2. ESTA NORMA TECNICA
SON LOS REQUISITOS
PARA LA OPERACIÓN DE
ACTIVIDADES DE RAPEL
QUE TIENE QUE CUMPLIR
LOS PRESTADORES DE
TURISMO
3.
4. ANCLAJES: Sistema que permite anclar o fijar las cuerdas utilizadas para rapel y
los sistemas de seguridad.
DESCENSO ACOMPAÑADO: Realizado por el turista o viajero, en compañía
directa, simultanea o por otro línea, y con conexión al guía de rapel.
DESCENSO ASISTIDO: Realizado por el turista o viajero, cuyo descenso es
controlado en la línea principal de rapel por el guía que se encuentra en la zona
inferior de dicha línea.
DESCENSO AUTÓNOMO: Realizado por el turista o viajero, de manera
autónoma sin ser acompañado o asistido por el guía de rapel.
EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL: Conjunto de utensilios, e instrumentos
especiales, necesarios para proteger a las personas en el desempeño seguro de
la actividad de de rapel.
5. EQUIPOS DE OPERACIÓN: Conjunto de utensilios e
instrumentos necesarios para
proteger a las personas en el desempeño seguro de la actividad de rapel, por parte del
prestador de servicios turísticos.
EQUIPOS DE RESCATE: Conjunto de utensilios e instrumentos requeridos para poner a
salvo al turista o viajero, frente a contingencias que se presenten durante la operación y
practica de la actividad de rapel.
ESTACIÓN DE RAPEL: Conjunto de elementos que articulados en un sistema permiten el
descenso en rapel de un turista o viajero a la vez, esta conformado por anclajes, cintas,
protectores de cuerda y mosquetones de seguridad.
LÍNEA: Sistema conformado por una cuerda estática o semi-estática y una estación para el
descenso del rapel.
LÍNEA DE VIDA: Sistema conformado estática o semi-estática auxiliar-independiente del
trabajo- que garantiza la seguridad del turista o viajero y una estación para el descenso de
rapel.
RAPEL: Actividad consistente en descender diferentes tipos de desnivel vertical con
equipos especializado.
TERRENO POSITIVO: Terreno que debido a su inclinación permite al turista o viajero,
descender apoyándose directamente en él, facilitando la práctica de la actividad.
TERRENO NEGATIVO: Terreno que debido a su inclinación no permite al turista o viajero,
descender apoyándose directamente de él.
6. REQUISITOS GENERALES
* Legales: El prestador de servicio, debe establecer, implementar y mantener un
procedimiento documentado para identificar, tener acceso, cumplir y evaluar
periódicamente la conformidad con la legislación que sea aplicable.
* De información: El prestador de servicios turísticos que opere actividades de
turismo especializado de aventura en la modalidad de rapel debe informar al turista
o viajero:
*Descripción detallada de la ruta.
*La actividad, tipo o clase de rapel y forma de descenso a realizar.
*Las condiciones físicas requeridas para realizar la actividad.
* De seguridad: Con el fin d ebrindar la mayor seguridad en integridad física:
* Verificar antes, durante y después, las medidas de seguridad, el equipaje y el
vestido.
* Verificar diariamente las condiciones meteorológicas, atmosféricas
ambientales requeridas para realizar la actividad.
y