1. República Bolivariana De Venezuela
Universidad “Fermín Toro”
Barquisimeto Edo. Lara
Estudiante:
Cleyser Paradas
20.008.163
2. PODER PUBLICO NACIONAL
Se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial,
Ciudadano y Electoral; este mismo se
distribuye entre el Poder Municipal, el Poder
Estatal y el Poder Nacional.
• La Política
Las competencias del poder publico nacional tenemos:
• La actuación internacional de la República
• La defensa de la República
• La policía Nacional
El Poder Publico Estadal, son entidades
autónomas que tienen personalidad jurídica y
plena, igual que otros poderes públicos su
administración y gobierno esta a cargo de un
funcionario publico llamado Gobernador o
Gobernadora.
Dentro del poder Publico Estadal hay
instituciones que juegan un papel muy
importante como lo son:
1. El Consejo o Asamblea Legislativa Estadal
2. La Contraloría Estadal
La Constitución de la República en el Capitulo III, denominado Del Poder Público
Estadal, que va desde el artículo 159 al 167 establece todo lo referente a este Poder.
El Poder Publico Municipal, son los municipios
como unidades políticas primarias que tienen
personalidad jurídica propia y autonomía.
Las Entidades Locales están constituidas por:
1. Los Municipios.
2. Los Distritos Metropolitanos, como es el caso de
la Alcaldía Metropolitana en Caracas.
3. Las Parroquias.
4. Y las mancomunidades y demás formas de
asociaciones descentralizadas que se formen en
un Municipio.
3. El Principio de legalidad se conoce como la prevalencia de la ley sobre cualquier función
del poder publico, se puede decir que todo lo que el estado quiera hacer debe estar
regido por la ley y no por la voluntad de los individuos.
Un Gobernante no puede actuar de manera contraria a lo establecido
por la constitución ya que es esta la que recopila las normas en el
Estado.
Cuando un Estado respeta el principio de legalidad, se puede
denominar Estado de Derecho, en la Democracia el principio de
legalidad es protegido por la división de poderes.
Para la separación de los poderes su Finalidad es poder restablecer un sistema
que haga equilibrio al ejercicio del poder publico, El Principio de separación de
poderes se encuentra en todos los sistemas constitucionales, dentro de la
separación de poderes se encuentra tres poderes diferentes:
1) Legislativo: Crear leyes ( Parlamento )
2) Ejecutivo: Ejecuta y hace Ejecutar las leyes ( Gobierno y Administración )
3) Judicial : Aplica las Leyes ( Jueces y Tribunales )
4. Estructura del Poder Publico
Artículo 136
Se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal
y el Poder Nacional.
El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo,
Judicial, Ciudadano y Electoral.
• El Poder Legislativo está compuesto por una cámara en la Asamblea Nacional representada por diputados y diputadas
elegidos democráticamente por los electores en votación universal, directa, personalizada y secreta, durante 5 años en
el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos por 2 periodos adicionales.
• El Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente o Vicepresidenta
Ejecutivo, Ministros o Ministras y demás funcionarios. Cada uno cumple funciones específicas y se encargan del
gobierno de la nación.
• El Poder Judicial es el encargado de administrar justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la
República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine
la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de
justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados autorizados por el ejercicio.
• El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal
General de la República y el Contralor General de la República de Venezuela; sus funciones de sus cargos son:
prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la
buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público
5. Consejo Nacional Electoral(CNE)
Lo ejerce el consejo nacional electoral y se encarga de reglamentar las leyes
electorales y resolver todo lo relacionado con procesos de elección, referendo y
consultas populares.
Órganos subordinados al CNE:
Junta Nacional Electoral
Comisión de Registro Civil y Electoral
Comisión de Participación Política y Financiamiento
Presidencialismo Venezolano, según nuestra constitución establece una
división de poderes entre el poder ejecutivo, judicial, legislativo y el Jefe
de Estado. No solo de promover el país sino también forma parte del
Poder Ejecutivo ejerciendo así una doble función ya que son facultades
del Gobierno siendo elegido de forma directa por los votantes y no por
un parlamento.
Artículo 11. A fin de promover la descentralización administrativa y conforme a lo dispuesto en el artículo 137 de
la Constitución, se transfiere a los Estados la competencia exclusiva en las siguientes materias:
• La organización, recaudación, control y administración del ramo de papel sellado.
Las Transferencia de competencia dotados entonces de
autonomía política, normativa tributaria y administrativa, los
Municipios poseen una amplia gama de competencias
constitucionales y legales y con el proceso de descentralización
se abre el camino para incursionar en las competencias
transferidas.