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ESQUEMA DE IDEAS
1. Introducción
1.1. Contexto:
 las escalofriantes cifras de fallecidos que registra el mundo cada día
 COVID-19 es brutalmente contagioso
1.2. Controversia:
 Consideras aceptable el toque de queda aumente hasta diciembre en el
Perú, para combatir con el COVID-19
1.3. Tesis:
 Si es aceptable que el toque de queda aumente hasta diciembre para
prevenir el contagio y aumente la tasa de mortalidad.
1.4. Anticipación:
 En los siguientes párrafos daré a conocer los argumentos sobre mi postura.
2. Desarrollo
Si es aceptable, para disminuir el aumento de contagiados a diario en el Perú
2.1. Idea principal 1 (tesis + argumento 1)
CASO PERU
2.1.1. Ideas secundarias:
 Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, 051-2020-PCM, 064-2020-
PCM, 080-2020-PCM y 094-2020-PCM
 El artículo 2° Durante la presente prórroga del Estado de Emergencia
Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales
relativos a la libertad y la seguridad personales.
 la OMS alerta el incremento de la tasa de mortalidad
2.1.1.1. Ideas terciarias:
 Según el doctor Óscar Franco explica que este
comportamiento del virus puede deberse a las
medidas de prevención aplicadas en cada país
 Decreto Supremo 116-2020-PCM
2.1.2. Reafirmación de tesis:
 Por todo lo mencionado, no debería permitirse el ingreso de personas con
sus alimentos, porque cada empresario tiene su propio modelo de negocio
para conseguir sus ganancias.
2.2. CASO BRAZIL
2.2.1. Ideas Secundarias:
 Según el Director Ejecutivo de Inversiones y Asesorías Araval Ernesto
Aramburú, la venta de comidas y snacks representa un 40% de ingresos.

2.2.1.1. Ideas terciarias:
 Se afirmó: No afectaría en los ingresos de la empresa
porque paga por la película y no por la confitería, sin
embargo, se demostró que si disminuye las ganancias
2.2.2. Reafirmación de tesis:
 Por todo lo expuesto, disminuiría masivamente las ganancias de la
empresa, si las personas empiezan a ingresar a las salas con sus
alimentos
3. Cierre
3.1. Conector:
 En conclusión
3.2. Reafirmación de tesis + síntesis de argumentos:
 El ingreso de personas con sus alimentos no debería decretarse, primero
porque el empresario tiene su propio modelo de negocio y es libre en
decidir sus precios y productos a expender. Segundo al ingresar productos
no expendidos por la empresa generarían la disminución de las ganancias
y por consiguiente los resultados financieros cambiarían.
3.3. Comentario crítico:
En mi opinión la empresa es libre de crear su propio modelo de negocio,
según las ofertas y demandas que suceden en el mercado para obtener
altos índices de ganancias y su empresa cumpla sus metas financieras.
Fosas comunes han tenido que ser abiertas para enterrar a los
numerosos muertos.
El presidente Jair Bolsonaro ha ignorado abiertamente las reglas de
distanciamiento social.
Los casos de contagio por Covid-19 siguenaumentando y la OMS alerta de un posible rebrote,lo
cual podría incrementarsu tasa de mortalidad. El doctor Óscar Franco explicaque este
comportamientodel viruspuede deberse a las medidasde prevenciónaplicadasen cada país.A
pesar del aumento de contagio diario, se calcula que la tasa de mortalidad ha disminuido,
aunque “esposible que se reporte una baja letalidadintencionalmente porparte de los sistemas
políticos,queriendoinyectaralgo de optimismoo buscar aprobación de su gestiónenel manejo
de la pandemia”,asegurael experto.
Aislamiento social obligatorio: hasta el 31 de julio, los ciudadanos de Arequipa, Ica,
Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash solo podrán salir de casa para
prestar o acceder a servicios y bienes esenciales, y para cumplir actividades
económicas autorizadas al momento de promulgarse el Decreto Supremo 116-2020-
PCM
por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;
disponiéndose asimismo una serie de medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito durante la
vigencia del Estado de Emergencia Nacional,asícomo para reforzar el Sistema de Salud en todo el territorio
nacional,entre otras medidas necesarias para proteger eficientemente la vida y la salud de la población,
reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19;
Gestionar el riesgo de importar y exportar casos más allá de nuestras fronteras,para lo que recomienda la
implementación de medidas de control y aislamiento para personas contagiadas o que provengan de zonas de
riesgo.
Se autoriza el uso de vehículos particulares, para el abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios
financieros,solo yexclusivamente dentro del distrito de residencia, en cuyo caso se permite una persona por
vehículo; así como para el traslado de personas que requieren de una atención médica urgente o de
emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud;del mismo modo se encuentra permitido para la
realización de las demás actividades señaladas en el anexo del presente decreto supremo.
En tal sentido, durante la vigencia del Estado de Emergencia, para la prestación de servicios con fines
laborales, solo pueden circular los vehículos particulares debidamente autorizados por el Ministerio de
Defensa o el Ministerio del Interior.
El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa quedan facultados a adoptar las acciones qu e
correspondan respecto de los vehículos no autorizados,inclusive el remolque de los mismos a los depósitos
que se destinen para tal efecto. Asimismo, mediante Resolución Ministerial, el Ministerio del Interior podrá
dictar medidas complementarias o incluso restrictivas, según corresponda y de acuerdo a la evaluación
correspondiente.
Para poder contener y controlar adecuadamente la propagación del COVID-19, el
Gobierno ordenó el cierre total de las fronteras y suspendió temporalmente el
transporte interprovincial e internacional de pasajeros por medio terrestre, aéreo,
marítimo y fluvial, mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, 051-2020-
PCM, 064-2020-PCM, 080-2020-PCM y 094-2020-PCM.
La medida se encuentra vigente desde el 15 de marzo al 31 de julio del año 2020
y restringe el libre traslado de personas a nivel local, nacional e internacional, para
cumplir con el aislamiento social e inmovilización social obligatoria.
Durante la presente prórroga del Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los
derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales,la inviolabilidad del domicilio,y la
libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9,11 y 12 del artículo 2 y en el
inciso 24,apartado f del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.
En los demás departamentos, se ha establecido el aislamiento social obligatorio
para los menores de 14 años, los adultos mayores de 65 años y personas en
riesgo.
¿En qué situaciones puedo salir de casa durante el
aislamiento social obligatorio?
 Puedes trasladarte a tu centro de labores si participas en una actividad esencial, entre
ellas: la industria alimentaria, farmacéutica y de bienes de primera necesidad (adquisición,
producción y abastecimiento). Centros de salud, bancos, farmacias, grifos (producción,
almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible), medios de
comunicación, centrales telefónicas (solo para servicios vinculados a la emergencia) y
personal de supermercados, mercados, limpieza pública, hoteles y centros de
alojamiento. Entidades financieras, seguros y pensiones. Asistencia o cuidado de
adultos mayores, niñas(os), adolescentes, dependientes, o personas con discapacidad o
en situación de vulnerabilidad.
 Puedes circular para retornar a tu lugar de residencia habitual, o si asistes o cuidas
adultos mayores, niñas(os), adolescentes, dependientes, o personas con discapacidad o
en situación de vulnerabilidad (con tu pase especial laboral).
 Puedes acudir a centros de abastecimiento cercanos a tu domicilio, a pie o en transporte
público/taxi autorizado, para comprar alimentos, productos de primera necesidad o
medicinas. Para esto, debes usar mascarilla, portar tu DNI, y un recibo de servicios, en
caso la dirección de tu documento no coincide con la actual.
 Estás autorizado para trasladar, a pie o con vehículo particular/transporte público/taxi
autorizado, a un centro médico personas cuya vida corre peligro por urgencia o
emergencia médica.
 Solo puedes usar vehículo particular para trasladar funcionarios del Poder Ejecutivo,
Poder Judicial, Poder Legislativo, sistema financiero y de seguros, Ministerio Público e
Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE); personal de empresas de seguridad,
personal de campamentos mineros; o si tu transporte es una unidad oficial de personal de
salud.
 Puedes sacar a tu mascota a que haga sus necesidades, brevemente, muy cerca de
casa, usando mascarilla y en el menor tiempo posible. Ten presente que debe hacerlo
solo una persona, preferiblemente que no pertenezca a un grupo de riesgo: niños,
adultos mayores, pacientes con enfermedad crónica, cáncer o inmunosupresión.
 Puedes salir de casa para cumplir tu labor como personal médico, de enfermería, de los
bomberos o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y Policía Nacional del Perú (PNP), que
participa en operativos del estado de emergencia.
Complementariamente, hasta el 31 de julio, la inmovilización social
obligatoria exige a los ciudadanos permanecer en casa de 10:00 p. m. a 4:00 a.
m.; excepto en las regiones de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre
de Dios y Áncash, donde rige desde las 8:00 p. m. hasta las 4:00 a. m. conforme a
los Decretos Supremos Nº 044-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, N° 053-2020-
PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 110-2020-PCM, y Nº 116-2020-PCM.
¿En qué situaciones puedo salir de casa durante la
inmovilización social obligatoria?
 Solo tienes permitido salir de casa si trabajas como personal que participa en la
prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas; continuidad
de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles,
telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos; servicios funerarios; y
transporte de carga y mercancías, prensa y actividades conexas.
 Estás autorizado para trasladar, a pie o con vehículo particular, a un centro médico
personas cuya vida corre peligro por urgencia o emergencia médica, bajo las precisiones
dadas por el Gobierno.
 Al igual que en aislamiento social, tienes permitido el tránsito, peatonal o con vehículo
particular, como integrante de serenazgo o fiscalización de los gobiernos locales; como
personal de medios de comunicación, y distribución de diarios y revistas; o para trasladar
conductores de servicio de transporte urbano masivo.
 Puedes salir de casa para cumplir tu labor como personal médico, de enfermería, de los
bomberos o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y Policía Nacional del Perú (PNP), que
participa en operativos del estado de emergencia.
 El coronavirus, bajo la forma de COVID-19, puede ser letal, como
ha quedado claro con las escalofriantes cifras de fallecidos que
registra el mundo cada día. Ya son más de 185 mil fallecidos y casi
4.5 millones de contagiados en todo el planeta, un número que
seguirá creciendo por varios días, hasta que, poco a poco, los
diferentes Estados vayan controlando la pandemia.
 Lo cierto es que no se sabe cuándo sucederá eso: dependemos,
en buena medida, de que se apruebe una vacuna y que sea de
fácil acceso, lo que sucederá, según diversos especialistas, a final
de año o a principios del 2021. Hasta entonces, la respuesta más
certera para el virus parece ser solo una: el aislamiento social.
 ¿En qué consiste el aislamiento social?
 "Para enfrentar la emergencia sanitaria por coronavirus COVID-19,
el Gobierno ha establecido el aislamiento social obligatorio,
una medida que ordena a la población permanecer en casa hasta
el 26 de abril, de 5:00 a. m. a 6:00 p. m. (a 4:00 p. m. solo para
Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto) según los
Decretos Supremos 044-2020-PCM, 051-2020-PCM y N° 053-
2020-PCM". Así define el aislamiento social el Gobierno peruano.
 Las reglas han ido cambiando a lo largo del estado de emergencia,
en gran medida porque, al ser una enfermedad nueva, no ha sido
fácil para un Estado débil y con inmensas fallas estructurales como
el peruano resolver la crisis. Las medidas fueron endureciéndose
conforme crecía el número de contagiados, y finalmente se
determinó que el aislamiento se llevara a cabo en los horarios
indicados arriba hasta el 26 de abril.
 ¿Por qué el aislamiento social es importante?
 La característica principal del COVID-19 es que es brutalmente
contagioso. La facilidad con la que pasa de un organismo a otro es
lo más peligroso del virus, y la razón por la que se ha expandido
por casi todos los rincones del planeta. Hasta que no haya una
vacuna, la única manera de protegerse es quedándose en casa y,
de tener que salir, guardando mínimo un metro y medio de
distancia con las demás personas.
 El virus se transmite a través de las gotitas que expulsamos al
hablar, estornudar, toser o escupir. De ahí que sea tan importante
que, de tener que salir a comprar alimentos o medicinas, lo
hagamos con una mascarilla y manteniendo la respectiva distancia
con la otra persona. Sin embargo, lo más efectivo es quedarse en
casa todo lo posible. El distanciamento social es, por el momento,
la mejor alternativa para mantenernos sanos y no contagiar a los
demás.
DecretoSupremo N°044-2020-PCM, 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 080-2020-PCM y 094-2020-
PCM
Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas
Con las nuevas cifras reportadas este fin de semana, Brasil se convirtió en el cuarto
país con más casos registrados de coronavirus del mundo (241.000) y el sexto con más
muertes (16.118), hasta el 17 de mayo.
No obstante, expertos de la salud advierten que el número total de infecciones confirmadas
podría ser mucho más alto que las cifras oficiales, debido a la falta de pruebas realizadas a
la población.
Varias regiones del país han entrado en una situación crítica, con los sistemas de salud al
borde del colapso por el creciente número de pacientes y la escasez de medios.
El alcalde de SaoPaulo,BrunoCovas, declaróque loshospitalespúblicoslaciudadmáspobladade
Brasil estabanal 90% de su capacidad.
Brasil superaa España e Italiaencontagiosyloshospitalesde SaoPauloestán"al borde del
colapso"
Manaos, laciudad azotadapor la pandemiaque cava fosascomunesyreclamaayuda
El estadode Amazonasesotro de lospeorafectadoscon 20.300 casos confirmadoshastaeste
domingo,segúncifrasoficiales.
Los serviciosde saludenManaos,lacapital del estado,nohan podidodar abastoy losnumerosos
muertosestánsiendoenterradosen fosascomunes.
Los expertos están tan preocupados con la velocidad de la propagación y la
perspectiva de un escenario tan crítico en los sistemas de salud que ven como
única solución una más estricta restricción del movimiento de personas e incluso el
confinamiento obligatorio.
Por lo menos seis estados ya han tomado medidas en ese sentido, aunque en
algunas de las ciudades dentro de estos territorios las restricciones no son
obligatorias.
Juliana Gragnani, de BBC News Brasil, consultó con cinco expertos en salud para
poder entender cuáles fueron los errores cometidos y por qué el confinamiento
obligatorio podría ser la mejor opción para algunas de las regiones del país.
 Segúnel doctor Óscar Franco explicaque este
comportamientodel viruspuede debersealasmedidasde
prevenciónaplicadasencadapaís

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Esquema de ideas10

  • 1. ESQUEMA DE IDEAS 1. Introducción 1.1. Contexto:  las escalofriantes cifras de fallecidos que registra el mundo cada día  COVID-19 es brutalmente contagioso 1.2. Controversia:  Consideras aceptable el toque de queda aumente hasta diciembre en el Perú, para combatir con el COVID-19 1.3. Tesis:  Si es aceptable que el toque de queda aumente hasta diciembre para prevenir el contagio y aumente la tasa de mortalidad. 1.4. Anticipación:  En los siguientes párrafos daré a conocer los argumentos sobre mi postura. 2. Desarrollo Si es aceptable, para disminuir el aumento de contagiados a diario en el Perú 2.1. Idea principal 1 (tesis + argumento 1) CASO PERU 2.1.1. Ideas secundarias:  Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, 051-2020-PCM, 064-2020- PCM, 080-2020-PCM y 094-2020-PCM  El artículo 2° Durante la presente prórroga del Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales.  la OMS alerta el incremento de la tasa de mortalidad 2.1.1.1. Ideas terciarias:  Según el doctor Óscar Franco explica que este comportamiento del virus puede deberse a las medidas de prevención aplicadas en cada país  Decreto Supremo 116-2020-PCM 2.1.2. Reafirmación de tesis:  Por todo lo mencionado, no debería permitirse el ingreso de personas con sus alimentos, porque cada empresario tiene su propio modelo de negocio para conseguir sus ganancias. 2.2. CASO BRAZIL 2.2.1. Ideas Secundarias:  Según el Director Ejecutivo de Inversiones y Asesorías Araval Ernesto Aramburú, la venta de comidas y snacks representa un 40% de ingresos. 
  • 2. 2.2.1.1. Ideas terciarias:  Se afirmó: No afectaría en los ingresos de la empresa porque paga por la película y no por la confitería, sin embargo, se demostró que si disminuye las ganancias 2.2.2. Reafirmación de tesis:  Por todo lo expuesto, disminuiría masivamente las ganancias de la empresa, si las personas empiezan a ingresar a las salas con sus alimentos 3. Cierre 3.1. Conector:  En conclusión 3.2. Reafirmación de tesis + síntesis de argumentos:  El ingreso de personas con sus alimentos no debería decretarse, primero porque el empresario tiene su propio modelo de negocio y es libre en decidir sus precios y productos a expender. Segundo al ingresar productos no expendidos por la empresa generarían la disminución de las ganancias y por consiguiente los resultados financieros cambiarían. 3.3. Comentario crítico: En mi opinión la empresa es libre de crear su propio modelo de negocio, según las ofertas y demandas que suceden en el mercado para obtener altos índices de ganancias y su empresa cumpla sus metas financieras.
  • 3. Fosas comunes han tenido que ser abiertas para enterrar a los numerosos muertos. El presidente Jair Bolsonaro ha ignorado abiertamente las reglas de distanciamiento social. Los casos de contagio por Covid-19 siguenaumentando y la OMS alerta de un posible rebrote,lo cual podría incrementarsu tasa de mortalidad. El doctor Óscar Franco explicaque este comportamientodel viruspuede deberse a las medidasde prevenciónaplicadasen cada país.A pesar del aumento de contagio diario, se calcula que la tasa de mortalidad ha disminuido, aunque “esposible que se reporte una baja letalidadintencionalmente porparte de los sistemas políticos,queriendoinyectaralgo de optimismoo buscar aprobación de su gestiónenel manejo de la pandemia”,asegurael experto. Aislamiento social obligatorio: hasta el 31 de julio, los ciudadanos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash solo podrán salir de casa para prestar o acceder a servicios y bienes esenciales, y para cumplir actividades económicas autorizadas al momento de promulgarse el Decreto Supremo 116-2020- PCM por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; disponiéndose asimismo una serie de medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional,asícomo para reforzar el Sistema de Salud en todo el territorio nacional,entre otras medidas necesarias para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19; Gestionar el riesgo de importar y exportar casos más allá de nuestras fronteras,para lo que recomienda la implementación de medidas de control y aislamiento para personas contagiadas o que provengan de zonas de riesgo. Se autoriza el uso de vehículos particulares, para el abastecimiento de alimentos, medicinas y servicios financieros,solo yexclusivamente dentro del distrito de residencia, en cuyo caso se permite una persona por vehículo; así como para el traslado de personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud;del mismo modo se encuentra permitido para la realización de las demás actividades señaladas en el anexo del presente decreto supremo. En tal sentido, durante la vigencia del Estado de Emergencia, para la prestación de servicios con fines laborales, solo pueden circular los vehículos particulares debidamente autorizados por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior. El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa quedan facultados a adoptar las acciones qu e correspondan respecto de los vehículos no autorizados,inclusive el remolque de los mismos a los depósitos que se destinen para tal efecto. Asimismo, mediante Resolución Ministerial, el Ministerio del Interior podrá dictar medidas complementarias o incluso restrictivas, según corresponda y de acuerdo a la evaluación correspondiente. Para poder contener y controlar adecuadamente la propagación del COVID-19, el Gobierno ordenó el cierre total de las fronteras y suspendió temporalmente el transporte interprovincial e internacional de pasajeros por medio terrestre, aéreo,
  • 4. marítimo y fluvial, mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, 051-2020- PCM, 064-2020-PCM, 080-2020-PCM y 094-2020-PCM. La medida se encuentra vigente desde el 15 de marzo al 31 de julio del año 2020 y restringe el libre traslado de personas a nivel local, nacional e internacional, para cumplir con el aislamiento social e inmovilización social obligatoria. Durante la presente prórroga del Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales,la inviolabilidad del domicilio,y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9,11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24,apartado f del mismo artículo de la Constitución Política del Perú. En los demás departamentos, se ha establecido el aislamiento social obligatorio para los menores de 14 años, los adultos mayores de 65 años y personas en riesgo. ¿En qué situaciones puedo salir de casa durante el aislamiento social obligatorio?  Puedes trasladarte a tu centro de labores si participas en una actividad esencial, entre ellas: la industria alimentaria, farmacéutica y de bienes de primera necesidad (adquisición, producción y abastecimiento). Centros de salud, bancos, farmacias, grifos (producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible), medios de comunicación, centrales telefónicas (solo para servicios vinculados a la emergencia) y personal de supermercados, mercados, limpieza pública, hoteles y centros de alojamiento. Entidades financieras, seguros y pensiones. Asistencia o cuidado de adultos mayores, niñas(os), adolescentes, dependientes, o personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.  Puedes circular para retornar a tu lugar de residencia habitual, o si asistes o cuidas adultos mayores, niñas(os), adolescentes, dependientes, o personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad (con tu pase especial laboral).  Puedes acudir a centros de abastecimiento cercanos a tu domicilio, a pie o en transporte público/taxi autorizado, para comprar alimentos, productos de primera necesidad o
  • 5. medicinas. Para esto, debes usar mascarilla, portar tu DNI, y un recibo de servicios, en caso la dirección de tu documento no coincide con la actual.  Estás autorizado para trasladar, a pie o con vehículo particular/transporte público/taxi autorizado, a un centro médico personas cuya vida corre peligro por urgencia o emergencia médica.  Solo puedes usar vehículo particular para trasladar funcionarios del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, sistema financiero y de seguros, Ministerio Público e Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE); personal de empresas de seguridad, personal de campamentos mineros; o si tu transporte es una unidad oficial de personal de salud.  Puedes sacar a tu mascota a que haga sus necesidades, brevemente, muy cerca de casa, usando mascarilla y en el menor tiempo posible. Ten presente que debe hacerlo solo una persona, preferiblemente que no pertenezca a un grupo de riesgo: niños, adultos mayores, pacientes con enfermedad crónica, cáncer o inmunosupresión.  Puedes salir de casa para cumplir tu labor como personal médico, de enfermería, de los bomberos o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y Policía Nacional del Perú (PNP), que participa en operativos del estado de emergencia. Complementariamente, hasta el 31 de julio, la inmovilización social obligatoria exige a los ciudadanos permanecer en casa de 10:00 p. m. a 4:00 a. m.; excepto en las regiones de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, donde rige desde las 8:00 p. m. hasta las 4:00 a. m. conforme a los Decretos Supremos Nº 044-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, N° 053-2020- PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 110-2020-PCM, y Nº 116-2020-PCM. ¿En qué situaciones puedo salir de casa durante la inmovilización social obligatoria?  Solo tienes permitido salir de casa si trabajas como personal que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas; continuidad
  • 6. de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos; servicios funerarios; y transporte de carga y mercancías, prensa y actividades conexas.  Estás autorizado para trasladar, a pie o con vehículo particular, a un centro médico personas cuya vida corre peligro por urgencia o emergencia médica, bajo las precisiones dadas por el Gobierno.  Al igual que en aislamiento social, tienes permitido el tránsito, peatonal o con vehículo particular, como integrante de serenazgo o fiscalización de los gobiernos locales; como personal de medios de comunicación, y distribución de diarios y revistas; o para trasladar conductores de servicio de transporte urbano masivo.  Puedes salir de casa para cumplir tu labor como personal médico, de enfermería, de los bomberos o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y Policía Nacional del Perú (PNP), que participa en operativos del estado de emergencia.  El coronavirus, bajo la forma de COVID-19, puede ser letal, como ha quedado claro con las escalofriantes cifras de fallecidos que registra el mundo cada día. Ya son más de 185 mil fallecidos y casi 4.5 millones de contagiados en todo el planeta, un número que seguirá creciendo por varios días, hasta que, poco a poco, los diferentes Estados vayan controlando la pandemia.  Lo cierto es que no se sabe cuándo sucederá eso: dependemos, en buena medida, de que se apruebe una vacuna y que sea de fácil acceso, lo que sucederá, según diversos especialistas, a final de año o a principios del 2021. Hasta entonces, la respuesta más certera para el virus parece ser solo una: el aislamiento social.  ¿En qué consiste el aislamiento social?  "Para enfrentar la emergencia sanitaria por coronavirus COVID-19, el Gobierno ha establecido el aislamiento social obligatorio,
  • 7. una medida que ordena a la población permanecer en casa hasta el 26 de abril, de 5:00 a. m. a 6:00 p. m. (a 4:00 p. m. solo para Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto) según los Decretos Supremos 044-2020-PCM, 051-2020-PCM y N° 053- 2020-PCM". Así define el aislamiento social el Gobierno peruano.  Las reglas han ido cambiando a lo largo del estado de emergencia, en gran medida porque, al ser una enfermedad nueva, no ha sido fácil para un Estado débil y con inmensas fallas estructurales como el peruano resolver la crisis. Las medidas fueron endureciéndose conforme crecía el número de contagiados, y finalmente se determinó que el aislamiento se llevara a cabo en los horarios indicados arriba hasta el 26 de abril.  ¿Por qué el aislamiento social es importante?  La característica principal del COVID-19 es que es brutalmente contagioso. La facilidad con la que pasa de un organismo a otro es lo más peligroso del virus, y la razón por la que se ha expandido por casi todos los rincones del planeta. Hasta que no haya una vacuna, la única manera de protegerse es quedándose en casa y, de tener que salir, guardando mínimo un metro y medio de distancia con las demás personas.  El virus se transmite a través de las gotitas que expulsamos al hablar, estornudar, toser o escupir. De ahí que sea tan importante que, de tener que salir a comprar alimentos o medicinas, lo hagamos con una mascarilla y manteniendo la respectiva distancia con la otra persona. Sin embargo, lo más efectivo es quedarse en casa todo lo posible. El distanciamento social es, por el momento, la mejor alternativa para mantenernos sanos y no contagiar a los demás. DecretoSupremo N°044-2020-PCM, 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 080-2020-PCM y 094-2020- PCM Limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas
  • 8. Con las nuevas cifras reportadas este fin de semana, Brasil se convirtió en el cuarto país con más casos registrados de coronavirus del mundo (241.000) y el sexto con más muertes (16.118), hasta el 17 de mayo. No obstante, expertos de la salud advierten que el número total de infecciones confirmadas podría ser mucho más alto que las cifras oficiales, debido a la falta de pruebas realizadas a la población. Varias regiones del país han entrado en una situación crítica, con los sistemas de salud al borde del colapso por el creciente número de pacientes y la escasez de medios. El alcalde de SaoPaulo,BrunoCovas, declaróque loshospitalespúblicoslaciudadmáspobladade Brasil estabanal 90% de su capacidad. Brasil superaa España e Italiaencontagiosyloshospitalesde SaoPauloestán"al borde del colapso" Manaos, laciudad azotadapor la pandemiaque cava fosascomunesyreclamaayuda El estadode Amazonasesotro de lospeorafectadoscon 20.300 casos confirmadoshastaeste domingo,segúncifrasoficiales. Los serviciosde saludenManaos,lacapital del estado,nohan podidodar abastoy losnumerosos muertosestánsiendoenterradosen fosascomunes. Los expertos están tan preocupados con la velocidad de la propagación y la perspectiva de un escenario tan crítico en los sistemas de salud que ven como única solución una más estricta restricción del movimiento de personas e incluso el confinamiento obligatorio. Por lo menos seis estados ya han tomado medidas en ese sentido, aunque en algunas de las ciudades dentro de estos territorios las restricciones no son obligatorias. Juliana Gragnani, de BBC News Brasil, consultó con cinco expertos en salud para poder entender cuáles fueron los errores cometidos y por qué el confinamiento obligatorio podría ser la mejor opción para algunas de las regiones del país.  Segúnel doctor Óscar Franco explicaque este comportamientodel viruspuede debersealasmedidasde prevenciónaplicadasencadapaís