2. Artículo 1°
La Nación Argentina adopta para
su gobierno la forma
representativa, republicana
federal, según la establece la
presente Constitución.
3. Forma Representativa
La Constitución Nacional instituye
una democracia representativa o
indirecta, en la que los
representantes sólo ejercen el poder
del pueblo durante el período que
duran en sus mandatos.
4. Forma Republicana
La forma republicana esta basada en la
división, control y equilibrio de los
poderes y tiene como fin último la
garantía de las libertades individuales.
5. Forma Republicana
Los principios que la inspiran son:
separación de poderes (ejecutivo, legislativo
y judicial),
periodicidad de los mandatos,
responsabilidad de los funcionarios,
publicidad de los actos de gobierno y existencia de
partidos políticos,
igualdad ante la ley
6. Forma Federal
En un sistema federal, el poder de gobierno del país
aparece repartido entre dos clases de gobierno
diferentes:
el gobierno nacional o central, soberano,
cuya jurisdicción abarca todo el territorio de la
Nación;
los gobiernos locales o provinciales,
autónomos en el establecimiento de sus
instituciones y sus constituciones locales, cuyas
jurisdicciones abarcan exclusivamente sus
respectivos territorios.
13. ACTIVIDAD DE CIERRE
Producir un texto argumentativo en
el que manifieste su acuerdo o no
con la forma de gobierno impuesta
por la Constitución. (Utilizar el
Procesador de Textos: Hoja A4-
Fuente: Arial 12- Interlineado 1,5)
14. Fuentes:
Constitución de la Nación Argentina
Canal Encuentro:
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial