2. Soy Abogada de profesión graduada Cum Laude de la
Universidad Iberoamericana (UNIBE), con una maestría de
MBA en PYMES del Centro de Estudios Financieros (CEF),
Madrid, España; me he capacitado de manera amplia en los
temas de fideicomisos, derecho corporativo y en Dirección y
Gestión de empresas, realizando Diplomado en Formación
Fiduciaria Internacional (PUCMM-ABA-FELABAN),
Diplomado en Negocios Fiduciarios (ASOFIDOM),
Diplomado en Fideicomiso-Rentabilidad, Gestión y
Administración (Escuela de Negocio BDO) así como
diferentes formaciones especiales en Estructuración de
Emisiones (Asociación de Puesto de Bolsas), Formación en
Gestión Fiduciaria (Red Fiduciaria de las Américas) y
Congreso Internacional de Alianza Publico Privada
(ASOFIDOM).
EXPOSITORA
4. BASE CONCEPTUAL
“Cualquier arreglo en el cual se transfiere la
propiedad con la intención de que sea
administrada por el fiduciario para el beneficio de
un tercero”. (Black’s Law Dictionary)
Fideicomitente
Propiedad (Derecho)
Fiduciaria
Beneficiario
Ley 189-11 Art. 3 Define el Fideicomiso.
.
6. DEFINICIONES
FIDEICOMITENTE(S)
Son las personas que transfieren bienes o
derechos para conformar un patrimonio
separado que se denominará patrimonio
fideicomitido.
PROPIEDAD(ES)
Es el conjunto de bienes y derechos de naturaleza
mobiliaria e inmobiliaria, presentes o futuros,
corporales o incorporales, tangibles e intangibles,
transferidos al patrimonio del fideicomiso,
afectados al objetivo del mismo.
7. DEFINICIONES
FIDUCIARIA
Es la entidad que recibe los bienes o derechos
del Fideicomitente para la creación del
patrimonio separado y su administración.
BENEFICIARIO
Personas a quienes deban serles distribuido,
asignado o entregado el producto o resultado
final de la administración del FIDEICOMISO,
conforme los plazos y condiciones establecidas
en el acto constitutivo de fideicomiso.
8. BENEFICIOS
Seguridad jurídica
Transparencia
Inembargabilidad
Procedimiento y gestión estandarizados
Acceso a financiamiento de altos valores
Compensación del ITBIS para los proyectos de
bajo costo
Centralización del control del proyecto en la
Fiduciaria (ingresos, costos, gastos).
Contabilidad organizada
Factibilidad
Inversionistas
Beneficios fiscales
Proceso especial de ejecución de acreencia
9. MARCO JURÍDICO
o Ley 189-11 para el desarrollo del Mercado
Hipotecario y el Fideicomiso
o Decreto 95-12 Reglamento de Ley 189-11
o Decreto 359-12 Reglamento Calificación de
Proyectos de Viviendas de bajo Costo
o Decreto 360-12 Ventanilla Única
o Norma General 01-2015 Sistema Tributario de
Fideicomiso
o Norma General 02-2016 Aclaración de Temas
Tributarios
11. CONCEPTO
Este tipo de fideicomiso tiene la finalidad de
administrar recursos para la consecución de un
proyecto inmobiliario.
al intervenir diversos actores la Fiduciaria dentro de
su papel garantiza a cada una de las partes
intervinientes el cumplimiento de los acuerdos
arribados entre ellas, brindando transparencia,
confianza y seguridad en las operaciones que se
realizan.
13. Incorporación del Fideicomiso
1. Acto constitutivo de Fideicomiso (Contrato)
o Partes
o Inmueble(s)
o Beneficiario
o Derechos
o Obligaciones
o Punto de equilibrio
o Liquidación
o Solución de conflictos
14. Incorporación del Fideicomiso
2. Obtención RNC
o DGII
o RC-03
o No tiene personalidad jurídica
o Oficina Virtual
o Reportes IR02/606/607/IR3
3. Obtención de cuentas bancarias
4. Permisología
5. Preventas
6. Transferencia del inmueble
15. Alcance del Punto de Equilibrio
1. Condiciones Punto de Equilibrio
(ejemplo)
o 50% separación de ventas
o Inicio de obra
o Póliza de todo riesgo
o Plan de inversión y financiamiento
o Titulo transferido
16. Alcance del Punto de Equilibrio
2. Obtención del Punto de Equilibrio
o Factibilidad
o Uso del recaudo del fideicomiso
o Desembolsos de préstamo(s)
o Desarrollo del proyecto
o Bonos gubernamentales
o Cumplimiento de acuerdos
o Entrega de unidades
o Supervision
17. Se concluye el proyecto
1. Pago de deudas
2. Transferencia de unidades
3. Liquidación
o Pago impuestos DGII
o Repartición de dividendos
o Restitución de inmueble
o Rendición de cuentas
o Cancelación del Acto Constitutivo
20. PROMOTOR
Identificar nicho mediante estrategia de
mercado
Informar sobre la propiedad en venta (no
ocultar información)
Interpretar planos
Proporcionar precios y sugerir acuerdo de
pagos
Informar sobre los beneficios del fideicomiso
Mostrar el proyecto y apartamento modelo
Seguimiento al completivo de la
documentación
Suministrar al cliente las informaciones de la
cuenta de recaudo del fideicomiso para el
deposito de los pagos
Atención post venta
21. FIDEICOMITENTE
Ejecutar todo el desarrollo técnico y de diseño
del proyecto
Desarrollar el proyecto según las
especificaciones técnicas acordadas
Enviar mensualmente reporte de avance de
obras a la Fiduciaria
Ejecutar el proyecto en el tiempo convenido
con sus plazos de gracia
Realizar la entrega definitiva de los
apartamentos
Ser el responsable de los vicios ocultos de
construcción
Relación suplidores
22. FIDUCIARIA
Conservar el Patrimonio Fideicomitido
separado de sus propios bienes y de otros
patrimonios
Llevar un registro de los compradores
Tramitar ante la DGII y demás entidades
gubernamentales las solicitudes de las
compensaciones de los Bonos
Llevar la contabilidad del fideicomiso y
mantenerla actualizada
Recibir y otorgar Garantías Fiduciarias
Cumplir las normas de detección y prevención
de lavados de activos
Pago de impuestos
Obligaciones del fideicomiso
Las demás que se deriven del Contrato
25. OBLIGACIÓN FISCAL
Las fiduciarias en nombre de los fideicomisos
deberán retener e ingresar a la Administración
Tributaria las obligaciones fiscales de los
referidos fideicomisos.
IR02/606/607/IR3
26. EXENCIÓN
o ISR (salvo el pago único y definitivo del 10% de los beneficios)
o Impuesto sobre activos
o Ganancia de capital al momento del aporte de los bienes
o ITBIS
o Bajo Costo Impuesto de transferencia (3%)
o Bajo Costo Transferencias bancarias (0.15)
o Bajo Costo Tasas administrativas
27. GANANCIA DE
CAPITAL
Norma 01-15, artículo 27.
Impuesto a la Ganancia de Capital. La
transferencia de los bienes del fideicomitente a
un fideicomiso no está sujeta al pago de ganancia
de capital al momento del aporte de acuerdo al
artículo 46 de la Ley Núm.189-11.
28.
29. MUCHAS GRACIAS
Si requiere alguna información adicional escribe a
Johnalbaglez (Instagram)
j.Gonzalez@fidomsa.com