Este documento presenta información sobre seguridad vial y transportes. Explica las responsabilidades de un experto en seguridad vial como asesorar a compañías de seguros, implementar informes técnicos y médico legales de accidentes de tránsito, e inspeccionar riesgos en transporte terrestre. También define conceptos clave como conductor, vehículo, propietario, víctima, pasajero, acompañante y peatón. Finalmente, describe los tipos de diagnósticos que se pueden realizar después de un
4. Asesorar a compañías aseguradoras en la elaboración de diagnósticos de daños en
automotores y bienes muebles transportados, así como los daños ocasionados a bienes
inmuebles.
Implementar informes técnicos y médico legales de hechos de tránsito terrestre, así como
ofrecer apoyo en diligencias jurídicas en estos hechos.
Inspeccionar riesgos en transporte terrestre de mercancías.
Evaluar equipos automotores que pretendan tomar pólizas en aseguradoras o que hayan
resultado afectados en hechos de tránsito.
Implementar y desarrollar planes y proyectos de circulación vial buscando optimizar vías
y el tránsito automotor.
Determinar mediciones físicas y planimétricas, así como interpretar datos de alcoholemia
y estupefacientes en el lugar del siniestro.
Administrar software de aplicación en investigación de hechos de tránsito automotor
terrestre.
5. CONDUCTOR
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley
769 del 2002, se define como: es la persona habilitada y
capacitada técnica y teóricamente para operar un vehículo.
CONCEPTOS GENERALES
VEHÍCULO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley
769 del 2002 se define como: Todo aparato montado sobre
ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas
de un punto a otro por vía terrestre publica o privada abierta al
público.
PROPIETARIO
El dueño tiene el derecho de poseer, usar, gozar (derecho de
extraer los frutos), disponer (derecho de vender, donar;
constituir hipotecas, abandonar o consumir la cosa), excluir a
otros, cerrar y administrar la cosa.
6. Conceptos
Víctima: Se entiende por víctima la persona que individual o colectivamente
haya sufrido daños directos tales como lesiones transitorias o permanentes
que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial (visual
y/o auditiva), sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo de sus
derechos fundamentales.
Pasajero: Persona distinta del conductor que se transporta en un vehículo público.
Acompañantes: Persona que transita a pie o por una vía
Peatón: Persona que transita a pie o por una vía
7. Conceptos
Esto significa que en estos casos no importa si el conductor tuvo o no la culpa de los
daños físicos que sufrió un pasajero, ya que en todo caso debe responder por esta
situación.
“El transportador está obligado en el transporte de personas a conducirlas sanas y salvas
al lugar de destino”, según establece el Código de Comercio.
Es por esto que, según el mismo Código, los transportadores deben responder de todos
los daños que sufran los pasajeros desde el momento en que queden a su cargo, es
decir, cuando comience a transportarlos.
Así, la responsabilidad del transportador abarca los daños causados por los vehículos
utilizados por él, así como por los daños que sufran los pasajeros en los sitios de
embarque, o desembarque, estacionamiento, o cualquier instalación que se use para el
servicio y ejecutar el contrato de transporte.
Pero además del transportador, en los accidentes de tránsito también deben responder
solidariamente las empresas de servicio público, aún cuando no sean propietarias o
8. Diagnóstico: Politrauma - Trauma Craneano - Trauma de Tórax - Trauma de Abdomen
Trauma de Miembros - Trauma de Cuello - Trauma de Área Pélvica
Reconocimiento de signos de trauma
Reconocimiento de patrones de lesión
Reconocimiento de lesiones personales
MOTIVO DE CONSULTA: Accidente de tránsito con fracturas múltiples.