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Capitulación jerusalen
1. Tratado de la capitulación de Jerusalén (638)
En el nombre de Allah, el Clemente, el misericordioso.
Éste es el pacto concedido por Umar, emir de los creyentes, a la gente de Jerusalén.
Les concede salvoconducto a sus personas sanas y enfermas, propiedades, iglesias,
cruces y al resto de sus labores.
Sus iglesias no serán utilizadas como residencias ni destruidas. No sufrirán daño ni
ellos, ni sus dependencias, ni sus cruces, ni su propiedad.
Ninguna traba se ejercerá contra ellos en materia de religión, ni se hará daño a ninguno
de ellos.
Ninguna traba se ejercerá contra ellos en materia de religión, ni se hará daño a ninguno
de ellos.
Ningún judío vivirá en Jerusalén
La gente de Jerusalén debe pagar la Yizya de la misma forma que la gente de otras
ciudades.
Deben expulsar a los romanos y bandidos de la ciudad. Quienes abandonen la ciudad
tendrán salvoconductos para sus personas y propiedades hasta que lleguen a lugar
seguro. Quienes se queden tendrán seguridad y deberán pagar la Yizya como la gente de
Jerusalen.
La gente de Jerusalén que desee trasladar sus personas y bienes, marchar con los
romanos y abandonar sus iglesias y cruces, tendrán seguridad para sus personas, iglesias
y cruces hasta que lleguen a lugar seguro.
La gente del campo que estaban ya en la ciudad pueden si lo desean permanecer y pagar
la Yizya de la misma forma que la gente de Jerusalen, o marchar con los romanos o
volver con sus familias. Nada se tomará de ellos hasta que hayan recogido sus cosechas.
Este documento se ampara baja la seguridad de Allah, la protección del Profeta, los
Califas y los Creyentes, con la condición de que la gente de Jerusalén paguen la Yizia
que deben.
Testigos: Jalid b. Al-Walid, Amr b. Al-As, Abd-al-Rahamna b. Awf y Muawiya b. Asi
Sufyan, el último de los cuales escribió este documento en el año 15 H (636)