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• Ley General de Bancos
establece las Operaciones que podrán
realizar los bancos…
Operaciones bancarias
Por el lado de los activos:
* Hacer préstamos con y sin garantías.
* Otorgar mutuos hipotecarios endosables
* Descontar obligaciones de pago
* Constituir sociedades filiales
* Participar en bancos o empresas
extranjeras
* Bienes raíces para su funcionamiento
* Bienes corporales muebles para su
funcionamiento
Operaciones bancarias
Por el lado de los pasivos:
* Recibir depósitos y abrir cuentas corrientes
* Emitir bonos o debentures
* Emitir letras de crédito asociados a préstamos
* Emitir cartas de crédito
* Avalar letras de cambio o pagarés y dar fianzas en moneda nacional
* Emitir letras, órdenes de pago y giros contra propias oficinas
* Emitir boletas y depósitos de garantía inembargables
Operaciones bancarias
Por el lado de los Act. o Pas., dependiendo de c/operación:
* Efectos de comercio * Operaciones de cambios internacionales
* Documentos representativos de deuda del Estado o sus instituciones
* Obligaciones de renta de instituciones internacionales
Prestación de servicios (Comisiones):
* Recibir valores en custodia * Transportar valores
* Mover fondos (cobranzas, pagos, transf.) * Emitir/operar T. de crédito
* Ser agentes financieros y prestar asesorías financieras
* Otorgar a sus clientes servicios financieros por cuenta de terceros
* Ejecutar comisiones de confianza
* Ser underwriters en valores mobiliarios de renta fija.
* Ser underwriters de acciones de primera emisión de SA.
Operaciones de las filiales bancarias
Ley General de Bancos (Artículo 70) establece las Operaciones
de las filiales bancarias…
• Agentes de valores; Citibank, Monex Santander y
Desarrollo (ex Sudameris).
• Corredores de bolsa; BCI, Banchile, Banestado, Bhif,
Bice Corpbanca, Penta, Scotiabank, Santiago y Security.
* Adm. de fondos mutuos; BCI y Scotiabank.
* Adm. de fondos de inversión
* Adm. de fondos de capital extranjero
* Agentes de securitización de títulos
* Corredores de seguros, con excepción de los seguros
previsionales; ej. Genera (filial BCI) y Banripley
* Comprar/vender bienes para realizar operaciones de
arrendamiento, con el objeto de otorgar
financiamiento total o parcial (N°16)
* Efectuar factoraje (N°5)
* Efectuar asesoría financiera (N°12 bis)
* Efectuar custodia o transporte de valores (N°11)
* Efectuar cobranza de créditos (N°5)
* Prestación de Serv. Financ. complementos del giro
bancario (N°20)
Operaciones bancarias
* Hacer préstamos:
• Créditos comerciales
• Créditos de consumo
• Créditos hipotecarios para vivienda
• Créditos interbancarios
• Créditos de comercio exterior.
Sea cual sea el crédito, el factor común de todos ellos es la entrega
inmediata de dinero del banco a la persona, contra la firma de una
letra de cambio o pagaré, que estipula las condiciones de devolución.
Las letras de cambio (LCa) consisten en formatos más bien
estandarizados y se ocupan principalmente para operaciones de corto
plazo.
Los pagarés son contratos más flexibles, al cual se le agregan cláusulas.
* Emitir Letras de Crédito (LC):
Documento de oferta pública emitido por los bancos mediante el
otorgamiento de préstamos, pagadero a largo plazo
Vend Comp
1.LC
2.LC
3.LC
4.LC
5.$
Consideremos al vendedor de una casa, al comprador y al banco.
El comprador va a solicitar un crédito al banco…
El banco, en lugar de otorgarle dinero, le entrega una LC (1.).
El comprador le traspasa esta LC al Vendedor (2.).
El Vendedor le entrega la LC al banco (3.) para que
sea este último el que la venda.
El banco vende en el mercado la LC (4.), recibiendo
dinero en efectivo del público (5.).
El banco le traspasa el dinero recibido al Vendedor (6.).
6.$
Cualquier diferencia de precio es cubierta por el Comprador.
Banco
Operaciones bancarias
* Otorgar Mutuos Hipotecarios Endosables (Cap. 8-4 RAN):
Créditos amparados por garantías hipotecarias endosables,
transferibles por mero endoso.
• El mutuo debe ser por escritura pública, de la cual se
emitirá una sola copia endosable.
• Podrán financiar viviendas o fines generales.
• En el caso de viviendas, podrán otorgarse para la
adquisición, ampliación, reparación o construcción de éstas.
• El plazo mínimo será de un año y el máximo de 30.
• La propiedad entregada en garantía deberá contar con
seguro de incendio.
• El mutuario deberá mantener un seguro de desgravamen
por el monto del saldo insoluto de la deuda.
Operaciones bancarias
* Descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos
que representen obligaciones de pago:
Banco
Empresa
1.Bienes
2.Doc = $100 3.LC o Pagarés
4. $100-Cto (i, riesgo)
Consideremos a un cliente, un negocio y un banco…
• El cliente compra bienes a un negocio (1.), no pagándole inmediatamente
sino que mediante un documento (Letra de cambio o Pagaré) (2.).
• La empresa desea dinero en efectivo, por lo que entrega las letras de
cambio o pagarés al banco (3.), el cual le facilita el dinero en efectivo,
aplicándole el descuento asociado al valor tiempo del dinero y al riesgo
del cliente (4.).
• Finalmente el cliente queda comprometido con el banco (5.)
Cliente
5.
* Emitir cartas de crédito:
Documentos en los que un banco garantiza a un particular, ante un tercero.
Carta de crédito documentaria (utilizada en el comercio
de importaciones y exportaciones)
Supongamos la existencia de entes: un banco nacional, una
empresa nacional que desea financiamiento para importar
(E), un banco extranjero (B*) y una empresa que exporta
(E*) en el país donde está B*
B
B*
E
E*
• El importador E solicita al banco nacional B la
emisión de una CC, comprometiéndose mediante una
letra de cambio o pagaré (1.).
• El banco E emite la CC y la envía al banco
extranjero B* (2.). Éste le comunica a la empresa
beneficiaria E* (3.), la cual embarca la mercadería
para enviarla a E (4.)
1
2
3
4
Carta de crédito stand by
B
B*
E
• El empresario local (E) solicita un préstamo al banco local (B).
Éste último, le exige un colateral como garantía.
• E solicita a un banco extranjero (B*) la emisión de una carta
de crédito (1.).
• B* emite la CC (garantía de B* para B) y se la envía a B (2.).
El banco B le presta el dinero a E (3.).
• Si no hay impago, la operación llega hasta ahí. Si hay
1
4
impago, B* termina pagando la deuda a B (4.), previo envío
de certificación de no pago de E.
2
En este tipo de operaciones intervienen 3 entes: un banco
nacional (B), una empresa nacional que desea crédito (E)
y un banco extranjero (B*).
3
* Emitir letras, órdenes de pago y giros contra sus
propias oficinas corresponsales:
O1
O2
P1
2
Se utiliza para efectuar remesas desde una zona geográfica hacia otra…
1
P2
• La persona que vive en la zona 1 (P1) tiene que hacerle llegar dinero
a la persona que vive en la zona 2 (P2).
• P1 deposita el dinero en la oficina de su zona O1 (1.).
• O1 emite una orden de pago a nombre de P2, enviándosela a esta
misma persona (2.).
• P2 se presenta con la orden de pago en la oficina de su localidad
O2 (3.), recibiendo el dinero de esta sucursal (4.).
En este tipo de operaciones intervienen 2 personas (naturales o jurídicas)
y 2 oficinas de un mismo banco, ubicadas en diferentes localidades.
3
4
Alternativas para esta operación son el uso del Correo,
Chile Express, realizar depósitos en cuentas corriente.
* Emitir boletas o depósitos de garantía inembargables
por terceros extraños al contrato:
Se utiliza para garantizar la construcción de obras… Supongamos que
el MOP debe construir una obra, la cual fue adjudicada a la empresa
E. Estas obras se construyen mediante contratos de suma alzada.
• El MOP le entrega a E la primera suma de dinero (1.) y le exige las
garantías correspondientes.
MOP E
1
Banco
• E solicita al banco la emisión de dichas boletas de garantía
(2.). Éste emite dos BG a nombre del MOP. Una, en la que se
compromete a devolver la primera suma y otra en la que se
compromete a pagarle al MOP si es que el cliente incumple el
contrato (3.).
• Esta boleta es entregada al MOP (4.), el cual si no 2
3
hay incumplimiento, simplemente las mantiene (inembargables)
. Si hay incumplimiento, MOP ejecuta las BC y el banco le paga
(5.)
4
5
B: es el emisor de la BG, MOP el beneficiario y E el
tomador de la BG
Operaciones bancarias
* Adquirir, ceder y transferir efectos de comercio:
Títulos de crédito emitidos a corto plazo (ej: letras de cambio),
normalmente utilizados por comerciantes para documentar los créditos
que entre ellos se otorgan.
Productor
de lana
B
• El productor le vende lana al fabricante, el cual le paga mediante una
letra de cambio.
• El productor le entrega esta letra de cambio al banco, el cual le pasa el
dinero en efectivo, aplicándole el descuento asociado al costo del dinero
y al riesgo del fabricante.
• Esto mismo puede repetirse para cada uno de los eslabones de la cadena
de producción.
L
Fabricante
de telas
Vendedor
de telas
Fábrica de
confección
L L
LCa LCa LCa
LCa $ desc.
B
LCa $ desc.
B
LCa $ desc.
Operaciones bancarias
* Adquirir, conservar y enajenar bonos de deuda interna y
cualquiera otra clase de documentos emitidos en serie,
representativos de obligaciones del Estado o de sus
instituciones. También oro amonedado o en pastas:
La Tesorería General de la República emite documentos en serie para
captar recursos y así financiar parte gasto fiscal. Estos documentos
pueden ser comprados por los bancos, a modo de inversión.
* Adquirir, conservar y enajenar bonos u obligaciones de
renta de instituciones internacionales a las que se
encuentre adherido el Estado de Chile:
Los bancos también pueden invertir en instrumentos emitidos por el Fondo
Monetario Internacional, por el Banco Mundial, el Banco
Interamericano del Desarrollo, etc.
Operaciones bancarias
* Prestar el servicio de transporte de valores
* Recibir valores y efectos en custodia y dar en
arrendamiento cajas de seguridad para el depósito de
valores y efectos
* Aceptar y ejecutar comisiones de confianza
* Servir de agentes financieros y prestar asesorías
financieras
* Otorgar a sus clientes servicios financieros por cuenta
de terceros
Operaciones bancarias
* Underwriting de valores mobiliarios de renta fija
Sea una empresa que quiere conseguir financiamiento….
El banco emite bonos a nombre de dicha empresa y los coloca
en el mercado, garantizándole a la empresa la venta de
dichos bonos dentro de un plazo determinado. Si el banco no
logra vender la totalidad de los bonos en este lapso, él
mismo compra el saldo que queda.
* Underwriting de acciones
El banco actúa como agente colocador de acciones de
primera emisión de sociedades anónimas abiertas,
pudiendo garantizar su colocación.
BASE LEGAL DEL SISTEMA
BANCARIO
• El Sistema Bancario Peruano tiene un marco Constitucional
regulado en los artículos 83 al 87 dentro del régimen
económico liberal. Así tenemos:
• Artículo 83º: SISTEMA MONETARIO : La Ley Determina el
sistema monetario de la República. La emisión de billetes y
monedas es facultad exclusiva del Estado. La ejerce por
intermedio del Banco Central de Reserva del Perú.
• Artículo 84º BANCO CENTRAL DE RESERVA: El BCR es
persona Jurídica de derecho Público. Tiene autonomía dentro
del marco de su Ley Orgánica.
• La finalidad del BCR es preservar la estabilidad monetaria.
• Sus Funciones son: Regular la moneda y el crédito del
sistema financiero, administrar las reservas internacionales a
su cargo y las demás que señale su ley orgánica.
BANCO CENTRAL DE RESERVA
• El BCR informa al país, exacta y periódicamente, sobre el
estado de las finanzas nacionales, bajo responsabilidad.
• El BCR esta prohibido de conceder financiamiento al
erario, salvo la compra, en el mercado secundario, de
valores emitidos por el Tesoro Público, dentro del límite
que señala su Ley Orgánica.
• ARTÍCULO 85º OPERACIONES Y CONVENIOS QUE
EFECTÚA EL BCR: El BCR puede efectuar operaciones y
celebrar convenios de crédito para cubrir desequilibrios
transitorios en la posición de las reservas internacionales.
Requiere autorización por ley cuando el monto de tales
operaciones o convenio supera el límite señalado por el
presupuesto del Sector Público, con cargo de dar cuenta al
Congreso.
• ARTÍCULO 86º DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL
DE RESERVA: El BCR es gobernado por un Directorio
de siete miembros . El Poder Ejecutivo designa a cuatro,
entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a este y
elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del
número legal de sus miembros. Todos los directores del
Banco son nombrados por el periodo constitucional
Presidencial. No representa a entidad ni interés
particular alguno. El Congreso puede removerlos por
falta grave. En caso de remoción, los nuevos directores
completan el correspondiente periodo constitucional.
EL AHORRO
• ARTÍCULO 87º EL ESTADO FOMENTA Y GARANTIZA EL
AHORRO: La ley establece las obligaciones y los límites de
las empresas que reciben ahorros del público, así como el
modo y los alcances de dicha garantía.
• La SBS ejerce control de las empresas bancarias, de
seguros, de administración de fondos de pensiones, de las
demás que reciben depósitos del público y de aquellas otras
que, por realizar operaciones conexas o similares, determina
la ley.
• La ley establece la organización y la autonomía funcional de
la SBS.
• El Poder Ejecutivo designa al Superintendente de Banca
Seguros y Administradoras Privadas de Pensiones por el
plazo correspondiente a su periodo constitucional, el
Congreso lo ratifica.
Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y
Ley Orgánica de la SBS
• La Ley General regula tres aspectos: el sistema Financiero, el
sistema de Seguros y la Ley Orgánica de la SBS.
• En lo que respecta al sistema financiero regula las
instituciones y las operaciones que puedan realizarse, dando
el marco normativo amplio para su funcionamiento dentro de
un entrono liberal y de competencia.
• Se originó en el Parlamento y pasó por la Comisión de
Economía y fue aprobada por el Pleno.
• Adicionalmente, regula el sistema de seguros y es, así
mismo, orgánica porque, como tal, norma la organización y
funciones de un organismo del Estado en este caso la SBS.
Ámbito de Aplicación
• ARTÍCULO 1º ALCANCES DE LA LEY GENERAL:
Establece el marco de regulación y supervisión al que se
someten las empresas que operen en el sistema
financiero y de seguros, así como aquellas que realizan
actividades vinculadas o complementarias al objeto
social de dichas personas.
• Salvo mención expresa en contrario, la presente ley no
alcanza al BCR.
Principios Generales
• Artículo 4º Aplicación supletoria de Otras Normas, Derecho
Mercantil, Derecho Común, usos y prácticas Comerciales.
• Artículo 5º Tratamiento de la Inversión Extranjera, Igual que la
nacional.
• Artículo 6º Prohibición a Tratamiento discriminatorios, entre agentes
económicos entre si.
• Artículo 7º No Participación Del Estado en El Sistema Financiero, El
Estado no participa.
• Artículo 8º Libertad de Asignación de Recursos y Criterio de
Asignación de Riesgo, salvo restricciones de ley.
• Artículo 9º Libertad para fijar Intereses Comisiones y Tarifas, salvo
las que indica la ley.
• Artículo 11º Actividades que requieren autorización de la SBS, toda
operación requiere autorización de la SBS desde su constitución.
• Artículo 130º Estado Promueve el Ahorro.

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LEYGENERALDEBANCOS (1).ppt

  • 1. • Ley General de Bancos establece las Operaciones que podrán realizar los bancos…
  • 2. Operaciones bancarias Por el lado de los activos: * Hacer préstamos con y sin garantías. * Otorgar mutuos hipotecarios endosables * Descontar obligaciones de pago * Constituir sociedades filiales * Participar en bancos o empresas extranjeras * Bienes raíces para su funcionamiento * Bienes corporales muebles para su funcionamiento
  • 3. Operaciones bancarias Por el lado de los pasivos: * Recibir depósitos y abrir cuentas corrientes * Emitir bonos o debentures * Emitir letras de crédito asociados a préstamos * Emitir cartas de crédito * Avalar letras de cambio o pagarés y dar fianzas en moneda nacional * Emitir letras, órdenes de pago y giros contra propias oficinas * Emitir boletas y depósitos de garantía inembargables
  • 4. Operaciones bancarias Por el lado de los Act. o Pas., dependiendo de c/operación: * Efectos de comercio * Operaciones de cambios internacionales * Documentos representativos de deuda del Estado o sus instituciones * Obligaciones de renta de instituciones internacionales Prestación de servicios (Comisiones): * Recibir valores en custodia * Transportar valores * Mover fondos (cobranzas, pagos, transf.) * Emitir/operar T. de crédito * Ser agentes financieros y prestar asesorías financieras * Otorgar a sus clientes servicios financieros por cuenta de terceros * Ejecutar comisiones de confianza * Ser underwriters en valores mobiliarios de renta fija. * Ser underwriters de acciones de primera emisión de SA.
  • 5. Operaciones de las filiales bancarias Ley General de Bancos (Artículo 70) establece las Operaciones de las filiales bancarias… • Agentes de valores; Citibank, Monex Santander y Desarrollo (ex Sudameris). • Corredores de bolsa; BCI, Banchile, Banestado, Bhif, Bice Corpbanca, Penta, Scotiabank, Santiago y Security. * Adm. de fondos mutuos; BCI y Scotiabank. * Adm. de fondos de inversión * Adm. de fondos de capital extranjero * Agentes de securitización de títulos * Corredores de seguros, con excepción de los seguros previsionales; ej. Genera (filial BCI) y Banripley
  • 6. * Comprar/vender bienes para realizar operaciones de arrendamiento, con el objeto de otorgar financiamiento total o parcial (N°16) * Efectuar factoraje (N°5) * Efectuar asesoría financiera (N°12 bis) * Efectuar custodia o transporte de valores (N°11) * Efectuar cobranza de créditos (N°5) * Prestación de Serv. Financ. complementos del giro bancario (N°20)
  • 7. Operaciones bancarias * Hacer préstamos: • Créditos comerciales • Créditos de consumo • Créditos hipotecarios para vivienda • Créditos interbancarios • Créditos de comercio exterior. Sea cual sea el crédito, el factor común de todos ellos es la entrega inmediata de dinero del banco a la persona, contra la firma de una letra de cambio o pagaré, que estipula las condiciones de devolución. Las letras de cambio (LCa) consisten en formatos más bien estandarizados y se ocupan principalmente para operaciones de corto plazo. Los pagarés son contratos más flexibles, al cual se le agregan cláusulas.
  • 8. * Emitir Letras de Crédito (LC): Documento de oferta pública emitido por los bancos mediante el otorgamiento de préstamos, pagadero a largo plazo Vend Comp 1.LC 2.LC 3.LC 4.LC 5.$ Consideremos al vendedor de una casa, al comprador y al banco. El comprador va a solicitar un crédito al banco… El banco, en lugar de otorgarle dinero, le entrega una LC (1.). El comprador le traspasa esta LC al Vendedor (2.). El Vendedor le entrega la LC al banco (3.) para que sea este último el que la venda. El banco vende en el mercado la LC (4.), recibiendo dinero en efectivo del público (5.). El banco le traspasa el dinero recibido al Vendedor (6.). 6.$ Cualquier diferencia de precio es cubierta por el Comprador. Banco
  • 9. Operaciones bancarias * Otorgar Mutuos Hipotecarios Endosables (Cap. 8-4 RAN): Créditos amparados por garantías hipotecarias endosables, transferibles por mero endoso. • El mutuo debe ser por escritura pública, de la cual se emitirá una sola copia endosable. • Podrán financiar viviendas o fines generales. • En el caso de viviendas, podrán otorgarse para la adquisición, ampliación, reparación o construcción de éstas. • El plazo mínimo será de un año y el máximo de 30. • La propiedad entregada en garantía deberá contar con seguro de incendio. • El mutuario deberá mantener un seguro de desgravamen por el monto del saldo insoluto de la deuda.
  • 10. Operaciones bancarias * Descontar letras de cambio, pagarés y otros documentos que representen obligaciones de pago: Banco Empresa 1.Bienes 2.Doc = $100 3.LC o Pagarés 4. $100-Cto (i, riesgo) Consideremos a un cliente, un negocio y un banco… • El cliente compra bienes a un negocio (1.), no pagándole inmediatamente sino que mediante un documento (Letra de cambio o Pagaré) (2.). • La empresa desea dinero en efectivo, por lo que entrega las letras de cambio o pagarés al banco (3.), el cual le facilita el dinero en efectivo, aplicándole el descuento asociado al valor tiempo del dinero y al riesgo del cliente (4.). • Finalmente el cliente queda comprometido con el banco (5.) Cliente 5.
  • 11. * Emitir cartas de crédito: Documentos en los que un banco garantiza a un particular, ante un tercero. Carta de crédito documentaria (utilizada en el comercio de importaciones y exportaciones) Supongamos la existencia de entes: un banco nacional, una empresa nacional que desea financiamiento para importar (E), un banco extranjero (B*) y una empresa que exporta (E*) en el país donde está B* B B* E E* • El importador E solicita al banco nacional B la emisión de una CC, comprometiéndose mediante una letra de cambio o pagaré (1.). • El banco E emite la CC y la envía al banco extranjero B* (2.). Éste le comunica a la empresa beneficiaria E* (3.), la cual embarca la mercadería para enviarla a E (4.) 1 2 3 4
  • 12. Carta de crédito stand by B B* E • El empresario local (E) solicita un préstamo al banco local (B). Éste último, le exige un colateral como garantía. • E solicita a un banco extranjero (B*) la emisión de una carta de crédito (1.). • B* emite la CC (garantía de B* para B) y se la envía a B (2.). El banco B le presta el dinero a E (3.). • Si no hay impago, la operación llega hasta ahí. Si hay 1 4 impago, B* termina pagando la deuda a B (4.), previo envío de certificación de no pago de E. 2 En este tipo de operaciones intervienen 3 entes: un banco nacional (B), una empresa nacional que desea crédito (E) y un banco extranjero (B*). 3
  • 13. * Emitir letras, órdenes de pago y giros contra sus propias oficinas corresponsales: O1 O2 P1 2 Se utiliza para efectuar remesas desde una zona geográfica hacia otra… 1 P2 • La persona que vive en la zona 1 (P1) tiene que hacerle llegar dinero a la persona que vive en la zona 2 (P2). • P1 deposita el dinero en la oficina de su zona O1 (1.). • O1 emite una orden de pago a nombre de P2, enviándosela a esta misma persona (2.). • P2 se presenta con la orden de pago en la oficina de su localidad O2 (3.), recibiendo el dinero de esta sucursal (4.). En este tipo de operaciones intervienen 2 personas (naturales o jurídicas) y 2 oficinas de un mismo banco, ubicadas en diferentes localidades. 3 4 Alternativas para esta operación son el uso del Correo, Chile Express, realizar depósitos en cuentas corriente.
  • 14. * Emitir boletas o depósitos de garantía inembargables por terceros extraños al contrato: Se utiliza para garantizar la construcción de obras… Supongamos que el MOP debe construir una obra, la cual fue adjudicada a la empresa E. Estas obras se construyen mediante contratos de suma alzada. • El MOP le entrega a E la primera suma de dinero (1.) y le exige las garantías correspondientes. MOP E 1 Banco • E solicita al banco la emisión de dichas boletas de garantía (2.). Éste emite dos BG a nombre del MOP. Una, en la que se compromete a devolver la primera suma y otra en la que se compromete a pagarle al MOP si es que el cliente incumple el contrato (3.). • Esta boleta es entregada al MOP (4.), el cual si no 2 3 hay incumplimiento, simplemente las mantiene (inembargables) . Si hay incumplimiento, MOP ejecuta las BC y el banco le paga (5.) 4 5 B: es el emisor de la BG, MOP el beneficiario y E el tomador de la BG
  • 15. Operaciones bancarias * Adquirir, ceder y transferir efectos de comercio: Títulos de crédito emitidos a corto plazo (ej: letras de cambio), normalmente utilizados por comerciantes para documentar los créditos que entre ellos se otorgan. Productor de lana B • El productor le vende lana al fabricante, el cual le paga mediante una letra de cambio. • El productor le entrega esta letra de cambio al banco, el cual le pasa el dinero en efectivo, aplicándole el descuento asociado al costo del dinero y al riesgo del fabricante. • Esto mismo puede repetirse para cada uno de los eslabones de la cadena de producción. L Fabricante de telas Vendedor de telas Fábrica de confección L L LCa LCa LCa LCa $ desc. B LCa $ desc. B LCa $ desc.
  • 16. Operaciones bancarias * Adquirir, conservar y enajenar bonos de deuda interna y cualquiera otra clase de documentos emitidos en serie, representativos de obligaciones del Estado o de sus instituciones. También oro amonedado o en pastas: La Tesorería General de la República emite documentos en serie para captar recursos y así financiar parte gasto fiscal. Estos documentos pueden ser comprados por los bancos, a modo de inversión. * Adquirir, conservar y enajenar bonos u obligaciones de renta de instituciones internacionales a las que se encuentre adherido el Estado de Chile: Los bancos también pueden invertir en instrumentos emitidos por el Fondo Monetario Internacional, por el Banco Mundial, el Banco Interamericano del Desarrollo, etc.
  • 17. Operaciones bancarias * Prestar el servicio de transporte de valores * Recibir valores y efectos en custodia y dar en arrendamiento cajas de seguridad para el depósito de valores y efectos * Aceptar y ejecutar comisiones de confianza * Servir de agentes financieros y prestar asesorías financieras * Otorgar a sus clientes servicios financieros por cuenta de terceros
  • 18. Operaciones bancarias * Underwriting de valores mobiliarios de renta fija Sea una empresa que quiere conseguir financiamiento…. El banco emite bonos a nombre de dicha empresa y los coloca en el mercado, garantizándole a la empresa la venta de dichos bonos dentro de un plazo determinado. Si el banco no logra vender la totalidad de los bonos en este lapso, él mismo compra el saldo que queda. * Underwriting de acciones El banco actúa como agente colocador de acciones de primera emisión de sociedades anónimas abiertas, pudiendo garantizar su colocación.
  • 19. BASE LEGAL DEL SISTEMA BANCARIO • El Sistema Bancario Peruano tiene un marco Constitucional regulado en los artículos 83 al 87 dentro del régimen económico liberal. Así tenemos: • Artículo 83º: SISTEMA MONETARIO : La Ley Determina el sistema monetario de la República. La emisión de billetes y monedas es facultad exclusiva del Estado. La ejerce por intermedio del Banco Central de Reserva del Perú. • Artículo 84º BANCO CENTRAL DE RESERVA: El BCR es persona Jurídica de derecho Público. Tiene autonomía dentro del marco de su Ley Orgánica. • La finalidad del BCR es preservar la estabilidad monetaria. • Sus Funciones son: Regular la moneda y el crédito del sistema financiero, administrar las reservas internacionales a su cargo y las demás que señale su ley orgánica.
  • 20. BANCO CENTRAL DE RESERVA • El BCR informa al país, exacta y periódicamente, sobre el estado de las finanzas nacionales, bajo responsabilidad. • El BCR esta prohibido de conceder financiamiento al erario, salvo la compra, en el mercado secundario, de valores emitidos por el Tesoro Público, dentro del límite que señala su Ley Orgánica. • ARTÍCULO 85º OPERACIONES Y CONVENIOS QUE EFECTÚA EL BCR: El BCR puede efectuar operaciones y celebrar convenios de crédito para cubrir desequilibrios transitorios en la posición de las reservas internacionales. Requiere autorización por ley cuando el monto de tales operaciones o convenio supera el límite señalado por el presupuesto del Sector Público, con cargo de dar cuenta al Congreso.
  • 21. • ARTÍCULO 86º DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA: El BCR es gobernado por un Directorio de siete miembros . El Poder Ejecutivo designa a cuatro, entre ellos al Presidente. El Congreso ratifica a este y elige a los tres restantes, con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros. Todos los directores del Banco son nombrados por el periodo constitucional Presidencial. No representa a entidad ni interés particular alguno. El Congreso puede removerlos por falta grave. En caso de remoción, los nuevos directores completan el correspondiente periodo constitucional.
  • 22. EL AHORRO • ARTÍCULO 87º EL ESTADO FOMENTA Y GARANTIZA EL AHORRO: La ley establece las obligaciones y los límites de las empresas que reciben ahorros del público, así como el modo y los alcances de dicha garantía. • La SBS ejerce control de las empresas bancarias, de seguros, de administración de fondos de pensiones, de las demás que reciben depósitos del público y de aquellas otras que, por realizar operaciones conexas o similares, determina la ley. • La ley establece la organización y la autonomía funcional de la SBS. • El Poder Ejecutivo designa al Superintendente de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Pensiones por el plazo correspondiente a su periodo constitucional, el Congreso lo ratifica.
  • 23. Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Ley Orgánica de la SBS • La Ley General regula tres aspectos: el sistema Financiero, el sistema de Seguros y la Ley Orgánica de la SBS. • En lo que respecta al sistema financiero regula las instituciones y las operaciones que puedan realizarse, dando el marco normativo amplio para su funcionamiento dentro de un entrono liberal y de competencia. • Se originó en el Parlamento y pasó por la Comisión de Economía y fue aprobada por el Pleno. • Adicionalmente, regula el sistema de seguros y es, así mismo, orgánica porque, como tal, norma la organización y funciones de un organismo del Estado en este caso la SBS.
  • 24. Ámbito de Aplicación • ARTÍCULO 1º ALCANCES DE LA LEY GENERAL: Establece el marco de regulación y supervisión al que se someten las empresas que operen en el sistema financiero y de seguros, así como aquellas que realizan actividades vinculadas o complementarias al objeto social de dichas personas. • Salvo mención expresa en contrario, la presente ley no alcanza al BCR.
  • 25. Principios Generales • Artículo 4º Aplicación supletoria de Otras Normas, Derecho Mercantil, Derecho Común, usos y prácticas Comerciales. • Artículo 5º Tratamiento de la Inversión Extranjera, Igual que la nacional. • Artículo 6º Prohibición a Tratamiento discriminatorios, entre agentes económicos entre si. • Artículo 7º No Participación Del Estado en El Sistema Financiero, El Estado no participa. • Artículo 8º Libertad de Asignación de Recursos y Criterio de Asignación de Riesgo, salvo restricciones de ley. • Artículo 9º Libertad para fijar Intereses Comisiones y Tarifas, salvo las que indica la ley. • Artículo 11º Actividades que requieren autorización de la SBS, toda operación requiere autorización de la SBS desde su constitución. • Artículo 130º Estado Promueve el Ahorro.