asbesto
 Bomberos
 Manejo de explosivos
 Construcción
 Explotación petrolera
“Artículo 26. Tabla de Clases de Riesgo.
Para la Clasificación de Empresa se establecen cinco
clases de riesgo:”
TABLA DE CLASES DE RIESGO Y COTIZACIÓN
CLASE I Riesgo mínimo
0.522%
CLASE II Riesgo bajo
1.044%
CLASE III Riesgo medio
2.436%
CLASE IV Riesgo alto
4.350%
CLASE V Riesgo máximo
6.960%
¿Sobre qué clases de riesgo cotizar?
Lo primero que se debe aclarar es que una empresa
puede cotizar sobre diferentes clases de riesgo,
dependiendo de los centros de trabajo que haya
establecido. Así, una empresa puedo tener un centro de
trabajo administrativo que cotiza sobre riesgo clase I y
otro centro de trabajo que cotiza sobre riesgo clase V.
¿Qué es la prevención de riesgos laborales?
La prevención de riesgos laborales puede definirse como
el conjunto de actividades y medidas que se llevan a cabo
dentro de la empresa. Todo tiene el objetivo de evitar o
disminuir las posibilidades de que algún trabajador o
trabajadora pueda sufrir algún tipo de daño derivado de
su trabajo. Hablamos de daños como lesiones, accidentes,
enfermedades o patologías. Por tal de llevar una buena
prevención, la empresa debe hacer una correcta
evaluación de los riesgos que pueden existir en el lugar de
trabajo.
Riesgos Físicos
Existen distintos riesgos físicos. El primero y más común es el
ruido cuando genera una sensación auditiva desagradable.
Debemos protegernos con todas las medidas de seguridad
posibles.
Otro riesgo físico puede estar provocado por las vibraciones
causadas por todo tipo de maquinaria. Estas vibraciones
pueden afectar a la columna vertebral, a los abdominales, y
ocasionar dolores de cabeza.
La iluminación también puede producir deslumbramientos,
fatiga y reflejos. Estos casos pueden producir un accidente,
por lo que hay que vigilar con los tipos de lámparas y los
niveles de luz.
La temperatura y la humedad también pueden provocar
efectos adversos a las personas si los valores son muy elevados
o excesivamente bajos. Los valores ideales en el trabajo son
21ºC y 50% de humedad.
Riesgos químicos
Estos riesgos laborales están producidos por procesos químicos
y por el medio ambiente. A veces, enfermedades como las
alergias o algún virus, son producidas por inhalaciones o
absorciones. Para que des de la empresa podamos reducir este
tipo de riesgos, podemos actuar de tres maneras:
Podemos sustituir productos cambiando el proceso productivo o
encerrando el proceso.
Podemos actuar haciendo limpieza a fondo del puesto de
trabajo y hacer ventilación por dilución.
Podemos dar formación al trabajador, rotar los puestos de
trabajo y usar equipos de protección como mascarillas y
guantes.
Riesgos biológicos
Este tipo de riesgos los produce la exposición a virus,
bacterias, parásitos y hongos, cosa que puede dar lugar a
posibles enfermedades. Este tipo de riesgos están expuestos
principalmente a los trabajadores de centros sanitarios.
Riesgos ergonómicos
Las principales causas de los riesgos ergonómicos son las posturas
inadecuadas, levantar mucho peso, estar muchas horas haciendo el
mismo movimiento… Estos factores pueden causar daños físicos.
Riesgos mecánicos
Los accidentes que se pueden producir con este tipo de riesgos son
lesiones corporales como golpes, quemaduras, cortes… Siempre debemos
asegurarnos de revisar la maquinaria que se utiliza para trabajar.
Riesgos psicosociales
Estos riesgos vienen ocasionados por factores como el estrés por el ritmo
de trabajo, la fatiga laboral o una rutina muy monótona. Debemos tener
un descanso de 15 minutos como mínimo a partir de las seis horas. Para
prevenir este tipo de riesgos es bueno cambiar de tarea o de horario de
trabajo de vez en cuando.
Riesgos ambientales
Estos son los únicos que no podemos controlar, ya que son la posibilidad
de que se produzca una catástrofe por una acción humana o por un
fenómeno natural. Estamos hablando de riesgos naturales como la lluvia,
inundaciones, tempestad… O de riesgos antropogénicos que son los que
están derivados por actividades humanas.
¿En Qué Consiste Un Programa De Salud
Ocupacional?
Consiste en la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de todas
aquellas actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y
colectiva de los trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales.
El principal objetivo de un programa de Salud Ocupacional es proveer de seguridad,
protección y atención a los empleados en el desempeño de su trabajo.
El incremento en los accidentes de trabajo, algunos más serios que otros, debido entre
otras cosas a los cambios tecnológicos o la poca capacitación de los empleados, a la
manipulación de materiales de uso delicado, infraestructuras inadecuadas y en alguna
medida por fallas humanas, hacen necesario que toda empresa pueda contar con un manual
que sirva de guía para minimizar estos riesgos y establezca el protocolo a seguir en caso de
accidentes.
Un programa de salud ocupacional debe contar con los elementos básicos para cumplir con
estos objetivos, los cuales incluyen datos generales de prevención de accidentes, la
evaluación médica de los empleados, la investigación de los accidentes que ocurran y un
programa de entrenamiento y divulgación de las normas para evitarlos.
Política de Salud Ocupacional
Como punto de partida del Programa, las directivas de toda compañía se deben pronunciar formalmente, a través de una
política reflejando su interés por un trabajo realizado en forma segura y su compromiso hacia la Salud Ocupacional,
posteriormente se definirán responsabilidades de todos los niveles de la organización en la implementación del Programa y
cumplimiento de todos los normativos que para esto haya lugar.
La política contempla entre otros puntos los siguientes:
Cumplimiento de todas las normas legales vigentes en Colombia sobre Salud Ocupacional y Seguridad Integral.
Protección y mantenimiento del mayor nivel de bienestar, tanto físico como mental, de todos los trabajadores,
disminuyendo al máximo la generación de accidentes de trabajo y los riesgos en su origen.
Preservación de buenas condiciones de operación en los recursos materiales y económicos, logrando la optimización en su
uso y minimizando cualquier tipo de pérdida.
Garantía de que las condiciones y el manejo de residuos no contaminen el medio ambiente y cumplan las normas vigentes.
Responsabilidad de todos los niveles de Dirección por proveer un ambiente sano y seguro de trabajo, por medio de equipos,
procedimientos y programas adecuados.
Responsabilidad de todos los trabajadores por su seguridad, la del personal bajo su cargo y de la empresa.
Incorporación del control de riesgos en cada una de las tareas.
Esta política será publicada y difundida a todo el personal, para obtener así su cooperación y participación, siguiendo el
ejemplo manifestado y demostrado por la alta gerencia.
Niveles de Participación
La responsabilidad del éxito de un programa de salud ocupacional debe ser
compartida por todos, y es indispensable que todas las partes, empleados y
gerencia realicen su mejor esfuerzo en este sentido.
El programa de Salud Ocupacional parte desde la gerencia su desarrollo efectivo
y se alcanzará en la medida que logre una concepción clara de la importancia
del mismo en los niveles de la organización. Por esto se plantean los siguientes
niveles de participación.
Participación Del Empleador O Gerencia
La institución en la que se trabaja, debe proveer equipos de seguridad con los cuales se
pueda obtener condiciones de seguridad adecuadas para el trabajo. De esta manera la
gerencia o el empleador asumirá el liderazgo efectivo del programa de Salud Ocupacional y
participará directamente realizando una serie de tareas como:
Motivar al personal por la Salud Ocupacional a través de charlas, cartas de reconocimiento,
asistir a reuniones formales entre otras.
Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando deba tomarse una decisión en la que aquella
esté en juego.
Controlar resultados, conociendo el desarrollo de los subprogramas y funcionamiento del
comité de Medicina, Higiene y Seguridad a través de estadísticas de accidentalidad, actas
del comité, cumplimiento de los récords establecidos, pronunciándose al respecto.
Independientemente que el trabajo en las diferentes clases de empresas por su naturaleza
involucre riegos, el empleado no puede asumir la responsabilidad de accidentes debido a
negligencias administrativas. Este concepto se establece mejor, cuando se toma en cuenta
el costo de atención médica del empleado, incapacidad, etc., y el deterioro de la imagen
de la compañía en materia de seguridad.
Participación De Los Trabajadores
A pesar de que el empleado es la razón final de un Programa de Salud Ocupacional
y el mayor beneficiado en su desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él le
corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es obligación del empleado:
El seguimiento estricto de las Normas de seguridad a fin de garantizar un trabajo
seguro.
Cumplir las normas y procedimientos de Salud Ocupacional establecidas por la
Empresa.
Informar a sus superiores o al coordinador de Salud Ocupacional, sobre
condiciones y/o actos sub-estándar en los lugares de trabajo ó cualquier
circunstancia que pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias para su
estudio participando en la elaboración de normas y procedimientos seguros de
trabajo.
Participar activamente en las charlas y cursos de capacitación de Salud
Ocupacional a que haya sido invitado.
La seguridad del empleado depende sobre todo de su
propia conducta, lo cual está condicionado a un acto
voluntario del trabajador por educación y motivación.
Estos conceptos adquieren más significado, cuando
tomamos en cuenta que la mayoría de las labores en las
empresas implican un trabajo en grupo y las fallas de un
empleado pueden afectar a sus propios compañeros y a
los bienes de la institución. En resumen, el trabajo
seguro de cada uno beneficiará a todos.
El Comité Paritario de Seguridad y Salud
en el Trabajo COPASST
Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al
Programa de Salud Ocupacional de una compañía. De la mano con el Coordinador de
Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASST son los
encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del
Programa de Salud Ocupacional.
Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán
el Representante Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2013 de
1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su artículo 63 y las exigencias de la División de Salud
Ocupacional del Ministerio de Trabajo.
El periodo de los miembros del Comité es de dos (2) años y el empleador está obligado
a proporcionar por lo menos cuatros horas semanales dentro de la jornada normal de
trabajo de uno de los miembros para el funcionamiento del Comité.
COPASST
El Coordinador de Salud Ocupacional es la primera línea en este
programa, ya que es la persona que está en contacto directo con los
empleados y es el nexo directo con la administración en materia de
seguridad. Dentro de sus responsabilidades tenemos:
1. Asumir la dirección del Programa asesorando a la gerencia para la
formulación de reglas, procedimientos administrativos, objetivos y en la
solución de problemas en materia de Medicina Preventiva y del Trabajo,
Higiene y Seguridad Industrial.
2. Informar a la gerencia sobre actividades y situaciones de Salud
Ocupacional.
3. Supervisar el cumplimiento de la política, por parte de todos los
miembros de su responsabilidad en Salud Ocupacional.
4. Analizar y difundir información sobre cada subprograma y
experiencias adquiridas a través de lesiones, daños o pérdidas con el fin
de que se tomen las medidas de prevención y control respectivas.
5. Mantener un programa educativo y promocional de Salud
Ocupacional para los trabajadores.
6. Establecer mecanismos de evaluación para verificar el cumplimiento de las
actividades de Salud Ocupacional.
7. Interpretar leyes, directivas y ordenanzas de las entidades oficiales
relacionadas con Salud Ocupacional.
8. Establecer campañas de motivación y divulgación de normas y
conocimientos técnicos tendientes a mantener un interés activo por la Salud
Ocupacional en todo el personal.
9. Participar activamente en las reuniones donde se traten temas de Salud
Ocupacional.
10. Investigar problemas especiales de Salud Ocupacional
11. Integrar las actividades de Medicina Preventiva, Medicina de Trabajo,
Higiene y Seguridad Industrial el control definitivo de lesiones, daños o
pérdidas.
12. Mantener constante comunicación con entidades asesoras en el tema y
tomar parte activa en las actividades programadas por dichas organizaciones.
Panorama de Factores de Riesgo
Es una técnica utilizada para describir las condiciones
laborales y ambientales en que se encuentran los trabajadores
de una empresa, donde el objetivo principal es realizar una
evaluación diagnostica de la situación de la empresa a través
de la identificación y localización de los factores de riesgo
existentes.
¿Qué es el programa de salud ocupacional?
El Programa de Salud Ocupacional, consiste en la planeación y ejecución de
actividades de medicina, seguridad e higiene industrial , que tienen como
objetivo mantener y mejorar la salud de los trabajadores en las empresas.
En todas las empresas debe existir un Comité Paritario de Salud Ocupacional,
cuya razón de ser es hacer seguimiento para que las actividades planeadas en
el Programa de Salud Ocupacional si se cumplan.
Los objetivos que tiene el Programa de Salud Ocupacional son:
Definir las actividades de promoción y prevención que permitan mejorar las
condiciones de trabajo y de salud de los empleados.
Identificar el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades
profesionales y controlar los factores de riesgo relacionados .
Cuando una empresa desarrolla su Programa de Salud Ocupacional, logra
beneficios como: Se mejora la calidad del ambiente laboral, se logra
mayor satisfacción en el personal y en consecuencia, se mejora también
la productividad y la calidad de los productos y servicios.
El Programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación y ejecución
de actividades de medicina, seguridad e higiene industrial , que tienen
como objetivo mantener y mejorar la salud de los trabajadores en las
empresas.
El Programa de Salud Ocupacional, lo desarrolla la Empresa con la
participación de los trabajadores. Su ejecución es permanente, como
un proceso de mejoramiento continuo de las condiciones de trabajo.
Debe actualizarse como mínimo una vez al año, según se presenten
cambios en los factores de riesgo o en los procesos.
Las empresas han identificado que el desarrollo del Programa de Salud
Ocupacional es una actividad que tiene tanta importancia como la
gestión de la calidad, la productividad y las finanzas de la empresa.
Todas las empresas tienen factores de riesgo relacionados con su labor, es
por esto que por pequeña que sea la organización, requiere del
desarrollo de un Programa de Salud Ocupacional y estar afiliada a una
ARL, que los asesore en su desarrollo.

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Fundamentos Salud y Seguridad Laboral

  • 1. FUNDAMENTOS DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL
  • 2. INTRODUCCIÓN Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el control de riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y contra sus recursos materiales y financieros. Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social. En consideración a lo anterior, la administración y la gerencia de toda compañía deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en practica las medidas necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los niveles de eficiencia en las operaciones de la empresa y brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro. Para ello de acuerdo a las disposiciones de la Organización Internacional el Trabajo OIT y las leyes establecidas en el país conforme al Sistema de Riesgos Laborales, ha de elaborar un Programa de Salud Ocupacional pendiente a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus correspondientes ocupaciones y que deben ser desarrolladas en forma multidisciplinaria
  • 3. DEFINICIONES SEGURIDAD: Es un conjunto de sistemas, medios organizativos, medios humanos y acciones dispuestas para eliminar, reducir o controlar los riesgos y amenazas que puedan afectar a una persona a una entidad a una instalación o a un objeto. La seguridad proporciona las condiciones para afrontar el peligro, en síntesis, seguridad es la minimización del riesgo. SALUD: Es un estado de bienestar físico, mental y social. No solo en la ausencia de enfermedad.
  • 4. DEFINICIONES TRABAJO: Es toda actividad que el hombre realiza de transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida. AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de condiciones que rodean a la persona y que directa o indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral.
  • 5. DEFINICIONES RIESGO: Es la probabilidad de ocurrencia de un evento. Ejemplo Riesgo de una caída, o el riesgo de ahogamiento. FACTOR DE RIESGO: Es un elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico, ruido, monotonía.
  • 6. DEFINICIONES INCIDENTE: Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias diferentes, podría haber resultado en lesiones a las personas o a las instalaciones. Es decir UN CASI ACCIDENTE. Ejemplo un tropiezo o un resbalón.
  • 7. DEFINICIONES ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud (una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo herida, fractura, quemadura. Según lo anterior, se considera accidente de trabajo: El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la empresa. El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa. El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador. De igual manera no se considera un accidente de trabajo el sufrido durante permisos remunerados o no, así sean sindicales, o en actividades deportivas, recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o en representación del empleador.
  • 8. DEFINICIONES ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo. El Gobierno adopta 43 enfermedades como profesionales, dentro de las cuales podemos mencionar la intoxicación por plomo, la sordera profesional y el cáncer de origen ocupacional. También es Enfermedad Profesional si se demuestra la relación de causalidad entre el factor de riesgo y la enfermedad.
  • 9. DEFINICIONES SALUD OCUPACIONAL: Se define como la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo. En Colombia el campo de la Salud Ocupacional, se encuentra enmarcado en toda la reglamentación dada a través del Sistema General de Riesgos Laborales
  • 10. REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA SOBRE SEGURIDAD SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad Social en el país, la cual consta de tres componentes como son: El Régimen de Pensiones La Atención en Salud El Sistema General de Riesgos Laborales.
  • 11. Ley - Año Contenido Ley 9a. De 1979 Es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones La Resolución 2400 de 1979 de MinTra* Conocida como el "Estatuto General de Seguridad”, trata de disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo Decreto 614 de 1984 de MinTra Y MINSALUD Crea las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país La Resolución 2013 de 1986 de MinTra Establece la creación y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las empresas La Resolución 1016 de 1989 de MinTra Establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas Ley 100 de 1993 de MinTra Se crea el régimen de seguridad social integral Decreto 1281 de 1994 de MinTra Reglamenta las actividades de alto riesgo Decreto 1295 de 1994 de MinTra y MINHACIENDA  Dicta normas para la autorización de las Sociedades sin ánimo de lucro que pueden asumir los riesgos de enfermedad profesional y accidente de trabajo  Determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales  Establece la afiliación de los funcionarios a una entidad Aseguradora en Riesgos Laborales (A.R.L)
  • 12. Decreto 1346 de 1994 de MinTra Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez Decreto 1542 de 1994 de MinTra Reglamenta la integración y funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional Decreto 1771 de 1994 de MinTra Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional Decreto 1772 de 1994 de MinTra Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales Decreto 1831 de 1994 de MinTra Expide la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales Decreto 1832 de 1994 de MinTra Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales Decreto 1834 de 1994 de MinTra Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Laborales Decreto 1835 de 1994 de MinTra Reglamenta actividades de Alto Riesgo de los Servidores Públicos Decreto 2644 de 1994 de MinTra Tabla Única para la indemnización de la pérdida de capacidad laboral Decreto 692 de 1995 de MinTra Manual Único para la calificación de la Invalidez Decreto 1436 de 1995 de MinTra Tabla de Valores Combinados del Manual Único para la calificación de la Invalidez Decreto 2100 de 1995 de MinTra Clasificación de las actividades económicas Resolución 4059 de 1995 Reportes de accidentes de trabajo y enfermedad profesional
  • 13. Circular 002 de 1996 de MinTra Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya actividad sea nivel 4 o 5 LEY 1562 DE 2012 (Julio 11) Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional. Decreto 1443 del 31 de julio de 2014 El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo -SG-SST, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados. Decreto 1072 de 26-05-2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Se encarga esta nueva norma de la compilación de varias reglamentaciones preexistentes en materia laboral y algunas en Riesgos Laborales, mencionándose cada norma de dónde es originaria. El Gobierno busca “asegurar la eficiencia económica y social de sistema legal” y así la simplificar el sistema nacional regulatorio. * MinTra = Ministerio de Trabajo
  • 14.
  • 15. Clasificación Riesgos El artículo 26 del Decreto 1295 de 1994 establece las siguientes clases de riesgo, las cuales se reglamentan en el artículo 2.2.4.3.5 del Decreto 1072 de 2015. En el momento de la vinculación de una empresa a una ARL ésta asignará una tarifa de acuerdo con la actividad principal de la empresa y la exposición a los factores de riesgo. Para ello se han determinado cinco clases de Riesgo que contemplan las diversas actividades económicas de las empresas. Si una empresa tiene más de un CENTRO DE TRABAJO podrá ser clasificada para diferentes clases de riesgo, siempre que las instalaciones locativas, las actividades y la exposición a factores de riesgo sean diferentes.
  • 16. Clasificación del riesgo CLASIFICACIÓN TIPO DE RIESGO EJEMPLOS Clase I Contempla actividades consideradas de riesgo mínimo  Mayor parte de actividades comerciales  Actividades financieras  Trabajos de oficina  Centros educativos  Restaurantes Clase II Actividades de riesgo bajo  Algunos procedimientos manufactureros como la fabricación de tapetes, tejidos, confecciones.  Almacenes por departamentos  Algunas labores agrícolas Clase III Actividades de riesgo medio  Procesos manufactureros como fabricación de agujas, alcoholes, alimentos, automotores, artículos de cuero Clase IV De riesgo alto  Procesos manufactureros como aceites, cervezas, vidrios  Procesos de galvanización  Transporte Clase V De riesgo máximo  Areneras  Manejo de asbesto  Bomberos  Manejo de explosivos  Construcción  Explotación petrolera
  • 17. “Artículo 26. Tabla de Clases de Riesgo. Para la Clasificación de Empresa se establecen cinco clases de riesgo:” TABLA DE CLASES DE RIESGO Y COTIZACIÓN CLASE I Riesgo mínimo 0.522% CLASE II Riesgo bajo 1.044% CLASE III Riesgo medio 2.436% CLASE IV Riesgo alto 4.350% CLASE V Riesgo máximo 6.960%
  • 18. ¿Sobre qué clases de riesgo cotizar? Lo primero que se debe aclarar es que una empresa puede cotizar sobre diferentes clases de riesgo, dependiendo de los centros de trabajo que haya establecido. Así, una empresa puedo tener un centro de trabajo administrativo que cotiza sobre riesgo clase I y otro centro de trabajo que cotiza sobre riesgo clase V.
  • 19. ¿Qué es la prevención de riesgos laborales? La prevención de riesgos laborales puede definirse como el conjunto de actividades y medidas que se llevan a cabo dentro de la empresa. Todo tiene el objetivo de evitar o disminuir las posibilidades de que algún trabajador o trabajadora pueda sufrir algún tipo de daño derivado de su trabajo. Hablamos de daños como lesiones, accidentes, enfermedades o patologías. Por tal de llevar una buena prevención, la empresa debe hacer una correcta evaluación de los riesgos que pueden existir en el lugar de trabajo.
  • 20. Riesgos Físicos Existen distintos riesgos físicos. El primero y más común es el ruido cuando genera una sensación auditiva desagradable. Debemos protegernos con todas las medidas de seguridad posibles. Otro riesgo físico puede estar provocado por las vibraciones causadas por todo tipo de maquinaria. Estas vibraciones pueden afectar a la columna vertebral, a los abdominales, y ocasionar dolores de cabeza. La iluminación también puede producir deslumbramientos, fatiga y reflejos. Estos casos pueden producir un accidente, por lo que hay que vigilar con los tipos de lámparas y los niveles de luz. La temperatura y la humedad también pueden provocar efectos adversos a las personas si los valores son muy elevados o excesivamente bajos. Los valores ideales en el trabajo son 21ºC y 50% de humedad.
  • 21. Riesgos químicos Estos riesgos laborales están producidos por procesos químicos y por el medio ambiente. A veces, enfermedades como las alergias o algún virus, son producidas por inhalaciones o absorciones. Para que des de la empresa podamos reducir este tipo de riesgos, podemos actuar de tres maneras: Podemos sustituir productos cambiando el proceso productivo o encerrando el proceso. Podemos actuar haciendo limpieza a fondo del puesto de trabajo y hacer ventilación por dilución. Podemos dar formación al trabajador, rotar los puestos de trabajo y usar equipos de protección como mascarillas y guantes.
  • 22. Riesgos biológicos Este tipo de riesgos los produce la exposición a virus, bacterias, parásitos y hongos, cosa que puede dar lugar a posibles enfermedades. Este tipo de riesgos están expuestos principalmente a los trabajadores de centros sanitarios.
  • 23. Riesgos ergonómicos Las principales causas de los riesgos ergonómicos son las posturas inadecuadas, levantar mucho peso, estar muchas horas haciendo el mismo movimiento… Estos factores pueden causar daños físicos.
  • 24. Riesgos mecánicos Los accidentes que se pueden producir con este tipo de riesgos son lesiones corporales como golpes, quemaduras, cortes… Siempre debemos asegurarnos de revisar la maquinaria que se utiliza para trabajar.
  • 25. Riesgos psicosociales Estos riesgos vienen ocasionados por factores como el estrés por el ritmo de trabajo, la fatiga laboral o una rutina muy monótona. Debemos tener un descanso de 15 minutos como mínimo a partir de las seis horas. Para prevenir este tipo de riesgos es bueno cambiar de tarea o de horario de trabajo de vez en cuando.
  • 26. Riesgos ambientales Estos son los únicos que no podemos controlar, ya que son la posibilidad de que se produzca una catástrofe por una acción humana o por un fenómeno natural. Estamos hablando de riesgos naturales como la lluvia, inundaciones, tempestad… O de riesgos antropogénicos que son los que están derivados por actividades humanas.
  • 27. ¿En Qué Consiste Un Programa De Salud Ocupacional? Consiste en la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de todas aquellas actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El principal objetivo de un programa de Salud Ocupacional es proveer de seguridad, protección y atención a los empleados en el desempeño de su trabajo. El incremento en los accidentes de trabajo, algunos más serios que otros, debido entre otras cosas a los cambios tecnológicos o la poca capacitación de los empleados, a la manipulación de materiales de uso delicado, infraestructuras inadecuadas y en alguna medida por fallas humanas, hacen necesario que toda empresa pueda contar con un manual que sirva de guía para minimizar estos riesgos y establezca el protocolo a seguir en caso de accidentes. Un programa de salud ocupacional debe contar con los elementos básicos para cumplir con estos objetivos, los cuales incluyen datos generales de prevención de accidentes, la evaluación médica de los empleados, la investigación de los accidentes que ocurran y un programa de entrenamiento y divulgación de las normas para evitarlos.
  • 28. Política de Salud Ocupacional Como punto de partida del Programa, las directivas de toda compañía se deben pronunciar formalmente, a través de una política reflejando su interés por un trabajo realizado en forma segura y su compromiso hacia la Salud Ocupacional, posteriormente se definirán responsabilidades de todos los niveles de la organización en la implementación del Programa y cumplimiento de todos los normativos que para esto haya lugar. La política contempla entre otros puntos los siguientes: Cumplimiento de todas las normas legales vigentes en Colombia sobre Salud Ocupacional y Seguridad Integral. Protección y mantenimiento del mayor nivel de bienestar, tanto físico como mental, de todos los trabajadores, disminuyendo al máximo la generación de accidentes de trabajo y los riesgos en su origen. Preservación de buenas condiciones de operación en los recursos materiales y económicos, logrando la optimización en su uso y minimizando cualquier tipo de pérdida. Garantía de que las condiciones y el manejo de residuos no contaminen el medio ambiente y cumplan las normas vigentes. Responsabilidad de todos los niveles de Dirección por proveer un ambiente sano y seguro de trabajo, por medio de equipos, procedimientos y programas adecuados. Responsabilidad de todos los trabajadores por su seguridad, la del personal bajo su cargo y de la empresa. Incorporación del control de riesgos en cada una de las tareas. Esta política será publicada y difundida a todo el personal, para obtener así su cooperación y participación, siguiendo el ejemplo manifestado y demostrado por la alta gerencia.
  • 29. Niveles de Participación La responsabilidad del éxito de un programa de salud ocupacional debe ser compartida por todos, y es indispensable que todas las partes, empleados y gerencia realicen su mejor esfuerzo en este sentido. El programa de Salud Ocupacional parte desde la gerencia su desarrollo efectivo y se alcanzará en la medida que logre una concepción clara de la importancia del mismo en los niveles de la organización. Por esto se plantean los siguientes niveles de participación.
  • 30. Participación Del Empleador O Gerencia La institución en la que se trabaja, debe proveer equipos de seguridad con los cuales se pueda obtener condiciones de seguridad adecuadas para el trabajo. De esta manera la gerencia o el empleador asumirá el liderazgo efectivo del programa de Salud Ocupacional y participará directamente realizando una serie de tareas como: Motivar al personal por la Salud Ocupacional a través de charlas, cartas de reconocimiento, asistir a reuniones formales entre otras. Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando deba tomarse una decisión en la que aquella esté en juego. Controlar resultados, conociendo el desarrollo de los subprogramas y funcionamiento del comité de Medicina, Higiene y Seguridad a través de estadísticas de accidentalidad, actas del comité, cumplimiento de los récords establecidos, pronunciándose al respecto. Independientemente que el trabajo en las diferentes clases de empresas por su naturaleza involucre riegos, el empleado no puede asumir la responsabilidad de accidentes debido a negligencias administrativas. Este concepto se establece mejor, cuando se toma en cuenta el costo de atención médica del empleado, incapacidad, etc., y el deterioro de la imagen de la compañía en materia de seguridad.
  • 31. Participación De Los Trabajadores A pesar de que el empleado es la razón final de un Programa de Salud Ocupacional y el mayor beneficiado en su desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él le corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es obligación del empleado: El seguimiento estricto de las Normas de seguridad a fin de garantizar un trabajo seguro. Cumplir las normas y procedimientos de Salud Ocupacional establecidas por la Empresa. Informar a sus superiores o al coordinador de Salud Ocupacional, sobre condiciones y/o actos sub-estándar en los lugares de trabajo ó cualquier circunstancia que pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias para su estudio participando en la elaboración de normas y procedimientos seguros de trabajo. Participar activamente en las charlas y cursos de capacitación de Salud Ocupacional a que haya sido invitado.
  • 32. La seguridad del empleado depende sobre todo de su propia conducta, lo cual está condicionado a un acto voluntario del trabajador por educación y motivación. Estos conceptos adquieren más significado, cuando tomamos en cuenta que la mayoría de las labores en las empresas implican un trabajo en grupo y las fallas de un empleado pueden afectar a sus propios compañeros y a los bienes de la institución. En resumen, el trabajo seguro de cada uno beneficiará a todos.
  • 33. El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una compañía. De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASST son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional. Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán el Representante Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su artículo 63 y las exigencias de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo. El periodo de los miembros del Comité es de dos (2) años y el empleador está obligado a proporcionar por lo menos cuatros horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo de uno de los miembros para el funcionamiento del Comité.
  • 35. El Coordinador de Salud Ocupacional es la primera línea en este programa, ya que es la persona que está en contacto directo con los empleados y es el nexo directo con la administración en materia de seguridad. Dentro de sus responsabilidades tenemos: 1. Asumir la dirección del Programa asesorando a la gerencia para la formulación de reglas, procedimientos administrativos, objetivos y en la solución de problemas en materia de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial. 2. Informar a la gerencia sobre actividades y situaciones de Salud Ocupacional. 3. Supervisar el cumplimiento de la política, por parte de todos los miembros de su responsabilidad en Salud Ocupacional. 4. Analizar y difundir información sobre cada subprograma y experiencias adquiridas a través de lesiones, daños o pérdidas con el fin de que se tomen las medidas de prevención y control respectivas. 5. Mantener un programa educativo y promocional de Salud Ocupacional para los trabajadores.
  • 36. 6. Establecer mecanismos de evaluación para verificar el cumplimiento de las actividades de Salud Ocupacional. 7. Interpretar leyes, directivas y ordenanzas de las entidades oficiales relacionadas con Salud Ocupacional. 8. Establecer campañas de motivación y divulgación de normas y conocimientos técnicos tendientes a mantener un interés activo por la Salud Ocupacional en todo el personal. 9. Participar activamente en las reuniones donde se traten temas de Salud Ocupacional. 10. Investigar problemas especiales de Salud Ocupacional 11. Integrar las actividades de Medicina Preventiva, Medicina de Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial el control definitivo de lesiones, daños o pérdidas. 12. Mantener constante comunicación con entidades asesoras en el tema y tomar parte activa en las actividades programadas por dichas organizaciones.
  • 37. Panorama de Factores de Riesgo Es una técnica utilizada para describir las condiciones laborales y ambientales en que se encuentran los trabajadores de una empresa, donde el objetivo principal es realizar una evaluación diagnostica de la situación de la empresa a través de la identificación y localización de los factores de riesgo existentes.
  • 38. ¿Qué es el programa de salud ocupacional? El Programa de Salud Ocupacional, consiste en la planeación y ejecución de actividades de medicina, seguridad e higiene industrial , que tienen como objetivo mantener y mejorar la salud de los trabajadores en las empresas. En todas las empresas debe existir un Comité Paritario de Salud Ocupacional, cuya razón de ser es hacer seguimiento para que las actividades planeadas en el Programa de Salud Ocupacional si se cumplan. Los objetivos que tiene el Programa de Salud Ocupacional son: Definir las actividades de promoción y prevención que permitan mejorar las condiciones de trabajo y de salud de los empleados. Identificar el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y controlar los factores de riesgo relacionados .
  • 39. Cuando una empresa desarrolla su Programa de Salud Ocupacional, logra beneficios como: Se mejora la calidad del ambiente laboral, se logra mayor satisfacción en el personal y en consecuencia, se mejora también la productividad y la calidad de los productos y servicios. El Programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación y ejecución de actividades de medicina, seguridad e higiene industrial , que tienen como objetivo mantener y mejorar la salud de los trabajadores en las empresas. El Programa de Salud Ocupacional, lo desarrolla la Empresa con la participación de los trabajadores. Su ejecución es permanente, como un proceso de mejoramiento continuo de las condiciones de trabajo. Debe actualizarse como mínimo una vez al año, según se presenten cambios en los factores de riesgo o en los procesos.
  • 40. Las empresas han identificado que el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional es una actividad que tiene tanta importancia como la gestión de la calidad, la productividad y las finanzas de la empresa. Todas las empresas tienen factores de riesgo relacionados con su labor, es por esto que por pequeña que sea la organización, requiere del desarrollo de un Programa de Salud Ocupacional y estar afiliada a una ARL, que los asesore en su desarrollo.