Europa y la Exploración del continente americano.pptx
Informe Visita Técnica Porcícola Anapoima
1. MUNICIPIO DE ANAPOIMA – CUNDINAMARCA
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL – DIRECCIÓN DE
AMBIENTE
INFORME TÉCNICO
SDR DA No 103- 2020
CÓDIGO: 170 Página 1 de 13
VERSIÓN: 1 FECHA:
INFORME TÉCNICO SDR – DA No. 103/2020
INFORME DE VISITA
Atendiendo queja anónima se realiza práctica de visita técnica al predio denominado
La Unión - Grupo Agropecuario SAN JOSÉ S.A, ubicado en la vereda El Rosario del
municipio de Anapoima Cundinamarca, con el fin de verificar el cumplimiento de las
RADICACIÓN: FECHA: 19/12/2020 HORA: 9:31 A.M
NOMBRE DEL
PREDIO:
La Unión - Grupo
Agropecuario SAN
JOSÉ S.A
AREA DEL PREDIO 27 H.A
N° CATASTRAL 25035000200040101000
MAT.
INMOBILIARIA
UBICACIÓN
MUNICIPIO VEREDA NORTE ESTE ALTITUD
ANAPOIMA El Rosario 4°33’37” 74°31’45” 839 MSNM
PROPIETARIO O
REPRESENTANTE LEGAL:
LUIS ESTEBAN SÁNCHEZ LOZANO
CC: 80876403 NIT: 901274300-9
CEL.: 3004771834 - 3185172209 EMAIL: grupoagropecuariosanjose@gmail.com
SOLICITANTE ANONIMO
CC.: CEL.:
OBJETIVO: Realizar práctica de visita técnica con el fin de verificar afectaciones
ambientales provenientes del predio denominado La Unión Grupo Agropecuario
G.A. SAN JOSÉ Ubicada en la vereda El Rosario del municipio de Anapoima
Cundinamarca.
ASISTENTES
NOMBRE CARGO / ENTIDAD
EDUARD MIGUEL SUÁREZ PUENTES
TÉCNICO AMBIENTAL -DIRECCIÓN DE AMBIENTE –
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL
CAROLINA ACUÑA TORRES INSPECTORA DE POLICIA
INTENDENTE POLICIA NACIONAL IGNACIO ANDRADE
LILIANA BARON ADMINISTRADORA GRANJA SAN JOSÉ S.A
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normas ambientales teniendo en cuenta que habitantes de esta zona están
manifestando que a sus viviendas están llegando perros con mortalidad de cerdos.
El acceso a la granja G.A SAN JOSÉ SA es partiendo del casco urbano del
municipio de Anapoima tomando la vía que conduce al centro poblado de San
Antonio, luego se toma la vía que conduce a la vereda El Rosario hasta llegar al
sitio conocido en el sector como porcícola de Oriente y se llega a la granja
denominada G.A. SAN JOSÉ S.A. distancia desde el casco urbano de Anapoima
13.5 km aproximadamente.
Fuente: Google Earth- Ubicación G.A. SAN JOSÉ S.A. 4°37'26.4"N 74°33'01.0"W
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Fuente: SIAC- Ubicación Granja G.A. SAN JOSÉ S.A. ve 4°37'26.4"N 74°33'01.0"W
Desarrollo de la Visita:
Una vez localizado el predio denominado La Unión - G.A. SAN JOSÉ S.A., ubicada
en la vereda El Rosario del municipio de Anapoima Cundinamarca, se procedió a
desarrollar práctica de visita técnica, la doctora Liliana Varón atiende la visita técnica
en calidad de administradora de esta granja, se le informa el motivo de la visita
técnica, es por una queja anónima donde informaron el presunto mal manejo de la
mortalidad y vertimientos generados por esta actividad porcícola, acompañan la
vista técnica la Doctora Carolina Acuña inspectora de policía del municipio de
Anapoima y el señor Intendente Ignacio Andrade de la estación de policía de
Anapoima.
Se indaga a la administradora sobre el manejo de la granja, manifiesta que la
mortalidad la manejan en Compostera, que el numero promedio de muertos entre
nacidos y en lactancia es de 80 mensuales, la granja cuenta con 9 galpones cada
uno con 1.800 lechones para un total de 16.200 cerdos, la limpieza la realizan en
seco y los vertimientos se manejan mediante biodigestor.
Se realiza recorrido por diferentes áreas de la porcícola se evalúan los siguientes
puntos:
Manejo de mortalidad, placentas y amputaciones
El 3% de mortalidad corresponde al momento del nacimiento y el 5% corresponde
a lechones en etapa de lactancia para un total de mortalidad de 80 cerdos
mensuales.
Compostera: al momento de la visita técnica se logró evidenciar que esta se
encuentra en estado de abandono, no se observa vestigios de que esta área se esté
utilizando para realizar el proceso de compostaje de mortalidad, las instalaciones
no cumplen con las normas técnicas, teniendo en cuenta que estas se encuentran
deterioradas, el aislamiento es obsoleto, las mallas y tejados se encuentran rotos y
descompuestos no es claro que tratamiento le están dando al manejo de la
mortalidad.
Manejo de vertimientos
Biodigestor: al momento de la práctica de la visita de esta área se logra evidenciar
un lago a donde por información de la administradora Doctora Liliana Barón
conducen los vertimientos que se generan en la porcícola, el cual no cumple con las
normas técnicas de un biodigestor, se evidencia un lago a donde conducen los
vertimientos de la granja que tampoco cumple con las normas técnicas de
impermeabilización teniendo en cuenta que a simple vista se observa que se está
generando vertimientos directos al suelo y a la vez por escorrentía estos estarían
siendo vertidos a una fuente hídrica denominada quebrada la Azufrada afectando a
la comunidad que habita aguas debajo de esta fuente hídrica.
La inspección al 100% del predio es compleja teniendo en cuenta que este cuenta
con topografía ondulada y pendiente cubierta en su totalidad por cultivo de pastos
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al parecer de la especie elefante que superan los 2 metros de altura, lo que es
imposible ver en su totalidad las 3 hectáreas del terreno donde están ubicados los
galpones que conforman la porcícola.
Manejo de Residuos Solidos
Durante la práctica de la visita técnica no se logró evidenciar un manejo adecuado
de los residuos sólidos teniendo en cuenta que no hay establecidos puntos
ecológicos para manejo de residuos sólidos domésticos, no hay áreas de manejo
de tratamiento de la porcinaza acordes con los criterios técnicos y de normatividad
ambiental vigente.
Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos
Al momento de la práctica de la visita técnica no se logró evidenciar el proceso de
manejo que le están dando a los residuos de RESPEL.
NORMATIVIDAD AMBIENTAL RELACIONADA
DECRETO 1076 DE 2015.
“Artículos 2.2.3.3.5.1. Requerimiento del permiso de vertimiento. Toda persona
natural o jurídica cuya actividad o servicio genere vertimientos a las aguas
superficiales, marinas o al suelo, deberá solicitar y tramitar ante la autoridad
ambiental competente, el respectivo permiso de vertimientos.
(Decreto 3930 de 2010, Art.41)”
La ley 1333 del 21 de julio de 2009 establece el procedimiento sancionatorio
ambiental e imponer y ejecutar las medidas preventivas y sancionatorias.”,
establece sanciones para quienes por omisión o acción violen las normas
ambientales o que generen daños al ambiente.
USO DEL SUELO
“La normatividad en cuanto al uso, aplicable al predio identificado con la cédula catastral No. 00-02-
0004-0101-000 denominado LA UNION con extensión superficiaria de 27 Hectáreas 10000 m2, con
430 m2 de construcción ubicado en la vereda EL ROSARIO del Municipio de Anapoima, cuyo titular
es GRUPO AGROPECUARIO SAN JOSE S-A.
De conformidad a las normas contenidas en las directrices previstas en el Decreto Municipal 072 de
2001 y Decreto 083 de 2002 y Acuerdo 005 de 2007 del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del
Municipio de Anapoima, para la clasificación de los usos del suelo y el manejo de los Sistemas
Estructurantes del territorio, dicho predio hace parte del suelo RURAL, con categoría de Uso
Específico como AGRICULTURA TRADICIONAL, para lo cual son aplicables las siguientes
disposiciones:
I. ACUERDO MUNICIPAL N° 005 DE 2007 “Por el cual se adopta la revisión y
modificación al Plan Básico de Ordenamiento Territorial”
“Artículo 16 SUELOS DE PROTECCIÓN. - Forman parte de los suelos de protección los terrenos
e inmuebles que por sus características geográficas, paisajistas o ambientales tienen restricción de
urbanizarse y edificarse, así como las áreas de alto riesgo para la localización de asentamientos, las
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áreas de reserva para la localización de infraestructuras para la provisión de servicios públicos y los
inmuebles declarados patrimonio histórico, cultural y arquitectónico.
En el suelo urbano hacen parte de los suelos de protección los Bosques en los Escarpes de la terraza
de la cabecera municipal, el área Forestal Bosque La Liborina (Que conformará un parque urbano)
áreas de Recreación Ecoturística de la laguna La Bomba, área de Protección del Paisaje – Senderos
Ecológicos, áreas periféricas (rondas) de las quebradas Sócota y El Chilán en la cabecera municipal,
de La Zorra en San Antonio de Anapoima y de la Campos en La Paz – Patio Bonito, además de las
áreas de Protección Ambiental Bajo Líneas de Alta Tensión, las áreas de Amenaza Alta y Media por
Procesos de Remoción en Masa o Inundación, las áreas de Amenaza Alta por Deslizamiento Activos
y Socavación, las áreas de Amenaza Alta por Deslizamientos Potenciales y las áreas de Amenaza
Media por Deslizamientos Mapa.
En el suelo rural las áreas de Distrito de Manejo Integrado, las áreas periféricas de los ríos y de las
Quebradas permanentes y transitorias de las subcuencas del río Apulo, Calandaima y Bogotá, las
áreas de nacimiento y manantiales y las áreas de localización de infraestructuras para la provisión
de servicios públicos como plantas de tratamiento de aguas residuales, tratamiento de residuos
sólidos y disposición de materiales de construcción.
Los suelos de protección están localizados dentro de los perímetros delimitados en el mapa Suelos
de Protección Urbana a escala 1:5000 en las áreas urbanas y en el mapa Suelos de Protección a
escala 1:25.000 para las áreas rurales.
PARÁGRAFO: Las zonas de amortiguación de áreas protegidas que se delimiten serán objeto de
reglamentación restringiendo la recreación masiva en estas áreas.
“Artículo 115. CATEGORÍAS DE USO ESPECÍFICO Son las actividades económicas, sociales,
ambientales o de construcción y desarrollo, y hace referencia a las Categorías de Uso específico y/o
manejo del suelo que pueden desarrollarse en Anapoima. Estas categorías de uso específico son:
Forestal protector, Forestal protector- productor, Forestal productor, Agricultura Tradicional,
Agricultura Semi y Mecanizada, Pastoreo Intensivo, Pastoreo Semi intensivo, Recreación Individual
(Turismo –recreación), turismo y Vivienda Campestre.”
“Artículo 119. AGRICULTURA TRADICIONAL: Son aquellas áreas con suelos poco profundos
pedregosos, con relieve quebrado susceptibles a los procesos erosivos y de mediana a baja
capacidad agrológica.
Uso principal. Agropecuario tradicional y forestal. Se debe dedicar como mínimo el 20% del predio
para uso forestal protector - productor, para promover la formación de la malla ambiental.
Usos compatibles. Infraestructura para construcción de Distritos de Adecuación de tierras, vivienda
del propietario y trabajadores, establecimientos institucionales de tipo rural, granjas avícolas,
cunículas y silvicultura.
Usos condicionados: Cultivos de flores, granjas porcinas, recreación, vías de comunicación,
infraestructura de servicios, agroindustria, y minería.
Usos Prohibidos. Usos urbanos y suburbanos, vivienda campestre, industria de transformación y
manufacturera.”
II. DECRETO MUNICIPAL 083 DE 2002 “Por el cual se realizan unos Ajustes
al articulado del Plan Básico de Ordenamiento Territorial para el Municipio
de Anapoima según lo concertado con la C.A.R”
“Artículo 51. USO DE LAS ÁREAS PERIFÉRICAS (RONDA) DE LOS CAUCES.
En concordancia con lo establecidos en el Articulo 26 ajustado en este Decreto y el Acuerdo C.A.R
016 de 1998, las áreas periféricas a nacimientos, cauces de ríos, quebradas, arroyos, lagos, lagunas,
ciénagas, pantanos, embalses y humedales en general.
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Son franjas de suelo de por lo menos 100 metros a la redonda, medidos a partir de la periferia de
nacimientos y no inferior a 30 metros de ancho, paralela al nivel máximo de aguas a cada lado
de los cauces de ríos, quebradas y arroyos sean permanentes o no, y alrededor de lagos,
lagunas, ciénagas, pantanos, embalses y humedales en general, para el río Bogotá se establece una
zona de ronda (franja de protección) de 100 metros.
Uso principal. Conservación de suelos y restauración de la vegetación adecuada para la protección
de los mismos.
Usos compatibles. Recreación pasiva o contemplativa.
Usos condicionados: Captación de aguas o incorporación de vertimientos, siempre y cuando no
afecten el cuerpo de agua ni se realice sobre los nacimientos. Construcción de infraestructura de
apoyo para actividades de recreación, embarcaderos, puentes y obras de adecuación, desagüe de
instalaciones de acuicultura y extracción de material de arrastre.
Usos prohibidos. Usos agropecuarios, industriales, urbanos y suburbanos, loteo y construcción de
viviendas, minería, disposición de residuos sólidos, tala y rocería de la vegetación”
III. AISLAMIENTOS Y AFECTACIONES
PROTECCION
AMBIENTAL
Decreto municipal N° 083 de 2002 Artículo 51.
Franja periférica de protección ambiental, de 30 metros de ancho, paralela
al nivel máximo de aguas a cada lado de los cauces de ríos, quebradas y arroyos
sean permanentes o no.
Para el río Bogotá se establece una zona de ronda (franja de protección) de
100 metros.
Acuerdo municipal N° 005 de 2007 Artículo 16.
En el suelo rural las áreas de Distrito de Manejo Integrado, las áreas periféricas
de los ríos y de las Quebradas permanentes y transitorias de las subcuencas del
río Apulo, Calandaima y Bogotá, las áreas de nacimiento y manantiales y las
áreas de localización de infraestructuras para la provisión de servicios públicos
como plantas de tratamiento de aguas residuales, tratamiento de residuos sólidos
y disposición de materiales de construcción.
IV. RIESGOS
RIESGOS
DECRETO No 072 DE 2001
“Artículo 29 AREAS DE PROTECCIÓN POR AMENAZAS Y RIESGOS: Para las áreas de
amenaza alta y media por procesos de remoción en masa o inundación que se presentan en
el mapa de Amenazas Naturales a escala 1:25000 se define la siguiente reglamentación de
uso y manejo del suelo.
Áreas de amenaza alta por deslizamientos potenciales, que aparecen con el código 1 en
el Mapa de Amenazas Naturales se declaran como Áreas forestales productoras.
Áreas de amenaza media por deslizamientos superficiales que aparecen con el código
2 en el Mapa de Amenazas Naturales entran dentro de la categoría de Zonas de Agricultura
tradicional con restricciones para nuevos proyectos urbanísticos.”
RIESGOS TIPO DESCRIPCIÓN
ESTRATEGIAS DE
MANEJO
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1
AMENAZA ALTA
POR
DESLIZAMIENTOS
POTENCIALES EN
ZONAS DE ALTA
PENDIENTE
Corresponde a sectores de altas
pendientes con substrato de roca
susceptible a deslizamientos
superficiales.
Suelos de protección: uso
forestal protector –
productor.
2
AMENAZA MEDIA
POR
DESLIZAMIENTOS
SUPERFICIALES Y
MOVIMIENTOS
LENTOS DEL SUELO
Estas zonas se localizan
predominantemente hacia el centro y
sur del municipio, en suelos altamente
susceptibles a los procesos de
erosión, deslizamientos superficiales y
movimientos lentos del suelo.
Suelos de uso
agropecuario tradicional
con restricciones para
infraestructura.
3
ZONAS ESTABLES,
AMENZA
BAJA POR
DESLIZAMIENTOS E
INUNDACION
Las áreas estables, se localizan
principalmente en sectores del norte y
centro del municipio, son
predominantemente zonas planas y de
pendientes moderadas, conformadas
por materiales estables.
Suelos de uso
agropecuario
semimecanizado,
agropecuario tradicional y
forestal productor
_________FUENTE: CARTOGRAFIA-GEOPORTAL-IGAC
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VERSIÓN: 1 FECHA:
FUENTE: CARTOGRAFIA-PLANO N° 4, SUELOS DE PROTECCION RURAL
FUENTE: CARTOGRAFIA-PLANO N° 12, ZONAS DE PARCELACION CAMPESTRE
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FUENTE: CARTOGRAFIA-MAPA DE AMENAZAS”
CONCEPTO TÉCNICO
Al realizar la inspección ocular a la porcícola denominada Grupo Agropecuario SAN
JOSÉ S.A, cuyo representante legal es el señor Luis Esteban Sánchez Lozano
identificado con cédula de ciudadanía No. 80876403, ubicada en la vereda EL
Rosario del municipio de Anapoima Cundinamarca, de acuerdo con lo informado
por la administradora la doctora Liliana Varón y las evidencias vistas en campo al
momento de la práctica de la visita técnica se concluye lo siguiente:
Que de acuerdo a lo visto en campo al momento de la práctica de la visita se
logró evidenciar que la porcícola denominada Grupo Agropecuario SAN JOSÉ
S.A, no está dando cumplimiento a las normas técnicas de manejo de compostaje
de mortalidad de acuerdo a la normatividad ambiental vigente.
Que al momento de la práctica de visita técnica se evidenció vertimientos
puntuales al suelo y presuntamente por escorrentía a una fuente hídrica
denominada la Azufrada.
Que al momento de la práctica de la visita técnica, no fue posible verificar los
puntos de manejo de residuos peligrosos que se generan producto de la actividad
porcícola.
Que al momento de la práctica de visita técnica no se evidenciaron puntos
ecológicos para el manejo de residuos sólidos domésticos que se generan en
esta granja.
Que una vez evaluado el uso del suelo del predio denominado La Unión este esta
categorizado como “suelo RURAL, con categoría de Uso Específico como
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GRICULTURA TRADICIONAL.” Con Usos condicionados: Cultivos de flores,
granjas porcinas, recreación, vías de comunicación, infraestructura de servicios,
agroindustria, y minería.
Que los inadecuados manejos de mortalidad y vertimientos que presuntamente
está realizando la porcicola estaría generando un conflicto socio ambiental, y con
posibles afectaciones a las salud humana de las familias vecinas a este granja,
ya que estas manifiestan verse afectadas por olores ofensivos y presencia de
perros que llegan con mortalidad de cerdos a sus viviendas, que provienen
presuntamente del predio denominado La Unión donde funciona la granja
denominada Grupo Agropecuario G.A. SAN JOSÉ S.A. Ubicada en la vereda El
Rosario del municipio de Anapoima Cundinamarca.
Que el uso del suelo es condicionado, lo quiere decir que está obligado a dar
cumplimiento a las normas ambientes, teniendo en cuenta que dentro del predio
denominado La Unión nacen dos quebradas que limitan por el costado norte y
sur de la mencionado predio, de acuerdo a lo evidenciado en el mapa hídrico del
Geovisor Sistema de Información Ambiental de Colombia – SIAC.
REGISTRO FOTOGRÁFICO ENVIADO POR LA COMUNIDAD
Fotos mortalidad de cerdos llevados por los perros a las viviendas aledañas a la porcicola
REGISTRO FOTOGRÁFICO AL MOMENTO DE LA VISITA TÉCNICA
Almacenamiento de vertimientos Porcicola al interior del galpón
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Caja de inspección de recolección de vertimientos Vista panorámica de Porcicola SAN JOSÉ S.A
Compostera en estado de abandono y deteriorada en porcícola denominada Grupo Agropecuario SAN JOSÉ S.A.
Restos óseos de cerdos encontrados en el suelo cerca al lago de almacenamiento de vertimientos de la Granja Grupo
Agropecuario SAN JOSÉ S.A.
Cerdos por fuera de galpones Agropecuario SAN JOSÉ S.A. Vista galpón granja Agropecuario SAN JOSÉ S.A
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Vista entrada Grupo Agropecuario San José S.A. Vista entrada principal a granja porcicola
Vista predio La Unión Grupo Agropecuario San José S.A
RECOMENDACIONES
Dar respuesta al peticionario informándole las actuaciones adelantadas por esta
dependencia.
Dar cumplimiento a la normatividad Remitir el presente informe técnico a la
Inspección de Policía del municipio del municipio de Anapoima, para que de
trámite de acuerdo a sus competencias.
Remitir el presente informe técnico a la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca-CAR, para que de trámite de acuerdo a sus competencias.
Remitir el presente informe técnico al Instituto Colombiano Agropecuario – ICA
para que actué de acuerdo a sus competencias.
Remitir el presente informe técnico a la secretaría de salud para lo de su
competencia.
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VERSIÓN: 1 FECHA:
Se requiere con urgencia la construcción de una compostera acorde a la
normatividad ambiental vigente, para el manejo adecuado de la mortalidad e
implementar sistemas de tratamientos de aguas residuales con el fin de
suspender de forma definitiva los vertimientos puntuales al suelo, y así evitar
posibles afectaciones a la salud humana de las familias aledañas a esta granja.
Dar cumplimiento a la normatividad vigente.
EDUARD MIGUEL SUAREZ PUENTES
Técnico Ambiental
Secretaría de Desarrollo Rural – Dirección de Ambiente
Vo.Bo.: Leidy Marcela Peñaloza Gómez – Directora de Ambiente