1. LEY GENERAL PARA LA RECTORÍA
DEL SECTOR DE DESARROLLO
HUMANO E INCLUSIÓN SOCIAL
OBJETIVO
¿QUÉ HACE?
¿PARA QUÉ LO HACE?
¿POR QUÉ LO HACE?
Ordenar, a través de una única
rectoría, a toda la institucionali-
dad pública del sector social
costarricense, mediante la
creación del Ministerio de De-
sarrollo Humano e Inclusión
Social (MIDHIS) y el Consejo Na-
cional de Desarrollo Humano.
Para articular, coordinar y planifi-
car, mediante un solo ente
rector, todas las políticas y pro-
gramas sociales del Estado
costarricense para garantizar su
eficiencia, efectividad y acceso
por parte de las y los habitantes
de Costa Rica que más necesitan
de una oportunidad para la con-
secución de su proyecto de vida.
Costa Rica, a pesar de ser un país reconocido por su gran inversión
estatal en el ámbito social, continúa con una pobreza que no ha logra-
do decrecer del 20% en los últimos 30 años. La principal causa, según
la Contraloría General de la República y diversos especialistas, es el
exceso de programas sociales, ejecutados por más de 20 instituciones
distintas; lo cual ha derivado en despilfarro de recursos y en ineficien-
cia de los mismos programas sociales. ”(…) La ausencia de una Auto-
ridad Social permanente con funciones de dirección, priorización y
articulación de la política social es un elemento que ha inhibido un cre-
cimiento y ajuste coherente de estos programas” (Contraloría General
de la República, en su informe DFOE-SO-30-2006).
• Transforma al Ministerio de
Vivienda y Asuntos Humanos
(MIVAH) en el Ministerio de
Desarrollo Humano e Inclusión
Social (MIDHIS) como ente
rector de las políticas y pro-
gramas sociales del Estado
costarricense.
• Crea el Consejo Nacional de
Desarrollo Humano, integrado
por el Presidente de la
República, los ministerios
(incluído el MIDHIS) e insti-
tuciones públicas dedicadas al
sector social, para articular y
planificar los programas y
políticas sociales con las diver-
sas instancias del ámbito.
• Incluye, además de los minis-
terios e instituciones autóno-
mas del ámbito social, a las
ONGs, empresas privadas y
municipalidades en la coordi-
nación y ejecución de pro-
gramas sociales.
• Fomenta el desarrollo de
programas y proyectos de
Economía Social Solidaria.
• Establece mecanismos de
seguimiento y evaluación de
las políticas y programas socia-
les.
POBREZA
DIPUTADA EMILIA MOLINA CRUZ
20%